CONTRATACIÓN DIRECTA POR COMPULSA ABREVIADA ENARSA N° EE 01/2017
CONTRATACIÓN DIRECTA POR COMPULSA ABREVIADA ENARSA N° EE 01/2017
CONTRATACIÓN DEL PROYECTO, SUMINISTRO, CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE DE LA CONTINUACIÓN Y FINALIZACIÓN DE LAS OBRAS CIVILES EXTERNAS DEL SISTEMA DE AGUA DE CIRCULACIÓN CORRESPONDIENTES A LAS OBRAS DE CONVERSIÓN DE CICLO ABIERTO A CICLO COMBINADO DE LAS CENTRALES DENOMINADAS "ENSENADA XX XXXXXXXX" Y "BRIGADIER XXXXX”.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
MEMORIA
N° 01 | EJERCICIO: 2017 | |
CLASE: DOBLE SOBRE |
RETIRO DE PLIEGOS
Lugar/Dirección | Plazo y Horario |
Oficinas de ENARSA, Xx. xxx Xxxxxxxxxx 0000, Xxxx 0x, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | Hasta 5 días hábiles anteriores de la apertura de las ofertas del Sobre N° 1. De lunes a viernes, de 10 a 16 hs. |
CONSULTAS/ACLARACIONES
Lugar/Dirección | Plazo y Horario |
Oficinas de ENARSA, Xx. xxx Xxxxxxxxxx 0000, Xxxx 0x, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | Hasta cuatro (4) días hábiles antes de la apertura de las ofertas. |
VISITA DE SITIOS DE OBRA Y TOMA DE VISTA DE MATERIALES
Lugar/Dirección | Día y Horario |
Central Térmica Ensenada xx Xxxxxxxx, sita en Av. Xxxxxxx Xxxxxxxx y Xxxxxx El Gato, Partido de Ensenada, Provincia de Bs. As. | 16 xx xxxx de 2017 a las 10:30 hs. |
Central Térmica Brigadier Xxxxx, sita en Parque Industrial Sauce Viejo, Ruta Xxxxxxxx Xx 00 xx. 000, Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xx. | 17 xx xxxx de 2017 a las 11:30 hs |
PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y ACTO DE APERTURA
Lugar | Día y Horario |
PRESENTACION DE OFERTAS | Hasta el día 29 xx xxxx de 2017 a las 12:30 horas. |
Oficinas de ENARSA, Xx. Xxx Xxxxxxxxxx 0000, Xxxx 0x, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | |
ACTO DE APERTURA | El día 29 xx xxxx de 2017 a las 13:00 horas. |
Oficinas de ENARSA, Xx. xxx Xxxxxxxxxx 0000, 0x Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. |
TITULO I: PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN CAPITULO I - ASPECTOS GENERALES
1. OBJETO
El objeto del presente llamado es la contratación del proyecto, suministro, construcción y montaje, bajo la modalidad "ajuste alzado", de la continuación y finalización de las obras civiles externas del Sistema de Agua de Circulación correspondientes a las obras de conversión del ciclo abierto a un ciclo combinado de las centrales termoeléctricas denominadas "Ensenada xx Xxxxxxxx" y "Brigadier Xxxxx”.
Las prestaciones a cargo del Contratista se detallan en los Pliegos de Especificaciones Técnicas General y Particulares.
Los Oferentes podrán optar por ofertar por todos, algunos o sólo uno de los siguientes lotes:
- LOTE N°1: Obra de Toma correspondiente al Cierre de Ciclo de la Central "Ensenada xx Xxxxxxxx" |
- LOTE N°2: Obra de Acueducto y Sistema de Descarga correspondiente al Cierre de Ciclo de la Central “Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx” |
- XXXX Xx0: Obra de Toma correspondiente al Cierre de Ciclo de la Central "Brigadier Xxxxx" |
- LOTE N°4: Obra de Acueducto y Sistema de Descarga correspondiente al Cierre de Ciclo de la Central “Brigadier Xxxxx”. |
2. PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial de la presente contratación asciende a la suma de $ 898.689.346,00 (pesos ochocientos noventa y ocho millones seiscientos ochenta y nueve mil trescientos cuarenta y seis), más IVA. Dicho presupuesto será asignado de la siguiente manera:
- LOTE N°1: Obra de Toma correspondiente al Cierre de Ciclo de la Central "Ensenada xx Xxxxxxxx": $ 357.154.048,00 (pesos trescientos cincuenta y siete millones ciento cincuenta y cuatro mil cuarenta y ocho), más IVA. |
- LOTE N°2: Obra de Acueducto y Sistema de Descarga correspondiente al Cierre de Ciclo de la Central “Ensenada xx Xxxxxxxx”: $ 333.934.005,00 (pesos trescientos treinta y tres millones novecientos treinta y cuatro mil cinco), más IVA. |
- LOTE N°3: Obra de Toma correspondiente al Cierre de Ciclo de la Central "Brigadier Xxxxx": $ 137.306.051,00 (pesos ciento treinta y siete millones trescientos seis mil cincuenta y uno), más IVA. |
- LOTE N°4: Obra de Acueducto y Sistema de Descarga correspondiente al Cierre de Ciclo de la Central “Brigadier Xxxxx”: $ 70.295.242,00 (pesos setenta millones doscientos noventa y cinco mil doscientos cuarenta y dos), más IVA. |
3. PLAZO DE OBRA
Para la ejecución de las Obras el plazo será de:
- LOTE N°1: Obra de Toma correspondiente al Cierre de Ciclo de la Central "Ensenada xx Xxxxxxxx": quince (15) meses contados desde la firma de la respectiva Acta de Inicio de Obra. |
- LOTE N°2: Obra de Acueducto y Sistema de Descarga correspondiente al Cierre de Ciclo de la Central “Ensenada xx Xxxxxxxx”: doce (12) meses contados desde la firma de la respectiva Acta de Inicio de Obra. |
- LOTE N°3: Obra de Toma correspondiente al Cierre de Ciclo de la Central "Brigadier Xxxxx": diez (10) meses contados desde la firma de la respectiva Acta de Inicio de Obra. |
- LOTE N°4: Obra de Acueducto y Sistema de Descarga correspondiente al Cierre de Ciclo de la Central “Brigadier Xxxxx”: cinco (5) meses contados desde la firma de la respectiva Acta de Inicio de Obra. |
4. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El sistema de contratación a emplear para la presente contratación es el de ajuste alzado (precio global).
En consecuencia los Oferentes deberán incluir en su precio los costos directos, indirectos, gastos generales, beneficio, utilidad, impuestos, aportes, etc., de todos y cada uno de los servicios y prestaciones a efectuar y de los elementos, equipos, materiales y todo otro recurso a afectar a la ejecución y cumplimiento de los trabajos objeto de la presente Contratación.
En atención a la naturaleza de la Obra, será considerada una obligación esencial del Contratista el brindar, de forma completa y oportuna, la información técnica y operativa que pueda incidir en la correcta ejecución de los trabajos y operación de la Obra, mediante el uso de tecnologías específicas, concentrándose en la Contratista el deber de la realización integral de la Obra y la prestación de todos aquellos servicios en un todo de acuerdo a lo indicado en el Pliego, en la Adjudicación, en la Oferta presentada y en el respectivo Contrato de Obra Pública.
La Contratista deberá contar con personal idóneo a los fines de cumplir el deber de información en todas las etapas de la Obra. La asistencia e información deberán brindarse en idioma español y/o con la correspondiente traducción.
La Obra cuenta con un determinado grado de avance y ENARSA proveerá algunos de los materiales a utilizar para su continuación y finalización. Dicho materiales se especifican en los respectivos PETP y los Oferentes deberán examinarlos y evaluarlos previo a presentar sus respectivas Ofertas. Los demás materiales que sean necesarios para la terminación de la Obra y que no sean suministrados por ENARSA a los Contratistas, deberán ser provistos por estos, todo ello en los términos del presente Xxxxxx.
El sistema de selección adoptado es Contratación Directa, en los términos del art. 9° de la Ley 13.064 y del art. 25 del Decreto PEN N° 1023/2001. En función de ello, el presente procedimiento de contratación se realiza mediante invitación directa a al menos tres (3) posibles Interesados.
5. LEY Y JURISDICCION APLICABLE
La presente Contratación se realiza en el marco del Decreto N° 938 de fecha 18 de julio de 2007. En ese sentido, se regirá por la Ley N° 13.064, por las disposiciones del Título I del Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional aprobado por el Decreto N° 1.023/2001 y su normativa complementaria, en tanto no se opongan a la ley mencionada en primer término, la ley 19.549, las leyes N° 15.336, 24.065, 25.551, y sus modificatorias y reglamentarias, por este Pliego y las Circulares que se emitan y que lo integran. También será de aplicación el Decreto N° 691/2016 y su normativa complementaria.
En todo cuanto no esté expresamente previsto en las normas mencionadas en el párrafo anterior será de aplicación el Derecho Argentino y sus principios generales, a los que los oferentes se someten por el solo hecho de presentar ofertas en esta Contratación, con renuncia expresa a cualquier otra normativa que pudiera invocarse.
En materia de legalizaciones y de reconocimiento de documentos emitidos por autoridades extranjeras, se aplicarán los convenios vigentes entre la República Argentina y el Estado del que provengan dichos documentos.
Cualquier controversia vinculada a la interpretación, aplicación o ejecución de las obligaciones previstas en el presente Pliego y en los Contratos será sometida a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción, judicial o arbitral, nacional o internacional, que pudiere corresponder y a la posibilidad de recusar sin causa. La sola presentación de la Oferta importa la aceptación de esta jurisdicción.
6. NATURALEZA JURIDICA DE ENARSA
ENARSA es una Sociedad Anónima creada por la Ley N° 25.943, bajo el régimen de los artículos 163 y siguientes de la Ley N° 19.550.
7. DOMICILIO DE ENARSA E INFORMACION IMPOSITIVA
El domicilio de ENARSA es Xx. xxx Xxxxxxxxxx 0000, 0x Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Tel - Fax: (54 11) 4801 - 9325.
Información impositiva: C.U.I.T.: 30-70909972-4 / Ingresos Brutos: CM 000-000000-0
8. DEFINICIONES
Los términos definidos a continuación tendrán el significado aquí expresado, y rigen tanto para su indicación singular como plural:
ADJUDICATARIO: Es aquel o aquellos oferentes que haya o hayan sido adjudicado/s para cumplir con el objeto de la presente Contratación.
ANÁLISIS DE PRECIOS: Indicación y ponderación de los componentes de la estructura que forman parte del precio de cada ítem de la Oferta.
CENTRALES: conjuntamente, CTEB y CTBL.
CIRCULAR ACLARATORIA: Comunicación emitida por ENARSA destinada a aclarar cuestiones vinculadas con la presente Contratación o a responder consultas formuladas por los interesados.
COMISIÓN EVALUADORA: Es un órgano colegiado encargado de evaluar las ofertas presentadas y recomendar a la autoridad competente la adjudicación, la admisibilidad o inadmisibilidad, conveniencia o inconveniencia de aquéllas.
CONSORCIO: Consorcio de Cooperación, bajo la figura de contrato asociativo en los términos de los arts. 1470 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.
CONTRATISTA: Es el o los Adjudicatario/s que ha/n firmado el correspondiente Contrato de Obra Pública bajo la presente Contratación.
CONTRATO o CONTRATO DE OBRA PÚBLICA: Es cada uno de los contratos de obra pública, en los términos de la Ley N° 13.064, que sean suscriptos en el marco de la presente Contratación.
CTBL: Central Térmica Brigadier Xxxxx.
CTEB: Central Térmica Ensenada xx Xxxxxxxx.
DÍA/S: Días hábiles administrativos, salvo indicación en contrario.
DIRECCIÓN DE OBRA: Ejercicio por ENARSA o por quien esta delegue del control del desarrollo de las Obras, la fiel interpretación de los planos y la documentación técnica que forma parte del proyecto, y la revisión de los certificados de Obra.
ENARSA o COMITENTE: ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA.
INSPECCIÓN DE OBRA: Quien representa técnicamente a ENARSA, en las actividades de supervisión y vigilancia de los trabajos, con autoridad para actuar en su nombre y facultada para realizar el contralor de los aspectos técnicos de la contratación y de la Obra, conforme el punto 42 del presente Xxxxxx.
INTERESADO: Es toda persona física, jurídica o UT/Consorcio que manifiesta interés en presentar una Oferta en la presente contratación.
INVITADO: Es toda persona física, jurídica o UT invitada particularmente por el Comitente a participar y presentar una Oferta en la presente Contratación.
LOTE: es cada una de las Obras objeto de la presente Contratación que se mencionan en el punto 1 del presente PBC.
OBRA: es, indistintamente a los efectos de este Pliego, las obras civiles externas correspondientes por un lado a la Toma de Agua, y por otro lado al Acueducto y Sistema de Descarga de cada una de las Centrales, cuya continuación y finalización es objeto de la presente Contratación.
OFERENTE O PROPONENTE: Es el Interesado o Invitado que en, forma individual o agrupados conjuntamente en una UT o Consorcio, presenta una Oferta en la presente Contratación.
OFERTA: Es la declaración de voluntad irrevocable, unilateral, incondicionada y recepticia efectuada por un Oferente de conformidad con el Pliego. Constituyen la Oferta la presentación de los Sobres 1 y 2.
PBC: Pliego de Bases y Condiciones.
PETG: Pliego de Especificaciones Técnicas Generales.
PETP: Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares para las obras de Toma de Agua y de Acueducto y Sistema de Descarga correspondientes a las Centrales.
PLAZO DE OBRA: Período comprendido desde la firma del Acta de Inicio de obra hasta la fecha de la recepción provisoria.
PLIEGO: el Pliego de Bases y Condiciones, Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, Pliegos de Especificaciones Técnicas Particulares para las obras de Toma de Agua, y Acueducto y Sistema de Descarga correspondientes a las Centrales.
PUNCH LIST: Documento en el que se detallan los defectos y pendientes menores existentes a la fecha de emisión de la Recepción Provisoria y que deben ser reparados y cumplidos por el Contratista.
REGISTRO DE CONSTRUCTORES DE OBRA PÚBLICA: Es el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas reglamentado por el Decreto N° 1724/93.
REPRESENTANTE TÉCNICO: Profesional universitario con incumbencia acorde con las características de la obra, que representa al contratista ante el comitente a todos los efectos técnicos.
SUBCONTRATISTA: La persona física o jurídica con la cual el Contratista celebre un contrato para la ejecución de parte de las tareas a su cargo.
UT: Unión Transitoria, bajo la figura de contrato asociativo en los términos de los arts. 1463 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.
9. DOMICILIOS DE LOS OFERENTES
En las Ofertas se consignarán los domicilios real y legal de los Oferentes, siendo requisito indispensable que se constituya domicilio especial dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde serán válidas todas las notificaciones o comunicaciones que se cursen.
10. PLAZOS
Salvo disposición en contrario, todos los plazos establecidos en el presente Pliego se computan por días hábiles administrativos.
11. CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN XXX XXXXXX
Por la sola circunstancia de presentar una Oferta, se tendrá al Oferente por conocedor de la totalidad de los términos de esta Contratación y el Pliego, y de las características de las Obras objeto de la presente, por lo que no podrá con posterioridad invocar en su favor los errores en que pudiere haber incurrido al formular la Oferta, o duda o desconocimiento de las cláusulas y disposiciones legales aplicables, ni del estado de las Obras ni de los materiales a aportar por ENARSA.
La sola presentación de la Oferta implicará la aceptación de las condiciones establecidas en el Pliego y la imposibilidad ulterior de su impugnación. También importa el conocimiento de las Obras y de los Materiales a proveer por ENARSA, no pudiendo con posterioridad invocar dificultades Materiales imprevistas ni cualquier error de hecho derivado de la visita de las Obras o de la inspección de los Materiales.
CAPÍTULO II - DE LOS OFERENTES
12. REQUISITOS PARA SER OFERENTE
Pueden ser Oferentes las personas físicas, sociedades regularmente constituidas, UTs y Consorcios que
reúnan los requisitos establecidos en el Pliego. Sólo podrán ser Oferentes las empresas locales en los términos del artículo 8° de la Ley N° 18.875.
Para el caso de que la Oferta se efectúe en forma conjunta por más de una empresa, estás deberán presentarse a través de una UT o Consorcio de Cooperación. A los fines de no afectar la competencia, los Invitados no podrán asociarse entre sí en UT o Consorcio para presentar una Oferta. No obstante, los Invitados podrán asociarse en UT o Consorcio con Interesados que no hayan sido Invitados a los fines de presentar una Oferta. Los Interesados que no hayan sido Invitados podrán asociarse entre sí en UT o Consorcio a los fines de presentar una Oferta.
Cada uno de los Oferentes o en su caso los integrantes de la UT y Consorcios, quedarán obligados ilimitada y solidariamente por toda y cualquier obligación o responsabilidad emergente de la presentación de la Oferta, la Adjudicación y la suscripción del Contrato, debiendo así declararlo expresamente en su carta de presentación y en su caso, en los poderes acordados al representante.
