PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA ENAJENACIÓN MEDIANTE CONCURSO PÚBLICO DE LOTES DE PARCELAS DE TITULARIDAD MUNICIPAL
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA ENAJENACIÓN MEDIANTE CONCURSO PÚBLICO DE LOTES DE PARCELAS DE TITULARIDAD MUNICIPAL
Fdo. XXXXX XXXX XX XX XXXX XXXXX
TEC. ADM. GRADO MEDIO SECRETARIA
AYTO. DE XXXXXXXXXXX XX XXXXXX
Fecha:12/12/2018 a las 10:30 HASH:B96F9D9D154A806DCD9F
6D4EB598BC6E6A5F8367
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CLÁUSULA 1. RÉGIMEN JURÍDICO.
El presente contrato tiene carácter privado de conformidad con el artículo 9 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), quedando excluido de dicha norma y rigiéndose por la legislación patrimonial. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este Pliego y la documentación adjunta.
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En todo caso, de acuerdo con el artículo 26.2 LCSP, la preparación y adjudicación del presente expediente seguirá las normas contenidas en dicha ley, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo o en su defecto, las de derecho privado.
Serán igualmente de aplicación al presente expediente los artículos 109 y siguientes y resto que resulten aplicables del Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, así como el artículo 178 y demás aplicables de la Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Respecto a sus efectos y extinción, se regirá por el derecho privado o público que corresponda.
CLÁUSULA 2.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual, que tengan plena capacidad de obrar y que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 71 LCSP.
CLÁUSULA 3.- OBJETO DEL CONTRATO.
El presente expediente tiene por objeto la enajenación de las parcelas municipales enumeradas en el Anexo adjunto.
Los contratos que se celebren como consecuencia de las enajenaciones correspondientes tendrán la consideración de contratos privados de compraventa.
El contrato definido tiene la consideración de contrato privado de acuerdo con el artículo 9 LCSP.
- CPA: 68.10.13 Servicios de compra venta de terrenos residenciales desocupados.
- CPV: 70122210-7 Servicios de compra de terrenos desocupados.
CLÁUSULA 4.- RÉGIMEN ECONÓMICO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN.
El régimen económico aplicable, será el señalado en el cada Lote.
En todo caso, se indicará como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
CLÁUSULA 5.- EXISTENCIA DE CRÉDITO.
Al tratarse de una venta de terrenos municipales que no genera gastos por parte del ayuntamiento no se precisa existencia de crédito presupuestario.
CLÁUSULA 6.- PROCEDIMIENTO.
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El contrato se adjudicará por procedimiento abierto de acuerdo con lo previsto en el artículo 156 LCSP, y se llevará a cabo atendiendo a una pluralidad de criterios de adjudicación, según lo dispuesto en el Anexo I al presente pliego y en aplicación del artículo 145 de LCSP, conforme a los términos y requisitos establecidos en dicho texto legal.
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante que, en cumplimiento de la normativa de aplicación, se integra en la Plataforma de Contratación del Sector Público: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/.
CLAÚSULA 7.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
Los criterios que han de servir de base para la adjudicación, son los señalados en el Anexo I al presente pliego, con la ponderación atribuida a cada uno de ellos o, en su caso, por orden de importancia decreciente.
CLÁUSULA 8.- EFECTOS DE LA PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. RENUNCIA Y DESISTIMIENTO.
La propuesta de adjudicación del contrato no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto, que no los adquirirá, respecto a la Administración, mientras no se haya formalizado el contrato.
Antes de la adjudicación del contrato, el órgano de contratación por razones de interés público debidamente justificadas podrá renunciar a celebrar el contrato. También podrá desistir del procedimiento antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
CLÁUSULA 9.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
La adjudicación se acordará en resolución motivada en el plazo máximo de dos meses desde la apertura de proposiciones, de acuerdo con el artículo 158.2 LCSP, al tenerse en cuenta una pluralidad de criterios.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta en cada Lote para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación siguiente:
► Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
► Documentos que acrediten la personalidad jurídica del licitador: DNI del licitador individual o escritura de constitución debidamente inscrita en caso de tratarse de personas jurídicas.
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► Documentos que acrediten la representación (En caso de firmar una proposición en nombre de un tercero):
Poder a favor del firmante de la proposición: Escritura de poder que acredite dicha representación legal.
