PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL “SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS OFICINAS DE ACUAMED EN MADRID”.
X/ Xxxxxxxx, 00
00000 Xxxxxx
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Sellado de tiempo
- ACUAMED - A83174524
Firmado digitalmente por Sellado de tiempo - ACUAMED - A83174524 Fecha: 2017.10.20
13:43:39 +02'00'
AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.M.E., S.A.
(AcuaMed)
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL “SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS OFICINAS DE ACUAMED EN MADRID”.
Expediente SV/51/17
Madrid, 5 de octubre de 2017
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS OFICINAS DE ACUAMED EN MADRID. |
Nº de expediente: SV/51/17
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN Y DEL CONTRATO |
1. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION Y TRAMITACION DEL EXPEDIENTE. |
Al tratarse de la contratación de un servicio de la categoría 23 (Servicios de investigación y seguridad, excepto los servicios de furgones blindados), según el Anexo II del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en adelante TRLCSP, cuyo valor estimado, teniendo en cuenta las eventuales prórrogas, es inferior a 209.000 euros, será un contrato no sujeto a regulación armonizada. Se adoptará el procedimiento previsto en las INSTRUCCIONES INTERNAS DE CONTRATACIÓN del “Procedimiento Interno de Contratación (PAD-001/07)”, NIVEL III. Conforme al artículo 86.3. del TRLCSP el objeto del contrato es susceptible de fraccionamiento y se realizará mediante su división en lotes. Asimismo, el expediente se instruirá utilizando la tramitación ordinaria. La adjudicación del contrato se basa en la aplicación de criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor (veinte por cien de la puntuación) y criterio precio (ochenta por cien de la puntuación). Existen fases en la valoración de las ofertas: primero se valoran los criterios subjetivos y una vez establecida la puntuación técnica expandida total, se valora el criterio objetivo, estableciéndose un umbral de puntuación técnica de once puntos para pasar de una fase a otra, especificado en el pliego. Existe posibilidad de apreciación de la temeridad de las ofertas económicas. Conforme a las Instrucciones Internas de Contratación, habiendo una pluralidad de criterios de adjudicación, el plazo máximo para la adjudicación del contrato es de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones económicas. De no producirse la adjudicación en los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. |
2. CONDICIONES ESPECIALES DEL EXPEDIENTE. |
Licitación: Por lotes. Contrato: Se formalizará un contrato para cada lote. |
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Nº de expediente: SV/51/17
3. DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO Y NECESIDADES A SATISFACER. |
El contrato tiene por objeto la vigilancia y la seguridad de las oficinas de Acuamed en Madrid, sitas en la xxxxx Xxxxxxxx, 00 (LOTE1) y la atención y el mantenimiento de las instalaciones de seguridad existentes en las oficinas de Madrid, sitas en la calle Albasanz,11 (LOTE2). Acuamed no dispone de efectivos propios de plantilla para realizar las funciones de seguridad y vigilancia en su edificio de Madrid, que deben efectuarse por personal especializado, lo que requiere la contratación de un servicio externo. CODIFICACIÓN DE LA NOMENCLATURA CPV: La codificación correspondiente a la nomenclatura, Vocabulario Común de los contratos (CPV) de la Comisión Europea es: Lote 1 - Código CPV 79710000-4 Servicio de seguridad. Lote 2 - Código CPV 50610000 Servicios de reparación y mantenimiento de equipos de seguridad. |
4. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES Y MEJORAS. |
4.1. Admisión de soluciones variantes: No. |
4.2. Admisión de mejoras: No. |
5. PRESUPUESTOS PARA LA LICITACIÓN. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. PRECIO. |
5.1. Presupuesto base de licitación (sin IVA): CIENTO DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA EUROS (117.440,00 €) siendo el tipo de licitación por lotes con arreglo al siguiente detalle: LOTE 1: SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS OFICINAS DE ACUAMED EN MADRID. CIENTO TRECE MIL SEISCIENTOS EUROS (113.600,00 €), IVA no incluido. LOTE 2: SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE SEGURIDAD TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA EUROS (3.840,00 €), IVA no incluido. Siendo el IVA vigente el 21%. No obstante, el IVA se ajustará automáticamente al vigente en cada momento. |
5.2. Valor estimado del contrato (sin IVA): El Valor Estimado del Contrato asciende a CIENTO SETENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA EUROS (176.160,00 €), IVA no incluido, Con el siguiente desglose para el Valor Estimado del Contrato: |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS OFICINAS DE ACUAMED EN MADRID. |
Nº de expediente: SV/51/17
LOTE 1: SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS OFICINAS DE ACUAMED EN MADRID. .- CIENTO SETENTA MIL CUATROCIENTOS EUROS (170.400,00 €) IVA no incluido. LOTE 2: SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE SEGURIDAD .- CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA EUROS (5.760,00 €) IVA no incluido. Siendo el IVA vigente el 21%. No obstante, el IVA se ajustará automáticamente al vigente en cada momento. En este importe se han tenido en cuenta los requerimientos contemplados en el art. 88 del TRLCSP. El valor estimado opera como umbral máximo de gasto, salvo las modificaciones previstas en la legislación, sin que exista la obligación de que el contrato llegue a alcanzar dicho importe. |
5.3. Determinación del precio: LOTE 1.- Mixto: tanto alzado y precios unitarios. El servicio es a tanto alzado, y también existen partidas por precios unitarios, que se corresponden con una bolsa de horas para cubrir las horas extraordinarias que pudieran ser necesarias. Las partidas por precios unitarios se corresponden con una bolsa de horas de 100 horas año extraordinarias en días laborables y 200 horas año extraordinarias en días festivos. En relación con la bolsa de horas, AcuaMed no se compromete al consumo total de las mismas, operando como umbral máximo de gasto. La facturación corresponderá con las horas realmente dedicadas al servicio. No tendrá derecho el contratista a reclamar las horas no consumidas. . LOTE 2.- Tanto alzado. |
5.5. Revisión de precios: No. |
5.4. Cofinanciación Fondos UE: No. |
6. DURACIÓN DEL CONTRATO. |
6.1. Plazo: Lotes 1 y 2.- VEINTICUATRO (24 MESES). |
6.2. Información sobre prórrogas: El contrato puede ser prorrogado durante 12 meses más a criterio de Acuamed, en las mismas condiciones de servicio que para los dos años anteriores y habilitando el incremento económico que resulte. |
6.3. Plazo o período de garantía: DOS (2) MESES. |
7. MODIFICACIONES DEL CONTRATO. |
Según lo especificado en el Anexo VI al presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, no se prevén modificaciones al contrato. Las modificaciones que pudieran surgir durante el desarrollo de la ejecución del contrato deberán responder a las circunstancias indicadas en el artículo 107 del TRLCSP. |
8. OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO. |
Se considera obligación esencial del presente contrato, a los efectos de lo dispuesto en la cláusula 12.2 del mismo, la adscripción de los medios personales señalados en este pliego de cláusulas reguladoras. Todos los documentos generados durante la ejecución del servicio, informes, propuestas, etc., son considerados entregables cuya titularidad corresponde exclusivamente a AcuaMed. |
9. GARANTÍAS A DISPOSICIÓN DE LA SOCIEDAD. |
9.1. Provisional: No. |
9.2. Definitiva: LOTE 1: 5% del Importe de Adjudicación. Se presentará de acuerdo con el modelo que se adjunta como Xxxxx XXX al presente Xxxxxx. LOTE 2: 5% del Importe de Adjudicación. Se presentará de acuerdo con el modelo que se adjunta como Xxxxx XXX al presente Xxxxxx. |
9.3. Complementaria: LOTE 1: 5% del Presupuesto base de licitación para el adjudicatario cuya oferta hubiese resultado anormalmente baja. LOTE 2: 5% del Importe de Adjudicación de licitación para el adjudicatario cuya oferta hubiese resultado anormalmente baja. |
10. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD. |
10.1. Perfil de contratante: en la Plataforma de Contratación del Sector Público y en la web xxx.XXXXXXX.xx 10.2. Contacto: correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@XXXXXXX.xx 10.3. Visita a las instalaciones: No. |
11. PRESENTACIÓN DE OFERTAS. |
11.1. Lugar: xxxxx Xxxxxxxx, 00 – 00000 Xxxxxx. |
11.2. Plazo: el indicado en los anuncios de la licitación. |
11.3. Forma de presentación de la documentación: En sobre cerrado e identificado debidamente para cada lote, conteniendo a su vez 3 sobres cerrados: - Sobre A: Incluirán los requerimientos de capacidad y solvencia exigidos en el apartado 8 del presente Pliego de Cláusulas Reguladoras. Se presentarán tantos sobres A como lotes se oferten, indicando en cada uno de ellos el número de lote con que se corresponde la oferta. - Sobre B: Documentación correspondiente a los criterios subjetivos de valoración (Documentación Técnica), especificada en el apartado 9 xxx Xxxxxx de Cláusulas Reguladoras. Se presentarán tantos sobres B como lotes se oferten, indicando en cada uno de ellos el número de lote con que se corresponde la oferta. - Sobre C: Documentación correspondiente a los criterios objetivos de valoración (Proposición Económica), especificada en el apartado 10 xxx Xxxxxx de Cláusulas Reguladoras. Se presentarán tantos sobres C como lotes se oferten, indicando en cada uno de ellos el número de lote con que se corresponde la oferta. En el exterior de cada sobre se hará constar lo siguiente: - Letra correspondiente al sobre. - Título de la licitación. - Nombre completo y siglas, en su caso, dirección, CIF o NIF, teléfono, fax y correo electrónico del licitador. |
12. ACTOS DE APERTURA DE SOBRES. |
12.1. Sobre A: En acto privado el primer día hábil siguiente a la presentación. 12.2. Sobres B y C: El día y hora indicados en el anuncio de la licitación. |
13. RÉGIMEN JURÍDICO: |
13.1. La preparación y adjudicación del contrato –no sujeto a regulación armonizada- se sujeta a lo dispuesto en el artículo 191 TRLCSP y a las Instrucciones de Contratación de ACUAMED. 13.2. Los efectos y extinción del contrato se sujetan al derecho común. 13.3. No obstante, serán de aplicación las normas del Título V del Libro I del TRLCSP, sobre modificación de los contratos. |
Dirección Proponente. FECHA: FIRMA |
Nº de expediente: SV/51/17
Supervisado por el Gerente de Contratación. FECHA: FIRMA |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS
1.- INTRODUCCIÓN.
ACUAMED es una sociedad mercantil anónima cuyo capital pertenece íntegramente a la Administración General del Estado. Su tutela corresponde al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
El objeto social de ACUAMED consiste en:
La contratación, construcción, adquisición y explotación de toda clase de obras hidráulicas y, en especial, de aquellas obras de interés general que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 11/2005, por la que se modifica la Ley del Plan Hidrológico Nacional, se realicen en sustitución de las previstas en su día para la transferencia de recursos hídricos.
La gestión de los contratos para los estudios, proyectos, construcción, adquisición o explotación de las obras citadas, así como el ejercicio de aquellas actividades preparatorias, complementarias o derivadas de las anteriores.
El objeto social podrá realizarse directamente o mediante la participación en el capital de las sociedades constituidas o que pudieran constituirse con alguno de los fines señalados anteriormente.
En el marco de dicho objeto social y para su satisfacción, AcuaMed tiene la necesidad de contratar el ”SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS OFICINAS DE ACUAMED EN MADRID” Y EL SERVICIO DE “MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE SEGURIDAD” en adelante el Servicio.
2.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
1.1. Órgano de contratación.
El contrato será adjudicado por la Junta de Contratación de ACUAMED.
1.2. Órgano de asistencia al órgano de contratación. Mesa de Contratación.
No aplica en contratos adjudicados por la Junta de Contratación.
1.3. Perfil de contratante.
En la Plataforma de Contratación del Sector Público y en la web xxx.XXXXXXX.xx
3.- OBJETO DEL CONTRATO.
El contrato tiene por objeto el servicio de vigilancia y seguridad e las oficinas de Acuamed en Madrid (LOTE 1), así como el mantenimiento de los sistemas de seguridad de las oficinas de Acuamed en Madrid. (LOTE 2)
La codificación correspondiente a la nomenclatura, Vocabulario Común de los contratos (CPV) de la Comisión Europea es:
Lote 1.-
.- Código CPV 79710000-4 Servicios de seguridad.
Lote 2.-
.- Código CPV 50610000 Servicios de reparación y mantenimiento de equipos de seguridad.
El servicio se realizará en las condiciones especificadas en el presente Pliego de Cláusulas Reguladoras.
4.- RÉGIMEN JURÍDICO.
Del valor estimado del contrato al que se refiere la presente licitación resulta que se trata de un contrato no sujeto a regulación armonizada, de conformidad con los umbrales previstos en los artículos 14 y siguientes del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP).
Por tanto, la presente licitación, referida a un contrato no sujeto a regulación armonizada se ajustará:
- En materia de preparación y adjudicación, además de a las prescripciones del presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, a lo previsto en las Instrucciones Internas de Contratación de ACUAMED, aprobadas conforme a lo dispuesto en el artículo 191 del TRLCSP y además al TRLCSP y su disposiciones de desarrollo, en lo que resulten aplicables a los contratos del sector público celebrados por entidades que no reúnan la condición de Administración Pública, aplicándose supletoriamente las normas de derecho privado. Resultarán también de aplicación a la preparación y adjudicación del contrato las previsiones del Real Decreto 1098/2001, de 26 de octubre, por el que se aprueba (en tanto tiene lugar la aprobación del Reglamento de desarrollo de la nueva LCSP) el Reglamento General de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, RGLCAP).
