Índice
Índice
1.Responsabilidad de los Contratistas. 2
2. Atribuciones y Facultades de ACINDAR S.A. 2
3. Representantes. 3
4. Plazos y Subcontrataciones. 3
5. Accidentes e Incidentes. 3
6. Disposiciones en Caso de Conflicto Laboral. 4
7. Ilícitos dentro de las Instalaciones de ACINDAR S.A. 5
8. Retiros de Pertenencias de Planta. 5
9. Sanciones ante Incumplimientos. 5
10. Auditorias. 5
11. Rescisión de la Nota de Pedido / Contrato. 6
12. Competencia Judicial. 7
13. Acciones Judiciales contra ACINDAR S.A. 7
14. Requisitos Comerciales e Impositivos. 7
15. Requisitos de Seguridad y Salud Ocupacional. 8
16. Requisito de Medio Ambiente. 9
17. Requisitos Seguridad Patrimonial 9
18. Capacitación. 9
19. Incumplimiento de Normas de Medio Ambiente, Seguridad Industrial y Salud Ocupacional. 10
20. Vestimenta. 11
21. Requisitos Médico-Laborales. 11
22. Seguros. 12
23. Documentación Laboral y Previsional. 15
24. Acceso a Planta. 16
25. Antecedentes Comerciales. 17
26. Disposición Común a todos los Anexos 17
Anexos
Anexo I - Documentación a Presentar por los contratistas a la Gerencia de Xxxxxxx junto con 17 las propuestas y/o previo a la Adjudicación
Anexo II - Documentación a Presentar por los Contratistas a la Gerencia de Contratistas, 18 previamente a la Prestación del Servicio
Anexo III - Documentación a presentar por los contratistas a la Gerencia de Contratistas para el 18 alta de personas en relación de dependencia y para el alta de personas autónomas/monotributistas
Anexo IV - Documentación a Presentar mensualmente por los Contratistas a la Gerencia de 19 Contratistas
Anexo V - Documentación a presentar a la Gerencia de Contratistas para el ingreso de 20 vehículos/maquinarias
Anexo VI - Documentación a presentar a la gerencia de contratistas para revalidar el ingreso del 20 Personal
Anexo VII - Documentación a presentar a la Gerencia de Contratistas para dar de baja al 20 personal de la empresa contratista
Anexo VIII - Formulario de Habilitación de Personal Contratista 21
Anexo IX – Formulario ingreso de vehículo contratista 22
Anexo X – Declaración Jurada Contratistas 23
Anexo XI – Formulario de entrega de EPP 24
Anexo XII – Manual Ingreso Contratistas 25
1. Responsabilidad de los Contratistas.
1.1. El contratista es responsable por cualquier empleado que trabaje para él y por toda otra persona que dependa de él, directa o indirectamente, o ejecute trabajos con o para él, dentro o fuera de las localizaciones de Xxxxxxx S.A., también es responsable por el íntegro conocimiento de estas normas y disposiciones por parte de todo su personal afectado, directa o indirectamente, a la ejecución de las obras, actividades o servicios contratados.
En tal sentido, y sin perjuicio de las responsabilidades individuales que pudieren configurarse por acciones u omisiones de dicho personal, que, en forma actual o inminente pudieran causar perjuicio a Acindar S.A., sus funcionarios o empleados, y/o a terceros que desarrollan actividades dentro del ámbito de Acindar S.A. (contratistas, proveedores, clientes, etc.), la contratista asume, en forma íntegra e indelegable, responsabilidad objetiva por todas las secuelas dañosas que, en forma inmediata o aun mediata, previsibles o no, resulten de aquéllas acciones u omisiones.
1.2. Asimismo, y sin perjuicio de la aplicación de la cláusula 4, en caso de subcontrataciones, el contratista principal es responsable de imponer y asegurar el cumplimiento de estas normas por parte de cualquier subcontratista que designe, resultando aplicable la disposición contenida en el segundo párrafo del apartado
1.1 que antecede.
1.3. Queda establecido, en consecuencia, que el contratista será responsable por los daños y perjuicios de cualquier naturaleza que cause –directa o indirectamente- a Acindar S.A. y/o a su personal, así como a terceros, vinculados o no a Acindar S.A., por actos u omisiones propias y/o de su personal, o de cualquier persona vinculada al mismo, así como de sus subcontratistas y/o del personal de éstos, o por cosas de su propiedad o bajo su guarda, o bajo la propiedad o guarda de sus subcontratistas.
1.4. Es responsable de conservar y mantener aquellos elementos necesarios para el ingreso que le sean entregados por Xxxxxxx (Credenciales Identificatorias), ya sea de personal propio o sub-contratistas. En caso de extravío o hurto, la reposición será provista por Xxxxxxx y el costo quedará a cargo de la empresa contratista, el cual será debitado de su factura por el servicio prestado.
2. Atribuciones y Facultades de ACINDAR S.A.
2.1. Atribuciones
• ACINDAR S.A. se reserva el derecho de admisión de todo aquel personal, cualquiera sea su función o categoría, que a su solo arbitrio sea objetable.
Bajo ningún motivo se permitirá la presencia en planta de personal del contratista si estos no tienen supervisión asignada perteneciente a la empresa contratista.
• ACINDAR S.A. podrá en cualquier momento, solicitar la exclusión del plantel del contratista de cualquier operario o empleado a su exclusivo criterio y sin expresión de causa.
• ACINDAR S.A. se reserva la facultad de realizar control de los obradores y efectuar inventarios de materiales y herramientas.
• ACINDAR S.A. se reserva la facultad de solicitar la credencial identificatoria al personal que se encuentra dentro de la planta como medio de control.
2.2. Facultades
ACINDAR S.A. informa que las leyes y/o decretos y/o procedimientos y disposiciones internas enunciadas en esta norma son las vigentes a la fecha de emisión y serán automáticamente suplantadas si en el futuro otras leyes y/o decretos y/o procedimientos y disposiciones internas las reemplazan o complementan según corresponda.
3. Representantes.
3.1. Representante del Contratista.
Permanentemente deberá haber en el establecimiento de Acindar S.A. un representante del contratista, autorizado por éste y con facultades suficientes para actuar en su nombre en casos de emergencia, por motivos de trabajo, manejo de equipos, etc.
El representante del contratista declarará su domicilio particular y número de teléfono a Xxxxxxx S.A. para su ubicación cuando resulte necesario.
3.2. REPRESENTANTE DE ACINDAR S.A.
El contratista deberá consultar ante cualquier caso de duda sobre los aspectos técnicos u operativos derivado de la ejecución del servicio u obra contratados al responsable de Xxxxxxx S.A. en cada sector.
4. Plazos y Subcontrataciones.
4.1. Las prestaciones objeto de los contratos / pedido de compras, no pueden ser transferidas ni subcontratadas a terceros sin autorización expresa y por escrito de Xxxxxxx S.A. En ningún caso podrá interpretarse que la autorización genera algún tipo de vinculación entre Acindar S.A. y el subcontratista, asumiendo el contratista, en forma íntegra e indelegable, todas las responsabilidades emergentes por el adecuado cumplimiento que el subcontratista deberá observar respecto de la totalidad de las obligaciones establecidas en la presente normativa y disposiciones legales aplicables.
4.2. Todos los plazos establecidos en el pedido de compras ó contrato se consideran improrrogables, contándose por días corridos, y pactándose la xxxx automática.
5. Accidentes e Incidentes.
5.1. Accidentes.
5.1.1. Cuando un dependiente del contratista, o de sus subcontratistas, afectado a la ejecución de la obra o de la actividad adjudicada por Xxxxxxx S.A. sufra un daño a su integridad psico-física, proveniente de un accidente o enfermedad profesional, es exclusiva responsabilidad y obligatoriedad del contratista notificar de inmediato al Servicio Médico, Gerencia de Seguridad e Higiene Industrial y Gerencia del Sector de Acindar S.A., denunciar e informar las circunstancias del hecho a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART.), a las autoridades policiales, si correspondiere, y realizar todo trámite que fuera necesario ante las autoridades correspondientes, de acuerdo con lo establecido por las normas legales vigentes.
La omisión del informe inmediato, o de la acreditación ante Xxxxxxx S.A., dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de ocurrido el siniestro, de la presentación de la denuncia ante la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART.), habilitará a Acindar S.A. a imponerle, en concepto de cláusula penal, una multa equivalente al importe xx xxxx (10) salarios mínimos vitales vigentes a la fecha del accidente, el que será debitado de la facturación pendiente de pago. Ello sin perjuicio de la facultad de rescindir –por esa sola omisión- la respectiva nota de pedido / contrato, sin derecho a indemnización ni reclamo alguno por parte del contratista.
5.1.2. Sin perjuicio de las obligaciones propias de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART.) con las que el contratista y sus subcontratistas hubieren celebrado el respectivo contrato de afiliación, será responsabilidad de la contratista implementar las acciones y prácticas necesarias para la inmediata atención y tratamiento médico de las lesiones de su personal por accidentes sufridos por el hecho o en ocasión del trabajo desarrollado en el marco de la obra, actividad o servicio contratado por Xxxxxxx S.A.
5.1.3. El tratamiento de emergencia, a nivel de primeros auxilios, y el servicio de ambulancia en caso de lesiones provocadas por accidentes ocurridos dentro del establecimiento de Acindar S.A., podrá obtenerse del servicio médico de la misma, el que actuará por cuenta, orden y responsabilidad de la contratista y la respectiva Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART.). A tal fin, se informará la ubicación y naturaleza de la emergencia, nombre del accidentado, legajo personal y empresa contratista.
A los efectos de la aplicación de la norma contenida en el párrafo que antecede, en la oportunidad prevista en el Anexo I el contratista deberá presentar nota –con firma certificada- dirigida a Xxxxxxx S.A. en la cual, y a los fines de mantenerla indemne respecto de cualquier reclamo fundado en la deficiente o tardía atención de un siniestro, asuma íntegramente toda responsabilidad emergente de dicha atención y tratamiento médico.
En caso de subcontratación, y sin perjuicio de la xxxxxxxx directa de toda responsabilidad, en los términos expuestos, por parte del contratista, éste deberá presentar asimismo una declaración con contenido idéntico a la emitida por el representante legal del subcontratista.
5.1.4. Acindar S.A. facturará los servicios que hubiere llevado a cabo por cuenta y orden de la contratista y/o su subcontratista, y sus respectivas Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART.), debitando los importes respectivos de las facturaciones pendientes de pago.
