Licitación Pública Nº 669/2017
Licitación Pública Nº 669/2017
PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRÁ EN EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA VENTA DE UN INMUEBLE UBICADO EN EL BARRIO XXXXXXXX PROPIEDAD DE LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO.
Articulo 1º. Normas vigentes.
El llamado a licitación se hará de conformidad con el Pliego de Condiciones Particulares que se transcribe a continuación, los anexos y formularios que forman parte del mismo y la normativa vigente.
El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios No Personales se aplicará en lo que corresponda, en cuanto a las soluciones generales contenidas en el mismo, teniendo en cuenta que para el cumplimiento del objeto de esta licitación no se derivan gastos para la Intendencia de Montevideo (I.M.).
La venta del inmueble fue autorizada por Decreto Nº36.321 de la Junta Departamental de Montevideo de fecha 11/05/2017.
Artículo 2º. Objeto.
La Intendencia de Montevideo convoca a interesados en la compra de un inmueble ubicado en el Departamento de Montevideo, Localidad Catastral Montevideo, zona urbana, Barrio Xxxxxxxx, en la intersección de la calle Xxxxx Rica y Av. Xxxx Xxxxxx, padrón número sesenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y tres (63.443), el que según plano de mensura de la Ingeniera Agrimensora Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, de noviembre de 2011, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro el 12/03/2012 con el número 44839, se señala como fracción “B”, tiene una superficie de 4685m2 51dm2 y se deslinda así: al Suroeste 122,68 metros de frente a la calle Xxxxx Rica, entre Avenida Gral. Xxxxxx y Xx. Xxxxxxx X. Xxxxxxx; al Noroeste 38,17 metros linda con el padrón 421738; al Noreste 122,61 metros linda con parte xxx xxxxxx 129509,
con los padrones 129.513 al 129.518 inclusive y con el padrón 129521; y al Sureste 38,23 metros xxxxx con la fracción “A” del mismo plano.
SITUACIÓN OCUPACIONAL xxx xxxxxx 63443, ex “Hotel Municipal xx Xxxxxxxx”: el predio y las construcciones ubicadas en calle Xxxxx Rica 1720 y sus anexos, se encuentra ocupado por:
a) 41 familias distribuidas en 33 hogares diferentes, según relevamiento de información realizado por el Departamento de Desarrollo Social de la IM en agosto de 2016; y
b) por el Cuartelillo de Bomberos xx Xxxxxxxx, dependencia del Ministerio del Interior.
La IM vende el inmueble en el estado actual de ocupación, siendo de cuenta cargo del adjudicatario de la licitación:
1) reubicar a dichos ocupantes de acuerdo a la propuesta que deberá presentar en esta licitación, y acordada con ellos.
2) relocalizar el cuartelillo de la Dirección Nacional de Bomberos, trasladándolo al padrón 5.946, propiedad de la IM, con frente a la xxxxx Xxxxx Xxxxxx, para lo cual deberá tener en cuenta los términos establecidos en la Resolución del Intendente de Montevideo Nº782/13 de 22/02/2013.
ESTADO DE CONSERVACIÓN: Se desconoce el estado actual de conservación del edificio, dado que no se tuvo acceso al interior, pero aún sin ingresar al mismo puede percibirse la anexión xx xxxx, bloques, divisorias entre unidades, rejas, etc., conformando un conjunto bastante precario.
La IM vende el inmueble en el estado actual de conservación y no asume ningún tipo de responsabilidad al respecto.
En su propuesta los interesados deberán incluir una declaración en la que conste que conocen y aceptan el estado ocupacional del inmueble, que se comprometen a cumplir con la propuesta respecto a la reubicación de los ocupantes; que se comprometen a la relocalización del Cuartelillo de la Dirección Nacional de Bomberos; y que exoneran de responsabilidad a la IM respecto al estado de conservación del edificio.
Todos los gastos que se generen para proporcionar la reubicación a los ocupantes del inmueble, así como los gastos que se generen para el traslado del cuartelillo de Bomberos, serán de exclusiva responsabilidad del adjudicatario de la licitación, no asumiendo ningún costo por ningún concepto la IM.
