PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA LP-MEN-09-2019
SECOP II
OBJETO: PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ORGANIZACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DE ACCIONES LOGÍSTICAS PARA LA REALIZACIÓN DE EVENTOS DEL PROGRAMA TODOS A APRENDER.
PRESUPUESTO OFICIAL: El valor estimado del presupuesto es hasta la suma de TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES CIENTO TREINTA MIL CIENTO OCHENTA
Y NUEVE PESOS M/CTE ($00.000.000.000) INCLUIDO IVA distribuidos por vigencia de la siguiente forma:
• Vigencia 2019: CIEN MILLONES SETECIENTOS VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS ($100.723.492) IVA incluido.
• Vigencia 2020: DIECISIETE MIL CIENTO CUARENTA Y TRES MILLONES DOCIENTOS TREINTA MIL DOCIENTOS DIEZ PESOS ($17.143.230.210) Iva Incluido.
• Vigencia 2021: VEINTE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($00.000.000.000) Iva Incluido.
“De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, todos los documentos que hagan parte del presente proceso de selección serán publicados en el SECOP II página Web dirección xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, Entidad: Ministerio de Educación Nacional, por lo que será responsabilidad de los participantes conocer de estos a través de este mecanismo interactivo.”
Bogotá D. C., OCTUBRE de 2019
RECOMENDACIONES IMPORTANTES PARA LOS PROPONENTES
Este documento constituye el proyecto xx xxxxxx de condiciones y su publicación en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx no compromete al Ministerio de Educación Nacional (en adelante MEN) a mantener su contenido ni a dar apertura al proceso.
Para la elaboración de la propuesta respectiva deberá seguir el orden señalado en el SECOP II y en el presente documento, con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole, lo cual permitirá una selección sin contratiempos y en un plano de absoluta igualdad.
Antes de entregar la propuesta a través de la plataforma del SECOP II, verifique que se haya incluido la totalidad de los documentos exigidos y haber dado respuestas a cada una de las preguntas del cuestionario establecido en la plataforma del SECOP II.
Revise la garantía de seriedad de la propuesta, en especial el nombre del tomador, objeto asegurado, la vigencia y el valor asegurado, de acuerdo a lo exigido en el presente pliego de condiciones.
La no entrega de la garantía junto con la propuesta, será causal de rechazo de ésta última.
Corresponde al proponente enterarse en forma suficiente de las condiciones particulares de ejecución, resolver previamente las inquietudes que le suscite este pliego de condiciones, según el caso. Por los principios de lealtad procesal y buena fe, deberá advertir al MEN de los errores o inconsistencias que advierta en este documento. Igualmente, le corresponde al proponente inscribirse en el SECOP II y capacitarse en la plataforma.
Cuando la propuesta contenga información o documentos que tengan el carácter de reserva, de acuerdo con la Ley Colombiana, el proponente deberá hacer manifestación expresa de tal circunstancia en la carta de presentación de la oferta y en la plataforma tecnológica SECOP II, según las instrucciones impartidas por Colombia Compra Eficiente soportándolo legalmente. En caso de no hacerlo se entenderá que toda la información allí contenida es pública.
La presentación de la propuesta por parte del oferente constituye evidencia de que se estudiaron completamente las especificaciones técnicas, anexos, formatos y demás documentos; que recibió las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas en los plazos establecidos en el proceso y que ha aceptado que este Pliego de Condiciones es completo, compatible y adecuado y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará.
Los proponentes por la sola presentación de su propuesta autorizan a la Entidad a verificar toda la información que en ella suministren.
En cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 por la cual se dictan disposiciones generales sobre la protección de datos personales, y teniendo en cuenta que con la propuesta se incluyen datos personales, con la presentación de su oferta autoriza la publicación de su contenido en el SECOP II, en caso de que le sea adjudicado el presente proceso de selección, así como de todo documento que se desprenda en desarrollo del proceso de selección. Igualmente, autoriza la expedición de copias a quienes demuestren interés jurídico en el proceso.
Por lo anterior, el proponente deberá dar a conocer a las personas que incluye en su oferta, que se trata de una propuesta pública y que será objeto de publicaciones. Este requisito es responsabilidad del proponente y en ningún caso afecta la validez de la propuesta, sin perjuicio de la responsabilidad del proponente frente a las personas que pueda afectar.
I. INTRODUCCIÓN
El MEN pone a disposición de los interesados el Pliego de Condiciones para la selección de la mejor propuesta para contratar el siguiente servicio: PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ORGANIZACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DE ACCIONES LOGÍSTICAS PARA LA REALIZACIÓN DE EVENTOS DEL PROGRAMA TODOS A APRENDER.
Los estudios y documentos previos que incluyen el análisis del sector, los avisos de convocatoria, el proyecto xx xxxxxx de condiciones, respuestas a observaciones, el pliego de condiciones definitivo, el acto administrativo de apertura, así como cualquiera de sus anexos y formatos están o estarán a disposición del público en cada una de sus etapas, en el Sistema Electrónico de Contratación Pública
- plataforma SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx
La selección de la mejor propuesta se realizará a través de licitación pública, teniendo en cuenta el objeto contractual, y la cuantía presupuestal establecida para el presente proceso de selección. El proceso se adjudicará siempre y cuando se cumpla con las condiciones de capacidad jurídica, financiera, técnica y los criterios de selección establecidos en el presente Pliego de Condiciones.
II. ASPECTOS GENERALES
A. INVITACIÓN A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS
En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y el literal c) del artículo 15 de la ley 850 de 2003, el MEN invita a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer control social al presente Proceso de Contratación, en cualquiera de sus fases o etapas, a que presenten las recomendaciones que consideren convenientes, intervengan en las audiencias y a que consulten los Documentos del Proceso en la plataforma electrónica de Colombia Compra Eficiente denominada SECOP II, xxxxx://xxxxxxxxx.XXXXX.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx.
B. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Los Proponentes deben manifestar su compromiso anticorrupción a través del cuestionario del portal del SECOP II, de acuerdo con la información contenida en la plataforma. Si se comprueba el incumplimiento del Proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el Proceso de Contratación actúe en su nombre, es causal suficiente para el rechazo de la Oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
C. COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los Documentos del Proceso, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de las Ofertas, la presentación de observaciones a las mismas, la asistencia a las audiencias públicas y cualquier otro costo o gasto relacionado con la participación en el Proceso de Contratación estará a cargo exclusivo de los interesados y Proponentes.
D. COMUNICACIONES
Si los interesados encontraren discrepancias u omisiones en los documentos del presente proceso de selección o tuvieren dudas acerca de su significado o interpretación, deberán darlos a conocer al MEN a través del Portal Único de Contratación (PUC), a través de la opción observaciones al pliego de condiciones.
Los interesados deberán enviar las observaciones al Proceso de Contratación por medio electrónico. Dicha solicitud deberá:
• Contener el número del Proceso de Contratación
• Enviarse dentro del plazo establecido en el cronograma del presente proceso.
• Indicar los datos de contacto del remitente tales como el correo electrónico, la dirección y número telefónico
Las respuestas emitidas por el MEN a las comunicaciones recibidas serán publicadas a través de la plataforma SECOP II.
En todo caso cualquier solicitud efectuada por fuera de los medios descritos o por fuera de los plazos establecidos dentro del cronograma del proceso tendrá el tratamiento previsto en las disposiciones constitucionales y legales vigentes referidas al derecho de petición.
Con la presentación de la propuesta, el Proponente autoriza que los actos administrativos que se generen en el presente proceso de selección se notifiquen al correo electrónico indicado en la citada comunicación, cuando aplique.
Lo anterior, salvo en los eventos en que se configure una indisponibilidad en la plataforma del SECOP II, ya sean por fallas generales o particulares que interrumpan el normal desarrollo del proceso de contratación, en tal situación se dará aplicación al protocolo de indisponibilidad establecido por Colombia Compra Eficiente en el link: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxx_xxxxxx/xxxxx/xxx_xxxxxxxxxx/xxxxxxxxx_xx_xxxxxxxxx bilidad_secop_ii.pdf, protocolo que debe ser conocido por los proponentes.
Las actuaciones que pueden ser afectados por las fallas son: presentación o apertura de ofertas; presentación de manifestaciones de interés, observaciones o subsanaciones, aprobación de garantías, publicación de respuestas a las observaciones, publicación de informes de evaluación, habilitación y, elaboración o aplicación de Adendas en el SECOP II, y realización de una subasta, entre otros.
Por lo anterior y de acuerdo a lo señalado en el citado protocolo, se indica la página web del Ministerio de Educación Nacional: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx; y se establece como correo electrónico para dichos eventos el siguiente: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
E. IDIOMA
La propuesta se presentará en idioma castellano, que será también el idioma para el contrato, para la totalidad de la documentación referida en este Pliego de Condiciones y para la correspondencia pertinente.
Los documentos otorgados en el exterior, que no estén en idioma Castellano, deberán presentarse acompañados de la traducción oficial a dicho idioma.
F. LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Todos los documentos expedidos en el exterior deben ser apostillados o legalizados por la Entidad competente desde el país de origen, para que puedan surtir efectos legales en Colombia.
Para efectos del trámite de Apostilla o Legalización de documentos otorgados en el exterior y la acreditación de la formación académica obtenida en el exterior, las Entidades deberán aplicar los parámetros establecidos en las normas que regulen la materia, en especial en los artículos 74 inciso 3ro y 251 del Código General del Proceso, artículo 480 del Código de Comercio, y en la Resolución No. 10547 del 14 de diciembre de 2018, proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia y la Circular Externa Única de Colombia Compra Eficiente.
Consularización: Según lo previsto por el Artículo 480 del Código de Comercio, los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes.
Tratándose de sociedades, expresa además el citado artículo del Código de Comercio que “al autenticar los documentos a que se refiere este artículo, los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país (C. G. P. Artículo 74)”. Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.
Apostilla: Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de consularización señalado, siempre que provengan de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite
que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen.
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma español proveniente de países signatarios de la convención de La Haya, deberán ser presentados acompañados de una traducción a este idioma, la cual deberá ser oficial en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso, cumpliendo el trámite del Apostille.
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma español y que provengan de países NO signatarios de la Convención de La Haya deberán presentarse acompañado de una traducción oficial a este idioma, en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso
G. CONVERSIÓN DE MONEDAS
Los Proponentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos.
Si está expresado originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte América, debe convertirse a esta moneda utilizando para ello el valor correspondiente con el siguiente procedimiento de conversión: se debe convertir la moneda a dólar norteamericano y posteriormente convertirlo a pesos colombianos con Tasa de cambio representativa xxx xxxxxxx certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia, de fecha de cierre del año fiscal inmediatamente anterior.
NOTA: para la presentación de la información financiera se debe utilizar el Plan Único de Cuentas para Colombia (PUC).
H. INFORMACIÓN RESERVADA
Si dentro de la propuesta se incluye información que conforme a la ley colombiana tiene el carácter de información reservada, dicha circunstancia deberá ser indicada con absoluta claridad y precisión, identificando al momento de adjuntar los documentos de la propuesta en la parte correspondiente de la plataforma SECOP II el documento o información que tiene el carácter de reservado y la disposición legal que la ampara como tal. En caso de ser secretos industriales, deberá indicar con claridad, qué documentos están sujetos a este secreto industrial. Sin perjuicio de lo anterior y para efectos de la evaluación de las propuestas, la entidad se reserva el derecho de dar a conocer la mencionada información a sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes o asesores, que designe para el efecto.
En todo caso, la entidad, sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes y asesores están obligados a mantener la confidencialidad de la información que por disposición legal tenga dicha calidad y que haya sido debidamente identificada por el proponente. De no identificarse en el módulo de SECOP II dicha información o no citarse las normas que amparan ese derecho, la entidad no tendrá la obligación de guardar reserva respecto de esta.
III. DEFINICIONES
Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que a continuación se indica. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural de acuerdo como lo requiera el contexto en el cual son utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben ser entendidas de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1082 de 2015. Los términos no definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.
ADJUDICACIÓN | Es la decisión final del MEN, expedida por medio de un acto administrativo, que determina el adjudicatario del presente Proceso de Contratación. |
CONTRATISTA | Es el Proponente que resulte adjudicatario y suscriba el Contrato objeto del presente Proceso de Contratación. |
CONTRATO | Es el negocio jurídico que se suscribirá entre el MEN y el adjudicatario, por medio del cual se imponen a las partes obligaciones recíprocas y se conceden derechos correlativos que instrumentan la relación contractual que se busca establecer a través del presente Proceso de Contratación. |
OFERTA | Es la propuesta presentada al MEN por los interesados en ser el contratista del Proceso de Contratación objeto del presente Pliego de Condiciones. |
PLIEGO DE CONDICIONES | Es el conjunto de normas que rigen el proceso de selección y el futuro Contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes deben formular su Oferta para participar en el Proceso de Contratación del contratista y tener la posibilidad de obtener la calidad de adjudicatario del presente Proceso de Contratación. |
PRIMER ORDEN DE ELEGIBILIDAD | Es la posición que ocupa el Proponente que, una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de Condiciones. |
PROPONENTE | Es la persona natural o jurídica o el grupo de personas jurídicas y/o naturales, nacionales o extranjeras, asociadas entre sí mediante las figuras de consorcio o unión temporal que presenta una Oferta para participar en el Proceso de Contratación. |
TRM | |
MEN | Ministerio de Educación Nacional. |
SMMLV | Salario Mínimo Mensual Legal Vigente |
IV. SERVICIO A CONTRATAR
A. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD A CONTRATAR
La Constitución Política de Colombia en su artículo 67, consagra la educación como un derecho y un servicio público que tiene una función social, señalando que corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar entre otros, por su calidad. En dicho marco la Ley 115 de 1994 en su artículo 4, señaló que “El Estado deberá atender en forma permanente los factores que favorecen la calidad y el mejoramiento de la educación”. A su vez, el Decreto 5012 de 2009 en su artículo 1, otorgó competencia al Ministerio de Educación Nacional (en adelante el "MEN") declarando que, dentro de sus objetivos debe establecer las políticas y los lineamientos para dotar al sector educativo de un servicio de calidad.
En consecuencia, para el periodo 2018-2022 el Plan de Desarrollo "Pacto por Colombia, pacto por la equidad", el cual tiene como objetivo sentar las bases de legalidad, emprendimiento y equidad que permitan lograr la igualdad de oportunidades para todos los colombianos. Que, a su vez, el Pacto por la Equidad: Política Social Moderna Centrada en la Familia, Eficiente, de Calidad y Conectada a Mercados establece el programa Equidad en la Educación el cual busca brindar una Educación de calidad para un futuro con oportunidades para todos.
El objetivo del plan está orientado a la universalidad de la educación preescolar, mejorar el acceso, permanencia y calidad de la educación básica y media, haciendo énfasis en la reducción de brechas entre zonas urbanas y rurales, implementar una agenda de impulso para la educación superior y la consolidación de una alianza que permita mejorar la calidad y pertinencia de la educación para el trabajo y el desarrollo humano. Lo anterior se materializa en los siguientes objetivos: a) Educación inicial de calidad para el desarrollo integral; b) Brindar una educación con calidad y fomentar la permanencia en la educación inicial, preescolar, básica y media; c) Apuesta por una educación media con calidad y pertinencia para los jóvenes colombianos; d) Más y mejor educación rural; e) Apuesta para impulsar una educación superior incluyente y de calidad; f) Eficiencia y desarrollo de capacidades para una gestión moderna del sector educativo; y g) Alianza por la calidad y pertinencia de la educación y formación xxx xxxxxxx humano.
El Plan Nacional de Desarrollo indica las acciones para dar cumplimiento a los mandatos constitucionales y legales a través de la implementación del Programa Todos a Aprender, sobre la prestación del servicio educativo, el cual tiene dentro de sus objetivos: a) La construcción de un sistema educativo articulado, participativo, descentralizado y con mecanismos eficientes de concertación; b) Impulsar una educación que transforme el paradigma que ha denominado la educación hasta el momento; c) Construir una sociedad en paz sobre una base de equidad, inclusión, respeto a la ética y equidad de género.
El Ministerio de Educación Nacional para dar cumplimiento a su política pública de mejoramiento de la calidad educativa, creó el programa Todos a Aprender como una estrategia de gran despliegue nacional que persigue transformar las prácticas pedagógicas de los docentes, con el fin de mejorar el desarrollo y los aprendizajes de los estudiantes. El programa Todos a Aprender ha logrado fortalecer los aprendizajes de cerca de 109.000 docentes oficiales pertenecientes a 4.476 establecimientos educativos haciendo presencia en 889 municipios, distribuidos en los 32 departamentos, 65% de la cobertura a nivel de establecimiento es rural y 35% urbana, lo que se traduce, en que el acompañamiento y la formación llega a lugares distantes, de difícil acceso. Además, se ha hecho entrega de textos escolares y material pedagógico a los estudiantes y docentes focalizados en el programa.
El programa Todos a Aprender fue diseñado para apoyar el desarrollo del sector en materia de calidad educativa y el fortalecimiento de las competencias de los docentes, especialmente de los
establecimientos con menores desempeños en las pruebas estandarizadas, con lo cual contribuye a los objetivos de las Bases del Plan Nacional de Desarrollo.
El Programa Todos a Aprender organizó su estructura, siendo necesaria la suscripción de los contratos para desarrollar la PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA APOYAR LA GESTIÓN DE LOS COMPONENTES ADMINISTRATIVOS, FINANCIEROS, JURÍDICOS, CONTRACTUALES, SUPERVISIÓN, TÉCNICO Y OPERATIVO DEL PROGRAMA TODOS A APRENDER, los cuales
comprenden el acompañamiento en los siguientes frentes:
Gestión administrativa: comprende el desarrollo, análisis y administración de información, procesos de solicitud de comisiones y viáticos, procesos estratégicos, de planeación, documentación, ejecución y seguimiento de indicadores del Programa Todos a Aprender siguiendo lo definido por el programa y el modelo de gestión estratégica del mismo, entre otros.
Gestión financiera: comprende el apoyo en la planeación y administración de los recursos, manejo y seguimiento del presupuesto, plan de compras, gestión de CDPs, proyección de informes financieros, control y seguimiento presupuestal, gestión de cuentas, facturación etc.
Gestión jurídica - contractual: comprende las actividades para atender las necesidades de carácter legal del Programa, y el desarrollo de acciones jurídicas necesarias en la etapa precontractual, contractual y poscontractual de los procesos para la adquisición de bienes y servicios para el Programa Todos a Aprender.
Gestión técnico–operativa: comprende dos aspectos fundamentales: a) Las actividades de seguimiento al módulo de acompañamientos del sistema de Información del Programa Todos a Aprender, es decir, la mesa de ayuda para el seguimiento simultáneo y permanente de los tutores y formadores; y b). La gestión de los eventos de formación del programa para todo el territorio nacional.
Xxxxxxx y Xxxxx a la supervisión: comprende el apoyo a la supervisión en los aspectos administrativos, financieros, jurídicos y técnico de cada uno de los contratos y convenios que se celebren o se encuentren en ejecución. El apoyo a la supervisión comprende entre otros la organización de información, la consolidación de archivos y la proyección de documentos, actas, requerimientos, informes parciales y finales para su posterior consolidación, emisión y aprobación del supervisor del contrato.
La operación logística comprende todo el proceso para coordinar los eventos que se llevan a cabo para formar a los formadores y tutores de acuerdo con las temáticas de cada ciclo de formación de la ruta de acompañamiento diseñada por el Programa Todos a Aprender. En los referidos eventos se realizan talleres y conferencias complementarias lideradas por la Dirección de Calidad o expertos externos. Incluyendo los encuentros con rectores y los encuentros de inducción a nuevos tutores. Anualmente se tiene una proyección de realizar aproximadamente 250 eventos de formación, no obstante, el número de eventos proyectados puede variar.
Tomando en cuenta lo anteriormente descrito y con el permanente ánimo del Programa de dar cumplimiento a sus metas y objetivos que para las vigencias 2019 a 2021 siguen siendo igual de ambiciosas en materia estratégica, misional y de apoyo, es preciso que los esfuerzos continúen siendo mayúsculos a todo nivel.
El MEN para garantizar la realización de eventos de formación a formadores, tutores, docentes, directivos docentes etc., que tienen lugar en diversas regiones del país, con un número de participantes sujeto a la población objetivo, requiere contratar la prestación de servicios de operadores logísticos que aseguren la adecuada realización de los eventos proyectados, donde además se asegure la realización de actividades multidisciplinarias, para lograr que los asistentes en cualquier condición, participen con oportunidad y comodidad, se ofrezcan eventos de calidad, utilizando los medios tecnológicos apropiados a cada tipo de reunión y se logre la mayor divulgación
y aprehensión posibles. JUSTIFICACIÓN GENERAL:
En razón a que el Ministerio no cuenta con la capacidad de personal, infraestructura, conocimiento ni experiencia específica para ejecutar la logística requerida y llevar a cabo la formación situada de los actores del programa para la excelencia docente y académica: “Todos a Aprender” en el territorio nacional, se hace necesaria la contratación de un operador logístico que preste sus servicios incorporando cada uno de los requerimientos técnicos necesarios para el MEN tales como: auditorio, alimentación, ayudas audiovisuales, papelería, transporte terrestre y aéreo, servicio de alojamiento y alimentación para los organizadores, conferencistas y/o expositores participantes, etc., entre otros, dependiendo de las características del evento. Lo anterior en concordancia con el anexo técnico que se adjunta al presente.
Dado que los eventos de formación se dan por ciclos en épocas específicas del año y en zonas del país determinadas previamente por el programa, se requiere la realización de múltiples eventos de manera simultánea, por lo que se requiere de la contratación de una persona natural o jurídica con capacidad de realizar las actividades en los distintos lugares del territorio nacional.
El contrato para la logística requerida en el desarrollo de los eventos del Programa Todos a Aprender, se realiza a través de la modalidad de Licitación Pública, de tal forma que garanticen los principios de transparencia y que se supla a través de una empresa idónea la necesidad de requerimientos tales como: convocatoria e inscripción al evento (envío de invitaciones, confirmaciones, inscripción y registro de participantes, entre otros); suministro e impresión de papelería, elaboración de itinerarios de viajes: transporte terrestre y aéreo, servicio de alojamiento en hoteles; alimentación durante el evento (refrigerios am./pm. y almuerzo, estación de café y agua) para los participantes o quien se requiera; mobiliario para salones y área de exposiciones; verificación de instalaciones técnicas y tecnológicas requeridas para el evento; verificación de las condiciones de iluminación, ventilación, personal de coordinación, logístico y de apoyo, entre otros. Adicionalmente, garantizar las normas de seguridad necesarias a los asistentes a cada evento.
B. OBJETO Y DESCRIPCIÓN DEL OBJETO OBJETO:
PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ORGANIZACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DE ACCIONES LOGÍSTICAS PARA LA REALIZACIÓN DE EVENTOS DEL PROGRAMA TODOS A APRENDER.
DESCRIPCIÓN DEL OBJETO:
Los requerimientos técnicos y especificaciones de la prestación del servicio para la organización, administración y ejecución de acciones logísticas para la realización de los eventos del proceso de implementación del Programa para la Excelencia Docente y Académica: Todos a Aprender, se establecen en el Anexo No.1: Anexo Técnico, adjunto.
Las actividades se desarrollarán en cinco (5) zonas del país a saber:
ZONA 1: está compuesta por las siguientes Secretarías: Antioquia, Medellín, Envigado, Turbo, Atlántico, Soledad, Xxxxxxx, Xxxxx, Valledupar, Maicao, San Xxxxxx Y Providencia, Malambo, Riohacha, Xxxxxx, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx X Xxxxxxxx.
XXXX 0: está compuesta por las siguientes Secretarías: Magangué, Córdoba, Montería, Lorica, Sahagún, Chocó, Magdalena, Ciénaga, Quibdó y Xxxxx Xxxxx.
XXXX 0: está compuesta por las siguientes Secretarías: Facatativá, Pereira, Xxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxx, Duitama, Sogamoso, Caldas, Manizales, Cundinamarca, Girardot, Soacha, Norte Xx Xxxxxxxxx, Cúcuta, Quindío, Xxxxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxxxx x Xxxxx.
XXXX 0: está compuesta por las siguientes Secretarías: Cauca, Popayán, Nariño, Pasto, Tumaco, Tolima, Ibagué, Xxxxx Del Cauca, Cali, Buenaventura, Guadalajara Xx Xxxx, Xxxxxxx, Xxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxx X Xxxxx
XXXX 0: está compuesta por las siguientes Secretarías: Caquetá, Florencia, Huila, Neiva, Meta, Villavicencio, Santander, Bucaramanga, Barrancabermeja, Girón, Arauca, Casanare, Amazonas, Guainía, Guaviare, Vaupés, Vichada, Pitalito, Piedecuesta Y Yopal.