Las UTs y Consorcios deberán presentarse en los términos del Capítulo 16 del Título I del Libro Tercero del Código Civil y Comercial de la Nación, acompañando a su Oferta el contrato constitutivo correspondiente debidamente inscripto o, en su defecto, el compromiso formal de su constitución. Tanto el compromiso de constitución como el contrato definitivo de UT/Consorcio deberán constar por instrumento público y deberán contener los requisitos mínimos previstos en los arts. 1464 o 1474 (según corresponda) del Código Civil y Comercial de la Nación, y lo siguiente:
a) El objeto, que deberá comprender el de la presente Contratación, con determinación concreta de las actividades y medios para su realización;
b) La denominación, que será la de algunos o de todos los miembros, seguida de la expresión "unión transitoria” o “consorcio de cooperación”;
c) El nombre o denominación, el domicilio y los datos de la inscripción registral del contrato o estatuto de la matriculación o individualización, en su caso, que corresponda a cada uno de los miembros. En caso de las sociedades que las integren, la relación de la resolución del órgano social que aprobó la celebración de la unión transitoria, así como su fecha y número de acta;
d) La constitución de un domicilio especial para todos los efectos que deriven del contrato de unión transitoria, tanto entre las partes como respecto de terceros;
e) Las contribuciones debidas al fondo común operativo y los modos de financiar o sufragar las actividades comunes en su caso;
f) El nombre y domicilio del representante. El representante tendrá los poderes suficientes de todos y de cada uno de los miembros para ejercer los derechos y contraer las obligaciones que hicieren a la ejecución de todas las obligaciones emergentes de la presente Contratación;
g) La proporción o método para determinar la participación de los integrantes en la distribución de los resultados o, en su caso, los ingresos y gastos de la unión;
h) Las normas para la confección de estados de situación, a cuyo efecto los administradores, llevarán, con las formalidades establecidas por el Código Civil y Comercial de la Nación y normativa complementaria, los libros habilitados a nombre de la unión que requieran la naturaleza e importancia de la actividad común;
i) Las sanciones por incumplimiento de obligaciones;
j) El compromiso expreso de cada uno de los integrantes de la UT/Consorcio de asumir la
responsabilidad principal, solidaria e ilimitada por todas y cada uno de los integrantes, respecto del cumplimiento de todas las obligaciones emergentes de la presente contratación, de la Adjudicación y cualquier obligación contractual por el plazo de duración del Contrato;
k) El compromiso de mantener la vigencia de la UT/Consorcio por un plazo superior al fijado para el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes de esta contratación;
l) El compromiso de no introducir modificaciones en los Estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad, sin la aprobación previa y expresa del Comitente;
m) El compromiso de actuar exclusivamente bajo la representación unificada establecida en dicho contrato.
n) Precisar el cometido que tendrá cada uno de los partícipes en la UT/Consorcio.
o) Junto con el contrato o compromiso de constitución de la UT/Xxxxxxxxx deberá acompañarse copia autenticada de las actas de asamblea o del órgano de administración por la cual cada una de las sociedades integrantes de la UT/Consorcio haya aprobado su constitución.
En el caso de que los Oferentes presenten compromiso de constitución de UT o Consorcio deberán acompañar el contrato definitivo y la correspondiente inscripción en el Registro Público de Comercio como requisito para la firma del Contrato. De no cumplirse con los recaudos mencionados se dejará sin efecto la Adjudicación con pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta, y comunicándose el incumplimiento respectivo al Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas (conforme Artículo 20 de la Ley N° 13.064).
13. CAPACIDAD DE CONTRATACION
Para presentarse en esta Contratación, los Oferentes deberán presentar certificado válido acreditando su capacidad de contratación actualizada, expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, conforme al Decreto 1724/93 y Disposición Sec. Obras y Servicios Públicos 18/94 (B.O. 01/06/94). A esos efectos, se define la Obra como de Ingeniería.
La capacidad de contratación deberá ser superior al resultado de la siguiente fórmula:
CC = PO x 12
PE
Siendo:
CC: Capacidad de Contratación Anual.
PO: Monto del Presupuesto Oficial de los Lotes cotizados por el Oferente
PE: Plazo de Ejecución máximo de los Lotes cotizados por el Oferente, en meses o fracción
Si el Oferente hubiese presentado Oferta por más de un Lote y su Capacidad de Contratación no fuese suficiente para que se lo adjudique en la totalidad de los Lotes ofrecidos, ENARSA se reserva la facultad de considerar únicamente la Oferta por aquellos Lotes que, según la Evaluación de las Ofertas, resulte más conveniente para ENARSA, sin que el Oferente pueda hacer prevalecer otros criterios de conveniencia.
14. IMPEDIMENTOS
No serán aceptados como Oferentes quienes se encuentren incursos en alguna de las causales previstas en el artículo 28 del Decreto PEN N° 1023/01.
a)
15. REPRESENTANTES
a. REPRESENTANTE
La totalidad de la documentación que integre la Oferta deberá ser suscripta por un representante con facultades suficientes para obligar al Oferente, presentando la documentación que lo acredite debidamente autenticada por escribano público y legalizada por el colegio profesional en caso de corresponder.
b. REPRESENTANTE TÉCNICO
Los Oferentes deberán designar en sus Ofertas un Representante Técnico, quien deberá reunir los siguientes requisitos:
a) Ser Ingeniero con especialidad técnica afín a la Obra;
b) Estar inscripto en el Consejo Profesional correspondiente, en la República Argentina, encontrándose en condiciones legales para el ejercicio de su profesión, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N° 6070/58 y normas reglamentarias y complementarias.
A efectos de acreditar dicha capacidad, deberá acompañarse a la oferta copia autenticada del título respectivo, el Currículum Vitae y la documentación que acredite su experiencia en la materia. Asimismo, deberá presentarse el compromiso expreso de dicho profesional de desempeñarse como Representante Técnico en caso de adjudicación y firma del Contrato de Obra.
El Representante Técnico tendrá las siguientes funciones y obligaciones:
i. Representar al Oferente, Adjudicatario y Contratista en todos los aspectos técnicos vinculados con la presente Contratación.
ii. Suscribir los documentos técnicos de la Oferta junto con el Representante Legal, suministrar toda información técnica que le sea requerida durante la etapa de evaluación de Ofertas, y colaborar con la Inspección de Obra en todo lo que ésta le requiera para una mejor ejecución de la Obra.
iii. Durante la ejecución del Contrato, el Representante Técnico deberá permanecer en la Obra hasta tanto los trabajos cuenten con Recepción Provisoria.
iv. En caso de que el Representante Técnico se ausentare temporalmente, el Contratista deberá comunicar las razones que justifican la ausencia, tanto al Comitente como a la Inspección de Obra, quienes podrán rechazar las causales invocadas. Todas las instrucciones que el Representante Técnico y, en su caso, quien lo reemplace, reciban de la Inspección de Obra, serán consideradas como impartidas por el Comitente.
16. CUMPLIMIENTO DE NORMAS APLICABLES Y VERIFICACIÓN DE INFORMACIÓN TÉCNICA
Todos los estudios y la información técnica que se proveen en el Pliego y que en el futuro se provean a los Oferentes son meramente referenciales y no liberan en forma alguna a estos de su responsabilidad respecto del cumplimiento de todas normas vigentes, de la verificación de la información y documentación técnica, y del seguimiento de las reglas del buen arte aplicables a cada caso en concreto.
CAPÍTULO III - OFERTAS
17. NO RECONOCIMIENTO DE GASTOS
En ningún caso el Comitente reconocerá o reembolsará gasto alguno en que hubieran incurrido los Oferentes en la preparación y presentación de las Ofertas.
18. IDIOMA
Las Ofertas, la documentación que se adjunte a ellas, alcances, descripciones, especificaciones, procedimientos, cronogramas y toda solicitud, y/o presentación a ser realizadas por los Oferentes, así como la redacción del Contrato y sus Anexos, deberán estar en idioma español.
La documentación presentada en idioma extranjero deberá contar con su correspondiente traducción al castellano, realizada por traductor matriculado y certificada por el colegio de traductores respectivo. En caso de discrepancias entre la versión en idioma extranjero y su traducción al español, prevalecerá esta última.
No será necesario traducir la folletería o documentación técnica que se encuentre expresada en un idioma técnico universal. Sin embargo, el Comitente podrá exigir al Oferente que traduzca las piezas que le requiera dentro del plazo razonable que le fije.
19. CONOCIMIENTO DEL LUGAR, LAS CONDICIONES GENERALES DEL SITIO Y SU ENTORNO, DEL ESTADO DE AVANCE DE LAS OBRAS, Y DE LOS MATERIALES Y LA INGENIERÍA EXISTENTES
Los Interesados deberán asistir en forma obligatoria a una visita a al lugar donde se desarrollan las Obras, la que se realizará en la fecha y hora que a tal efecto será informada por ENARSA. Los Interesados deben constituirse en los lugares indicados por ENARSA por sus propios medios equipados con vehículos 4x4 y elementos de protección personal.
Los Interesados sólo podrán presentar una Oferta por el Lote o los Lotes cuyo lugar de Obra hayan visitado conforme el presente punto.
Los Interesados deberán comunicar por escrito y con una anticipación mínima de 2 (dos) días hábiles los nombres completos de las personas que asistirán en su representación a la visita a los lugares de las Obras, junto con los números de documento de cada uno y la documentación que acredite su pertenencia a la empresa que representa, la cobertura de seguro de riesgos de trabajo, los datos del vehículo en que se movilizarán, VTV y seguro automotor obligatorio; todo ello bajo apercibimiento de negarse la posibilidad de realizar la visita y de, eventualmente, rechazarse cualquier Oferta que presenten.
Los Interesados deberán inspeccionar, estudiar y analizar por sí las instalaciones y equipamientos existentes a partir de los cuales se ejecutará la parte faltante de las Obras y del estado actual de la construcción y sus accesos, etc., a los efectos de asegurarse un conocimiento acabado de cualquier aspecto que pueda incidir en la elaboración de su Oferta y posterior ejecución de la Obra.
Los Interesados deberán recabar las características y condiciones del sitio donde se desarrollan las Obras, del terreno, características del suelo, examinar datos útiles sobre condiciones gremiales, ambientales y socioeconómicas de la comunidad que se pueda ver afectada, del abastecimiento de materiales y servicios disponibles en la zona, de la logística y mano de obra que podrá disponer, etc.
El Comitente expedirá una constancia de visita al lugar de las Obras, la que será entregada a los Interesados que hayan concurrido y cuya copia deberá ser presentada junto con la Oferta.
Asimismo, los Interesados en presentar una Oferta deberán inspeccionar los Materiales que proveerá el Comitente para ser utilizados en los Lotes por el que se Oferte.
A estos fines, los Interesados deberán realizar por sus propios medios la toma de vista de los materiales al momento de concurrir a la visita de la Obra.
Para ello, los Interesados tendrán acceso a la totalidad de los materiales que proveerá ENARSA para ser aplicados al respectivo Lote, conforme surge de los PETP. Las consultas relativas a los materiales deberán ser presentadas al Comitente en la forma y plazos previstos en el Punto 22 de este PBC.
El Comitente expedirá una constancia de inspección de los Materiales, la que será entregada a los Oferentes que hayan concurrido. Las Ofertas que se presenten deberán ser acompañadas de copia de esta constancia, como así también de una declaración jurada de la Contratista mediante la que declare que ha analizado los materiales y que los acepta en el estado en que se encuentran.
20. VALIDEZ DE LAS OFERTAS
Los Oferentes deberán especificar, en su carta de presentación, que asumen el compromiso irrevocable de mantener la validez de su Oferta por un período de ciento veinte (120) días corridos, computados a partir de la fecha de apertura.
El plazo de mantenimiento de las Ofertas se renovará en forma automática por períodos de TREINTA (30) días corridos hasta la firma del Contrato, si los Oferentes no hiciesen saber su voluntad expresa de desistir de su Oferta con no menos xx XXXX (10) días corridos de antelación a su vencimiento.
21. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Todas las Ofertas deberán estar acompañadas de una garantía de mantenimiento de Oferta, por el monto fijo de Pesos equivalente al UNO POR CIENTO (1%) del Presupuesto de la Obra, calculado en función del o los Lotes que se oferte.
La garantía de mantenimiento de Oferta deberá constituirse mediante los siguientes medios:
a) Fianza bancaria a satisfacción de ENARSA, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión, así como al beneficio de interpelación judicial previa. Dicha fianza deberá ser otorgada por una institución bancaria autorizada a operar por el Banco Central de la República Argentina.
b) Póliza de seguro de caución emitida en los términos del Decreto N° 411/69 por una compañía autorizada a operar por la Superintendencia de Seguros de la Nación, constituyéndose el asegurador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia expresa a los beneficios de división y excusión, así como al beneficio de interpelación judicial previa.
La falta de constitución de las garantías exigidas o su constitución en forma no ajustada a las disposiciones que anteceden constituirá una causal de inadmisibilidad de la Oferta.
La garantía debe ser emitida a nombre del Comitente y tendrá validez por un plazo superior en no menos de un mes al de validez de la Oferta, incluyendo sus prórrogas conforme el presente Pliego. La garantía de mantenimiento de Oferta deberá prever que siempre que la Oferta sea prorrogada, ya sea en forma expresa o tácita, la garantía de mantenimiento que la acompaña ha sido también prorrogada.
Las garantías de mantenimiento de oferta por Ofertas que no hayan sido adjudicadas, serán puestas a disposición para su devolución luego de la firma del Contrato por el respectivo Lote.
La garantía de mantenimiento de Oferta podrá ser ejecutada por el Comitente si:
a) El Oferente:
i. retirase su Oferta durante el período de validez de Ofertas;
ii. se detectare que la información o documentación suministrada es falsa o incorrecta, sin importar el estado en que se encuentre el trámite; o
iii. no aceptara la corrección del precio de su Oferta por errores aritméticos, de conformidad con este Xxxxxx.
b) El Adjudicatario:
i. no firmase el Contrato, de acuerdo a lo estipulado en este Pliego;
ii. no suministrase la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo dispuesto por este Xxxxxx;
iii. se detectare que la información o documentación suministrada es falsa o incorrecta, sin importar el estado en que se encuentre el trámite; o
Si la garantía de mantenimiento de Oferta no satisficiere al Comitente, éste podrá requerir al Oferente la presentación de una nueva garantía, a su satisfacción. Para tal supuesto, el Oferente deberá dar respuesta dentro de los tres (3) días de notificado el requerimiento del Comitente.
En caso que la garantía de mantenimiento de Oferente fuera rechazada nuevamente, la oferta presentada por dicho Oferente quedará automáticamente descartada.
22. CONSULTAS Y ACLARACIONES
Hasta cuatro (4) Días hábiles antes de la fecha de presentación de Ofertas los Interesados podrán formular consultas relacionadas con la presente Contratación.
Las mismas serán formuladas por escrito y presentadas indefectiblemente en las oficinas de ENARSA, sitas en Xx. xxx Xxxxxxxxxx Xx 0000, Xxxx 0x, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, con firma del oferente o su representante legal y harán concreta referencia a los puntos a aclarar.
Si a criterio de ENARSA la consulta resultare pertinente y contribuyere a una mejor comprensión e interpretación xxx Xxxxxx se elaborará una Circular Aclaratoria dando respuesta a la consulta.
Las Circulares Aclaratorias serán notificadas a los interesados y publicadas en la página Web de ENARSA (xxx.xxxxxx.xxx.xx). Tanto las circulares emitidas como consecuencia de las consultas formuladas por los interesados, como las que ENARSA efectúe de oficio, pasarán a formar parte xxx Xxxxxx.
El Comitente podrá emitir en cualquier momento previo a la fecha de presentación de Ofertas de esta Contratación, Circulares Aclaratorias sobre los documentos licitatorios.
23. FORMALIDADES DE LA PRESENTACION DE OFERTAS
La Oferta y toda la documentación que el Oferente presente, así como toda consulta o presentación que éste realice, deberán presentarse por escrito en tintas indelebles y redactadas en idioma español, salvándose toda testadura, enmienda o palabra interlineada, junto con dos (2) copias de la misma en CD o DVD.
La información y documentación presentada revestirá el carácter de declaración jurada y el Oferente estará obligado a permitir al Comitente la constatación de documentación original y de la información suministrada en cualquier momento del proceso.
La presentación de las Ofertas se realizará en la fecha y hora establecidas en la MEMORIA de este Pliego, en la sede de ENARSA sita en el 2do piso de la Xx. xxx Xxxxxxxxxx 0000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Los Oferentes deberán presentar conjunta y simultáneamente su Oferta técnica (Sobre N° 1) y su Oferta económica (Sobre N° 2). Las Ofertas que no cumplan con la presentación conjunta y simultánea de los Sobres N° 1 y 2 serán consideradas improcedentes, y serán rechazadas y devueltas al Oferente sin abrir.
ENARSA dará recibo numerado de los sobres entregados hasta el día y la hora fijados para la presentación de ofertas. Recibido el sobre se le pondrá cargo, indicando fecha y hora.
Sólo se aceptará una Oferta por Oferente por Xxxx. En caso de que un Interesado presentare más de una Oferta, ya sea de manera individual como participando en una UT o Consorcio, se desestimarán todas las Ofertas en las que dicho Interesado participe, procediéndose a su devolución. A dichos fines, se entenderá que las Ofertas presentadas por empresas distintas que correspondan a un mismo grupo económico son formuladas por el mismo Oferente.
24. OFERTAS TARDÍAS
Las Ofertas presentadas con posterioridad a la fecha y hora límites fijadas para la presentación de Ofertas serán consideradas extemporáneas y serán devueltas al Oferente sin abrir.
25. CONTENIDO DEL SOBRE N° 1
El Sobre N° 1 deberá contener tres secciones.
En el caso que se presente una Oferta por más de un Lote se podrá presentar la Sección N° 1 unificada y las Secciones N° 2 y 3 discriminadas por cada uno de ellos. En este caso, la Oferta para cada Lote deberá tener una autosuficiencia que permita ser evaluada con total autonomía para cada Lote.
a) SECCIÓN 1: ANTECEDENTES INSTITUCIONALES
Los Oferentes deberán consignar y acompañar los datos institucionales y documentos que se detallan a continuación:
i. Denominación o Razón Social;
i. Domicilio especial constituido a los efectos de esta presentación, especificando números de teléfono y dirección electrónica (e-mail);
ii. Declaración jurada de vigencia y validez de Oferta.
iii. Designación de representante legal y/o apoderado con facultades suficientes para obligar al Oferente; esta capacidad de representación o poder deberá resultar de los contratos sociales
y/o estatutos y/o poderes y/o instrumentos adjuntos, debidamente certificados por escribano público o autoridad competente, en su caso;
iv. Copia certificada y/o autenticada del instrumento constitutivo del Oferente y de corresponder sus modificaciones;
v. Constancias de inscripción ante los entes recaudadores, su condición frente a los impuestos internos, impuesto a las ganancias y Resolución General Nro. 3419 de la AFIP. Respecto al impuesto sobre los ingresos brutos aclarará su número de inscripción o, en su defecto, el número de inscripción en el convenio multilateral;
vi. Copia de Inscripción en el respectivo Registro Público de Comercio; en caso de presentarte el compromiso de formación de una UT o Consorcio, deberá presentarse la inscripción en el Registro Público de Comercio de los miembros de la misma;
vii. Declaración Jurada de pleno conocimiento del estado y características de la Obra por la que se oferta, y copia de la constancia de visita al lugar de la Obra correspondiente al/los Lote/s por los que se oferte expedida oportunamente por el Comitente.
viii. Copia de la constancia de inspección de los Materiales correspondiente a los Lotes por los que se presente la Oferta, y declaración jurada de aceptación de los materiales en las condiciones que se encuentran.
ix. Declaración Jurada de no encontrarse incursos en causales prevista en el artículo 28 del Decreto PEN N° 1.023/01.
x. Certificado Fiscal para contratar con el Estado Nacional.
xi. Certificado de Capacidad de Contratación, expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas conforme a su régimen normativo.
xii. Garantía de mantenimiento de Oferta, de conformidad con lo establecido en el Pliego.
xiii. Últimos tres (3) balances de cierre de ejercicio. Los balances deberán estar suscriptos por Contador Público y certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o equivalente en la sede social principal del oferente.