El adjudicatario no podrá negarse a pagar el precio ofrecido aduciendo dificultades en la reubicación de los ocupantes, en la relocalización del Cuartelillo, y/o vicios o defectos en la construcción o en la titulación; quien se presente a la licitación, se entiende que conoce y acepta el estado actual de ocupación, el posible estado de las construcciones y la titulación.
Articulo 3º. Procedencia del Inmueble.
El inmueble es propiedad de la Intendencia de Montevideo, fue adquirido con mucho mayor área, según escritura autorizada por el Escribano Xxxxxxx Xxxxxxxxx el 27 xx xxxxx de 1916, por transferencia de la Sociedad Anónima “Balneario xx Xxxxxxxx”, cuya primera copia fue inscripta en el Registro de Traslaciones de Dominio el 04/06/1917 con el número 443, al folio 243 del libro 77.
La documentación se encuentra a disposición de los interesados en el Servicio de Escribanía Municipal, 6º Piso del edificio sede de la I.M. Los interesados deberán coordinar previamente con el Sector Escribanía para su consulta, teléfono 00000000.
Artículo 4º. Capacidad jurídica.
Podrán presentarse a la presente licitación personas físicas, personas jurídicas o consorcios, nacionales o extranjeros.
Únicamente serán admisibles las ofertas que cumplan todas las condiciones exigidas en este pliego particular y que presenten la documentación correspondiente.
Las personas jurídicas extranjeras, deberán establecer procedencia de la matriz y domicilio legal en la República Oriental del Uruguay.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representados por personas autorizadas, mediante poder correspondiente. Cuando en representación de una Empresa, concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente, que está facultado para ello.
El contrato se otorgará con una sola persona o entidad. No obstante, podrá concertarse con dos o más personas o entidades, si se obligaran solidariamente respecto de la I.M. cuyos derechos frente a las mismas serán en todo caso indivisibles.
Para el caso de Sociedades Comerciales, todos los socios serán solidariamente responsables del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que asuma la sociedad en caso de adjudicársele el contrato.
Si la oferente fuera una sociedad anónima (SA), deberá incluir el nombre de sus directores.
Si la propuesta es presentada por dos o más empresas formando un consorcio, sin perjuicio de cumplir con las disposiciones anteriores, deberán establecer un domicilio único que será el domicilio legal del consorcio, y unificar la representación acompañando el representante la documentación pertinente, con las facultades necesarias para actuar en nombre del consorcio. Las notificaciones que se realicen al representante se considerarán válidamente hechas al consorcio. Las empresas que integran el consorcio asumen la responsabilidad solidaria y mancomunada por todas las obligaciones emergentes del contrato, debiendo incluir en la propuesta una declaración suscrita por todos los miembros del consorcio, asumiendo tal responsabilidad.
Podrá admitirse la presentación de consorcios ya constituidos o a constituirse con una carta intención con firmas certificadas por Escribano Público. Frente a la I.M. todas las empresas que conforman el consorcio serán responsables solidarias.
En todos los casos se deberá indicar el porcentaje de participación de los asociados.
Artículo 5º. Garantía de mantenimiento de oferta. Requisito obligatorio
Antes de la fecha prevista para la apertura de propuestas los interesados deberán depositar como garantía de mantenimiento de propuesta la cifra de Unidades Indexadas ciento cuarenta mil (U.I. 140.000), según el valor de la U.I. al último día del mes inmediato anterior a la fecha de apertura de la licitación.
Esta garantía podrá constituirse: mediante depósito en efectivo en pesos uruguayos, valores públicos, fianza a aval bancario, o póliza de seguro de fianza y se depositará en Tesorería de la Intendencia de Montevideo. Si se quiere hacer efectiva la garantía mediante cheque el mismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.
Para hacer efectivo el depósito de garantía de mantenimiento de oferta en Tesorería General, el oferente deberá estar inscripto como proveedor en la Intendencia de Montevideo, por lo que se recomienda a aquellos interesados a participar en esta licitación que no estén, pasar por la Unidad de Atención a Proveedores del Servicio de Compras con anticipación a la fecha prevista para la apertura de dicha licitación, evitando de este modo inconvenientes de último momento.
Articulo 6º. Presentación de las Ofertas.