La actividad a desarrollar según la clase de evento conlleva, entre otras, tareas relacionadas con: la organización, preparación y producción de eventos, convocatoria, suministro de transporte aéreo y/o terrestre según la sede de los participantes, alojamiento, suministro de alimentación; alquiler de espacios con áreas e instalaciones técnicas y tecnológicas apropiadas; alquiler de equipos informáticos y ayudas audiovisuales; suministro de materiales a los asistentes, suministro de elementos publicitarios con el diseño e instalación de stands, elaboración de pendones y/o campañas institucionales; tareas post-evento como pago de honorarios a conferencistas (de llegar a ser necesarios), elaboración de memorias e informes, evaluación, procesamiento de encuestas de satisfacción y oportuna legalización de cuentas. La inclusión y dimensión de cada una de estas tareas, incluido el perfilado, selección y contratación de conferencistas, talleristas (de llegar a ser necesarios), etc. dependerá de las especificaciones e instrucciones indicadas por el supervisor en la solicitud del evento.
LOS EVENTOS QUE SE PROYECTAN REALIZAR SON LOS QUE SE RELACIONAN A CONTINUACIÓN:
ZONA | No. de Eventos 2020 | No. de Eventos 2021 |
1 | 40 | 41 |
2 | 47 | 37 |
3 | 57 | 62 |
4 | 67 | 74 |
5 | 43 | 40 |
Total general | 254 | 254 |
Nota: Esta programación de eventos corresponde a una proyección conforme a los históricos y necesidades actuales. Sin embargo, esta puede variar conforme a lo que sea requerido en la ejecución, de acuerdo con las necesidades del programa.
Para el desarrollo del objeto del contrato el contratista deberá contar con el equipo de profesionales que se detallan a continuación, de conformidad con los perfiles, la disponibilidad y para el desarrollo de las obligaciones.
A continuación se exponen los requerimientos de estos perfiles para cada una de las vigencias del Contrato que se suscriba, de acuerdo con la necesidad del Programa.
DESCRIPCION | VIGENCIA 2019 (Del 15 de diciembre al 31 de diciembre de 2019) | VIGENCIA 2020(Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020) | VIGENCIA 2021(Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021) | ||||||
CANT | DEDICA CIÓN | MESES | CANT | DEDICA CIÓN | MESES | CANT | DEDICA CIÓN | MESES | |
Gerente General de servicios | 1 | 100% | 1 | 1 | 100% | 12 | 1 | 100% | 12 |
Coordinadores de eventos | 5 | 100% | 1 | 5 | 100% | 12 | 5 | 100% | 12 |
Asistentes operativos | 10 | 100% | 1 | 10 | 100% | 12 | 10 | 100% | 12 |
El equipo de trabajo se encuentra definido para las cinco (5) zonas en las que se ejecutará en contrato distribuidos de la siguiente manera:
Perfiles | Xxxx 0 | Xxxx 0 | Xxxx 0 | Xxxx 0 | Xxxx 0 |
Gerente de servicios | 1 | ||||
Coordinadores de eventos | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 |
Asistentes operativos | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 |
NOTA 1: En el PTA pueden presentarse eventos esporádicos propios del Programa, así como los provenientes del Despacho de la Ministra y sus Viceministros asociados a los objetivos del PTA, los cuales deben ser solicitados con una antelación no menor a veinticuatro (24) horas.
Para los eventos que se soliciten con una antelación no menor a veinticuatro (24) horas, no será obligatorio presentar tres (3) cotizaciones, sino una única cotización que se encuentre dentro de los precios techo de referencia establecidos en el proceso.
Clasificación del objeto a contratar: El objeto del proceso de contratación a celebrar se encuentra codificado en el Clasificador de Bienes y Servicios de Naciones Unidas como se indica en la Tabla:
CLASIFICACIÓN UNSPSC | SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | PRODUCTO |
F [SERVICIOS] | 80000000 Servicio de Gestión, Servicios Profesionales de Empresa y Servicios Administrativos | 80140000 Comercialización y Distribución | 80141600 Actividades de ventas y promoción de negocios | 80141607 Gestión de Eventos |
F [SERVICIOS] | 80000000 Servicio de Gestión, Servicios Profesionales de Empresa y Servicios Administrativos | 80140000 Comercialización y Distribución | 80141900 Exhibiciones y ferias comerciales | 80141902 Reuniones y eventos |
C. NORMATIVIDAD APLICABLE
Son aplicables los principios de la Constitución Política, el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública - Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011 y sus decretos reglamentarios, y en lo no regulado particularmente, las normas civiles y comerciales, y las reglas
previstas en este pliego de condiciones, y en las adendas que se expidan durante el desarrollo del proceso de selección.
D. MODALIDAD
TIPO DE CONTRATO: Prestación de Servicios
MODALIDAD DE SELECCIÓN: Licitación Pública.
Este proceso de selección se fundamenta en el artículo 2 numeral 1 de la Ley 1150 de 2007, que establece como regla general la modalidad de Licitación Pública; por las características del objeto a contratar, el monto presupuestal reservado para la contratación y al no circunscribirse la necesidad contractual en ninguna de las excepciones descritas en los numerales 2, 3 y 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007.
Adicionalmente, se tiene en cuenta el artículo 25 de la Ley 1150 de 2007, el cual dispuso la modificación del inciso 4 del numeral 5 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993 en los siguientes términos:
El pliego de condiciones elaborado por el MEN para el proceso de selección contendrá además de los requisitos exigidos en la Ley 80 de 1993, lo establecido en el capítulo I y II subsección 1, del Decreto 1082 de 2015, referente a la publicidad del proceso en el Sistema Electrónico para la Contratación Estatal – SECOP II y a la obligatoriedad de convocatoria pública en los procesos de licitación.
Así mismo, se dará cumplimiento a lo establecido en el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011, estableciendo como criterios de selección la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas señaladas en el pliego de condiciones.
E. OBLIGACIONES
A. DEL CONTRATISTA Obligaciones Generales
1. Acatar la Constitución Política, la Ley, los principios de la contratación estatal y las demás normas
concordantes y complementarias.
2. Asumir la responsabilidad de todas las actividades relativas a la ejecución de las obligaciones establecidas en este contrato.
3. Disponer de los medios necesarios para el mantenimiento, cuidado y custodia de la información objeto del presente contrato.
4. Entregar a EL MINISTERIO, periódicamente y al finalizar el contrato, o cuando el supervisor o interventor lo solicite, todos los documentos y archivos (físicos y electrónicos) a su cargo y que se produzcan en ejecución de sus obligaciones, debidamente inventariados conforme a las normas y procedimientos que establezca el Archivo General de la Nación, que se encontrarán en el instructivo adjunto que hace parte integral del contrato.
5. Solicitar autorización escrita de EL MINISTERIO para utilizar el nombre, emblema o sello oficial con fines publicitarios o ajenos a los establecidos en los lineamientos de EL MINISTERIO.
6. Cumplir con las normas reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de EL MINISTERIO, según la normatividad vigente.
7. En caso de que proceda el registro y asignación de una firma digital, usarla dentro de los límites impuestos por el objeto y las obligaciones del presente contrato y en todo caso con la debida autorización de quien corresponda.
8. Desplazarse dentro y fuera del territorio nacional en caso de que se requiera para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales y legalizar las comisiones de acuerdo con los términos y lineamientos de EL MINISTERIO, una vez culminado el desplazamiento.
9. Cumplir con los lineamientos y especificaciones contenidos en el anexo técnico, el cual forma parte integral del contrato
10. Informar oportunamente al supervisor cualquier anomalía o dificultad que advierta en el desarrollo del contrato y proponer alternativas de solución a las mismas.
11. Atender las peticiones y/o consultas que le indique el supervisor y se relacionen con el objeto del contrato.
12. Asistir y participar en las reuniones, que le indique el supervisor y se relacionen con el objeto del contrato.
13. Presentar los informes que le indique el supervisor, así como los pertinentes para efectos del pago.
14. Cumplir las indicaciones, recomendaciones y/o sugerencias impartidas por el encargado del control y vigilancia del contrato y las demás que sean inherentes al objeto de la contratación
15. Dar cumplimiento a las obligaciones con los sistemas general de seguridad social en salud, pensiones y aportes parafiscales cuando haya lugar, y presentar los documentos respectivos que así lo acrediten, conforme lo establecido por el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 828 de 2003, la Ley 1122 de 2007, Decreto 1703 de 2002, Decreto 510 de 2003, articulo 3 de la Ley 1150 de 2007, Ley 1562 de 2012 y demás normas que las adicionen, complementen, modifiquen o aclaren.
16. Defender en todas sus actuaciones los intereses del Ministerio y obrar con lealtad y buena fe en todas las etapas contractuales.
17. Guardar total reserva de la información que por razón del servicio y desarrollo de sus actividades obtenga, la cual es de propiedad del Ministerio.
18. Conocer y acatar lo dispuesto en el Manual de Contratación y Supervisión del Ministerio.
19. Informar oportunamente de cualquier petición, amenaza de quien actuando por fuera de la ley pretenda obligarlo a hacer u omitir algún acto u ocultar hechos que afecten los intereses del Ministerio.
20. Constituir las Garantías para la aprobación del Ministerio, en los términos y condiciones pactados.
21. Cumplir con el objeto del contrato, así como con los requerimientos técnicos contenidos en el estudio previo, pliego, contrato y propuesta, con plena autonomía técnica y administrativa y bajo su propia responsabilidad. Por lo tanto, no existe ni existirá ningún tipo de subordinación, ni vínculo laboral alguno del contratista con el Ministerio que vincule al contratista para el desarrollo del contrato.
22. Mantener actualizado su domicilio durante la vigencia del contrato y cuatro (4) meses más y presentarse al Ministerio en el momento en que sea requerido por el mismo para la suscripción de la correspondiente Acta de Liquidación.
23. Cumplir con todo lo ofrecido en su propuesta.
24. Adelantar oportunamente los trámites y cumplir los requisitos para la ejecución del contrato.
25. Desarrollar las actividades y productos materia del contrato bajo los principios, lineamientos y directrices trazadas en el Sistema de Gestión de Calidad del Ministerio.
26. Radicar las facturas de cobro una vez prestado el servicio contratado, con los informes y comprobantes de pago de los aportes parafiscales.
27. Presentar al inicio del contrato el Equipo de trabajo con el cual ejecutará el mismo.
28. Presentar de manera previa a cada evento las cotizaciones de los servicios que se pretenden prestar para su aprobación por parte del supervisor.
29. Contar con una sede en la ciudad de Bogotá D.C.
30. Si el contratista pertenece al régimen común, deberá radicar en correspondencia el físico de la factura y posteriormente subirla en el SECOP II, antes de presentar al supervisor del contrato el informe de actividades con susanexos.
31. Todas las demás inherentes o necesarias para la correcta ejecución del objeto contractual.
B. Obligaciones Específicas
Son obligaciones del contratista las siguientes:
Obligaciones relativas a la logística de los eventos:
32. Disponer de recursos económicos en efectivo para la realización de los eventos en aquellos sitios en donde no haya entidades bancarias.
33. Contar con equipos y elementos de respaldo para remplazar los que puedan presentar fallas o daños antes o durante el evento sin costos adicionales para el Ministerio.
34. Suministrar por su cuenta los salones, mobiliario, personal, alimentos, y todos los demás materiales y elementos requeridos para la realización del cada evento solicitado por el Ministerio.
35. Realizar el montaje, desmontaje y transporte de los equipos requeridos para el desarrollo de los eventos y proveer a su costo todos los bienes y servicios necesarios para el cumplimiento del objeto del contrato.
36. Proveer a su costo todos los bienes y servicios necesarios para el cumplimiento del objeto del contrato.
Obligaciones relativas al personal del contratista:
37. Poner a disposición de cada evento todo el recurso humano idóneo y necesario para el desarrollo de este, teniendo en cuenta las necesidades que el Ministerio manifieste al momento de planificación de cada evento
38. Estar disponible los siete (7) días de la semana y las veinticuatro (24) horas del día y disponer de dos (2) líneas telefónicas celulares y fijas con disponibilidad de mínimo quinientos (500) minutos para el Ministerio, y un correo electrónico para comunicación exclusiva con el Ministerio, por el plazo de ejecución del contrato
39. Garantizar que el Coordinador General de la ejecución del contrato, así como el líder de cada evento, si este último fuere solicitado por el Ministerio, cuenten con las herramientas básicas de trabajo, como: computador portátil con acceso a Internet permanente, sistema de comunicación abierto (celular con minutos disponibles), facilidades de transporte, etc.
40. Identificar a todo su personal, que participe en el desarrollo de cada evento, como personal del contratista, ya sea a través de un uniforme institucional o con identificación visible, garantizando en todo caso, excelente presentación personal.
41. Cubrir todos los gastos del personal del contratista requerido para el desarrollo de cada uno de los eventos solicitados por el Ministerio.
42. Suministrar a su personal todos los elementos de protección y seguridad industrial requeridos para desarrollar adecuadamente sus labores, y verificar su uso adecuado.
43. Entregar un celular con línea móvil activa y asumir el pago de por lo menos 500 minutos disponibles al mes a cualquier operador, para que el supervisor del Ministerio pueda comunicarse con el contratista, en horarios nocturnos y fines de semana, a fin de atender y gestionar los requerimientos comunes o de emergencia solicitados por el Ministerio
44. Contar y disponer de una sede o sucursal en la Ciudad de Bogotá, para satisfacer las necesidades del contrato.
45. Cumplir con el pago de salarios y prestaciones del personal que contrate para la realización del evento
Obligaciones relativas a los lugares de los eventos:
46. Garantizar que los lugares en los cuales se realizarán los eventos cuenten con excelentes condiciones de iluminación y medios audiovisuales, así como con la capacidad de acomodación requerida en el requerimiento requerido por el Ministerio, debiendo cubrir un margen de asistencia adicional imprevista
47. Garantizar la revisión previa de las instalaciones y todos los servicios asociados a cada evento, debiendo cubrir todos los gastos de alojamiento, alimentación, transporte y demás conceptos asociados, de las personas del contratista que deban realizar las visitas técnicas previas a la realización de un evento.
48. Asegurar que el lugar donde se realizará el evento cuente con lugar para recibir a los participantes.
49. Garantizar un espacio cómodo (incluyendo silletería cómoda), con las mesas necesarias para realizar la inscripción y entrega de escarapelas a los participantes. Así mismo, los salones en que se realizarán los eventos deben contar con las mesas requeridas por el supervisor del Ministerio
50. Garantizar que el lugar donde se realizará el evento cuente con baños para mujeres y hombres, los cuales deben ser de fácil acceso para los participantes y estar muy cercanos a los salones donde se realizarán los eventos. Los baños deberán estar aseados de manera permanente y dotados de los implementos de aseo necesarios jabón de manos en dispensador, papel toilette, secador de manos eléctrico (si aplica para el evento), servilletas de manos, espejos, entre otros, y contar con los servicios de agua y energía eléctrica.
51. Entregar al iniciar cada evento el lugar debidamente ordenado, organizado y aseado y si el evento dura varios días, se deberán mantener estas condiciones.
52. Garantizar durante la realización del evento, que los salones proporcionados cuenten con iluminación permanente, a través de fluido eléctrico, así como, para el perfecto funcionamiento de los demás servicios requeridos en el presente proceso de contratación.
53. Garantizar que los lugares en que se realizarán los eventos cuenten con rutas de evacuación debidamente señalizadas, y con salidas de emergencia.
Obligaciones relativas al catering:
54. Garantizar la correcta prestación del servicio de alimentación (desayuno, almuerzo cena, refrigerio), según lo solicitado y aprobado por el supervisor.
55. Garantizar que se tomaran todas las medidas necesarias para la adecuada prestación del servicio, bajo estrictas normas y estándares de seguridad, traslado, higiene y presentación de alimentos, instalaciones, implementos, etc.
56. Garantizar que las personas que manipulen cuenten con los exámenes médicos y/o autorizaciones que la autoridad sanitaria exigen.
Obligaciones relativas al transporte y alojamiento de los asistentes:
57. Suministrar el transporte terrestre aéreo o fluvial de los asistentes a los eventos que programe el Ministerio y/o rembolsar los gastos a los asistentes en los casos excepcionales debidamente autorizados por el supervisor del contrato. No se reconocerán transportes no autorizados por el supervisor del contrato.
58. Suministrar los tiquetes aéreos en rutas nacionales a la población objeto del trabajo, a cualquier hora del día o de la noche, incluyendo fines de semana y festivos, sujetos a la disponibilidad que presenten los sistemas y con las tarifas más económicas en el momento de expedición del tiquete. La persona responsable de emitir el tiquete dejará constancia u observación que al momento de la expedición de los tiquetes dicha tarifa era la más económica de los diferentes transportadores.
59. Atender durante las 24 horas, los siete (7) días de la semana, mediante línea telefónica directa, medio electrónico y una plataforma virtual, que permita solucionar inconvenientes de último momento a los usuarios del servicio de transporte aéreo, terrestre o fluvial.
60. Garantizar el suministro de tiquetes aéreos a los municipios en donde no operen las aerolíneas AVIANCA, COPA, LATAM, SATENA y deba acudirse a otros operadores que tengan vuelos a dichos municipios o ciudades o de ser necesario realizar el suministro de un vuelo chárter si a ello hubiere lugar.
61. Realizar las reservas, expedir y suministrar los tiquetes de conformidad con las solicitudes del Ministerio durante las 24 horas del día, 7 días de la semana
62. Enviar por correo electrónico dentro de las seis (6) horas siguientes al requerimiento que le efectúe el supervisor del contrato o la persona autorizada, o antes de finalizar la jornada laboral, la confirmación de la reservación, indicando el costo y la clase de pasaje reservado.
63. Atender en forma inmediata cualquier cambio que se presente en los tiquetes expedidos, suministrando los nuevos tiquetes dentro de los plazos requeridos por el supervisor del contrato o por la persona autorizada.
64. Proveer los tiquetes en la tarifa más económica xxx xxxxxxx, vigente a la fecha de expedición, de acuerdo con las autorizaciones efectuadas por el supervisor del contrato o por la persona autorizada
65. Disponer según los requerimientos del Supervisor, el tipo de alojamiento en acomodación sencilla o doble, en habitaciones estándar, en hoteles de calificación mínima de 2 a 4 estrellas, sin alterar o modificar la misma de conformidad con la disponibilidad del lugar del evento, sin embargo, de requerirse un alojamiento de condiciones diferentes como consecuencia del lugar del evento, éste deberá ser autorizado por el supervisor. Parágrafo: Se aclara que el transporte no aplica para funcionarios y contratistas del Ministerio.
Obligaciones relativas a comunicaciones:
66. Coordinar con el Ministerio las características y condiciones de los elementos de imagen corporativa que se requieran durante la ejecución del contrato.
67. Coordinar con el Ministerio los medios de comunicación en los cuales deben realizarse las comunicaciones e invitaciones fijando claramente horarios, días, etc.
68. Atender los requerimientos del Ministerio relacionados con las herramientas de comunicación para la promoción y difusión de los eventos del Ministerio de acuerdo con los proyectos de inversión.
Obligaciones relativas a la responsabilidad del contratista:
69. Garantizar la calidad de los servicios contratados, elementos suministrados y responder por ello, así como que los eventos cuenten con los permisos de las autoridades municipales si a ello hubiere lugar.
70. Responder por los daños y perjuicios que se causaren a los participantes de los eventos, en el caso de intoxicaciones por causa de alimentos o accidentes causados por hechos generados por la prestación del servicio a su cargo.
71. Asumir la responsabilidad civil contractual y extracontractual que genere la demanda u otras demandas interpuestas por terceros derivada de su actividad y contar con las garantías que para ciertos eventos exijan las autoridades locales.
Obligaciones relativas al contrato y la supervisión:
72. Garantizar toda la logística necesaria para llevar a cabo la realización de cada uno de los eventos requeridos por el Ministerio, solicitados a través del supervisor del contrato, para lo cual debe estar disponible los siete (7) días de la semana y las veinticuatro (24) horas del día.
73. Cumplir todos y cada uno de los requerimientos señalados en el pliego de condiciones y sus anexos, así como la normatividad aplicable al servicio contratado, de tal forma que se garantice la adecuada prestación de este para cada uno de los eventos.
74. Xxxxxxx toda la colaboración necesaria al Ministerio para que cada uno de los eventos se realice de manera satisfactoria.
75. Garantizar la prestación del servicio para los eventos requeridos por el supervisor del contrato, los cuales serán solicitados por el Ministerio en el Formato de Orden de servicio establecido por la Entidad.
76. Presentar para aprobación del supervisor del contrato por parte del Ministerio, de manera previa, el
presupuesto del evento solicitado a la realización del evento, tres (03) cotizaciones de los ítems solicitados por el supervisor del contrato, así como los materiales que entregará en el mismo, así como aquellos que se utilizarán para publicitar el evento. Los bienes o servicios para la realización de un evento que no sean aprobados previamente por el supervisor del contrato no serán pagados por el Ministerio.
77. Atender las instrucciones, lineamientos y requerimientos que durante el desarrollo del contrato le imparta el supervisor del Ministerio, sin perjuicio de la autonomía técnica y administrativa que tiene para el desarrollo del contrato.
78. Dar respuesta inmediata al supervisor o al encargado de coordinar las actividades sobre lo relacionado con cada evento.
79. Mantener los valores presentados en su propuesta económica sin posibilidad de incremento en los mismos.
80. Obtener con oportunidad debida las licencias, autorizaciones a que hubiere lugar para el cumplimiento de todas las obligaciones que le corresponden en los términos del presente contrato.
81. Asumir todos los costos y gastos derivados del desarrollo y ejecución del objeto del contrato y demás actividades relacionados con el mismo.
82. Las que se deriven de la naturaleza del contrato y que garanticen su cabal y oportuna ejecución.
83. Las demás establecidas en los Pliegos de Condiciones, sus anexos y demás documentos del contrato.
Obligaciones relativas a la calidad del servicio:
84. Presentar el diseño e implementación de un procedimiento de gestión para el desarrollo de los servicios a contratar.
85. Socializar con el equipo que realizará las actividades definidas en el contrato, la información básica del Ministerio (Misión, Visión, Principios, Objetivos Estratégicos, y Políticas de los Sistemas de Gestión).
86. Aplicar en cada evento una encuesta aprobada por el supervisor del contrato según el formato establecido por la entidad, y con base en ella efectuar un análisis para ejecutar acciones de mejoramiento las cuales serán pactadas como ANS (Acuerdos de Niveles de Servicios) y formarán parte integral del contrato. Dicha encuesta contendrá la evaluación de los servicios prestados por el operador, para conocer la percepción de satisfacción de los usuarios, su proactividad y disposición de personal para atender los diferentes requerimientos, así como, la evaluación de los espacios físicos donde se desarrolló el evento.
87. Recaudar los listados de asistencia de los asistentes y dejar registro de las capacitaciones, charlas y/o conferencias relacionadas con el tipo de evento.
Parágrafo: Cualquier cambio durante la ejecución del contrato deberá ser previamente aprobado por el Supervisor de este. De cualquier forma, el remplazante deberá reunir las condiciones iguales o superiores al remplazado y cumplir con los mismos requisitos exigidos a éste.
El CONTRATISTA será el responsable por los actos u omisiones en que incurra en desarrollo de las actividades del contrato que se derive del proceso de selección, cuando con ellos cause perjuicio a la administración o terceros.
NOTA 1: En el PTA pueden presentarse eventos esporádicos como los provenientes del Despacho de la Ministra y sus Viceministros, los cuales deben ser solicitados con una antelación no menor a veinticuatro (24) horas.
Para los eventos que se soliciten con una antelación no menor a veinticuatro (24) horas, no será obligatorio presentar tres (3) cotizaciones, sino una única cotización que se encuentre dentro de los precios techo de referencia establecidos en el proceso.
B. OBLIGACIONES DEL MINISTERIO
1. Exigir la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato.
2. Designar al supervisor del contrato.
3. Certificar y efectuar los pagos causados por EL CONTRATISTA.
4. Efectuar el pago por concepto de comisión conforme al valor máximo adjudicado
5. Entregar la información requerida para el cumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA, siempre y cuando no sea obligación de este.
6. Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias a que hubiere lugar.
7. Presentar al contratista a través del supervisor las sugerencias y observaciones sobre el
trabajo a realizar para que se satisfaga la necesidad del MINISTERIO y el objeto de la contratación.
8. Todas las demás que resulten necesarias e indispensables para el cabal cumplimiento de los fines del contrato.
C. OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR:
1. Observar las obligaciones propias de la actividad, los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, el Manual de Contratación DEL MINISTERIO, y demás manuales y normas vigentes que regulan la materia.
2. El supervisor ejercerá el control y vigilancia de la ejecución del contrato, exigiendo a las partes el cumplimiento idóneo y oportuno del mismo, así mismo debe verificar el cumplimiento del contrato en cuanto a plazo, lugar, cantidad, calidad, planes, proyectos y acciones.
3. Responder por el recibo a satisfacción de las actividades que comporta la ejecución del objeto del presente contrato de conformidad con lo pactado en el mismo.
4. Coordinar la estructuración de la documentación que se genera con ocasión del contrato y el correspondiente envío a las áreas que corresponda.
