BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1285
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BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1285
Corrientes, 03 xx Xxxxx de 2010
ORDENANZA:
Nº 5283: Aprueba celebración de contrato de Fideicomiso entre C.M.P. – Bco. Nación. (Prestamos Personales a Empleados Públicos)
Res. Nº 1420: Promulga Ordenanza 5283.-
RESOLUCION:
Nº 1413: Otorga a la D.E.P.E.C., permiso de uso de 1 (un) lote Municipal para estación Transformadora.-
administrativos (Derecho Subjetivos Privados o Públicos), a condición de que su titular disponga de una acción contra cualquiera que intente interrumpirla en su goce, así sea el Estado mismo, integra el concepto constitucional de propiedad» (Corte Suprema de la Justicia de la Nación, Fallos, Tomo 145, Página 327, in re
«Bourdei x/ Xxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxx»). Por todo ello, este Órgano Asesor estima que conforme a lo antes expuesto, deberá redactarse un nuevo Proyecto de Resolución por el que se resuelva otorgar a la Dirección Provincial de Energía de Corrientes
«Permiso de Uso Precario» sobre un lote de propiedad municipal, para la construcción de una Estación Transformadora 132/33/13,2 Kv., ubicado sobre calle Teniente Xxxxxx y calle Xxx XXX …»
POR ELLO:
ELSEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE:
Articulo 1º: Otorgar a la Dirección Provincial de Energía de Corrientes «Permiso de Uso Precario» sobre un lote de propiedad municipal, destinado exclusivamente a la construcción de una Estación Transformadora 132/33/13,2 Kv., ubicado sobre calle Teniente Xxxxxx y calle Xxx XXX, no pudiendo superar las siguientes medidas: Frente sobre Av. Teniente Xxxxxx: 18,88 mts. (dieciocho metros con ochenta y ocho centímetros), Contrafrente: 11,51 mts. (once metros con cincuenta y un centímetros) y su fondo
sobre Av. Xxx XXX: 42,20 mts. (cuarenta y dos metros con veinte centímetros), dejando en la intersección de ambas Avs. las ochavas correspondientes; atento a los fundamentos vertidos en el considerando que aquí se da por íntegramente reproducidos.-
ARTÍCULO 2º: LA, presente Resolución será refrendada por los Señores Secretarios: General de Gobierno, de Economía y Hacienda y de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
ARTICULO 3º.- REGÍSTRESE,
Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-
CAROS XXXXXXXX XXXXXXXX INTENDNTE
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
XXXXX XXXXX XXXX
Secretario General de Gobierno Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
X.X.XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXX
Secretario de Economía y Hacienda Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Ing. XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX
Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
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DADO EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTE DIAS DEL MES XX XXXX DEL AÑO DOS MIL DIEZ.
Lic. Xxxxxx Xxxxxxx PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante
Xx. Xxxxx x. Xxxxxx SECRETARÍO
Honorable Concejo Deliberante
VISTO: LA ORDENANZA Nº 5283 SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL 20-05- 2010.
YPROMULGADA:POR RESOLUCIÓN Nº: 1420 DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL EL 01-06- 2010.