- La ejecución del contrato, excepto sus modificaciones, sus efectos, cumplimiento y resolución se regirán por lo establecido en este Pliego y en sus anexos y, en concreto, por el documento de formalización del contrato incluido como Anexo V. Subsidiariamente se aplicarán las normas de derecho común.
- En materia de modificaciones del contrato son de aplicación las normas del Título V del Libro I del TRLCSP, sobre modificación de los contratos.
Si este contrato se financia con Fondos europeos deberá respetar lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión.
5.- DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Y PRELACIÓN.
Además del propio contrato, los documentos que se relacionan a continuación revisten carácter contractual:
1) Pliego de Cláusulas Reguladoras, en el que está incluido como Anexo IV al mismo, el Pliego de Prescripciones técnicas particulares.
2) Oferta técnica y económica presentada por el Contratista, que se adjunta como Xxxxx XX al contrato.
3) Copia de la garantía definitiva (se adjunta como Anexo III).
4) Seguro de RC y de Accidentes de los empleados.
5) Copia de la Garantía definitiva
6) Escritura de apoderamiento del representante del contratista.
6.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. PRECIO DEL CONTRATO.
El importe del Presupuesto base de licitación es el que figura en el apartado 5.1 del Cuadro de Características del presente Xxxxxx, entendiéndose como presupuesto máximo, por lo que las ofertas no podrán rebasar en ningún caso su importe.
El valor estimado del contrato se incluye en el apartado 5.2 del Cuadro de Características del presente Pliego.
Las ofertas económicas de los licitadores incluirán, expresa y separadamente de los restantes importes especificados, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que proceda por la ejecución de su prestación.
El Precio del contrato coincidirá con el ofertado en la proposición económica correspondiente a la oferta que resulte adjudicataria (presupuesto de adjudicación).
LOTE 1.- Mixto: tanto alzado y precios unitarios. El servicio es a tanto alzado, y también existen partidas por precios unitarios, que se corresponden con una bolsa de horas para cubrir las horas extraordinarias que pudieran ser necesarias para una bolsa de horas de 100 horas anuales en días laborables y de 200 horas anuales en días festivos.
La bolsa de horas se abonará en base al consumo real. El contratista no tiene derecho a reclamar importe alguno por las horas no consumidas. El contratista deberá fijar una oferta para la parte a tanto alzado y para el coste unitario de la hora en día laborable y festivo, que deberán ser inferiores a los indicados a continuación:
LOTE 2.- Tanto alzado. El precio ofertado deberá ser inferior al indicado en el presente pliego y fijado en 3.840,00€.
Los licitadores deberán presentar una oferta por separado para cada uno de los lotes a los que se presenten.
6.1 Forma de pago.
Lote 1.- Se presentarán facturas mensuales por el importe del servicio a tanto alzado de un año dividido en 12 mensualidades, más las horas extraordinarias realmente efectuadas, realizadas en el mes anterior, y aprobadas por AcuaMed.
Lote 2.- Mediante una factura anual por el tanto alzado del servicio anual, mediante la entrega de una factura que deberá ser aprobada por AcuaMed.
7.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS
7.1. Disposiciones relativas al procedimiento.
La presentación de la correspondiente oferta presupone la aceptación incondicionada, por parte del ofertante, de todas las cláusulas de este pliego sin salvedad.
7.2. Información general.
Cada licitador podrá presentar una única oferta, bien sea individual o conjunta con otros licitadores. La presentación de varias ofertas en las que intervenga un mismo licitador determinará la invalidez automática de todas ellas.
Una vez presentada la oferta no podrá ser retirada, salvo justificación, y en todo caso nunca antes del acto de apertura sobre C (proposición económica).
7.3. Plazo.
El plazo de presentación de proposiciones será, como mínimo, el previsto en las Instrucciones Internas de Contratación.
Si la tramitación se hubiera declarado de urgencia se aplicarán los artículos 112 y 170.e) TRLCSP y concordantes.
7.4. Lugar.
Oficinas de ACUAMED X/ Xxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx.
Cuando las ofertas se presenten en oficinas de Correos, deberán remitirse a la sede social de ACUAMED, debiendo cumplir los requisitos señalados en el Art. 80 del RGLCAP, justificando la fecha y hora de presentación y anunciando a la Sociedad la remisión de la oferta mediante telex, fax o telegrama en el que se consigne la clave, título completo del expediente y nombre del licitador. El telex, fax o telegrama deberá haberse impuesto igualmente dentro del plazo fijado en la invitación. A efectos de justificar que el envío por correo se hace dentro de la fecha señalada como límite para la presentación de proposiciones, se admitirá como medio de prueba que el telegrama o fax haga referencia al número del certificado del envío hecho por correo. Si después de transcurridos días (10) días desde la presentación de las proposiciones no se hubiera recibido la documentación en el domicilio mencionado, ésta no será admitida en ningún caso.
7.5. Forma:
En sobre cerrado e identificado debidamente conteniendo a su vez 3 sobres cerrados para cada lote:
- Sobre A: Documentación General: Se incluirán los requerimientos de capacidad y solvencia exigidos en el presente Xxxxxx.
Se presentarán tantos sobres A como lotes se oferten.
- Sobre B: Documentación correspondiente a los criterios subjetivos de valoración (Documentación Técnica), especificada en el presente Pliego. Se presentará copia en CD de esta documentación que deberá coincidir exactamente con la exhibida en papel. En caso de no presentación, la oferta quedará excluida. Toda documentación aportada en papel debe acompañarse, obligatoriamente, en formato electrónico (CD, DVD, PenDrive, etc.) tipo PDF, o compatible con Microsoft Office o Autocad, de tal manera que cada sobre contenga única y exclusivamente la documentación correspondiente al mismo en formato electrónico y en papel, sin que sea admisible la utilización del mismo formato electrónico compartido para todos los sobres o que incluya en el mismo dispositivo toda la información. En caso de discrepancia entre la documentación presentada en papel y en formato digital prevalecerá la primera. Asimismo, y en caso de discrepancia entre las cantidades expresadas en letras y números, prevalecerá la expresada en letras.
Se presentarán tantos sobres A como lotes se oferten.
- Sobre C: Documentación correspondiente a los criterios objetivos de valoración (Proposición Económica), especificada en el presente Pliego. En caso de discrepancia entre las cantidades expresadas en letras y números, prevalecerá la expresada en letras.
Se presentarán tantos sobres A como lotes se oferten.
En el exterior de cada sobre se hará constar lo siguiente:
- Letra correspondiente al sobre.
- Título de la licitación.
- Nombre completo y siglas, en su caso, dirección, CIF o NIF, teléfono, fax y correo electrónico del licitador.
7.6. Domicilio a efectos de notificaciones.
Todos los licitadores deberán señalar en el momento de presentar sus solicitudes de participación un domicilio físico y un correo electrónico.
Ambos domicilios serán los que el órgano de contratación considere para la práctica de las comunicaciones que se deriven de la licitación o que de cualquier manera puedan afectar al licitador.
7.7. Idioma.
Toda la documentación se presentará escrita en castellano y a máquina u otros tipos de impresión mecánica o informática. No se aceptará ningún documento manuscrito o que presente omisiones, erratas, enmiendas o tachaduras que no permitan conocer claramente las condiciones necesarias para valorar la oferta.
7.8. Confidencialidad.
Sin perjuicio de las disposiciones legales y xxx xxxxxx relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los licitadores, el órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas.
El licitador que finalmente resulte adjudicatario, y los licitadores si así se establece expresamente mediante la suscripción del correspondiente acuerdo de confidencialidad, acepta/n que todos los borradores, fórmulas, especificaciones, libros, manuales de instrucciones, informes diarios, libros contables, cuentas, secretos e instrucciones de trabajo orales o escritas concernientes a la actividad de ACUAMED, sus métodos, procedimientos, técnicas o equipos, así como cualquier otra información a la que tengan acceso o reciban tienen el carácter de confidencial. Asimismo, se comprometen durante la vigencia del contrato resultante del presente expediente de contratación, así como una vez extinguido éste, a no utilizar en detrimento de ACUAMED, ni a divulgar a terceros, excepto en el ejercicio de sus funciones por virtud del contrato del que resulten adjudicatarios, cualquier información confidencial recibida en virtud del desempeño de su relación comercial o profesional con ACUAMED o como consecuencia de la misma, sea referida a ACUAMED u otras sociedades u organismos relacionadas con ACUAMED.
7.9. Protección de datos.
En cumplimiento del artículo 5º de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal, por el que se regula el derecho de información en la recogida de los datos, le facilitamos la siguiente información:
“Los datos de carácter personal que facilite, cuando entren dentro del ámbito de aplicación de dicha Ley Orgánica, podrán incluirse en un fichero para la gestión de las contrataciones y la contabilización de las correspondientes transacciones, así como integrarse en el directorio de proveedores de bienes y servicios del que es responsable AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS S.M.E, S.A. (en adelante, ACUAMED) que garantiza la confidencialidad y seguridad de los datos facilitados, cuya finalidad es el cumplimiento y gestión de forma adecuada de las relaciones contractuales.
El destinatario de la información es ACUAMED, aunque en la ejecución contractual se podrán comunicar datos personales a entidades bancarias para la tramitación de los pagos o cobros, a la Agencia Tributaria en tramitaciones y declaraciones fiscales y, en su caso, a Juzgados mediante requerimiento judicial.
EL LICITANTE mantendrá completamente indemne a ACUAMED si a ésta le fueran imputadas responsabilidades por esta causa.
Los titulares de los datos de carácter personal facilitados por el LICITANTE quedan informados sobre la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación, en los términos establecidos en la legislación vigente, dirigiéndose mediante comunicación escrita a AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.M.E., S.A. x/ Xxxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx, dicha comunicación deberá incluir nombre y
apellidos, petición en que se concreta la solicitud, dirección a efectos de notificaciones, fecha, firma y fotocopia del DNI o pasaporte”.
8.- REQUISITOS DE LOS LICITADORES. CONTENIDO DEL SOBRE A.
8.1. ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD DE LAS EMPRESAS PARA CONTRATAR.
8.1.1 Documentación fehaciente que acredite la personalidad y capacidad del licitador.
Si la empresa fuese persona jurídica, la personalidad y capacidad se acreditará mediante la presentación de la escritura de constitución y modificaciones, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
Si el empresario fuera persona natural, presentará fotocopia legitimada notarialmente o compulsada de su DNI no caducado o del documento que haga sus veces. Si el empresario individual actuase bajo nombre comercial, cuando no lo haga estrictamente con su nombre y apellidos, deberá probar la inscripción en el Registro de la Propiedad Industrial del nombre con el que actúa.
8.1.2 Documentos que acrediten, en su caso, la representación.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán poder bastante al efecto y fotocopia de su D.N.I compulsado. o del documento que haga sus veces. Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el Art. 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
8.1.3. Declaración de vigencia de la escritura pública y el poder del representante.
Se presentará un certificado expedido por el representante legal de la empresa declarando la vigencia de la escritura pública de poder del representante y de las circunstancias acreditadas en la escritura de la sociedad.
8.1.4. Unión temporal.
El compromiso vendrá firmado por los representantes de los empresarios, con poderes suficientes para ello, e indicará los nombres, circunstancias y participación de cada uno de ellos, la designación del representante y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas, caso de resultar adjudicatarios. La unión temporal de empresas se regirá por lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSP.
8.1.5. Declaración de no prohibición de contratar.
Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de no estar incursa la empresa en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP junto con la declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Esta declaración se realizará también dentro de la proposición económica según el modelo del Anexo I.
8.1.6. Declaración sobre el poder de dirección.
Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado en la que el licitador se compromete, caso de ser adjudicatario, a ejercer de modo real, efectivo y continuo el poder de dirección que como empresario, en su caso, le corresponde sobre cualquiera de las personas que tenga encargadas, y hayan sido aceptadas por ACUAMED, de realizar las actividades que recoge el contrato, asumiendo, entre otras cuestiones, la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la imposición de sanciones y cuantos efectos relacionados con la Seguridad Social procedan, en particular cotizaciones y pago de prestaciones, siendo el Delegado del Contratista, perteneciente a la plantilla de éste, el que imparta diariamente, o cuando proceda, las órdenes e instrucciones de trabajo, cumpliendo las funciones de enlace con el Director del Servicio.
8.1.7. Información sobre pertenencia a grupo de empresas.
Se deberá presentar declaración sobre la pertenencia o no a un grupo de empresas, con expresa declaración de si concurren otras empresas del mismo grupo a los efectos de conocer si empresas del mismo grupo han presentado proposiciones.
8.1.8. Declaración de compatibilidad.
Se deberá presentar declaración responsable en los términos del artículo 56 del TRLCSP, de no haber sido adjudicatario o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresas.
8.1.9. Declaración sobre el contenido de las instalaciones y su estado.
No aplica al presente Pliego.