5. Efectuar los requerimientos que sea del caso a EL CONTRATISTA cuando las exigencias de cumplimiento así lo requieran.
6. Requerir al contratista, con copia al respectivo garante si lo hubiere, cuando advierta incumplimientos y estructurar los soportes y hacer el respectivo informe del caso con las cuantificaciones a que haya lugar, que le permitan adelantar a la entidad el trámite que corresponda, en observancia especialmente de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 y la reglamentación que esté vigente en EL MINISTERIO en materia de imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento frente a los contratistas.
7. Elaborar los informes, actas y documentos que la actividad de supervisión comporta, con la remisión respectiva a las áreas que correspondan.
8. Certificar sobre el cumplimiento de las obligaciones cumplidas y verificar los informes presentados por EL CONTRATISTA.
9. Verificar la legalidad de la factura electrónica, cuando el contratista se encuentre en régimen común y se haya acogido a dicho sistema de facturación, de acuerdo con la guía expedida por la Subdirección Financiera.
10. Autorizar los pagos al contratista, previa verificación del cumplimiento del objeto dentro del contexto estipulado y de la acreditación del pago de parafiscales.
11.El Supervisor deberá verificar que el Contratista conserve y use adecuadamente los documentos y expedientes que para la ejecución del objeto pactado se le entreguen, con la obligación del Contratista de responder por su deterioro o pérdida imputables al mismo. Al momento de la terminación del contrato, el supervisor deberá verificar que el contratista haya efectuado la devolución de los documentos y expedientes entregados para el desarrollo del mismo, dejando constancia de ello.
12.El supervisor deberá verificar que el contratista cumpla las directrices implementadas en el Sistema de Gestión documental dispuesto por la entidad, para el manejo integral de la información y que atienda con la oportunidad debida los radicados que le sean asignados en el marco de la ejecución del objeto pactado, de modo que el respectivo aplicativo de correspondencia se mantenga actualizado y al día en ese sentido. Dicha verificación se realizará durante toda la ejecución contractual y en especial respecto de los radicados asignados en sistema de correspondencia para cada pago. Al momento de la terminación del contrato, el supervisor deberá verificar que el contratista no presente radicados a cargo sin atender o sin descargar en el respectivo aplicativo, lo cual es necesario para viabilizar el estado xx xxx y salvo en el contexto de la finalización del contrato.
13.Informar al líder o líderes de la contratación sobre los cambios que se presenten durante la ejecución del contrato y velar porque se suscriban por las partes las correspondientes modificaciones, adiciones o prórrogas que se requieran.
14.Una vez perfeccionadas las modificaciones de los contratos y convenios, prórrogas, adiciones, aclaraciones, suspensiones, reinicios o cesiones, requerir al contratista para surta los trámites
al respectivo garante, cuando aplique, dentro de los cinco (5) días siguientes.
15.Remitir mensualmente a la Subdirección de Contratación la documentación de la ejecución contractual, que se produzca en físico, para el respectivo archivo en el expediente contractual, previo su publicación en el SECOP II en la parte de ejecución contractual del contrato que se suscriba electrónicamente.
16.El supervisor debe velar por que la garantía cuando aplique se mantenga vigente incluidos los amparos que correspondan para la etapa de liquidación o postcontractual cuando a ello hubiere lugar.
17.Proyectar con la debida antelación, la liquidación del contrato, en los casos en los que la misma se imponga.
18.Mantenerse actualizado en los términos, condiciones, manuales y guías del SECOP ll, de la página de Colombia Compra Eficiente.
19.Xxxxx por la integridad, autenticidad, veracidad y fidelidad de la información del ejercicio de su supervisión o interventoría, por lo tanto, deberán entregar todos los documentos y archivos (físicos y electrónicos) a su cargo y que se produzca en ejercicio de sus funciones, de acuerdo con los procedimientos internos de gestión documental establecidos por EL MINISTERIO.
Parágrafo: En caso de ausencia parcial o total del supervisor la misma será asumida por quien haga sus veces y en caso de que el designado no tenga remplazo en su ausencia temporal o definitiva, la supervisión será asumida por el inmediato superior, sin necesidad de modificación contractual alguna. En caso de que se materialice la situación anterior se deberá informar inmediatamente a la Subdirección de Contratación.
F. CLASIFICACIÓN UNSPSC
De conformidad con el numeral 1 del artículo 2.2.1.1.2.1.3., del Decreto 1082 de 2015, el servicio objeto del presente proceso de contratación está clasificado en el Código Estándar de Productos y Servicios de Naciones Unidas (The United Nations Standard Products and Services Code) - UNSPSC, como se indica a continuación, lo cual se verificará hasta el tercer nivel (Clase):
CLASIFICACIÓN UNSPSC | SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | PRODUCTO |
F [SERVICIOS] | 80000000 Servicio de Gestión, Servicios Profesionales de Empresa y Servicios Administrativos | 80140000 Comercialización y Distribución | 80141600 Actividades de ventas y promoción de negocios | 80141607 Gestión de Eventos |
F [SERVICIOS] | 80000000 Servicio de Gestión, Servicios Profesionales de Empresa y Servicios Administrativos | 80140000 Comercialización y Distribución | 80141900 Exhibiciones y ferias comerciales | 80141902 Reuniones y eventos |
El proponente podrá estar clasificado en alguna de las anteriores clasificaciones. En el evento que la propuesta se presente por un consorcio o unión temporal, cada uno de los miembros podrá estar inscrito en al menos una de las categorías señaladas.
G. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. PRESUPUESTO OFICIAL
El valor del presente proceso de selección asciende a la suma de El valor estimado del presupuesto es hasta la suma de El valor estimado del presupuesto es hasta la suma de TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES CIENTO TREINTA MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE
PESOS M/CTE ($00.000.000.000) INCLUIDO IVA distribuidos por vigencia de la siguiente forma:
• Vigencia 2019: CIEN MILLONES SETECIENTOS VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS ($100.723.492) IVA incluido.
• Vigencia 2020: DIECISIETE MIL CIENTO CUARENTA Y TRES MILLONES DOCIENTOS TREINTA MIL DOCIENTOS DIEZ PESOS ($17.143.230.210) Iva Incluido.
• Vigencia 2021: VEINTE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($00.000.000.000) Iva Incluido.
H. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
El valor o presupuesto oficial se encuentra amparado presupuestalmente, así:
TIPO | NÚMERO | VALOR | RUBRO | RECURSO | SITUACIÓN |
CDP | 175019 | 126.135.410 | C-2201-0700-13-0- 2201006-02 | 10 | CSF |
Vigencia Futura | En trámite | 00.000.000.000 | En trámite | En trámite | En trámite |
I. FORMA DE PAGO
El MINISTERIO pagará AL CONTRATISTA el valor del contrato en mensualidades vencidas con fundamento en los servicios efectivamente prestados de acuerdo con la realización de los eventos programados y debidamente legalizados, previa presentación de factura. Los costos asociados a la realización de un evento serán pagados de acuerdo con los valores de los presupuestos o cotizaciones aprobados previamente por la interventoría / Supervisión.
• PAGO DE COSTOS DIRECTOS:
Se entiende por costos directos, los valores asociados a la realización del evento, que se detallan en el presupuesto aprobado por la interventoría / supervisión del MEN, y que corresponden a los precios ofertados por el Contratista en la propuesta económica.
Sobre estos costos directos el MEN no pagará ni reconocerá Comisión. Los documentos para acreditar el pago de los Costos Directos son:
✓ Factura por cada uno de los eventos terminados en el mes, la cual deberá cumplir con los requisitos del Estatuto Tributario, artículo 617, y debe incluir los costos generados por la realización del evento. Se debe facturar en pesos, es decir, que el MINISTERIO no aceptará facturas que incluyan centavos, por lo cual deberán aproximarse por exceso o por defecto.
✓ Relación, descripción y valor de cada uno de los gastos del evento, donde se discrimine el IVA, dicha relación debe coincidir en todas sus partes con lo aprobado por el interventor / supervisor o quien este designe.
✓ Informe que contemple aspectos técnicos, administrativos y financieros, relacionando cada uno de los gastos del evento discriminando el IVA. Dicha relación debe coincidir en todas sus partes con lo aprobado inicialmente por la interventoría / supervisión. En caso de que se presente un
imprevisto, se debe relacionar y anotar quien lo solicitó y contar con la aprobación de la interventoría / supervisión. Adicionalmente, debe anexar los listados de asistencia, evaluaciones y fotos. Debe ser un Informe técnico de cada evento donde se describa el detalle del evento y las modificaciones que se generaron.
✓ Copia de la solicitud del evento, de los presupuestos presentados y aprobados, al igual que correos donde se soporta la solicitud, justificaciones y aprobación de los documentos relacionados en este numeral cuando aplique.
✓ Certificado del pago de aportes parafiscales del mes inmediatamente anterior de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 del 27 de diciembre de 2002, modificado por la Ley 828 de 2003.
✓ Certificación del Revisor Fiscal donde evidencie con una relación, el cumplimiento de los requisitos tributarios, contables y legales establecidos por cada factura, recibo de caja o cuenta de cobro de sus proveedores.
✓ Informe de la interventoría / supervisión en donde se certifique estar al día en el pago a proveedores que prestaron los servicios para la realización de los eventos, de acuerdo con las condiciones comerciales previamente acordadas entre el operador y sus subcontratistas.
• PAGO DE GASTOS REEMBOLSABLES:
Se entiende por Gastos Reembolsables, los valores pagados por el Contratista por ítems no incluidos en la propuesta económica del mismo o por reembolsos y/o el giro directo de recursos a terceros para actividades, bienes o servicios autorizados por el Ministerio de Educación Nacional, previa justificación de cada evento ejecutado y legalizado de acuerdo con las cotizaciones del evento presentadas y aprobadas.
Sobre estos gastos reembolsables el MEN si pagará o reconocerá Comisión. Los documentos para acreditar el pago de los gastos reembolsables son:
✓ Copia de la solicitud del evento, de las cotizaciones presentadas y aprobadas, al igual que correos donde se soporta la solicitud, justificaciones y aprobación de los documentos relacionados en este numeral cuando aplique.
✓ Para el cobro de Comisión se incluirá en la factura del evento adjuntando las facturas, recibos de caja o cuentas de cobro soporte de cada uno de los giros directos del evento, reembolsos o pago a terceros. En todo caso estos soportes deben coincidir con lo aprobado por el Interventor
/ supervisor o quien este designe.
El porcentaje de Comisión debe corresponder a la oferta realizada por el Operador en la propuesta económica. Este porcentaje será cancelado mensualmente y se calculará sobre el valor de actividades, bienes o servicios no incluidos en la Propuesta económica o por reembolsos y/o el giro directo de recursos a terceros para actividades, bienes o servicios autorizados por el Ministerio de Educación Nacional previa justificación de cada evento ejecutado y legalizado, el cual será soportado con una relación de los eventos facturados antes de IVA.
NOTA 1: El valor a pagar de las actividades ejecutas en la vigencia 2019 cubrirá el costo del equipo base para el mes de diciembre, con el fin de adelantar actividades de planeación de los eventos para el desarrollo de las formaciones de la vigencia 2020, de acuerdo con la priorización de los establecimientos educativos que se van a impactar con el Programa Todos a Aprender.
NOTA 2: Los desembolsos estarán sujetos al Programa Anual Mensualizado de Caja – P.A.C. del Ministerio, sin generar intereses moratorios. A su vez, para cada desembolso EL CONTRATISTA radicará a la interventoría / supervisión del contrato la respectiva factura o su documento equivalente junto con los soportes para su verificación y aprobación. Todos los pagos deben estar debidamente soportados y avalados por la interventoría / supervisión del contrato.
Los impuestos, tasas, contribuciones y retenciones que surjan del presente contrato serán sufragados por el contratista, para cuyos efectos se harán las retenciones del caso y se cumplirán las obligaciones fiscales que ordene la normatividad vigente.
NOTA 3: Si la(s) factura(s) no ha(n) sido correctamente elaborada(s), o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, el término para este solo empezará a contarse desde la fecha en que se presenten debidamente corregidas, o desde que se haya aportado el último de los documentos solicitados. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán de responsabilidad del contratista y no tendrá por ello, derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza.
NOTA 4: Se aclara que los gastos reembolsables en los que incurre el contratista para realización de los eventos no constituyen ingreso tributario, sino que corresponden a desembolsos realizados en favor de terceros para el cumplimiento del objeto contractual. En este caso se da el tratamiento de un “gasto reembolsable”, el cual se encuentra exento de la retención en la fuente, retención del IVA y retención del ICA, de acuerdo con las disposiciones vigentes emitidas por la DIAN.
NOTA 5: Para el último pago, se requiere que el contratista entregue certificado expedido por parte de la interventoría / supervisión en donde manifieste estar x xxx y salvo de pago a proveedores que prestaron los servicios en la ejecución de este contrato. El MINISTERIO pagará AL CONTRATISTA el valor del contrato en mensualidades vencidas con fundamento en los servicios efectivamente prestados de acuerdo con la realización de los eventos programados y debidamente legalizados, previa presentación de factura. Los costos asociados a la realización de un evento serán pagados de acuerdo con los valores de los presupuestos o cotizaciones aprobados previamente por la interventoría / supervisión.
Cada pago se hará contra entrega y aprobación por parte de la interventoría / supervisión del contrato de los Entregables definidos en cada uno de ellos. Para efectos de cada uno de los pagos, el contratista deberá adjuntar factura y Certificación de los pagos de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral en salud, pensiones, ARL y de aportes parafiscales a que haya lugar, o de la certificación respectiva expedida por el contador o Revisor Fiscal.
Los pagos serán previamente aprobados por la interventoría / supervisión que designe el Ministerio de Educación Nacional para la vigilancia de este contrato, de acuerdo a la disponibilidad de PAC.
NOTA 6: Para la facturación de la comisión, en caso de presentar decimales, el contratista deberá aproximar a la unidad entera siguiente.
J. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución será hasta el 31 de diciembre de 2021, contado a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.
K. LUGAR DE EJECUCIÓN
Lugar de Ejecución: El Lugar de ejecución del contrato será el territorio nacional.
Domicilio Contractual: Bogotá D.C.
V. CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYMES
De acuerdo con lo previsto por los artículos 2.2.1.2.4.2.2 y 2.2.1.2.4.2.3 del Decreto 1082 de 2015, y teniendo en cuenta que el presente Proceso de Contratación supera el Umbral para convocatorias limitadas a Mipyme (2019) establecido por Colombia Compra, es decir, $000.000.000, la presente
convocatoria NO SE LIMITA A MIPYMES.
VI. REQUISITOS HABILITANTES
El Ministerio de Educación Nacional verificará con el Registro Único de Proponentes el cumplimiento de los requisitos habilitantes, además se verificará con los documentos que se solicitan para aquella información adicional que no reposa en el RUP. Esta verificación se hará de acuerdo con los artículos 2.2.1.1.1.5.2 y 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015 y el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en Procesos de Contratación expedido por Colombia Compra Eficiente.
La capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, la capacidad financiera y de organización de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección conforme a lo señalado en el artículo 5 de la ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 5 de la Ley 1882 de enero de 2018, en concordancia con el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015:
N° | FACTORES DE VERIFICACIÓN | |
1 | CAPACIDAD JURÍDICA | CUMPLE / NO CUMPLE |
2 | CAPACIDAD FINANCIERA | CUMPLE / NO CUMPLE |
3 | CAPACIDAD TÉCNICA | CUMPLE / NO CUMPLE |
RESULTADO | CUMPLE / NO CUMPLE |
De conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, solo en aquellos casos en que por las características del objeto a contratar se requiera la verificación de requisitos del Proponente adicionales a los contenidos en el RUP, la Entidad Estatal puede hacer tal verificación en forma directa.
NOTA 1: El RUP y la información objeto de verificación contenida en el deberá estar vigente y en firme al momento de la presentación de la oferta para que ésta sea considerada en la verificación como habilitada o no habilitada. Los oferentes en virtud de lo establecido en la Ley 1882 de 2019 tendrán el término de traslado del informe de evaluación para acreditar la firmeza de su Registro Único de Proponentes.
NOTA 2: De conformidad con el Artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015, las personas jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia, interesadas en participar en el presente proceso de selección deben estar inscritas en el RUP y su registro e información estar vigente al cierre del proceso.
NOTA 3: El requisito señalado en la nota anterior debe ser cumplido por el proponente y en caso de tratarse de figuras asociativas (consorcios y uniones temporales), el requisito debe ser cumplido por
cada uno de los integrantes que la conforman.
VERIFICACION DE LOS REQUISITOS HABILITANTES:
I. CAPACIDAD JURÍDICA
En el presente Proceso de Contratación pueden participar personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; consorcios, uniones temporales, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrarse.
La duración de las personas jurídicas, asociaciones en consorcio o unión temporal debe ser por lo menos por el plazo del contrato y tres (3) años.
El Ministerio de Educación Nacional revisará que los proponentes no se encuentren incursos en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales, el Registro Nacional de Medidas Correctivas RNMC y el RUP para verificar que no haya sanciones, multas o contravenciones inscritas.
El análisis de los documentos solicitados no da derecho a asignación de puntaje, pero conducirá a determinar si el proponente CUMPLE o NO CUMPLE con las condiciones para participar, lo cual HABILITA o INHABILITA las propuestas para su evaluación técnica y económica. Se estudiarán y analizarán los requisitos esenciales de orden legal, verificando su estricto cumplimiento.
Para el efecto se verificarán los siguientes documentos:
1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA: FORMATO NO. 01
El Proponente aportará una carta de presentación de la propuesta, en la cual se destaque la identificación clara del sujeto jurídico que hace la oferta; el ofrecimiento incondicional de celebrar el contrato propuesto; y la manifestación y el compromiso de acoger y respetar las reglas del proceso de selección. Esta deberá estar suscrita por el interesado que será la persona natural o el representante legal para personas jurídicas, del consorcio o unión temporal, o por el apoderado debidamente constituido, evento en el cual se debe anexar el original del poder donde se especifique que se otorga para presentar la carta de presentación y la oferta.
Para facilitar este trámite el pliego de condiciones dispondrá del anexo para tal fin. El contenido de dicho documento podrá ser variado a criterio de los proponentes, siempre y cuando conserve sus elementos esenciales. El proponente NO podrá señalar condiciones diferentes a las establecidas en el pliego de condiciones.
Con la firma de la carta de presentación de la propuesta se presumirá la aprobación, legalidad y conocimiento de todos los documentos que acompañan el Pliego de Condiciones.
1.2. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL EXPEDIDO POR LA CÁMARA DE COMERCIO Y/O DOCUMENTO LEGAL IDÓNEO:
El proponente (Persona Xxxxxxxx) deberá presentar el certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio del domicilio principal o por la autoridad competente que certifique de acuerdo con la naturaleza del proponente; con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario a la fecha fijada
para el cierre del proceso, donde conste que de acuerdo con su objeto social se contempla la realización de las actividades objeto del contrato, y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar y ejecutar contratos.
Además, deberá indicar la duración de la sociedad, la cual no podrá ser inferior a la vigencia del contrato y tres
(3) años más.
En caso de consorcio o unión temporal (personas jurídicas), cada uno de los integrantes deberá presentar este certificado con los requerimientos establecidos anteriormente.
Si se trata de un proponente persona natural singular y los miembros del proponente Plural (personas naturales), deberán anexar copia de la cedula de ciudadanía o Certificado de Matricula Mercantil del establecimiento de comercio según el caso.
En caso de personas naturales que no estén obligadas a inscribirse en el registro mercantil, como es el caso de las profesiones liberales, no deberán acreditar tal requisito.
Si la oferta se presenta a nombre de una Sucursal, se deberá anexar los Certificados, tanto de la Sucursal como de la Casa Principal.
Si el proponente es persona jurídica que legalmente no está obligada a registrarse en la Cámara de Comercio, deberá allegar el documento legal idóneo que acredite su existencia y representación o reconocimiento de personería jurídica, con fecha de expedición no mayor a (30) días calendario anterior al cierre del proceso contractual.
En caso de personas extranjeras no inscritas en el registro mercantil o en el registro único de proponentes por no tener domicilio o sucursal en el país, deberán aportar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la sociedad extranjera en el país de origen. Así mismo, su decisión de establecer negocios en Colombia deberá cumplir con los requisitos señalados en el artículo 472 del Código de Comercio.
OBJETO SOCIAL: Este es un requisito de capacidad de la persona jurídica proponente que se circunscribe a que el desarrollo de la actividad prevista en el objeto social tanto del proponente como de cada uno de los miembros que integren consorcios o uniones temporales está relacionado con la prestación de servicios de gestión, servicios profesionales de empresas y servicios administrativos de manera que le permita a la persona jurídica la celebración y ejecución del contrato, teniendo en cuenta a estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.
Este es un requisito de capacidad de la persona jurídica proponente que se circunscribe al desarrollo de la actividad prevista en su objeto social, lo cual verificará el MEN a través del Registro Único de Proponentes y el Certificado de Existencia o Representación Legal.
1.3. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES – RUP:
El Proponente singular o de cada uno de los miembros del consorcio, unión temporal (si el Proponente es plural), deberá presentar el registro único de proponentes-RUP vigente y en firme a la fecha de cierre del proceso, y con fecha de expedición no mayor de 30 días calendario a la fecha del cierre del presente proceso de selección.
NOTA: De conformidad con el Artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015, las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia, interesadas en participar en el presente proceso de selección deben estar inscritas en el RUP, inscripción que deberá estar vigente y en firme a la fecha de cierre del proceso.
1.4. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO – RUT:
Con el fin de conocer el régimen Tributario a que pertenece el proponente, deberá presentarse con la propuesta, fotocopia del Registro Único Tributario, expedido por la Dirección General de Impuestos Nacionales, donde aparezca claramente el NIT del proponente. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes deberá aportar este documento.
Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia y las personas naturales sin domicilio en Colombia, no deben presentar el Registro Único Tributario (RUT), toda vez que en él se debe inscribir toda persona natural o jurídica que deba cumplir obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y
Aduanas Nacionales de Colombia. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que el adjudicatario sea una persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia o una persona natural sin domicilio en Colombia, esta deberá inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT).
1.5. CERTIFICACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PARAFISCALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL.
De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 , Ley 1150 de 2007 y Ley 1562 de 2012, a la fecha del cierre del proceso de selección, el oferente deberá aportar certificación del cumplimiento de sus obligaciones y pago de aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, o CREE, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx para lo cual deberá aportar tarjeta profesional vigente así como certificado de antecedentes profesionales expedido por la junta central de contadores, o en su defecto por el representante legal, la cual en todo caso, acreditará el cumplimiento de la obligación como mínimo en los seis (6) meses anteriores a la presentación de la oferta, con el fin de dar cumplimiento al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
Si se trata de un consorcio o unión temporal, se deberá allegar la certificación de cumplimiento antes mencionada para cada uno de los miembros.
Cuando el proponente sea persona natural, deberá acreditar los documentos de afiliación al Sistema Integral de Seguridad Social, anexando copia del pago y planilla donde se relacionen los conceptos cancelados, realizado en el mes inmediatamente anterior a la fecha del cierre del plazo para presentar las ofertas.
Para el caso en que el Oferente tenga un acuerdo de pago vigente, deberá certificar que se encuentra al día con los pagos acordados en el mismo, al mes anterior al cierre.
Para personas extranjeras:
Si la propuesta es presentada por una persona natural o jurídica extranjera, deberá presentar la información señalada en el formato establecido en el presente proceso o en cualquier documento que considere el proponente siempre y cuando cumpla con los requisitos indicados en FORMATO en cita, en donde acredite el pago de seguridad social de acuerdo con la reglamentación que rija en el país de origen, adjuntando la Ley o norma que la regula. Dicha norma puede anexarse en copia digital y citar en los documentos presentados con la propuesta, en que numerales y páginas de esta, se evidencia lo solicitado en el Pliego de Condiciones.
1.6. AUTORIZACIÓN PARA CONTRATAR:
En caso de existir limitaciones en las facultades del representante legal señaladas en los estatutos, el proponente deberá anexar copia del Acta de Junta de Socios o Junta Directiva, según el caso, donde se le autorice para comprometer a la sociedad en la contratación y suscribir los documentos que se requieran en su desarrollo y para constituir el consorcio o la unión temporal, si a ello hubiere lugar.
1.7. PODER CUANDO LA PROPUESTA SE PRESENTE POR INTERMEDIO DE UN APODERADO
Cuando el oferente actúe a través de un representante o apoderado deberá acreditar, mediante documento legalmente expedido, que su representante o apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta y firmar el contrato respectivo.
1.8. PROPONENTES EXTRANJEROS:
El proponente extranjero deberá acreditar:
Si el proponente es persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia, deberá acreditar su existencia y representación legal, para lo cual deberá presentar un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio expedido por lo menos dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del proceso conforme lo establezca el pliego de condiciones, en el que conste su existencia, objeto, fecha de constitución, vigencia, nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan
la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades, señalando expresamente, si fuere el caso, que el representante no tiene limitaciones para presentar la propuesta.
En el evento en que el interesado extranjero no cuente con un documento que contenga la totalidad de la información, deberá presentar los documentos que sean necesarios para acreditar lo solicitado en el presente numeral expedidos por las respectivas autoridades competentes.