POR LO TANTO: CUMPLASE
Resolución Nº 1420
Corrientes, 01 xx Xxxxx de 2010
VISTO:
El Expediente Nº 320-C-10 y la Ordenanza Nº 5.283 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en fecha 20 xx Xxxx de 2.010, y;
CONSIDERANDO:
Que, la citada Ordenanza dispone en su Artículo 1º:
«APRUEBASE por parte de la Caja Municipal de Prestamos de la Ciudad de Corrientes, de un contrato de fideicomiso financiero con el objeto de
ceder al mismo crédito personales otorgados o a otorgarse a agentes de la Caja Municipal de Prestamos de la Ciudad de Corrientes, y/o de la Municipalidad de Corrientes, a fin de obtener financiamiento hasta la suma de $ 6.250.000 (PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA
MIL) par generar un fondo rotativo. Las partes de dicho fideicomiso financiero serán la Caja Municipal de Prestamos de la Provincia de Corrientes, como fiduciantes y Nación Fideicomiso S.A. como Administrador Fiduciario.-
Que, la misma normativa en su Artículo 2º, establece: «INSTRUYASE al Sr. Interventor de la Caja Municipal de Prestamos de la Ciudad de Corrientes, a ejecutar todas las medidas necesarias para poner en marcha la operatoria instrumentada mediante el referido contrato y proceda a la celebración del mismo y de toda aquella documentación vinculada al mismo.-
Que, la Caja Municipal de Prestamos de la Ciudad de Corrientes es un ente autárquico de derecho público con personalidad para actuar pública y privadamente conforme a las disposiciones de la Ordenanza Nº 2236/ 91, ejerciendo a su vez el rol de agente financiero de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes. Y conforme a dicha Ordenanza la mencionada Caja puede intervenir por cuenta de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes en operaciones de Créditos u financieras encontrándose dentro de sus facultades el otorgamiento de créditos personales a empleados públicos, a efecto de generar un fondo
rotativo que alimente el circuito de créditos, que al ser otorgados por la Caja Municipal de Prestamos de la Ciudad de Corrientes, se considera conveniente la securitizacion de créditos mediante la constitución de un fideicomiso.-
Que, en uso de sus propias facultades el Departamento Ejecutivo Municipal, procede a dictar el presente acto administrativo.-
POR ELLO: ELSEÑORINTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- PROMULGASE, la
Ordenanza Nº 5.283, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en fecha 20 xx Xxxx de 2.010.-
ARTICULO 2º.- LA, presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario General de Gobierno.-
ARTICULOS 3º.- REGÍSTRESE,
Comuníquese, Cúmplase y Archívese.-
CAROS XXXXXXXX XXXXXXXX INTENDNTE
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
XXXXX XXXXX XXXX
Secretario Xxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx
Resolución Nº 1413
Corrientes, 31 xx Xxxx de 2010 VISTO:
El Expediente Nº 336-D-10, Caratulado: «Provincia de Corrientes –
Ministerio de Obras y Servicios Públicos
– Dirección Provincial de Energía de Corrientes (D.E.P.E.C.) – Iniciador: Intervención – Nota Nº 43/10 – Solicita cesión en comodato de un predio p/ construcción ET 132/33/13,2 Kv- Corrientes», y;
CONSIDERANDO:
Que, en las citadas actuaciones la Dirección Provincial de Energía de Corrientes, solicita en préstamo un lote de propiedad municipal para la construcción de una estación transformadora 132/33/13,2 Kv., ubicado sobre calle teniente Xxxxxx y calle Xxx XXX.-
Que, tal pedido se fundamenta en la necesidad de incrementar la potencia disponible en la zona, aprovechando las instalaciones de la Empresa TRANSNEA S A.; lo que permitiría, además, cubrir el actual déficit energético y, con la ejecución de otras obras complementarias dar mejor calidad de servicio a una amplia zona de la Ciudad.-
Que, interesa a la actual gestión municipal, contribuir a facilitar todo lo conducente al mejoramiento de las condiciones de vida de los ciudadanos, así como brindar la colaboración necesaria para generar emprendimientos como el mencionado.-
Que, a fojas 13 obra informe del Sr. Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
Que, a fojas 18 y 19/vuelta obra dictamen Nº 0426/10 del Servicio Jurídico
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Permanente, concluyendo: «