8.1.10. Especialidades para licitadores no españoles.
Será de aplicación lo recogido en los artículos 55, 58, 66 y 146.1.e) del TRLCSP.
8.1.10.1. Habilitación: Los licitadores comunitarios deberán acreditar además que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate; cuando la legislación de su Estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
8.1.10.2. Reciprocidad: Los licitadores de Estados no pertenecientes a la Unión Europea: deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. No será preciso el informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
8.1.10.3. Sometimiento a jurisdicción española y renuncia al fuero jurisdiccional extranjero: Los licitadores deberán presentar la declaración de ambos aspectos.
8.1.11. Presentación de documentación con firma electrónica.
La presentación de documentos dentro del sobre A previstos en este apartado que hayan emitidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos serán admitidos si han sido autenticados mediante una firma electrónica reconocida de acuerdo con la ley 59/2003, de firma electrónica.
8.2. ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA REQUERIDA.
8.2.1. Acreditación de la solvencia económica y financiera.
EXCLUSIVO LOTE 1.- Los empresarios acreditarán las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera por medio de la declaración sobre el volumen global de negocios, referido a los tres últimos ejercicios disponibles, debiendo ser el volumen de, al menos, uno de los ejercicios igual o superior a 100.000 euros
En caso de Unión Temporal de Empresas cada uno de los componentes de la Unión deberá acreditar lo anterior de modo que el órgano de contratación pueda apreciar la proporción entre la solvencia de cada componente y su porcentaje de participación en la unión.
EXCLUSIVO LOTE 2.- Los empresarios acreditarán las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera por medio de la declaración sobre el volumen global de negocios, referido a los tres últimos ejercicios disponibles, debiendo ser el volumen de, al menos, uno de los ejercicios igual o superior a 5.000 euros
En caso de Unión Temporal de Empresas cada uno de los componentes de la Unión deberá acreditar lo anterior de modo que el órgano de contratación pueda apreciar la proporción entre la solvencia de cada componente y su porcentaje de participación en la unión.
8.2.2. Acreditación de la solvencia técnica o profesional.
8.2.2.1. EXCLUSIVO LOTE 1: Los empresarios acreditarán las condiciones mínimas de solvencia técnica y profesional por los siguientes medios:
a) Relación de al menos, CINCO (5) contratos de servicios similares al ofertado en los últimos cinco
(5) años, que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. Debiendo ser el importe anual superior a 25.000 € en cada uno de ellos. Se acreditarán conforme a lo dispuesto en el artículo 78.1. a) del TRLCSP y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término.
Dichos trabajos se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario hubiese sido una entidad del sector público, y si el destinatario fuese un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
En casos de UTE la solvencia anterior se alcanzará por acumulación debiendo cada empresa relacionar y certificar como mínimo un contrato o servicio de los tres referidos.
8.2.2.2. EXCLUSIVO LOTE 2: Los empresarios acreditarán las condiciones mínimas de solvencia técnica y profesional por los siguientes medios:
a) Relación de al menos, TRES (3) servicios similares al ofertado en los últimos cinco (5) años, que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. Debiendo ser el importe anual superior a 2.500 € en cada uno de ellos Se acreditarán conforme a lo dispuesto en el artículo 78.1.
a) del TRLCSP y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término.
Dichos trabajos se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario hubiese sido una entidad del sector público, y si el destinatario fuese un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
En casos de UTE la solvencia anterior se alcanzará por acumulación debiendo cada empresa relacionar y certificar como mínimo un contrato o servicio de los tres referidos.
- No obstante, los licitadores atendiendo a los códigos CPV incluidos en la cláusula 3 del presente pliego, podrán acreditar su solvencia mediante su clasificación de empresa contratista de servicios en los grupos:
Subgrupo M-2 Servicios de seguridad, custodia y protección categoría 1, anteriormente categoría A
8.2.3. Adscripción de medios constitutivos de obligación esencial.
Los licitadores que deseen participar en la presente contratación deberán demostrar disponer para la realización de los trabajos del personal que se detalla a continuación:
El licitador aportará al menos 4 Curriculum Vitae del personal propuesto para formar parte del servicio que será ofrecido a AcuaMed.
El licitador aportará Declaración indicando los técnicos o las unidades técnicas, estén o no integradas en la empresa, de los que ésta disponga para la ejecución del servicio, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes.
El licitador aportará Declaración indicando los medios materiales de que se dispondrá para la ejecución del servicio, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente de los medios materiales mínimos para la correcta realización del servicio. Orientativamente, estos medios han quedado expuestos en el apartado correspondiente del Anexo IV “Pliego de prescripciones técnicas particulares”.
Si el personal propuesto no está integrado en la plantilla de la empresa se deberán presentar los compromisos de colaboración que correspondan.
8.2.4. Acreditación de la solvencia con medios externos.
Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.
ACUAMED no se hace responsable del mayor coste en que haya incurrido el contratista por la contratación con terceros de los trabajos objeto del contrato.
La presente licitación no admite subcontratación.
8.2.5. Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidad.
Los licitadores deberán acreditar tener implantado un sistema de calidad en desarrollo de la norma internacional UNE-EN ISO 9001:2015 u otra norma equivalente, o justificar, mediante cualquier otro medio adecuado, que se cumplen los requisitos de calidad establecidos en el sistema antes citado en el ámbito de servicios informáticos.
AcuaMed reconocerá los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, y también aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de la calidad que presenten los empresarios.
8.2.6. Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental.
No aplica al presente Pliego.
8.2.7. Subrogación.
La empresa que actualmente presta el servicio (Ilunion Seguridad) se encuentra adscrita al Convenio Colectivo Estatal para Empresas de Seguridad, por lo que conforme a lo descrito en el Artículo 14 “Subrogación de Servicios” existe obligación para la empresa que resulte adjudicataria del servicio de la subrogación de los empleados que actualmente prestan el servicio para AcuaMed.
8.3. FORMA Y MOMENTO.
8.3.1. Sustitución inicial de documentación por declaración responsable.
Conforme a los apartados 4 y 5 del artículo 146 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para acreditar las circunstancias de la documentación referida en el apartado 1 del referido artículo bastará con una declaración responsable del licitador.
Se solicita expresamente que la declaración responsable se acompañe de la acreditación de la solvencia técnica y profesional.
En todo caso, AcuaMed podrá recabar en cualquier momento anterior a la propuesta de adjudicación que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
8.3.2. Acreditación de la documentación.
El licitador que resulte adjudicatario deberá acreditar todos los extremos declarados que no hayan sido previamente acreditados sino solo declarados responsablemente.
8.3.3. Inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.
En todo caso, la inscripción de los licitadores en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado acredita suficientemente y, salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario, en cuanto a su personalidad, capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera o clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en dicho Registro. La acreditación de lo anterior se efectuará según lo dispuesto en el artículo 83.2 del TRLCSP.
9. CONTENIDO DEL SOBRE B.
9.1. Contenido.
Los sobres B contendrán la documentación indicada en el cuadro de características para la valoración de los criterios de adjudicación indicados en la cláusula 13 de este Pliego. En base a lo referido en el clausulado xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares, los licitadores presentarán la documentación en la que se incluirán los siguientes contenidos:
La inclusión de información relativa al sobre C en el sobre B determinará la exclusión de la oferta.
Propuesta y Programa de Trabajo.
o EXCLUSIVO LOTE 1: Se presentará una propuesta técnica que incluya una memoria de trabajo conforme a lo recogido en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Deberá describirse de forma extensa el Plan de seguridad y protocolos de actuación, descripción de las rondas de vigilancia, horarios y forma de apertura y cierre de las instalaciones, así como la operativa con la central receptora de alarmas. Asimismo, en la memoria deberá reflejarse un Plan de inspección del servicio que aclare de forma extensa el registro de captura de imágenes, registro de activades diarias y mensuales y la posibilidad de acceso online a dicha información..
o EXCLUSIVO LOTE 2: Se presentará una propuesta técnica que describa lo solicitado en el Pliego de Prescripciones Técnicas y concretamente el protocolo de control con la definición del alcance del servicio, así como una solución técnica para la conexión de servicios de seguridad de AcuaMed. Deberá reflejarse también el Plan de Inspección.
9.2. Extensión.
APLICA LOTES 1 Y 2
La extensión de la documentación que se solicita a continuación no puede superar las 20 hojas a doble cara (40 páginas) en tamaño DIN-A4 (Tipo de letra ARIAL – Tamaño 11) pudiéndose incluir en Anexos cuanta información y documentación meramente complementaria, no puntuable, que se estime oportuno. Xxxxx excluidas aquellas ofertas que no cumplan dicha limitación. Adicionalmente, será obligatoria la entrega de toda la documentación solicitada (principal más anexos) tanto en formato papel como en soporte digital.
10. CONTENIDO DEL SOBRE C.
Se incluirá la proposición económica, formulada conforme al modelo que figura en el Xxxxx XX y a lo indicado en el Pliego de Cláusulas reguladoras.
De acuerdo con el referido modelo, la oferta se presentará sin IVA, indicándose aparte a cuánto asciende el importe que, por este impuesto proceda liquidar.
A todos los efectos se entenderá que las ofertas presentadas comprenden todos los gastos que el adjudicatario deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, tales como los generales, financieros, beneficio, seguros, transporte, desplazamiento, honorarios de personal técnico a su cargo, tasas y toda clase de tributos a excepción del IVA que será repercutido como partida independiente.
Se rechazará cualquier oferta que exceda del presupuesto base de licitación y que no venga formulada conforme al modelo del Xxxxx XX y firmada por el licitador o su representante.
11.- PROCEDIMIENTO Y PUBLICIDAD.
11.1. Procedimiento.
La licitación y adjudicación del contrato se realizará, en todo lo concerniente a la capacidad de los licitadores, publicidad de la licitación, procedimientos de selección y formas de adjudicación, de acuerdo con las INSTRUCCIONES INTERNAS DE CONTRATACIÓN DE ACUAMED, que están publicadas en el perfil de contratante de ACUAMED, a dónde se puede acceder a través de la web social y la Plataforma de Contratación del Sector Público.
La adjudicación se realizará mediante procedimiento abierto a la oferta económicamente más ventajosa, sin admisión de variantes, basándose en lo establecido en los 157 a 161 del TRLCSP y de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en este Pliego, o declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación que figuran en el presente Xxxxxx.
El detalle del procedimiento está en los apartados siguientes del presente Xxxxxx.
11.2. Publicidad.
En la Plataforma de Contratación del Sector Público y en la web xxx.XXXXXXX.xx
12.- PROCEDIMIENTO.
12.1. SOBRE A – DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. SE PRESENTARÁN TANTOS SOBRES A COMO LOTES A LOS QUE SE PRESENTE.
12.1.1. Fecha de apertura del sobre A.
El primer día hábil laborable siguiente al de presentación de proposiciones.
12.1.2. Determinación de admitidos y excluidos.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación obrante en el sobre A, se comunicarán a los interesados, concediéndoseles un plazo no superior a tres (3) días naturales para que los licitadores los corrijan o subsanen.
Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones advertidos, se procederá a determinar las personas o empresas que cumplan las circunstancias que deban quedar acreditadas en virtud de la documentación exigida en el sobre A y, en su caso, a declarar excluidas a las que no las cumplan.
La exclusión se notificará a las empresas correspondientes.
12.2. SOBRE B.- SE PRESENTARAN TANTOS SOBRES B COMO LOTES A LOS QUE SE PRESENTE.
12.2.1. Fecha de apertura pública del sobre B.
El día y hora indicados en los anuncios de la licitación.
12.2.2. Audiencia pública.
Antes de la apertura de la primera proposición, se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose a dar las aclaraciones y efectuar las contestaciones pertinentes; pero sin que, en este momento, pueda hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante los plazos de admisión de ofertas o de corrección o subsanación de defectos u omisiones.
Finalizada la apertura de las proposiciones, se invitará nuevamente a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas contra el acto celebrado, las cuales deberán formularse por escrito en el plazo máximo de dos (2) días hábiles siguientes al de aquel acto, y se dirigirán al órgano de contratación, el cual, resolverá sobre las mismas.
Los licitadores podrán ser requeridos para aclarar extremos de sus ofertas.
12.2.3. Resultado.
Se harán públicas y se comunicarán individualmente a los interesados, las ofertas que hayan sido excluidas por contener proposiciones técnicas inaceptables o por presentar un contenido que no se corresponda con el exigido en el presente Xxxxxx y en el “Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares”.
La valoración y el resultado se obtendrá mediante los procesos que se indican en la cláusula 13 del presente Xxxxxx.
12.3. SOBRE C – PROPOSICIÓN ECONÓMICA. SE PRESENTARÁN TANTOS SOBRES C COMO LOTES A LOS QUE SE PRESENTE.
12.3.1. Fecha de apertura pública del sobre C.
El día y hora indicados en los anuncios de la licitación.
12.3.2. Audiencia pública.
Antes de la apertura de la primera proposición, se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose a dar las aclaraciones y efectuar las contestaciones pertinentes; pero sin que, en este momento, pueda hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante los plazos de admisión de ofertas o de corrección o subsanación de defectos u omisiones.
Finalizada la apertura de las proposiciones, se invitará nuevamente a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas contra el acto celebrado, las cuales deberán formularse por escrito en el plazo máximo de dos (2) días hábiles siguientes al de aquel acto, y se dirigirán al órgano de contratación, el cual, resolverá sobre las mismas.