Bastanteo de poderes: Deberá acompañarse igualmente Diligencia de bastanteo de poder respecto a la escritura anterior. Dicho bastanteo podrá emitirse por la Secretaria del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx o funcionario que le sustituya, previo pago de la tasa correspondiente, así como por Autoridad Judicial, Administrativa, Notario u Organismo cualificado
CLÁUSULA 10.- PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se perfeccionará con su formalización.
La transmisión deberá someterse a inscripción en el Registro de la Propiedad de acuerdo con lo previsto en la Ley Hipotecaria y demás normativa al respecto que resulte de aplicación.
El otorgamiento de la escritura pública, de acuerdo con lo anterior, equivaldrá, de acuerdo con el artículo 1.462 CC, a la entrega de la parcela objeto del presente procedimiento.
CLÁUSULA 11.- GARANTÍA DEFINITIVA.
El licitador que presente la mejor oferta estará obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5% del precio de venta excluido IVA.
En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 110 LCSP.
La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en la LCSP y será devuelta una vez formalizada la venta en escritura pública.
El licitador que hubiera presentado la mejor oferta deberá acreditar en el plazo xx xxxx días hábiles desde la notificación de la adjudicación la constitución de la garantía definitiva. De
no cumplir este requisito por causas a él imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, entendiendo que el licitador ha retirado su oferta, y procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad.
En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
CLÁUSULA 12.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
La presente licitación tiene carácter mixto en atención a la diferente condición de los interesados y de acuerdo con los derechos y obligaciones de las personas en su relación con las Administraciones Públicas conforme establece el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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A) Los licitadores que se relacionan a continuación deberán preparar y presentar sus ofertas obligatoriamente de forma electrónica a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público (PCSP):
a) Las personas jurídicas
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Xxxxxxx representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
La utilización de estos servicios supone:
- La preparación y presentación de ofertas de forma telemática por el licitador.
- La custodia electrónica de ofertas por el sistema.
- La apertura y evaluación de la documentación a través de la plataforma.
Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva se presentarán, dentro del plazo que se señale en el anuncio, exclusivamente de forma electrónica a través de la Herramienta de Preparación y Presentación de ofertas que la Plataforma de Contratación del Sector Público pone a disposición de candidatos y entidades licitadoras para tal fin.
De acuerdo con la Disposición adicional 16ª de la LCSP, el envío por medios electrónicos de las ofertas podrá hacerse en dos fases, transmitiendo primero la huella electrónica de la oferta, con cuya recepción se considerará efectuada su presentación a todos los efectos, y después la oferta propiamente dicha en un plazo máximo de 24 horas. De no efectuarse esta segunda remisión en el plazo indicado, se considerará que la oferta ha sido retirada.
Por este motivo, para participar en esta licitación, es importante que los licitadores interesados se registren, en el supuesto de que no lo estén, en la Plataforma de Contratación del Sector Público. La oferta electrónica y cualquier otro documento que la acompañe deberán estar firmados electrónicamente por alguno de los sistemas de firma admitidos por el artículo 10 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
Para garantizar la confidencialidad del contenido de los archivos hasta el momento de su apertura, la herramienta cifrará dichos archivos en el envío.
Una vez realizada la presentación, la Herramienta proporcionará a la entidad licitadora un justificante de envío, susceptible de almacenamiento e impresión, con el sello de tiempo
B) Por su parte, las personas físicas podrán elegir entre la presentación de su oferta a través de la citada Plataforma o bien directamente a través del Registro Electrónico General de esta Entidad.
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La Administración se dirigirá al licitador a través del medio empleado para la presentación de su oferta.
CLÁUSULA 13.- NORMAS A CONSIDERAR EN LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
Con objeto de diversificar la oferta entre los potenciales interesados y hacerla llegar al mayor número posible de ciudadanos, cada licitador podrá presentar ofertas por orden de preferencia a todos los lotes, pero sólo podrá resultar adjudicatario de uno, según el citado orden de preferencia manifestado con arreglo al orden establecido según el modelo que figura en el Anexo III, todo ello en conformidad con lo establecido en el artículo 99.4.a) LCSP. La infracción de esta norma dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.
La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por el licitador del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones previstas en los pliegos que rigen el contrato, sin salvedad o reserva alguna.