• Que el objeto social principal o complementario permite la celebración y ejecución del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los estatutos). Para estos efectos, la autorización se entiende contenida dentro de la autorización general otorgada para comprometer a la sociedad.
• La suficiencia de la capacidad de su representante legal o de su apoderado especial en Colombia para presentar la propuesta y suscribir el Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el numeral anterior.
• Que su duración es por lo menos igual al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales y los certificados del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el numeral anterior).
Apoderado para oferentes extranjeros:
Los oferentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia.
Los oferentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia.
La persona natural o jurídica de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los oferentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:
i. Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán acreditar la constitución de un apoderado (Poder Especial), domiciliado y residente en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla administrativa, judicial o extrajudicialmente.
ii. Deberá adjuntar el certificado de existencia y representación legal o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmente. Si el mismo se encuentra en idioma distinto al castellano, debe presentarse en su lengua original junto con la traducción al castellano. En el evento en que el oferente extranjero ostente limitación en su capacidad de contratación o de oferta, deberá adjuntar el documento mediante el cual se remueva dicha limitación. En lo no previsto aquí expresamente, se aplicará el régimen dispuesto para los nacionales colombianos y que le sea aplicable a los extranjeros.
iii. En cumplimiento de lo ordenado por el Parágrafo 2° del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto – Ley 019 de 2012, el oferente extranjero, persona natural sin domicilio en Colombia o persona jurídica extranjera que no tenga establecida sucursal en el país, NO se encuentra obligado a inscribirse ni calificarse en el RUP.
iv. El oferente extranjero deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en país distinto a Colombia, para efectos de certificarla deberá adjuntar la certificación respectiva que deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en idioma distinto al castellano, deberá adjuntarse además del documento en idioma extranjero, la traducción correspondiente.
En el evento de resultar favorecido con la adjudicación un proponente extranjero sin domicilio ni sucursal en Colombia, para efectos de poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia en los términos del Código de Comercio, de acuerdo con lo señalado en los artículos 471 y 474 del citado Código.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 874 del Código de Comercio, en concordancia con el Artículo 28
de la Ley 9 de 1991, el artículo 3 del Decreto 1735 de 193 y la Resolución No. 8 de 2000, modificada por la Resolución 6 de 2006, emanada del Banco de la República, el valor en pesos colombianos del contrato o contratos celebrados en moneda distinta será el de la fecha de su suscripción o firma, de acuerdo con la tasa de cambio oficial que indique el Banco de la República.
1.9. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA:
El proponente deberá presentar la Garantía de seriedad de la oferta por una cuantía equivalente al 10% del valor establecido como presupuesto para el presente proceso. Si la oferta se presenta en forma conjunta, es decir, bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, la garantía de seriedad de la propuesta deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural.
Para garantizar la seriedad de la oferta, cada oferente debe constituir a favor del MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL, NIT 899.999.001-7 una garantía de seriedad de la oferta a FAVOR DE ENTIDADES OFICIALES por cualquiera de los métodos admitidos para este criterio de conformidad con las reglas establecidas por el Decreto 1082 de 2015; si esta es una póliza, deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia.
El valor de la garantía deberá ser por la suma equivalente al 10% del valor total del presupuesto oficial conforme al artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015. La vigencia mínima debe ser por noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha del cierre del proceso de selección; en todo caso el amparo de la garantía de seriedad de la oferta deberá extenderse hasta la aprobación de la garantía única de cumplimiento que ampare la actividad contractual, para lo cual, el MEN, requerirá a los proponentes para que realicen la ampliación de los plazos de la vigencia, de ser el caso.
Cuando la oferta la presente un Consorcio o Unión Temporal, la garantía debe ser tomada a nombre del Consorcio o Unión Temporal y sus integrantes, en este caso, debe quedar claro en la garantía los integrantes del consorcio o unión temporal y su participación en el mismo.
El objeto de la garantía deberá corresponder al objeto del presente proceso de selección.
NOTA 1: La no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta no será subsanable y será causal de rechazo de esta.
NOTA 2: Si el oferente favorecido con la adjudicación no suscribe el correspondiente contrato, el MEN, se reserva la facultad, de exigir al oferente clasificado en segundo (2°) lugar, la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta la expedición de los contratos, y así sucesivamente a los demás oferentes; siempre y cuando, su oferta sea favorable para el MEN.
NOTA 3: Las deficiencias en los elementos de la garantía serán subsanables dentro del término fijado por el Ministerio de Educación Nacional.
1.10. FOTOCOPIA DE CÉDULA DE CIUDADANÍA:
Presentar Fotocopia del documento de identidad del representante legal y/o del apoderado.
1.11. AUSENCIA DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
Antecedentes de procuraduría, contraloría y Policía Nacional: El MEN consultará en la página web de la Procuraduría General de la Nación, los antecedentes disciplinarios del proponente, y en la página web de la Contraloría General de la República el Boletín de Responsables Fiscales. En la página web de la Policía Nacional se consultará los antecedentes judiciales, de multas y contravenciones del representante legal. No obstante, con la propuesta se podrán anexar dichos certificados.
1.12. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Los proponentes deberán suscribir su Compromiso Anticorrupción contenido en el cuestionario de la plataforma del Secop II en donde manifiesten su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado Colombiano contra la corrupción así.
1. Apoyamos la acción del Estado colombiano y del Ministerio de Educación Nacional para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública.
2. No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación.
3. Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero.
4. Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el proceso de contratación.
5. Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Contratación nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia.
6. Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores.
7. Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción.
Si se comprueba el incumplimiento, frente a este compromiso, por parte del oferente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el proceso de contratación actúe en su nombre, habrá causal suficiente para el rechazo de la oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
No se requiere presentar formato alguno solo leer el documento anticorrupción y expresar la manifestación en el cuestionario de la plataforma por parte del proponente que presente oferta.
1.13. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL, SI ES LA CONDICIÓN DEL OFERENTE O PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA.
a. Los proponentes que se presenten bajo una de estas modalidades deberán presentar el documento que acredite la conformación del Consorcio o Unión Temporal con el lleno de los requisitos exigidos por el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1993.
En el documento de constitución deberá constar la siguiente información:
a) Los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal.
b) En caso de unión temporal deberán señalar los términos y porcentaje de su participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del MEN.
c) Designar la persona que para todos los efectos representará el Consorcio o a la Unión Temporal y señalarán las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad.
d) Indicar el término de duración del Consorcio o Unión temporal, el cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más.
NOTA 1: Para la presentación de los documentos que se enuncian como requisitos habilitantes jurídicos, cada uno de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal deberá acompañarlos y/o acreditarlos en forma individual, sin perjuicio del documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
En los casos en que se conformen sociedades bajo cualquiera de las modalidades previstas en la ley con el único objeto de presentar una propuesta, celebrar y ejecutar un contrato estatal, la responsabilidad y sus efectos se regirá por las disposiciones previstas en la ley para los consorcios, por lo tanto, en caso de uniones temporales es obligatorio señalar los términos y porcentaje de participación de cada integrante en la propuesta y en la ejecución del contrato, so pena de ser tomada como consorcio.
Promesa de Sociedad Futura: Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar al MEN uno de los originales de una promesa escrita de contrato de
sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente:
e) La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los siete (07) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación;
f) Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar, ejecutar y liquidar el Contrato;
g) Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir;
h) Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; además manifestaran expresamente cada uno de los promitentes de que responderá solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad (i) por los perjuicios sufridos por el MEN derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y (ii) por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato;
i) La inclusión en los estatutos de una cláusula del contrato de sociedad que se promete celebrar según la cual los accionistas no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa del MEN en los términos del Contrato;
j) Una duración de la sociedad igual o superior al plazo de ejecución y Tres (3) años más contados a partir de su constitución;
k) Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación;
l) La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto de este; y
m) La declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con el MEN.
Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los siete (07) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad.
NOTA 2: Para la presentación de los documentos que se enuncian como requisitos habilitantes jurídicos, cada uno de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal deberá acompañarlos y/o acreditarlos en forma individual, sin perjuicio del documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
En los casos en que se conformen sociedades bajo cualquiera de las modalidades previstas en la ley con el único objeto de presentar una propuesta, celebrar y ejecutar un contrato estatal, la responsabilidad y sus efectos se regirá por las disposiciones previstas en la ley para los consorcios, por lo tanto, en caso de uniones
temporales es obligatorio señalar los términos y porcentaje de participación de cada integrante en la propuesta y en la ejecución del contrato, so pena de ser tomada como consorcio.
NOTA GENERAL: El no cumplimiento de alguno de los requisitos antes señalados, dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO HABILITADA.
1.14. DOCUMENTACIÓN PARA PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO (PROPONENTE ADJUDICATARIO)
Para el perfeccionamiento (firma) del contrato el proponente adjudicatario, a más tardar el día siguiente a la publicación del acto administrativo de adjudicación, debe allegar los documentos que se relacionan a continuación:
a) Original Certificación bancaria con una expedición no mayor a 30 días calendario.
b) Hoja de vida persona jurídica DAFP Ley 190 de 1995.
c) Registro Único Tributario – RUT (en el caso de consorcio o unión temporal, aplica este numeral para el momento de la firma del contrato, se debe allegar el RUT a nombre de esta última).
d) Registro de Información Tributaria –RIT Decreto Distrital 352 de 2002 art. 32 y siguientes.
NOTA: En caso de uniones temporales y consorcio se debe tener en cuenta que al momento de suscripción del contrato deberán estar registrados como proveedores en el SECOP II.
II. CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL
De acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto 1082 de 2015, para verificar la capacidad financiera del oferente se requiere la siguiente información:
a) CERTIFICADO DE CLASIFICACIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO (REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES – RUP)
La capacidad financiera y organizacional del proponente será determinada con base en los indicadores requeridos por el Ministerio de Educación Nacional, calculados según los datos financieros y operacionales del año inmediatamente anterior que figuran en el Registro Único de Proponentes; es decir, estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2018.
En todo caso, la información del RUP objeto de evaluación debe estar en firme a la fecha de presentación de la propuesta. No obstante, el proponente puede acreditar la firmeza del RUP dentro del término de traslado del informe de evaluación.
NOTA 1: En caso de consorcios o uniones temporales se deberá anexar a la propuesta el Registro Único de Proponentes de cada uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal.
NOTA 2: El Ministerio se reserva el derecho a solicitar al proponente la documentación financiera que no se encuentre en el RUP y que sea requerida para acreditar la capacidad del oferente.
NOTA 3: En caso de empresas cuya fecha de constitución sea posterior al 31 de diciembre de 2018, los estados financieros que se verificarán serán los del balance de aperturas reportadas en el Certificado de Clasificación de la Cámara de Comercio RUP
b) DOCUMENTOS FINANCIEROS PROPONENTE EXTRANJERO SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA
Los oferentes extranjeros deberán presentar sus estados financieros, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
• Las personas naturales o jurídicas extranjeras que no tengan domicilio o sucursal en Colombia, deberán presentar sus estados financieros del último período fiscal aplicado en su país, firmados por el representante legal o Apoderado del Oferente en Colombia y contador público colombiano, consularizados y visados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, acompañados de traducción oficial al castellano, expresados a la moneda colombiana, a la tasa de cambio reportada al cierre del año fiscal inmediatamente anterior (indicando la tasa de conversión).
• Moneda – Los oferentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. El proponente y la Entidad Estatal para efectos de acreditar y verificar los requisitos habilitantes tendrán en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx de la fecha de cierre de año fiscal del país de origen. Para el efecto, el proponente y la Entidad Estatal tendrán en cuenta las tasas de cambio certificadas por la Superintendencia Financiera. • La clasificación de cuentas, así como la conversión de los Estados Financieros a la moneda funcional colombiana deben ser avaladas en documento independiente debidamente suscrito por un Contador Público Colombiano y el Representante Legal o Apoderado del Oferente en Colombia. Los estados financieros de los cuales se tome la información deberán estar preparados de conformidad con los estándares internacionales de reporte financiero –IFRS, y deberán encontrarse DEBIDAMENTE CERTIFICADOS Y DICTAMINADOS. También podrán, a opción de la empresa extranjera, tomar la información de los estados financieros preparados bajo los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia – COLGAAP. • El contador público colombiano que avala la clasificación de cuentas y la conversión de los Estados Financieros a la moneda funcional colombiana debe allegar copia de la tarjeta profesional y de la certificación de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios expedida por la Junta Central de Contadores, certificación que debe encontrarse vigente a la fecha de presentación de la oferta (3 meses).
En el evento en que cualquiera de estos requerimientos no sea aplicable en el país del domicilio de la empresa extranjera, el Representante Legal de esta última, así como el apoderado en Colombia, deberán hacerlo constar bajo la gravedad de juramento y certificar a través del competente oficial del Estado o de una Auditoría Externa del país del proponente que el (los) requerimiento (s) efectuado (s) no es (son) aplicable (s).
c) INDICADORES FINANCIEROS PROPONENTE NACIONAL Y EXTRANJERO
De acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto 1082 de 2015, para la verificación de los requisitos habilitantes los cuales se denominarán CUMPLE- NO CUMPLE; los Índices financieros que se verificarán en el presente proceso de selección son:
INDICADOR | CRITERIO |
INDICE DE LIQUIDEZ | MAYOR O IGUAL A 1,8 VECES |
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO | MENOR O IGUAL A 61% |
COBERTURA DE INTERESES | MAYOR O IGUAL A 1 VECES |
CAPITAL DE TRABAJO | MAYOR O IGUAL AL 10% DEL VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL |
PATRIMONIO | MAYOR O IGUAL AL 20% DEL VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL |
CAPACIDAD ORGANIZACIONAL | |
RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO | MAYOR O IGUAL A 5% |
RENTABILIDAD DEL ACTIVO | MAYOR O IGUAL A 4% |
➢ INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA
Nota: la Entidad evaluará como CUMPLE al oferente que dentro de su propuesta evidencie el cumplimiento de los siguientes indicadores de capacidad financiera; en caso contrario será evaluada como NO CUMPLE.
IL = INDICE DE LIQUIDEZ
Se calculará con la siguiente fórmula:
IL= AC / PC
Donde:
IL = Índice Liquidez AC = Activo corriente PC = Pasivo corriente
Proponente singular - personas naturales y jurídicas
El índice de liquidez presentado debe corresponder a:
MAYOR O IGUAL A 1,8 VECES
Consorcios y uniones temporales
El índice de liquidez se calculará con base en la suma aritmética de las partidas de cada uno de los miembros del proponente plural de acuerdo con su participación y éste debe corresponder a:
MAYOR O IGUAL A 1,8 VECES
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO
Se calculará con la siguiente fórmula:
NIVEL ENDEUDAMIENTO = PT / AT
Donde
PT = Pasivo Total AT = Activo Total
Proponente singular - personas naturales y jurídicas
MENOR O IGUAL A 61%
Consorcios y uniones temporales
El nivel de endeudamiento se calculará con base en la suma aritmética de las partidas de cada uno de los miembros del proponente plural de acuerdo con su participación, el cual deberá corresponder a:
MENOR O IGUAL A 61%
RAZON DE COBERTURA DE INTERESES
Se calculará con la siguiente fórmula: COBERTURA INTERESES = UO / GI
Donde
UO = Utilidad Operacional GI = Gastos de Intereses
Proponente singular - personas naturales y jurídicas La razón de cobertura de intereses debe corresponder a: MAYOR O IGUAL A 1 VECES
Consorcios y uniones temporales
La razón de cobertura de intereses para el caso de proponentes plurales se calculará con base en la suma aritmética de las partidas de cada uno de los miembros del proponente plural de acuerdo con su participación y el resultado deberá corresponder a:
MAYOR O IGUAL A 1 VECES
NOTA ACLARATORIA: Los oferentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular el indicador de razón de cobertura de intereses. En este caso el oferente CUMPLE el indicador, salvo que la utilidad o excedente operacional sea negativa, caso en el cual NO CUMPLE con el indicador de razón de cobertura de intereses.
CAPITAL DE TRABAJO:
Se calculará con la fórmula:
CT= Activo Corriente-Pasivo Corriente
Y este deberá ser MAYOR O IGUAL AL 10% DEL VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL
NOTA: Para el caso de los oferentes plurales, se sumarán las variables de activo y pasivo corriente de cada uno de los integrantes y de allí se calculará la relación.
PATRIMONIO
Se calculará con la formula P= Activo total – Pasivo total
Y este deberá ser MAYOR O IGUAL AL 20% DEL VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL
NOTA: Para el caso de los oferentes plurales, se sumarán las variables de activo y pasivo total de cada uno y de allí se calculará la relación.
➢ INDICADORES DE CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
La entidad evaluará como CUMPLE al oferente que cumpla como mínimo los siguientes indicadores de capacidad técnica u organizacional; la propuesta que no logre los mínimos será evaluada como NO CUMPLE:
La capacidad organizacional es la aptitud de un proponente para cumplir oportuna y cabalmente el objeto del contrato en función de su organización interna. El Decreto 1082 de 2015 definió los indicadores de rentabilidad para medir la capacidad organizacional de un proponente teniendo en cuenta que está bien organizado cuando es rentable.
RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO
Para calcular la rentabilidad del patrimonio se utilizará la siguiente fórmula:
= / % Donde:
RP = Rentabilidad del Patrimonio UO = Utilidad Operacional
P = Patrimonio
Proponente singular - personas naturales y jurídicas
La rentabilidad del patrimonio debe corresponder como mínimo a:
MAYOR O IGUAL A 5%
Consorcios y uniones temporales
La rentabilidad del patrimonio se calculará con base en la suma aritmética de las partidas de cada uno de los miembros del proponente plural de acuerdo con su participación, y su resultado debe corresponder como mínimo a:
MAYOR O IGUAL A 5%
NOTA: El no cumplimiento de este factor dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO HABILITADA.
➢ RENTABILIDAD DEL ACTIVO
Para calcular la rentabilidad del activo se utilizará la siguiente fórmula
RA = UO 100%
A
Donde:
RA = Rentabilidad del Activo UO = Utilidad Operacional
A = Activo total
Proponente singular - personas naturales y jurídicas
La rentabilidad del activo debe corresponder como mínimo a: MAYOR O IGUAL A 4%
Consorcios y uniones temporales
La rentabilidad del activo se calculará con base en la suma aritmética de las partidas de cada uno de los miembros del proponente plural de acuerdo con su participación, y su resultado debe corresponder como mínimo a:
MAYOR O IGUAL A 4%
III. CAPACIDAD TÉCNICA MÍNIMA HABILITANTE (CUMPLE / NO CUMPLE)
La capacidad técnica será objeto de verificación de cumplimiento como requisito habilitante para la participación en el proceso de selección, es decir permitirá determinar si la propuesta cumple o no cumple con las condiciones para participar, lo cual permitirá habilitar o rechazar la propuesta y en caso de habilitarse proceder a la verificación de los demás requisitos habilitantes y la aplicación de criterios o factores de ponderación. La capacidad técnica no otorgará puntaje. Se verificará lo siguiente:
a) REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP) (HABILITA O NO HABILITA)
Los interesados en participar en este proceso deberán estar inscritos en el Registro Único de Proponentes de acuerdo con lo dispuesto en la ley 1150 de 2007, con las previsiones establecidas en el literal j) Registro Único de Proponentes – RUP del título A. CAPACIDAD JURIDICA de la verificación de requisitos habilitantes del presente xx Xxxxxx de Condiciones.
El servicio objeto del presente proceso de contratación está clasificado en el Código Estándar de Productos y Servicios de Naciones Unidas (The United Nations Standard Products and Services Code) – UNSPSC, como se indica a continuación, y los proponentes podrán estar, hasta el tercer nivel, en alguna de las siguientes clasificaciones:
CLASIFICACIÓN UNSPSC | SEGMENTO | FAMILIA | CLASE |
F [SERVICIOS] | 80000000 Servicio de Gestión, Servicios Profesionales de Empresa y Servicios Administrativos | 80140000 Comercialización y Distribución | 80141600 Actividades de ventas y promoción de negocios |
F [SERVICIOS] | 80000000 Servicio de Gestión, Servicios Profesionales de Empresa y Servicios Administrativos | 80140000 Comercialización y Distribución | 80141900 Exhibiciones y ferias comerciales |
En el evento que la propuesta se presente por una estructura plural, cada uno de los integrantes podrá cumplir con la clasificación exigida por el Ministerio de Educación Nacional para el proceso de selección, según la norma que lo cobije.
b) EXPERIENCIA MINIMA HABILITANTE DEL PROPONENTE (HABILITA O NO HABILITA)
CLASIFICACION DE LA EXPERIENCIA EN EL RUP
Para efectos de la acreditación de la experiencia del presente proceso de selección, el proponente (Singular - persona natural o jurídica - o en Consorcio o Unión Temporal en conjunto), la deberá acreditar con el RUP, y dicha experiencia para que sea tenida en cuenta debe corresponder a alguna de las clasificaciones del Código Estándar de Productos y Servicios de Naciones Unidas (The United Nations Standard Products and Services Code) – UNSPSC establecidas en el presente documento, hasta el tercer nivel, y así:
EXPERIENCIA ESPECÍFICA:
Proponente Singular – Persona Natural o Jurídica:
El proponente singular deberá acreditar experiencia específica con máximo cinco (5) contratos iniciados, ejecutados y terminados, cuya sumatoria de valores, que se tomará en salarios mínimos mensuales legales vigentes – SMMLV a la fecha de terminación de cada uno de los contratos registrados en el RUP, debe ser igual o superior al 50% del presupuesto oficial, esto es 22.845 SMMLV y cuyo(s) objeto(s) o actividades u obligaciones contractuales, contemple los siguientes temas relacionados con la logística de eventos o reuniones institucionales y/o corporativas:
1. Convocatoria de participantes
2. Servicio de alimentación o catering
3. Alquiler o gestión o suministro de hospedaje
4. Alquiler o gestión o suministro de transporte aéreo o terrestre
5. Alquiler o gestión o suministro de espacios o salones o escenarios.
6. Alquiler o gestión o suministro de equipos tecnológicos o sonido.
7. Alquiler o gestión o elaboración de escenografía o ambientaciones o decoraciones para eventos.
Las temáticas enlistadas podrán certificarse en uno o varios contratos relacionados en el FORMATO EXPERIENCIA DEL PROPONENTE, sin exceder el número máximo requerido, es decir, todas las temáticas no deben necesariamente estar presentes en un solo contrato, sino que pueden soportarse en varios de los presentados para el requisito habilitante. En todo caso, en cada uno de los cinco (5) contratos referidos, debe contener por lo menos una (1) de las temáticas enlistadas. Adicionalmente se requiere que la totalidad de temáticas se acrediten en los contratos presentados.
Tal experiencia, deberá estar clasificada en el RUP hasta el tercer nivel en al menos uno de los siguientes códigos para ser habilitada:
SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | CÓDIGO |
80 - Servicios de Gestión, Servicios Profesionales de Empresa y Servicios Administrativos | 14 - Comercialización y distribución | 16 - Actividades de ventas y promoción de negocios | 80141600 |
80 - Servicios de Gestión, Servicios Profesionales de Empresa y Servicios Administrativos | 14 - Comercialización y distribución | 19 - Exhibiciones y ferias comerciales | 80141900 |
Proponente Plural (Consorcio o Unión Temporal):
Si el proponente es un consorcio o una unión temporal, cada integrante deberá acreditar la experiencia respecto al presupuesto oficial de manera proporcional a su participación en el mismo, sin que superen el máximo de contratos dispuesto para el proponente singular, es decir cinco (5) contratos.
Por ejemplo:
Presupuesto Oficial: $00.000.000.000 = SMMLV de 2019 = 45.691 SMMLV
Experiencia requerida en SMMLV = 22.845,5 SMMLV, equivalente al 50% del valor del presupuesto oficial.
CONSORCIO O UT | INTEGRANTE 1 | INTEGRANTE 2 | INTEGRANTE 3 | TOTAL |
% DE PARTICIPACION | 50% | 30% | 20% | 100% |
PRESUPUESTO SEGÚN PARTICIPACIÓN | $9.459.362.039,06 | $5.675.617.223,40 | $3.783.744.815,60 | $00.000.000.000,06 |
SMMLV DE 2019 QUE DEBE ACREDITAR CADA UNO | 11.422,75 | 6.853,65 | 4.569,1 | 22.845,5 |
Dichos contratos deben estar iniciados, ejecutados y terminados con anterioridad a la fecha de cierre del proceso de selección), cuya sumatoria de valores, que se tomará en salarios mínimos mensuales legales vigentes – SMMLV a la fecha de terminación de cada uno de los contratos registrados en el RUP, debe ser igual o superior al 50% del presupuesto oficial, esto es 22.845,5 SMMLV y cuyo(s) objeto(s) o actividades u obligaciones contractuales, contemple los siguientes temas relacionados con la logística de eventos o reuniones institucionales y/o corporativas:
1. Convocatoria de participantes
2. Servicio de alimentación o catering
3. Alquiler o gestión o suministro de hospedaje
4. Alquiler o gestión o suministro de transporte aéreo o terrestre
5. Alquiler o gestión o suministro de espacios o salones o escenarios.
6. Alquiler o gestión o suministro de equipos tecnológicos o sonido.
7. Alquiler o gestión o elaboración de escenografía o ambientaciones o decoraciones para eventos.
Las temáticas enlistadas podrán certificarse en uno o varios contratos relacionados en el FORMATO EXPERIENCIA DEL PROPONENTE, sin exceder el número máximo requerido, es decir, todas las temáticas no deben necesariamente estar presentes en un solo contrato, sino que pueden soportarse en varios de los presentados para el requisito habilitante.