La oferta que prepare cada Oferente, así como toda la correspondencia y documentos relativos a ella, que intercambien el Oferente y la I.M., deberá redactarse en idioma español, en forma clara y precisa. Sus textos deberán ser impresos a través de cualquier medio idóneo, no admitiéndose la presentación en forma manuscrita, y se presentará 1 original de la propuesta en papel, debidamente firmada por el oferente o su representante, foliadas las hojas en el margen inferior, 1 copia en papel, y otra copia digital.
Las ofertas podrán presentarse personalmente en el Servicio de Compras, o enviarse por correo (NO electrónico) contra recibo, o por FAX al 00000000, no siendo aceptadas si llegaren con posterioridad a la hora dispuesta para el comienzo del acto de apertura. Las ofertas que se presenten antes del acto de apertura, deberán dejarse en el buzón en el día correspondiente a la apertura.
Las ofertas y los sobres deberán venir correctamente identificados con nombre del oferente, número proveedor y/o número de R.U.T., tipo y número de licitación, fecha y hora de apertura.
Todo proponente presentará en el acto de recepción de propuestas un sobre, paquete o caja, que contendrá 2 sobres cerrados, debidamente identificados como “Sobre A” y “Sobre B”, cuyo contenido será el siguiente:
“SOBRE A”
La información que se requiere en este sobre, es la siguiente:
a) Propuesta referida a la reubicación de los ocupantes del ex “Hotel Municipal xx Xxxxxxxx”, relevados en el censo realizado por el Departamento de Desarrollo Social en agosto de 2016.
La información necesaria para poder concretar la propuesta de reubicación mencionada, y para instrumentar el acuerdo firmado por los ocupantes, se le proporcionará a los interesados una vez que hayan adquirido el pliego de condiciones.
b) Solución adecuada a la relocalización del Cuartelillo de la Dirección Nacional de Bomberos existente en el inmueble.
c) Anteproyecto arquitectónico de las obras a realizar en el padrón 63.443, el que deberá ajustarse a las pautas urbanística definidas por la Unidad de Proyectos Urbanos Territoriales del Departamento de Planificación de la Intendencia de Montevideo, las que se detallan en Anexo “1 A” y Anexo “1 B” gráfico adjunto.
d) Carta intención, si se presenta un proyecto de consorcio, con certificación notarial de firmas.
e) Recibo de depósito de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, expedido por Tesorería de la I.M. El recibo debe estar a nombre del Oferente y cuando se postule un consorcio o proyecto de consorcio, en el recibo debe figurar como mínimo el nombre de uno de los consorciados.
SOBRE “B”.
La información que se requiere en este sobre, es la oferta del precio a pagar a la
I.M. por el inmueble padrón 63.443.
El oferente deberá expresar el precio ofrecido por el inmueble en Unidades Indexadas.
La Administración fija como precio base la suma de trece millones novecientos setenta y nueve mil doscientas dos Unidades Indexadas (U.I. 13.979.202). No se considerará válida ninguna oferta cuyo precio sea inferior a la base establecida.
Dicho precio deberá expresarse en números y letras, según modelo en anexo 2.
Artículo 7º. Recepción y apertura de ofertas.
La recepción de los 2 sobres de cada propuesta y la apertura del sobre que se dirá, se realizará en el Servicio de Compras de la Intendencia de Montevideo, Xxxxxxx Municipal, Planta Baja (puerta PB002), sector Santiago de Chile, con acceso sobre la Avenida 18 de julio, en la fecha y hora establecidos en la hoja de invitación y en las publicaciones.
El acto de apertura tendrá lugar el día y hora previstos, y en presencia de los oferentes que deseen asistir.
En dicho acto se abrirán únicamente los Sobres “A” y se verificará si los proponentes han incluido los documentos requeridos. De no contener estos sobres la documentación requerida, se dejará constancia de este hecho en el acta de apertura, así como de la información que falta o se encuentre incompleta. Este procedimiento de control será completado durante el período de evaluación.
Con la apertura de los sobres “A” se dará por concluida la primera apertura, permaneciendo cerrados los Sobres “B” de todos los Oferentes, hasta que se anuncie el resultado de la evaluación del Sobre “A”. El sobre “B” quedará en custodia de la Gerencia de Xxxxxxx.
Para realizar observaciones en el acto de apertura de la licitación, si el que concurre no coincide con el firmante de la oferta, deberá presentar poder o carta poder otorgada ante Escribano Público con suficientes facultades para representar al oferente.