CLÁUSULA 14.- FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones constarán de los archivos electrónicos o, en su caso, de los sobres indicados en el Anexo I al presente pliego.
La denominación de los archivos/sobres es la siguiente:
A) ARCHIVO ELECTRÓNICO/SOBRE “A”. - DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS Y EXIGENCIAS PREVIAS PARA CONTRATAR.
Se incluirá una declaración responsable, firmada por el licitador o su representante, y de acuerdo con el modelo previsto en el Anexo II al presente Xxxxxx, en la que el licitador ponga de manifiesto lo indicado en dicho modelo.
B) ARCHIVO ELECTRÓNICO/SOBRE “B”. - CRITERIOS EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS, CIFRAS O PORCENTAJES
Se incluirá la documentación relativa a aquellos criterios cuya valoración y cuantificación deba realizarse mediante la aplicación automática de fórmulas, cifras o porcentajes, que incluirá, en todo caso, la proposición económica, que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo III al presente pliego.
En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido.
De igual modo se podrá incluir en su caso en este archivo o sobre el compromiso de solicitud de autorización a AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea 1) que figura en el Anexo IV, para la ejecución de obras, instalaciones o plantaciones en los espacios y zonas afectados por servidumbres aeronáuticas civiles.
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NOTA ACLARATORIA: En aras de asegurar la transparencia del procedimiento, la confidencialidad de las ofertas y la igualdad de todos los licitadores, la Mesa de Contratación excluirá, sin más trámite, al licitador que incluya su proposición económica en el archivo/sobre A.
CLÁUSULA 15.- APERTURA DE PROPOSICIONES.
La Mesa de Contratación procederá, en primer lugar, en acto privado, a la apertura de los archivos/sobres “A”, admitiendo a licitación a los licitadores que presenten, debidamente cumplimentadas y firmadas, la declaración responsable exigida.
Si la Mesa de Contratación observase defectos u omisiones subsanables, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a cinco días para que el candidato corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Posteriormente, en acto público a celebrar en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento, debidamente notificado a los licitadores, se procederá en primer lugar a la lectura pública del Acta de la sesión anterior, indicando los licitadores admitidos y los excluidos, y, en su caso, las causas de exclusión, procediéndose acto seguido a la apertura de los archivos/sobre “B”, dando lectura a las proposiciones económicas presentadas y al resto de aspectos que deban ser valorados de forma automática mediante la aplicación de fórmulas, procediendo posteriormente a la asignación de la puntuación correspondiente de acuerdo con los criterios contenidos en el Anexo I, asignando a cada licitador la puntuación total obtenida, y acordando la propuesta de adjudicación a favor del candidato que presente la mejor oferta, todo ello respecto a cada Lote.
CLÁUSULA 16.- EJECUCIÓN Y RESPONSABLE DEL CONTRATO.
El órgano de contratación deberá designar un responsable del contrato de acuerdo con lo previsto en el 62 LCSP y el Anexo I al presente Xxxxxx.
1 xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx_xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxx.xxxx
CLÁUSULA 17.- PRESTACIONES ECONÓMICAS.
En un plazo máximo de 2 meses desde la formalización del contrato en documento administrativo hasta el momento del otorgamiento de la escritura pública, el adjudicatario deberá hacer efectivo el precio del contrato, de acuerdo con lo ofertado en su proposición.
CLÁUSULA 18.- OBLIGACIONES, GASTOS E IMPUESTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista la Administración.
Las partes asumirán aquellos gastos e impuestos que conforme a la legislación específica le correspondan.
CLÁUSULA 19.- RECURSOS
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En los supuestos previstos en el artículo 44 y siguientes LCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso-administrativo, en el plazo de 15 días, en los términos previstos en dichos artículos.
Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo, y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabrá la interposición del recurso potestativo de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso.
* * * * * * * * *
ANEXO I.
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
1.- Definición del objeto y necesidades del contrato.
El objeto de este contrato es la enajenación de las parcelas municipales indicadas en el Anexo que se adjunta al presente expediente.
División en lotes: SÍ
2.- Mesa de Contratación.
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La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 LCSP y en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen.
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda LCSP, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma, y formarán parte de ella, como vocales, el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación.
Procede: SÍ. Composición:
Presidente:
Titular:
- Xxxxxx Xxxxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx.