Cuando la fecha de cierre del último ejercicio o la fecha límite de presentación del último balance sea igual o mayor a seis (6) meses anteriores a la fecha de apertura, deberá presentarse un estado de situación patrimonial correspondiente a dicho período.
xiv. Acreditación de un Sistema de Calidad Documentado ISO 9001, o acreditar que se encuentra en proceso de certificación con un Ente reconocido o la existencia de un sistema propio con registros comprobables alineado con la norma mencionada.
En caso de constituirse una UT o Consorcio, ésta debe incluir un compromiso de actuar conforme a dichos sistemas, sin perjuicio de la obligación de cada uno de sus miembros de presentar el sistema de calidad mencionado en el párrafo anterior.
xv. Acreditación de un Sistema para asegurar el cumplimiento de los requisitos legales y normativos a Seguridad e Higiene y Medio Ambiente ISO 14001- OSHA 18001, o acreditar que se encuentra en proceso de certificación con un Ente reconocido o la existencia de un sistema propio con registros comprobables alineado con las normas mencionadas.
En caso de constituirse una UT o Consorcio, ésta debe incluir un compromiso de actuar conforme a dichos sistemas, sin perjuicio de la obligación de cada uno de sus miembros de presentar el sistema de calidad mencionado en el párrafo anterior.
En caso de UT/Consorcio, deberá acompañarse la documentación requerida en el punto 12 del PBC.
b) SECCIÓN 2: ANTECEDENTES TÉCNICOS Y EMPRESARIA/ES
i. Listado de Obras Civiles similares a los Lotes ofertados.
El oferente deberá presentar antecedentes en la construcción de obras civiles similares a las contratadas, adjuntando un listado de obras realizadas en los últimos DIEZ (10) años.
Dicho listado deberá consignar la localización, información del cliente, plazo que demandó la construcción, fecha de ejecución, monto de cada contrato y disponibilidad.
Debe adjuntar copias debidamente autenticadas de certificaciones de las obras realizadas y todo otro documento tendiente a acreditar la realización de los contratos declarados en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior, y del desempeño del Oferente respecto de esos antecedentes.
ii. Folletería, planos, instructivos y toda otra documentación tendiente a posibilitar la evaluación técnica del material ofertado. Salvo la folletería, toda la documentación deberá ser presentada en idioma español o con su correspondiente traducción al mismo.
iii. A los fines de acreditar la capacidad exigida, los oferentes deberán indicar clientes y lugares donde las obras fueron ejecutadas, acompañando la documentación probatoria pertinente.
c) SECCIÓN 3: OFERTA TÉCNICA
Deberá ser integrada como mínimo por los siguientes ítems como así también por los indicados en el PETG:
i. Memoria descriptiva equipos, componentes, instalaciones y equipamientos correspondientes a las obras cotizadas. Memoria descriptiva completa con la metodología operativa, y la organización que se propone utilizar para ejecutar la obra con la calidad y plazos previstos por rubro e ítem. Respecto a los materiales y/o componentes a proveer por el Contratista, el Oferente deberá adjuntar en la memoria la marca y el origen del suministro especificando los proveedores principales y alternativos, adjuntando necesariamente la carta de compromiso de suministro o documento equivalente.
ii. Plan de Trabajos y Fechas Clave (conforme se definen en los PETP).
iii. Plan de Certificaciones expresado porcentualmente.
iv. Curva de inversión, con porcentajes, sin especificar montos, los que deberán consignarse en el Sobre N° 2
v. Toda otra planilla solicitada en el PETG y los PETP.
vi. Designación del/ de los Representante/s Técnico/s con los requisitos previstos en el punto 15.2 de este PBC, incluyendo la conformidad, Currículum Vitae, y todo otro documento tendiente a acreditar la experiencia técnica; copia legalizada de su título universitario y de la constancia de vigencia de su matrícula profesional.
vii. Designación del profesional que actuará en carácter de Jefe de Obra, conformidad del mismo y su Curriculum Vitae.
viii. Planilla de Identificación del Oferente y Compromiso de Ejecución de la Obra.
ix. Un plan de calidad de una obra similar para evaluar el sistema que el Oferente implementará para satisfacer lo previsto en el PETG en caso de resultar Adjudicatario.
x. Organigrama informando la estructura de personal adjuntando CV de los puestos clave.
xi. Para cada parte de la Obra (Toma, Acueducto, sistema de descarga) debe informar la cantidad de frentes que propone implementar y los rendimientos previstos para cada una de las fases operativas, los que deben ser compatibles con la programación.
26. CONTENIDO DEL SOBRE N° 2. OFERTA ECONÓMICA
a) SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El sistema a emplear para la contratación es el de ajuste alzado (suma global), por lo que los Oferentes deberán incluir en su precio los costos directos, indirectos, gastos generales, beneficio, utilidad, impuestos, aportes, etc., de todos y cada uno de los servicios y prestaciones a efectuar y de los elementos, equipos, materiales y todo otro recurso a afectar a la ejecución y cumplimiento de los trabajos objeto de la presente Contratación.
b) OFERTA ECONÓMICA
El Oferente deberá presentar la información que se describe a continuación, indicando el Lote al cual corresponde. En el caso que se oferte por más de un Lote, deberá presentar su oferta de manera discriminada.
Considerando que ENARSA podrá adjudicar uno o más Lotes a un mismo Oferente, en sus Ofertas los Oferentes podrán proponer descuentos por las posibles combinaciones de los Lotes que coticen.
i. Oferta
El total de la oferta económica deberá ser expresado en PESOS y deberá ser correctamente volcado en la Planilla de Cotización y en el Formulario Oficial de la Propuesta cuyo modelo se adjunta como Anexo 7 de este PBC.
En el monto cotizado, el oferente deberá incluir las erogaciones en concepto de todo tipo y forma de tributo vigente a nivel nacional, provincial y/o municipal, cargas obligatorias, especiales y/o específicas establecidos a nivel nacional, provincial y/o municipal y con todo otro tipo de erogación obligatoria y/o necesaria para la ejecución y entrega de la Obra.
Si con posterioridad a la fecha de presentación de la Oferta se obtuvieren beneficios fiscales o impositivos de cualquier índole, generales o especiales, o cualquier reducción de alícuotas impositivas, o supresión de tributos generales o especiales que incidieren en el precio de la Obra, dichos montos serán deducidos del importe del correspondiente Contrato en su probada incidencia. En igual sentido, si con posterioridad a la fecha de presentación de la Oferta se crearen o incrementaren tributos a nivel nacional, provincial y/o municipal, cargas obligatorias, especiales y/o específicas establecidas a nivel nacional, provincial y/o municipal, que incidieren en el precio de la Obra, los montos correspondientes serán reconocidos en el precio a pagar a la Contratista, en su probada incidencia, a partir del momento en que se devenguen dichos nuevos tributos o modificación de los mismos.
La gestión de la obtención de los beneficios fiscales estará a cargo de la Comitente, para lo cual la Contratista prestará toda la asistencia que le sea requerida. En caso de obtención de beneficios fiscales, su implementación será responsabilidad de la Parte que tenga
responsabilidad sobre el pago del tributo beneficiado o, en su caso, de la Comitente, o en su caso, de quien corresponda.
ii. Moneda de Oferta
La Oferta deberá estar expresada en PESOS.
iii. Anticipo financiero
Se otorgará un anticipo financiero del quince por ciento (15%) del precio del Contrato.
iv. Contenido
a) Análisis de precios, con los requisitos establecidos en el Decreto N° 691/16, y demás documentación establecida en dicha norma, y con las previsiones del presente Pliego, y conforme al modelo de análisis de precios suministrada por ENARSA.
b) Planilla de Cotización: En la misma deberán indicarse todos los componentes según detalle requerido en dicha Planilla.
c) Plan o Cronograma de certificación.
d) Diagrama de Flujos de Ingresos y Egresos, que deberá ser consistente con el cronograma de certificación.
v. Redeterminación de precios
El régimen del Decreto N° 691/16 será aplicable a la presente Contratación, debiendo el Oferente presentar como parte de su Oferta toda la documentación allí estipulada.
27. ACTO DE APERTURA DEL SOBRE N° 1
En la fecha y hora indicadas en la Memoria, se procederá a la apertura del Sobre N° 1.
En dicha oportunidad se labrará un acta donde se consignarán los siguientes datos: nombre de los Oferentes, el monto y la forma de constitución de la garantía y el Certificado de Capacidad de Contratación Anual expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas.
También se hará constar la reserva del Sobre N° 2.
28. ACLARACIONES
Una vez presentadas las Ofertas los Oferentes no podrán presentar espontáneamente información ni documentación adicional relativa a la Oferta ni que la modifique.
Sin perjuicio de ello, ENARSA se reserva el derecho de requerir a los Oferentes la información o documentación que crea conveniente para una mejor comprensión de la Oferta, a través de pedidos de aclaración o requerimientos de subsanación de omisiones de requisitos formales no esenciales.
Los requerimientos que se pidan y las respuestas que se den, ambos por escrito, no podrán alterar las bases de esta Contratación ni la esencia de la Ofertas, razón por la cual no serán tenidas en consideración las respuestas que incurran en trasgresión a estos postulados.
Las respuestas a los pedidos de aclaración deberán realizarse en el plazo que el Comitente otorgue.
29. VISTA Y OBSERVACIONES AL CONTENIDO DEL SOBRE N° 1
A partir del día siguiente al de la apertura del Sobre N°1 de las Ofertas, los Oferentes tendrán un plazo de tres (3) días hábiles para tomar vista de las Ofertas y presentar las observaciones que estimes pertinentes respecto al contenido del Sobre N° 1 de las Ofertas presentadas por los demás Oferentes. Bajo ninguna circunstancia podrá un Oferente realizar comentarios ni adjuntar información o documentación en relación con su propia Oferta, bajo apercibimiento de tener tal información o documentación como no presentada.
Vencido dicho plazo de vista, comenzará el período de evaluación de las Ofertas, durante el cual las actuaciones permanecerán reservadas, hasta que se emita el Dictamen respectivo.
30. EVALUACIÓN DEL SOBRE N° 1
Los Oferentes serán evaluados teniendo en cuenta los valores mínimos necesarios para calificar, y que se especifican a continuación:
i. Antecedentes Técnicos:
Puntaje (PTec): Mínimo requerido: 20 (veinte) puntos
Puntaje (PTec): Máximo asignable: 40 (cuarenta) puntos
ii. Antecedentes Empresarios y Capacidad Económica - Financiera:
Según Cuadro 1. Indicadores Económicos/Financieros
Para calificar, los Oferentes deberán cumplir con los mínimos para cada uno de los aspectos antes mencionados.
a) CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN
i. Antecedentes Técnicos: Puntaje (PTec)
El puntaje de Antecedentes Técnicos se asignará sobre la base de la información proporcionada por los Oferentes, en cumplimiento de lo solicitado en el Pliego y de aquella información complementaria o ampliatoria que se obtenga como consecuencia de las inspecciones, verificaciones y toda otra diligencia llevada a cabo durante la etapa de evaluación de las Ofertas.
A1. Los puntajes obtenidos en los rubros A1 a A4 (que abajo se detallan) serán otorgados de acuerdo a la discriminación establecida de acuerdo a lo siguiente: El Oferente deberá exponer los antecedentes que lo acrediten como proveedor de proyectos similares al objeto de la presente Contratación. Se contemplarán como antecedentes a los registrados en los últimos DIEZ (10) años.
En todos estos conceptos, el Oferente deberá contar con antecedentes de magnitud y complejidad equivalente a los mismos Lotes por los que oferta. En tal sentido, se considerará la cantidad de proyectos presentados como antecedentes.
Para el caso de UT o Consorcio, se evaluará como la sumatoria de la cantidad y características de los antecedentes invocados por cada uno de sus miembros.
ANTECEDENTES DE LA EMPRESA EN LA PROVISIÓN DE PROYECTOS SIMILARES | PUNTAJE |
Más de 5 proyectos | 20 |
Más de 1 y hasta 5 proyectos | 15 |
1 proyecto | 5 |
No ha provisto | 0 |
El Oferente que no obtenga un puntaje mínimo de 5 puntos para este antecedente, será descalificado.
A2. El Oferente deberá presentar en su oferta los antecedentes que lo acrediten como proveedor/constructor certificado en procedimientos que garanticen la calidad de los materiales/equipos/equipamientos con las características técnicas requeridas en el PETG y PETP, y que incorporará a la Obra.
CUMPLIMIENTO DE NORMAS DE CALIDAD | PUNTAJE |
Certificación ISO 9001 /ISO 14.000 – ISO | 15 |
Sistema integrado de gestión propio o sistema de calidad en proceso de certificación por medio de un ente reconocido presentado documentación de soporte. | 10 |
Sistema integrado de gestión o de calidad interno asimilado a las normas ISO a presentar con documentación de soporte y registros de su utilización hasta la fecha. | 5 |
El Oferente que no obtenga un puntaje mínimo de 5 puntos para este antecedente, será descalificado.
A3. Antecedentes de los profesionales (AP) propuestos para llevar adelante los trabajos.
a - Antecedentes del Representante Técnico. Máximo: 3 pts.
Antecedentes y experiencia en Proyectos, Dirección Técnica y/o Supervisión de Obras Civiles.
Antecedentes y experiencia en Proyectos, Dirección Técnica y/o Supervisión de Obras de otras especialidades o rubros, equivalentes o de mayor envergadura a la del objeto del presente llamado.
A los fines de la calificación de este punto se empleará la siguiente tabla, cuyos datos de ingreso son la Antigüedad del profesional en el desarrollo de obras específicas similares y la Cantidad de Obras específicas similares en las que el mismo tuvo intervención profesional en el cargo propuesto.
Cant de Obras Antigüedad | 1 a 2 | 3 a 5 | Mas de 5 |
1 a 3 años | 0 | 1,5 | 2 |
3 a 6 años | 1 | 2 | 2,5 |
7 a 8 años | 1,5 | 2,5 | 3 |
9 años o más | 2 | 3 | 3 |
El Oferente que no obtenga un puntaje mínimo de 1 punto para este antecedente, será descalificado.
b- Antecedentes de los Jefes de Obra: Máximo: 2 pts.
Antecedentes y experiencia como Jefes de Obra equivalentes a la del objeto del presente llamado.
Antecedentes y experiencia como Jefe de Obra de otras especialidades o rubros, equivalentes o de mayor envergadura a la del objeto del presente llamado. A los fines de la calificación de este punto se empleará la siguiente tabla, cuyos datos de ingreso son la Antigüedad del profesional en el desarrollo de obras similares específicas de obras civiles y la Cantidad de Obras específicas de obras civiles en las que el mismo tuvo intervención profesional en el cargo propuesto:
Cantidad de Obras Antigüedad | 1 a 2 | 3 a 5 | Mas de 5 |
1 a 3 años | 0 | 0,75 | 1 |
3 a 6 años | 0,5 | 1 | 1,5 |
7 a 8 años | 0,75 | 1,5 | 2 |
9 años o más | 1 | 2 | 2 |
El Oferente que no obtenga un puntaje mínimo de 0,5 punto para este antecedente, será descalificado.
ii. Antecedentes Empresarios y Capacidad Económica - Financiera:
Para los índices especificados en el Cuadro 1, los oferentes deberán cumplir con el valor mínimo establecido para cada uno de ellos.
El valor de cada índice del oferente se calculará sobre el último Balance de cierre de ejercicio presentado de conformidad con lo especificado en el ARTÍCULO 25 “CONTENIDO DEL SOBRE Nº 1”, a) Sección 1: Antecedentes Institucionales, xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales.
En el caso de que el oferente sea una UT o Consorcio, se considerará el valor del índice del oferente en su conjunto calculado de la siguiente forma:
IUTE = ([XXXXXXXX0 x P1] + [IEMPRESA2 x P2] +…+ [IEMPRESA n x Pn])
Donde:
I EMPRESA 1….n = Valor del Índice correspondiente a cada una de las empresas que conforman la UT/Consorcio.
P1…n = Representa la participación porcentual de cada uno de los miembros de la UT/Consorcio. I UTE = Es el valor del indicador obtenido para la UT/Consorcio
Cuadro 1 – Indicadores Económicos Financieros
B | Índice | Composición | Valor |
B1 | Rentabilidad sobre el Patrimonio Neto | Utilidad Neta / Patrimonio Neto | Mayor a 2% |
B2 | Liquidez | Activo Corriente / Pasivo Corriente | Mayor que 0,6 |
B3 | Solvencia | Patrimonio Neto / Pasivo Total | Mayor que 0,3 |
Las Ofertas que reúnan o superen los requisitos mínimos aquí establecidos, serán recomendadas como “Preseleccionadas” por la Comisión Evaluadora. De no reunir los requisitos mínimos, la oferta será considerada como “Inadmisible”.
31. NOTIFICACION E IMPUGNACIONES AL DICTAMEN DE EVALUACION DEL SOBRE N° 1
El Dictamen de Evaluación del Sobre N° 1 será notificado a los Oferentes, informándoles que disponen de un plazo de tres (3) días hábiles para impugnarlo.
32. ACTO DE PRESELECCION
En el mismo acto que disponga la preselección serán resueltas las impugnaciones que hubiesen deducido los Oferentes contra el Dictamen de Evaluación del Sobre N° 1, y se ordenará la restitución del Sobre N° 2 y de las garantías de mantenimiento de Oferta a quienes no hubiesen resultado preseleccionados. El acto de preselección será notificado a todos los Oferentes dentro de los tres (3) días hábiles de haber sido emitido, indicando que el Sobre N° 2 y las garantías de mantenimiento de Oferta de las Ofertas que no hayan sido preseleccionadas se encuentran disposición de sus respectivos Oferentes para ser retiradas. En caso de no concurrir hasta la fecha de Adjudicación, los Sobres N°2 podrán ser destruidos y las garantías de mantenimiento de Oferta serán reservadas por hasta un año.