5.2. Incidentes.
5.2.1. Cuando dentro del establecimiento de Acindar S.A. ocurran incidentes de cualquier índole, protagonizados, total o parcialmente, por personal vinculado a la empresa contratista (o a sus subcontratistas), esta última deberá emitir un informe de "incidente", dentro de las 48 horas de ocurrido. Dicho informe deberá presentarse a la Gerencia de Seguridad de Acindar S.A. y contener, asimismo, la indicación de las medidas adoptadas para prevenir toda secuela de alteración del normal desarrollo de las actividades del establecimiento, departamento o sección, así como para evitar su reiteración ulterior.
En caso de omisión en la presentación del informe dentro del plazo indicado, Acindar S.A. podrá aplicar, en concepto de cláusula penal, una multa equivalente al importe xx xxxx (10) salarios mínimos vitales vigentes en la fecha de ocurrencia del incidente.
5.2.2. En caso de incidente de cualquier índole protagonizado, total o parcialmente, por personal vinculado a la empresa contratista (o a sus subcontratistas), que provocase una alteración del normal desarrollo de las actividades del establecimiento, o de cualquier departamento o sector del mismo, el contratista deberá considerarse automáticamente emplazado para que, dentro del plazo de veinticuatro (24) horas, y bajo apercibimiento de la suspensión en el pago de las facturaciones pendientes y/o de la extinción de la nota de pedido/ contrato, provea lo necesario para el restablecimiento de la actividad normal, en las mismas condiciones en que se llevaban a cabo con anterioridad, hasta la ocurrencia del incidente.
6. Disposiciones en caso de Conflicto Laboral.
Toda vez que se originen conflictos de índole laboral, o medidas de acción directa de alcance sectorial, local o nacional, que a juicio de Xxxxxxx S.A. configuren una situación que dificulte técnicamente el normal funcionamiento de una parte o de toda la planta industrial en la cual el contratista desarrolla sus actividades, y/o acarreen inconvenientes relacionados con la seguridad en la operación de la/s misma/s, y/o puedan afectar la productividad y/o la calidad del producto y los servicios, Acindar S.A. podrá proceder a suspender, en forma total o parcial, las obligaciones de ambas partes emergentes de la nota de pedido / contrato celebrados con el contratista, sin derecho de éste a indemnización o compensación alguna por el lapso de la suspensión.
La suspensión operará de pleno derecho, sin necesidad de declaración ni comunicación alguna, por un lapso de hasta quince (15) días, durante cuyo transcurso Acindar S.A. podrá optar, según la evaluación que privativamente lleve a cabo, por la extinción de la nota de pedido/ contrato, sin derecho de la contratista a obtener indemnización ni compensación alguna.
El plazo previsto en el párrafo que antecede respecto de la suspensión podrá reducirse, hasta eliminarse, cuando el conflicto y/o las medidas de acción directa involucren sólo al personal de la contratista y/o de sus subcontratistas, caso en el cual Xxxxxxx S.A. podrá declarar extinguida la nota de pedido / contrato sin
derecho a indemnización o compensación alguna a favor del contratista, quien, en tal caso, será responsable por los daños y perjuicios sufridos por Xxxxxxx S.A.
7. Ilícitos dentro de las Instalaciones de ACINDAR S.A.
Ante cualquier hecho o situación generada por el contratista y/o sus subcontratistas y/o el personal de cualquiera de ellas y/o de personas vinculadas directa o indirectamente a las mismas, por acciones u omisiones que causen perjuicio a Xxxxxxx S.A. vulnerando la confianza depositada en el contratista, sea que las mismas constituyan o no delito penal, Xxxxxxx S.A. podrá optar entre debitar el perjuicio material emergente o rescindir la nota de pedido / contrato, o ambas cosas, sin que medie obligación de previo aviso o de indemnización de naturaleza alguna (ver NP.RHU.005 Procedimiento de informe y tratamientos de Ilícitos).
8. Retiro de Pertenencias de Planta.
El contratista y sus subcontratistas deberán retirar de la planta industrial de Acindar S.A. todas sus pertenencias y equipos, y desalojar en su caso el predio que se le hubiere asignado, dentro o fuera de la misma, en un plazo máximo de 96 horas a partir de haberse cumplido la fecha de finalización de las prestaciones adjudicadas en la nota de pedido / contrato, o de configurada su extinción por cualquier causa.
Deberá dejar el área asignada en perfectas condiciones de orden y limpieza, teniendo Acindar SA el derecho de debitar los costos de limpieza en que incurriese en el caso que la Empresa Contratista no haya cumplido con este punto.
En todos los casos, se entenderá que la contratista y sus subcontratistas autorizan en forma expresa e irrevocable a Acindar S.A. para que, cumplido dicho plazo, proceda a efectivizar aquel retiro para su depósito en el lugar que, en defecto de una indicación expresa y por escrito emitida por la contratista, Xxxxxxx S.A. estime apropiado, actuando al efecto por cuenta y orden del contratista y/o de sus subcontratistas. Estos últimos serán los únicos responsables por la conservación y cuidado de todos los elementos y bienes transportados, asumiendo, consecuentemente, el pago del acarreo y depósito. La contratista autoriza asimismo
–en forma expresa e irrevocable- a Acindar S.A. a debitar de las facturas pendientes de pago los importes que correspondan por cargo del desmontaje de las instalaciones del contratista, y/o las de sus subcontratistas, y su acarreo.
9. Sanciones ante Incumplimientos.
En caso de incumplimiento o irregularidades respecto de la documentación laboral, previsional, seguros, elementos de seguridad, ropa de trabajo, normas de seguridad industrial por parte del contratista o de sus subcontratistas, devolución de credenciales identificatorias, condiciones de orden y limpieza u otras que pudieran observarse, Acindar S.A. podrá retener / suspender el pago correspondiente hasta tanto se subsane. Xxxx, sin perjuicio de la aplicación de las normas contenidas en las cláusulas 10 y 11.
Ante el incorrecto uso de la credencial se podrá sancionar al contratista, demorando el pago o con la rescisión del contrato.
Se considerará uso incorrecto de la credencial si:
1) Una persona utiliza una credencial que no sea la propia;
2) Dos ó más personas acceden o egresan con una misma credencial. Se considera no cumplimiento de Orden y Limpieza:
1) Si no alcanza la meta de 3.5 luego de las primeras 3 verificaciones realizadas por la Gerencia de Medio Ambiente.
2) Una vez alcanzada la meta no logra mantenerla durante su estadía en planta.
10. Auditorias. Procedimiento en caso de verificarse inejecución de Obligaciones Legales y/o Contractuales.
10.1. Acindar S.A. estará facultada para llevar a cabo las auditorias que estime necesarias a los fines de verificar el adecuado cumplimiento, por parte de la contratista y/o sus subcontratistas, de todas las obligaciones laborales, de la seguridad social e impositiva. En el supuesto de verificarse, a través de la auditoria designada por Acindar S.A., anormalidades o inobservancias de normas legales o reglamentarias en la facturación, y/o incumplimientos en la prestación del servicio contratado y/o en las obligaciones laborales, previsionales, de la seguridad social en general, sindicales, en materia de seguros o en relación a cualquier otra obligación asumida en el marco de la nota de pedido / contrato, se debitará al contratista un valor equivalente al del costo que irrogue la labor de auditoria y/o control, sin perjuicio de retener y compensar de la facturación el valor económico asignado a las anomalías constatadas.
10.2. En todos los casos, cualquiera sea el medio por el que se hubiese detectado el incumplimiento de alguna de dichas obligaciones, si dentro del plazo de 10 días la contratista y/o sus subcontratistas no acreditasen la regularización de los incumplimientos verificados, Acindar S.A. estará facultada para proceder a efectivizar, por cuenta y orden de la contratista, los pagos que en forma directa le sean concretamente requeridos por los acreedores de dicha contratista y/o sus subcontratistas, hasta el límite de las sumas retenidas sobre la/s facturación/es, sin derecho a reclamo alguno por parte de la contratista, ni de sus subcontratistas, en cuanto a la afectación de dichos valores, ni por la elección que Xxxxxxx S.A. hubiere efectuado –ejercitando dicha facultad- entre los respectivos acreedores en caso de insuficiencia de importes retenidos para provocar un efecto extintivo global de todas las obligaciones pendientes de cumplimiento.
10.3. Las disposiciones contenidas en los apartados que anteceden serán aplicables sin perjuicio de la ejercitación, por parte de Acindar S.A., de la facultad extintiva reconocida en la cláusula 11, en las condiciones y con los efectos allí previstos.
10.4. La contratista deberá proveer lo necesario, como obligación contractual de resultado, a los fines de la exhibición, por parte de sus subcontratistas, de toda la documentación laboral, contable, impositiva y referida a las obligaciones propias de la seguridad social y de toda otra que se requiera para la realización de las auditorias, en el lugar y ocasión que Xxxxxxx S.A. indique. En caso de verificarse algún incumplimiento, serán aplicables las normas contenidas en los apartados 10.1., 10.2. y 10.3 que anteceden.
11. Rescisión del Pedido de Xxxxxxx / Contrato.
Sin perjuicio de las causales extintivas previstas en las restantes cláusulas, y aquéllas específicamente vinculadas a los incumplimientos, en todo o en parte, de las obligaciones en cada caso establecidas a cargo de la contratista –y, por ende, en su caso, de sus subcontratistas- Acindar S.A. se reserva el derecho de rescindir total o parcialmente la nota de pedido / contrato concertado con el contratista cuando a su exclusivo juicio:
A. El contratista, o alguno de sus subcontratistas, no cumpliera regularmente con las obligaciones a su cargo en materia laboral, seguridad social, seguridad industrial, impositivas o de seguros.
B. Cuando el contratista, o alguno de sus subcontratistas, no cumpliese adecuadamente con cualesquiera de las condiciones generales o especiales de la contratación o de las cláusulas previstas en la presente norma, necesariamente integrada a la respectiva nota de pedido/ contrato o documentación equivalente.
C. Cuando el estado patrimonial del contratista o de sus subcontratistas importa un riesgo para la continuidad regular de la obra, la actividad o el servicio contratado, o respecto del cumplimiento de las obligaciones a su cargo, o pudiere generarle algún perjuicio a Acindar SA.
D. Todo contratista que se presentare en concurso y/o incurriere en cesación de pagos o registrare un pedido de quiebra, perderá por ese solo hecho la calidad de tal, y Xxxxxxx S.A. podrá rescindir todos los contratos que tuviera abiertos con el contratista.