12.3.3 Rechazo de proposiciones.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variara sustancialmente el modelo establecido o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Junta de contratación por medio de resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal de que no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición. A tales efectos, se otorgará plazo al licitador para que manifieste lo que corresponda.
En caso de discrepancia entre el importe de la oferta expresado en letra y el expresado en número, prevalecerá la letra sobre los números.
Se harán públicas y se comunicarán individualmente a los interesados, las ofertas que hayan sido excluidas por contener proposiciones económicas con defectos no subsanables o que siendo subsanables no han sido subsanados en el plazo otorgado si tal defecto la hace inviable.
12.3.4. Resultado.
La valoración y el resultado de las ofertas económicas se obtienen mediante los procesos que se indican en la cláusula 13 del presente Pliego.
13. PROCEDIMIENTO DE PUNTUACIÓN.
Con posterioridad a la apertura de ofertas, ACUAMED procederá a su estudio y valoración, seleccionando la oferta que se considere económicamente más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios de adjudicación del presente Pliego.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx.
13.1. PROCEDIMIENTO DE PUNTUACIÓN DEL SOBRE B. EXCLUSIVO LOTE 1:
Valoración CRITERIOS SUBJETIVOS: veinte (20) puntos.
1. Valoración de la adecuación de la memoria de trabajo: diez (10) puntos. X1
Para el trabajo planteado que es de carácter estratégico para AcuaMed, es de vital importancia que el licitador describa en profundidad y exhaustivamente en la memoria de trabajo que presentará las siguientes tareas: Plan de Seguridad, protocolos de actuación, rondas y turno de vigilancia y operativa de la central receptora de alarmas.. La puntuación a asignar será:
EXCELENTE 10 sobre 10. Se definen e identifican de forma exhaustiva, muy correcta, elaborada y ajustada, el Plan de Seguridad, protocolos de actuación, rondas y turno de vigilancia y operativa de la central receptora de alarmas..
MUY BUENA ≥ 7,50 y menor que 10,00 sobre 10,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta tres de las siguientes exigencias: Plan de Seguridad, protocolos de actuación, rondas y turno de vigilancia y operativa de la central receptora de alarmas., o bien cumple de manera muy correcta dos exigencias, y de manera suficiente las otras dos exigencias.
BUENA ≥ 5,00 y menor que 7,50 sobre 10,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta dos de las siguientes exigencias: Plan de Seguridad, protocolos de actuación, rondas y turno de vigilancia y operativa de la central receptora de alarmas., o bien cumple de manera muy correcta una exigencia, y de manera suficiente otras dos exigencias.
SUFICIENTE ≥ 2,50 y menor que 5,00 sobre 10,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta una de las siguientes exigencias: Plan de Seguridad, protocolos de actuación, rondas y turno de vigilancia y operativa de la central receptora de alarmas., o bien cumple de manera suficiente dos o más exigencias.
DEFICIENTE > 0,00 y menor que 2,50 sobre 10,00. Presenta un programa que sólo cumple de manera suficiente una de las siguientes exigencias: Plan de Seguridad, protocolos de actuación, rondas y turno de vigilancia y operativa de la central receptora de alarmas.
MUY DEFICIENTE. 0 puntos. No presenta programa, o bien presenta un programa que no cumple de manera suficiente ninguna de las siguientes exigencias: Plan de Seguridad, protocolos de actuación, rondas y turno de vigilancia y operativa de la central receptora de alarmas..
2. Definición y valoración del Plan de calidad del servicio de vigilancia: diez (10) puntos. X2
Para el trabajo planteado es de vital importancia que el licitador describa en profundidad y exhaustivamente en la memoria de trabajo que presentará las siguientes tareas: Plan de inspección del servicio, registro de incidencias, registros de actividades diarias y facilitar el acceso online al servicio. La puntuación a asignar será:
EXCELENTE 10 sobre 10. Se definen e identifican de forma exhaustiva, muy correcta, elaborada y ajustada, Plan de inspección del servicio, registro de incidencias, registros de actividades diarias y facilitar el acceso online al servicio.
MUY BUENA ≥ 7,50 y menor que 10,00 sobre 10,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta tres de las siguientes exigencias: Plan de inspección del servicio, registro de incidencias, registros de actividades diarias y facilitar el acceso online al servicio, o bien cumple de manera muy correcta dos exigencias, y de manera suficiente las otras dos exigencias.
BUENA ≥ 5,00 y menor que 7,50 sobre 10,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta dos de las siguientes exigencias: Plan de inspección del servicio, registro de incidencias, registros de actividades diarias y facilitar el acceso online al servicio, o bien cumple de manera muy correcta una exigencia, y de manera suficiente otras dos exigencias.
SUFICIENTE ≥ 2,50 y menor que 5,00 sobre 10,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta una de las siguientes exigencias: Plan de inspección del servicio, registro de incidencias, registros de actividades diarias y facilitar el acceso online al servicio, o bien cumple de manera suficiente dos o más exigencias.
DEFICIENTE > 0,00 y menor que 2,50 sobre 10,00. Presenta un programa que sólo cumple de manera suficiente una de las siguientes exigencias: Plan de inspección del servicio, registro de incidencias, registros de actividades diarias y facilitar el acceso online al servicio.
MUY DEFICIENTE. 0 puntos. No presenta programa, o bien presenta un programa que no cumple de manera suficiente ninguna de las siguientes exigencias: Plan de inspección del servicio, registro de incidencias, registros de actividades diarias y facilitar el acceso online al servicio.
Puntuación técnica Lote 1 = X1 + X2
EXCLUSIVO LOTE 2:
Valoración CRITERIOS SUBJETIVOS: veinte (20) puntos.
1. Valoración de la memoria de trabajo: veinte (20) puntos.
El licitador deberá presentar una memoria detallada que describa de forma exhaustiva su metodología de trabajo definiendo el alcance del servicio, disponibilidad frente a imprevistos, protocolo de control, solución técnica para conexión de los servicios de seguridad existentes en AcuaMed, así como el plan de inspección del servicio.
EXCELENTE 20 sobre 20. Presenta una memoria que cumple de manera muy correcta todas las siguientes exigencias: el alcance del servicio, disponibilidad frente a imprevistos, protocolo de control, solución técnica para conexión de los servicios de seguridad existentes en AcuaMed, así como el plan de inspección del servicio.
MUY BUENA ≥ 15,00 y menor que 20,00 sobre 20,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta tres de las siguientes exigencias: el alcance del servicio, disponibilidad frente a imprevistos, protocolo de control, solución técnica para conexión de los servicios de seguridad existentes en AcuaMed, así como el plan de inspección del servicio, o bien cumple de manera muy correcta dos exigencias, y de manera suficiente las otras dos exigencias.
BUENA ≥ 10,00 y menor que 15,00 sobre 20,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta dos de las siguientes exigencias: el alcance del servicio, disponibilidad frente a imprevistos, protocolo de control, solución técnica para conexión de los servicios de seguridad existentes en AcuaMed, así como el plan de inspección del servicio, o bien cumple de manera muy correcta una exigencia, y de manera suficiente otras dos exigencias.
SUFICIENTE ≥ 5,00 y menor que 10,00 sobre 20,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta una de las siguientes exigencias: el alcance del servicio,
disponibilidad frente a imprevistos, protocolo de control, solución técnica para conexión de los servicios de seguridad existentes en AcuaMed, así como el plan de inspección del servicio, o bien cumple de manera suficiente dos o más exigencias.
DEFICIENTE > 0,00 y menor que 5,00 sobre 20,00. Presenta un programa que sólo cumple de manera suficiente una de las siguientes exigencias: el alcance del servicio, disponibilidad frente a imprevistos, protocolo de control, solución técnica para conexión de los servicios de seguridad existentes en AcuaMed, así como el plan de inspección del servicio.
MUY DEFICIENTE. 0 puntos. No presenta programa, o bien presenta un programa que no cumple de manera suficiente ninguna de las siguientes exigencias: el alcance del servicio, disponibilidad frente a imprevistos, protocolo de control, solución técnica para conexión de los servicios de seguridad existentes en AcuaMed, así como el plan de inspección del servicio.
13.1.2. Puntuación técnica expandida total.
Con el fin de que la puntuación global por los conceptos valorados tenga el peso relativo que se le pretende asignar con relación a la valoración de la oferta económica, se aplicará a todas las ofertas la expresión que se indica a continuación, de modo que la máxima puntuación asignada por los aspectos anteriormente citados obtenga al final 20 puntos.
en donde:
PFOi
PROi x20 PM
PFOi, corresponde a la puntuación final de la oferta “i”.
PROi, corresponde a la puntuación real de la oferta “i”.
PM, es la puntuación máxima de todas las ofertas.
13.1.3. Umbral de puntuación mínima.
Aquellas ofertas cuya suma de valoraciones, expansionadas conforme al apartado anterior no alcance la cifra de 11 puntos, no continuarán en el proceso de selección de la oferta más ventajosa, desechándose, por consiguiente, su oferta económica, que no será abierta en el Acto previsto a tal fin en este Pliego. Todo ello para cada lote.
13.2. PROCEDIMIENTO DE PUNTUACIÓN DEL SOBRE C.
13.2.1. Ofertas anormalmente bajas.
Se considerará como presuntamente anormal o desproporcionada la oferta que se encuentre en los siguientes supuestos:
a) Cuando, concurriendo un (1) solo licitador, la proposición económica sea inferior al presupuesto base de licitación en más de veinticinco (25) unidades porcentuales.
b) Cuando concurran dos (2) licitadores, la proposición económica sea inferior en más de veinte (20) unidades porcentuales a la otra oferta.
c) Cuando concurran tres (3) licitadores, las que sean inferiores en más xx xxxx (10) unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más xx xxxx (10) unidades porcentuales a dicha
media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a veinticinco (25) unidades porcentuales.
d) Cuando concurran cuatro (4) o más licitadores, las proposiciones económicas que sean inferiores al noventa y cinco por ciento (95 %) del presupuesto medio de las ofertas abiertas
Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de un contrato, para la determinación del umbral para la consideración de ofertas anormalmente bajas señalado anteriormente, se tomará únicamente la oferta más baja de las presentadas por las distintas empresas pertenecientes al mismo grupo, sin considerar las del resto. Una vez establecido ese umbral, en la aplicación del sistema de apreciación de ofertas anormalmente bajas serán consideradas individualmente todas las ofertas –incluidas las que por pertenecer al mismo grupo no fueron en principio tomadas en cuenta para la determinación del mencionado umbral.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormalmente baja, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de una ayuda de Estado.
A tal fin ACUAMED lo notificará al interesado a fin de que pueda justificar la viabilidad de su oferta y manifieste en el plazo máximo de tres (3) días hábiles desde la recepción de la comunicación de ACUAMED lo que a esos efectos considere oportuno, tras lo cual la Junta resolverá motivadamente sobre la apreciación o no de oferta anormalmente baja, debiendo procurarse el asesoramiento técnico procedente.
Si ACUAMED, considerando la justificación efectuada por el licitador, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, no será tenida en cuenta a efectos de valoración económica.
Los pasos a dar son:
a) Se determinarán los valores de los presupuestos característicos siguientes:
PT: Presupuesto de licitación.
PM: Presupuesto medio de las ofertas admitidas.
PB: Presupuesto correspondiente al 90% de PM.
PA: Presupuesto de la oferta más baja admitida.
b) Los presupuestos ofertados (PO) se puntuarán del siguiente modo:
a) Presupuestos con valores inferiores a PB:
Por interpolación lineal entre las puntuaciones siguientes:
a) Para PA:
VPA VM , valor máximo de puntuación, es decir 80 puntos
b) Para PB:
V(PB) VM
0,1 PT PT PB
b) Presupuestos ofertados con valores iguales o superiores a PB:
A cada Presupuesto ofertado (PO), le corresponderá la puntuación V(PO) resultante de la siguiente fórmula:
2,7 PT PO PB 2
V(PO) V 1
5 PB PT PB
donde V toma los valores:
V = V(PB), si PB es mayor que el Presupuesto ofertado más bajo, PA, ó V = VM, si PB es igual o menor que el Presupuesto ofertado más bajo, PA.
13.3. Valoración Final
La puntuación final otorgada a las ofertas será la suma de la valoración de los criterios subjetivos y los criterios objetivos. Tendrá la consideración de oferta económicamente más ventajosa la que obtenga la mayor puntuación y después las ofertas se ordenaran en orden decreciente de mayor a menor puntuación a los efectos de determinar el orden de valoración.
13.4. Empate. Preferencia para la adjudicación.
Las proposiciones presentadas por empresas que, en el momento de acreditar la solvencia, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios de adjudicación, tendrán preferencia en la adjudicación del contrato. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga de mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. Todo ello se basa en la D.A.4ª. 2 del TRLCSP y en la consideración de que la discapacidad del trabajador tenga influencia y/o efectos oficiales en la relación laboral y/o en las circunstancias empresariales.
