ACTA ACUERDO - PARITARIA SALARIAL AÑO 2023
ACTA ACUERDO - PARITARIA SALARIAL AÑO 2023
Entre la UNION TRABAJADORES DE CARGA Y DESCARGA DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA (UTCYDRA), por una parte y en representación de los Trabajadores, con Personería Gremial Número 410, con carácter de entidad gremial de primer grado, con domicilio legal en Cochabamba 1635, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por los Miembros Paritarios, el Xx. Xxxx Xxxxxx XXXXXXXX, DNI: 00.000.000; la Srta. Xxxxx Xxxxxxx XXXXX, DNI: 00.000.000; el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx XXXX, DNI: 00.000.000 y el asesor letrado Xx. Xxxxx XXXXXX, DNI: 00.000.000; y por la otra, en representación de los Empleadores, la CÁMARA DE ARGENTINA DE LA ACTIVIDAD FRUTIHORTÍCOLA,
(C.A.A.F.), lo hacen los Miembros Paritarios, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxx XXXXXXXX, DNI: 00.000.000 y el Xx. Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX, DNI:00.000.000,
constituyendo domicilio en Av. San Xxxx 583, Piso 7º “B”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; ambas partes acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con poderes y demás constancias que se acompañarán en el acta de ratificación del presente acuerdo, ambas partes acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con poderes y demás constancias que oportunamente acompañarán al Expediente donde ratificarán lo aquí acordado, en conjunto manifiestan que, ACUERDAN las siguientes cláusulas:
PRIMERA – De referencia: Atendiendo a que, en el EX-2022- 132366622-APN-DGD#MT -último acuerdo correspondiente a la Paritaria Salarial Año 2022- homologado por RESOL-2023-71-APN-ST#MT, se estipuló en su: “QUINTA – Vigencia: En el marco de la autonomía de la voluntad de las partes, éstas manifiestan que el presente acuerdo es suscripto con aplicación desde el 1º de enero de 2023 al 30 xx xxxxx de 2023.” las partes ACUERDAN:
SEGUNDA - Cláusula xx xxx social: procurando mantener la paz social y la preservación mínima de los salarios, atento la evolución del IPC desde enero 2023 a la fecha, las partes convienen en actualizar la última escala salarial homologada. Así, acuerdan en un incremento salarial total del 30% acumulativo, para ser abonado a los trabajadores en tres cuotas consecutivas en los meses xx XXXX 2023, JUNIO 2023 y JULIO 2023. En consecuencia, las empresas abonarán a los trabajadores con antigüedad inicial, un incremento conforme al siguiente cronograma:
1°) A partir del 01 xx XXXX de 2023, aplicar un 10% de incremento sobre los básicos de convenio.
2°) A partir del 01 xx XXXXX de 2023, aplicar el 10% de incremento sobre los básicos de convenio.
3°) A partir del 01 de JULIO de 2023, aplicar el 10% de incremento sobre los básicos de convenio.
TERCERA - Planillas Salariales. Las partes adjuntan las planillas correspondientes a los nuevos básicos mencionados identificadas como ANEXO I (Planilla Salarial – MAYO 2023); ANEXO II (Planilla Salarial – JUNIO 2023); ANEXO III (Planilla Salarial – JULIO 2023); planillas que integran el presente acuerdo e ilustran las pautas acordadas.
CUARTA – Absorción. Asimismo, las sumas del aumento salarial absorben y/o compensan hasta su concurrencia, aquellos otros montos que las empresas hubiesen acordado colectiva o individualmente; ya sea unilateralmente o por acuerdo de partes, durante el corriente año, incrementos remunerativos o no, o a cuenta de futuros aumentos sobre los ingresos de los trabajadores y en tanto no lo hayan sido por recategorización y/o mayor antigüedad según el actual convenio colectivo de trabajo de aplicación
QUINTA - Vigencia. En el marco de la autonomía de la voluntad de las partes, éstas manifiestan que el presente acuerdo es suscripto con aplicación desde el 1º xx xxxx de 2023 al 31 de julio de 2023.
SEXTA – Preservación xxx Xxxxxxx: sin perjuicio de la vigencia establecida en la cláusula anterior, las partes se comprometen a reunirse en el transcurso del mes de julio 2023 para analizar la evolución de la pauta salarial anual 2023.
SÉPTIMA: Aporte Solidario: Las partes ratifican la continuidad de la vigencia del Aporte Solidario del 2%, establecido en el Artículo 44º del CCT Nº 733/15, homologado por Res. ST N° 2119/15.