En todos los casos, la rescisión decidida por Xxxxxxx S.A. se operará de pleno derecho con la simple notificación dirigida al contratista sin obligación alguna de indemnizar al contratista. En todos los casos, y en razón de lo establecido en la cláusula 4, la contratista deberá asumir íntegramente la responsabilidad por la extinción, si decidiera a su vez llevarla a cabo, de los vínculos que hubiere anudado con sus subcontratistas. Al momento de rescindirse el contrato o pedido de compras, el contratista deberá entregar a Xxxxxxx S.A. aquellas credenciales que tenga en su poder y sobre las cuales era responsable, ya sea de personal propio o sub-contratistas, caso contrario se le debitará de su facturación final.
Asimismo, al momento de rescindirse el contrato o nota de pedido, Xxxxxxx S.A. quedará facultada a retener la totalidad de los pagos de las facturas emitidas o a emitirse por el contratista hasta que el contratista acredite garantía suficiente para el pago de todos los créditos laborales tales como salarios, liquidaciones finales e indemnizaciones.
12. Competencia Judicial.
Ante cualquier controversia que pudiera suscitarse con el contratista o sus subcontratistas, queda acordada la competencia de la justicia ordinaria de la Ciudad de Buenos Aires, renunciando el contratista a cualquier otro fuero o jurisdicción.
13. Acciones Judiciales contra ACINDAR S.A.
Ante cualquier reclamo judicial o extrajudicial que involucrare a Xxxxxxx S.A. por parte de alguno de los dependientes o ex dependientes del contratista o de sus subcontratistas, o de terceros con motivo o en ocasión de la actividad, obra o servicio a cargo del contratista o sus subcontratistas, o de la A.F.I.P. (o el organismo que pudiere sustituirlo), entidades sindicales, aseguradoras, obras sociales, organismos administrativos de fiscalización y control laboral, y cualquiera sea el objeto de la reclamación –remuneraciones, indemnizaciones y cualquier otro derecho o beneficio proveniente de las relaciones laborales que se invocaren, deudas con los organismos recaudadores de la seguridad social, impositivos, o con entidades aseguradoras, sindicales, obras sociales, multas por infracciones, o cualquier otra derivada de la ejecución de la obra, la actividad o el servicio contratado- Acindar S.A. procederá a retener de las facturas pendientes de pago a la fecha del reclamo el monto total requerido judicial o extrajudicialmente, debidamente actualizado y con los intereses que disponga habitualmente el tribunal donde se encuentre o habría de radicarse el reclamo, con más el 40% en concepto xx xxxxxx estimadas. La mencionada retención podrá ser sustituida en caso xx xxxxxxxx total del representante legal de la contratista, efectuada ante escribano público, de la responsabilidad íntegra por el reclamo, ofreciendo, en garantía de la completa indemnidad de Xxxxxxx S.A., caución bancaria o de aseguradora de primer nivel, o bienes de titularidad perfecta, siempre a satisfacción plena de Acindar S.A.
Para el supuesto de la demanda judicial originada en un reclamo del tipo de los descriptos anteriormente, Acindar S.A. queda autorizada a retener de las facturas pendientes de pago presentadas por el contratista, la totalidad de la previsión por contingencia que informe el Estudio Jurídico que represente a Xxxxxxx S.A., sin perjuicio del derecho a obtener del contratista el resarcimiento por toda diferencia o daño no cubierto por dichas facturas.
Las disposiciones contenidas en el párrafo anterior se aplicarán sin perjuicio de la ejercitación, por parte de Xxxxxxx S.A., de la facultad establecida en la cláusula 11, según los supuestos comprendidos en sus apartados “A”, “B”, “C y/o “D”.
En caso de corresponder, Acindar S.A. comunicará al proveedor -primero en forma personal por intermedio de la Gerencia operativa usuaria del servicio, y luego por carta documento- el porcentaje que se retendrá de cada factura y el monto total hasta el cual se practicará la retención.
La xxxxxxxx total de la deuda que menciona este párrafo y otorgamiento de la correspondiente, se efectuarán mediante la firma de la carta de indemnidad.
14. Requisitos Comerciales e Impositivos.
El contratista deberá presentar al Área de Compras, o a quien efectúe la contratación, la documentación detallada en el Anexo I.
Asimismo, Xxxxxxx S.A. podrá exigir garantías, avales y/o seguros de caución a su entera satisfacción y por el plazo y monto que determine, a efecto de garantizar las obligaciones contractuales emergentes.
15. Requisitos de Seguridad y Salud Ocupacional.
La Contratista debe demostrar el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes sobre seguridad e higiene industrial y salud ocupacional o las modificaciones o nuevas legislaciones sobre el tema. Para lo cual todos los nuevos ingresos de asesor consultor Matriculado de seguridad e higiene industrial de la empresa contratista deben contar con la autorización de la gerencia de seguridad e higiene industrial de Acindar S.A, manteniendo una entrevista personalizada con dicha Gerencia previo a su ingreso.
Todos los asesores de seguridad en el ingreso o en su revalida anual deberán rendir el perfil de puesto como requisito obligatorio.
La Contratista debe presentar a la Gerencia de Seguridad de Xxxxxxx S.A. el Formulario de entrega de Elementos de Protección Personal (EPP) de cada persona de acuerdo a lo establecido por la legislación 19587/79 y convenios colectivos, el Programa de Seguridad y el Aviso de Inicio de Obra autorizado por la ART con dos días de anticipación al inicio de las actividades. Además deberá presentar un Programa de Capacitación anual, de acuerdo a los riesgos generales y específicos de la actividad. El Programa de Capacitación debe ser preparado por el Asesor Consultor Matriculado en Seguridad e Higiene de la Contratista y aprobado por el Dueño/Gerente de la misma. Mensualmente deberá presentar a la Gerencia de Seguridad e Higiene Industrial de Acindar S.A. los registros de asistencia a dichas capacitaciones.
Cuando el Asesor Consultor Matriculado en Seguridad e Higiene preste sus servicios a más de una empresa contratista, deberá informarlo a la Gerencia de Seguridad e Higiene Industrial de Acindar S.A. y coordinar con ella la metodología con la que se desarrollarán los servicios.
Los asesores Matriculados en Seguridad e Higiene Industrial (Universitarios, Licenciados o Técnicos) deben acreditar ante la Gerencia de Seguridad de Acindar S.A. como mínimo 12 hs de actividades de capacitación externa por año en materia de Seguridad (cursos, congresos, seminarios, etc.).
El Asesor Matriculado en Seguridad e Higiene Industrial de la Contratista debe confeccionar los procedimientos de trabajo para tareas de riesgo, como ser: trabajos con equipos de oxicorte, trabajos en altura, trabajos eléctricos, consignación de equipos, bloqueos de equipos, permisos de trabajo y trabajos en áreas confinadas, conducción de vehículos industriales, tareas con equipos sometidos a presión, etc. Se debe presentar, previo al inicio de las actividades, copia de los procedimientos para su aprobación por el área de Seguridad e Higiene Industrial de Acindar S.A. Una vez aprobado dichos procedimientos deberá entregar los registros de asistencia de la capacitación de los mismos al área de Seguridad e Higiene Industrial de Acindar S.A.
El Asesor Matriculado en Seguridad e Higiene Industrial de la Contratista debe acreditar además ante la Gerencia de Seguridad de Acindar S.A. como mínimo una experiencia de 6 meses de trabajo en empresas del mismo rubro, para poder ejercer dentro del predio de Acindar S.A.
El Asesor Consultor Matriculado en Seguridad e Higiene Industrial de la contratista deberá registrar en la base de datos de Acindar S.A. su domicilio legal y/o particular y número telefónico a los efectos de ser ubicado ante una emergencia.
El Asesor Consultor Matriculado de Seguridad e Higiene de la contratista a su vez cumplirá con una presencia mínima total de horas según se detalla en el decreto 1338/96:
Cantidad de Trabajadores | A (Capítulos 0, 0, 00, 00, 00, 00 al 21) | B (Capítulos 5, 6 y 11 al 21) | C (Capítulos 5 al 21) |
1-15 | - | 2 | 4 |
15-30 | - | 4 | 8 |
31-60 | - | 8 | 16 |
61-100 | 1 | 16 | 28 |
101-150 | 2 | 22 | 44 |
151-250 | 4 | 30 | 60 |
251-350 | 8 | 45 | 78 |
351-500 | 12 | 60 | 96 |
501-650 | 16 | 75 | 114 |
651-850 | 20 | 90 | 132 |
851-1110 | 24 | 105 | 150 |
1101-1400 | 28 | 120 | 168 |
1401-1900 | 32 | 135 | 186 |
1901-3000 | 36 | 150 | 204 |
Más de 3000 | 40 | 170 | 220 |
Estos valores mínimos podrán ser modificados por la Gerencia de Seguridad de Acindar S.A. de acuerdo a los riesgos presentes en las áreas involucradas y/o cuando se efectúa el pedido expreso de ampliación en la Especificación Técnica / Pedido de Compras.
El ingreso y egreso a planta del Asesor Consultor Matriculado de Seguridad e Higiene de la contratista, quedará registrado mediante habilitación por tarjeta magnética y controlada por sistema informático su permanencia en planta.
La Gerencia de Seguridad e Higiene Industrial de Acindar S.A. realizará auditorias comportamentales y de condiciones operativas; los resultados de estas evaluaciones serán informados por la misma al responsable/dueño de la contratista, según se indica en el punto 18 “Incumplimiento de Normas de Seguridad” de este procedimiento.
16. Requisitos de Medio Ambiente.
La empresa contratista debe demostrar el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes sobre Medio Ambiente o las modificaciones o nuevas legislaciones sobre el tema. Para lo cual el Representante de la empresa o Asesor debe mantener una entrevista con la Gerencia Corporativa de Medio Ambiente de Acindar S.A., o el sector que esta designe.
El responsable de Medio Ambiente asignado en la obra, debe hacer conocer su domicilio legal y/o particular y número telefónico al Representante de Acindar S.A. en la obra y al responsable de la Gerencia de Medio Ambiente, o al sector que Acindar S.A. determine, a los efectos de ser ubicado ante una emergencia. El área de medio ambiente se reserva el derecho de solicitar la presencia permanente de un asesor de medio ambiente matriculado si las tareas pudieran resultar en un impacto ambiental significativo.