33. APERTURA DEL SOBRE N° 2
El Sobre N° 2 de aquellas Ofertas que hubiesen resultado preseleccionadas se abrirá en acto público al que serán debidamente citados los Oferentes de las Ofertas calificadas, y que se realizará en la fecha y hora que ENARSA notificará a los interesados.
En caso de no existir ofertas preseleccionadas, a los efectos de la devolución de los Sobres N° 2 y de las garantías de mantenimiento de oferta, una vez notificados del acto de preselección, los Oferentes deberán concurrir a las oficinas de ENARSA de lunes a viernes de 10 a 18 horas a los efectos de retirar los sobres N° 2 y las garantías de mantenimiento.
A partir de la fecha del acto de apertura del Sobre N°2 y previo a la Adjudicación, los Oferentes precalificados deberán presentar el respectivo Certificado de Capacidad para Adjudicación que emite el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, conforme el Artículo 26 del Decreto N° 1724/93.
34. CRITERIO DE EVALUACIÓN DEL SOBRE N° 2
La Comisión Evaluadora analizará las Ofertas económicas considerando el Formulario Oficial y la Planilla de precios presentados por los Oferentes aprobados técnicamente.
35. DICTAMEN DE EVALUACIÓN
La Comisión Evaluadora emitirá el dictamen de evaluación del Sobre N° 2, que será comunicado a todos los Oferentes preseleccionados.
Las impugnaciones al dictamen se regirán por las mismas disposiciones que las establecidas para el Sobre N° 1.
36. ADJUDICACIÓN
La Adjudicación recaerá sobre la o las Ofertas que cumplan con lo establecido en el Pliego, hayan sido preseleccionadas y resulte ser la combinación de Lotes económicamente más conveniente para ENARSA.
ENARSA podrá: (i) adjudicar la totalidad de los Lotes a un solo Oferente, (ii) adjudicar cada Lote a distintos Oferentes; (iii) adjudicar uno o más lotes a un mismo Oferente; (iv) adjudicar algunos Lotes y declarar desierta o fracasada la Contratación para los demás Lotes; (v) declarar desierta o fracasada la contratación para la totalidad de los Lotes; o (vi) dejar sin efecto la Contratación respecto a alguno o algunos de los Lotes en particular sin que ello afecte a los demás Lotes.
Será requisito indispensable para resultar Adjudicatario haber presentado previamente el Certificado de Capacidad para Adjudicación que emite el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, conforme el Artículo 26 del Decreto N° 1724/93.
37. FACULTADES DEL COMITENTE
El Comitente se reserva el derecho de anular o dejar sin efecto el proceso de selección en cualquier momento antes de la formalización del Contrato, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los Oferentes.
El rechazo de las Ofertas, cualquiera fuere su causa, no generará ningún derecho a indemnización a favor de los Oferentes ni de los Interesados.
38. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El Adjudicatario deberá, previo a la celebración del Contrato, acompañar una garantía de cumplimiento del Contrato por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del su monto total, a ser constituida en alguna de las modalidades previstas para la garantía de mantenimiento de la Oferta.
Esta garantía tendrá por objeto amparar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que habrá de asumir el Contratista.
La vigencia de la Garantía de Cumplimiento de Contrato correrá desde su emisión hasta la fecha de otorgamiento del Certificado Recepción Definitiva, una vez satisfechas las indemnizaciones de daños y perjuicios o cualquier otra suma adeudada por el Contratista.
El Comitente podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del Contrato en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que le impone el Contrato al Contratista, o para imputarlas a los gastos en que incurra por cuenta del mismo, originados por el incumplimiento de éste.
La ejecución de la garantía de cumplimiento contractual no exonera al Contratista de la satisfacción de los daños y perjuicios que sus incumplimientos ocasionen al Comitente.
En caso de presentación en UT o Consorcio, el cumplimiento de la prestación asumida por un partícipe en el contrato de constitución de aquélla, no liberará a sus miembros de la responsabilidad solidaria e ilimitada asumida.
39. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El Adjudicatario será citado por escrito para la firma del Contrato. Si el mismo no concurriere en la fecha indicada, no estuviere en condiciones de suscribirlo, no aceptare suscribirlo o no adjuntara previamente la garantía de cumplimiento de contrato y/o el resto de la documentación indicada en este Pliego, se dejará sin efecto la Adjudicación, con pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta y comunicación al Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas (conforme Artículo 20 de la Ley N° 13.064).
Sin perjuicio de ello, el Comitente podrá adjudicar a la siguiente Oferta en el orden de mérito y proceder a la firma del Contrato respectivo.
Serán por cuenta del Adjudicatario, y será responsabilidad de éste abonar la totalidad de los impuestos, tasas, gravámenes y gastos que exigieren las autoridades municipales, provinciales y/o nacionales en concepto de sellado del Contrato. Sin perjuicio de ello, el Adjudicatario deberá solicitar los beneficios fiscales que pudieran tener lugar en dicho concepto los que, en caso de concederse, serán descontados del Precio del Contrato en su respectivo impacto.
En caso de corresponder, antes de la firma del respectivo Contrato el Adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación con las correcciones y actualizaciones que hubieren tenido lugar en función del procedimiento de Contratación aquí previsto, y en función de los cuales se haya efectuado la Adjudicación:
- Plan de Trabajos actualizado
- Plan de Certificación actualizado
- Curva de Inversión actualizada
- Análisis de precios definitivos
- Organigrama de Obra definitivo
El Contrato se firmará en los términos del modelo que se adjunta como Anexo 6 del presente PBC.
40. INSTRUMENTOS CONTRACTUALES Y ORDEN DE PRELACIÓN
Los documentos aplicables a la presente contratación son los detallados a continuación y con el siguiente orden de prelación:
1) Pliego y Circulares Aclaratorias
2) Adjudicación
3) Oferta
4) Contrato
Si durante la ejecución de los trabajos se suscitaren diferentes interpretaciones sobre una misma cuestión, se resolverá de acuerdo con el orden de prioridad establecido precedentemente.
41. ANTICORRUPCIÓN
Será causal determinante del rechazo de la Oferta, de la anulación de la Adjudicación, o de la rescisión culpable del Contrato, dar u ofrecer dinero, bienes, cosas o cualquier dádiva a fin de que:
a) Funcionarios o empleados con injerencia en la Contratación o el Contrato, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
b) O para que ciertos funcionarios o empleados hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
c) Xxxxxxxxx persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del Oferente, Adjudicatario o Contratista, directa o indirectamente, independientemente del cargo, representación o función que desempeñen respecto de aquél.
Las consecuencias de estas conductas se producirán aún cuando revistan el grado de tentativa.
TITULO II: CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN
42. DE LA INSPECCIÓN DE OBRA
La Inspección de Obra, en cabeza de los inspectores de obra correspondiente, será la representación de ENARSA para todas las cuestiones atinentes a la ejecución y cumplimiento del Contrato conforme a lo establecido en el Pliego.
a. SUPERVISIÓN GENERAL
La ejecución del Contrato se realizará bajo la supervisión del Personal Técnico de ENARSA y/u otro designado al efecto por ENARSA como Inspección de Obra:
Tendrá las siguientes funciones:
a) Verificar que la geometría, dimensiones y tolerancias de los componentes y los procesos constructivos de armado y montaje cumplan con los requisitos del PETG y PETP y de los respectivos planos aprobados.
b) Inspeccionar los planos que presente el Contratista y en cualquier momento las tareas que realice, y efectuar aquellas verificaciones que crea conveniente a los efectos de asegurar el fiel cumplimiento xxx Xxxxxx y de los planos y documentación técnica aprobada.
c) Resolver todas las cuestiones técnicas de ejecución de los trabajos, calidad de los materiales, marcha de los trabajos y correcta ejecución de los mismos;
x) Xxxxx reconstruir, a costo del Contratista, todo trabajo que a su juicio se halle mal ejecutado.
e) Suscribir los certificados de avance.
f) Suscribir el certificado de recepción provisoria.
g) Suscribir el certificado de recepción definitiva.
h) Emitir y recibir toda la documentación contractual que se intercambie entre las partes.
Durante la ejecución de los trabajos el Contratista deberá facilitar la actuación de la Inspección de Obra, suministrando toda la documentación técnica y demás información que requiera la misma para lograr su cometido.
b. DESIGNACIÓN DE LA INSPECCIÓN DE OBRA
ENARSA comunicará por escrito al Contratista los nombres de las personas encargadas de la Inspección de Obra, aclarando la función a desempeñar por cada una de ellas a través del Libro de Órdenes de Servicio.
c. INSTRUCCIONES DE LA INSPECCIÓN DE OBRA
Las instrucciones de las inspecciones se realizarán por medio del Libro de Órdenes de Servicio, y deberán ser cumplidas por el Contratista dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas de emitida la Orden, salvo que en la misma se estipulara un plazo distinto.
d. LIBROS DE ÓRDENES DE SERVICIO Y NOTAS DE PEDIDOS
Los Libros de Órdenes de Servicio y Notas de Pedido serán provistos por el Contratista y serán el medio de comunicación entre Comitente y Contratista.
En ellos se consignarán todas las comunicaciones entre la Inspección y el Contratista. Deberán ser prenumerados en forma correlativa por triplicado, , deben ser de tamaño A4 con margen izquierdo y perforados, de papel carbónico y todas las hojas en su parte superior tendrán impreso o se aplicará un sello donde se indique el nombre de la Contratación, el Lote de que se trate, y campos para escribir la fecha el número de comunicación, el número de hoja y la cantidad de hojas de cada comunicación.
Se permitirán pegar textos impresos siempre que se pegue cada hoja del texto en una hoja del libro; también y del mismo modo se admite la incorporación de correos electrónicos impresos.
Las comunicaciones que se entreguen por nota en la sede de ENARSA (Facturas, Cálculos de Redeterminación y otras que pudieran corresponder), deberán ser también numeradas en forma correlativa con un código a convenir y en los Libros de Notas de Pedido se asentará que se ha presentado dicha documentación, la descripción del contenido y sus adjuntos si los tuviera, el número de nota y la fecha de presentación.
Los Libros de Ordenes de Servicios y de Notas de Pedido estarán en poder de la Inspección y se administrarán de manera que el original quedará en el libro, el duplicado se entregará al Contratista y el
triplicado formará el archivo de la Inspección incorporando los adjuntos que las comunicaciones pudieran contener.
Todas las órdenes de la Inspección de Obra y los pedidos que formule el Contratista no tendrán validez si no se hicieran a través de los respectivos libros, con excepción de las comunicaciones que correspondieren hacerse por otros medios.
43. ORDEN DE EJECUCION - ACTA DE INICIO
Dentro de los CINCO (5) días de firmado el Contrato, ENARSA impartirá, por escrito, la orden de iniciación de los trabajos, salvo que existan impedimentos por causas justificadas, que imposibiliten dicha iniciación, en cuyo caso la orden de ejecución se dará al cesar dicho impedimento o causa que lo motive.
El Contratista queda obligado a comenzar los trabajos dentro de los DIEZ (10) días corridos a partir de la fecha de dicha orden, en cuya oportunidad se labrará el Acta de Inicio de Obra.
44. REPLANTEO
Los planos de replanteo serán ejecutados por el Contratista, quien deberá presentarlos para su aprobación a la Inspección de Obra. Esta última fijará los puntos de apoyo a utilizar.
Quedará bajo la responsabilidad del Contratista la exactitud de las ejecuciones, debiendo en consecuencia rectificar cualquier error u omisión.
El replanteo podrá ser total o parcial, debiendo estar ello evidenciado en el Plan de Trabajos definitivo. Una vez establecidos los puntos fijos, el Contratista será responsable de su inalterabilidad y conservación.
45. CIERRE DE LA OBRA
El Contratista ejecutará el cierre de las Obras en todo el perímetro del predio respetando las reglamentaciones vigentes en la jurisdicción de emplazamiento de la obra y en las formas establecidas en este Pliego y aceptadas por la Inspección de Obra.
Las entradas al obrador se dispondrán con anuencia de la Inspección de Obras. Estarán cerradas en horas de la noche y custodiadas durante el día.
La Inspección de Obra podrá exigir al Contratista el uso de contenedores para la carga y retiro de los materiales y rezagos provenientes de las obras. El uso de tales elementos deberá ajustarse a las normas vigentes para el otorgamiento de permisos para este tipo de equipos.
46. LETREROS DE OBRA
El Contratista deberá proveer y colocar, en los lugares que indique la Inspección de Obra, como mínimo DOS (2) letreros de obra, que se ajusten a las especificaciones del Comitente.
Dichos letreros deberán ser instalados dentro de los DIEZ (10) días posteriores a la fecha de Inicio de Obra y permanecerán en las condiciones especificadas hasta QUINCE (15) días después de la fecha de recepción definitiva de la Obra.
Asimismo, todo vehículo al servicio de la Obra deberá llevar en cada costado sendos carteles con la leyenda identificadora que determine la Inspección de Obra.
47. OBRADORES
Antes de iniciar los trabajos el Contratista someterá a la aprobación de la Inspección de Obra su proyecto xx xxxxxxx u obradores, con indicación de ubicación, accesos y demás características. Dichas instalaciones se dispondrán de manera de no interferir con el desarrollo de sus obras, ni con otras obras de ENARSA o de otros Contratistas.
El obrador u obradores se ubicarán en lugares propuestos por el Contratista y aprobados por la Inspección de Obra.
Los obradores comprenderán oficinas, depósitos, talleres, sanitarios y vestuarios para personal del Contratista, estacionamientos y oficinas de la Inspección de Obra. Estará a cargo del Contratista su construcción y/o habilitación, equipamiento y operación.
Se utilizarán los materiales usuales para este tipo de construcciones debiendo satisfacerse al menos las condiciones mínimas de durabilidad y seguridad requeridas por este tipo de obra. Estas instalaciones deberán ser mantenidas en perfectas condiciones de conservación, higiene y seguridad por el Contratista.
Asimismo, estarán a cargo del Contratista, todos los gastos de tramitación, conexión, distribución y uso de energía eléctrica, agua corriente, gas, teléfonos, cloacas, y demás servicios y tasas, para el equipamiento, higiene, seguridad y puesta en operación xxx xxxxxxx.
El Contratista deberá efectuar el desmantelamiento de los obradores y la limpieza del terreno al finalizar las tareas, siendo responsable de la disposición final de todo lo resultante de dicha limpieza. No se considerará la obra en condición de recibo de no proceder el Contratista del modo indicado.
48. MEDIO AMBIENTE Y PATRIMONIO CULTURAL
a. Plan de Gestión Ambiental
La Contratista deberá cumplir con el Plan de Gestión Ambiental (PGA), para la ejecución de la Obra, presentado ante las autoridades competentes junto con los respectivos Estudios de Impacto Ambiental, que se adjunta como Anexo 4 del presente PBC.
Toda alteración al PGA por modificaciones que ordenara la autoridad en materia ambiental, será comunicada por el Comitente y se regirá por lo ordenado por la correspondiente autoridad.
b. Ejecución de los trabajos
La Contratista deberá ejecutar sus trabajos en un todo de acuerdo con la legislación nacional, provincial y municipal y los acuerdos internacionales en materia de preservación del medio ambiente y del patrimonio cultural vigente para la República Argentina. Si existieren dudas respecto a la aplicación de dos (2) o más normas, acuerdos, etc. se aplicará aquella disposición que establezca un estándar más elevado en cuanto a la protección del medio ambiente o patrimonio cultural.
La Contratista deberá tomar las medidas necesarias tendientes fundamentalmente a evitar, mitigar y controlar todos los riesgos para el medio ambiente y para la población del área de influencia, que pudieren resultar durante y como consecuencia de la ejecución de la Obra.
Será responsabilidad del Contratista solicitar y obtener todos los permisos y habilitaciones en materia ambiental propios y necesarios para la realización de la Obra, incluyendo pero sin limitarse a gestión y
disposición de residuos asimilables a domiciliarios, especiales y peligrosos, permisos de extracción y vuelco de recursos, gestión de aguas grises y negras, etc.
c. Evaluación de Impacto Ambiental
La realización y aprobación de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) estará a cargo del Comitente, como así también de la obtención y renovación de la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental o de la Declaración de Proyecto Ambientalmente Apto o equivalente.
Si las autoridades en materia ambiental autorizaren la realización de la Obra pero condicionada al cumplimiento de modificaciones u observaciones, la Contratista deberá realizar todas las adecuaciones que fueren necesarias a su PGA , las que serán previamente consensuadas en todos sus aspectos con el Comitente,. Tales adecuaciones no darán lugar al reconocimiento al Contratista de montos adicionales, mayores costos o prórrogas al plazo de ejecución, si las instrucciones modificatorias u observaciones no se hubiesen fundado en el incumplimiento de la normativa en materia ambiental y/o de patrimonio cultural.
El Comitente podrá instruir al Contratista la suspensión parcial o total de los trabajos por un período igual al transcurrido entre la fecha en que debía expedirse la autoridad ambiental la normativa aplicable y la fecha en que efectivamente aprobó el EIA de la OBRA. En este caso, la Contratista deberá proceder a la inmediata suspensión de los trabajos en los términos instruidos y deberá tomar todas las medidas a fin de que se minimicen o se eliminen los costos que se generen desde la instrucción para suspender las tareas hasta la instrucción para reanudarlas. El Comitente únicamente reconocerá los daños que el Contratista acredite fehacientemente haber sufrido durante dicho período, a cuyo fin deberá presentar el reclamo correspondiente con la prueba de la que intente valerse dentro de los treinta (30) días de reanudadas las tareas.
Si las autoridades en materia ambiental (incluyendo, pero sin limitarse a autoridades ambientales, del agua, etc.) negaren la autorización o permiso para la realización de la Obra se procederá a rescindir el Contrato sin responsabilidad de las Partes, aplicándose en lo pertinente las disposiciones de la Ley № 13.064 у renunciando las PARTES a interponer, cada una respecto de la otra, cualquier tipo de reclamo basado en la inviabilidad ambiental del proyecto.