En todo caso, en cada uno de los cinco (5) contratos referidos, debe contener por lo menos una (1) de las temáticas enlistadas. Adicionalmente se requiere que la totalidad de temáticas se acrediten en los contratos presentados.
Tal experiencia, deberá estar clasificada en el RUP hasta el tercer nivel en al menos uno de los siguientes códigos para ser habilitada:
SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | CÓDIGO |
80 - Servicios de Gestión, Servicios Profesionales de Empresa y Servicios Administrativos | 14 - Comercialización y distribución | 16 - Actividades de ventas y promoción de negocios | 80141600 |
80 - Servicios de Gestión, Servicios Profesionales de Empresa y Servicios Administrativos | 14 - Comercialización y distribución | 19 - Exhibiciones y ferias comerciales | 80141900 |
Teniendo en cuenta que existe información del contrato que no se encuentra registrada en el RUP, como es el caso del objeto, las actividades u obligaciones contractuales, se deberá presentar como soporte adicional la certificación de los contratos relacionados en el RUP, tal y como se indica más adelante en este punto.
NOTAS COMUNES A LA EXPERIENCIA:
1. La experiencia aportada como habilitante no será tenida en cuenta como ponderable.
2. Todos y cada uno de los contratos presentados para acreditar la experiencia tanto habilitante como ponderable de los proponentes deben estar registrados en el RUP conforme al Decreto 1082 de 2015.
3. Para la verificación de este requisito, el proponente deberá indicar por cada contrato presentado para acreditar la experiencia el número del consecutivo con el que el contrato se encuentra registrado en el Registro Único de Proponentes (RUP), según el FORMATO EXPERIENCIA DEL PROPONENTE definido para registrar la experiencia del proponente, con las siguientes consideraciones.
a) Solo se verificará la cantidad máxima requerida de contratos y en el orden de inscripción realizada por el oferente en el FORMATO NO. 05 definido para registrar la experiencia del proponente.
b) En caso de presentarse más de cinco contratos con el fin de acreditar la experiencia, solo se tendrán en cuenta los primeros cinco de acuerdo con el orden en que fueron incorporados en el FORMATO NO. 05 correspondiente. Si alguno de los contratos relacionados no cumple con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones, se continuará la revisión del contrato siguiente en el listado y así sucesivamente, si el proponente relaciono más contratos.
c) En caso de que los SMMLV no coincida entre la información consignada en el FORMATO EXPERIENCIA DEL PROPONENTE definido para registrar la experiencia del proponente y el RUP, se tomará el valor registrado en el RUP.
d) En caso de que el consecutivo del RUP registrado en el FORMATO EXPERIENCIA DEL PROPONENTE definido para registrar la experiencia del proponente no coincida con el RUP se solicitará aclaración al proponente sobre el número correcto de consecutivo.
e) En caso de consorcio o unión temporal, se deberá diligenciar el formato con la relación de los contratos que acrediten la experiencia de la totalidad de los integrantes del consorcio o
unión temporal, y se le aplicará lo establecido en las notas comunes a la experiencia. Se aceptará solo un formato por cada proponente.
4. El Ministerio de Educación Nacional se reserva el derecho verificar, cuando lo considere necesario, la información que suministren los proponentes sobre su experiencia.
5. El proponente, como soporte de las certificaciones de experiencia allegadas, podrá adjuntar copia de los contratos o acta de liquidación con el objeto de ampliar la información y poder demostrar el cumplimiento del requisito mínimo.
6. Teniendo en cuenta que en el RUP no se indica la totalidad de la información requerida para acreditar los requisitos de la experiencia, el proponente deberá allegar la documentación soporte a efectos de acreditar los datos que no están soportados en el dicho registro
7. Como soporte de la información inscrita en el RUP y teniendo en cuenta que se requiere verificar información adicional, se deberán anexar las certificaciones respectivas, expedidas por la entidad contratante, que deberán contener como mínimo, la siguiente información:
➢ Nombre de la empresa Contratante
➢ Nombre del Contratista
➢ Si se trata de una estructura plural se debe señalar el nombre de quienes la conforman. Adicionalmente, se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros
➢ Número del contrato (si aplica o en caso de que no aplique dicho número, será suficiente señalar dicha situación)
➢ Objeto del contrato
➢ Fecha de inicio (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año)
➢ Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año)
➢ Valor del contrato y de las adiciones, si las hubo
➢ Cargo y firma de quien expide la certificación
➢ Indicación de las actividades realizadas por el oferente o por cada uno de los miembros de la unión temporal o el consorcio que se presente como oferente y su correspondiente valor.
Igualmente, en caso de que la certificación no contenga toda la información deberá anexar copia del contrato o de los documentos soporte que sean del caso, que permita tomar claramente la información que falte en la certificación.
8. Cada contrato acreditado se analizará por separado, en caso de presentar certificaciones que incluyan contratos adicionales al principal. Sólo se tendrá en cuenta el valor en SMMLV registrado en el RUP.
9. Experiencia de los socios: En el evento que el proponente o integrante del consorcio o unión temporal pretenda acreditar la experiencia de alguno de sus socios, accionistas o constituyentes deberá tenerla inscrita en el RUP en los términos del numeral 2.5 del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 o la norma que lo modifique, complemente o derogue
00.Xx se aceptarán auto certificaciones. Las certificaciones sobre la experiencia del proponente deben ser suscritas por el representante legal o la persona autorizada para el efecto, de la empresa o entidad contratante.
11.En el evento en que el proponente acredite experiencia en contratos en los cuales haya participado bajo una estructura plural, para efectos de la evaluación de este factor, se tomará el valor equivalente al porcentaje de participación del proponente en dicha estructura de la cual acredite la experiencia. En este caso, el proponente debe en la certificación de experiencia indicar el porcentaje de participación.
00.Xx serán válidas las certificaciones expedidas por grupos empresariales o empresas en situación de control, expedidas desde casa matriz o empresa controlante a sucursal, filial, subsidiaria, asociada o controlada, salvo que aparezca registrada como experiencia en el RUP del proponente, como creador, socio o accionista.
13.Cuando los contratos para acreditar experiencia hayan sido celebrados con el Ministerio, en aplicación del artículo 9 del decreto ley 19 de 2012, no será necesaria la presentación de certificaciones en la propuesta, caso en el cual será verificada internamente por el Comité
Evaluador. Sin embargo, deberán relacionarse en el respectivo FORMATO EXPERIENCIA DEL PROPONENTE y encontrase registrados en el RUP.
00.Xx serán objeto de verificación los contratos ejecutados en la modalidad de subcontratación.
Notas adicionales:
Nota 1: Respecto a la experiencia acreditada en el RUP: El proponente nacional, o extranjero con domicilio o sucursal en Colombia, o los integrantes de una estructura plural, respecto a la experiencia que acredite debe estar inscrita en el Registro Único de Proponentes como mínimo en una de las clasificaciones relacionadas en este acápite para ser considerada en la verificación de requisitos habilitantes.
Nota 2: Teniendo en cuenta que según lo ordenado por el Parágrafo 2° del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto — Ley 019 de 2012, el oferente extranjero, persona natural sin domicilio en Colombia o persona jurídica privadas extranjera que no tenga establecida sucursal en el país, NO se encuentra obligado a inscribirse ni calificarse en el RUP.
En consecuencia, el Ministerio de Educación Nacional verificará directamente la información solicitada, de conformidad con lo dispuesto en el pliego de condiciones, para lo cual el proponente deberá diligenciar el FORMATO CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS PROPONENTE
EXTRANJERO, bajo la gravedad de juramento. Para tal evento será necesario que el proponente adjunte además del formato diligenciado la copia del contrato que referenció en dicho formato, el cual debe contener la clasificación UNSPSC exigida en el pliego de condiciones.
En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en un país distinto a Colombia, para efectos de demostrarla deberá adjuntar la certificación respectiva que deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en un idioma diferente al castellano, deberá adjuntar al documento en idioma extranjero la traducción oficial del documento, como lo establece la normatividad vigente en la materia.
En el evento de resultar favorecido con la adjudicación un proponente extranjero sin domicilio ni sucursal en Colombia, para efectos de poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia en los términos del Código de Comercio, de acuerdo con lo señalado en los artículos 471 y 474 del citado Código.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 874 del Código de Comercio, en concordancia con el artículo 28 de la Ley 9 de 1991, el Artículo 3 del Decreto 1735 de 1993 y la Resolución N° 8 de 2000, modificada por la Resolución 6 de 2006, emanadas ambas por el Banco de la República, el valor en pesos colombianos del contrato o contratos celebrados en moneda distinta será el de la fecha de su suscripción o firma de acuerdo con la tasa de cambio oficial que indique el Banco de la República.
Nota 3: EL NO CUMPLIMIENTO DE ALGUNO DE LOS ANTERIORES REQUISITOS DARÁ LUGAR A QUE EL PROPONENTE SEA EVALUADO COMO NO HABILITADO.
c.) RELACIÓN DE EQUIPO HUMANO MINIMO (CUMPLE O NO CUMPLE)
El personal mínimo requerido para la ejecución del contrato y que debe ser propuesto por el oferente, debe contar con condiciones de formación académica y experiencia específica, señalados en el ANEXO TÉCNICÓ
Es responsabilidad del proponente seleccionado aportar las hojas de vida y los soportes de la totalidad del equipo de trabajo con anterioridad a la suscripción del acta de inicio para estas sea revisadas por el al supervisor, con el fin de dar inicio a la ejecución del contrato con la totalidad del equipo requerido, so pena de las sanciones que conllevaría el incumplimiento de esta circunstancia.
Personal solamente habilitante:
Para el siguiente personal no se requiere la presentación de la hoja de vida ni sus soportes con la presentación de la propuesta. Estas hojas de vida y sus soportes deben ser presentadas dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la adjudicación del proceso como requisito previo a la firma del acta de inicio, para revisión del supervisor y/o interventor, so pena de hacer efectiva la garantía de seriedad, sin perjuicio de las demás acciones a que haya lugar.
El proponente tendrá que contar con el siguiente equipo de mínimo de trabajo en cada una de las cinco (5) zonas durante la ejecución del contrato para cumplir con el objeto del mismo:
Perfiles | Xxxx 0 | Xxxx 0 | Xxxx 0 | Xxxx 0 | Xxxx 0 |
Gerente de servicios | 1 | ||||
Coordinadores de eventos | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 |
Asistente operativo | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 |
Se deberá presentar como requisito habilitante con su propuesta el FORMATO - CARTA DE COMPROMISO DEL PERSONAL MINIMO REQUERIDO - donde manifieste que contará con el equipo mínimo, con el perfil y dedicación requerida para la ejecución del contrato, según lo establecido en el ANEXO No. 1 FICHA DE CONDICIONES TÉCNICAS ESENCIALES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y/O ENTREGA DEL BIEN.
Esta carta deberá estar completamente diligenciada con todos los datos de cada persona propuesta y suscrita por el representante legal o apoderado del proponente.
Personal ponderable:
Para efectos de evaluación, el proponente deberá adjuntar en relación con el personal que presente para obtener puntaje lo establecido en el FACTOR CALIDAD de los CRITERIOS DE EVALUACIÓN del presente Pliego de Condiciones.
Adicionalmente, y de manera independiente a los soportes que debe allegar el oferente en su propuesta para efectos de puntuación del personal adicional (ponderable), el contratista deberá allegar todo lo establecido a continuación sobre la experiencia y formación académica, respecto al personal adicional señalado en su propuesta, durante los tres (3) días hábiles siguientes a la adjudicación.
Notas comunes a la experiencia y formación académica:
1. Para acreditar la formación académica se requiere:
• Diploma o acta de grado.
2. Respecto de los programas académicos que requieran para su ejercicio la acreditación de la matricula o la tarjeta profesional, deberá aportarse el correspondiente soporte dentro de la documentación académica de cada uno de los profesionales indicados en la propuesta, por tanto, debe aportar:
• Copia de la matrícula profesional para los casos que aplique.
• Certificado de vigencia de la matrícula.
3. Los títulos provenientes del exterior deberán presentarse debidamente convalidados según la normatividad vigente (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx/0000/x0-xxxxxxx-000000.xxxx)
4. TARJETAS PROFESIONALES, Respecto de los programas académicos que requieran para su ejercicio la acreditación de la matrícula o la tarjeta profesional, deberá aportarse el correspondiente soporte dentro de la documentación académica de cada uno de los profesionales indicados en la propuesta.
5. Conforme al Decreto Ley 019 de 2012, art. 229, la experiencia del personal solicitado se contará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior, para lo cual, deberá anexar el documento que así lo acredite. No obstante, se verificará la matricula o tarjeta profesional cuando aplique y la constancia de vigencia de esta a la fecha de presentación de la propuesta, (Para los profesionales que le aplique a esta normatividad). Excepto para los profesionales de las ciencias de la salud. Para las profesiones cobijadas por el COPNIA (ingenierías y afines) la experiencia se contará a partir de la expedición de la Tarjeta o matrícula profesional.
6. Cuando se hayan desarrollado actividades de manera simultánea en varios proyectos o contratos, se contabilizará la experiencia por una sola vez, sin traslapos.
7. La formación académica y estudios de posgrado deberán acreditarse con la copia del título correspondiente.
8. La experiencia deberá acreditarse aportando certificaciones, de cada uno de los profesionales o personas presentadas para el cumplimiento de este requisito habilitante y deberán contener como mínimo la siguiente información:
• Nombre de la empresa o entidad
• Dirección de la empresa o entidad
• Teléfono de la empresa o entidad
• Nombre del profesional o persona contratada
• Tipo y Número de identificación (Cédula, Tarjeta Profesional y ambos cuando la ley así lo exija)
• Cargo desempeñado u Objeto contractual
• Tiempo de vinculación o servicio (DIA – MES- AÑO), inicio y término.
• Funciones o actividades u obligaciones realizadas
• Firma de la persona competente
En caso de que falte algún ítem en la certificación se podrá anexar copias de contratos o cualquier otro documento idóneo que permita corroborar la información.
AUTOCERTIFICACIONES. No se aceptan autocertificaciones. En el caso que la experiencia del personal presentado sea certificada por los proponentes que los postulen, deben anexar copia de los respectivos contratos por los cuales fueron vinculados con el proponente, y documento expedido por el contratante del contrato base, es decir para quien el proponente ejecutó el contrato, en donde se pueda establecer que el personal propuesto para el presente proceso, sí desempeño el rol que se está acreditando y el periodo laborado, indicando día, mes y año. El proponente podrá presentar documentos tales como propuesta aprobada en la cual se encuentra el personal dentro del equipo de trabajo, actas de seguimiento en las cuales se relacione el personal y su rol desempeñado, entre otros. Si los proyectos en donde ha participado uno o varios del equipo de trabajo ha sido con el Ministerio, el proponente deberá indicar el número de contrato, su objeto, el tiempo o plazo, el rol desempeñado por cada integrante, lo cual será verificado por el Ministerio de Educación Nacional a través del supervisor o mediante informes o actas que reposen en los documentos de la ejecución contractual. En caso de que las partes no hayan dejado implícito en la ejecución del contrato el personal que participó, las partes aceptan que no se tendrá en cuenta dicha experiencia.
Conforme al art. 229 del Decreto Ley 019 de 2012, la experiencia profesional del personal solicitado se contará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior, siempre y cuando se xxxxxxx el documento que así lo acredite. No obstante, se verificará la matricula profesional cuando aplique. El MEN podrá requerir las aclaraciones sobre los datos contenidos en las certificaciones o documentos correspondientes. En caso de no diligenciarse o no encontrarse en los documentos aportados para determinar la experiencia del equipo, las fechas de inicio, terminación del contrato y expedición de la certificación con día, mes y año, el MEN tomará para efectos de cálculo, el último día de cada mes como fecha de inicio y el primer día de cada mes como fecha de terminación, y el primer mes del año como mes de inicio y el último mes del año como mes de finalización.
En todo caso el MEN podrá realizar los requerimientos necesarios para verificar la certeza de la información presentada por el oferente.
Para efecto de contabilizar los años de experiencia mínima de cada uno de los perfiles, se sumarán los intervalos laborados una sola vez, es decir, no se aceptan traslapos.
La presentación de profesionales con un perfil mayor al solicitado no dará lugar a rechazo de la propuesta siempre y cuando cumpla los requisitos de formación y experiencia solicitada en los pliegos de condiciones. Los mayores costos que se generen por esto serán asumidos por el proponente y futuro contratista.
El CONTRATISTA podrá introducir cambios en el equipo de trabajo por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, previo visto bueno del SUPERVISOR y/o INTERVENTOR el contrato, siempre que los nuevos profesionales propuestos tengan los mismos, o superiores perfiles a los mínimos exigidos. Para lo cual deberá informar de manera inmediata cuando renuncie o se retire alguno de los miembros del equipo base y luego deberá presentar las hojas de vida al supervisor y/o interventor, en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles luego de presentada la eventualidad para enviar la hoja de vida. En todo caso no deberá exceder los veinte (20) días hábiles sin suplir la vacante.
NOTA 1: Para efectos de la verificación de la formación académica del personal propuesto, las áreas de los títulos de técnico, tecnólogo, pregrado y postgrado, se tendrán en cuenta con base en la clasificación de los núcleos básicos de conocimiento, NBC, publicados en el sistema de información de educación superior SNIES disponible en la web.
NOTA 2: El MEN podrá verificar los soportes de hoja de vida de los miembros del equipo base y toda la documentación aportada de cada proponente con el fin de corroborar su veracidad.
NOTA 3: Si dos o más proponentes presentan el mismo profesional para ejercer como Gerente de servicios ninguno de los proponentes podrá modificarlo y cada proponente será RECHAZADO.
En cualquier momento el MEN podrá solicitar el cambio de personal cuando evidencie omisión o extralimitación en el cumplimiento de las funciones establecidas para ese perfil. En todo caso para el proceso de cambio de personal del equipo base, el contratista contará con un máximo de cinco (05) días hábiles luego de presentada la eventualidad para enviar la hoja de vida. En todo caso no deberá exceder los diez (10) días hábiles sin suplir la vacante.
NOTA 4: El Ministerio de Educación Nacional podrá requerir las aclaraciones sobre los datos contenidos en las certificaciones o documentos correspondientes.
NOTA 5: El contratista se obliga a pagar al personal propuesto, los honorarios o salarios ofertados en la propuesta económica. El Ministerio de Educación Nacional podrá verificar el cumplimiento de esta obligación durante la ejecución del contrato.
NOTA 6: El Ministerio de Educación Nacional se reserva el derecho de pedir al Contratista el cambio del personal, cuando advierta que el desarrollo de sus labores no es satisfactorio o cuando sus condiciones académicas y de experiencia no se ajusten a los requerimientos de su labor, sin que el Contratista tenga derecho a elevar ningún reclamo al respecto.
En este evento, el cambio debe efectuarse oportunamente sin que se afecte la operación del proceso, esto es, en un plazo no mayor a siete (7) días calendario.
El contratista debe realizar la ejecución del contrato con el personal propuesto, salvo casos de fuerza mayor o caso fortuito, en los cuales podrá introducir cambios en el equipo de trabajo, previo visto bueno del Ministerio, siempre que el nuevo personal propuesto tenga los mismos, o superiores perfiles a la persona que reemplaza, sin que esto demore la ejecución prevista del presente contrato.
Dado un cambio, el contratista deberá realizar un empalme entre el recurso entrante y recurso saliente, el cual incluye nivelación de competencias, conocimiento de uso de herramientas de gestión del contrato, estado actual del contrato y actividades, entregables a cargo. Este empalme será validado por el Ministerio. Los cambios de personal y curva de aprendizaje no deberán tardar más de siete (7) días calendario.
El personal que se proponga debe tener la dedicación requerida para la ejecución del contrato so pena del inicio de las acciones de incumplimiento de caso.
El contratista deberá capacitar a su personal sobre todo lo concerniente a salud ocupacional, seguridad industrial y deberá dotarlos con los implementos necesarios para la correcta ejecución de sus trabajos, verificar periódicamente la señalización en el sitio de trabajo, y utilización de la dotación y equipos de seguridad industrial de los sitios de trabajo, los trabajadores/subcontratistas.
NOTA 7: El proponente para presentar su oferta, debe tener en cuenta, que, una vez adjudicado el contrato, se obliga a mantener el valor ofertado de los bienes y servicios, incluyendo la remuneración del personal del equipo de trabajo.
NOTA 8: OTRO PERSONAL
Para establecer el personal requerido para el presente proceso se tuvieron en cuenta las características técnicas del proceso de operación logística, así mismo, el estudio xx xxxxxxx y las contrataciones históricas del mismo, por lo anterior en caso que el contratista requiera personal adicional al establecido por el Ministerio de Educación Nacional, para el desarrollo del contrato en general con el fin de garantizar el cumplimiento del objeto a contratar, este personal será objeto de reconocimiento por parte del Ministerio de Educación Nacional, siempre y cuando esté avalado por el supervisor del contrato y responderá a las situaciones específicas de cada evento a desarrollarse.
El contratista deberá disponer de todo el personal administrativo, técnico y de apoyo necesario para el desarrollo del contrato en general, sin un valor adicional al contrato.
El Ministerio de Educación Nacional se reserva el derecho de pedir la información necesaria sobre el personal que integre el equipo de trabajo y en todo caso, el proponente seleccionado, deberá presentar, como mínimo ante el Ministerio de Educación Nacional, la hoja de vida y soportes del respectivo personal cuando le sea solicitado.
El contratista debe contemplar en sus costos todo el personal necesario para el desarrollo del objeto establecido en el presente pliego de condiciones, con la experiencia y capacidad suficiente para adelantar el desarrollo de los trabajos.
d) REGISTRO NACIONAL DE TURISMO - RNT:
El proponente presentará, copia del Registro Nacional de Turismo y su certificado de actualización como operador profesional de congresos, ferias y convenciones y establecimientos de alojamientos hospedaje, vigente a la fecha de cierre de la presente licitación pública expedido por el Ministerio de Comercio Industria y Turismo.
Para el caso de consorcios y/o uniones temporales, cada uno de los integrantes anexará copia del Registro Nacional de Turismo y su certificado de actualización como operador profesional de congresos, ferias y convenciones, vigente a la fecha de cierre de la presente licitación pública expedido por el Ministerio de Comercio Industria y Turismo. El Registro Nacional de Turismo deberá mantenerse vigente durante el plazo de ejecución del contrato.
e) CONTRIBUCION PARAFISCAL PARA LA PROMOCIÓN DEL TURISMO
El proponente debe estar al día en la liquidación y pago de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo hasta el último trimestre del año 2019. Para acreditar dicho requisito, el proponente deberá allegar la certificación correspondiente emitida por el Fondo Nacional de Turismo (FONTUR), con fecha de expedición anterior a la fecha de cierre del presente proceso.
En caso de proponente plural, todos los integrantes deben aportar dicha certificación.
f) SEDE EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ D.C.
El Proponente debe contar con una sede u oficina localizada en Bogotá D.C. lo cual debe acreditarse con certificado de tradición y libertad o contrato de arrendamiento o soporte idóneo de donde se pueda inferir la existencia del espacio físico destinado para la sede u oficina en Bogotá D.C, donde se prestará atención por el personal designado por el contratista, lo anterior por ser la capital el lugar de desarrollo de la mayor cantidad de actividades programadas.
La Sede deberá permanecer en funcionamiento durante toda la ejecución del contrato, cuyos datos completos (dirección, teléfono, persona de contacto, entre otros) serán suministrados por el contratista al supervisor / interventor del contrato a los tres (3) días hábiles siguientes a la adjudicación del proceso.
IV. FACTORES DE EVALUACIÓN DE LA OFERTA (100 PUNTOS)
CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA LA PUNTUACIÓN (100 PUNTOS)
Solo serán ponderables las ofertas habilitadas en los tres aspectos (Jurídico, Financiero y Técnico).