Dentro de las tareas a realizar por el contratista deberán adecuarse a los requerimientos del Sistema de Gestión Integrada de Acindar S.A. debiendo el Contratista prever actividades tales como:
• Clasificación correcta de los residuos generados
• Disposición adecuada de los residuos generados
• Tratamiento de efluentes generados a través de los recipientes adecuados con los que cuenta Acindar SA
• Mantener el orden y limpieza en el sector de obradores y zona de obra, con el total cumplimiento de las consideraciones brindadas por la Gerencia de Medio Ambiente.
• Asistencia a las capacitaciones de Medio Ambiente dictadas por el área.
• Informar al Responsable de Medio Ambiente de Acindar cualquier ocurrencia de incidente/accidente ambiental de acuerdo al PG-SEG- 042. Proveer contención y material absorbente cuando se almacene o trabaje con hidrocarburos u otros líquidos.
17. Seguridad Patrimonial
El personal de Seguridad Patrimonial será responsable de hacer cumplir lo establecido en el Anexo XII – Manual de Ingreso de Contratistas
18. Capacitación
18.1. Evaluaciones
Las mismas consisten en rendir una prueba de suficiencia teórica del tipo con respuesta múltiple opción, con 20 preguntas relativas al tema evaluado.
El evaluado para aprobar la mencionada evaluación, debe contestar correctamente la pregunta clave y el ochenta por ciento (80%) del resto de las preguntas. Se le otorgará 3 oportunidades; reprobado en todas ellas no podrá volver a rendir hasta haber transcurrido 1 año de su último examen.
Como requisito previo a esta evaluación, todo el personal de la empresa contratista deberá asistir a un curso de Seguridad, dictado por personal de Xxxxxxx S.A. si es ingresante por primera vez, o dado por el matriculado responsable de la misma, quien deberá dejar constancia en el Formulario de Habilitación de Personal Contratista del resultado del examen si el ingresante ya hubiere aprobado con anterioridad el mismo, siendo el responsable de su archivo la Gerencia de Contratistas.
18.2. Evaluación por Oficios / Especialidad
Todo el personal de la empresa contratista será evaluado sobre los conocimientos de su oficio / especialidad, acorde al perfil requerido por Xxxxxxx S.A., para el desarrollo de su tarea específica. Están exceptuados los profesionales y técnicos y todas aquellas personas que demuestren de manera fidedigna y por escrito su conocimiento y capacidad referida a la tarea que va a desarrollar.
El personal de la empresa contratista debe asistir a esta evaluación escrita antes de comenzar las tareas. Toda aquella persona que no haya aprobado la evaluación no podrá asistir al curso de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Todos los ingresos de supervisores deberán contar con la autorización del sector solicitante. Dicha autorización se emitirá luego de una reunión previa entre el usuario de Acindar, asesor de seguridad de Xxxxxxx y el supervisor contratista.
Todos los supervisores en su ingreso o en la reválida anual deberán rendir el perfil de puesto en contratistas como requisito obligatorio.
18.3. Evaluación sobre Seguridad e Higiene en el Trabajo
Para que el personal de la empresa contratista pueda acceder al curso de seguridad, el asesor consultor matriculado debe presentar a la Gerencia de Contratistas el Registro de Asistencia a cursos de capacitación, utilizando el Formulario de Habilitación de Personal Contratista.
Esta evaluación incluye temas relacionados con normas básicas y generales de seguridad e higiene en el trabajo, normas de comportamiento, Condiciones de vestimenta, circulación interna, elementos de protección personal, Estándar de prevención de fatalidad FPS, Prevención de incendios, primeros auxilios.
Todos los integrantes de la empresa contratista sin excepción deben asistir y aprobar la evaluación escrita del curso mencionado.
Toda aquella persona que no haya asistido y aprobado el curso, no podrá ingresar a planta.
18.4. Evaluación sobre SGI (Sistema de Gestión Integrado)
Todos los integrantes de la empresa contratista sin excepción deben asistir y aprobar la evaluación escrita del curso mencionado.
Esta evaluación se realiza sobre el contenido del Sistema de Gestión Integrado de Acindar S.A., incluyendo temas relacionados con: Política de Gestión Integrada, Normas ISO 9001, ISO14001 y OHSAS 18001, Medio Ambiente y 5 “S”.
Toda aquella persona que no haya asistido y aprobado el curso, no podrá ingresar a planta.
19. Incumplimiento de Normas de Medio Ambiente, Seguridad Industrial y Salud Ocupacional
Durante la realización de tareas en Planta, cualquier responsable de Acindar S.A. podrá efectuar auditorias de control de cumplimiento de las Normas y Procedimientos vigentes y/o aplicar el procedimiento general PG- SEG-001 Incumplimiento de Normas de Seguridad.
En el caso de encontrarse no conformidades o incumplimientos, Xxxxxxx S.A. se reserva el derecho a detener las tareas, comentando la novedad al responsable de la empresa contratista y al Asesor Consultor Matriculado de la misma, remitiendo el informe a los efectos de tomar las medidas que se consideren convenientes.
Las auditorias se efectúan durante el desarrollo de las tareas, en forma periódica según las características y duración de las mismas.
En caso de incumplimiento, el responsable de la tarea acompañado por el técnico responsable de Medio Ambiente, Seguridad y Salud Ocupacional de Acindar S.A. realizará una entrevista a efectos de averiguar los motivos, y como primera medida se le hará un apercibimiento verbal al infractor y al supervisor dejando constancia escrita en el legajo de la empresa.
Ante la gravedad de la falta o la persistencia del incumplimiento y luego de haberse dado paso al punto antes enunciado, el jefe de obra y el responsable de Medio Ambiente, Seguridad y Salud Ocupacional de Xxxxxxx S.A., mantendrán una entrevista con el titular de la empresa contratista y su Asesor de Seguridad Matriculado responsable para informarles de la situación, implementando como segunda medida, la suspensión de la jornada de trabajo, retiro de la planta (del personal involucrado y el supervisor) por un período a estipular con registro en el legajo de la empresa, la cual arbitrará los medios para cubrir las ausencias.
En el caso que la medida adoptada resienta el servicio que brindaba el contratista, este deberá arbitrar los medios para que no ocurra, haciéndose cargo de los costos que ocasione el mismo. Además, esta situación no podrá ser invocada como motivo de incumplimiento de las fechas y/o obligaciones contratadas.
20. Vestimenta
La empresa contratista deberá utilizar una indumentaria de color diferente al azul y al gris que utiliza el personal de Xxxxxxx S.A.
Deberá contener la identificación de la empresa en el bolsillo izquierdo, espalda y contar con bandas reflectivas.
El casco deberá ser de un color diferente a los utilizados por Xxxxxxx S.A. (blanco y naranja) con identificación de la empresa.
Las personas que realicen trabajos eléctricos deben utilizar la ropa Anti-Flama confeccionada en tela de algodón impregnada en polímetro antiflama en el interior de cada una de las fibras de algodón.
21. Requisitos Médico-Laborales
A. Exámenes Médicos.
Los exámenes médicos deberán cumplir con lo establecido por las normas legales vigentes y de acuerdo a la especialidad del personal.
Antes del inicio de las actividades, se establecerán con claridad los procedimientos para actuar en situaciones de urgencia.
Es responsabilidad de la empresa Contratista controlar que su personal efectúe labores de acuerdo con la aptitud médica individual y que no desempeñe actividades o tareas contraindicadas por dictamen médico.
No se habilitará el ingreso a la planta de Acindar S.A., y/o la permanencia en la misma, del personal dependiente de la contratista o de sus subcontratistas, para el desempeño de actividades o tareas contraindicadas por dictamen médico notificado a Acindar S.A.
B. Presentación de Informes Médicos exigidos por la Normativa Legal Vigente
El contratista deberá presentar al Servicio Medico de Acindar S.A. original y copia de los informes médicos de validación, exigidos por la normativa legal vigente para su aprobación. Para tareas especiales o de riesgo deberá presentar el examen médico especial o de riesgo según corresponda. Si los mismos no resultaren contemporáneos a la fecha de la prestación, Xxxxxxx S.A. solicitará a los Contratistas y/o Subcontratistas la presentación de informes médicos actualizados.
El servicio médico designado por Xxxxxxx S.A. podrá constatar que estos exámenes se realizan efectivamente, como así también la calidad de los mismos, efectuando chequeos al personal de la empresa contratista con la metodología y frecuencia que crea conveniente y determine el vencimiento de los mismos. Estos exámenes serán archivados por el término de un año en el Servicio Médico de Acindar S.A.
• Examen de Validación: este examen es de frecuencia anual y consta de: examen clínico con agudeza Visual (para el personal con visión monocular se deberá presentar campimetría informada por oftalmólogo), laboratorio completo con colesterol y triglicéridos, electrocardiograma, radiografía de tórax (frente), audiometría tonal y declaración jurada.
Exámenes Especiales: es para el personal que opera grúas, auto elevadores, maquinaria pesada, tareas en altura, tareas de montaje, electricistas, mecánicos, tareas en espacios confinados, tareas en excavación y personal que conduce transporte de pasajeros en todas la modalidades utilizadas por Acindar S.A. La frecuencia es anual y consta de: evaluación psicológica, test xx Xxxxxx, test de Toulouse, test xx Xxxxxxx, electroencefalograma con informe del médico neurólogo y de corresponder radiografía de Cervical y Lumbar (frente y perfil). El examen PSICOMETRICO se realiza cada dos años y el costo del mismo es a exclusivo cargo de cada empresa contratista
• Examen de Riesgo: el técnico de seguridad de la empresa contratista que efectúe tareas permanentes (no eventuales) debe, junto con el responsable de seguridad que designe la ART correspondiente, realizar la evaluación de los riesgos a los cuales están expuestos los trabajadores de su empresa, en el ámbito de Acindar S.A. La frecuencia de la realización de los exámenes depende del riesgo de exposición y su cumplimiento es obligación de la ART.
En los casos que la tarea demande la exigencia de Libreta Sanitaria, la empresa contratista debe presentar las mismas al servicio médico designado.
Acindar S.A. estará facultada para realizar auditorias y desarrollar programas preventivos tendientes a verificar si el contratista da cumplimiento a lo precedentemente establecido y a las normas de medicina, y seguridad industrial. Los Contratistas y/o Subcontratistas de Xxxxxxx S.A. deberán proveer los medios necesarios para facilitar los controles, que con motivo de dichas auditorias y/o programas preventivos, se realicen a los empleados en relación de dependencia.