Si del EIA aprobado por la autoridad ambiental surgiere la necesidad y/o conveniencia de relocalizar la Obra, las Partes procurarán su reubicación, celebrando las negociaciones pertinentes. Si no pudiere arribarse a un acuerdo relativo a la relocalización, se procederá a rescindir el Contrato sin responsabilidad de las Partes.
d. Seguro ambiental
La Contratista gestionará a su cargo y costo la contratación y mantenimiento en vigencia del seguro previsto en el artículo 22 de la Ley 25.675 (o el equivalente que lo reemplace o que corresponda) durante la ejecución de la Obra, con los requerimientos aplicables a los seguros a contratar establecidos en el Punto 50 de este PBC.
e. Incumplimientos e indemnidad
El incumplimiento por parte del Contratista de las obligaciones en materia de preservación del medio ambiente y del patrimonio cultural será considerado en todos los casos un incumplimiento contractual grave que habilitará a disponer la rescisión del Contrato por responsabilidad del Contratista.
El Comitente quedará habilitado a suspender el pago de toda suma comprometida a la Contratista y de exigir a ésta la inmediata devolución de los montos que hubiere percibido y que aún no hubiesen sido aplicados a la Obra, por hasta el monto de cualquier suma que por este concepto le reclame al Comitente y/o a la Contratista cualquier autoridad y/o tercero. Asimismo, el Comitente tendrá derecho a ejecutar toda garantía o seguro que la Contratista hubiere integrado con igual criterio.
El Contratista deberá mantener indemne a ENARSA, sus directores, gerentes, empleados y funcionarios, frente al incumplimiento total o parcial de las normas sobre preservación del medio ambiente y el patrimonio cultural, debiendo hacerse cargo de todo reclamo que por estos conceptos efectúen los damnificados, el ESTADO NACIONAL, las provincias, los municipios y/o entes dependientes de cualquiera de ellos, así como cualquier otro tercero. Se incluyen en la presente previsión las multas, las sanciones y/u otras penalidades que fueran impuestas a ENARSA por esta causa.
El Contratista deberá reintegrar a ENARSA toda suma de dinero que se viera obligado a pagar o a la que fuere condenado por los conceptos a los que hace referencia la presente cláusula, asumiendo a su cargo todas las costas y costos judiciales, extrajudiciales y administrativos derivados de ella. La responsabilidad del Contratista por este concepto se mantendrá aún después de la Recepción Definitiva de las Obras.
Todo incumplimiento en esta materia será informado a las autoridades competentes, conforme la normativa aplicable, a los fines de que las mismas adopten las medidas pertinentes.
49. CALIDAD Y SEGURIDAD EN OBRA
El Contratista elaborará y presentará a aprobación de ENARSA el Plan de Gestión de Calidad de la Obra, documento en el que establecerá y reseñará los lineamientos del sistema de Gestión de Calidad a implementar, comprendiendo la estructura organizacional, responsabilidades, procedimientos y recursos para llevar a cabo la Gestión de Calidad en un todo de acuerdo a lo establecido en el PETG.
La Seguridad en la construcción es una prioridad a ser respetada y cumplida en la ejecución de la Obra. El Contratista elaborará y someterá a la aprobación de ENARSA el programa de seguridad, salud y ambiente que regirá en la ejecución de la misma y nominará al profesional habilitado que en su nombre será responsable de su implementación, organización y cumplimiento.
El Contratista deberá cumplimentar los requisitos de la ley 19.587 y sus normas reglamentarias y complementarias.
El personal afectado a la Obra será provisto con elementos de seguridad pasiva personal (cascos, guantes, botas, máscaras, anteojos, cinturones, etc.), bajo normas IRAM por cuenta del Contratista.
En cada lugar de trabajo deberá contarse con elementos de señalización tales como letreros móviles, caballetes, leyendas indicativas de cierre y desvíos de tránsito, conos, balizas, etc.
Asimismo, en la Obra se instalarán los elementos de seguridad colectiva (matafuegos, disyuntores, botiquín, etc.) que por su índole correspondan, siendo el Contratista responsable de los accidentes ocasionados o agravados por la falta o mal uso de los elementos arriba indicados. Sin perjuicio de ello, la Inspección de Obra podrá exigir el uso o la colocación de los elementos adicionales o complementarios que considere convenientes.
El Contratista deberá extremar las medidas de precaución para evitar incendios. Los métodos y equipos de protección y extinción de incendios estarán sujetos a la aprobación de la Inspección de Obra y a las reglamentaciones de la Dirección General de Bomberos y/u otras dependencias equivalentes encargadas de la evaluación de dichos métodos y equipos.
Se deberá mantener permanente y apropiadamente informada a la Inspección de Obra, de todo acontecimiento que afecte o pudiere afectar la seguridad en obra. El Contratista pondrá en conocimiento de la Inspección de Obra, en forma inmediata, de toda situación de este tipo.
Los colores que se utilizarán con el objeto de identificar lugares, equipos y sus accesorios, como también protecciones y todo aquello que pueda prevenir accidentes en las actividades que se desarrollen, serán los establecidos en las Normas IRAM correspondientes.
Ningún equipo en el lugar de su instalación podrá provocar vibraciones cuyos valores de aceleración pudieran producir incomodidad a las personas que trabajen en dicho sitio o que provoquen daño alguno a las instalaciones móviles o permanentes.
Las instalaciones eléctricas de los equipos deberán estar realizadas en forma tal que se hallen prevenidas las personas frente a eventuales contactos con partes habitualmente en tensión, mediante aislamiento apropiado que conserve sus propiedades indefinidamente y con elementos que impidan los contactos accidentales con las partes activas. Estos elementos de protección deberán estar fijados en forma segura y resistir a los esfuerzos mecánicos sometidos durante su operación. Todos los equipos deberán cumplir las normativas de seguridad de fijadas por IRAM o normativas internacionales equivalentes.
Los equipos que por su funcionamiento pudieran producir una acción agresiva al operario de los mismos, tendrán obligatoriamente dispositivos de seguridad, protecciones y resguardos de material resistente, dispuestos de modo que no interfiera en el proceso productivo normal, no limitarán el campo visual del operario, ni requerirán de éste, posiciones o movimientos forzados. En ningún caso constituirán riesgos por sí mismos.
El Contratista será el único responsable de proporcionar acceso seguro al lugar donde se desarrolle la Obra y del mantenimiento permanente de los caminos de acceso.
El Contratista deberá cumplir lo previsto en el Decreto 911/96 y normas complementarias, y los demás requisitos en materia de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional definidos en el PETG..
50. SEGUROS
El Contratista deberá tomar a su costo los seguros que se detallan en el presente Pliego, en compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, de acuerdo con las leyes y demás disposiciones vigentes en la materia, debiendo los mismos ser presentados ante ENARSA en forma previa a la fecha de inicio de la ejecución de los servicios. El Contratista deberá presentar a ENARSA las pólizas de seguros contratadas por el mismo con los correspondientes recibos que acrediten el pago de las primas pertinentes.
La obligación de contratar los seguros que se indican se extiende a los subcontratistas, consultores y/o proveedores. La falta de contratación de los seguros por parte de estos, no exime al Contratista de la cobertura del riesgo de que se trate. En este sentido, el Contratista asumirá la responsabilidad por cualquier pérdida, costo, gastos u obligación que pudiera resultar de la falla por parte de cualquier subcontratista en el estricto cumplimiento de lo dispuesto en este Artículo. El Contratista será responsable y garante de solicitar y controlar que sus subcontratistas que intervengan en el trabajo tengan vigentes en todo momento mientras dure el mismo, iguales seguros en cantidad y calidad que los exigidos al Contratista y que protejan a este último en idénticos términos y condiciones a los que sus seguros y condiciones brindan.
A. SEGUROS A CONTRATAR
Con el fin de proteger a ENARSA contra responsabilidad, pérdida o gastos originados en daños a los bienes o lesiones o muerte de cualquier persona o personas que surjan de cualquier manera a causa de, o tengan relación con, o resulten de la ejecución de los servicios, el Contratista – y eventualmente sus subcontratistas- deberá obtener y mantener a su cargo, y hasta la terminación de los servicios por parte del Contratista (y período de garantía en caso de corresponder), seguros amparando los riesgos de:
a) Seguro de Vida Obligatorio
El Contratista deberá contratar para su personal, el seguro de Vida Obligatorio (Decreto / Ley Nº 1.567/74) como asimismo todo otro seguro de vida que por convención colectiva u otra disposición específica del gremio en cuestión, fuese obligatorio contratar.
b) Seguro de Riesgos del Trabajo
El Contratista deberá contar con el seguro de riesgos del trabajo conforme con lo previsto en la Ley Nº
24.557 y su reglamentación y modificaciones, contratado con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, amparando a todo su personal dependiente, cualquiera sea la modalidad de contratación, dando cumplimiento a todos los aspectos técnicos, legales y administrativos definidos en dicha Ley y sus normas reglamentarias.
Se deberá pactar una Cláusula de no-repetición: donde la Aseguradora del Riesgo del Trabajo renuncie en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso contra ENARSA.
En todos los casos el Contratista y/o subcontratista presentará las constancias de afiliación a y sus comprobantes de pago, por el personal asignado al presente Contrato y notificará en forma fehaciente las altas y bajas del mencionado personal dentro de las 48 horas que se produzcan.
c) Seguro de Accidentes Personales en el Ámbito Laboral e In Itinere
En caso de corresponder, el Contratista, deberá presentar un seguro que ampare la muerte y/o incapacidad total o parcial permanente por accidente de todas aquellas personas no incluidas en la nómina de personal dependiente y que, desempeñando tareas como autónomos o profesional independiente, ejerzan funciones para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. El capital asegurado por persona no deberá ser inferior a PESOS 1.000.000.
Además el Contratista deberá requerir que cada Subcontratista u otras personas relacionadas con la ejecución de los Servicios obtengan y mantengan seguros a su cargo en todo momento durante el periodo durante el cual esté en vigencia el Contrato.
d) Seguros de Responsabilidad Civil Automotor
El Contratista deberá presentar el Certificado de Cobertura vigente del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de los Automotores que prestarán o pudieran prestar el servicio, extendido por la compañía aseguradora, de acuerdo con la Xxx xx Xxxxxxxx Nº 24.449, Resolución SSN Nº 35.683 o Resolución SSN Nº 39.927 complementarias y modificatorias, según corresponda.
e) Seguro de Responsabilidad Civil
El Contratista deberá contratar y mantener vigentes desde el inicio de la actividad hasta la expiración del Contrato una póliza de seguros para cubrir los posibles daños que pueda causar él o sus Subcontratistas a terceras personas y/o cosas de terceros, como asimismo las que pudiera ocasionar a ENARSA y/o a su personal, y/o a sus cosas. En caso que dicho seguro no cubra los daños ocasionados, éstos estarán a cargo del Contratista. ENARSA deberá figurar como asegurado adicional en la póliza.
La Suma Asegurada para esta cobertura deberá estar alineada con los usos, prácticas y costumbres para la operatoria en cuestión.
Este seguro incluirá una cláusula de responsabilidad civil cruzada y amparará los daños y/o lesiones corporales o muertes causados en el área del desarrollo de los servicios y amparará además, las responsabilidades civiles causadas por equipo móvil o semi-móviles, o pesados, propios, arrendados, o alquilados con opción a compra que el Contratista utilice con motivo de los trabajos.
f) Seguro Todo Riesgo
El Contratista será responsable de contratar y mantener un seguro de Todo Riesgo, cubriendo a la obra a realizar, equipos e instalaciones durante el período de duración de la obra. Dicha póliza deberá contener, como mínimo las siguientes coberturas:
• Cobertura de Daños Materiales: la póliza deberá cubrir sobre la base de una cobertura de todo riesgo las pérdidas o daños causados por, o a consecuencia de incendio, rayo, explosión, fenómenos de la naturaleza incluyendo pero no limitado a huracán, ciclón, vendaval o tornado, inundación, material y mano de obra defectuosa y demás riesgos propios de la obra a realizar. Para la cobertura de daños materiales la aseguradora deberá renunciar a ejercer derechos de subrogación contra la respectiva Contratante.
• Equipos de la Contratista: Los equipos, maquinarias o herramientas que utilicen la Contratista y sus Subcontratistas para la ejecución de las obras deberán contar con un Seguro de Todo Riesgo por su valor de reposición.
g) Transporte
El Contratista tomará un Seguro de Transporte, que cubra todos los bienes que deban ser transportados bajo la responsabilidad del Contratista, contra toda pérdida, robo, merma y/o cualquier daño producido por cualquier causa durante dicho transporte que incluirá la carga y descarga de los bienes.
B. RECAUDOS GENERALES A TODO LOS SEGUROS
La póliza de seguros deberá cubrir los posibles daños que pueda causar él o sus subcontratistas a terceras personas y/ o cosas de terceros, como asimismo las que pudiera ocasionar a ENARSA y/o a su personal, y/o a sus cosas. En caso que dicho seguro no cubra los daños ocasionados, estos estarán a cargo del Contratista.
En todos los casos el Contratista deberá acreditar fehacientemente a ENARSA antes de iniciar las operaciones, la vigencia de los respectivos seguros, pudiendo acreditarlo provisoriamente con un Certificado de Xxxxxxxxx original emitido por la aseguradora, hasta la presentación de las correspondientes pólizas, en copia certificadas por escribano público, dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de emisión del respectivo certificado de cobertura.
Debe incluirse, sin excepción, en el contrato de seguro respectivo una cláusula de renuncia de la aseguradora a la subrogación contra ENARSA.
La vigencia de los seguros deberá cubrir el período comprendido entre el momento de iniciación de las actividades aseguradas y el de extinción total de las responsabilidades de cualquier naturaleza que puedan ser consecuencia de dichas actividades.
C. RESPONSABILIDAD
En caso que el monto de los seguros contratados no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el Contratista. Los gastos que demanden la toma de las pólizas, los deducibles o franquicias de estas pólizas como así también la insuficiencia de los límites serán de cargo y costo del Contratista.
En especial, se deberá tener presente que ENARSA debe estar indemne frente a toda acción de cualquier índole que pueda realizar toda persona que tenga una relación de trabajo con el Contratista, sus SUBCONTRATISTAS, o sus asesores, quienes podrán ser citados como terceros en los procesos respectivos.
El Contratista será responsable por todo daño ocasionado por sus dependientes, equipos y/o vehículos, como así también por los causados por los subcontratistas a su cargo, a cualquier tercero, dependiente, empleado, o subcontratista, debiendo indemnizar y mantener indemne a ENARSA de cualquier reclamo por accidentes, multas, y gastos consecuentes, incluyendo honorarios legales y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en el presente constituyan su límite de responsabilidad.
Asimismo el Contratista asume la responsabilidad por los riesgos vinculados directa o indirectamente con o por la operación de los equipos y/o vehículos de que se valga por sí o por terceros para el cumplimiento de las Condiciones o del Acuerdo, como también por daños y perjuicios que se viera obligado a pagar ENARSA originados en juicios o reclamos del personal del Contratista o de subcontratistas o de terceros.
Sin perjuicio de los requerimientos de seguros a contratarse en la forma que se estipula en el presente, la insolvencia, quiebra o incumplimiento de cualquier compañía aseguradora que haya tomado los seguros del Contratista, el incumplimiento de cualquier compañía aseguradora en pagar los reclamos que surjan, o la insuficiencia de los límites del seguro, no anularán o afectarán como renuncia de derechos a ninguna de las cláusulas xxx Xxxxxx, incluyendo, sin excepción, las obligaciones de indemnización del Contratista. Será también responsabilidad del Contratista el pago que pudiera surgir como consecuencia de los deducibles o de la insuficiencia de los límites de cualquiera de las pólizas tomadas por el Contratista.
El Contratista será responsable y garante de solicitar y controlar que el resto de sus otros Contratistas y subcontratistas que intervengan en el trabajo tengan vigentes en todo momento mientras dure el mismo, iguales seguros en cantidad y calidad que los exigidos al Contratista y que protejan a este último en idénticos términos y condiciones a los que sus seguros y condiciones brindan.
D. COASEGURADOS Y BENEFICIARIOS
Todas las pólizas de seguros deberán nombrar a ENARSA y al CONTRATISTA y a sus subcontratistas como coasegurados y beneficiarios, trasladándose a ENARSA y/o al CONTRATISTA y/o sus subcontratistas todos los beneficios indemnizatorios.
E. RECAUDOS EN CASO DE SINIESTRO
El CONTRATISTA deberá informar cualquier siniestro a ENARSA en forma diligente, inmediatamente de ocurrido y deberá, a su propio costo, llevar a cabo las gestiones ante el asegurador, u otros, para resolver los mismos y respecto a cualquier otro litigio que surja de ellos, liberando y manteniendo indemne a ENARSA de toda responsabilidad.
F. OTROS RECAUDOS
Todas las pólizas que presente el CONTRATISTA contendrán una Cláusula de Notificación que señale: "La presente póliza no podrá ser anulada, modificada, total o parcialmente o enmendada sin previo consentimiento de ENARSA. Asimismo, la Compañía Aseguradora se compromete a notificar a ENARSA, cualquier omisión de pago y otro hecho de cualquier naturaleza en que incurriese el Asegurado principal y que resulte causal de suspensión de cobertura, caducidad de derechos, rescisión del contrato o pérdida de vigencia de la póliza en forma total o parcial con una antelación mínima de quince (15) días respecto de la fecha en que dicha omisión pudiere determinar las consecuencias apuntadas. Mientras no se cumpla lo indicado precedentemente no se producirá suspensión de cobertura, caducidad, rescisión o pérdida de vigencia de la póliza en forma total o parcial hasta tanto transcurra el plazo fijado a partir de la fecha de la notificación a ENARSA.”
Todas las pólizas y/o endosos relacionadas con el Acuerdo deberán ser aceptadas por ENARSA en cuanto a los límites, coberturas, deducibles y compañías aseguradoras, teniendo ENARSA el derecho de aprobar o no finalmente las pólizas presentadas.
51. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A LOS EQUIPOS EXISTENTES. INDEMNIDAD DEL COMITENTE
En atención a la naturaleza de la Obra contratada y sin perjuicio de los seguros que el Contratista deberá concertar, éste deberá tener especial cuidado en el trato y manejo de las instalaciones y equipos existentes tanto en las Centrales como en las Obras.
El Contratista mantendrá indemne al Comitente de cualquier daño que produjera a sus bienes o a terceros o sus bienes con motivo de la ejecución de la Obra.