De comprobarse que no fue abonado el precio de los recaudos, la oferta podrá ser rechazada sin derecho a reclamación alguna. El recibo debe estar a nombre del Oferente y cuando se postule un consorcio o proyecto de consorcio, en el recibo debe figurar como mínimo el nombre de uno de los consorciados.
Artículo 8º. Plazo de mantenimiento de ofertas.
Las ofertas serán válidas por el plazo de ciento veinte (120) días hábiles contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas.
Toda oferta, con un período de validez menor que el requerido, podrá ser rechazada por la Administración, por no ajustarse a los documentos de licitación.
El vencimiento del plazo establecido no liberará al Oferente, a no ser que medie notificación fehaciente a la I.M. de su decisión de retirar la oferta y ésta no se pronunciare respecto de la adjudicación en el término de 10 (diez) días hábiles.
En circunstancias excepcionales, la Administración podrá solicitar a los Oferentes prorrogar el período de validez de sus ofertas. La solicitud y las respuestas serán hechas por escrito.
Artículo 9º. Gastos y cumplimiento de las obligaciones.
El adjudicatario no se encuentra exonerado de ningún tipo de tasas, tributos, precios, tarifas, impuestos, y cualquier otro tipo de obligaciones, o permisos propios de su actividad, o que sean consecuencia de la adjudicación de la licitación.
El adjudicatario asume la obligación de financiar las inversiones y atender, por su cuenta, la totalidad de los gastos y desembolsos para cumplir con las obligaciones que asume por esta licitación, como ser la reubicación de los ocupantes del inmueble, la relocalización del cuartellillo de la Dirección Nacional de Bomberos, el pago del precio ofrecido a la IM por el padrón.
Todos los gastos en que incurran los interesados con relación a sus posibles o efectivas propuestas, incluyendo sin carácter limitativo, compra xxx xxxxxx, desarrollo y confección de la propuesta, son de su absoluta responsabilidad y no le serán reembolsados, ni directa ni indirectamente por la I.M.
Artículo 10º. Criterios de Evaluación.
La IM nombrará una Comisión Evaluadora para realizar el estudio de las propuestas. Esta Comisión deberá ser integrada por técnicos de reconocida capacidad y experiencia en el tema.
El procedimiento de evaluación de las ofertas se efectuará en 2 ETAPAS:
En la 1ª ETAPA se evaluarán los siguientes aspectos con la información que surgirá de los documentos presentados en el SOBRE “A”. La obtención del puntaje mínimo en cada condición (literales a, b y c) es requisito excluyente; las propuestas que no alcancen el puntaje mínimo serán descalificadas.
a) Propuesta referida a la reubicación de los ocupantes del ex “Hotel Municipal xx Xxxxxxxx”, relevados en el censo realizado por el Departamento de Desarrollo Social en agosto de 2016.
Puntaje mínimo requerido 240 puntos, puntaje máximo 400 puntos.
El puntaje se distribuirá así:
Propuesta de reubicación para todas las familias ocupantes del ex “Hotel Municipal xx Xxxxxxxx” teniendo en cuenta la composición de núcleos familiares según documento que se le entregará a los interesados con información sobre los ocupantes.
Puntaje máximo: 240 puntos.
Se le asignarán 240 puntos a la mejor propuesta de reubicación, atendiendo a la razonabilidad y congruencia de la solución, así como a su viabilidad; a las demás propuestas se le asignará el puntaje en función de los mismos criterios, y en relación con la propuesta que logre el mayor xxxxxxx.
Acuerdo con los ocupantes del ex “Hotel Municipal xx Xxxxxxxx” firmado por los mismos.
Puntaje máximo: 160 puntos.
Se le asignarán 160 puntos a la propuesta de reubicación que se presente con el acuerdo de todos los referentes de las familias ocupantes, llevando 0 puntos la propuesta que no tenga el acuerdo de ninguna de las familias; y a las demás propuestas se le asignará el puntaje en forma proporcional, en función de la cantidad de acuerdos firmados presentados.
b) Solución adecuada a la relocalización del Cuartelillo de la Dirección Nacional de Bomberos existente, el que deberá ser ubicado en un predio propiedad de la Intendencia de Montevideo con frente a la calle Santa Xxxxxx, padrón 5.946, conforme resolución de la Intendencia de Montevideo Nº782/13 de 22 de febrero de 2013.