Suplente:
- Xxxxxxxx Xxxxxxx, Concejal Delegado de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx.
Vocales:
Titulares:
- Xxxx Xx Xxxxxxxxxxxxxx, Jefe del Dpto. de Obras y Servicios del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx.
- Xxxxx Xxxx xx xx Xxxx: Técnico del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx.
- Xxx Xxxxxx Xxxx, Secretaria del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx.
- Xxxxxxxxxx Xxxxx, Interventora del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx.
Suplentes:
- Xxxxxxx Xxxxxxx: Vicesecretario Municipal.
Secretario:
- Xxxxxx Xxxx, Jefe del Dpto. de Contratación del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx.
3.- Régimen económico del contrato.
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El régimen económico aplicable, será el indicado en cada Lote como precio de venta, todo ello de acuerdo con el informe de valoración contenido en el expediente.
4.- Procedimiento y criterios de adjudicación.
Tramitación anticipada: NO Tramitación: Ordinaria.
Procedimiento: Abierto.
Criterios de adjudicación: Se atiende a una pluralidad de criterios
5.- Garantía provisional.
Procede: NO
6.- Garantía definitiva.
Importe: 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, excluido el IVA.
7.- Garantía complementaria (artículo 107.2 del LCSP)
Procede: NO
8.- Forma de las proposiciones.
Las proposiciones deberán presentarse en DOS ARCHIVOS ELECTRÓNICOS/SOBRES:
- Archivo electrónico/Sobre “A”: “Declaración responsable acerca del cumplimiento de los requisitos y exigencias previas”.
Anexo II al presente Pliego.
- Archivo electrónico/Sobre “B”: Documentación referente a criterios valorables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas”.
Anexo III Oferta económica.
Anexo IV Compromiso de solicitud de autorización AESA.
9.- Revisión de precios.
Procede: NO.
10.- Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
No procede.
11.- Criterios de adjudicación.
Criterios que dependen de la aplicación objetiva de fórmulas | |
Concepto | Puntuación |
Oferta económica | Hasta 99 puntos |
Compromiso solicitud autorización AESA | Hasta 1 punto |
PUNTUACIÓN TOTAL POSIBLE: 100 PUNTOS |
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11.1.- Criterios que dependen de la aplicación objetiva de fórmulas: Hasta 100 puntos.
11.1.1.- Oferta económica: Hasta 99 puntos. Serán rechazadas las ofertas inferiores al tipo de licitación (precio de venta mínimo) previsto para cada Lote. Se otorgarán 99 puntos al licitador que ofrezca el precio más alto, y 0 puntos a las ofertas que no ofrezcan incremento sobre dicho tipo de licitación.
El resto de las ofertas se puntuarán de forma proporcional.
11.1.2.- Compromiso de solicitud autorización AESA: Hasta 1 punto. Se asignará 1 punto a la oferta que contenga un compromiso de proceder a la solicitud de la correspondiente autorización a AESA para la ejecución de obras, instalaciones o plantaciones en los espacios y zonas afectados por servidumbres aeronáuticas civiles en un menor tiempo desde la elevación a público del correspondiente acuerdo de transmisión, asignándose al resto de proposiciones la puntuación correspondiente de forma proporcional
Ofertas desproporcionadas o anormales: No procede
Preferencias de adjudicación en caso de empate. - Cuando tras efectuar la ponderación de todos los criterios de valoración establecidos, se produzca un empate en la
puntuación otorgada a dos o más ofertas respecto a un mismo lote se resolverá mediante sorteo, celebrado con las debidas garantías de publicidad y fe pública.
12.- Penalidades por incumplimiento.
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1. Debiendo formalizarse el contrato entre los 15 y 30 días posteriores a la recepción por parte del adjudicatario de la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos, cuan por causas imputables a éste no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra b) del apartado 2 del artículo 71.
2. En función de la relevancia que puede adquirir la puntuación obtenida respecto al compromiso de solicitud de licencia de obra, se establece una penalidad para aquellos adjudicatarios que incumplan dicho compromiso del 5% por cada 30 días de incumplimiento, prorrateándose el importe de la sanción respecto a los períodos inferiores.
El incumplimiento de dicho compromiso por un plazo superior a 90 días será causa de resolución del contrato y dará lugar, además, a la incautación de la garantía definitiva, que solo será devuelta una vez formalizada la escritura pública.