CRITERIO | PUNTOS |
I. Porcentaje de Comisión: el menor valor de porcentaje de comisión entendido como el Porcentaje (%) a cobrar por el pago sobre el valor de actividades, bienes o servicios no incluidos en la Propuesta económica o por reembolsos y/o el giro directo de recursos a terceros para actividades, bienes o servicios autorizados por el Ministerio de Educación Nacional previa justificación. Dicho valor debe incluir todos aquellos costos financieros, retenciones, giros, seguros y demás valores en que se incurra para el pago de los bienes y servicios a nivel nacional. | 15 |
II. Precio (Propuesta Económica): Menor valor propuesto en cada uno de los conjuntos de precios de conceptos y/o elementos para la realización de los eventos según FORMATO PROPUESTA ECONÓMICA, de acuerdo a los siguientes topes de puntajes: ALIMENTOS Máximo 7 Puntos MENAJE Máximo 1 Punto MOBILIARIO Máximo 1 Punto MONTAJE Máximo 1 Punto ASISTENCIA AL EVENTO/ INVITACIÓN/CONFIRMACIÓN Máximo 1 Punto REGISTRO Máximo 1 Punto SONIDO Máximo 1 Punto VIDEO Y GRABACIÓN Máximo 1 Punto ALQUILER TECNOLOGICO Máximo 1 Punto RED EMERGENCIA Máximo 1 Punto TRANSPORTE Máximo 6 Puntos ALOJAMIENTO Máximo 6 Puntos PERSONAL DE APOYO Máximo 5 Puntos MATERIALES Y PAPELERÍA Máximo 2 Puntos SALONES Máximo 5 Puntos Se sumará el puntaje obtenido en cada uno de los conjuntos de precios por cada oferente para establecer la calificación total del criterio Precio para cada oferente, el cual no podrá ser superior a 40 puntos. | 40 |
III. Calidad Personal Adicional: Máximo 19 Puntos Equipos para eventos: Máximo 10 Puntos Servicio de Registro sistematizado de participantes: Máximo 5 Puntos | 34 |
IV. Apoyo a la Industria Nacional: De conformidad con lo previsto por el Artículo 2° de la LEY 816 de 2003, se asignará, dentro de los criterios de calificación de las propuestas, un puntaje para estimular la industria Nacional cuando los proponentes incorporen bienes o servicios nacionales, de acuerdo con lo establecido en el presente pliego de condiciones. | 10 |
V. Trabajadores en condición de discapacidad*1 | 1 |
1 DECRETO NÚMERO- 392 DE 2018 -26 FEB 2018 "Por el cual se reglamentan los numerales 1, y 8 del artículo 13 de la Ley 1618 de 2013, sobre incentivos en Procesos de Contratación en favor de personas con discapacidad"
TOTAL | 100 |
I. PORCENTAJE DE COMISIÓN (MÁXIMO 15 PUNTOS)
El porcentaje de Comisión es el Porcentaje (%) a cobrar por el pago sobre el valor de actividades, bienes o servicios no incluidos en la Propuesta económica o por reembolsos y/o el giro directo de recursos a terceros para actividades, bienes o servicios autorizados por el Ministerio de Educación Nacional previa justificación.
Dicho valor debe incluir todos aquellos costos financieros, retenciones, giros, seguros, utilidad del contratista y demás valores en que se incurra para el pago de los bienes y servicios a nivel nacional.
El proponente que obtendrá un máximo de 15 puntos es el que obtenga el mayor puntaje luego de aplicar el método aleatorio según TRM en el criterio PORCENTAJE DE COMISIÓN
Este criterio se evaluará por el porcentaje que cobre el oferente por ejecutar los recursos autorizados por el Ministerio, de conformidad con lo definido en el pliego de condiciones como comisión y los conceptos sobre los cuales aplica.
Para el presente factor de calificación el oferente deberá diligenciar en el FORMATO PROPUESTA ECONOMICA en el último ítem denominado PORCENTAJE DE COMISIÓN, expresado en números enteros con máximo dos decimales.
De conformidad con lo establecido en el Análisis de sector y precios, para el presente proceso de selección se estableció un valor piso de 2% y un valor techo de 6% de cobro por concepto de porcentaje de comisión, si el oferente presenta propuesta por debajo del valor piso y por encima del valor techo se RECHAZA la propuesta.
Nota 1: La aplicación del porcentaje de intermediación es sobre el precio base de los elementos o servicios, es decir antes de IVA
Las personas naturales, jurídicas nacionales o extranjeras, y los consorcios o uniones temporales, deberán presentar debidamente diligenciado FORMATO PROPUESTA ECONÓMICA.
Al formular la propuesta el oferente debe determinar, evaluar y asumir los impuestos, tasas y contribuciones a que haya lugar con ocasión de la suscripción y ejecución del contrato, entre otros el costo del personal, la totalidad de prestaciones y obligaciones sociales, gastos de administración, imprevistos y riesgos asociados con la ejecución del contrato, utilidad del proponente, materiales, insumos, y en general todo costo en que incurra el contratista para la ejecución del contrato; así como los demás gravámenes que conlleve la celebración, perfeccionamiento, ejecución y liquidación del mismo, observando que todos ellos son de cargo exclusivo del contratista.
Para la determinación del método se tomarán los primeros dos dígitos decimales de la Tasa Representativa xxx Xxxxxxx (TRM) para el dólar fijada y publicada por la Superintendencia Financiera de Colombia que rija el día hábil anterior a la fecha prevista para la publicación del informe de evaluación. El método será escogido de acuerdo con los rangos establecidos en la tabla que se presenta a continuación.
Métodos de evaluación del porcentaje de comisión
Método |
Media aritmética |
Media aritmética alta |
Media geométrica |
Menor valor |
Asignación de método de evaluación según TRM
Rango (inclusive) | Ítem | Método |
De .00 a .24 | a) | Media aritmética |
De .25 a .49 | b) | Media aritmética alta |
De .50 a .74 | c) | Media geométrica |
De .75 a .99 | d) | Menor valor |
a) Media aritmética
Consiste en la determinación del promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicho promedio aritmético, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:
Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula.
En el caso de ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula.
b) Media aritmética alta
Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor total de la Oferta válida más alta y el promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media aritmética, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:
Dónde:
Obtenida la media aritmética alta se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:
Donde:
XA = Media aritmética alta
Vi = Valor total de cada una de las Ofertas i
i = Número de ofertas
En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética alta se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética alta y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
c) Media geométrica.
Consiste en establecer la media geométrica de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad por debajo de las Ofertas a dicha media geométrica, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida.
Se calcula la media geométrica de acuerdo con la siguiente fórmula:
N X1 * X2 * Xn
G =
Dónde:
X i = Valor de la propuesta i N = Número de propuestas
Recibirá el mayor puntaje quien haya obtenido el valor más cercano por debajo a la media Geométrica; los demás oferentes obtendrán un puntaje proporcional así:
Si se encuentra por arriba de la media Geométrica:
MPPC X (Valor más cercano a media por debajo)
(Valor de la propuesta evaluada)
Si se encuentra por debajo de media Geométrica
MPPC X (Valor de la propuesta evaluada)
(Valor más cercano a media por debajo)
Donde:
MPPC: Xxxxxx xxxxxxx del Porcentaje de Comisión.
d) Menor valor
Consiste en establecer la Oferta de menor valor y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha Oferta de menor valor, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida.
Para la aplicación de este método, la Entidad procederá a determinar el menor valor de las Ofertas válidas y se procederá a la ponderación, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntaje i = [ á ] x ( )
Dónde:
= Menor valor de las Ofertas válidas.
= Valor total con dos decimales de cada una de las Ofertas i i = Número de oferta
En este caso se tomará el valor absoluto de la diferencia entre el menor valor y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula (…)”
II. PRECIO (PROPUESTA ECONOMICA (MÁXIMO 40 PUNTOS)
La valoración económica de la propuesta se realizará de acuerdo con la información diligenciada por el proponente en el FORMATO PROPUESTA ECONÓMICA.
Se debe tener en cuenta que la presentación de la OFERTA ECONÓMICA ES A PRECIOS UNITARIOS y el
contrato a suscribirse resultante del presente proceso de selección es por la totalidad del PRESUPUESTO OFICIAL, ES DECIR HASTA LA SUMA DE TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES CIENTO TREINTA MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($00.000.000.000). Incluidos todos los
Impuestos a que haya lugar.
Adicionalmente el oferente deberá diligenciar en valor total del presupuesto oficial estimado en la lista de precios creada en el proceso del SECOP II, toda vez que será por este valor la adjudicación del contrato.
Se otorgará hasta el máximo puntaje de 40 puntos como resultado de la sumatoria del puntaje obtenido en cada conjunto de precios de la propuesta, de conformidad con la fórmula que se aplicará luego de la definición del método de evaluación según TRM, y de acuerdo a los siguientes topes de puntajes por conjunto de precios:
ALIMENTOS | Máximo 7 Puntos |
MENAJE | Máximo 1 Punto |
MOBILIARIO | Máximo 1 Punto |
MONTAJE | Máximo 1 Punto |
ASISTENCIA AL EVENTO/ INVITACIÓN/CONFIRMACIÓN | Máximo 1 Punto |
REGISTRO | Máximo 1 Punto |
SONIDO | Máximo 1 Punto |
VIDEO Y GRABACIÓN | Máximo 1 Punto |
ALQUILER TECNOLOGICO | Máximo 1 Punto |
RED EMERGENCIA | Máximo 1 Punto |
TRANSPORTE | Máximo 6 Puntos |
ALOJAMIENTO | Máximo 6 Puntos |
PERSONAL DE APOYO | Máximo 5 Puntos |
MATERIALES Y PAPELERÍA | Máximo 2 Puntos |
SALONES | Máximo 5 Puntos |
Al formular la propuesta el oferente debe determinar, evaluar y asumir los impuestos, tasas y contribuciones a que haya lugar con ocasión de la suscripción y ejecución del contrato, entre otros el costo del personal, la totalidad de prestaciones y obligaciones sociales, gastos de administración, imprevistos y riesgos asociados con la ejecución del contrato, utilidad del proponente, materiales, insumos, y en general todo costo en que incurra el contratista para la ejecución del contrato; así como los demás gravámenes que conlleve la celebración, perfeccionamiento, ejecución y liquidación del mismo, observando que todos ellos son de cargo exclusivo del contratista.
Para la determinación del método de evaluación de la propuesta económica se tomarán los primeros dos dígitos decimales de la Tasa Representativa xxx Xxxxxxx (TRM) para el dólar fijada y publicada por la Superintendencia Financiera de Colombia que rija el día hábil anterior a la fecha prevista para la publicación del informe de evaluación. El método será escogido de acuerdo con los rangos establecidos en la tabla que se presenta a continuación.
Métodos de evaluación del porcentaje de comisión
Método |
Media aritmética |
Media aritmética alta |
Media geométrica |
Menor valor |
Asignación de método de evaluación según TRM
Rango (inclusive) | Ítem | Método |
De .00 a .24 | a) | Media aritmética |
De .25 a .49 | b) | Media aritmética alta |
De .50 a .74 | c) | Media geométrica |
De .75 a .99 | d) | Menor valor |
a) Media aritmética
Consiste en la determinación del promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicho promedio aritmético, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:
Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula.
En el caso de ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula.
b) Media aritmética alta
Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor total de la Oferta válida más alta y el promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media aritmética, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:
Dónde:
Obtenida la media aritmética alta se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:
Donde:
XA = Media aritmética alta
Vi = Valor total de cada una de las Ofertas i i = Número de ofertas
En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética alta se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética alta y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
c) Media geométrica.
Consiste en establecer la media geométrica de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad por debajo de las Ofertas a dicha media geométrica, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida.
Se calcula la media geométrica de acuerdo con la siguiente fórmula:
N X1 * X2 * Xn
G =
Dónde:
X i = Valor de la propuesta i N = Número de propuestas
Recibirá el mayor puntaje quien haya obtenido el valor más cercano por debajo a la media Geométrica; los demás oferentes obtendrán un puntaje proporcional así:
Si se encuentra por arriba de la media Geométrica:
MPPC X (Valor más cercano a media por debajo)
(Valor de la propuesta evaluada)
Si se encuentra por debajo de media Geométrica
MPPC X (Valor de la propuesta evaluada)
(Valor más cercano a media por debajo)
Donde:
MPPC: Xxxxxx xxxxxxx del Porcentaje de Comisión.
d) Menor valor
Consiste en establecer la Oferta de menor valor y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha Oferta de menor valor, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida.
Para la aplicación de este método, la Entidad procederá a determinar el menor valor de las Ofertas válidas y se procederá a la ponderación, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntaje i = [ á ] x ( )
Dónde:
= Menor valor de las Ofertas válidas.
= Valor total con dos decimales de cada una de las Ofertas i i = Número de oferta
En este caso se tomará el valor absoluto de la diferencia entre el menor valor y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula (…)”
NOTA 1: Los valores deben ser expresados en pesos colombianos.
NOTA 2: La propuesta económica no podrá superar el presupuesto oficial establecido; en el evento en que el valor total de la propuesta incluido IVA sobrepase el valor del presupuesto oficial, esta será rechazada.
NOTA 3: Los unitarios ofertados de cada bien o servicio no podrán superar el valor estimado por el Ministerio, so pena de rechazo de la oferta.
NOTA 4: Al formular la propuesta, el proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales y dentro de estos mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades ambientales, que afecten el contrato y las actividades que de él se deriven.
NOTA 5: Los precios ofertados regirán por todo el plazo de ejecución del contrato y serán ajustados en cada inicio de vigencia, de acuerdo con el Incremento del Índice de Precios al Consumidor definido por el DANE.
CALIDAD (MÁXIMO 34 PUNTOS)
PERSONAL ADICIONAL (MÁXIMO 19 PUNTOS)
FACTOR | PUNTAJE MAXIMO |
Se otorgarán 6 puntos al que oferte un asistente operativo adicional, 11 puntos al que oferte 2 asistentes operativos adicionales, 15 puntos al que oferte 3 asistentes operativos adicionales y 19 puntos al que oferte 4 asistentes operativos adicionales. A quien no oferte este personal se asignará cero (0) puntos. Este personal no generará costo adicional en el contrato. | 19 |
Para efectos de puntuación del personal adicional (ponderable), el contratista deberá allegar todo lo establecido en el literal c.) RELACIÓN DE EQUIPO HUMANO MINIMO sobre la experiencia y formación académica, respecto al personal adicional señalado en su propuesta, durante los tres (3) días hábiles siguientes a la adjudicación.
Nota 1: Los perfiles adicionales deberán cumplir los requisitos de experiencia e idoneidad establecidos en las notas comunes a la experiencia y formación académica establecidas en el literal “C RELACIÓN DE EQUIPO HUMANO MINIMO”, del presente estudio previo.
Nota 2: En el evento en el que haya oferta de personal adicional, el oferente deberá hacer presentación del mismo a través del FORMATO CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA LA PUNTUACIÓN.
EQUIPOS PARA EVENTOS (MÁXIMO 10 PUNTOS)
FACTOR | PUNTAJE MAXIMO |
Se otorgarán 5 puntos al proponente que ofrezca durante la vigencia del contrato y sin costo para la entidad el alquiler de equipos/día para 200 eventos programados en Bogotá así: (1) computador, (1) video-beam, (1) telón, (1) papelógrafo, (1) sonido base compuesto por: (1) consola (1) micrófono inalámbrico, (2) parlantes. Se otorgarán 10 puntos al proponente que ofrezca durante la vigencia del contrato y sin costo para la entidad el alquiler de equipos/día para 400 eventos programados en Bogotá así: (1) computador, (1) video-beam, (1) telón, (1) | 10 |
papelógrafo, (1) sonido base compuesto por: (1) consola (1) micrófono inalámbrico, (2) parlantes. A quien no oferte este factor se asignará cero (0) puntos. Este factor no generará costo adicional en el contrato. |
Nota: En el evento en el que haya oferta de equipos para eventos, el oferente deberá hacer presentación del mismo a través del FORMATO CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA LA PUNTUACIÓN.
SERVICIO DE REGISTRO SISTEMATIZADO DE PARTICIPANTES (MÁXIMO 5 PUNTOS)
FACTOR | PUNTAJE MAXIMO |
Se otorgarán 5 puntos al proponente que oferte sin costo adicional para la entidad dos puntos de registro sistematizado en cien (100) eventos durante la vigencia del contrato, y que deba arrojar como resultado una base de datos con la consolidación de asistentes y reporte xx xxxxxxxxx. * Puntos de Registro Sistematizado, que incluye: personal, administración, depuración, sistematización, custodia y entrega de la base datos, puesto de trabajo (mesa, computador, impresora y silla), equipos (lector de código xx xxxxxx de cedulas) por día. A quien no oferte este factor se asignará cero (0) puntos. Este factor no generará costo adicional en el contrato. | 5 |
Nota: En el evento en el que haya oferta de servicio de registro sistematizado, el oferente deberá hacer presentación del mismo a través del FORMATO CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA LA PUNTUACIÓN.
C. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (MÁXIMO 10 PUNTOS)
Para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje xxxxxx xx xxxx (10) puntos y se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 2.2.1.2.4.2.1 del Decreto 1082 de 2015, que establece:
“Artículo 2.2.1.2.4.2.1.: Incentivos en la contratación pública. La Entidad Estatal debe establecer en los pliegos de condiciones para la contratación, dentro de los criterios de calificación de las propuestas, los incentivos para los bienes, servicios y oferentes nacionales o aquellos considerados nacionales con ocasión de la existencia de trato nacional. Este incentivo no es aplicable en los procesos para la adquisición de Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes”.
Los Proponentes pueden obtener el puntaje de apoyo a la industria nacional, por servicio origen nacional, trato nacional o por incorporación de servicios colombianos. En ningún caso otorgará simultáneamente el puntaje por Servicio Nacional y de incorporación de servicios colombianos en un Segmento. De acuerdo a lo anterior, los puntajes para estimular la industria nacional son:
CRITERIO DE EVALUACIÓN | PUNTAJE |
a. Servicio Origen Nacional o con trato nacional | 10 |
b. Incorporación de servicios colombianos | 5 |
Puntaje máximo para estimular a la industria nacional | 10 |
a. Servicio Origen Nacional o con trato nacional
Se asignará 10 puntos a la Oferta de servicios nacionales; o con trato nacional.
Para otorgar el puntaje de servicios origen nacional, el Proponente debe presentar el certificado de existencia y representación legal, cédula de ciudadanía o visa de residencia.
Para obtener el puntaje por “con tratado nacional”, se reconocerá, a:
• Servicios de otros estados con los cuales exista un acuerdo comercial aplicable al proceso de contratación, (tabla de acuerdos comerciales)
• Servicios frente a los cuales exista trato nacional por reciprocidad. Para tal efecto el proponente deberá mencionar e identificar esta situación la cual será verificada en la página web de Colombia Compra Eficiente.
• A los servicios de la Comunidad Andina de naciones. (Tabla Acuerdo Comerciales)
b. Puntaje por incorporación de servicios colombianos
Si el Proponente no es origen nacional ni con trato nacional, según el punto anterior, se asignará cinco (5) puntos a los Proponentes extranjeros que incorporen por lo menos el 90% de personal colombiano en la prestación del servicio. En caso de recibir estos cinco (5) puntos, el Proponente debe garantizar que no disminuirá dicho porcentaje durante la ejecución del Contrato.
Por lo anterior, este puntaje solo se otorgará a las personas extrajeras sin trato nacional ni reciprocidad, para lo cual deberá diligenciar el FORMATO correspondiente, en el evento que un proponente de origen nacional o con trato nacional diligencie este formato se entenderá no presentado.
NOTA 1. Las personas de origen nacional o con trato nacional NO deberán diligenciar el formato toda vez que no les aplica este puntaje por incorporación del componente nacional.
NOTA 2. Se entiende servicio de origen nacional, o con trato si todas las personas que hacen parte de una unión temporal o consorcio tienen origen nacional o cuentan con trato nacional.
D. INCENTIVOS EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN A FAVOR DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (MÁXIMO 1 PUNTO)
De acuerdo a lo establecido en el Decreto 392 de 2018, el cual dispone, los proponentes que tiene derecho al puntaje deben acreditar la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de personal, siempre y cuando se acredite:
• Certificación del número total de trabajadores vinculado a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso. Este certificado debe ser firmado por la Persona Natural, representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal, según el caso.
• Certificación del número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal. Esto se acredita con la certificación expedida por el Ministerio de Trabajo y debe estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección y al momento de aplicar el procedimiento en caso de empate.
De esta manera, se asignará 1 punto a quienes acrediten el número mínimo de trabajadores con discapacidad, señalados a continuación:
Número total de trabajadores de la planta de personal del proponente | Número mínimo de trabajadores con discapacidad exigido |
Entre 1 y 30 | 1 |
Entre 31 y 100 | 2 |
Entre 101 y 150 | 3 |
Entre 151 y 200 | 4 |
Más de 200 | 5 |
Así las cosas, el contratista debe mantener durante la ejecución del contrato en su planta de personal, el número de trabajadores con discapacidad que dio lugar a la obtención del puntaje adicional de la oferta, para lo cual se verificará con el certificado que para el efecto expide el Ministerio de Trabajo el cual debe estar vigente a la fecha de verificación.
Si el proponente reduce el número de trabajadores con discapacidad acreditado para obtener el puntaje adicional constituye incumplimiento del contrato por parte del contratista.
El hecho de que se dé puntaje por este concepto no elimina o modifica el criterio de desempate a favor de empresas que acrediten personal con discapacidad. Consagrado en el numeral 4 del Artículo 2.2.1.1.2.2.9 del decreto 1082 de 2015, es decir que en caso de empate se preferirá la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997.
Si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se tendrá en cuenta la planta de personal del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia mínima habilitante requerida para la respectiva contratación.
En el evento que dos de los integrantes del proponente plural, cuenten como mínimo con el 40% de la experiencia requerida para la contratación, el proponente deberá indicar dentro de su oferta cuál de los integrantes o miembros del proponente será el que acredite esta condición.
Para la determinación de la experiencia requerida para la contratación, se tendrá en cuenta el valor de la experiencia habilitante acreditada, en SMMLV.
V. CRITERIOS DE DESEMPATE
En caso de presentarse empate entre dos o más proponentes se procederá a determinar el orden de elegibilidad teniendo en cuenta los siguientes factores de desempate conforme lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.2.9. del Decreto Reglamentario 1082 de 2015, así:
Artículo 2.2.1.1.2.2.9. Factores de desempate.
n) En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el factor de calificación de la Propuesta económica.
o) Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el factor de escogencia y calificación de calidad.
p) Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el factor de escogencia y calificación de Valor de comisión.
q) Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el factor de escogencia y calificación de Apoyo a la Industria Nacional.
r) Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el factor de escogencia y calificación de Trabajadores en Condición de discapacidad.
s) Si persiste el empate, la Entidad Estatal debe utilizar las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales:
t) Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
u) Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional.
v) Preferir la oferta presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura.
w) Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
x) Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente, método que deberá haber sido previsto en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación.
En caso de que el empate continúe, se utilizará el siguiente procedimiento de desempate:
EL MINISTERIO, con el fin de garantizar los principios de selección objetiva y transparencia, procederá a realizar el respectivo desempate por sorteo mediante el sistema de balotas, a través de acto público, por medio del siguiente procedimiento:
1er. Sorteo:
En una tula se depositarán los números del 1 en adelante, tantos como el número de oferentes empatados. Con este sorteo se definirá el orden con el que los proponentes procederán a escoger la balota para definir el orden en que sacarán la balota en el 2º sorteo.
El proponente que saque el número 1 será el primero en escoger la balota en el 2º sorteo y así sucesivamente.
2º Sorteo:
Se depositarán en la tula las balotas en igual cantidad que oferentes empatados, más una de color blanco.
VI. OFERTA
A. PRESENTACIÓN
Los Proponentes deben presentar sus Ofertas en la plataforma del SECOP II a través del link xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx, de manera individual, teniendo en cuenta los formatos contenidos y anexos en el presente pliego, en la fecha establecida en el Cronograma establecido para el presente proceso de selección, y acompañadas de los documentos soportes, así como de la garantía de seriedad de la Oferta a la que se refiere la sección I del presente proyecto xx Xxxxxx de Condiciones.
Se recomienda a los proponentes ir creando su propuesta con la anterioridad debida en el Sistema SECOP II, ya que el sistema les permitirá ir subiéndola por partes hasta el día y hora de cierre.
No se aceptará propuestas que por cualquier causa lleguen o sean radicadas en el MEN, o enviadas a través de fax, correo electrónico, Internet o cualquier otro medio telemático que no sea el SECOP II, en el link del proceso.
La carta de presentación de las respectivas propuestas (FORMATO No. 01) deben llevar la firma del representante legal o del apoderado debidamente constituido o del representante del Consorcio o Unión Temporal, cuando de estos se trate.
El MEN no acepta propuestas complementarias o modificatorias, ni observaciones, ni solicitudes de aclaraciones, presentadas con posterioridad a la fecha de entrega de propuestas del presente proceso de selección, sin perjuicio de la aplicación de las reglas de subsanabilidad conforme a lo previsto en los numerales 2, 3 y 4 del artículo 5° de la Ley 1150 de 2007.
Cualquier costo a cargo del proponente que sea omitido en la oferta se entenderá que se encuentra incluido y por tanto no puede ser objeto de reembolso o de reclamación por restitución del equilibrio económico.
La presentación de la Oferta implica la aceptación por parte del Proponente de la distribución de Riesgos efectuada en el Pliego de Condiciones, en la audiencia de asignación de riesgos y las respectivas adendas.
El día del vencimiento del término para presentar las Ofertas, el MEN a través de la plataforma del SECOP II publicará un informe con la lista de las Proponentes y la hora de presentación de las Ofertas.