Puntaje mínimo requerido 120 puntos, puntaje máximo 160.
Se le asignarán 160 puntos a la mejor propuesta de relocalización atendiendo a la funcionalidad de la solución; a las demás propuestas se le asignará el puntaje de acuerdo al mismo criterio, y en relación con la propuesta que logre el mayor xxxxxxx.
c) Anteproyecto arquitectónico de las obras a realizar en el padrón 63.443, el que deberá ajustarse a las pautas urbanísticas definidas para el mismo en base a lo sugerido por la Unidad de Proyectos Urbanos Territoriales del Departamento de
Planificación de la Intendencia de Montevideo, adjuntas en el Anexo 1 A y 1 B y será evaluado de la siguiente manera:
Punteje mínimo requerido 120 puntos, puntaje máximo 240 puntos
1. Resolución urbanística y arquitectónica de las nuevas construcciones: 100 puntos
Obtendrá 100 puntos la propuesta que logre la mejor resolución en los siguientes aspectos:
- Volumetría y condiciones formales.
- Relación con el entorno urbano inmediato y en particular con el Hotel Municipal xx Xxxxxxxx.
- Materiales, estructurales y constructivos.
A las demás propuestas se le asignará el puntaje en función de los niveles de resolución en los mismos aspectos y en relación con la propuesta que logre el mayor puntaje.
2. Resolución arquitectónica de la propuesta de restauración del edificio existente: 80 puntos
Obtendrá 80 puntos la propuesta que logre la mejor resolución en los siguientes aspectos:
- Recuperación de los valores patrimoniales e históricos.
- Adecuaciones o reformas interiores que impliquen modificaciones a las condiciones originales del edificio.
- Resolución material y constructiva de acuerdo a las características del proyecto y del mantenimiento necesario.
A las demás propuestas se le asignará el puntaje en función de los niveles de resolución en los mismos aspectos y en relación con la propuesta que logre el mayor puntaje.
3. Resolución del proyecto de espacios exteriores: 60 puntos
Obtendrá 60 puntos la propuesta que logre la mejor resolución en los siguientes aspectos:
- Trazado y resolución técnica de las áreas pavimentadas peatonales y vehiculares.
- Áreas verdes (cantidad, sectorización, tipos de ejemplares y ubicación de los mismos)
- Propuesta de iluminación y de mobiliario urbano.
A las demás propuestas se le asignará el puntaje en función de los niveles de resolución en los mismos aspectos y en relación con la propuesta que logre el mayor puntaje.
Si la oferta que obtenga el mayor puntaje total en esta etapa, hubiera presentado la propuesta de reubicación SIN el acuerdo de los ocupantes del ex “Hotel Municipal xx Xxxxxxxx”, o si no hubiera obtenido el acuerdo de todos los referentes de las familias; la I.M. le otorgará al oferente un plazo de 20 días hábiles antes de proceder a la apertura del Sobre “B”, para obtener el acuerdo firmado. Si en el plazo establecido, el oferente no logra obtener dicho acuerdo, la IM podrá prorrogar el plazo a solicitud del oferente, o podrá no tener en cuenta su propuesta, y se pasará a la oferta que le sigue en el orden de prelación, aplicando el mismo procedimiento.
Informe de evaluación: La Comisión Evaluadora, elevará un informe a la Comisión Supervisora de Contrataciones de la I.M., refiriendo el procedimiento cumplido y el puntaje asignado a cada una de las propuestas, con la fundamentación correspondiente.
En dicho informe solicitará que se convoque a la apertura del sobre “B”.
Obtenido el pronunciamiento de la La Comisión Supervisora de Contrataciones, la IM notificará a todos los Oferentes, al mismo tiempo y por comunicación escrita, el resultado de la evaluación del sobre “A”, y la fecha, hora y lugar en que se llevará a cabo la apertura del Sobre “B” de las ofertas que superaron el puntaje mínimo.
En la 2ª ETAPA se evaluará la oferta económica. Puntaje máximo 200 puntos.
La Administración fija como precio base la suma de trece millones novecientos setenta y nueve mil doscientas dos Unidades Indexadas (U.I. 13.979.202). No se considerará válida ninguna oferta cuyo precio sea inferior a la base establecida.