13.- Órgano de valoración de criterios subjetivos (Comité de Expertos).- Art. 146.2.a) LCSP.
Procede: NO.
14.- Contrato sujeto a regulación armonizada (Artículo 22 LCSP).
Procede: NO.
15.- Recurso especial en materia de contratación. - Artículo 44 LCSP.
Procede: NO.
16.- Importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato a cargo del adjudicatario.
Se estima un importe de 3.000,00 €, repartidos de forma proporcional entre los
adjudicatarios correspondientes.
17.- Responsable del contrato.
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El acuerdo de adjudicación del contrato se designará un técnico municipal responsable de la ejecución del contrato, con las funciones que se prevén en el artículo 62 LCSP.
ANEXO II
DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS Y EXIGENCIAS PREVIAS PARA CONTRATAR
D/Dña.……………………………………………………, con DNI nº ………………………………., y
domicilio a efectos de notificaciones en
………………………………………………………………….., en nombre propio / en nombre de la entidad …………………………………………………………………….., con CIF nº
…………………………….., enterado del procedimiento para la ENAJENACIÓN MEDIANTE CONCURSO PÚBLICO DE LOTES DE PARCELAS DE TITULARIDAD MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE XXXXXXXXXXX XX XXXXXX, publicado en la PCSP, DECLARO, en
nombre propio / en nombre de la entidad representada, lo siguiente:
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Primero. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 140 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 para ser adjudicatario del contrato de servicios, en concreto:
Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.
Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. [Solo en caso de empresas extranjeras].
Que la dirección de correo electrónico en que efectuar, en su caso, notificaciones es
.
Segundo.- Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste firmo la presente, en ,
a de de 201 .
Fdo.: .
ANEXO III.
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
D/Dña……………………………………………………, con DNI nº ………………………………., y
domicilio a efectos de notificaciones en
………………………………………………………………….., en nombre propio / en nombre de la entidad …………………………………………………………………….., con CIF nº
…………………………….., enterado del procedimiento para la ENAJENACIÓN MEDIANTE CONCURSO PÚBLICO DE LOTES DE PARCELAS DE TITULARIDAD MUNICIPAL DEL
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AYUNTAMIENTO DE XXXXXXXXXXX XX XXXXXX, publicado en la PCSP, declaro conocer el Pliego que sirve de base al presente procedimiento, aceptándolo en su totalidad y de forma incondicional, comprometiéndome, en caso de resultar adjudicatario del referido contrato, al pago de la cantidad siguiente respecto a los lotes indicados:
ORDEN DE PREFERENCIA | LOTE Nº | PRECIO OFERTADO (SIN IVA) | IVA | TOTAL |
1º | ||||
2º | ||||
3º | ||||
4º | ||||
5º | ||||
6º | ||||
7º | ||||
8º | ||||
9º | ||||
10º | ||||
11º | ||||
12º | ||||
13º | ||||
14º | ||||
15º | ||||
16º | ||||
17º | ||||
18º | ||||
19º | ||||
20º | ||||
21º |
22º | ||||
23º | ||||
24º | ||||
25º | ||||
26º | ||||
27º | ||||
28º | ||||
29º | ||||
30º | ||||
31º | ||||
32º | ||||
33º | ||||
34º |
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En , a de de 201 .
Fdo.: .
ANEXO IV
COMPROMISO DE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN A AESA
D/Dña.…………………………………………………, con DNI nº ………………………………., y
domicilio a efectos de notificaciones en
………………………………………………………………….., en nombre propio / en nombre de la entidad …………………………………………………………………….., con CIF nº
…………………………….., participando en el procedimiento para la ENAJENACIÓN MEDIANTE CONCURSO PÚBLICO DE LOTES DE PARCELAS DE TITULARIDAD MUNICIPAL DEL
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AYUNTAMIENTO DE XXXXXXXXXXX XX XXXXXX, publicado en la PCSP, me comprometo, en caso de resultar adjudicatario de dicha/s parcela/s, a la solicitud ante AESA de la correspondiente autorización para el inicio de las actuaciones en un plazo máximo, a contar desde la formalización en escritura pública de la venta, de:
. . . . . . . . . . . . . . . DÍAS NATURALES
Y para que conste firmo la presente, en ,
a de de 201 .
Fdo.: .