Este deber de indemnidad cubre cualquier tipo de reclamo de parte de terceros referidos a daños a personas, bienes, molestias, obstaculizaciones, daños ambientales o cualquier otro reclamo.
La extensión de la indemnidad comprende la obligación de abonar cualquier suma que ENARSA deba afrontar por dichos reclamos, con más todos los intereses, gastos, costas, penalidades, honorarios y cualquier otro gasto relacionado.
52. PERSONAL
El Contratista desarrollará los trabajos contratados bajo la presente en forma autónoma, con su propia organización y empleando, de ser necesario, personal bajo su exclusiva responsabilidad, dependencia y dirección.
El Contratista será responsable exclusivo y sin excepción de todas las obligaciones civiles, laborales, fiscales, impositivas, de seguridad e higiene en el trabajo, de cobertura de riesgos de trabajo y/o de la seguridad social generadas por su actividad, las que estarán a su exclusivo cargo. Se establece expresamente que el personal del Contratista, dependiente o contratado, no podrá considerarse, en ningún caso, empleado en relación de dependencia de ENARSA. Sin perjuicio del de lo previsto en el párrafo que antecede, el Contratista dará estricto cumplimiento a lo previsto por la totalidad de las normas que regulan la contratación, ejecución y/o la extinción de los contratos de trabajo de sus empleados en relación de dependencia. La presentación de una Oferta en el presente procedimiento implica que el Contratista conoce y acepta la totalidad de los convenios colectivos de trabajo así como cualquier otro acuerdo colectivo que resulte aplicable en relación con las actividades a desarrollar en las Obras.
El Contratista mantendrá indemne a ENARSA respecto de todos los importes, incluidas las costas y los honorarios profesionales, generados por cualquier reclamo, judicial o extrajudicial, que pretenda dirigirse contra ENARSA invocando su responsabilidad civil y/o laboral, solidaria o directa, derivada de la ejecución y/o de la extinción de los contratos de trabajo o de cualquier otra modalidad de contratación no laboral utilizada por el Contratista. Esta obligación alcanza a cualquier reclamo dirigido contra ENARSA por el personal utilizado por el Contratista, sus derecho-habientes, la Administración Federal de Ingresos Públicos, la Administración Nacional de la Seguridad Social, las autoridades administrativas que ejercen el poder de policía del trabajo, cualquier asociación sindical –con o sin personería gremial-, cualquier obra social u agente de salud comprendido en las Leyes 23.660 y 23.661 y/o cualquier otra persona física o jurídica, pública o privada. ENARSA comunicará al Contratista la existencia y alcance de cualquier reclamo dentro de las setenta y dos horas hábiles de haber tomado conocimiento del mismo. El Contratista también asume esta obligación de mantener indemne a ENARSA frente a cualquier reclamo originado en eventuales incumplimientos de sus subcontratistas, todo ello con los mismos alcances y modalidad previstos en esta cláusula.
ENARSA podrá, a su solo arbitrio y en cada oportunidad que lo considere oportuno, requerir del Contratista la exhibición, dentro del plazo xx xxxx (10) días corridos, de la totalidad de la documentación que acredite el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones antes mencionadas. Sin perjuicio de otras sanciones, multas y/o consecuencias previstas en este Contrato, se pacta que la falta de exhibición en tiempo y forma o la eventual detección de incumplimientos a las obligaciones arriba referidas, facultarán a ENARSA a retener la facturación pendiente de pago, conforme lo previsto por el Artículo 136 de la ley 20.744, pudiendo realizar los pagos que la norma autoriza si lo viere conveniente.
a. DOCUMENTACIÓN A INTEGRAR CON CARÁCTER PREVIO AL INGRESO DEL PERSONAL DEL CONTRATISTA
Previo al ingreso del personal a las instalaciones de ENARSA y/o de la Obra, el Contratista deberá presentar a la Inspección de Obra la siguiente documentación, de acuerdo a lo previsto en el Anexo 3 de este PBC:
i. El formulario nómina de personal afectado a la ejecución de la Obra.
ii. Últimas boletas de depósitos o recibos de:
a. Pago del R.N.S.S. (Registro Nacional de Seg F 931 y tickets de pago). Si es Gran Contribuyente: el F 931, Acuse de recibo AFIP.
b. Pago del RNOS (Registro Nacional de Obra Social): Si es Pequeño Contribuyente: el F 931 y Tickets de pago. Si es Gran Contribuyente: F 931, Acuse de Recibo AFIP.
iii. Pago xx Xxx de Riesgos de Trabajo
iv. Pago de la AFIP S.U.S.S.- Autónomos (de corresponder)
v. Pago de AFIP- Régimen simplificado (Monotributo)- (de corresponder)
vi. Pago de fondo de desempleo (de corresponder)
vii. Pago de cuota sindical (de corresponder)
viii. Pago AFIP 4° categoría (de corresponder)
ix. Pago de pólizas de seguros contratados
x. Recibos xx xxxxxx del personal afectado a la ejecución de los servicios.
xi. Número de cuenta corriente bancaria de la cual sea titular, nombre del banco y sucursal.
Las boletas de pago y/o recibos deberán ser presentados en original o fotocopia certificada, o, en su defecto, deberá acompañarse una certificación contable de, intervenida por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
Se deberá adosar a las pólizas de seguros una copia de la primera hoja del contrato cubierto por dicha póliza.
Toda la documentación presentada deberá estar firmada y sellada por el representante legal del Contratista.
ENARSA se reserva la facultad de verificar la exactitud de las declaraciones mencionadas en este Artículo a través de libros de sueldos y jornales y/o recibos xx xxxxxx firmados por el empleado y de relevar en obra el personal que desarrolla tareas en la misma.
Será requisito para la percepción de los pagos la integración completa y en debida forma de los documentos detallados en este artículo.
b. GASTOS DE TRASLADO, ALOJAMIENTO Y COMIDAS
Quedarán a cargo del Contratista los gastos derivados del traslado del personal desde y hacia la Obra, su alojamiento y comidas.
El Contratista deberá proveer las instalaciones sanitarias necesarias para uso de su personal, en área cercana al lugar de ejecución de los trabajos.
53. SUBCONTRATISTAS
El Contratista será el único y exclusivo responsable por las subcontrataciones que realice, previendo en todas ellas que ENARSA será ajeno a dichas contrataciones y, por lo tanto, carece de cualquier responsabilidad respecto del contenido, objeto, monto y demás condiciones de las mismas, como así también de cualquier responsabilidad que no esté expresamente prevista en este Pliego y/o la normativa aplicable.
La Contratista mantendrá indemne a ENARSA ante cualquier reclamo, de cualquier naturaleza, judicial o extrajudicial, por parte de subcontratistas y/o de sus empleados, accionistas, directores, dependientes, representantes o gerentes, debiendo hacerse cargo de toda y cualquier defensa ante cualquier reclamo por parte de estos, y afrontando cualquier suma que ENARSA deba abonar por dichos reclamos, con más los intereses, multas, honorarios, costas y cualquier otro gasto relacionado.
54. PAGO DE DERECHOS, GESTIONES Y HABILITACIONES
El Contratista deberá tramitar las autorizaciones, habilitaciones y demás trámites, exigidos por entes Nacionales, Provinciales y Municipales, empresas prestadoras de los servicios, y superficiarios y titulares de los inmuebles donde deba ejecutarse la Obra. Consecuentemente deberá abonar todos los impuestos, tasas, contribuciones, cánones, aranceles y cualquier otro derecho que se necesario para la prosecución y finalización de la construcción.
Los Derechos, Gestiones y Habilitaciones de todas las actividades que se desarrollen para la Obra objeto del Contrato estarán a cargo del Contratista.
El Contratista será responsable por las demoras en la obtención de los permisos, habilitaciones y autorizaciones, no pudiendo invocar la demora en su obtención para solicitar una extensión en el plazo del
Cronograma de Obra ni mayores costos, salvo que demostrare fehacientemente que ha cumplido con la debida anticipación en cada caso, totalidad de los procedimientos posibles para obtener dichas autorizaciones, habilitaciones y permisos y que la demora en su obtención le resulta completamente ajena y le era imprevisible.
El personal que para estas funciones designe el Contratista, trabajará en estrecha vinculación con el personal de ENARSA, quien brindará la asistencia correspondiente a los efectos que la Contratista pueda desarrollar correctamente estas gestiones.
La Contratista será responsable de todo y cualquier reclamo que efectúen los propietarios, poseedores, tenedores, terceros interesados, autoridades nacionales, provinciales y municipales a raíz de la ejecución de los trabajos, cualquiera fuera su naturaleza, debiendo costear por su cargo toda y cualquier suma que deba ser desembolsada por tales conceptos y sus accesorios. La Contratista mantendrá indemne a ENARSA frente a estos reclamos y reembolsará a ENARSA cualquier suma que deba abonar por dichos conceptos, más sus accesorios.
El deber del Contratista de afrontar el costo de los reclamos incluye (sin limitación) reclamos por daños tanto inevitables como evitables.
Previamente a la iniciación de un trabajo, el Contratista con presencia de la Inspección de Obra, labrará un Acta de Constatación Preventiva de Daños de manera que queden claramente expuestas las instalaciones existentes y su estado (casas, predios municipales y privados, etc). Previo a la iniciación de dicho trabajo, deberá darse formal aviso a la Inspección de Obra a fin de que ésta pueda estar presente para la realización del Acta mencionada.
A la terminación de los trabajos, la Contratista con presencia de la Inspección de Obra solicitada con anticipación, labrará Actas de Constatación de Daños y de Conformidad Definitiva con los propietarios y superficiarios.
Dichas actas deberán ser complementadas, eventualmente si correspondiere, con la expresa aclaración del pago de daños por parte del Contratista y entregadas a la Inspección de Obra.
55. RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN EXISTENTE
Será responsabilidad del Contratista la recopilación de toda información sobre las distintas instalaciones existentes y el grado de avance de las Obras ejecutadas hasta el momento. Con dicha información y con la de la documentación de la presente Contratación verificará y/o actualizará la documentación técnica de la Oferta con el fin de que, al ejecutar el Proyecto de Detalle, se minimicen las posibles interferencias entre dichas instalaciones existentes y las obras proyectadas.
En ningún caso la modificación de la documentación técnica de la Oferta podrá ser invocada ni fundamentará la revisión un pedido de mayores costos ni incremento de precio por parte del Contratista.
Todo Oferente deberá adquirir un conocimiento adecuado respecto de:
1) Las características, forma, condiciones e instalaciones existentes en los inmuebles donde se realiza la Obra;
2) Las características y condiciones meteorológicas, hidrológicas, hidrogeológicas, hidráulicas, topográficas y geológicas de las zonas en las que están ubicadas las Obras;
3) las cantidades, ubicación y naturaleza de los trabajos y materiales y equipos necesarios para la ejecución del montaje;
4) los accesos a las Obras;
5) los Obradores que requerirá la Obra;
6) las condiciones locales de mano de obra, incluyendo los convenios colectivos vigentes y acuerdos laborales correspondientes;
7) toda otra condición que influya en el plazo de ejecución, costo y calidad de los trabajos.
56. APROBACIÓN O RECHAZO DE MATERIALES Y ELEMENTOS Y SU CONSERVACIÓN
En todos los casos el Contratista deberá demostrar, a satisfacción de ENARSA, la procedencia y calidad de los materiales y elementos que suministre el Contratista para integrar la provisión.
El Contratista deberá presentar la Certificación de Aprobación de material o elemento a Certificación de la Norma ISO para su Fabricación, y de las Normas IRAM correspondientes a seguridad, calidad, funcionamiento, etc., o el cumplimiento de Normas ISO equivalentes.
Como norma general todos los equipos y materiales así como los métodos y cantidad de ensayos a realizar deberán satisfacer lo especificado por las normas IRAM y/o especificaciones del fabricante, salvo que razones excepcionales de orden técnico aconsejaren otra alternativa que, de todos modos, quedará a criterio y aprobación del Comitente, quien podrá solicitar sin cargo alguno los ensayos correspondientes en el lugar que él indique.
El Contratista deberá tomar precauciones para que los elementos equipos y materiales se conserven en buen estado y no sufran perjuicios por la acción de los agentes atmosféricos. Esta responsabilidad es extensiva a los materiales provistos por el Comitente que deberán ser conservados en condiciones y bajo vigilancia por parte del Contratista.
Respecto de los materiales que sean provistos por ENARSA, el Contratista, por el mero hecho de presentar su Oferta, declara y acepta conocer la totalidad de los mismos y el estado en que se encuentran.
57. RECEPCIÓN PROVISORIA. CERTIFICADO DE RECEPCIÓN PROVISORIA
a. CERTIFICADO DE RECEPCIÓN PROVISORIA
Tan pronto como la Obra se encuentre terminada a juicio de la Inspección de Obra y haya sido sometida satisfactoriamente a todo ensayo que hubiese sido especificado en el Pliego, la Inspección de Obra extenderá el Certificado de Recepción Provisoria de la Obra.
El Plazo de Garantía comenzará desde la fecha de emisión de dicho Certificado de Recepción Provisoria. Las pruebas necesarias para la recepción provisoria responderán a lo especificado en los PETG y PETP, serán a cargo exclusivo del Contratista e incluirán en general todas aquellas pruebas destinadas a verificar la adecuada construcción y correcto funcionamiento de la Obra.
El Certificado de Recepción Provisoria será emitido una vez que:
i. Se haya entregado la Documentación Técnica a plena satisfacción del Comitente.
ii. ENARSA tenga las pruebas suficientes de que la totalidad de los trabajos, sistemas y equipos correspondientes al Sistema de Agua de Circulación correspondientes al cierre de ciclo de la Central se hayan terminado y que los componentes individuales no necesitan reparaciones ni ajustes y que cumplen con las condiciones estipuladas en el Contrato.
iii. La Contratista haya pagado las penalidades que le sean aplicables.
Las Partes acordarán el contenido de los Certificados de Recepción Provisoria previo a su emisión.
Los Certificados de Recepción Provisoria serán emitidos siempre que se cumplan todas las condiciones exigidas en el Pliego, a entera satisfacción del Comitente.
b. DEFECTOS MENORES
Sin perjuicio de lo anterior, en forma excepcional y a exclusivo criterio de ENARSA, los Certificados de Recepción Provisoria podrán ser emitidos aún en el caso de que persistan o se hayan detectado defectos menores, los que deberán ser detallados en el Punch List.
La apreciación y calificación de la magnitud de los defectos será establecida por el Comitente. El Contratista tendrá la obligación de reparar todo defecto, ya sea que ENARSA lo haya detectado y anotado en cada Certificado de Recepción Provisoria o que haya omitido hacer una reserva expresa.
La reparación de los defectos menores detallados en el Punch List deberá efectuarse en un plazo máximo de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha de otorgamiento de cada Certificado de Recepción Provisoria y conforme a un programa a ser acordado entre el Contratista y ENARSA.
58. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A INTEGRAR PARA LA RECEPCIÓN PROVISORIA
a. DOCUMENTACIÓN CONFORME A OBRA
La documentación Conforme a Obra a elaborar por el Contratista a presentar en el momento de la Recepción Provisoria, debe respetar lo dispuesto en el PETG.
b. OTRA DOCUMENTACIÓN
Previo a la realización de la Recepción Provisoria de la Obra el Contratista deberá también adjuntar la siguiente documentación:
Permisos de paso e interferencias, servidumbres y permisos de obra debidamente aprobados y/o suscriptos por los titulares de los inmuebles sirvientes y las autoridades gubernamentales intervinientes, con sus respectivas inscripciones cuando ello correspondiere;
Planos de mesura inscriptos en catastro para la tramitación de servidumbres por parte de ENARSA.
Registro de Calidad Completos
59. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS DE REPARACIÓN
Todos los costos relacionados con reparaciones de la Obra ejecutada por el Contratista y/o como consecuencia de actos de su responsabilidad sobre la Obra preexistente, o con el reemplazo, retiro y transporte de regreso de componentes, serán de responsabilidad y cargo de la Contratista.
El Comitente estará facultado, en caso de urgencia y después de informar al Contratista, a realizar acciones correctivas por él o por terceros, x xxxxx del Contratista. Los costos resultantes de estos trabajos deberán ser pagados y/o reintegrados por el Contratista en un plazo no mayor a TREINTA (30) días de ser requeridos por ENARSA, sin perjuicio de que podrán ser descontados por el Comitente de cualquier monto que deba abonar al Contratista, por cualquier concepto.
Si durante el Período de Garantía ENARSA hiciera reclamos por defectos que no puedan corregirse
inmediatamente, el Contratista deberá, previo acuerdo entre las Partes, tomar medidas temporales hasta que la corrección completa pueda ejecutarse. Cualquier gasto extra que resulte de estas medidas temporales serán a cargo del Contratista.
Antes de concluir el Período de la Garantía y tan pronto como sea practicable, la Contratista y ENARSA conducirán una inspección conjunta de los trabajos. Como resultado de tal inspección, el Contratista ejecutará todas las reparaciones y reconstrucciones que sean necesarias para que las condiciones de las Obras cumplan con lo establecido en el Contrato.
Será de responsabilidad del Contratista la reparación de todos y cada uno de los hechos ocurridos durante el Período de Garantía, aún cuando tal reparación deba ser ejecutada fuera de la fecha de finalización de la Garantía.
a. INCUMPLIMIENTO EN LA REALIZACIÓN DE LAS OBRAS REQUERIDAS
Si el Contratista no hiciese la reparación de los defectos detectados durante el Período de Garantía, dentro del plazo razonable requerido por ENARSA, ésta podrá realizar tal trabajo o adquisición directamente o por intermedio de un tercero. En tal caso, ENARSA recuperará del Contratista los costos involucrados o podrá descontarlos de cualquier saldo adeudado. Si los dineros adeudados a la Contratista no fuesen suficientes, ENARSA podrá hacer efectivo el Fondo de Reparo y/o la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
Las acciones correctivas hechas por ENARSA (o terceros contratados por ésta) no disminuirán la obligación de garantía del Contratista, que se mantendrá completamente vigente respecto a todos los trabajos.
60. PLAZO DE GARANTÍA
El plazo de Garantía de la Obra tendrá una duración de DOCE (12) meses a partir de la emisión del Certificado o Acta de Recepción Provisoria.
Durante este plazo estarán a cargo del Contratista:
a) Las reparaciones, demoliciones y reconstrucciones originadas por vicios de construcción o cualquier otra causa imputable al mismo y que aparecieran durante el plazo de garantía de la Obra.