Se asignarán 200 puntos a la mayor oferta económica propuesta. Para el resto de las ofertas se prorrateará el puntaje en forma proporcional.
Si en la comparación efectuada se encuentran dos o más ofertas que reciban calificación similar de acuerdo a lo indicado en el artículo 66 del Tocaf, la I.M. podrá
invitar a los oferentes a mejorar sus ofertas, o entablar negociaciones a fin de obtener mejores condiciones.
Se sumará el puntaje obtenido por cada oferta en esta instancia, al puntaje obtenido en la etapa anterior.
Artículo 11º. Adjudicación.
La I.M. se reserva el derecho de rechazar todas y cada una de las propuestas que se presenten, si razones de oportunidad o conveniencia así lo aconsejan. Todo lo anterior sin posibilidad de reclamo alguno por parte de los oferentes o sus representantes.
La Licitación se adjudicará a la empresa que obtenga el mayor puntaje total.
Artículo 12º. Notificación – Contrato.
Una vez notificada a todos los oferentes la resolución que dispone la adjudicación, y vencido el plazo xx xxxx días corridos para recurrir, si la misma no fuera impugnada, el adjudicatario depositará la garantía de fiel cumplimiento de contrato, de acuerdo a lo establecido en el presente Xxxxxx.
Artículo 13º. Garantías.
Garantía de fiel cumplimiento de contrato: El adjudicatario ya notificado, dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles para presentar la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Dicha garantía será por un monto equivalente al 5% (cinco por ciento) del precio ofrecido por el inmueble padrón 63.443. Si el depósito se realiza mediante cheque, el mismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.
La garantía deberá estar vigente hasta la extinción definitiva de todas y cada una de las obligaciones emergentes de la adjudicación de la licitación.
Artículo 14º. Requisitos formales.
Una vez dictado el acto de adjudicación y previo a su notificación, se le solicitará al adjudicatario, en el plazo que la Administración disponga, la presentación de todos los requisitos formales que corresponda para acreditar que se encuentra en condiciones de contratar con la Intendencia. En ningún caso se podrá solicitar aquella documentación a la que se puede acceder a través xxx XXXX o cualquier sistema de
información de libre acceso.
Consorcios: Se admitirá la presentación de consorcios ya constituidos o a constituirse con una carta intención.
En este último caso, si su propuesta fuera seleccionada como la más conveniente, antes de dictada la resolución de adjudicación, los oferentes deberán cumplir con los requisitos establecidos por la Ley N°16.060 y presentar el contrato de consorcio debidamente inscripto y publicado, en un plazo de sesenta (60) días corridos contados desde la notificación del dictamen o informe de la Comisión Asesora.
Si la propuesta es presentada por dos o más empresas formando un consorcio, sin perjuicio de cumplir con las disposiciones anteriores, deberán establecer un domicilio único que será el domicilio legal y unificar la representación con facultades suficientes para actuar en nombre de aquél. Las notificaciones que se realicen al representante se considerarán válidamente hechas al consorcio. Las empresas que integran el consorcio o asociación asumen la responsabilidad solidaria y mancomunada por todas y cada una de las obligaciones emergentes del contrato, debiendo incluir en la propuesta una declaración suscrita por todos sus miembros asumiendo tal responsabilidad.
Cada firma que lo integra deberá cumplir los requisitos exigidos a las personas jurídicas individualmente y la documentación deberá presentarla en conjunto bajo el nombre del consorcio, pero indicando el nombre de la firma consorciada.
El adjudicatario deberá constituir domicilio a todos los efectos de la contratación, en la ciudad de Montevideo.
Artículo 15º. Pago del Precio.
El adjudicatario deberá abonar el precio ofrecido y aceptado por la I.M. antes de la firma de la escritura de Promesa de Compraventa, dentro del plazo de treinta (30) días contados a partir de la notificación de la resolución de adjudicación.
Artículo 16º. Procedimiento posterior a la adjudicación.
1. Garantía Fiel Cumplimiento: dentro de los 5 días hábiles contados a partir de la notificación de adjudicación, según el art. 13 del presente pliego.
2. Proyecto de Escritura de Promesa de Compraventa: Dentro de los 30 días hábiles contados a partir de la notificación de la resolución de adjudicación, el adjudicatario deberá presentar el proyecto de escritura para su aprobación en el Servicio de Escribanía de la Intendencia de Montevideo.