14. ADJUDICACIÓN.
14.1. Plazo de adjudicación.
Conforme a las Instrucciones Internas de Contratación, la adjudicación deberá realizarse en el plazo máximo de quince días, a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones, cuando el único criterio a considerar para la selección del adjudicatario sea el precio. Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, el plazo máximo para la adjudicación será de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones. De no producirse la adjudicación en los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición.
14.2. Condición de adjudicación: acreditación de la documentación general.
De no cumplimentarse adecuadamente en el plazo xx xxxx días naturales el requerimiento de presentación de la documentación, toda ella prevista expresamente para este momento del procedimiento en los pliegos de cláusulas reguladoras y de prescripciones técnicas, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas.
Además de la documentación anterior, el licitador propuesto deberá presentar la siguiente documentación, así como aquella que, en ese momento, le sea requerida por ACUAMED:
Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativa de que la empresa está al corriente del cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria acreditativa de que la empresa está al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, en especial en lo que se refiere al artículo 43.1.f) de la Ley General Tributaria.
Que al adjudicatario haya remitido a ACUAMED las pólizas de seguro descritas en el contrato que se adjunta al presente Pliego de cláusulas reguladoras, junto con el justificante de pago de la prima.
En el supuesto de que el expediente se haya adjudicado a una Unión Temporal de Empresas, igualmente, de forma previa a la formalización del contrato, aquéllas deben acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, y el CIF asignado a la UTE.
Garantía definitiva conforme al cuadro de características.
Si la oferta del adjudicatario hubiese resultado anormalmente baja el licitador propuesto presentará garantía complementaria conforme al cuadro de características.
14.3. Renuncia y desistimiento.
En el caso en que el órgano de contratación renuncie a celebrar un contrato para el que haya efectuado la correspondiente convocatoria, o decida reiniciar el procedimiento para su adjudicación, lo notificará a los candidatos o licitadores, informando también a la Comisión Europea de esta decisión cuando el contrato haya sido anunciado en el «Diario Oficial de la Unión Europea».
La renuncia a la celebración del contrato o el desistimiento del procedimiento sólo podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la adjudicación. En ambos casos se compensará a los candidatos o licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido y pudieran demostrar hasta un máximo de trescientos (300) euros.
Sólo podrá renunciarse a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. En este caso, no podrá promoverse una nueva licitación de su objeto en tanto subsistan las razones alegadas para fundamentar la renuncia.
El desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación.
14.4. Notificación.
La notificación deberá contener el nombre del adjudicatario e importe de la adjudicación así como las razones de la adjudicación.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario, en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 41.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, será xx xxxx (10) días.
15. FORMALIZACIÓN.
Se realizará mediante contrato que habrá de ser firmado en los quince días naturales siguientes a la recepción de la notificación.
16. OBLIGACIÓN DE SUMINISTRAR INFORMACIÓN.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4, “Obligación de suministrar información”, de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el contratista estará obligado a suministrar a ACUAMED, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento por ésta de las obligaciones previstas en el título I de la Ley 19/2013.
17. GARANTÍAS DEL CONTRATO.
17.1. Forma y depósito.
De acuerdo con los modelos xxx xxxxxx, conforme al Reglamento de la LCAP; mediante aval prestado por alguno de los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España o mediante contrato de seguro de caución celebrado con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. La garantía deberá depositarse en las oficinas de ACUAMED en Madrid.
17.2. Requisito.
Tanto el aval como el contrato de seguro se otorgarán con renuncia expresa al beneficio de excusión, orden, división y cualquier otro que pudiera ser, en su caso, de aplicación, y con compromiso de pago al primer requerimiento de ACUAMED en cumplimiento de las cláusulas del contrato y xxx Xxxxxx de Cláusulas Reguladoras.
18. REGLAS ESPECIALES RESPECTO AL PERSONAL LABORAL DE LA EMPRESA CONTRATISTA.
1º Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en el pliego, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la “entidad contratante” del cumplimiento de aquellos requisitos. La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento a la entidad contratante.
2º La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
3º La empresa contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en el pliego como objeto del contrato.
4º La empresa contratista estará obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones salvo que, excepcionalmente sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias de los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público. En este caso, el personal de la empresa contratista ocupará espacios de trabajo diferenciados de los que ocupan los empleados públicos. Corresponde también a la empresa contratista velar por el cumplimiento de esta obligación.
Excepcionalmente esta Regla no será de aplicación, debiéndose en dicho caso darse por escrito las correspondientes instrucciones de desempeño.
5º La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla que tendrá entre sus obligaciones:
a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la entidad contratante, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado y la entidad contratante, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con la entidad contratante, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
e) Informar a la entidad contratante acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
19. REVISIÓN DE DECISIONES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN.
En aplicación del artículo 21.2 TRLCSP el orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias en relación con la preparación y adjudicación del contrato.
20. CONTROVERSIAS EN LA EJECUCIÓN Y FINALIZACION DEL CONTRATO.
Las controversias que pudieran surgir entre las partes que pudieran surgir entre las partes se resolverán por los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional civil, que serán los competentes para conocer de las cuestiones relacionadas con la ejecución del Contrato, con sometimiento expreso a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Madrid, con renuncia expresa a cualesquiera otros fueros que pudiesen corresponderles.
Dirección Proponente FECHA: FIRMA |
Supervisado Gerente de Contratación FECHA: FIRMA |
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D/Dña.: | |
DNI Nº: | Validez hasta: |
Actuando en nombre y representación de | |
Domicilio | |
Localidad | CP |
Según poder otorgado ante el Notario de: | |
D/Dña.: | |
Fecha: | Nº Protocolo |
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, que ni el firmante, ni la Empresa a la que representa, ni sus administradores o representantes, se encuentran incursos en ninguna limitación, incapacidad, prohibición o incompatibilidad para contratar con el sector público, no concurriendo circunstancia alguna que incapacite para contratar con el mismo, prevista en el artículo 60 del TRLCSP. Así mismo DECLARA hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no haber sido condenado mediante sentencia firme por delitos contra el medio ambiente.
Lo que firma en a de de 20
Nota: La presente declaración deberá otorgarse ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, (conforme a lo preceptuado en el apartado 1 del art. 73 del TRLCSP).
ANEXO II
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA LOTE 1 (SE PRESENTARÁ UNO PARA CADA LOTE)
D. ..........................................................................................., domiciliado en ..........................., provincia de
..................................., calle............................................................................., número, ......... con Documento
Nacional de Identidad Número ........................., actuando en nombre (propio o de
la Empresa que representa. En el caso de que el firmante actúe como Director, Apoderado, etc., de una Empresa o de un tercero, hará constar claramente el apoderamiento o representación), enterado del anuncio publicado en el
..............................del día .........de ........................de 20. , y de las condiciones y requisitos iniciales que se exigen
para la adjudicación mediante Procedimiento Abierto a la oferta económicamente más ventajosa, del Contrato de
........................................................................, se compromete a asumir la realización de las expresadas actividades, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones y con aceptación de las normas que rigen este contrato por la cantidad de euros, IVA no incluido.
Con el siguiente desglose:
La cantidad correspondiente al IVA para la ejecución las actividades objeto del contrato es de (D)……………….
Euros.
(Expresar claramente, escrita en letra y cifra, las cantidades en euros que se proponen).
ANEXO II
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA LOTE 2 (SE PRESENTARÁ UNO PARA CADA LOTE)
D. ..........................................................................................., domiciliado en ..........................., provincia de
..................................., calle............................................................................., número, ......... con Documento
Nacional de Identidad Número ........................., actuando en nombre (propio o de
la Empresa que representa. En el caso de que el firmante actúe como Director, Apoderado, etc., de una Empresa o de un tercero, hará constar claramente el apoderamiento o representación), enterado del anuncio publicado en el
..............................del día .........de ........................de 20. , y de las condiciones y requisitos iniciales que se exigen
para la adjudicación mediante Procedimiento Abierto a la oferta económicamente más ventajosa, del Contrato de
........................................................................, se compromete a asumir la realización de las expresadas actividades, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones y con aceptación de las normas que rigen este contrato por la cantidad de euros, IVA no incluido.
La cantidad correspondiente al IVA para la ejecución las actividades objeto del contrato es de ……………….
Euros.
(Expresar claramente, escrita en letra y cifra, las cantidades en euros que se proponen).
ANEXO III
MODELO DE GARANTÍA DEFINITIVA
El Banco (Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito) ................................................., (NIF ………) y en su nombre y
representación Don ............................y Xxx , con poderes suficientes para este acto,
AVALA a .......................................... (NIF ………) ante la Sociedad AGUAS DE LAS CUENCAS
MEDITERRÁNEAS, S.M.E., S.A., garantizando el cumplimiento por de las obligaciones derivadas del
contrato de servicios del que es adjudicatario.
En consecuencia, el aval responderá de todas las obligaciones del adjudicatario procedentes del contrato y sus Anexos, así como de las que se sigan indirectamente del mismo; de su ejecución o de su eventual resolución; del reintegro de las cantidades que, en su caso, AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.M.E., S.A. hubiera abonado en exceso a raíz de la liquidación final; del resarcimiento de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de sus obligaciones, incluidos los que pudiesen ser reclamados a AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.M.E., S.A. por cualesquiera terceros.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas
La garantía que se constituye tiene el carácter de solidaria con con renuncia a los
beneficios de excusión, orden y división, y se podrá hacer efectiva por AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.M.E., S.A. mediante la sola comunicación a este Avalista del concepto reclamado y de su importe, debiendo el Avalista hacer entrega del mismo en el plazo xx xxxx (10) días a contar desde el requerimiento.
Este aval se concede por importe de (en cifra y en letra) EUROS, y estará vigente hasta tanto
AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.M.E., S.A. autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público mediante comunicación dirigida al Avalista, con devolución de este documento.
............................, a ...... de .................... de 20.....
ANEXO IV PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
Introducción:
AcuaMed actualmente no cuenta en su plantilla con el personal experto en viglancia y seguridad que permita abordar de forma interna este servicio. Por lo tanto se hace necesario acudir al mercado a buscar una empresa experta en seguridad que pueda aportar su “saber hacer en esta materia.”
Xxxxx Xxxxxxxx:
- Ley 5/2014, de 4 xx xxxxx, de Seguridad Privada (LSP)
- R.D. 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada (RSP).
- Convenio Colectivo que rija en el momento de la contratación.
- Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada.
- Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada.
- Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales
- Ley 15/1999 de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Exclusivo LOTE 1
Objeto del Contrato:
Servicio de Vigilancia y Seguridad de las oficinas de AcuaMed en Madrid.
Mediante el objeto del contrato se realizarán los servicios de Vigilancia y Seguridad del edificio de Acuamed en Madrid, al objeto de evitar, paliar o atenuar cualquier hecho que pueda atentar contra la seguridad de los bienes y las personas que trabajan en el edificio de Acuamed en Madrid. Del mismo modo se debe asegurar el acceso y estancia pacífica de todas las personas que se encuentren en el edificio.
Estos servicio, tal y como se describe a continuación, se deberán llevar a cabo con el máximo nivel de calidad y logrando un alto índice de flexibilidad y adaptabilidad, debiendo adecuar los medios y recursos a las necesidades puntuales y nuevas exigencias. Además, la empresa adjudicataria de los servicios deberá promover entre el personal a su cargo el cumplimiento de actitudes y conductas cívicas que fomenten un entorno más seguro.
La empresa que resulte adjudicataria del servicio será responsable de los trabajos y actuaciones de los vigilantes y servicios prestados por su personal, así como de las consecuencias para AcuaMed o terceros de las omisiones, errores, procedimientos inadecuados o anomalías de funcionamiento en la ejecución del contrato.
Lugar de Prestación de servicios:
Los servicios deberán prestarse en las oficinas centrales de AcuaMed, situadas en la xxxxx Xxxxxxxx xxxxxx 00, 00000 xx Xxxxxx.
Interlocutores y seguimiento del Proyecto
La empresa “Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.M.E., S.A.” con domicilio social en la xxxxx Xxxxxxxx, 00 xx Xxxxxx, requiere los servicios de una empresa de vigilancia y seguridad, para realizar el servicio de seguridad tanto del edifico en propiedad del que dispone como de todos sus trabajadores.
“Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.M.E., S.A.” nombrará como responsable del servicio al Gerente de Sistemas y Recursos o persona en la que éste delegue como interlocutor del servicio.
Descripción del servicio y trabajos a realizar.
Se ha estimado que será necesario emplear un total de 3.520 horas en cada anualidad. Los Vigilantes de Seguridad que lleven a cabo la prestación de los servicios de Vigilancia y Seguridad del edificio, no podrán ir armados y deberán permanecer perfectamente uniformados, con el uniforme de la empresa, portando los distintivos de su categoría profesional, así como cumplir la legislación y normativa laboral de aplicación, con el apoyo de los medios materiales y humanos de la propia empresa, a fin de desempeñar en las mejores condiciones el servicio de vigilancia y seguridad que se contrata.
Sin prejuicio de que puedan ser complementadas, desarrolladas o modificadas durante el tiempo de vigencia del contrato, el servicio será prestado por 1 (UNO) Vigilante de seguridad quién deberá realizar en la prestación de sus servicios las tareas que a continuación se detallan.
El horario del servicio es de 07:30 a 21:00 horas de lunes a viernes laborables, sin perjuicios de ajustes del horario pero manteniendo una jornada de 13 horas y media.