La Inspección de Obra fiscalizará la ejecución de los trabajos de conservación. A tal efecto, el Contratista deberá suministrar en todos los casos, con DOS (2) días hábiles administrativos de anticipación, las fechas en que procederá a ejecutarlos. La falta de cumplimiento de esta disposición determinará considerar tales trabajos como faltos de fiscalización.
Establecido que los trabajos fueron mal ejecutados, sea por el empleo de distintos materiales, sea por defectos constructivos, el Contratista deberá rehacer en toda o en parte la obra observada, según se le ordene, y a su xxxxx.
En el caso que el Contratista no realice dichos trabajos en el plazo indicado, el Comitente podrá ejecutarlos con cargo a aquél y su importe podrá ser descontado de cualquier suma pendiente de cobro por parte del Contratista y/o del fondo de reparo y/o podrá ejecutarse la Garantía de Cumplimiento.
b) Los trabajos de mantenimiento de obra y equipos.
61. DESPERFECTOS
Si en cualquier momento durante el Plazo de Garantía se observaran desperfectos de naturaleza tal que reclamen una investigación de las causas que lo motivan, la Inspección de Obra la llevará a cabo, poniendo en conocimiento de ello al Contratista.
Si de dicha investigación resultare que la falta es atribuible a defectos constructivos y/o a la mala calidad del material empleado, ENARSA podrá además aplicar al Contratista una penalidad consistente en un aumento del Plazo de Garantía, que se graduará de acuerdo con la importancia de los desperfectos causados.
62. RECEPCIÓN DEFINITIVA
TREINTA (30) días después de expirado el Plazo de Garantía, no mediando observaciones, y siempre que todos los trabajos pendientes y/u ordenados durante tal período en virtud de lo establecido precedentemente se hayan cumplido satisfactoriamente, se procederá a la Recepción Definitiva de la Obra, a través de la emisión del Acta de Recepción Definitiva.
La Recepción Definitiva se efectuará con las mismas formalidades que la Recepción Provisoria, previa comprobación del buen estado de la Obras, la devolución de los predios ocupados para obrador en condiciones de recibo (es decir, debidamente acondicionados y limpios) y verificación del correcto funcionamiento de las instalaciones complementarias, a cuyo efecto se realizarán las pruebas que la Inspección de Obra estime necesarias, pudiéndose repetir parcial o totalmente las establecidas para la Recepción Provisoria.
De las Actas de Recepción se entregará al Contratista una copia conformada.
En este Acta constará expresamente que ambos han dado fiel y oportuno cumplimiento a sus obligaciones contraídas en virtud del Contrato.
No se dará curso al trámite de la Recepción Definitiva hasta tanto el Contratista no presente los planos conforme a obra de los trabajos ejecutados, a satisfacción del Comitente.
La emisión del Acta de Recepción Definitiva no implicará liberación del Contratista de la responsabilidad por:
a) ruina total o parcial de la Obra en los términos de los Arts. 1273 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, y
b) fallas debido a culpa grave o dolo del Contratista y/o sus empleados y/o proveedores en la construcción, diseño, fabricación y/o instalación de la Obra y sus componentes.
En el mismo acto o dentro de los cinco (5) días hábiles de suscripta el Acta de Recepción Definitiva, y no habiendo reparos de parte del Comitente en el cumplimiento de las obligaciones contractuales del Contratista, se procederá a la devolución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato y del Fondo de Reparo.
63. MULTAS POR INCUPLIMIENTOS VARIOS
Los incumplimientos de las obligaciones derivadas del Contrato importarán la aplicación de las sanciones que se detallan a continuación, sin perjuicio de toda otra penalidad o sanción que pudiere ser aplicable en virtud de las disposiciones de la Ley N° 13.064, normas complementarias y reglamentarias.
A los fines del presente artículo, se entenderá por "monto contractual", el monto de contrato con más sus
ampliaciones y las redeterminaciones de precios que se hubieren aprobado al momento de la fijación de la sanción por parte de ENARSA.
Cuando el importe acumulado de las penalidades por incumplimientos varios alcance el DIEZ POR CIENTO (10 %) del monto del Contrato, ENARSA tendrá el derecho a rescindir el Contrato por exclusiva responsabilidad del Contratista.
En los casos de UTs o Consorcios las sanciones que pudieren ser aplicadas deberán ser afrontadas en forma solidaria, conjunta e ilimitada por todos los integrantes de la misma.
a. MULTAS POR XXXX EN LA INICIACIÓN DE LOS TRABAJOS
Cuando el Contratista no diere inicio a los trabajos dentro del plazo establecido en el Cronograma de tareas definido en el Contrato, se le aplicará, por cada día xx xxxx en la iniciación, una multa de hasta UN DÉCIMO POR CIENTO (0,1 %) del monto total del Contrato.
b. MULTAS POR NEGATIVA A RECIBIR LAS ÓRDENES DE SERVICIO, POR INCUMPLIMIENTO DE LAS MISMAS O POR XXXX EN SU CUMPLIMIENTO
Toda negativa por parte del contratista a recibir o cumplir una Orden de Servicio impartida por el Comitente y/o la Inspección de Obra en los plazos y bajo las condiciones fijadas al efecto, importará la aplicación de las siguientes multas:
i. De hasta UN CENTÉSIMO POR CIENTO (0,01 %) del monto total del Contrato por cada orden de servicio incumplida, no recibida en debido tiempo y forma o cumplida fuera de término;
ii. De hasta UN CENTÉSIMO POR CIENTO (0,01 %) del monto total del Contrato por cada día xx xxxx en recibir la orden de servicio o dar efectivo, correcto y total cumplimiento a una orden de servicio ya impartida.
En caso de reiteración de un incumplimiento a una orden de servicio, o de su cumplimiento tardío, ENARSA podrá solicitar al Contratista que sustituya al Representante Técnico y proponer el sustituto. Si la reiteración se refiriere a la negativa a recibir una orden de servicio, se duplicarán las multas establecidas precedentemente, y las mismas serán comunicadas al Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas.
c. MULTAS POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
i. Cuando el Contratista no cumpla con los Hitos del Cronograma de Trabajo y/o con su desarrollo en forma injustificada de modo que la parte ejecutada no corresponda al tiempo previsto en dicho Cronograma, se le aplicará una multa de hasta CINCO CENTÉSIMOS POR CIENTO (0,05 %) por cada día xx xxxx.
La determinación de los días por xxxx en la ejecución de los trabajos, se obtendrá del Plan de Trabajos del contratista aprobado oportunamente por la Inspección de Obras.
El tiempo para la construcción o plazo de Obra es un factor esencial y ENARSA sufrirá daños y perjuicios si el Contratista no construyese las diferentes partes de la obra dentro de los plazos estipulados en el Plan de Trabajos definitivo más cualquier extensión o prórroga que haya sido especialmente autorizada por ENARSA.
A juicio de ENARSA estas multas podrán ser reiteradas o suspendidas hasta el cese de la infracción.
ii. Cuando el retraso del Plan de Trabajo acarree la demora en el Plazo Final de la Obra, se triplicará la multa definida en el Punto 63.c.i.
iii. La demora en cumplir con lo ordenado por la Inspección de Obra dentro del plazo otorgado a tal fin o, en su defecto, dentro del plazo de TREINTA (30) días, dará lugar a la aplicación de una multa de hasta UN CENTÉCIMO POR CIENTO (0,01 %) del monto contractual actualizado, por cada día de atraso.
d. MULTAS POR PARALIZACIÓN O SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS SIN CAUSA JUSTIFICADA
Si el Contratista paralizara o suspendiera los trabajos sin causa debidamente justificada y aceptada por ENARSA, se le aplicará una multa de hasta DOS DÉCIMOS POR CIENTO (0,2 %) del monto total del Contrato por cada día de paralización o suspensión.
e. MULTAS POR INCUMPLIMIENTOS EN LAS OBLIGACIONES RELATIVAS AL PERSONAL
Si el Contratista incumpliere cualquiera de las obligaciones relativas al personal (normas laborales, seguridad e higiene, de seguridad social, ART, aportes, etc.), se hará pasible de una multa de hasta UN DÉCIMO POR CIENTO (0,1 %) del monto total del Contrato por cada infracción a dichas disposiciones. En caso de reiteración, dicha multa se duplicará. Toda infracción a estas obligaciones podrá ser considerada como un incumplimiento grave y habilitará a la Comitente a disponer la inmediata rescisión del Contrato por responsabilidad de la Contratista (conf. Artículo 36 de la Ley N° 13.064).
Sin perjuicio de la aplicación de las multas establecidas precedentemente, el no cumplimiento de las obligaciones del Contratista en materia laboral y de seguridad en obra impedirá, en todos los casos, el trámite y pago de los certificados de obra (conf. artículo citado).
f. MULTAS POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS AL MEDIO AMBIENTE Y AL PATRIMONIO CULTURAL
El incumplimiento del programa de minimización de impactos ambientales acarreará una multa de hasta UN CENTESIMO POR CIENTO (0,01 %) del monto total del Contrato por cada día de incumplimiento.
El incumplimiento del programa de manejo de residuos sólidos, líquidos y gaseosos, acarreará de una multa de hasta UN CENTESIMO POR CIENTO (0,01 %) del monto total del Contrato por cada día de incumplimiento.
El incumplimiento del programa de manejo de riesgos acarreará una multa de hasta UN CENTESIMO POR CIENTO (0,01 %) del monto total del Contrato por cada día de incumplimiento.
g. AUSENCIA DEL REPRESENTANTE TÉCNICO
En caso de ausencia del Representante Técnico del sitio de la Obra, se le aplicará a la Contratista una multa de hasta UN CENTÉCIMO POR CIENTO (0,01 %) del monto del Contrato, por cada día de inasistencia.
h. MULTAS POR OTROS INCUMPLIMIENTOS
Todo otro incumplimiento contractual, que no estuviere particularmente previsto en el presente artículo o en el Pliego o en las demás normas aplicables, dará lugar a la aplicación de una multa que podrá variar desde UN CENTÉSIMO POR CIENTO (0,01 %) hasta CINCO CENTÉSIMOS POR CIENTO (0,05 %) del monto
total del Contrato, según la importancia de la infracción a exclusivo juicio de ENARSA y siempre que no se trate de casos explícitamente contemplados en otros artículos.
i. MULTA POR ATRASO EN LA ENTREGA DE LA INFORMACIÓN
La multa que se aplicará por el atraso en la entrega de cada una de las informaciones que el Contratista debe proporcionar al representante de ENARSA, será de UN CENTÉSIMO POR CIENTO (0,01 %) del monto total del Contrato, por cada día de atraso contado a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo señalado o al de aquel en que corresponda entregar dicha información, hasta la entrega efectiva de cada una de dichas informaciones.
Esta multa es aplicable a cada una de las informaciones solicitadas y será, por lo tanto, acumulativa.
j. MULTA POR REEMPLAZO DE PERSONAS DEL ORGANIGRAMA Y POR INCUMPLIMIENTO DE LA CONTRATISTA, REFERIDA A SU PERSONAL.
Si el Contratista reemplazare sin autorización de ENARSA, a cualquier persona de las comprometidas en el organigrama del Contrato así como el personal superior necesario en la Obra, se le aplicará una multa de UN CENTÉSIMO POR CIENTO (0,01 %) del monto total del Contrato, por cada persona reemplazada y por cada semana que mantenga esta situación.
Si el Contratista incurriera en incumplimientos de cualquiera de las obligaciones previstas, se le aplicará una multa de hasta diez mil dólares estadounidenses (U$S 10.000) por cada infracción que sea cometida.
Esta multa es independiente de las demás penalidades por los retrasos en la ejecución y finalización de la Obra que pudieran resultar aplicables.
64. SANCIONES
Sin perjuicio de las multas especificadas en el presente Pliego, también podrán ser aplicadas las siguientes sanciones:
a. TIPO DE SANCIONES
1) Al Contratista
a) Multas
b) Descuentos por trabajos mal ejecutados
c) Reconstrucción de las obras
d) Aumento en los plazos de reconservación de las obras
e) Solicitud de suspensión en el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, cuando correspondiere, según la naturaleza del incumplimiento comprometido.
2) Al Representante Técnico
a) Llamado de atención.
b) Apercibimiento.
c) Suspensión.
d) Sustitución.
e) Información al Colegio Profesional correspondiente de la sanción impuesta.
b. OPORTUNIDAD DE APLICACIÓN DE SANCIONES
Las penalidades indicadas a continuación serán aplicables en los siguientes casos:
1) Al Contratista
a) Descuentos por trabajos mal ejecutados
b) Reconstrucción de las obras:
- Cuando se compruebe fehacientemente que el Contratista ha realizado actos dolosos con el objeto de beneficiarse ilícitamente (empleo de materiales prohibidos, elaboración de mezclas sin debidas proporciones, empleo de materiales que no cumplan con lo establecido en el Pliego, etc.).
- Cuando las estructuras construidas no respondan a las condiciones técnicas establecidas en las correspondientes especificaciones.
c) Aumento de los plazos de conservación de las obras
- Cuando la Obra o parte de la Obra adolezca de defectos o mala terminación que, a juicio de la Inspección de Obra, no afecte fundamentalmente la estabilidad, el fin o su vida útil.
- Subsidiariamente, en todos los casos en que se aplique una sanción de descuento para cubrir la mayor erogación y los inconvenientes que la mala calidad de la obra pueda significar para ENARSA.
2) Al Representante Técnico y/o al Representante en Obra
a) Llamado de atención
- Por cada día de ausencia injustificada.
- Por no concurrir a una citación debidamente notificada, en el horario, fecha y lugar establecidos
- Por desobediencia en ejecutar trabajos sujetos a la Inspección de Obra.
b) Apercibimiento
- Cuando se produzca un segundo motivo para el llamado de atención, se aplicará apercibimiento.
c) Suspensión
- Al cumplirse dos apercibimientos, corresponderá suspensión automática de UN (1) mes.
- Por la reiteración de hechos que puedan comprometer la calidad de las obras: suspensión por SEIS (6) meses.
d) Sustitución
- Cuando habiendo sido suspendido anteriormente, se hiciera pasible de una nueva suspensión.
- Por faltas graves o comprobación de dolo, la sustitución del Representante Técnico o del Representante en Obra alcanzará a todas las obras donde se desempeñe y se informará al Colegio Profesional correspondiente.
La aplicación de sanciones por parte de ENARSA, lo será sin perjuicio del derecho que tiene éste de rescindir el Contrato por incumplimiento del Contratista.
Para la aplicación de las sanciones previstas en los puntos 63 y 64 de este PBC, ENARSA notificará la imputación correspondiente al Contratista y/o al Representante Técnico a los fines de que dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles presenten el correspondiente descargo y pruebas de las que intenten valerse, tras cuya presentación ENARSA resolverá la aplicación de la sanción correspondiente y la notificará al Contratista y/o Representante Técnico.
65. CAUSALES DE RESCISIÓN POR CULPA DEL CONTRATISTA
Sin perjuicio de las causales de rescisión de contrato previstas en la Ley N° 13.064 y sus modificaciones y reglamentaciones y en las disposiciones de la documentación del presente llamado, ENARSA tendrá la facultad de proceder a la rescisión unilateral del Contrato por responsabilidad del Contratista, previa intimación fehaciente a subsanar su incumplimiento, dentro del plazo de QUINCE (15) días, en los siguientes casos:
a) Incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones emergentes del Contrato y el Pliego.
b) Abandono de la Obra, siempre que no mediaren causas de justificación aceptadas por ENARSA.
c) Cuando en la Oferta se hubiera incurrido en inexactitudes que determinaron la adjudicación.
d) Cuando el Contratista sea culpable de fraude o negligencia, o incumpla las obligaciones y condiciones estipuladas en el Contrato.
e) Vencido el plazo para la Recepción Provisoria, o en su caso de su prórroga, sin que se hubiese ejecutado la totalidad del objeto de la presente contratación.
f) Cuando exista cesión de todo o parte del contrato, sin que la misma haya sido autorizada previamente por XXXXXX.
g) Cuando el Contratista haya solicitado su propia quiebra o concurso preventivo, o cuando se haya dispuesto la apertura de un proceso de quiebra contra la Contratista a instancias de un tercero.
h) Cuando las multas impuestas al Contratista superen el equivalente al 10 % del monto del Contrato.
En todos los casos enunciados, la rescisión operada acarreará la pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, sin perjuicio de la responsabilidad por daños y perjuicios que pudiera corresponder.
Asimismo, ENARSA podrá, previo informe fehaciente, establecer las sumas líquidas exigibles y retener de los importes que deba al Contratista, las multas y correcciones por deficiencias originadas en tal rescisión, o emergentes del desenvolvimiento del contrato, sin necesidad de consentimiento de los saldos por parte del Contratista, quien podrá oportunamente realizar las acciones que estime pertinentes.
66. MEDICIÓN, CERTIFICACIÓN Y PAGO
a. MEDICIÓN Y CERTIFICACIÓN
El avance de la obra y la Certificación deberá ajustarse al Plan de Trabajos definitivo, y la Curva de Avance y Certificación de Obra oportunamente presentada por la Contratista
Dentro de los diez (10) Días siguientes a un determinado período mensual la Contratista presentará a la Inspección de Obra el acta de medición mensual correspondiente al período del mes medido. La inspección deberá aprobar expresamente el acta de medición mensual dentro de los diez (10) Días hábiles de su presentación.
La Inspección de Obra comprobará y verificará el acta de medición mensual presentado por el Contratista, de acuerdo con los documentos contractuales, controlando entre otros conceptos el avance real de los trabajos, las cantidades y las fechas de ejecución de los trabajos incluidos por el Contratista.
El Contratista colaborará con la Inspección en la citada revisión, proporcionando todos los datos, informes y pormenores razonables que le sean requeridos, como así también todos los medios que fueren razonablemente necesarios para documentar los trabajos ejecutados.
Una vez comunicada por la Inspección de obra la aprobación del acta de medición mensual, el Contratista emitirá el Certificado de Obra correspondiente al mes medido y lo presentará a la Inspección de Obra. Dentro del plazo xx xxxx (10) Días hábiles de presentado el Certificado de Obra, la Inspección de Obra lo intervendrá y el Comitente procederá a aprobarlo o rechazarlo.