…Analizadas las presentes actuaciones, y teniendo en consideración que del informe del Director de Catastro obrante a fojas 17, surge que el terreno solicitado por la Dirección Provincial de Energía de Corrientes, es de Dominio Público Municipal, se debe tener presente que como tal, está «fuera del comercio», razón por la cual es inadmisible otorgar en comodato, como se pretende en autos, un bien del Dominio Publico Municipal. Asimismo, los contratos relacionados con los bienes del dominio público están regulados por normas del derecho publico, por lo tanto deben otorgarse, «Conseción de uso» o «Permiso de Uso». En cambio, los inmuebles pertenecientes al Dominio Privado del Estado puede constituir objetos de contrato de locación o arrendamiento, comodato y eventualmente, de compraventa, los cuales están regidos por normas del Derecho Privado. En tal sentido, el Código Civil en el Art. 2255º expresa que «Habrá comodato o préstamo de Uso, cuando una de las partes entregue a la otra gratuitamente alguna cosa no fungible, mueble o raíz, con facultad de usarla». Por ello y atento a las consideraciones expuestas, este Servicio Jurídico Permanente estima que si el Departamento Ejecutivo Municipal lo considera conveniente podrá otorgar un permiso precario de uso del dominio publico municipal en el terreno ubicado sobre calle Teniente Xxxxxx y Xxx XXX, para la construcción de un Estación Transformadora 132/
33/13,2 Kv. Cabe destacar que la forma más simple de otorgar derechos de uso especial sobre dependencias del dominio público, consiste en el «Permiso» de uso, que en ningún momento debe confundirse con la «Conseción» de uso, de la cual difiere esencialmente máxime en lo que respecta a la naturaleza del Derecho que surge de cada uno de esos actos. De lo expuesto resulta que la atribución o facultad emergente de un permiso no constituye un derecho perfecto, un derecho subjetivo, ya que su propia esencia admite que sea revocado sin derecho a indemnización. Dentro de las prerrogativas de que el individuo puede ser titular, el permiso de uso solo implica para el permisionario un «Interés legitimo». El hecho mismo de que la renovación del permiso, por principio general y sin necesidad de cláusula expresa que así lo establezca no entrañe indemnización demuestra que no se trata de un «Derecho Subjetivo» ya que seria inconcebible el sacrificio de un
«Derecho» si el correlativo resarcimiento por el menoscabado sufrido. Por otra parte, pudiendo el permiso de uso ser «Revocado» en cualquier momento por la Administración y sin recurso alguno de acuerdo con una fundamental declaración de nuestra Corte Suprema de Justicia Nacional, resulta obvio que la potestad emergente de un permiso no constituye una «Propiedad» del permisionario; dijo así el Tribunal:
«Todo Derecho que tenga un valor reconocido como tal por la ley, sea que se origine en las relaciones de Derecho Privado sea que nazca de actos
Ordenanza Nº 5283
Corrientes, 20 xx Xxxx de 2010
VISTO
El Expediente Nº 41-D-10 del Honorable Concejo Deliberante, 320-C-
10 del Departamento Ejecutivo Municipal y 25-I-10 de la Caja Municipal de Prestamos, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Caja Municipal de Prestamos de la Ciudad de Corrientes es un ente antártico de derecho público con personalidad actuar pública y privadamente conforme a las disposiciones de la Ordenanza Nº 2236/ 91, ejerciendo a su vez el rol agente financiero de la Municipalidad de Corrientes.-
Que, conforme a dicha Ordenanza, la mencionada Caja puede intervenir por cuenta de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes en operaciones de crédito y financieras, encontrándose dentro de sus facultades el otorgamiento de créditos personales a empleados públicos.-
Que, a efectos de generar un fondo rotativo que alimente el circuito de créditos otorgados y a ser otorgados por la Caja Municipal de Prestamos de la Ciudad de Corrientes, se considera conveniente la securitización de créditos mediante la constitución de un fideicomiso.-
Que, es facultad del Honorable Concejo Deliberante obrar en consecuencia.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ART. 1º: APRUEBASE por parte de la Caja Municipal de Prestamos de la Ciudad de Corrientes, de un contrato de fideicomiso financiero con el objeto de ceder al mismo créditos personales otorgados o a otorgarse a agentes de la Caja Municipal de Prestamos de la Ciudad de Corrientes, y/o de la Municipalidad de Corrientes, a fin de obtener financiamiento hasta la suma de $ 6.250.000 (PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA
MIL) para generar un fondo rotativo. Las partes de dicho fideicomiso financiero serán la Caja Municipal de Prestamos de la Provincia de Corrientes, como fiduciantes y Nación Fideicomiso S.A. como Administrador Fiduciario.-
ART. 2º: INSTRUYASE al Sr. Interventor de la Caja Municipal de Prestamos de la Ciudad de Corrientes, a ejecutar todas las medidas necesarias para poner en marcha la operatoria instrumentada mediante el referido contrato y proceda a la celebración del mismo y de toda aquella documentación vinculada al mismo.-
ART. 3º: LA presente Ordenanza será refrendada por el Secretario del Honorable Concejo Deliberante.-
ART.-4º: REMÍTIR la presente al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-
ART.-5º: REGISTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE YARCHÍVESE.-