La empresa Contratista debe presentar una nota al Servicio Medico de Acindar S.A. declarando la ART contratada y los centros de derivación del personal en caso de accidente o enfermedad laboral.
C. Examen Médico de Egreso.
Es obligación del contratista comunicar la baja del dependiente y consecuentemente presentar al Servicio Médico el examen post-ocupacional ó la intimación fehaciente para la realización de dicho examen, de todo dependiente, suyo o de sus subcontratistas, que hubieran prestado servicios en Acindar S.A. Este examen deberá ser llevado a cabo con arreglo a las disposiciones legales respectivas. En caso de incumplimiento en tiempo y/o forma y/o contenido, Acindar S.A. procederá a la retención de los pagos de facturas pendientes, hasta tanto aquella obligación resulte debidamente acreditada.
La contratista que desvincule personal con una antigüedad mayor a 6 meses deberá presentar a Xxxxxxx S.A. un examen médico de egreso realizado a la fecha de desvinculación, a menos que el último examen presentado a la compañía se haya realizado en los 6 meses previos a la desvinculación. Estos exámenes se conservarán en el Servicio Médico de Acindar S.A. por un lapso de 36 meses a contar desde la fecha del cese.
22. Seguros
X. Xxxxxxx en General
Acindar S.A. se reserva el derecho de aceptar o rechazar las compañías de seguro contratadas por los contratistas y/o sus subcontratistas y de requerir, en cualquier momento de la relación contractual, la sustitución de la aseguradora por otra a su entera satisfacción, sin necesidad de expresar causa o motivo de dicho requerimiento.
Las pólizas o contratos de aseguramiento deberán declarar las condiciones pactadas y la forma de pago de la prima convenida.
En caso de no contar con la póliza por estar ésta en emisión, el contratista –por sí, y por cada uno de sus subcontratistas- deberá presentar a la Gerencia Contratistas el certificado de cobertura del seguro, con indicación de las condiciones pactadas, adjuntando la nómina de las personas y/o bienes cubiertos, así como la constancia de inclusión de las cláusulas requeridas por Acindar S.A. Los certificados mencionados, tendrán una vigencia de 15 días. Finalizado dicho plazo, la empresa contratista deberá presentar las pólizas correspondientes.
B. Seguros al Personal del Contratista.
El contratista –por sí, y por cada uno de sus subcontratistas- deberá presentar a la Gerencia de Contratistas, antes de iniciar su actividad, las pólizas y constancias de pago de las primas de los seguros que se detallan en los anexos correspondientes.
En cada contrato de aseguramiento en materia de Riesgos del Trabajo, deberá constar la siguiente leyenda: “La Aseguradora de riesgo del Trabajo (nombre de la Aseguradora - ART.) renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso contra Xxxxxxx S.A., sus funcionarios, empleados u obreros, bien sea con fundamento en el Art. 39 inciso 5º de la ley 24.557 o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a otorgar o abonar al personal dependiente o ex dependiente de (nombre de la empresa contratista), alcanzado por la cobertura de la presente póliza, por accidente de trabajo o enfermedades profesionales sufridos o contraídos por el hecho o en ocasión del Trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar del Trabajo.”
“Asimismo, y con relación a los casos de tratamiento de emergencia a nivel de primeros auxilios y servicios de traslados que dispusiere Acindar S.A., incluyendo la elección del prestador para la derivación del trabajador accidentado, la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (nombre de la Aseguradora ART.) se obliga a mantener indemne a Xxxxxxx S.A., respecto de cualquier reclamo fundado en la deficiente o tardía atención del siniestro, asumiendo íntegramente toda responsabilidad emergente de dicha atención y tratamiento médico, así como por la elección del prestador. La Aseguradora de Riesgos del Trabajo renuncia, por su parte, a cualquier reclamo fincado en la oportunidad y/o calidad de los servicios y/o tratamiento indicado y/o por la elección, para la derivación primera, de un prestador no incluido en la nómina emergente del respectivo contrato de afiliación que hubiere celebrado con el contratista”.
“La Aseguradora de Riesgos del Trabajo (nombre de la Aseguradora ART.) se obliga a comunicar a la Gerencia de Contratistas de Xxxxxxx S.A. en forma fehaciente, los incumplimientos a la póliza en que incurra el asegurado, y especialmente la falta de pago en término de la misma, dentro de los diez días de verificado”. En caso de que los Contratistas no cuenten en sus contratos de afiliación con las cláusulas establecidas en el párrafo anterior, podrán presentar un certificado de cobertura o carta de la Compañía Aseguradora en donde consten en forma escrita tales cláusulas.
En el caso en que la contratista, o alguno de sus subcontratistas, se presente como auto asegurado en el marco de la ley 24.557, deberá presentar copia certificada y legalizada de la correspondiente acreditación y autorización para operar en el marco del auto seguro, emitida por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, y el texto de la cláusula incluida en el segundo párrafo del presente punto, firmada por apoderados legales de la empresa, con firmas certificadas por ante escribano y legalizadas por ante el colegio de escribanos correspondiente.
También el contratista y/o subcontratista deberá presentar las constancias de contratación del Seguro de Vida Obligatorio (Decreto Ley 1567/74) para el personal, como así todo otro seguro que por Convención Colectiva u otra disposición especifica del gremio en cuestión, fuese obligatorio contratar.
El contratista –por sí, y por cada uno de sus subcontratistas- deberá presentar, los recibos de pago de las cuotas del seguro, reajustes, ampliaciones y/o actualizaciones que se practiquen durante la vigencia del seguro contratado, tal como lo estipula el anexo correspondiente.
C. Seguro de Accidentes Personales
En el caso de contrataciones efectuadas con contratistas o proveedores autónomos, la cobertura de cada póliza contratada, deberá contener como mínimo las siguientes sumas aseguradas:
- por persona (Por muerte y/ incapacidad total y permanente) USD 75.000
- por gastos médicos y farmacéuticos USD 2.300
- límite por mala praxis médica (solo para contratista que brindan servicio medico) USD 100.000
- Límite por acontecimiento: sin límite-
En cada póliza deberá constar que Acindar S.A. es designada como beneficiaria en primer término y figurar la siguiente cláusula “La presente póliza no podrá ser anulada, modificada o enmendada sin la previa comunicación por escrito a Xxxxxxx S.A. con 30 días (como mínimo) de anticipación a la fecha de anulación, modificación o enmienda”.
D. Seguros de Responsabilidad Civil para Vehículos Automotores y/o Remolcados
El contratista, por sí y por cada uno de sus subcontratistas, deberá presentar las pólizas y constancias de pago de las primas del seguro por responsabilidad civil con cobertura respecto de lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a cosas de terceros –transportados o no- ocasionados con o por la utilización de vehículos por el contratista y/o su personal y/o sus subcontratistas, como así también por la carga que transporten, ya sea en el área o fuera de la misma, en la medida, en este último supuesto, que estén relacionados con la actividad contratada por Xxxxxxx S.A.
La cobertura deberá ser contratada con los siguientes límites:
- Para camiones: $ 13.000.000.-
- Para autos y pick up: $ 4.000.000.-
En las pólizas de seguro deberán figurar las siguientes cláusulas:
“En caso que un tercero reclame directa o indirectamente a Xxxxxxx S.A. por un siniestro indemnizable por la presente cobertura, Xxxxxxx S.A. será considerado asegurado adicional. De no registrarse dicha circunstancia, Xxxxxxx S.A. será considerado tercero”
“La presente póliza no podrá ser anulada, modificada o enmendada sin la previa comunicación por escrito a Xxxxxxx S.A. con 30 días (como mínimo) de anticipación a la fecha de anulación, modificación o enmienda” Cuando se efectúen contrataciones, y los mismos no cuenten con la cláusula indicada anteriormente, se permitirá el ingreso del vehículo con la sola presentación del certificado de cobertura y la tarjeta que provee la aseguradora. Si del resultado de los controles efectuados resultara que algún Contratista ingresó con un vehículo sin la cobertura requerida o exhibió una póliza anulada o impaga, el Contratista será sancionado, conforme a lo establecido en la presente norma en el Punto 20.F.
E. Seguro de Responsabilidad Civil sobre Lesiones y/o Daños a Terceros (Excluidos los Vehículos detallados en el Punto Anterior)
El contratista, por sí y por cada uno de sus subcontratistas, deberá presentar las pólizas y constancias de pago de las primas del seguro por responsabilidad civil con cobertura respecto de lesiones y/o daños a terceros ocasionados por el contratista en el ejercicio de su actividad, incluyendo expresamente la cobertura por daños causados con las cosas o por el riesgo o vicio de cosas de su propiedad y/o bajo su guarda (material y/o jurídica y/o provecho y/o de cualquier otra índole).
La suma asegurada mínima deberá ser de USD 110.000
En las pólizas de seguro deberán figurar las siguientes cláusulas:
“En caso que un tercero reclame directa o indirectamente a Xxxxxxx S.A. por un siniestro indemnizable por la presente cobertura, Xxxxxxx S.A. será considerado asegurado adicional. De no registrarse dicha circunstancia, Xxxxxxx S.A. será considerado tercero”.
“La presente póliza no podrá ser anulada, modificada o enmendada sin la previa comunicación por escrito a
Acindar S.A. con 30 días (como mínimo) de anticipación a la fecha de anulación, modificación o enmienda”. El presente seguro deberá ser presentado por el contratista –por sí, y por cada uno de sus subcontratistas- en el momento de efectuar la habilitación de su personal en la oficina de Contratistas.
F. Falta de Presentación de Seguros.
Efectuado el control correspondiente a la verificada por la Gerencia de Contratistas, la falta de las mismas, o que éstas no reúnen las condiciones exigibles según los términos de la presente normativa, o la ausencia de los comprobantes que acrediten el pago oportuno, se procederá a la inhabilitación total del pago de las facturas pendientes del contratista. La rehabilitación a los efectos del pago de las mismas sólo procederá si el contratista acredita haber regularizado íntegramente su situación contractual con la/s aseguradora/s, y siempre que ésta/s hubiese/n emitido el certificado que acredite la subsistencia y continuidad de la/s cobertura/s incluso durante el lapso del incumplimiento verificado.
Ello, sin perjuicio de facultad de Xxxxxxx S.A. de extinguir la relación con el contratista, imputando el importe de las facturaciones retenidas a cuenta de los daños y perjuicios provocados por la rescisión contractual motivada por el incumplimiento del contratista, y, en su caso, a las contingencias que debiere eventualmente afrontar como consecuencia de la inexistencia de cobertura.