OCTAVA: Homologación. Las partes, dejan constancia que el nuevo régimen salarial sustituye en todas sus partes al establecido en el Artículo 14º del Convenio Colectivo de Trabajo Nº733/15, ratificando en su totalidad las demás condiciones generales del citado Convenio Colectivo de Trabajo. Por lo tanto, atendiendo al Carácter Alimentario de los Salarios y a un estricto sentido de Justicia Social, sin amenazar con ello la paz común ni la estabilidad que con su esfuerzo contribuyen a sostener, las partes solicitan a la Autoridad de Aplicación la pronta homologación del presente Acuerdo.
Leído y ratificado el presente en todos sus términos, en prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de igual tenor y a los mismos efectos, a los TRES (3) días del mes xx XXXX de 2023.-
ANEXO I
ACUERDO - PARITARIA SALARIAL 2023 – CCT 733/15 –
PLANILLA SALARIAL -Art. 14º - CCT 733/15 – MAYO 2023
OPERARIO/A | HORA | JORNAL | MES |
Operario cat. 1 | $ 1.134 | $ 9.068 | $ 226.712 |
Operario cat. 2 | $ 1.088 | $ 8.705 | $ 217.613 |
Operario cat. 3 | $ 1.043 | $ 8.341 | $ 208.514 |
Operario cat. 4 | $ 961 | $ 7.686 | $ 192.145 |
ADMINISTRATIVO/A | HORA | JORNAL | MES |
Adm.-Vta. cat.1 | $ 1.134 | $ 9.068 | $ 226.712 |
Adm.-Vta cat.2 | $ 1.088 | $ 8.705 | $ 217.613 |
Adm.-Vta cat.3 | $ 1.043 | $ 8.341 | $ 208.514 |
CONDUCTOR/A | HORA | JORNAL | MES |
Cat.1 | $ 1.234 | $ 9.869 | $ 246.719 |
Cat.2 | $ 1.152 | $ 9.214 | $ 230.349 |
ANEXO II
ACUERDO - PARITARIA SALARIAL 2023 – CCT 733/15
PLANILLA SALARIAL -Art. 14º - CCT 733/15 – JUNIO 2023
OPERARIO/A | HORA | JORNAL | MES |
Operario cat. 1 | $ 1.247 | $ 9.975 | $ 249.383 |
Operario cat. 2 | $ 1.197 | $ 9.575 | $ 239.374 |
Operario cat. 3 | $ 1.147 | $ 9.175 | $ 229.366 |
Operario cat. 4 | $ 1.057 | $ 8.454 | $ 211.359 |
ADMINISTRATIVO/A | HORA | JORNAL | MES |
Adm.-Vta. cat.1 | $ 1.247 | $ 9.975 | $ 249.383 |
Adm.-Vta cat.2 | $ 1.197 | $ 9.575 | $ 239.374 |
Adm.-Vta cat.3 | $ 1.147 | $ 9.175 | $ 229.366 |
CONDUCTOR/A | HORA | JORNAL | MES |
Cat.1 | $ 1.357 | $ 10.856 | $ 271.391 |
Cat.2 | $ 1.267 | $ 10.135 | $ 253.384 |
ANEXO III
ACUERDO - PARITARIA SALARIAL 2023– CCT 733/15
PLANILLA SALARIAL -Art. 14º - CCT 733/15 – JULIO 2023
OPERARIO/A | HORA | JORNAL | MES |
Operario cat. 1 | $ 1.372 | $ 10.973 | $ 274.321 |
Operario cat. 2 | $ 1.317 | $ 10.532 | $ 263.312 |
Operario cat. 3 | $ 1.262 | $ 10.092 | $ 252.302 |
Operario cat. 4 | $ 1.162 | $ 9.300 | $ 232.495 |
ADMINISTRATIVO/A | HORA | JORNAL | MES |
Adm.-Vta. cat.1 | $ 1.372 | $ 10.973 | $ 274.321 |
Adm.-Vta cat.2 | $ 1.317 | $ 10.532 | $ 263.312 |
Adm.-Vta cat.3 | $ 1.262 | $ 10.092 | $ 252.302 |
CONDUCTOR/A | HORA | JORNAL | MES |
Cat.1 | $ 1.493 | $ 11.941 | $ 298.530 |
Cat.2 | $ 1.394 | $ 11.149 | $ 278.722 |