La Inspección podrá requerir la ampliación de lo descrito en el Certificado de Obra si éste no tuviera una información precisa del estado y avance de la Obra.
Cada Certificado de Obra debe comprender la totalidad de los trabajos desde el comienzo de la Obra hasta la fecha de certificado y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado anterior. ENARSA aprobará y realizará la certificación por la parte correspondiente y de acuerdo al efectivo avance de los trabajos realizados e hitos efectivamente cumplidos, debidamente comprobados y verificados por la Inspección de Obra.
Los Certificados de Obra constituirán en todos los casos, documentos provisionales por pagos a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la liquidación final, considerando que la certificación final de la obra deberá ser presentada a ENARSA en oportunidad de la recepción de la obra, y la mencionada certificación final de obra sea aprobada por ENARSA.
b. PAGO DE CERTIFICADOS
Una vez comunicada al Contratista la aprobación del Certificado de Obra, la Contratista emitirá la factura correspondiente, la que deberá ser acompañada del correspondiente Certificado de Obra debidamente intervenido y aprobado.
Los pagos se efectuarán en Pesos a los treinta (30) días corridos de la presentación ante el Comitente de la factura respectiva emitida por la Contratista de acuerdo a la normativa vigente y con el Pliego.
c. PAGO DEL ANTICIPO
El anticipo financiero correspondiente al quince por ciento (15%) del precio del Contrato se pagará de la siguiente forma:
50% dentro de los diez (10) Días de firmado del Contrato;
50% dentro de los diez (10) Días de la fecha del Acta de Inicio de Obra.
Para la realización de ambos desembolsos el Contratista deberá previamente:
Presentar la respectiva factura; y
Presentar una garantía por el monto a ser anticipado en algunas de las formas previstas para la presentación de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
67. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
Es de aplicación a la presente contratación el procedimiento de redeterminación de precios establecido por el Decreto N° 691/16.
De acuerdo a lo establecido en el Decreto mencionado, a continuación figura la estructura de ponderación de insumos principales y la fuente de información de precios, aplicables a las obras objeto de esta licitación:
Lote Nº 1 - Obra de Toma correspondiente al Cierre de Ciclo de la Central "Ensenada xx Xxxxxxxx" Estructura de ponderación de insumos principales y fuentes de información de precios
Insumos | Ponderación % | Fuente de información |
Mano de obra | 35,00% | Cuadro 5 - Índices de los componentes incluidos en el Decreto 1295/2002. Art. 15 Inciso a), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Aceros - Hierro aletado | 16,57% | Cuadro 4 - Índice del Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxx Xxxxxx Xxxxx (ICC). Decreto 1295/02, Art. 15 Inciso m), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Hormigón | 8,73% | Cuadro 5 - Índices de los componentes incluidos en el Decreto 1295/2002. Art. 15 Inciso s), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Materiales varios | 3,91% | Cuadro 8.1.1 - Variación porcentual entre cada período y el inmediato anterior del ICC (Índice del Costo de la Construcción), Capítulo "Materiales", publicación "INDEC Informa" |
Equipo - Amortización de equipo | 30,18% | Cuadro 1 - Sistema de Índices de Precios Mayoristas (SIPM). Decreto 1295/02, Art. 15 Inciso j), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Gastos generales | 5,61% | Cuadro 5 - Índices de los componentes incluidos en el Decreto 1295/2002. Art. 15 Inciso p), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Total suma ponderaciones | 100,00% |
Lote Nº 2 - Obra de Acueducto y Sistema de Descarga correspondiente al Cierre de Ciclo de la Central "Ensenada xx Xxxxxxxx" Estructura de ponderación de insumos principales y fuentes de información de precios
Insumos | Ponderación % | Fuente de información |
Mano de obra | 38,72% | Cuadro 5 - Índices de los componentes incluidos en el Decreto 1295/2002. Art. 15 Inciso a), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Aceros - Hierro aletado | 9,14% | Cuadro 4 - Índice del Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxx Xxxxxx Xxxxx (ICC). Decreto 1295/02, Art. 15 Inciso m), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Hormigón | 5,49% | Cuadro 5 - Índices de los componentes incluidos en el Decreto 1295/2002. Art. 15 Inciso s), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Materiales varios | 8,01% | Cuadro 8.1.1 - Variación porcentual entre cada período y el inmediato anterior del ICC (Índice del Costo de la Construcción), Capítulo "Materiales", publicación "INDEC Informa" |
Equipo - Amortización de equipo | 32,67% | Cuadro 1 - Sistema de Índices de Precios Mayoristas (SIPM). Decreto 1295/02, Art. 15 Inciso j), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Gastos generales | 5,97% | Cuadro 5 - Índices de los componentes incluidos en el Decreto 1295/2002. Art. 15 Inciso p), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Total suma ponderaciones | 100,00% |
Lote Nº 3 - Obra de Toma correspondiente al Cierre de Ciclo de la Central "Brigadier Xxxxx" Estructura de ponderación de insumos principales y fuentes de información de precios
Insumos | Ponderación % | Fuente de información |
Mano de obra | 37,19% | Cuadro 5 - Índices de los componentes incluidos en el Decreto 1295/2002. Art. 15 Inciso a), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Aceros - Hierro aletado | 28,90% | Cuadro 4 - Índice del Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxx Xxxxxx Xxxxx (ICC). Decreto 1295/02, Art. 15 Inciso m), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Hormigón | 12,89% | Cuadro 5 - Índices de los componentes incluidos en el Decreto 1295/2002. Art. 15 Inciso s), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Materiales varios | 3,63% | Cuadro 8.1.1 - Variación porcentual entre cada período y el inmediato anterior del ICC (Índice del Costo de la Construcción), Capítulo "Materiales", publicación "INDEC Informa" |
Equipo - Amortización de equipo | 15,35% | Cuadro 1 - Sistema de Índices de Precios Mayoristas (SIPM). Decreto 1295/02, Art. 15 Inciso j), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Gastos generales | 2,04% | Cuadro 5 - Índices de los componentes incluidos en el Decreto 1295/2002. Art. 15 Inciso p), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Total suma ponderaciones | 100,00% |
Lote Nº 4 - Obra de Acueducto y Sistema de Descarga correspondiente al Cierre de Ciclo de la Central "Brigadier Xxxxx" Estructura de ponderación de insumos principales y fuentes de información de precios
Insumos | Ponderación % | Fuente de información |
Mano de obra | 36,97% | Cuadro 5 - Índices de los componentes incluidos en el Decreto 1295/2002. Art. 15 Inciso a), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Aceros - Hierro aletado | 4,62% | Cuadro 4 - Índice del Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxx Xxxxxx Xxxxx (ICC). Decreto 1295/02, Art. 15 Inciso m), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Hormigón | 22,55% | Cuadro 5 - Índices de los componentes incluidos en el Decreto 1295/2002. Art. 15 Inciso s), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Materiales varios | 4,46% | Cuadro 8.1.1 - Variación porcentual entre cada período y el inmediato anterior del ICC (Índice del Costo de la Construcción), Capítulo "Materiales", publicación "INDEC Informa" |
Equipo - Amortización de equipo | 29,10% | Cuadro 1 - Sistema de Índices de Precios Mayoristas (SIPM). Decreto 1295/02, Art. 15 Inciso j), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Gastos generales | 2,30% | Cuadro 5 - Índices de los componentes incluidos en el Decreto 1295/2002. Art. 15 Inciso p), publicación "INDEC Informa", Anexo "Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública" |
Total suma ponderaciones | 100,00% |
En el caso de discontinuarse la publicación de la fuente de información de precios de algún insumo, la Contratista deberá proponer su reemplazo por otra similar, en los términos del Decreto Nº 691/16, la cual quedará sujeta a la aprobación de ENARSA y de la autoridad de aplicación respectiva, previo a su uso.
De acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 691/16, las solicitudes de redeterminaciones y de adecuaciones provisorias de precios deberán efectuarse mediante el modelo fijado en dicha norma, el cual se reproduce en el Anexo 5 del presente PBC.
68. RETENCIONES SOBRE LOS CERTIFICADOS DE OBRA
Del importe de cada certificado se descontará el CINCO POR CIENTO (5%) para constituir el Fondo de Reparo, que se retendrá juntamente con la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
Ambas garantías serán devueltas al Contratista una vez efectuada y aprobada la recepción definitiva de la Obra.
Se permitirá sustituir el fondo de reparo en efectivo por una fianza bancaria a entera satisfacción de ENARSA, en las condiciones fijadas por los Artículos 2° y 3° del Decreto N° 5742/54, o bien por una Póliza de Seguro de Caución en las condiciones establecidas por Ley N° 17.804 y Decreto N° 411/69.
ENARSA podrá también deducir del Fondo de Reparos los descuentos por trabajos mal ejecutados.
69. INTERESES POR XXXX EN EL PAGO DE LOS CERTIFICADOS
El Contratista no tendrá derecho a imputar intereses al importe de los certificados que se abonen en xxxx.
Si ENARSA incurriera en xxxx en el pago, sin causa debidamente justificada, abonará intereses de acuerdo a la tasa activa cartera general diversa del Banco de la Nación Argentina, vigente al cierre del día en que el pago debió hacerse efectivo de acuerdo al presente Xxxxxx.
Los intereses comenzarán a devengarse al día hábil siguiente del vencimiento del plazo de pago.
Si el retraso fuere causado por el Contratista, debido a reclamaciones sobre mediciones u otras causas con motivo de la ejecución de la Obra y ellas resultaren infundadas, o se interrumpiesen la emisión o el trámite de los certificados u otros documentos por actos del mismo, no tendrá derecho al cobro de intereses.
70. OBRAS CUBIERTAS Y TRABAJOS DE MEDICION ULTERIOR IMPOSIBLE
El Contratista gestionará ante la Inspección de Obra en tiempo oportuno la autorización para ejecutar trabajos que cubran obras, cuya cantidad y calidad no se podría comprobar una vez cubiertas, o trabajos de medición ulterior imposible.
Antes de proseguir los trabajos que cubran obras, se labrará un acta en la que se dejará constancia del estado y medidas de tales obras y de toda circunstancia que se considere conveniente.
En el caso que la Inspección de Obra no pueda verificar la cantidad y calidad de los trabajos ejecutados por culpa del Contratista, la misma establecerá el procedimiento que estime adecuado a tal fin, debiendo el Contratista aceptar tal decisión.
71. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Los eventos de caso fortuito o fuerza mayor deberán ser denunciados al Comitente dentro de las 48 hs. de ocurridos.
Para que el Contratista tenga derecho a las indemnizaciones a que se refieren el Artículo 39 de la Ley 13.064, deberá hacer el reclamo dentro de los CINCO (5) días de producido el hecho que lo motive, debiendo luego justificar el detalle y montos de las reclamaciones, dentro del plazo de TREINTA (30) días computados a partir del vencimiento del primer término.
Vencidos dichos plazos o algunos de ellos, el Contratista perderá el derecho a formular el reclamo. Incumbe al Contratista probar que el acontecimiento fue realmente extraordinario y que tomó las medidas necesarias para evitar o atenuar los efectos.
72. PROPIEDAD INTELECTUAL.
A. GARANTÍA DE INDEMNIDAD
La Contratista se obliga a entregar la Obra y todos sus componentes en un todo de acuerdo a las normas sobre propiedad intelectual e industrial, libres de todo derecho o reclamo por parte de terceros. La Contratista mantendrá indemne al Comitente frente a este tipo de reclamos. Toda la documentación derivada del Know How de la Contratista permanecerá como propiedad industrial e intelectual de la misma, otorgándose exclusivamente al Comitente un derecho de uso gratuito y perpetuo.
B. RENUNCIA A RECLAMOS POR PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA OBRA Y SUS COMPONENTES
La Contratista renuncia expresamente a interponer cualquier tipo de reclamo vinculado con la propiedad intelectual de la Obra y sus componentes.
C. INCORPORACIÓN DE NUEVAS TÉCNICAS O TECNOLOGÍAS
Si con posterioridad a la firma del Contrato y durante la etapa de ejecución de la Obra, surgieren en el mercado nuevas tecnologías, equipamientos o técnicas constructivas que incidieren en las características
de la Obra, mejorando su eficiencia, su productividad y/o su capacidad de prevención o mitigación de riesgos medioambientales, la Contratista deberá informar de dicha circunstancia a la mayor brevedad posible al Comitente.
73. QUIEBRA O CONCURSO DEL CONTRATISTA.-
La Contratista deberá poner en inmediato conocimiento del Comitente toda solicitud de apertura de concurso preventivo, presentación de su propia quiebra, o un pedido de quiebra, solicitud de acuerdo preventivo extrajudicial, y cualquier otra circunstancia que pudiera exteriorizar un hecho revelador de su estado de cesación de pagos.
Si durante la ejecución del Contrato el Contratista solicitare la apertura de su concurso preventivo, el Comitente podrá evaluar si puede continuar la Obra. La evaluación de tales circunstancias quedará a exclusivo criterio del Comitente, sin perjuicio de la facultad del Comitente prevista en el punto 65 del PBC.
74. CESIÓN, FUSIÓN, ESCISIÓN, TRANSFORMACIÓN U OTRAS CIRCUNSTANCIAS DE MODIFICACIÓN SOCIETARIA
Si el Contratista decidiera introducir modificaciones en su forma societaria que alterare la responsabilidad asumida expresamente por el mismo, deberá garantizar al Comitente, idénticas garantías y régimen de responsabilidades que las previstas en el Pliego y la legislación aplicable. Toda alteración a la forma societaria la Contratista que modifique la responsabilidad asumida expresamente en el presente, deberá ser previamente autorizada por el Comitente, pudiendo rescindir el Contrato por responsabilidad de la Contratista si ésta procediera sin la debida autorización de ENARSA.
La Contratista deberá poner en conocimiento fehaciente del Comitente toda transformación, fusión, escisión o cualquier otro acto susceptible de modificar su tipo o responsabilidad societaria. A tales efectos, y con carácter previo a los actos mencionados, deberá acompañarse de copia autenticada de los siguientes documentos: a) Para el caso de transformación: De los detallados en los incisos 1 a 3 inclusive del Artículo 77 de la Ley № 19.550; b) Para el caso de fusión: Del compromiso previo de fusión, en los términos del Artículo 83 de la ley citada; c) Para el caso de escisión: Un informe contable, debidamente suscripto por Contador Público, con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda, según la jurisdicción, donde conste el tipo de escisión que pretende aprobarse (de acuerdo al Artículo 88 de la ley mencionada), y los datos correspondientes al balance especial de escisión.
El incumplimiento de la obligación de comunicar dichos actos y de obtener el consentimiento correspondiente implicará que los mismos serán inoponibles al Comitente, aún cuando se hubieran cumplido con los recaudos registrales y de publicidad exigidos por las leyes aplicables. Todos los intervinientes en dichos actos serán solidariamente responsables por los perjuicios de ellos derivados.
75. SURGIMIENTO DE PROHIBICIONES O NUEVAS DISPOSICIONES LEGALES QUE AFECTEN U OBSTEN A LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
Si desde la presentación de la Oferta de la Contratista y durante el período de ejecución de la Obra entraren en vigor nuevas disposiciones legales que afectaren u obstaculizaren la realización de la misma, las Partes entablarán negociaciones a los efectos de readecuar el Contrato en vista a tales disposiciones. En caso de que las Partes no arribaran a un acuerdo, podrán rescindir el Contrato sin responsabilidad de ninguna de las Partes.
A los efectos la presente previsión, se entenderá que la creación o introducción de nuevos requisitos
normativos a ser cumplidos para cualquiera de las tareas que deba desarrollar la Contratista bajo este Contrato, y que no impidan u obstaculicen el desarrollo de los trabajos, no afectan ni impiden la ejecución de la Obra.
76. DESABASTECIMIENTO DE MATERIALES O INCUMPLIMIENTO DE LOS PROVEEDORES DE COMPONENTES PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
La Contratista obrará con la debida diligencia, de modo de evitar que posibles demoras o falta de suministro por parte de las personas físicas o jurídicas con quien hubiere contratado la provisión de los materiales o componentes necesarios para la ejecución de la Obra afecten el Plan de Trabajos. Si no obstante actuar con la debida diligencia, la Contratista viera afectado el normal suministro de partes o componentes necesarios para la ejecución de la Obra, comunicará de inmediato dicha circunstancia a la Comitente y a la Inspección de Obra, a los efectos de que las Partes puedan acordar y adoptar las medidas que consideren pertinentes.
77. DOCUMENTACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
El presente procedimiento de Contratación está regido por el presente Pliego de Bases y Condiciones, el Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, cuatro (4) Pliegos de Especificaciones Técnicas Particulares (uno por cada Lote), sus respectivos anexos, y las Circulares que se emitan durante el procedimiento.
78. ANEXOS
Anexo 1 – Planillas de Cotización
Lote 1 – Planilla de Cotización Obra de Toma – Ensenada xx Xxxxxxxx
Lote 2 - Planilla de Cotización Acueducto y Sistema de Descarga – Ensenada xx Xxxxxxxx
Lote 3 – Planilla de Cotización Obra de Xxxx – Brigadier Xxxxx
Lote 4 - Planilla de Cotización Acueducto y Sistema de Descarga – Brigadier Xxxxx Xxxxx 2 – Planillas de Desagregación de Precios para Medición de Avance Mensual
Lote 1 – Planilla de Desagregación para Medición Obra de Toma– Ensenada xx Xxxxxxxx
Lote 2 - Planilla de Desagregación para Medición Acueducto y Sistema de Descarga – Ensenada xx Xxxxxxxx
Lote 3 – Planilla de Desagregación para Medición Obra de Toma – Brigadier Xxxxx
Lote 4 - Planilla de Desagregación para Medición Acueducto y Sistema de Descarga – Brigadier Xxxxx
Anexo 3 – REQUISITOS DE DOCUMENTACIÓN PARA CONTRATISTA N° P31-01-A-S-04 REV 0
Xxxxx 0 – Copia de las Evaluaciones de Impacto Ambiental de las Centrales
Anexo 5 – Modelo de nota de solicitud de redeterminación y adecuación provisoria de precios conforme Decreto PEN N° 691/2016
Anexo 6 – Modelo de Contrato
Anexo 7 – Modelo de Formulario Oficial de la Propuesta Anexo 8 – Texto de la Ley N° 00.000
Xxxxx 0 – Texto de la Ley N° 25.551