Apertura y cierre del edificio.
Control de acceso al edificio.
Registro de visitas y aviso a la persona que vayan a visitar.
Recepción de mercancías y aviso al departamento destinatario.
Para la correcta prestación de este servicio, además de cualquier otra función que les pudiera ser encomendada de acuerdo a la normativa vigente, los Vigilantes de Seguridad deberán llevar a cabo las siguientes tareas:
Ejercer la vigilancia y protección del interior y exterior del edificio e instalaciones y de las personas y bienes que se encuentren en ellos, atendiendo y resolviendo cuantos incidentes se generen durante su horario de trabajo.
Realizarán rondas por las instalaciones del edificio, dejando evidencia objetiva de las mismas, sus horarios y cualquier otra incidencia que pudiera surgir.
Apertura de puertas de acceso.
Control de accesos de personas dentro del horario de apertura del edificio, procediéndose a su identificación cuando fuera necesario y avisando a la persona a la cual van a visitar.
Ronda previa al cierre y apagado de los sistemas de aire acondicionado e iluminación de las diferentes plantas antes de finalizar el servicio.
Observaran los monitores del puesto de trabajo tratando de detectar cualquier anomalía que pueda producirse.
Recepción, custodia y control de la entrega de llaves de distintas salas del edificio.
Recepción de paquetes, cartas y aviso al departamento destinatario.
Apertura y cierre del edificio.
Control de buena prácticas, cumplimiento de horarios establecidos.
Encendido y apagado xx xxxxx.
Cuando se produzca cualquier situación de relevante a la seguridad del edificio, actuaran inmediatamente e informaran al personal responsable.
Cualquier anomalía que los Vigilantes de Seguridad detecten en relación a las instalaciones del edificio, su funcionamiento y en especial, de los sistemas de seguridad, como alarmas de incendios o similares, lo pondrán en conocimiento del responsable.
Autorización y Sustitución de los Vigilantes:
Los vigilantes de nueva incorporación, bien sea por el inicio del servicio, o por sustitución de alguno de los que forme parte del mismo, deberán ser autorizados por el responsable del servicio de Acuamed.
El responsable del servicio de Acuamed podrá exigir a la empresa adjudicataria la sustitución de aquéllos vigilantes de seguridad que prestan servicio en este edificio, cuando no desarrollen adecuadamente las funciones que tengan encomendadas o cuando existan otras causas que así lo justifiquen. El requerimiento para la sustitución deberá ser razonado y debidamente motivado.
Cualquier sustitución que pretenda realizar la compañía en los seis últimos meses de contrato deberá ser notificada al responsable del servicio de AcuaMed, indicando las causas que la motivan, para su conocimiento y autorización.
Información sobre las condiciones de subrogación, en caso de que proceda: El actual prestatario del servicio ILUNION Seguridad es una sociedad adscrita al Convenio Colectivo estatal para empresas de seguridad, por lo que según se recoge en el artículo 14 “Subrogación de servicios” del citado texto establece la obligatoriedad de la subrogación del actual personal que presta servicio.
En la actualidad el personal adscrito al servicio de vigilancia de Acuamed en Madrid.
CATEGORIA | JORNADA | ANTIGUEDAD | Ayuda Discapacidad |
1 Vigilante de seguridad sin arma | Completa | Octubre 2003 | |
1 Vigilante de seguridad sin arma | Completa | Febrero 2007 | 140 euros |
Se acompaña certificado expedido por la actual empresa adjudicataria del servicio, con el coste empresa anual de los vigilantes asignados al servicio, que se acompaña como anexo I al presente Pliego de Prescripciones técnicas.
Documentación técnica a entregar
El licitador del servicio presentará un documento con el programa de trabajo que dará respuesta a las exigencias anteriormente mencionadas.
Acuamed valorará especialmente la claridad y exahustividad de la respuesta en:
Programa de Trabajo:
- Descripción del Plan de seguridad y trabajos a realizar por el contratista.
- Descripción de los protocolos de actuación en caso de cualquier coyuntura que pudiera producirse y su correcta adecuación a las características de AcuaMed y del edificio al que se da el servicio.
- Diseño de rondas de vigilancia, descripción de la apertura y cierre del edificio. horas de apertura y concreción de tareas u horas que puedan considerarse extraordinarias.
- Descripción de la operativa con la central receptora de alarmas.
Plan de calidad del servicio:
- Plan de inspección del servicio.
- Registro de incidencias, identificación del sistema de grabación y captura de imágenes.
- Registro de actividades diarias y mensual.
- Acceso y puesta a disposición de AcuaMed de manera online a la información anteriormente descrita.
Forma de Pago
Mediante facturas mensuales presentadas por el licitador y aceptadas por AcuaMed, por importe de tanto alzado para una anualidad dividido entre 12 meses más las horas extraordinarias realmente efectuadas en el mes anterior y aprobadas por AcuaMed.
Exclusivo LOTE 2
Objeto del Contrato:
Servicio de atención y mantenimiento de los sistemas de alarma de las oficinas de AcuaMed en Madrid.
Mediante el objeto del contrato se realizarán los servicios de atención y manejo de instalaciones y equipos de seguridad, tales como alarmas, cámaras, monitores de vídeo, sistemas de control de accesos.
Información de referencia
Actualmente Acuamed dispone de un servicio contratado para la atención y gestión del sistema de alarma de Acuamed mediante la conexión a una central receptora de alarmas junto con el control y mantenimiento de los sistemas. Esta prestación se considera susceptible de ser incluida en el presente servicio de vigilancia y control y su importe, si bien también es posible mantenerla separada. Este servicio es integral por lo que comprende todo lo necesario para el adecuado estado del sistema.
Para conectar aparatos, dispositivos o sistemas de seguridad a centrales de alarmas será preciso que:
La realización de la instalación haya sido efectuada por una empresa de seguridad inscrita en el registro correspondiente.
El material que se instale y utilice se encuentre debidamente aprobado, según lo establecido en el artículo 3 de la Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada.
Se cuente con el pertinente certificado de instalación y que se lleven a cabo las revisiones preventivas, conforme a lo que determinan los artículos 4 y 5 de la mencionada Orden.
Documentación técnica a entregar
El licitador del servicio presentará un documento con el programa de trabajo que dará respuesta a las exigencias anteriormente mencionadas.
Acuamed valorará especialmente la claridad y exhaustividad de la respuesta en:
- Alcance del servicio y disponibilidad frente a imprevistos
- Protocolo de control.
- Conexión de los servicios de seguridad existentes en Acuamed.
- Plan de inspección del servicio.
Forma de Pago
Mediante una única factura anual al concluir cada año de servicio.
LOTES 1 Y 2
Protección de datos.
La información, datos o especificaciones facilitadas por AcuaMed al Contratista y al personal a su servicio o a los que hayan accedido, en ejecución del Contrato, deberán ser consideradas por éstos como estrictamente confidenciales, no pudiendo ser objeto, total o parcial, de publicaciones, copia, utilización, cesión o préstamo a terceros.
El Contratista y el personal a su servicio adquieren la obligación de custodiar fiel y rigurosamente la información, documentación o datos que se le entregue para la realización de los trabajos y, con ello, el compromiso de que los mismos no lleguen, en ningún caso, a poder de terceras personas distintas a las que se le indique expresamente por AcuaMed, y no serán utilizadas más que en la medida estrictamente necesaria en la ejecución del presente Contrato.
ANEXO I al Pliego de Prescripciones Técnicas
Certificado del Coste empresarial de la actual prestataria del servicio.
FALTA INCLUIR. ESTA SOLICITADO PERO PENDIENTE DE RECIBIR.
ANEXO V (LOTE I)
DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO PARA EL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS OFICINAS DE ACUAMED EN MADRID.
En Madrid, a … de … de 200…
REUNIDOS
De una parte D. ……………, en nombre y representación de la sociedad estatal Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.M.E., S.A., en adelante ACUAMED, N.I.F.: ….. con domicilio en …., 28…. Madrid, ostentando la representación legal de la Sociedad para la formalización de este Contrato, según las facultades que se le otorgan en la escritura de fecha …. de …. de ….., inscrita en el Registro Mercantil ……
En adelante, esta parte será denominada en el contrato ACUAMED
De otra, D. ……………., en nombre y representación de …………… CIF …….. con domicilio a estos efectos en …….., calle ………., …., ……. ostentando la representación legal de la Sociedad para la formalización de este Contrato, según las facultades que se le otorgan en la escritura de fecha …. de …. de
….., inscrita en el Registro Mercantil ……
En adelante, esta parte será denominada en el contrato “el Contratista”.
Ambos representantes, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica suficiente, suscriben en nombre de las respectivas entidades el presente contrato y, al efecto,
EXPONEN
I. ACUAMED es una sociedad perteneciente al sector público empresarial de la Administración General del Estado de las referidas en los artículos 2.1.e) y 3.2.b) de la Ley 47/2003, General Presupuestaria, cuya constitución obedece a lo previsto en el artículo 132 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Xxx xx Xxxxx, siendo su objeto, entre otros, el diseño, construcción y explotación de distintos tipos de instalaciones para el tratamiento y la producción de agua con unas determinadas características en cada caso.
II. Mediante anuncio publicado en … el día …. ACUAMED hizo pública la licitación para la contratación de ……..
II. El (órgano de contratación) de ACUAMED, en su reunión de fecha y de acuerdo con la
oferta formulada por …………………………, ha acordado adjudicar el contrato a
........................................
III. El Adjudicatario ha acreditado frente a ACUAMED, su personalidad y capacidad de obrar para contratar y obligarse, en especial, para el otorgamiento del presente Contrato y ha constituido la fianza definitiva exigida en el Pliego de Bases de la presente contratación, que ha quedado depositada a la disposición de ACUAMED a los efectos previstos en este Contrato.
IV. Ambas partes proceden a la formalización de este Contrato con arreglo a las siguientes:
CLAUSULAS
1. OBJETO.
1.1. El objeto del Contrato lo constituye ……………….
1.2. Los trabajos realizados por el Adjudicatario para el cumplimiento del Contrato , serán desarrollados bajo el control de ACUAMED, de acuerdo con las especificaciones y en los términos establecidos en este
Contrato y en la documentación que se adjunta con carácter contractual, cuyo contenido íntegro el Consultor manifiesta conocer, aceptar y se obliga a cumplir íntegramente.
1.3. Con esta finalidad se incluyen como parte integrante del presente Contrato, debidamente identificados por las partes.
a) El Pliego de Bases aplicable a este Contrato, que se adjunta como Anexo nº 1.
b) La oferta del Adjudicatario que se adjunta como Anexo nº 2.
c) Copia de la fianza constituida por el Consultor, que se adjunta como Anexo nº 3.
De la documentación que acaba de indicarse como definitoria del objeto de este Contrato, manifiestan ambas partes poseer copia exacta, formando parte integrante del Contrato.
En caso de discordancia o contradicción entre el presente Contrato con el contenido de los documentos contractuales señalados en los apartados a), b) y c) anteriores, será de aplicación preferente el Pliego de Bases sobre este Contrato y, después, los documentos referidos en dichos apartados, relativos al tema de que se trate, dando prioridad al Contrato con relación a la oferta.
1.4. El objeto del contrato no podrá ser variado mediante la incorporación de nuevas prestaciones no previstas en el pliego de cláusulas reguladoras, que habrán de ser objeto de contratación independiente.
1.5. Los trabajos incluidos en el objeto del Contrato recogerán las actividades indicadas en el xxx xxxxxx de prescripciones de la presente contratación.
2. PRECIO.
2.1. El importe de los trabajos, en virtud de la oferta del Contratista ha quedado fijado en la cantidad de … euros (… €), XXX excluido. El importe del IVA correspondiente al contrato asciende a …. €.
El tipo de contrato es mixto, existiendo precios unitarios y un tanto alzado.
El servicio de vigilancia y mantenimiento va a tener un precio a tanto alzado, indicado en la Oferta del Contratista. Por otro lado, se ha establecido un precio/hora para realizar las horas extraordinarias en día laborable o en día festivo que Acuamed consuma.
No existirá obligación alguna por parte de AcuaMed de realizar el consumo de la totalidad de la bolsa de horas que se licita en el presente contrato, ni dará, por tanto, derecho al licitador a exigir pago alguno por las horas no consumidas.
Los Precios a tanto alzado y por unidad, incorporarán todos los costes y gastos que sean necesarios para la realización del Servicio, en los términos establecidos en el presente Contrato y en sus Anexos, y en especial, en el Pliego de Prescripciones técnicas particulares.
Los trabajos correspondientes a la oferta a tanto alzado, serán abonados contra la presentación de la correspondiente factura, a la finalización de cada uno de los meses de servicio, y previa comprobación de su correcta prestación por AcuaMed.
2.2. El Precio del Contrato comprende la totalidad de los conceptos, costes y gastos necesarios para el correcto y completo cumplimiento del Contrato, y se desglosa como sigue, sin que la relación sea limitativa:
La completa realización de los trabajos contratados.
Los sueldos, pluses y dietas del personal asignado a la realización del Servicio.
Los gastos generales de la empresa y el beneficio industrial del Adjudicatario.
Los gastos de adquisición y aprendizaje de las herramientas informáticas de las que el Adjudicatario ha de disponer.