No se admitirá el ingreso de personal dependiente que no acredite cobertura de Riesgos del Trabajo (ART.). Tampoco se admitirá el ingreso de titulares autónomos que no acrediten coberturas de riesgos de accidentes personales.
Acindar S.A. se reserva el derecho de pagar en forma directa a la aseguradora las primas y actualizaciones impagas, pudiendo compensar las sumas abonadas, con su correspondiente actualización y/o intereses y/o recargos, con los pagos pendientes que deba efectuar al contratista por trabajos realizados y certificados.
Asimismo, en caso que el Contratista y/o Subcontratista no presente las constancias de las coberturas requeridas en este procedimiento y con los alcances previstos, Acindar S.A. tendrá la facultad de contratar x xxxxx del contratista y/o subcontratista, los seguros que por su naturaleza pueden ser tomados por Xxxxxxx
.S.A.
La inhabilitación del pago de las facturas constituirá antecedente que podrá incidir en el análisis de la conveniencia o no de adjudicar a la empresa en el futuro, la prestación de nuevos servicios.
Conforme lo indicado antes, el contratista exigirá a todos sus subcontratistas –para su presentación conjunta a los fines del control por parte de Xxxxxxx S.A.- que le provean las coberturas enunciadas anteriormente con los montos y cláusulas indicadas. Cualquier deficiencia en las pólizas de los mencionados subcontratistas será de exclusiva responsabilidad del contratista, quien, sin perjuicio de considerarse automáticamente emplazado, bajo apercibimiento de las medidas consignadas en el párrafo que antecede, deberá mantener indemne a Acindar S.A. por cualquier costo o gasto derivado de la insuficiencia de la cobertura.
La exigencia y/o contratación de seguros en ningún caso eximirá al contratista de la obligación asumida en orden a la garantía de indemnidad plena a favor de Xxxxxxx S.A.
23. Documentación Laboral y Previsional.
A. Presentación y Controles aplicables.
La empresa contratista deberá presentar, por sí y por cada uno de sus subcontratistas, la documentación que se indica en el anexo correspondiente, de acuerdo al momento que se trate.
En caso de subcontratación de servicio, la Empresa Contratista debe presentar a la Gerencia de Xxxxxxx y a la Gerencia de Contratistas una copia legalizada del documento que instrumenta el vínculo comercial entre ambas empresas.
Periódicamente, se podrá controlar que el personal declarado figure en el libro de sueldos y jornales –o documentación equivalente- del contratista y/o de sus subcontratistas, y que el identificado como destinado a la actividad desarrollada en planta, coincida con el autorizado a ingresar.
Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula 10, Xxxxxxx S.A. se reserva el derecho de realizar verificaciones periódicas de la información proveniente de las empresas contratistas, verificando libros y cualquier otra documentación legal que crea conveniente. Dicho control se podrá realizar en las oficinas de Acindar S.A., y/o en el domicilio del contratista. El contratista deberá proveer lo necesario –como obligación contractual de resultado- a los fines de viabilizar el control idéntico, respecto de sus subcontratistas.
Respecto de los pagos fuera de término se deberá acreditar haber abonado todos los intereses, recargos y multas establecidos en la normativa legal vigente; sin esta acción no se dará por cumplida la presentación efectuada.
B. Falta de Presentación de Documentación Laboral y/o de la Seguridad Social
En caso de cualquier incumplimiento por parte del contratista o de sus subcontratistas respecto del pago de remuneraciones, indemnizaciones, o cualquier otro derecho o beneficio debido a su personal proveniente de cada relación laboral, o por deudas que mantuviera con los organismos recaudadores de la seguridad social,
impositivos, o con entidades aseguradoras, sindicales, obras sociales, organismos administrativos de fiscalización y control, o cualquier otra derivada de las relaciones laborales establecidas con su personal, será de aplicación el procedimiento establecido en la cláusula 10, y, por ende, conforme la remisión allí expuesta, en su similar N° 11.
El procedimiento allí previsto, en cuanto al plazo contemplado para materializar el débito y la retención, no procederá para el supuesto del último mes de vigencia de la nota de pedido / contrato o para el caso que dicha nota de pedido / contrato tuviera un lapso de validez de 1 mes o menor. En tal circunstancia, verificado el incumplimiento en el último mes de vigencia o en el mes de duración integral, se efectuará el débito y la retención en forma inmediata, sobre las facturas pendientes de pago.
C. Documentación de Presentación Periódica
El contratista, deberá presentar, por sí y por cada uno de sus subcontratistas, mensualmente, o cuando lo sea requerido por Xxxxxxx S.A., la documentación detallada en el Anexo IV de la presente norma.
24. Acceso a Planta
A. Momento previo a la Prestación del Servicio.
El contratista deberá presentar con una antelación de 72 horas previas al inicio de la prestación del servicio la documentación detallada en el Anexo II
B. Autorización de Ingreso.
Acindar S.A. proveerá a todo el personal de la Empresa Contratista, una credencial que reunirá los siguientes requisitos:
▪ Nombre de la empresa
▪ Nombre y Apellido
▪ Tipo y Número de Documento
▪ Foto
La presente credencial será entregada luego de aprobados los exámenes de ingreso. Mientras permanezca en las instalaciones de Acindar S.A. deberá llevarla consigo en un lugar visible para ser presentada si le es requerida, la misma es personal e intransferible.
C. Modificaciones en la Nómina del Personal del Contratista, autorizado a ingresar a Planta.
El contratista, por si y por cada uno de sus subcontratistas, deberá informar las bajas de personal durante la vigencia de la nota de pedido / contrato para el cual fue habilitado. La comunicación debe ser efectuada en la jornada de trabajo siguiente a la de producida la novedad, debiendo entregar al área de Administración de Contratistas de ACINDAR S.A. las credenciales correspondientes a dichas bajas, caso contrario se procederá al debito del costo de las mismas (U$D 10) a la Empresa Contratista ante la pérdida, rotura y/o extravío de la misma. Las altas de personal durante la vigencia de la nota de pedido / contrato deben observar lo establecido anteriormente para el ingreso del personal.
D. Vehículos
El contratista debe presentar al área de Administración de Contratistas, un inventario de los vehículos y/u otros medios de locomoción a utilizar, donde conste la descripción de cada uno de ellos, acompañado por la documentación solicitada en el Anexo II.
El contratista debe asegurar la totalidad de sus vehículos y/u otros medios de locomoción, en compañías aseguradoras a satisfacción de Acindar S.A., con observancia de todos los recaudos establecidos en las cláusulas anteriores, concernientes a “Seguros”.
Los seguros contratados deberán cubrir, sin franquicia, todos los riesgos, daños y perjuicios que con o por el bien asegurado pudieran ocasionarse a terceros, transportados y no transportados, y/o a bienes de los mismos.
Las primas y sus actualizaciones deberán mantenerse actualizadas y vigentes, para lo cual Acindar S.A. se reserva amplias facultades de control, siendo obligación del contratista presentar, por sí y por cada uno de sus
subcontratistas, original y copias de las pólizas, recibos de pago xx xxxxxx, reajustes, ampliaciones y/o actualizaciones que se practiquen durante la vigencia de la nota de pedido / contrato.
El chofer deberá formar parte de la nómina de personal habilitado para ingresar y contar con credencial identificatoria.
25. Antecedentes Comerciales.
El contratista y sus subcontratistas no deberán registrar antecedentes que puedan ser evaluados como desfavorables respecto de su solvencia y/o comportamiento comercial y/o financiero y/o contractual, por compulsa en el sistema de datos del Banco Central de la República Argentina, Sistema Veraz o en cualquier otro que analice datos sobre información comercial, cuya búsqueda y análisis el contratista autoriza expresamente.
26. Disposición Común a Todos los Anexos
Complementan la presente norma y forman parte integrante de la misma el Anexo I al XIII.
Sin perjuicio de lo establecido en las cláusulas respectivas de la normativa que antecede, en todos los casos de subcontratación autorizada, el contratista deberá proveer –como obligación contractual a su cargo- la idéntica exhibición y acreditación, por parte del/los subcontratista/s autorizado/s, de todos los documentos y/o constancias y/o declaraciones exigibles –en tiempo, forma y contenido- a aquél.
Anexo I - Documentación a Presentar por los contratistas a la Gerencia de Xxxxxxx junto con las propuestas y/o previo a la Adjudicación (*)
1 Constancia de Impuesto a las Ganancias, según sea su condición:
• Inscripto: Constancia de Inscripción ante AFIP vigente.
• Exento: Constancia de exención o norma legal que justifique la actividad exenta.
• Retenciones: Certificado de no retención. En caso de no presentarlo se realizarán las retenciones correspondientes.
2 Constancia de Impuesto al Valor Agregado, según sea su condición:
• Inscripto: Constancia de Inscripción ante AFIP vigente.
• Exento: Constancia de exención o norma legal que justifique la actividad exenta.
• Retenciones: Certificado de no retención según RG 17 y RG78/95 Nominación agente de retención de IVA según RG 18
Las empresas alcanzadas por Regimenes de Promoción deberán presentar una copia del Decreto de Promoción Industrial y una nota anual según el Art. 3º de la RG 3735 (AFIP).
En caso de no presentarlo se realizarán las retenciones correspondientes.
3 Impuestos Provinciales y Municipales (Ingresos Brutos y específicos de cada Pcia. o Municipio)
• Contribuyente local: Formulario de Inscripción en la respectiva provincia.
• Convenio Multilateral: Formulario de Inscripción – CM01 y Declaración Jurada CM05 (última vencida a la fecha)
• Exento: Constancia de exención.
• Retenciones: Certificados de no retención de Buenos Aires, Santa Fe, San Xxxx y Tucumán. En caso de no presentarlo se realizarán las retenciones correspondientes.
4 Derecho de Registro e Inspección (sólo para Villa Constitución):
• Constancia de Inscripción
5 Garantías, avales y/o seguros de caución con plazos y monto a determinar, para garantizar las obligaciones contractuales emergentes (en caso de haber sido exigidos por Xxxxxxx S.A., en forma expresa).
6 Carta de indemnidad –con firma certificada- dirigida a Xxxxxxx S.A. en la cual, la contratista asuma íntegramente toda responsabilidad emergente de la atención y tratamiento médico del Servicio Médico de planta, el que actuará por cuenta, orden y responsabilidad de la contratista y la respectiva Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), según lo indicado en el punto 5.1.3 de estas Disposiciones.