3. Firma Escritura de Promesa: Aprobado el Proyecto por parte de la I.M. se procederá a la firma de la Promesa de Compraventa, previo depósito del total del precio, y entrega simultánea de la posesión del inmueble.
4. Escritura de compraventa definitiva: Una vez que el adjudicatario cumplió con todas las obligaciones asumidas, especialmente con la reubicación de los ocupantes del “ex - Hotel Municipal xx Xxxxxxxx” y la relocalización del Cuartelillo de la Dirección Nacional de Bomberos, se otorgará la escritura de compraventa definitiva.
Artículo 17º. Comisión de Seguimiento.
Hasta el cumplimiento de todas las obligaciones asumidas por el adjudicatario de la licitación, actuará una Comisión de Seguimiento, designada al efecto por la I.M. que mantendrá un estricto control.
Artículo 18º. Incumplimientos.
El incumplimiento por parte del adjudicatario de cualquiera de las obligaciones asumidas, previas a la concreción de la promesa de compraventa, habilitará a la Intendencia de Montevideo a dejar sin efecto la adjudicación, con la ejecución de la garantía existente.
En la promesa de compraventa, se incluirán las cláusulas de estilo y aquellas que estime necesarias la Administración, a efectos de salvaguardar sus derechos y asegurarse el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el adjudicatario.
Artículo 19º. Xxxx.
El adjudicatario caerá en xxxx de pleno derecho, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, por el solo vencimiento de los plazos en que deba cumplir
cada obligación asumida, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.
Artículo 20º. Rescisión.
Se considerará que el adjudicatario ha incurrido en incumplimiento grave que amerite la rescisión del contrato, cuando notificado por escrito de la imputación de incumplimiento, dentro de los diez días hábiles no rectificara el mismo, salvo cuando la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación a juicio de la I.M.
Artículo 21º. Consulta – Prórrogas.
Los interesados en presentar ofertas, podrán realizar consultas, o solicitar aclaraciones sobre el texto de los recaudos, o prórroga de apertura de ofertas, hasta diez (10) días hábiles antes del plazo fijado para la apertura de la licitación. Esta comunicación deberá realizarse por escrito, indicando fecha y número de comprobante de compra de los recaudos, en forma presencial por medio de una nota dirigida al Servicio de Compras, de lunes a viernes entre las 10:0 y las 16:00 horas, o por fax al 00000000 o por correo electrónico a xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxx.xxx.xx. Se considera que los términos “comunicación escrita” o “por escrito” comprende: carta, fax o correo electrónico, todas con confirmación fehaciente de recibo.
La Administración enviará copia de las respuestas, incluyendo una descripción de las consultas realizadas, sin identificar su origen, a todos los interesados que hubiesen adquirido los recaudos de la Licitación directamente en la Unidad de Atención a Proveedores del Servicio de Compras, y además se incluirán dichas respuestas en la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx (entrar en Compras – Cartelera de Xxxxxxx, y buscar por el número de la licitación, ir a consultas y respuestas).
La Administración podrá, por cualquier causa y en cualquier momento antes de que venza el plazo de presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmiendas, ya sea por iniciativa propia o en atención a aclaraciones solicitadas por los Oferentes.
Las enmiendas serán notificadas por comunicación escrita a todos los Oferentes que hayan adquirido los recaudos de la licitación y serán obligatorias.
Cuando las enmiendas sean sustanciales, la I.M. prorrogará el plazo de presentación de ofertas a fin de dar a los Oferentes un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta, en la preparación de sus ofertas, las enmiendas hechas a los documentos de la licitación.
En cualquier caso la I.M. podrá prorrogar la fecha de apertura de la licitación por resolución fundada.
Artículo 22º. Información Reservada.
Iniciado el período de evaluación de ofertas y hasta las notificaciones que correspondan, se considerará reservada toda información relacionada con el examen, las aclaraciones y evaluación de las ofertas, así como las recomendaciones de adjudicación de la licitación.
Siguen Anexos.
Anexo 1A.
Pautas urbanísticas definidas para el padrón 63.443, con base a lo sugerido por la Unidad de Proyectos Urbanos Territoriales del Departamento de Planificación de la Intendencia de Montevideo.