CONTRATO
CONTRATO
Términos y condiciones de Locación de Obra
Entre Universidad xx Xxxxxxx, con domicilio en xxxxx xxxxxxx 0000 xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxx, por una parte, denominada en adelante La comitente, y la Diseñadora de Interiores Chambó Xxxxx Xxxxx DNI 00000000 con domicilio en xxxxx Xxxxxx 0000 xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxx denominados en lo sucesivo El Contratista.
Se ha resuelto celebrar un contrato de locación de obra sujeto a las siguientes cláusulas y anexos.
Primera: La comitente encomienda al Contratista, y este acepta realizar los trabajos de construcción y tareas preliminares para la remodelación xxx xxxx de la Universidad xx Xxxxxxx, según planos y especificaciones técnicas que se adjuntan, formando parte del presente contrato. El Contratista proveerá materiales y mano de obra con personal capacitado y equipos necesarios para la ejecución de los trabajos.
Segunda: Los trabajos a realizar se componen de: Retiro de mobiliario existente y albañilería. Colocación de placas de yeso y maderas en cielorraso. Arreglo de pisos, revestimientos, carpinterías xx xxxxxx, electricidad, pintura, zócalos, xxxxxxxx xx xxxxxxxx.
Dichos trabajos se ejecutarán en un todo de acuerdo a lo detallado en planos y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente formando parte del mismo. Se consideran incluidas todas aquellas prestaciones y provisiones que aunque no sean enumeradas en forma expresa resulten necesarias para la correcta realización de los trabajos de acuerdo a su fin.
Tercera: El Contratista, en su carácter de monotributista, se compromete a entregar las facturas tipo “C” al Comitente por los montos correspondientes a la suma total percibida mensualmente por los trabajos certificados, quedando perfectamente aclarado que dicho Contratista y el personal a su cargo no tendrán relación de dependencia con La Comitente. El Contratista es el único responsable del cumplimiento de las reglamentaciones del trabajo, previsionales y tributarias en vigencia y que pudieran crearse a las funciones que cumple, por el personal a su cargo y por el mismo.
Quinta: El pago y la vigencia del seguro por accidentes personales, con cobertura por muerte, invalidez y asistencia médica del Contratista y su personal estarán por cargo y cuenta de La Comitente y serán gestionados por el Contratista.
Sexta: La fecha de inicio de los trabajos se fija de común acuerdo para el día 25 Mayo de 2018, teniendo como plazo de terminación el día 00 xx
xxxxx xx 0000. Xx xxxxxxxxx definitiva se acreditará con el acta respectiva y además con el recibo de pago y cumplimiento de todas las obligaciones por las partes. Se reconocerán como ampliaciones de plazo de ejecución de los trabajos las inclemencias climáticas (lluvias, anegamientos, etc.) huelgas y/o tumultos, feriados nacionales, provinciales y locales u otras razones que exceden lo previsible e interfieran en la concreción de la obra.
Séptima: El precio único y total por los trabajos encomendados se conviene de mutuo acuerdo en la suma de pesos $420.200, y de honorarios $43.400 , de acuerdo al presupuesto adjunto y parte componente del presente contrato, en caso de agregar tareas o aumentar el monto de obra se calculan los honorarios aparte como adicionales, al igual que las tareas.
Octava: El precio acordado se abonará en conformidad con el avance de la obra, que surgirá de las certificaciones que deberán realizarse periódicamente. Las certificaciones serán abonadas dentro de los tres días de aceptada por La Comitente.
Novena: El Contratista se compromete a dejar totalmente terminados los trabajos dentro del término establecido en la cláusula sexta con las herramientas y demás elementos necesarios a tal efecto
Décima: El Comitente está facultado para dar por resuelto el contrato de pleno derecho ante el incumplimiento del Contratista de cualquiera de las obligaciones por el contraída
Décima Primera: Los pagos fuera de término o atrasos por parte del Comitente dará derecho al Contratista a percibir un interés que será fijado por el Banco de la Nación Argentina para clientes de cartera general y la falta de pago de dos certificados le dará derecho a paralizar los trabajos y rescindir este contrato, previa cancelación de los saldos pendientes. En tanto no se produzca regirá un interés sobre los saldos según lo establecido en el párrafo precedente.
Décima Segunda: Todas las indicaciones u observaciones que tenga que efectuar La Comitente deberán ser realizadas directamente al Contratista Décima Tercera: Se adjuntan planos y especificaciones técnicas, que suscriptas al presente forman parte del mismo.
Décima Cuarta: Ante cualquier incumplimiento la parte cumplidora intimará a la incumplidora a fin de que regularice su situación en el término de cinco días, con clara expresión del incumplimiento que la imputa bajo apercibimiento de aplicar las cláusulas de este contrato y los derechos de las leyes que regulan la relación
Décima Quinta: Las partes se someten ante cualquier controversia a los
tribunales ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires, con expresa renuncia del fuero federal o a cualquier otro que pudiera corresponderles y suscriben dos ejemplares y los anexos detallados de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Buenos Aires, a los 3 días del mes xx Xxxx del 2018.