La documentación solicitada debe presentarse de la siguiente forma:
(*) a. Exhibir Original y presentar fotocopia firmada por el contratista y receptor con el sello “Visto Original ante mi”, ó
b. Fotocopia autenticada o legalizada.
Anexo II – Documentación a Presentar por los Contratistas a la Gerencia de Contratistas, previamente a la Prestación del Servicio
A. Copia firmada de las Disposiciones Generales para la Habilitación y Control de las Empresas Contratistas, declarando su conformidad y aceptación expresa, sin reservas, de la totalidad de las cláusulas y condiciones previstas por el mismo. En prueba de esa conformidad, el contratista (o representante legal de la sociedad) deberá firmarlo en todas sus fojas, en presencia de un funcionario de Xxxxxxx S.A., o bien obteniendo la certificación de la misma por escribano público.
B. Copia últimos tres pagos de aportes (F931) con comprobantes de pago.
C. Nota declaración cuenta corriente bancaria de la Empresa.
D. ART: Junto con la póliza de ART deberá presentar constancia de su aseguradora indicando que la empresa no se encuentra comprendida en la Resolución (SRT) 1/05 o Resolución (SRT) 559/2009 según corresponda
E. Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil (con los requisitos establecidos en el punto 21. E de estas Disposiciones) y comprobante del último mes pago
F. En el caso de empresas unipersonales Autónomos/Monotributistas presentar además de los puntos detallados anteriormente:
• Constancia de inscripción de Monotributista/ Constancia de adhesión al Régimen Autónomo
• Fotocopia del DNI
• Comprobante de pago últimos 3 meses de Monotributo/Autónomo
• Declaración Jurada Empresa Unipersonal completa y certificada por escribano público
Anexo III – Documentación a Presentar por los Contratistas a la Gerencia de Contratistas para el alta de personas en relación de dependencia y para el alta de personas autónomas/monotributistas
1) Altas de Personas (en relación de dependencia)
A. Formulario de Habilitación de Personal Contratista completo (firmado por el empleado y el titular de la firma), el cual deberá ser generado desde el portal SCC
B. Fotocopia DNI
C. Alta temprana de AFIP
D. Seguro ART (nómina y cláusula de no repetición a favor de Xxxxxxx SA)
X. Xxxxxx de vida (Certificado de cobertura y pago)
F. Curso y examen de SGI y Seguridad
X. Xxxxxxx y aprobación de exámenes médicos en servicio médico de planta.
X. Xxxxxxxxxx competencias de la persona para desempeñar la/s funciones detalladas, mediante alguna de las siguientes formas:
o Rindiendo examen de perfil de puesto
o Presentando título universitario o terciario (solo en ingresos)
o Nota de la empresa que lo indique
I. Autorización del gerente del sector usuario o director del negocio según corresponda y adjuntando la planilla IM-PL005 completa
J. Presentar certificado de buena conducta y/o certificado de antecedentes penales
K. Licencia de conducir con categoría habilitante según corresponda tipo de conducción. L: Presenta CV (curriculum vitae para la función: Técnico en Seguridad)
M. Presentar DDJJ de seguridad (solo para empresas de telecomunicaciones, AMX Argentina SA y sus contratistas)
2) Alta de personas (Autónomas/Monotributistas)
A. Formulario de Habilitación de Personal Contratista completo (firmado por el empleado y el titular de la firma), el cual deberá ser generado desde el portal SCC
B. Fotocopia DNI
C. Constancia de inscripción
D. Últimos 3 pagos MT/Autónomos
E. Seguro de accidentes personas (certificado de cobertura y pago, con los requisitos establecidos en el Pto. 21 de estas Disposiciones Grales.)
F. Curso y examen de SGI y Seguridad
X. Xxxxxxx y aprobación de exámenes médicos en servicio médico de planta.
X. Xxxxxxxxxx competencias de la persona para desempeñar la/s funciones detalladas, mediante alguna de las siguientes formas:
o Rindiendo examen de perfil de puesto
o Presentando título universitario o terciario (solo en ingresos)
o Nota de la empresa que lo indique
I. Autorización del gerente del sector usuario o director del negocio según corresponda
J. Presentar certificado de buena conducta y/o certificado de antecedentes penales K: Presentar CV (curriculum vitae para la función: Técnico en Seguridad)
L. Presentar DDJJ (declaración jurada) completa y adjunta copia de los requisitos enumerados
M. Presentar DDJJ de seguridad (solo para empresas de telecomunicaciones, AMX Argentina SA y sus contratistas)
Nota: En caso que exista la falla en el Portal SCC de Acindar solo será viable reemplazar el uso del Formulario de Habilitación por uno generado de forma manual previa autorización y confirmación del área Administración de Contratistas
Anexo IV – Documentación a Presentar mensualmente por los Contratistas a la Gerencia de Contratistas
1) Documentación mensual personal en relación de dependencia
A. Declaración jurada según Anexo XII de estas Disposiciones Grales. y comprobantes de pago (firmados por el representante legal) de aportes y contribuciones a los Regímenes Nacionales de Seguridad Social
B. Comprobantes de pago de cuotas sindicales y otros aportes y contribuciones
C. Recibos de haberes del personal afectado a la prestación, firmados por los beneficiarios
D. Documentación respaldatoria de bajas producidas en el período
E. Listado de la nómina del personal cubierto por la ART y Cláusula de No Repetición según lo indicado en el pto. 21 del inc. B de estas Disposiciones.
F. Constancia de los depósitos bancarios de las cuentas sueldos
G. Planilla con detalle de la conformación de salarios abonados a los dependientes. Esta planilla se deberá entregar en archivo electrónico y/o cargarlas en el Sistema Habilitado para tal fin por Acindar
H. Libre deuda sindical/judicial/conflicto (solo es aplicable a los transportistas)
2) Documentación mensual personal autónomo/monotributista
A. Comprobantes de pago al régimen de trabajadores autónomos/monotributistas
B. Copia pago seguro accidentes personales
Anexo V – Documentación a Presentar a la Gerencia de Contratistas para el ingreso de Vehículos/Maquinarias
A. Formulario de Autorización de Ingreso de Vehiculo Contratista; (según Anexo X de las Disposiciones Generales para la Habilitación y control de las Empresas Contratistas).
B. Copia de seguros Automotor y seguro técnico (maquinarias y/o grúas) en el caso que corresponda, con recibo de pago; en la cual Xxxxxxx debe figurar co asegurado o subrogado.
C. Copia Verificación Técnica Vehicular. En el caso de maquinarias y/o grúas presentar check list realizado por el asesor de seguridad de la empresa contratista
D. Copia del titulo. La misma deberá estar a nombre de la empresa contratista que realizara el servicio.
E. Tarjeta verde, la cual deberá estar a nombre del titular, caso contrario debe presentar constancia de transferencia en tramite.
F. Copia del Carnet de conductor con la categoría correspondiente
• Licencia de Conducir Categoría “E”, Carnet de Cargas Generales y Peligrosas (en su caso).
• En caso de Grueros o Maquinista especiales, carnet del mismo.
• En caso de chóferes de camiones de carga, carnet de CNRT.
• Autorización de manejo o tarjeta azul.
G. Logo de la empresa Visible en ambas puertas laterales
• En caso de automóviles logo adherido al parabrisas.
H. Copia del Xxxx x xxxxxxxxxx del trámite solo para el Transportista.
I. Observar y cumplir el reglamento interno de transito.
J. En el caso de grúas, presentar habilitación de la misma por el ente regulador
K. Presentar habilitación hidraúlica y anual para vehículos con equipos a GNC
La documentación solicitada debe presentarse:
a. Exhibir Original y presentar fotocopia firmada por el responsable y sellada por el sector receptor con el sello “Visto Original ante mí”.
b. Fotocopia firmada por el Responsable en original.
Anexo VI – Documentación a Presentar a la Gerencia de Contratistas para revalidar el ingreso del personal
A. Formulario de habilitación de Personal Contratista completo (firmado por el empleado y el titular de la firma) el cual deberá ser generado desde el portal
B. Examen de SGI y Seguridad de FPS
C. Entrega y aprobación de exámenes médicos en servicio médico de planta
D. Certificar competencias por la/s funciones declaradas, mediante: 1- Nota de competencia (aplicable a no profesionales)
2- Examen de perfil de puesto
3- Licencias de conducir o ente regulador
. E. Entrega de EPP
Anexo VII – Documentación a Presentar a la Gerencia de Contratistas para dar de baja al personal de la empresa contratista
1) Documentación bajas personal en relación de dependencia
X. Xxxxxxxxxx de baja en AFIP
B. Liquidación final y/o copia acuerdo firmado por las partes involucradas
C. Copia telegrama de renuncia/despido
D. Entrega de credencial
2) Documentación bajas personal monotributistas/autónomo
A. Nota firmada por la empresa solicitando baja
B. Entrega de credencial
Nro. Credencial
Los datos que a continuación se completan son en carácter de declaración jurada
Examen médico:
Examen Psicotécnico Corresponde (trabajo en altura)
No Corresponde
Observaciones:
Resultado:
Entrega Procedmiento seguro de trabajo/Plan de
Capacitación y examen en SEGURIDAD Y SGI Aprobado
Acindar Externo
Carnet Certificado
3-
2-
Ante nueva función el trabajador deberá pasar por la oficina de habilitación de contratistas para rendir el examen. De lo contrario la empresa contratista será pasible de sanción.
1-
Banco
Otra:
Eventual
Plazo Fijo
Indeterminado
Fecha Habilitación:
/ /
Certifica Competencia | Título | Examen | Nota |
Firma y Sello Certificación de Competencia | Fecha |
Firma y Sello Habilitación de Contratistas | |
Anexo VIII - Formulario de Habilitación de Personal Contratista.
Formulario de Habilitación de Personal Contratista | NP |
A completar por la Contratista
Razón Social de la Contratista
Datos Personales del Trabajador:
Nombres
CUIL
Apellido
F ec ha Ingre so a la Em pres a
C o nt ra t is ta
/ /
Localidad
Cod.Postal
Domicilio
Teléfono 2
Nombre ART ó Seguro Accidentes Pers
Teléfono 1
Estado Civil
Nacionalidad
Profesión/es
Fecha Nacim.
Datos laborales:
Modalidad de contratación
En caso de modificaciones, la contratista deberá
comunicarlo a la Gcia. de Adm.
Contratistas.