Los tributos, derechos, compensaciones, descuentos y demás gravámenes o gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen.
Costes más elevados para la realización de tareas nocturnas, en horas extraordinarias y en días festivos, si fuesen necesarias.
Permisos y licencias necesarios (excepto los que facilite directamente ACUAMED y que se mencionan expresamente en el Pliego de Bases).
Indemnización de todos los daños y perjuicios ocasionados a terceros, como consecuencia de los trabajos requeridos para la ejecución del presente Contrato.
Los gastos y costes derivados de cualquier subcontratación del Adjudicatario, autorizada por ACUAMED.
3. FORMA DE PAGO.
3.1. El Contratista emitirá facturas conforme a lo estipulado en el Pliego.
3.2. El abono de las facturas por parte de ACUAMED, caso de ser conformes, se efectuará el primer día de pago de AcuaMed, treinta (30) días después de fecha de aceptación de las facturas mediante transferencia bancaria a la cuenta que disponga el adjudicatario.
4. CONTROL Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO.
4.1. El control de la realización de los trabajos corresponde a ACUAMED que la ejercerá por medio de
….. de acuerdo con las especificaciones y en los términos establecidos en este Contrato y de la oferta presentada por el Contratista, que debidamente firmada por ambas partes y formando parte de este contrato se adjunta anexa.
4.2. La representación del contratistas a efectos de la ejecución del contrato la ejerce D. …… El trabajo habrá de ser elaborado y firmado por D. …..
4.3. La representación del contratistas a efectos de la ejecución del contrato la ejerce D. …… El trabajo habrá de ser elaborado y firmado por D. …..
4.4. El contratista facilitará la supervisión mediante la presentación periódica (establecer ) de valoraciones, informes (u aquellos otros documentos que así se establezcan)
5. PLAZO.
5.1. El Contratista realizará el objeto del contrato durante el plazo de ……, contados a partir de …. siguiente al de la firma del contrato.
5.2. El contrato podrá ser prorrogado solo en el caso de que así se hubiera previsto en el pliego de condiciones reguladoras de la licitación.
5.3. El plazo de ejecución del contrato podrá ser ampliado sin coste económico para AcuaMed cuando no concurra causa imputable al contratista.
6. GARANTÍAS
6.1. La ejecución del presente contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del Contratista. Será obligación del Contratista indemnizar a ACUAMED o a terceros por todos los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de la realización de los trabajos. Para ello, el Contratista declara tener suscrito un seguro de responsabilidad civil de cuya póliza entrega copia a ACUAMED.
7. PENALIZACIONES
El contratista está obligado a cumplir los plazos parciales fijados para la ejecución sucesiva del contrato y en general para su total realización, así como el resto de obligaciones previstas en el contrato.
Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en demora respecto de los plazos parciales establecidos o con respecto al plazo final, o incumpliera cualquiera de las obligaciones previstas en el contrato, Acuamed impondrá una penalidad del uno por cien (1%) semanal del importe del contrato. En el caso que se supere el veinte por cien (20%) del importe del contrato, Acuamed se reserva el derecho a resolver el contrato sin indemnización alguna al contratista.
La aplicación de las citadas penalidades no impedirá a Acuamed, exigir al contratista el cumplimiento de las obligaciones contractuales, ni excluye la indemnización de daños y perjuicios a que pudiera tener derecho como consecuencia de la demora.
En ningún caso, la constitución en xxxx del contratista requerirá interpelación o intimación previa por parte de Acuamed.
El importe de las penalidades por demora, se harán efectivas mediante deducción de los mismos en las certificaciones que se produzcan. En todo caso, la garantía responderá de la efectividad de aquéllas.
8. OBLIGACIONES LEGALES DEL CONTRATISTA
8.1. El contratista se obliga a cumplir la legislación que le corresponda en materia fiscal, laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, incluida la materia de subcontratación.
8.2. A efectos del control del cumplimiento de tales obligaciones, ACUAMED, podrá solicitarle en cualquier momento la acreditación del cumplimiento de tales obligaciones.
8.3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4, “Obligación de suministrar información”, de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el Contratista estará obligados a suministrar a AcuaMed, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquéllos de las obligaciones previstas en el título I de la Ley 19/2013. En particular, el adjudicatario deberá suministrar si se le solicita información institucional y organizativa así como de contenido económico tales como subvenciones o cuentas anuales.
9. CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS
Con relación a la información proporcionada en el marco de este Contrato y designada como confidencial por la parte que la proporcione, la parte que la reciba se compromete a:
9.1. Proteger dicha información confidencial de forma razonable y adecuada y de acuerdo con los estándares profesionales aplicables, en su caso.
9.2. Utilizar la información confidencial únicamente con el fin de ejecutar sus obligaciones en el marco del Contrato.
9.3. Reproducir información confidencial únicamente en la medida necesaria para ejecutar sus obligaciones en el marco del Contrato. Este artículo no se aplicará a información que:
Sea de dominio público.
Sea conocida por la parte que la recibe
Se haya proporcionado a un tercero sin restricciones. Haya sido desarrollada independientemente.
Haya sido revelada por causa de requisitos legales.
9.4. Los resultados de este trabajo serán propiedad de ACUAMED.
10. PROTECCION DE DATOS.
10.1. Datos necesarios para la relación contractual.
En cumplimiento del artículo 5º de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), por el que se regula el derecho de información en la recogida de los datos, los representantes legales de ambas partes o, en su caso, la persona física interviniente, quedan informados de que sus datos, incluidos en el presente contrato o facilitados entre ellos con motivo de la relación contractual, serán incluidos en sendos ficheros titularidad de cada parte, cuya finalidad es la gestión de la relación contractual, pudiendo ser cedidos en su caso a Juzgados y Tribunales, Notarios y Registradores, Administraciones Publicas con competencia en la materia y contrarios y contratantes.
Los datos recabados son imprescindibles para el establecimiento y desarrollo de la relación contractual.
Cada parte reconoce a los titulares de tales datos la posibilidad de ejercitar gratuitamente sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose mediante comunicación escrita a los domicilios que figuran en el encabezamiento de este contrato, dicha comunicación deberá incluir nombre y apellidos, petición en que se concreta la solicitud, dirección a efectos de notificaciones, fecha, firma y fotocopia del DNI o pasaporte.
Si cualquiera de las partes facilitare a la otra datos de carácter personal de sus empleados o personas dependientes, deberá informarles, con carácter previo a su comunicación, de los extremos contenidos en este documento y en caso de ser obligatorio, recabar su consentimiento para el tratamiento y que pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y cancelación dirigiéndose por escrito al cesionario en el domicilio que figura en el encabezamiento de este contrato.
En cumplimiento del artículo 5º de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), por el que se regula el derecho de información en la recogida de los datos, los representantes legales de ambas partes o, en su caso, la persona física interviniente, quedan informados de que sus datos, incluidos en el presente contrato o facilitados entre ellos con motivo de la relación contractual, serán incluidos en sendos ficheros titularidad de cada parte, cuya finalidad es la gestión de la relación contractual, pudiendo ser cedidos en su caso a Juzgados y Tribunales, Notarios y Registradores, Administraciones Publicas con competencia en la materia y contrarios y contratantes.
Los datos recabados son imprescindibles para el establecimiento y desarrollo de la relación contractual.
Cada parte reconoce a los titulares de tales datos la posibilidad de ejercitar gratuitamente sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose mediante comunicación escrita a los domicilios que figuran en el encabezamiento de este contrato, dicha comunicación deberá incluir nombre y apellidos, petición en que se concreta la solicitud, dirección a efectos de notificaciones, fecha, firma y fotocopia del DNI o pasaporte.
Si cualquiera de las partes facilitare a la otra datos de carácter personal de sus empleados o personas dependientes, deberá informarles, con carácter previo a su comunicación, de los extremos contenidos en este documento y en caso de ser obligatorio, recabar su consentimiento para el tratamiento y que pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y cancelación dirigiéndose por escrito al cesionario en el domicilio que figura en el encabezamiento de este contrato.
Toda la documentación o información que en el desarrollo del servicio objeto de la presente licitación sea desarrollada o facilitada por la empresa adjudicataria es propiedad de AcuaMed.
El adjudicatario deberá guardar el debido sigilo y confidencialidad de cuanta información de la empresa tenga acceso durante la vigencia del presente contrato.
A los efectos de la presente cláusula se considerará Información Confidencial toda información directa o indirectamente relacionada con la Empresa, obtenida por el adjudicatario en el curso del servicio que le vincula a AcuaMed.
Todos los estudios y documentos elaborados durante la ejecución del contrato, incluidos los procedimientos de obtención de dicha información, serán propiedad de Acuamed.
En tanto durante la vigencia de su contrato con AcuaMed así como una vez extinguido el mismo, el adjudicatario no podrá utilizar para sí, ni proporcionar a terceros datos de los trabajaos contratados. Asimismo, el adjudicatario se compromete a no revelar, difundir, disponer o utilizar ningún tipo de Información adquirida en el transcurso de la relación laboral, sin la expresa autorización de la misma.
10.2. Tratamiento de datos.
El cumplimiento del objeto de este pliego conlleva el tratamiento de datos personales, identificándose, a efectos de normativa y cumplimiento, dos regímenes:
1. Desde la firma del contrato hasta el 25 xx xxxx de 2018, durante el que la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (la “LOPD”), y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD (“RDLOPD”), son de plena aplicación.
2. Desde el 25 xx xxxx de 2018 hasta la finalización del contrato, fecha en la que comienza la plena aplicación del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (el “RGPD”).
Nótese que está en proyecto una nueva L.O. de Protección de Datos personales, que sustituirá a la actual LOPD; Actualmente existe un anteproyecto que indica como fecha de entrada en vigor 28 xx xxxx de 2018.
Los datos personales son datos a proteger durante ambos regímenes.
Para el cumplimiento del objeto de este pliego el adjudicatario debe tratar datos personales respecto de los cuales ACUAMED es responsable del tratamiento (“Datos Personales”), según los detalles descritos en el ANEXO VII a esta cláusula.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que como consecuencia de la ejecución del contrato resultara necesario en algún momento, y así lo estimara ACUAMED a petición del adjudicatario, el acceso por el adjudicatario a datos adicionales a los descritos en el Anexo VII”, u otro cambio en el tratamiento o sus condiciones, ACUAMED emitiría un ANEXO VII actualizado.
Encargo de tratamiento
Actúa por tanto el adjudicatario en calidad de encargado de tratamiento y por tanto tiene el deber de cumplir con la normativa vigente en cada momento, tratando y protegiendo debidamente los datos personales.
ACUAMED es responsable del tratamiento de los datos tratados por el adjudicatario que cumplan con el presente contrato. Si el adjudicatario destinase los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será considerado también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
De conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la “LOPD” y, a partir xx xxxx de 2018, con lo previsto en los artículos 28 y ss. del “RGPD”, el adjudicatario se obliga a y garantiza el cumplimiento de las siguientes obligaciones, sin perjuicio de las instrucciones escritas adicionales que pudiera dar ACUAMED:
a) Tratar los Datos Personales de conformidad con los criterios de seguridad y el contenido previsto en el artículo 9 de la LOPD y en el artículo 32 del RGPD, así como observar y adoptar las medidas técnicas y organizativas de seguridad necesarias o convenientes para asegurar la confidencialidad, secreto e integridad de los Datos Personales a los que tenga acceso.
En particular, y sin carácter limitativo, se obliga a aplicar las medidas de protección del nivel de riesgo y seguridad que corresponde (detallado en el Anexo VII) en función de los datos objeto de tratamiento para la ejecución del Contrato de conformidad con lo previsto en el Título VII del “RDLOPD”.
b) Tratar los Datos Personales, adicionalmente, conforme a las instrucciones documentadas en el presente Xxxxxx o demás documentos contractuales aplicables a la ejecución del contrato y aquellas que, en su caso, reciba de ACUAMED por escrito en cada momento.