Se reitera la importancia de que los interesados en participar en el proceso de selección se capaciten en el uso de la plataforma y lean las guías que ha expedido Colombia Compra Eficiente para efectos de registro y presentación de propuestas tanto para personas singulares, como para proponentes en unión temporal o consorcio. Cualquier error en la presentación de la propuesta por mal usos de la plataforma y contrariar lo que señalan las guías será de exclusiva responsabilidad de los proponentes y tendrán las consecuencias que las mismas guías señalan.
En caso de presentarse indisponibilidad de la plataforma del SECOP II, se dará aplicación a lo dispuesto en la “Protocolo de Indisponibilidad del SECOP II”, vigente, para lo cual se establece como correo para dicho evento el siguiente:
xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
B. ORDEN DE PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS
La oferta contendrá la siguiente información:
• Información general y requisitos habilitantes.
• Oferta técnica aspectos calificables.
• Oferta económica
Lo anterior de acuerdo con los formatos establecidos en el pliego de condiciones y los requisitos ya establecidos líneas arriba.
C. OFERTAS PARCIALES
Los proponentes no pueden presentar propuestas parciales.
D. VALIDEZ DE LAS OFERTAS
La Oferta debe tener una validez de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de cierre. En el caso de una suspensión que supere este término, el MEN solicitará la convalidación de la oferta al proponente por un término igual a la suspensión.
E. RESERVA DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN
Los proponentes serán responsables de advertir que alguna de la información presentada en las ofertas contiene información confidencial, privada o que configure secreto industrial, de acuerdo con la ley colombiana, debiendo indicar tal calidad y expresar las normas legales que le sirven de fundamento. Reserva que el MEN mantendrá en el Proceso de Contratación frente a terceros.
En todo caso, el MEN se reserva el derecho de revelar dicha información a sus agentes o asesores, con el fin de evaluar la propuesta.
La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las propuestas y la recomendación para la adjudicación no podrá ser revelada a los proponentes, ni a terceros, hasta que La Entidad, comunique a los primeros que el informe de evaluación se encuentra disponible para que presenten las observaciones correspondientes.
F. REVISIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES
La Entidad revisará el cumplimiento de los requisitos habilitantes de que trata la sección VI del presente documento. Los Proponentes pueden subsanar la forma como acreditaron los requisitos habilitantes.
La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje deberán ser solicitados por las entidades estatales y deberán ser entregados por los proponentes hasta el término de traslado del informe de evaluación que corresponda a cada modalidad de selección. Serán rechazadas las ofertas de aquellos proponentes que no suministren la información y la documentación solicitada por la entidad estatal hasta el plazo anteriormente señalado.
Durante el término otorgado para subsanar las ofertas, los proponentes no podrán acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.
El Ministerio de Educación Nacional publicará a través de la plataforma del SECOP II
xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxxxx informe de cumplimiento de requisitos habilitantes de que trata la sección VI.
G. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes de que trata la sección VI serán evaluadas, de acuerdo con lo establecido en la sección VII.
El MEN publicará a través de la plataforma del SECOP II el informe de evaluación de Ofertas en la oportunidad señalada en el Cronograma establecido para el proceso.
H. DECLARATORIA DE DESIERTA
El MEN declarará desierto el presente proceso de selección cuando: (a) no se presenten Ofertas; (b) ninguna de las Ofertas resulte admisible en los factores jurídicos, técnicos, financieros y de experiencia previstos en el Pliego de Condiciones; (c) existan causas o motivos que impidan la escogencia objetiva del Proponente; (d) el ordenador del gasto no acoja la recomendación del comité evaluador y opte por la declaratoria de desierta del proceso, caso en el cual deberá motivar su decisión; y (e) se presenten los demás casos contemplados en la ley.
I. RETIRO DE LA OFERTA
Los Proponentes que opten por entregar su Oferta antes de la fecha de cierre del proceso de selección, podrán retirarlas, a través de la plataforma SECOP II antes de la fecha y hora de cierre del presente proceso.
X. XXXXXXX
En adición a otras causas previstas por la ley, el MEN rechazará las Ofertas presentadas por los Proponentes que:
a) Cuando la propuesta no sea presentada a través de la plataforma del SECOP II o se registre de forma diferente a lo establecido en los manuales, guías de uso y en general, acorde a sus términos y condiciones, salvo que deba aplicarse el protocolo de indisponibilidad establecido por Colombia Compra Eficiente y se llegare a certificar una indisponibilidad de la plataforma al momento de presentar ofertas y se cumpla con lo expresamente dispuesto en dicho protocolo.
b) Cuando intenten enterarse indebidamente de las evaluaciones o influir en el proceso de evaluación de las ofertas o en la decisión sobre la evaluación y adjudicación por parte de la entidad contratante.
c) Cuando el proponente o uno de los miembros del Consorcio o de la Unión temporal, se encuentre incurso en las causales de inhabilidad o incompatibilidad fijadas por la constitución o la ley.
d) Cuando un proponente haga parte directa o indirectamente de dos o más consorcios o uniones temporales, que presenten ofertas para el presente proceso de selección.
e) Cuando se configure un conflicto de intereses de los señalados en el presente pliego de condiciones.
f) Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse.
g) Cuando el Representante Legal de la sociedad individualmente considerada, o como parte de una propuesta conjunta, no se encuentre debidamente autorizado para presentar la propuesta de acuerdo con los estatutos sociales, salvo que durante el término de traslado se aclare o subsane en debida forma.
h) Cuando existan evidencias de que el proponente ha tratado interferir o influenciar indebidamente en el análisis de las propuestas, o la decisión de adjudicación.
i) Cuando el proponente singular persona natural, jurídica o de estructura plural consorcio o unión temporal, no cumpla con todos y cada uno de los indicadores financieros establecidos y
evaluados de acuerdo con el presente pliego de condiciones
j) Cuando la propuesta se exceda en el Plazo Oficial establecido para la ejecución del contrato.
k) Cuando el proponente no cumpla los requisitos de habilitación, o desatienda los requerimientos del MEN, una vez le hayan solicitado subsanarlos o aclararlos, o desatienda los aspectos sustanciales del requerimiento.
l) Cuando la propuesta económica supere el valor unitario IVA incluido establecido para cada ítem del presupuesto del proceso determinado por la entidad.
m) Cuando el valor de la propuesta sobrepase el valor del presupuesto oficial de cualquiera de los rubros y/o del presupuesto total.
n) Si la Entidad comprueba el incumplimiento del oferente o de sus representantes o empleados por hechos constitutivos de corrupción durante el proceso de selección. Si esta comprobación se da con posterioridad a la adjudicación, el MEN podrá dar por terminado de manera anticipada el contrato por causa imputable al contratista, haciendo aplicables todas las consecuencias previstas para esta situación.
o) Cuando no coincida la información diligenciada en los formatos con la información de los documentos soporte solicitados como aclaración por parte del MEN. El MEN, entiende que la información no coincide cuando no exista correspondencia entre la información contenida en el documento soporte frente a la relacionada por el proponente en los respectivos formatos.
p) Cuando el proponente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal se encuentre reportado en el boletín de responsables fiscales que expide la Contraloría General de la República.
q) Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos tergiversados o alterados tendientes a inducir a error a la Administración.
r) Cuando el proponente no entregue la garantía de seriedad junto con la propuesta.
s) Cuando el proponente presente con su oferta una garantía tomada para un proceso de selección diferente al que se está adelantando, con objeto, valores diferente al proceso de selección y el afianzado corresponde a otra entidad, en estos supuestos la Oferta será RECHAZADA, toda vez que se tendrá como una garantía emitida y presentada para un proceso de selección diferente al convocado.
t) Cuando la propuesta no sea presentada a través de la plataforma del SECOP II y con el procedimiento y manuales establecidos para el efecto.
u) Las demás establecidas en la normatividad vigente y previstas en este pliego de condiciones.
K. CONFLICTO DE INTERESES
No podrán presentar propuesta las personas que hayan intervenido en la elaboración de los estudios previos, proyecto xx xxxxxx y pliego de condiciones, respuesta a las observaciones o aclaraciones, dentro del presente proceso, de forma directa, de terceros o de sociedades en las cuales tenga participación.
Tampoco podrán presentar propuesta los familiares hasta el tercer grado de consanguinidad y hasta el segundo de afinidad de aquellas personas que participaron en las actividades enunciadas en el párrafo anterior.
Evidenciado lo anterior, la entidad procederá a rechazar la propuesta presentada.
VII. ACUERDOS COMERCIALES
De acuerdo con lo establecido en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1., del Decreto 1082 de 2015, y en consonancia con lo indicado en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” M-MACPC-13, se procedió a realizar el análisis de si el presente proceso de contratación se encuentra o no cobijado por un acuerdo comercial, de lo cual se estableció lo siguiente:
ACUERDO COMERCIAL | ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA | PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL | EXCEPCIÓN APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATAC IÓN | PROCESO DE CONTRATACI ÓN CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL | |
Alianza Pacífico | Chile | SI | SI | NO | SI |
Perú | SI | SI | NO | SI | |
México | SI | SI | NO | SI | |
Canadá | SI | SI | NO | SI | |
Chile | SI | SI | NO | SI | |
Xxxxx Rica | SI | SI | NO | SI | |
Estados AELC | SI | SI | NO | SI | |
Estados Unidos | SI | SI | NO | SI | |
Unión Europea | SI | SI | NO | SI | |
Corea | SI | SI | NO | SI | |
México | SI | SI | NO | SI | |
Triángulo Norte con Centro América | El Xxxxxxxx | SI | SI | NO | SI |
Guatemala | SI | SI | NO | SI | |
Honduras | SI | SI | NO | SI | |
Comunidad Andina de Naciones | SI | SI | NO | SI |
Estados AELC (1. Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.)
De lo anterior se establece que el MEN como entidad estatal del Nivel Nacional se encuentra cubierta por los acuerdos comerciales señalados con la palabra SI en el cuadro anterior.
En consecuencia, el MEN concederá trato nacional a proponentes y servicios de dichos países. También está sujeto a la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina. Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad recibirán este trato.
Teniendo en cuenta que el proceso que se pretende adelantar no se encontraba publicado en el plan anual de adquisiciones, se tendrá como plazo mínimo entre la publicación del aviso de convocatoria y el día en que vence el término para presentar ofertas, 30 días calendario.
VIII. ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y ADJUDICACIÓN
El Contrato se adjudicará en audiencia pública, según el orden de elegibilidad establecido en el informe de evaluación. El ordenador del gasto, por medio de acto administrativo motivado, adjudicará el proceso de selección al Proponente ubicado en el primer puesto del orden de elegibilidad que cumpla con todos los requisitos exigidos en el presente pliego de condiciones, o procederá a la declaratoria de desierta del proceso, si a ello hubiere lugar.
En todo caso, la adjudicación del presente proceso se hará conforme el orden de elegibilidad establecido con ocasión a la evaluación técnica y económica de las propuestas.
La audiencia pública se celebrará en la fecha y hora establecida en el Cronograma establecido para el proceso de selección. De las circunstancias ocurridas en su desarrollo se dejará constancia en acta.
En el evento que el ordenador del gasto no acoja la recomendación del comité evaluador, deberá justificarlo en el acto administrativo de adjudicación o declaratoria de desierta.
IX. RIESGOS
De acuerdo con la metodología de Colombia Compra Eficiente, se anexa la matriz de riesgos, la cual hace parte integral del presente pliego.
La matriz se encuentra también publicada en los estudios y documentos previos y desde el proyecto xx Xxxxxx de Condiciones. En la plataforma SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx
De acuerdo con el cronograma y en la fecha y hora fijada, se llevará a cabo la audiencia a la que se refieren el artículo 30 de la ley 80 de 1993, artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 220 del
Decreto Ley 019 de 2012, y el artículo 2.2.1.2.1.1.2 del Decreto 1082 de 2015. Como consecuencia de las observaciones realizadas por los interesados, El MEN se pronunciará sobre la pertinencia o no de las mismas y establecerá la estimación, tipificación y asignación definitiva de los Riesgos involucrados en el Proceso de Contratación.
Vencido el plazo para discutir y revisar los Riesgos identificados, si se presenta alguna observación adicional, la misma solo será estudiada y tenida en cuenta, únicamente si diere lugar a modificar el Pliego de Condiciones mediante Adenda.
En esta misma audiencia los interesados podrán solicitar aclaraciones al pliego de condiciones.
X. GARANTÍAS DEL CONTRATO
En atención a las obligaciones y cuantía del contrato, el contratista deberá constituir dentro de los tres (3) días siguientes al perfeccionamiento del contrato, Garantía Única de Cumplimiento, en una compañía de seguros o en una entidad bancaria debidamente reconocida por la Superintendencia Financiera, que ampare los siguientes riesgos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 así:
En atención a las obligaciones y cuantía del contrato, el contratista deberá constituir a favor del Ministerio de Educación Nacional, dentro de los tres (3) días siguientes al perfeccionamiento del contrato, Garantía Única de Cumplimiento, en una compañía de seguros o en una entidad bancaria debidamente reconocida por la Superintendencia Financiera, que ampare los siguientes riesgos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 así: Cumplimiento del contrato, por un monto igual al 30% del valor del mismo, y una vigencia igual al plazo del contrato y cuatro (4) meses más.
Calidad del servicio, por un monto igual al 30% del valor del mismo, y una vigencia igual al plazo del contrato y cuatro (4) meses más.
Pago de salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones laborales, por un monto equivalente al 5% del valor del contrato, y una vigencia igual al plazo del mismo y tres (3) años más.
Responsabilidad Civil Extracontractual, Por una cuantía equivalente al 5% del valor total del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato, contados a partir del perfeccionamiento del contrato.
Debe incluir los amparos adicionales de:
- Cobertura expresa de los perjuicios por daño emergente y lucro cesante.
- Cobertura expresa de perjuicios extrapatrimoniales.
- Cobertura expresa de la responsabilidad surgida por actos de contratistas y subcontratistas, salvo en el evento en que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos.
- Cobertura expresa xx xxxxxx xxxxxxxx.
- Cobertura expresa de vehículos propios y no propios.
En caso de pactarse deducibles, el tope máximo será xxx xxxx por ciento (10%) del valor de cada pérdida sin que en ningún caso puedan ser superiores a dos mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (2.000 SMLMV). Las franquicias, coaseguros obligatorios y demás formas de estipulación que conlleven xxxxxxxx de parte de la pérdida por la entidad asegurada no serán admisibles.
El monto de la garantía se deberá restablecer por parte del contratista con ocasión de las reclamaciones efectuadas por EL MINISTERIO. Dentro de los términos estipulados en este Contrato la garantía no podrá ser cancelada sin la autorización del MINISTERIO.
El Contratista debe mantener vigente la garantía única y ajustarla siempre que se produzca alguna modificación en el plazo y/o valor del contrato o en el evento en que se produzca la suspensión temporal del mismo. Igualmente, el contratista deberá notificar a la compañía aseguradora de cualquier modificación del contrato, así esta no conlleve cambio del plazo o el valor de este y deberá allegar el certificado de notificación de la modificación a la entidad como constancia de realización de la misma.
La garantía única de cumplimiento expedida a favor de EL MINISTERIO no podrá expirar por falta de pago de la prima ni puede ser revocada unilateralmente.
XI. SUPERVISIÓN
El MEN ejercerá el control y la vigilancia de la ejecución de las obligaciones a través de un supervisor/interventor designado para tal fin.
El supervisor/interventor ejercerá el control integral sobre el contrato, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al Contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo.
El Contratista deberá acatar las órdenes que le imparta el supervisor/interventor por escrito, y con copia a la Entidad. No obstante, si el Contratista no está de acuerdo con las mismas debe manifestarlo por escrito al supervisor/interventor, con copia al MEN, antes de proceder a ejecutar las órdenes. Lo anterior con el fin de que el supervisor/interventor del contrato informe al ordenador del gasto para tomar la decisión correspondiente. Si a pesar de no estar de acuerdo con las órdenes del supervisor/interventor las ejecuta sin manifestar su desacuerdo, responderá solidariamente con el supervisor/interventor si del cumplimiento de dichas órdenes se derivan perjuicios para el MEN.
Si el Contratista se rehúsa o descuida cumplir cualquier orden escrita del supervisor/interventor, éste les notificará por escrito sobre el incumplimiento de dicha orden, señalando específicamente las omisiones o infracciones y exigiendo su cumplimiento. Si esta notificación no surte ningún efecto dentro de un plazo de los ocho días hábiles, el supervisor/interventor comunicará dicha situación al MEN para que este tome las medidas que considere necesarias.
El supervisor/interventor debe documentar las causas o motivos del incumplimiento que llegue a presentarse.
Teniendo en cuenta las cuantías del contrato a celebrar, así como las especificaciones técnicas involucradas en la prestación del servicio, el MEN adelantará la contratación de una interventoría externa que realice seguimiento al cumplimiento del respectivo contrato, para lo cual está adelantando los trámites contractuales, y previo a ello designa un supervisor hasta tanto se perfeccione el contrato de interventoría respectivo.
XII. CRONOGRAMA
El siguiente es el Cronograma del Proceso de Contratación.
Las fechas y plazos antes indicados podrán variar de acuerdo con la ley y con las condiciones previstas en el presente Pliego de Condiciones. En todo caso el proponente deberá estar verificando el cronograma de la plataforma SECOP II.
ACTIVIDAD | FECHA | LUGAR |
Publicación aviso convocatoria pública (Artículo 2.2.1.1.2.1.2. del Decreto 1082 de 2015) | 15 de octubre | SECOP II – |
Publicación estudios y documentos previos | 15 de octubre | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx .aspx |
Publicación proyecto xx Xxxxxx de Condiciones | 15 de octubre | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx .aspx |
Publicación Aviso de Convocatoria (artículo 224 del Decreto Ley 019 de 2012) | 15 de octubre | SECOP II – |
Plazo para presentar observaciones al proyecto xx Xxxxxx de Condiciones | Hasta el 29 de octubre de 2019 hasta las 17:00 pm | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx .aspx |
Respuesta a observaciones y sugerencias al proyecto xx Xxxxxx de Condiciones | 1 de noviembre de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx .aspx |
Expedición acto administrativo de apertura del proceso de selección | 1 de noviembre de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx .aspx |
Audiencia de asignación de Riesgos y aclaración de pliegos | 5 de noviembre de 2019 a las 10:00 am | Ministerio de Educación Nacional Salas primer piso Calle 43 No. 57 - 14 |
Presentación de observaciones al Pliego de Condiciones por parte de los posibles oferentes. | Hasta el 7 de noviembre de 2019 hasta las 17:00 pm | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx .aspx |
Respuesta observaciones al Pliego de condiciones | 13 de noviembre de 2019 | SECOP II – |
Expedición de Adendas | Hasta el 14 de noviembre de 2019 |
Presentación de Ofertas | 20 de noviembre de 2019 hasta las 10:00.00 a.m. | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx .aspx |
Verificación y evaluación de ofertas. | Del 20 al 25 de noviembre de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx .aspx |
Publicación del informe de evaluación de las Ofertas. | 25 de noviembre de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx .aspx |
Presentación de observaciones al informe de evaluación de las ofertas y término para subsanar conforme al parágrafo 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2017 modificado por la Ley 1882 de 2018. | Del 26 al 2 de diciembre de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx .aspx |
Publicación respuesta a observaciones al informe de evaluación de las Ofertas | 04 de diciembre de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx .aspx |
Audiencia de Adjudicación o declaratoria de desierta del proceso de selección. | 05 de diciembre de 2019 a las 10:00 a.m. | Ministerio de Educación Nacional Salas primer piso Calle 43 No. 57 - 14 |
Publicación acto administrativo de adjudicación o declaratoria de desierto | Al día siguiente de expedido el acto administrativo | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx .aspx |
Firma del Contrato | Al día siguiente de expedido a la expedición del acto administrativo de adjudicación. | Ministerio de Educación Nacional Xxxxx 00 Xx 00 – 14 Subdirección de Contratación 1er piso |
Entrega de garantías | Al día siguiente de expedido a la suscripción del respectivo contrato. | Ministerio de Educación Nacional Unidad de Atención al Ciudadano |
Aprobación de garantías | Al día siguiente de del recibo de presentadas las garantías. | Ministerio de Educación Nacional Xxxxx 00 Xx 00 – 14 Subdirección de Contratación 1er piso |
Las fechas y plazos antes indicados podrán variar de acuerdo con la ley y con las condiciones previstas en el presente Pliego de Condiciones. En todo caso el proponente deberá estar verificando el cronograma de la plataforma SECOP II.
FORMATOS FORMATO No. 01
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Lugar y fecha
Señores
Ministerio de Educación Nacional
Referencia: Licitación Pública LP-MEN-09-2019.
Estimados señores:
[Nombre del representante legal o de la persona natural Proponente], identificado como aparece al pie de mi firma, [obrando en mi propio nombre o en mi calidad de representante legal de] [nombre del Proponente], presento oferta al Proceso de Contratación de la referencia y hago las siguientes manifestaciones:
1. Que conozco y acepto los Documentos del Proceso, tuve la oportunidad de solicitar aclaraciones y modificaciones a los mismos, y recibí del Ministerio de Educación Nacional respuesta oportuna a cada una de las solicitudes.
2. Que estoy autorizado para suscribir y presentar la Oferta en nombre del Proponente y estoy autorizado para suscribir el contrato si el Proponente resulta adjudicatario del Proceso de Contratación de la referencia.
3. Que conocemos y aceptamos la Legislación de la República de Colombia.
4. Que conocemos y aceptamos los términos y condiciones de uso de la plataforma SECOP II junto con los Manuales y Guías de la plataforma los cuales definen, en desarrollo del artículo 4 de la Ley 527 de 1999, la forma en la cual debe ser realizado el envío, recepción, archivo y proceso de mensajes de datos en el Sistema Electrónico de Compra Publica, y nos declaramos responsables de su manejo y uso.
5. Que ninguna de las personas representadas por los firmantes se encuentran incursas en causal alguna de inhabilidad y/o incompatibilidad señaladas por la Constitución, la Leyes Colombianas o el pliego de condiciones, o son morosas en obligaciones con ninguna entidad pública, que les impida celebrar contratos con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL.
6. Que la Oferta que presento cumple con la totalidad de los requisitos y especificaciones técnicas xxx Xxxxxx de Condiciones y sus anexos.
7. Que la oferta económica y la oferta técnica están adjuntas a la presente comunicación y han sido elaboradas de acuerdo con los Documentos del Proceso y hacen parte integral de la Oferta.
8. Que los documentos que presento con la Oferta son ciertos y han sido expedidos por personas autorizadas para el efecto.
9. Que con la presentación de la propuesta estoy aceptando los riesgos establecidos en el proceso de la referencia.
10. Que nos acogemos a los plazos establecidos para la ejecución del contrato.
11. Que la oferta económica adjunta fue elaborada teniendo en cuenta todos los gastos, costos, derechos, impuestos, tasas y demás contribuciones que se causen con ocasión de la presentación de la Oferta, suscripción y ejecución del contrato y que en consecuencia, de
resultar adjudicatario no presentaré reclamos con ocasión del pago de tales gastos.
12. Que en caso de resultar adjudicatario, suscribiré el contrato en la fecha prevista para el efecto en el Cronograma contenido en los Documentos del Proceso.
13. Que en caso de resultar adjudicatario, me obligo a presentar la garantía de cumplimiento prevista en los Documentos del Proceso en la fecha prevista para el efecto en el Cronograma allí contenido.
14. Que en caso de resultar adjudicatario me comprometo a que a la terminación de la vigencia del Contrato, el servicio contratado cumplirá con la totalidad del alcance y los requerimientos y especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Condiciones y sus anexos.
15. Que manifiesto que el Proponente está x xxx y salvo con sus obligaciones parafiscales y laborales frente al sistema de seguridad social integral y demás aportes relacionados con las obligaciones laborales.
16. Adjunto la garantía de seriedad de la Oferta la cual cumple con lo establecido en los Documentos del Proceso.
17. Apoyamos las acciones del Estado colombiano y del Ministerio de Educación Nacional para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública.
18. No estamos en causal de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de intereses alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación.
19. En lo referente al compromiso anticorrupción, nos comprometemos a cumplir con todos y cada una de las manifestaciones que a continuación se relacionan: a) Apoyamos la acción del Estado colombiano y del Ministerio de Educación Nacional para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública; b) No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación; c) Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero; d) Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el Proceso de Contratación Licitación Pública No. LP-MEN-09-2019; e) Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Contratación Licitación Pública No. LP-MEN-09-2019 nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia; f) Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores; y g) Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción.
20. Que para efecto de comunicaciones mis datos como PROPONENTE son:
NOMBRE DEL PROPONENTE | |
NOMBRE DEL REPRESENTANTE | |
TELÉFONO | |
DIRECCIÓN y CIUDAD | |
FAX | |
CORREO ELECTRÓNICO |
21 Que con la presentación de la propuesta, autorizo que los actos administrativos que se generen en el presente proceso de selección se notifiquen al correo electrónico indicado en el numeral anterior, cuando aplique.