Nro de Cuenta Bancaria Sueldo
Categoría de Convenio
Nro de Convenio
Xxxx (en caso de convenio siderúrgico)
Funciones que desarrollará
Sindicato
Firma del Trabajador | Firma y Sello Titular/Apoderado de la Empresa |
A completar por Servicio Médico
Firma y Sello Servicio Médico
Fecha
A completar por Seguridad de Xxxxxxx
seguridad
Fecha
Firma y Sello
Lugar de realización
Fecha
Firma y Sello
A completar por Habilitación de Contratistas / UTN
Anexo IX - Formulario de ingreso de vehículo contratista
Autorización Ingreso Vehículo/ Gruas/Equipos Pesados Contratistas
F.N. 109-120
Fecha:
POR LA PRESENTE SOLICITO EL INGRESO DEL VEHICULO/GRUA/EQUIPO PESADO:
Firma Empresa | Firma Sector Usuario |
Aclaración/Cargo | Aclaración/Cargo |
Xxxxxxx…………….……………………………………………
Tipo…….………………………….………………....……..……
Marca/Tipo/Modelo……….………………...…………………..
De la Empresa …………...……………………………………..
Desde………....………………Hasta……………..……………
Motivo ……………………………………………………………
Chofer/es…….. ……………………………DNI……………….
Por SEG. PATRIMONIAL
Estado general
Bueno Regular
Tachar lo que no corresponda
Malo
Firma
Fecha…………./……./…………
Aclaración
Bocina retroceso
SI NO
Tachar lo que no corresponda
Logos en puertas/parabrisas SI NO
AUTORIZADO
Tachar lo que no corresponda
Control Equipos GNC
SI NO
Tachar lo que no corresponda
Observaciones:………………………………………………………………………………………………………………………………………………..
…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
PARA HABILITAR EL VEHICULO PRESENTAR:
1. VEHICULOS: Comprende AUTOS PICK-UP, CAMIONES (CHASIS-ACOPLADO-SEMI), OMNIBUS, MINIBUS, UTILITARIOS
2. GRUAS: Comprende GRUAS MOVILES, JGL, MANITOUR MANIPULADOR TELESCOPIO HIDROGRUA
3. EQUIPOS PESADOS: Comprende: AUTOELEVADORES, PALA, TRACTOR, BOBCAT, CARGADORA FRONTAL RETROEXCAVADORA MOTONIVELADORA, VIBROCOMPACTADORA, YALE Y/U OTROS EQUIPOS PESADOS NO ESPECIFICADOS
VEHICULOS
• TARJETA VERDE
• TITULO AUTOMOTOR
• POLIZA SEGURO AUTOMOTOR CON ENDOSO ACINDAR Y COMPROBANTE DE PAGO
• VTV
• AUTORIZACION DE XXXXXX COMPLETO Y FIRMADO POR TODAS LAS PARTES
• RUTA
GRUAS
• TARJETA VERDE
• TITULO AUTOMOTOR
• CERTIFICACION DEL EQUIPO
• POLIZA SEGURO AUTOMOTOR CON ENDOSO ACINDAR Y COMPROBANTE DE PAGO
• POLIZA SEGURO TECNICO CON ENDOSO ACINDAR Y COMPROBANTE DE PAGO
• CHECK LIST
• POLIZA SEGURO IZAMIENTO ($500.000) CON ENDOSO ACINDAR Y COMPROBANTE DE PAGO
• FORMULARIO DE HABILITACION COMPLETO Y FIRMADO POR TODAS LAS PARTES
EQUIPOS PESADOS
• TARJETA VERDE
• TITULO AUTOMOTOR
• POLIZA SEGURO TECNICO CON ENDOSO ACINDAR Y COMPROBANTE DE PAGO
• CHECK LIST
• FORMULARIO DE HABILITACION COMPLETO Y FIRMADO POR TODAS LAS PARTES
NOTA:
- LOGO DE LA EMPRESA VISIBLE EN AMBAS PUERTAS Y PARA AUTOMOVIL EN EL PARABRISAS
- OBSERVAR Y CUMPLIR EL REGLAMENTO INTERNO DE TRANSITO
- LOS UTILITARIOS, PICK UP, CAMIONES, GRUAS, EQUIPOS PESADOS DEBEN CONTAR CON BOCINA DE RETROCESO
Anexo X Declaración Jurada Contratista
DECLARACION JURADA CONTRATISTAS
Conforme lo dispuesto por el Art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo, informo en carácter de DECLARACION JURADA, que la Empresa , ha cumplido con los recaudos establecidos
en el artículo precedente, según del siguiente detalle:
Apellido y nombre Fecha de pago
Declaramos además que el pago de los aportes previsionales, sociales y sindicales del personal antes mencionado, correspondientes al mes de fue efectuado el
día ............del mes de....................
Informo además que a la fecha se encuentra vigente la Cuenta Corriente N*
.............., en el Banco........................................, a nombre de .............(nombre de la
empresa)
Autorizo para la aplicación de las sumas facturadas y/o pendientes de facturación al pago de deudas laborales del personal y/o cancelación o regularización de deudas previsionales del mismo, sin necesidad de reclamación previa de los mismos o intimación judicial o extrajudicial, de conformidad con los alcances del art. 136 LCT.
Firma y sello (aclaración del carácter: socio gerente, director, apoderado, unipersonal) Fecha de emisión.
La nota deberá confeccionarse en hoja membretada.
Anexo XI - Formulario de entrega de Elementos de Protección Personal
Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx 0000 | Formulario de Entrega de Elementos de Protección Personal | FN-SEG-032 | |||||||||||||||||||||||||||||
CP B1643AGY Beccar | |||||||||||||||||||||||||||||||
Provincia de Buenos Aires | N° | ||||||||||||||||||||||||||||||
Acindar Industria Argentina de Aceros SA. | C.U.I.T. 30-50119925-3 | ||||||||||||||||||||||||||||||
Nombre y Apellido: ………………………...……………………..……………………………………….… | Puesto: …………….…………………………………………………….……………………...……… Sector: ……………………………………………… | ||||||||||||||||||||||||||||||
N° de Legajo: …………………………..……………………………… | DNI: …………………………….… | Planta: ………………………….…………………………………….. Localización: ………………………………………………………………………… | |||||||||||||||||||||||||||||
OTROS: | |||||||||||||||||||||||||||||||
ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL NECESARIOS / OBLIGATORIOS SEGÚN EL PUESTO DE TRABAJO: | |||||||||||||||||||||||||||||||
CASCO | XXXXXXX XX XXXXX IDAD | PROTEC CIÓN OC ULAR | PROTECCIÓN AUDITIVA | ROPA DE GUANTES TRABAJO SEGURIDAD | DE PROTECCIÓN FACIAL | DELANTAL MÁSC SOL | ARA PARA PROTECCIÓN DAR RESPIRATORIA | ||||||||||||||||||||||||
PRODUCTO | TIPO / MODELO | MARCA | POSEE CERTIFICACIÓN (SI - NO) | CANTIDAD | FECHA ENTREGA | FIRMA RECEPCIÓN (*) | OBSERVACIÓN | ||||||||||||||||||||||||
1 | |||||||||||||||||||||||||||||||
2 | |||||||||||||||||||||||||||||||
3 | |||||||||||||||||||||||||||||||
4 | |||||||||||||||||||||||||||||||
5 | |||||||||||||||||||||||||||||||
6 | |||||||||||||||||||||||||||||||
7 | |||||||||||||||||||||||||||||||
8 | |||||||||||||||||||||||||||||||
9 | |||||||||||||||||||||||||||||||
10 | |||||||||||||||||||||||||||||||
11 | |||||||||||||||||||||||||||||||
12 | |||||||||||||||||||||||||||||||
13 | |||||||||||||||||||||||||||||||
14 | |||||||||||||||||||||||||||||||
15 | |||||||||||||||||||||||||||||||
16 | |||||||||||||||||||||||||||||||
17 | |||||||||||||||||||||||||||||||
18 | |||||||||||||||||||||||||||||||
19 | |||||||||||||||||||||||||||||||
20 | |||||||||||||||||||||||||||||||
(*) Dejo constancia de haber recibido los Elementos de Protección Personal asignados a mi puesto de trabajo comprometiéndome a su uso, cuidado y conservación; solicitando la reposición en caso de pérdida o deterioro. |
Anexo XII – Manual Ingreso Contratistas
1. El ingreso a planta debe realizarse a través de los molinetes habilitados y con la credencial personal, estando prohibida la marcación con la tarjeta dentro de billeteras, mochilas, etc.
2. En caso de ser requerida por vigilancia, deberá acreditar su identidad mediante credencial o DNI.
3. La credencial debe ser utilizada en todo momento a la vista.
4. Al ingresar o egresar de la Planta puede encenderse la xxx xxxx del sistema automático de cacheo. Ante esta situación se deberá dirigir a la sala habilitada a tal efecto para que se realice el control pertinente.
5. No se pueden ingresar a la planta elementos informáticos sin contar con la debida autorización y ser previamente declarados al ingresar.
6. No está permitido el ingreso, tenencia o consumo de bebidas alcohólicas.
7. No está permitido el retiro de cualquier elemento o material sin la debida autorización del sector competente.
8. Dentro de planta se debe circular con pantalones largos, camisas o remeras mangas larga y zapato cerrado y atender el uso de EPP especifico de cada sector.
9. No está permitido circular a pie por calles y caminos. Se deberá hacer por las sendas peatonales demarcadas a tal efecto.
10. No está permitido el uso de teléfonos celulares, reproductores de música personal, televisión, cámaras fotográficas y de video en las plantas industriales y sectores no autorizados.
11. Obradores y sectores de depósito de herramientas y materiales de empresas contratistas deben permanecer cerrados debidamente cuando no hay personal presente.
12. Todas las herramientas, materiales e insumos deben ser guardados debidamente al finalizar la jornada laboral en los obradores o depósitos acondicionados para el correcto resguardo de los mismos.
13. El operario es el responsable directo de las herramientas a su cargo y elementos personales, Acindar no se hace responsable por la pérdida de los mismos.
14. En Acindar existen Normas y Procedimientos. Es su deber conocerlos. Pídalos al referente de Seguridad Patrimonial de su planta.
15. En caso de notar o presenciar un ilícito avise inmediatamente al puesto de Vigilancia más cercano.
16. En caso de dudas o necesidad de consultas referidas a Seguridad Patrimonial acérquese al puesto de vigilancia más cercano.