Firma del Representante legal Nombre.
C.C. No.
FORMATO No. 02
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS PROPONENTES EXTRANJEROS SIN DOMICILIO
Proceso Licitación Pública No. LP-MEN-09-2019 Oferente:
Nit:
Clasificador de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas UNSPSC
Clasificación UNSPSC | BIEN O SERVICIO | CONTRATO | CONTRATANTE | OBJETO |
Los abajo firmantes declaramos bajo la gravedad de juramento que los datos consignados en el presente formato son verídicos por cuanto la empresa y/o persona natural cumple con lo dispuesto en el pliego de condiciones del presente proceso de selección, sin perjuicio de las sanciones penales a que haya lugar.
Firma Representante legal del Oferente
Nombre:
Documento de Identidad:
FECHA DE DILIGENCIAMIENTO DE
ESTE FORMATO:
FORMATO No. 03
DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN UNIÓN TEMPORAL
Lugar y fecha
Señores
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Ciudad
Referencia: LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-MEN-09-2019
Apreciados Señores:
Los representantes , y , debidamente autorizados para actuar en nombre de , y , nos permitimos manifestar por este documento que hemos convenido asociarnos en UNIÓN TEMPORAL denominada: , para participar en la licitación No. LP-MEN-09-2019, para el objeto denominado , y por lo tanto manifestamos lo siguiente:
1.- La duración de esta UNIÓN TEMPORAL será igual al plazo del contrato y tres (3) años más.
2.- La UNIÓN TEMPORAL está integrada por las siguientes personas que desarrollarán las actividades con los porcentajes de participación que a continuación se indican:
NOMBRE | ACTIVIDAD | % DE PARTICIPACIÓN |
3 – La responsabilidad de los integrantes de la UNIÓN TEMPORAL será solidaria.
4.- El representante de la UNIÓN TEMPORAL es , identificado con cédula de ciudadanía No de , quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta y en caso de salir favorecidos con la adjudicación, para firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplias y suficientes facultades. En su ausencia, se designa como representante suplente a , identificado con cédula de ciudadanía No de .
5.- Para todos los efectos el presente documento será considerado el único constitutivo del proponente asociativo.
En constancia se firma en a los días del mes de de 2019
NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y FIRMA
C.C. N° C.C. N°
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DE LA UNIÓN TEMPORAL
C.C. N°
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DE LA UNIÓN TEMPORAL
C.C. N°
FORMATO NO. 03
DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN CONSORCIO
Lugar y fecha
Señores
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Ciudad
Referencia: LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-MEN-09-2019
Apreciados Señores:
Los representantes y , debidamente autorizados para actuar en nombre de y , nos permitimos manifestar por este documento que hemos convenido asociarnos en CONSORCIO denominado: , para participar en la licitación No. LP-MEN-09-2019, para el objeto denominado , y por lo tanto manifestamos lo siguiente lo siguiente:
1.- La duración de este consorcio será igual al plazo del contrato y tres (3) años más. 2.- El consorcio está integrado así:
NOMBRE | % DE PARTICIPACIÓN |
3.- La responsabilidad de los integrantes del consorcio es solidaria, ilimitada y mancomunada.
4.- El representante del consorcio es , identificado con cédula de ciudadanía No de , quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta, y en caso de salir favorecidos con la adjudicación, para firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplias y suficientes facultades. En su ausencia, se designa como representante suplente a , identificado con cédula de ciudadanía No de .
5.- Para todos los efectos el presente documento será considerado el único constitutivo del proponente asociativo.
En constancia se firma en a los días del mes de de 2019
NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y FIRMA
C.C. N° C.C. N°
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL CONSORCIO
C.C. N°
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL CONSORCIO
C.C. N°
FORMATO No. 04
CERTIFICACIÓN DE APORTES PARAFISCALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL
Referencia: LICITACIÓN PÚBLICA LP-MEN-09-2019
Yo, en calidad de Revisor Fiscal o Representante Legal de la sociedad con NIT. , (o en nombre propio) identificado con cédula de ciudadanía No de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 , Ley 1150 de 2007 y Ley 1562 de 2012 manifiesto bajo juramento que la sociedad se encuentra al día en el cumplimiento del pago de sus obligaciones legales con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a la caja de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando a ello hubiere lugar, en relación con sus empleados por un periodo no inferior a seis (6) meses anteriores a la presentación de esta certificación.
Firma: Nombre:
Tarjeta Profesional No.
En calidad de Revisor Fiscal o Representante Legal
Fecha:
NOTA: En caso de que la firma NO esté obligada por ley a tener revisor fiscal, la certificación deberá ser firmada por el Representante Legal.
FORMATO NO. 05
RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE Referencia: LICITACIÓN PÚBLICA LP-MEN-09-2019
PROPONENTE: PERSONA QUE ACREDITA LA EXPERIENCIA:
No. DE CONSECU TIVO EN EL RUP | N° CTO | ENTIDAD CONTRATA NTE | OBJETO | FECHA DE INICIO | FECHA DE FINALIZ ACIÓN | CODIG O UNSPS C | DESCRIP CIÓN EXPERIE NCIA RELEVAN TE | % PARTI CI- PACIÓ N | VALOR (smlmv) REPORTA DO EN EL RUP |
NOTA 1: Para acreditar la experiencia específica el Proponente deberá cumplir con los requisitos establecidos en el numeral b) Experiencia Mínima Habilitante del literal C) Capacidad Técnica Mínima de la sección VI. REQUISITOS HABILITANTES y demás contenidos en el pliego de condiciones:
NOTA 2: Si el contrato registrado en el RUP se refiere a la prestación de diferentes suministros o servicios, se debe efectuar dentro del formulario una discriminación de los mismos con su valor correspondiente en SMLMV, para efectos de establecer los que se relacionan con la clasificación por el Código de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas requerido para el presente proceso de selección.
Firma representante legal o apoderado
FORMATO No. 06 CARTA DE COMPROMISO
PERSONAL MINIMO REQUERIDO
Referencia: LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-MEN-09-2019
Yo. , identificado con Cedula de Ciudadanía No. , actuando en calidad de , de la empresa
.
Manifiesto de forma clara, expresa e irrevocable que, en caso de resultar adjudicatario del proceso de selección de la referencia, contaré con el personal mínimo requerido de conformidad con el rol, perfil, dedicación y cantidad exigido en capítulo denominado III.CAPACIDAD TÉCNICA MÍNIMA HABILITANTE (CUMPLE / NO CUMPLE), concretamente en el numeral 3.3 PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, xxx xxxxxx de condiciones.
Así mismo me comprometo a presentar al Ministerio de Educación Nacional todos los soportes requeridos en el estudio previo y el pliego de condiciones relacionados con la formación y experiencia del personal que conformará el personal y/o equipo mínimo de trabajo dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del contrato.
Manifiesto que el personal mínimo que emplee para la ejecución del contrato no tendrá vínculo laboral con el Ministerio.
Atentamente,
FIRMA:
(Representante Legal)
Identificación
FORMATO No. 07
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL INCOPORACIÓN DE NACIONALES EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EXTRANJERO.
Referencia: LICITACIÓN PÚBLICA LP-MEN-09-2019
Para efectos de la evaluación del factor referido a los servicios de origen extranjero sin trato nacional, me permito indicar el origen de los servicios ofrecidos, así:
PUNTAJE POR INCOPORACIÓN DE NACIONALES EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EXTRANJERO | |
CRITERIO DE EVALUACIÓN | SELECCIONAR (X) |
Igual o mayor al 90% del recurso humano requerido para la prestación del servicio sea de origen nacional. |
En todo caso nos obligamos a cumplir y mantener el ofrecimiento realizado en este documento en la ejecución del contrato, en caso de resultar adjudicatarios del proceso LP-MEN-09-2019, so pena de hacerme acreedor a las sanciones xx xxx contempladas en el contrato.
(NOTA 1: En caso de incluir dentro de mi oferta servicios con incorporación de componente nacional, garantizo que no disminuiré el porcentaje de incorporación en la ejecución del contrato.)
Nota 2: ÚNICAMENTE LOS PROPONENTES EXTRANJEROS SIN DERECHO A TRATO NACIONAL, DEBERÁN DILIGENCIAR ESTE FORMATO - APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
Nota 3: En el evento que un proponente de origen nacional o con trato nacional diligencie este formato se entenderá no presentado.
Atentamente,
Nombre o Razón Social del Proponente:
NIT
Nombre del Representante Legal:
C.C. No. de Dirección Comercial del Proponente Teléfonos Fax Ciudad FIRMA:
NOMBRE DE QUIEN FIRMA:
FORMATO No. 08
ACREDITACION DE PERSONAL EN CONDICIONES DE DISCAPACIDAD
Acreditación de Vinculación Laboral de personas en condiciones de Discapacidad – Incentivo máximo 1 punto | |||||
Nombre del miembro la Estructura Plural: | |||||
Yo, , identificado bajo la cédula de ciudadanía número expedida en , en mi calidad de representante legal de (indicar nombre de la Empresa, persona natural o jurídica que pretenda acreditar la vinculación laboral de personas en condiciones de discapacidad ) , declaro bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma del presente documento, que el personal que se relaciona a continuación, se encuentra vinculado a mi empresa, así: | |||||
Razón Social de la Empresa contratante | Nombre del Personal discapacitado vinculado a la Empresa | Fecha de Vinculación | Número de Empleados vinculado a la Empresa | Número de personal discapacitado vinculado | % que representa el personal con discapacidad respecto del personal vinculado |
Así mismo, manifiesto que, en el evento de resultar adjudicatario del proceso de selección, me comprometo a mantener vinculado al personal antes relacionado, por un lapso igual al del plazo del contrato adjudicado
De acuerdo con lo previsto en el Pliego de Condiciones esta información debe presentarla el Representante Legal y el Revisor Fiscal o Contador Público.
Atentamente,
Nombre o Razón Social del Proponente:
NIT
Nombre del Representante Legal:
C.C. No. de Dirección Comercial del Proponente Teléfonos Fax Ciudad FIRMA:
NOMBRE DE QUIEN FIRMA:
Revisor Fiscal o Contador Público
C.C. No. de
Dirección
Teléfonos Fax Ciudad FIRMA:
NOMBRE DE QUIEN FIRMA:
Nota: De acuerdo a lo establecido en el Decreto 392 de 2018, el cual dispone, los proponentes que tiene derecho al puntaje deben acreditar la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de personal, siempre y cuando se acredite:
• Certificación del número total de trabajadores vinculado a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso. Este certificado debe ser firmado por la Persona Natural, representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal, según el caso.
• Certificación del número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal. Esto se acredita con la certificación expedida por el Ministerio de Trabajo y debe estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección.
PROYECTO DE MINUTA
ANEXO CLAUSULADO CONTRATO ELÉCTRONICO SECOP II
Las partes acuerdan las siguientes cláusulas que hacen parte del contrato establecido electrónicamente en la plataforma SECOP II:
CLÁUSULA PRIMERA. - OBJETO: | PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE DESARROLLO, IMPLEMENTACION Y MANTENIMIENTO ADAPTATIVO Y EVOLUTIVO DE SOLUCIONES DE SOFTWARE MEDIANTE MODELO DE FABRICA DE SOFTWARE. |
CLÁUSULA SEGUNDA. – DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR: | La establecida en el estudio previo y en el presente pliego |
CLÁUSULA TERCERA. - OBLIGACIONES DE LAS PARTES: | Las establecida en el estudio previo y en el presente pliego |
CLÁUSULA CUARTA. - PLAZO DE EJECUCIÓN: | El establecido en el estudio previo y en el presente pliego |
CLÁUSULA QUINTA. - VALOR DEL CONTRATO: | El valor del presupuesto establecido para el proceso licitatorio. |
CLÁUSULA SEXTA. - DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: | El establecido en el estudio previo y en el presente pliego |
CLÁUSULA SÉPTIMA. - FORMA DE PAGO: | La establecida en el estudio previo y en el presente pliego |
CLÁUSULA OCTAVA. – SUPERVISIÓN: | La Supervisión del presente contrato la efectuará , o quien haga sus veces, a quien le corresponde vigilar y velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones de las partes, de conformidad con lo estipulado en el contrato, en la Ley, y en el Manual de Contratación de EL MINISTERIO, y hacer los requerimientos del caso y en especial: (…) 1. Parágrafo: En caso de ausencia parcial o total del supervisor la misma será asumida por quien haga sus veces y en caso de que el designado no tenga remplazo en su ausencia temporal o definitiva, la supervisión será asumida por el inmediato superior, sin necesidad de modificación contractual alguna. En caso de que se materialice la situación anterior se deberá informar inmediatamente a la Subdirección de Contratación. |
CLÁUSULA NOVENA. – GARANTÍAS: | Las establecidas en el estudio previo y en el presente pliego |
CLÁUSULA DÉCIMA. - AUTONOMÍA ADMINISTRATIVA Y AUSENCIA DE RELACIÓN LABORAL: | EL CONTRATISTA obrará con plena autonomía administrativa y en ningún caso el presente contrato generará relación laboral ni prestaciones sociales entre EL MINISTERIO y EL CONTRATISTA y sus empleados, vinculados o subcontratistas. El personal que requiera EL CONTRATISTA para el cumplimiento del contrato será de su exclusiva responsabilidad y EL MINISTERIO declara que no asume responsabilidad laboral alguna con ellos. |
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. - INDEMNIDAD DE EL MINISTERIO: | EL CONTRATISTA mantendrá indemne a EL MINISTERIO contra todo reclamo, demanda, acción legal y costos que puedan causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, que se ocasionen durante la ejecución del objeto de este contrato. En caso de que se instaure demanda o acción legal alguna, o se formule reclamo contra EL MINISTERIO por asuntos que, según el contrato sean de responsabilidad |
de EL CONTRATISTA, EL MINISTERIO, se lo comunicará lo más pronto posible para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas pertinentes previstas por la Ley para mantener indemne a EL MINISTERIO y adelante los trámites para llegar a un arreglo del conflicto. Si en cualquiera de los eventos previstos en esta cláusula, EL CONTRATISTA no asume debida y oportunamente la defensa de los intereses de EL MINISTERIO, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita a EL CONTRATISTA y éste último pagará todos los gastos en que EL MINISTERIO incurra por tal motivo. | |
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. - CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN: | Las partes se obligan a guardar estricta confidencialidad sobre toda la información sometida a reserva debidamente identificada como tal por la parte originadora y conocida en virtud del desarrollo y ejecución del presente contrato, así como la información que la parte receptora debe entender y saber que es confidencial por su naturaleza y sensibilidad para la parte dueña de dicha información. Esta obligación de confidencialidad se aplicará para todos los casos, salvo que la información confidencial sea requerida por autoridad competente, caso en el cual, deberán dar aviso de tal hecho a la parte originadora dentro de los dos (2) días siguientes a la fecha en que le sea notificada la orden, o sea conocida la solicitud. Igualmente, el deber de confidencialidad no será obligatorio cuando dicha información sea poseída por la otra parte con anterioridad a este contrato, por un medio legal o, cuando sea públicamente accesible por un medio legal o, cuando sea hecha pública por su dueño o poseedor legal. Asimismo, las partes se comprometen a exigir a todo tercero que por medio de cualquiera de las partes tenga acceso a esta información, la misma reserva a que se refiere esta cláusula y tomarán las medidas de control y precauciones necesarias para asegurar el cumplimiento de la misma. Parágrafo: La presente cláusula de confidencialidad se mantendrá vigente mientras la información catalogada como tal conserve el carácter de reservada o bien durante cinco (5) años luego de que dicha información fuera compartida con las otras partes, cualquiera de los dos que ocurra primero. En todo caso estará sujeta a la reglamentación sobre información confidencial de los artículos 260 a 266 de la Decisión 486 de la Comisión del Acuerdo xx Xxxxxxxxx y lo previsto en el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015, respecto de la información y documentos reservados, artículo 24 sustituido, y en las demás normas concordantes y complementarias que regulen la materia. |
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. - INVALIDEZ PARCIAL: | Si cualquier estipulación o disposición de este contrato se considerase nula, inválida o no exigible por cualquier juez competente, dicha decisión será interpretada estrictamente para dicha estipulación o disposición y no afectará la validez de ninguna otra estipulación del presente contrato. |
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. - CESIÓN DEL CONTRATO: | De conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Ley 80 de 1993, el presente contrato es “intuitu personae” en consecuencia no podrá ser cedido a ningún título por EL CONTRATISTA sin la autorización previa, expresa y escrita de EL MINISTERIO. EL CONTRATISTA responderá por la ejecución de las obligaciones contractuales hasta que el documento de cesión esté suscrito por las partes y la ordenadora del gasto. |
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. - SUSPENSIÓN: | Las partes contratantes podrán suspender el presente contrato, mediante la suscripción de un acta en donde conste tal evento, cuando medie alguna de las siguientes causales: 1. Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, y 2. Por acuerdo entre las partes justificado en que no se afecta el servicio. PARÁGRAFO: El término de suspensión será computable para efecto del plazo de ejecución del contrato, pero no dará derecho a exigir indemnización, sobrecostos o reajustes, ni a reclamar gastos diferentes a los pactados en el contrato. |
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. – CADUCIDAD ADMINISTRATIVA: | En caso de que se presente algún hecho constitutivo de incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato, El MINISTERIO, mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá declarar la caducidad del contrato, dando por terminado el contrato y ordenando su liquidación en el estado en que se encuentre sin perjuicio de las acciones penales y civiles a que hubiere lugar. |
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA. - INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES POR PARTE DE EL MINISTERIO Y SOMETIMIENTO A LAS LEYES NACIONALES: | De conformidad con el artículo 14, numeral 2, 15,16 y 17 de la Ley 80 de 1993, el presente contrato se rige por las cláusulas de interpretación, modificación y terminación unilaterales y de sometimiento a las leyes nacionales de que traten las precitadas normas, las cuales se entienden incorporadas al presente contrato |
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. - CAUSALES DE TERMINACIÓN: | Este contrato se podrá dar por terminado por la ocurrencia de uno de los siguientes eventos: 1. Por vencimiento del plazo previsto en la cláusula respectiva o el de una de sus prórrogas, si las tuviere. 2. Por cumplimiento del objeto del contrato. 3. Por declaratoria de nulidad del contrato. 4. Por mutuo acuerdo de las partes. 5. Por las demás causales contempladas en la ley. |
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. - MULTAS: | En caso xx xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por EL CONTRATISTA, EL MINISTERIO impondrá multas, de la siguiente manera: a) Multas por xxxx en los plazos establecidos para el cumplimiento de las obligaciones: si EL CONTRATISTA incumple los plazos establecidos para el cumplimiento de las obligaciones en las fechas que se acuerden, deberá pagar a EL MINISTERIO, por cada día calendario de retraso, el 0.5% del valor del contrato, sin que el total de estas multas sobrepase el 10% del valor del contrato; b) Multas por incumplimiento parcial: si durante la ejecución del contrato EL CONTRATISTA incumple alguna otra u otras de las obligaciones contractuales, EL MINISTERIO le impondrá multas equivalentes al 0.5% del valor del contrato por cada obligación incumplida, sin que el total de estas multas sobrepase el diez por ciento (10%) del valor total de mismo. EL CONTRATISTA autoriza a EL MINISTERIO para descontar y tomar el valor de las multas de que tratan los literales anteriores, una vez en firme la resolución que las impone, de cualquier suma que le adeude EL MINISTERIO, sin perjuicio de que las haga efectivas conforme a la Ley. El pago o la deducción de dichas multas no exonera a EL CONTRATISTA de la obligación de cumplir con el objeto del contrato, ni de las demás obligaciones y responsabilidades que emanen del mismo. Parágrafo: Para su imposición se seguirá el procedimiento establecido en la Ley 1474 de 2011 o la norma que lo adicione, modifique, derogue o sustituya. |
CLÁUSULA VIGESIMA. - PENAL PECUNIARIA: | Se fija como cláusula penal pecuniaria la suma equivalente hasta el diez por ciento (10%) del valor total del contrato, independientemente de la |
indemnización plena de los perjuicios a que hubiere lugar, en caso de incumplimiento parcial o total del contrato por parte de EL CONTRATISTA, la cual pagará a EL MINISTERIO sin necesidad de requerimiento judicial, en un término no mayor de veinte (20) días a partir de la fecha en que se declare el incumplimiento. Para hacerla efectiva se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, en el Manual de Contratación y demás documentos que regulen el procedimiento en EL MINISTERIO. | |
CLÁUSULA VIGESIMA PRIMERA. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: | Cualquier diferencia que surja entre las partes por la ejecución, interpretación, terminación o liquidación del presente contrato y en general, sobre los derechos y obligaciones derivados del mismo, durante su etapa precontractual, contractual y post contractual se solucionará primero por las partes, mediante arreglo directo, la cual tendrá una duración de hasta treinta (30) días hábiles. En caso de no llegar a un acuerdo, las partes convienen hacer uso de los mecanismos de solución previstos en la Ley, tales como la conciliación, amigable composición y transacción. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. - INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES, CONFLICTOS DE INTERÉS Y ORIGEN Y DESTINACIÓN DE RECURSOS: | Para los efectos de los artículos 8° y 9° de la Ley 80 de 1993, de la Ley 1474 de 2011 y del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA teniendo conocimiento de las inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés para contratar de que tratan las disposiciones legales citadas y de las responsabilidades legales de que tratan los artículos 26, numeral 7°, 44 y 52 de la Ley 80 de 1993, las partes declaran por el presente documento, bajo la gravedad del juramento no encontrarse incursos en ninguna de tales inhabilidades e incompatibilidades, ni conflictos de interés, lo que se entiende surtido con la suscripción del presente contrato. Parágrafo Primero. - Si llegare a sobrevenir inhabilidad o incompatibilidad en EL CONTRATISTA, este podrá ceder el contrato previa autorización escrita de EL MINISTERIO, y si ello no fuere posible EL CONTRATISTA renunciará a su ejecución (artículo 9 de la Ley 80 de 1993). Parágrafo Segundo. - Presentada la causal de inhabilidad o incompatibilidad o conflicto de interés, EL CONTRATISTA deberá informar a EL MINISTERIO dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su acontecimiento, ante lo cual EL MINISTERIO tomará la decisión que en derecho corresponda. En caso de incumplimiento del deber de información, EL MINISTERIO ejercerá las acciones legales correspondientes. EL CONTRATISTA manifiesta que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de este contrato no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA. - CONTROL A LA EVASIÓN DE LOS RECURSOS PARAFISCALES: | EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento que ha venido y continuará cumpliendo con sus obligaciones a los sistemas de seguridad social en salud, riesgos laborales y pensiones, así como los parafiscales, a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), cuando a ello haya lugar y en caso de incumplimiento será responsable a las consecuencias y sanciones xx Xxx. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA. - LIQUIDACIÓN: | El presente contrato se liquidará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993 en concordancia con el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 217 del decreto 0019 de 2012, dentro del término de seis (6) meses contados desde la fecha de finalización del contrato, o de la fecha de expedición del acto que ordene la terminación. La liquidación se fundamentará en el informe final de gestión y certificado de |
cumplimiento del objeto del presente contrato suscrito por el supervisor, el cual deberá presentar en la Subdirección de Contratación dentro de los dos (2) meses siguientes a la finalización del plazo de ejecución. | |
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA. - LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y DOMICILIO CONTRACTUAL: | El domicilio contractual será la ciudad de Bogotá D.C. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA. - NOTIFICACIONES A LAS PARTES: | Para efectos de la notificación a las partes se tendrán en cuenta los datos registrados en la herramienta SECOP II. De conformidad con el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y demás normas concordantes, EL CONTRATISTA autoriza expresamente a EL MINISTERIO a remitir notificaciones electrónicas al correo electrónico registrado en la herramienta SECOP II Por lo anterior, toda notificación a realizar por parte de EL MINISTERIO se remitirá a las últimas direcciones informadas, por lo que los efectos que ellas conlleven serán asumidos por EL CONTRATISTA en caso de que se allane a no actualizar la información en la citada herramienta en caso de cambios en la misma. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA. - INTEGRACIÓN INSTRUMENTAL DEL CONTRATO: | Hacen parte integral del presente contrato: estudio previo, incluidos los riesgos que allí se establecieron, los documentos que identifican a EL CONTRATISTA, la propuesta de EL CONTRATISTA, el certificado de disponibilidad presupuestal, el certificado de registro presupuestal, y los demás documentos soportes de la contratación. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA. - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: | Este contrato se perfecciona con la aprobación de las partes en la plataforma del SECOP II, y tendrá como requisito de ejecución el registro presupuestal, y la aprobación de la garantía única por parte de EL MINISTERIO. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA - MANIFESTACIÓN: | Las partes manifiestan libremente que han procedido a la lectura total y cuidadosa del texto del presente anexo, por lo que, en consecuencia, se obligan a todo lo consignado y manifestado. Igualmente acuerdan, que, en caso de aclaración del presente anexo, en alguna de sus cláusulas, por errores de digitación o aritméticos, se realizará la aclaración directamente por parte del MINISTERIO, sin necesidad de firma y/o aprobación por parte del CONTRATISTA. |