El adjudicatario informará inmediatamente a ACUAMED cuando, en su opinión, una instrucción sea contraria a la normativa de protección de datos aplicable en cada momento.
c) No utilizar ni aplicar los Datos Personales con una finalidad distinta a la ejecución del Contrato.
d) Xxxxxxxx la más absoluta confidencialidad sobre los Datos Personales a los que tenga acceso para la ejecución del contrato así como sobre los que resulten de su tratamiento, cualquiera que sea el soporte en el que se hubieren obtenido. Esta obligación se extiende a toda persona que pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento por cuenta del adjudicatario, siendo deber del adjudicatario instruir a las personas que de él dependan de este deber xx xxxxxxx, aún después de la terminación de la prestación del servicio o de su desvinculación.
e) Llevar un listado de personas autorizadas para tratar datos personales y garantizar que las mismas se comprometen, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad, y a cumplir con las medidas de seguridad correspondientes, de las que se les debe informar convenientemente. Y mantener a disposición de ACUAMED dicha documentación acreditativa.
f) Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
g) Salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento en cada caso, no comunicar ni ceder los Datos Personales a terceros, ni siquiera para su conservación.
h) Comunicar al Delegado de Protección de Datos de ACUAMED la identidad y datos de contacto de la(s) persona(s) física(s) designada(s) por el adjudicatario como representante(s) del encargado y responsable(s) del cumplimiento de Datos Personales, en las vertientes legales/formales y en las de seguridad, así como, en caso de estar designado, del Delegado de Protección de Datos. Nombrar un Delegado de Protección de Datos, en caso de que sea necesario.
i) Una vez finalizada la prestación contractual objeto del presente Xxxxxx, se compromete, según corresponda y se indique el Anexo VII, a devolver o destruir (i) los Datos Personales a los que haya tenido acceso; (ii) los Datos Personales generados por el adjudicatario por causa del tratamiento; y (iii) los soportes y documentos en que cualquiera de estos datos consten, sin conservar copia alguna; salvo que se permita por ley la conservación de los mismos.
j) Según corresponda y se indique en el Anexo VII, a llevar a cabo el tratamiento de los Datos Personales en los sistemas/dispositivos de tratamiento de datos, manuales y automatizados, de ACUAMED o los sistemas/dispositivos de tratamiento bajo su control directo (lo que excluye soluciones basadas en la nube), u otros que hayan sido expresamente autorizados por escrito por ACUAMED, y únicamente por los usuarios o perfiles de usuarios asignados a la prestación de Servicio objeto de este Pliego.
k) Salvo que otra cosas se diga en el Anexo VII, a tratar los Datos Personales dentro del Espacio Económico Europeo u otro espacio considerado por la UE equivalentemente seguro, no tratándolos fuera de este espacio ni directamente ni a través de cualesquiera subcontratistas autorizados conforme a lo establecido en este Pliego o demás documentos contractuales, salvo que esté obligado a ello en virtud del Derecho de la Unión o del Estado miembro que se aplique al encargado.
Como excepción, y únicamente cuando así se lo instruya expresamente ACUAMED, el adjudicatario realizará transferencias internacionales y, en ese caso, seguirá las instrucciones debidamente documentadas y facilitadas por ACUAMED con respecto a las transferencias de datos personales a un tercer país o una organización internacional. En el caso de que por causa de Derecho aplicable en España el adjudicatario se vea obligado a llevar a cabo alguna transferencia internacional de datos, el adjudicatario informará por escrito a ACUAMED de esa exigencia legal previa al tratamiento y garantizará el cumplimiento de cualesquiera requisitos legales que sean aplicables a ACUAMED, salvo que el Derecho aplicable lo prohíba por razones importantes de interés público.
l) Comunicar a ACUAMED, de forma inmediata y a más tardar en el plazo de 48 horas, cualquier fallo en su sistema de tratamiento y gestión de la información que haya tenido o pueda tener que ponga en peligro la seguridad de los Datos Personales, así como cualquier posible vulneración de la confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los datos e informaciones obtenidos durante la ejecución del contrato. Comunicará con diligencia información detallada al respecto, incluso concretando qué interesados sufrieron una pérdida de confidencialidad.
m) Cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, u otros reconocidos por la normativa aplicable (conjuntamente, los “Derechos”), ante el encargado del tratamiento, éste debe comunicarlo con la mayor prontitud. La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud, juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.
Asistirá a ACUAMED, siempre que sea posible, para que éste pueda cumplir y dar respuesta a las solicitudes de los afectados sobre sus Derechos.
En particular, dará inmediatamente traslado escrito a ACUAMED de cualquier solicitud que hubiera de los afectados sobre sus Derechos y de la información y documentación relativa a la solicitud que obre en su poder.
n) Colaborar con ACUAMED en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de medidas de seguridad, comunicación y/o notificación de brechas (logradas e intentadas) de medidas de seguridad a las autoridades competentes o los interesados, y colaborar en la realización de evaluaciones de impacto relativas a la protección
de datos y consultas previas al respecto a las autoridades competentes; teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información de la que disponga.
Asimismo, pondrá a disposición de ACUAMED toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones previstas en este Pliego y demás documentos contractuales y colaborará en la realización de auditoras e inspecciones llevadas a cabo, en su caso, por ACUAMED.
o) Llevar por escrito un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta de ACUAMED de conformidad con lo previsto en el artículo 30.2 del RGPD (nótese que salvo excepciones no es obligatorio para empresas u organizaciones que empleen hasta 250 empleados).
p) Disponer de evidencias que demuestren su cumplimiento de la normativa de protección de datos personales y con el deber de responsabilidad activa, como, a título de ejemplo, certificados previos sobre el grado de cumplimiento o resultados de auditorías, puestas a disposición de ACUAMED en el plazo de 15 días hábiles desde la firma del contrato. Asimismo, durante la vigencia del contrato, pondrá a disposición de ACUAMED toda información, certificaciones y auditorías realizadas en cada momento.
q) Comunicar y hacer cumplir a sus empleados y personas a su cargo las obligaciones establecidas en los apartados anteriores y, en particular, las relativas al deber xx xxxxxxx, el cumplimiento de
medidas de seguridad y la recepción de instrucciones y medidas de seguridad específicas de ACUAMED. El adjudicatario pondrá a disposición de ACUAMED copia del documento donde consten dichas comunicaciones y el enterado de cada empleado asignado.
Las obligaciones contempladas en esta cláusula constituyen el contrato de encargo de tratamiento entre ACUAMED y el adjudicatario, no son retribuibles de forma distinta que lo previsto en el Pliego y demás documentos contractuales y tendrán la misma duración que la prestación de Servicio objeto de este Pliego y su contrato, prorrogándose en su caso por períodos iguales a éste. No obstante, a la finalización del contrato, el deber xx xxxxxxx continuará vigente, sin límite de tiempo, para todas las personas involucradas en la ejecución del contrato.
Para el cumplimiento del objeto de este pliego no se requiere que el adjudicatario acceda a ningún otro Dato Personal titularidad de ACUAMED, y por tanto no está autorizado en caso alguno al acceso o tratamiento de otro dato salvo los especificados en el Anexo VII. A dichos efectos, y en cumplimiento del artículo 83 del RLOPD o la normativa que lo sustituya, el adjudicatario deberá garantizar y acreditar que el personal a su cargo ha sido suficientemente instruido de la prohibición de acceder a los datos de carácter personal y la obligación xx xxxxxxx respecto a los datos que dicho personal pudiera conocer con motivo de su ejecución, incluso tras la finalización del servicio y/o desvinculación.
Si se produjera durante la ejecución del contrato cualquier incidencia que pudiera afectar a la integridad o a la confidencialidad de los datos de carácter personal de los que ACUAMED es responsable, el adjudicatario deberá ponerlo en conocimiento de ésta de forma inmediata y a más tardar en el plazo de 72 horas.
11. EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
11.1. Cumplimiento del Contrato
El Contrato se entenderá cumplido cuando el Adjudicatario haya realizado, de acuerdo con los términos establecidos en aquél y a satisfacción de ACUAMED, el objeto de dicho Contrato.
La constatación del hecho mencionado exigirá, por parte de ACUAMED, un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro del mes siguiente al de recepción de los trabajos objeto del Contrato.
11.2. Resolución del Contrato
Serán causas de resolución del Contrato:
1) Las que tengan su origen en actuaciones del Adjudicatario, tales como:
La disolución o extinción de la empresa adjudicataria, cualquiera que sean las causas de tales supuestos.
La no incorporación de los medios humanos necesarios y exigidos por el Director del Servicio.
La determinación de importes de penalizaciones por demora superiores al veinte (20) por ciento del importe del Contrato.
La no subsanación de errores detectados durante la ejecución de los trabajos.
La transmisión, comprobada, de información a terceros imputable al Adjudicatario.
Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Contrato
Incumplimiento de las obligaciones esenciales.
2) Asimismo, será causa de resolución del Contrato:
La suspensión del Contrato por plazo superior a 6 meses acordada por ACUAMED.
La falta de pago por parte de ACUAMED en el plazo de 6 meses.
3) Darán también lugar a la resolución del Contrato:
La muerte o incapacidad del titular del contrato, si no fuere posible su continuación con sus herederos o sucesores.
El mutuo acuerdo entre las partes.
El desistimiento por parte de ACUAMED.
El vaciamiento del objeto social de ACUAMED, la disolución o la extinción de ACUAMED, cualquiera que sean las causas de tales supuestos.
La concurrencia de cualquiera de las causas señaladas en las cláusulas 1) y 2) tendrá efectos inmediatos desde su comunicación por una de las partes, sin perjuicio de las acciones, reclamaciones o recursos de los que se crea asistida la otra parte.
En el supuesto de que el Adjudicatario resolviese el Contrato, de acuerdo con lo indicado en 2), habrá de comunicarlo por escrito a ACUAMED. En un plazo no superior a treinta (30) días se producirá la valoración y liquidación de los trabajos realizados por el Adjudicatario hasta la fecha de la resolución, y contra el abono o garantía por la cantidad que corresponda, el Adjudicatario entregará a ACUAMED todo el trabajo realizado hasta la fecha.
ACUAMED podrá, en cualquier momento, desistir de este Contrato, por determinación propia, abonando al Adjudicatario todas aquellas cantidades que tuviese acreditadas y, además, una indemnización calculada en el seis (6) por ciento del valor restante del Contrato en el momento del desistimiento. En el caso de no haber acuerdo en la valoración de esta liquidación, se estará a lo dispuesto en la cláusula correspondiente de este contrato.
La resolución del Contrato por cualquiera de las causas mencionadas en la presente cláusula o en cualquier otra parte del Contrato producirá los siguientes efectos:
a) El Adjudicatario entregará a ACUAMED todo el trabajo realizado hasta la fecha de la resolución, el cuál se valorará y abonará según el criterio del Director del Contrato, una vez descontados los gastos que la resolución ocasione a ACUAMED y las penalizaciones que corresponda aplicar. Como consecuencia de ello, se procederá a una liquidación sumaria de los trabajos realizados por el Adjudicatario.
b) La existencia de cuestiones económicas por resolver, o la falta de acuerdo en la liquidación, no podrán ser motivo para que el Adjudicatario no entregue a ACUAMED la totalidad de los trabajos realizados hasta la fecha de la resolución, pudiendo ACUAMED continuar inmediatamente con el cumplimiento del Contrato por el procedimiento que estime más adecuado.
c) ACUAMED hará efectivos con cargo a la fianza, hasta donde ésta alcance, los daños y perjuicios que le haya causado el hecho motivador de la resolución y que sean imputables al Adjudicatario, notificando a éste la pertinente relación y liquidación de tales daños y perjuicios, sin detrimento del derecho de ACUAMED a todo el trabajo realizado hasta la fecha.
12. RÉGIMEN DE RECLAMACIONES Y RECURSOS EN LA FASE DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. JURISDICCIÓN.
12.1. Las Partes se comprometen a cumplir el presente Contrato de buena fe, resolviendo por medio de negociaciones y acuerdos amistosos cualquier diferencia que pudiera surgir entre ellas respecto de la aplicación, desarrollo, cumplimiento, interpretación y ejecución del mismo.
12.2. Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente clausula, las controversias que pudieran surgir entre las partes se resolverán por los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional civil, que serán los competentes para conocer las cuestiones relacionadas con la ejecución del Contrato.
12.3. Las Partes, caso de ejercitar acciones judiciales, se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Madrid, con renuncia igualmente expresa a cualesquiera otros fueros que pudiesen corresponderles.
13. RÉGIMEN JURÍDICO.
El Contrato y su oferta anexa quedan sujetos al derecho común.
Y, para que así conste, y en prueba de conformidad con todo lo contenido en este documento, se firma por duplicado por las partes el presente documento, en el lugar y fecha del encabezamiento.
El presente documento se formaliza en este documento privado. Las partes podrán, en cualquier momento, compelerse recíprocamente al otorgamiento de escritura notarial elevándolo a público. Los gastos de la formalización notarial, si se instase de acuerdo con esta cláusula, serán siempre de cargo del Contratista.
ANEXO V (LOTE II)
DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO PARA EL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS OFICINAS DE ACUAMED EN MADRID.
En Madrid, a … de … de 200…
REUNIDOS
De una parte D. ……………, en nombre y representación de la sociedad estatal Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.M.E., S.A., en adelante ACUAMED, N.I.F. con domicilio en …., 28…. Madrid, ostentando
la representación legal de la Sociedad para la formalización de este Contrato, según las facultades que se le otorgan en la escritura de fecha …. de …. de ….., inscrita en el Registro Mercantil ……
En adelante, esta parte será denominada en el contrato ACUAMED
De otra, D. ……………., en nombre y representación de …………… CIF con domicilio a estos efectos en
…….., calle ………., …., ostentando la representación legal de la Sociedad para la formalización de este
Contrato, según las facultades que se le otorgan en la escritura de fecha …. de …. de , inscrita en el Registro
Mercantil ……
En adelante, esta parte será denominada en el contrato “el Contratista”.
Ambos representantes, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica suficiente, suscriben en nombre de las respectivas entidades el presente contrato y, al efecto,
EXPONEN
III. ACUAMED es una sociedad perteneciente al sector público empresarial de la Administración General del Estado de las referidas en los artículos 2.1.e) y 3.2.b) de la Ley 47/2003, General Presupuestaria, cuya constitución obedece a lo previsto en el artículo 132 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Xxx xx Xxxxx, siendo su objeto, entre otros, el diseño, construcción y explotación de distintos tipos de instalaciones para el tratamiento y la producción de agua con unas determinadas características en cada caso.
IV. Mediante anuncio publicado en … el día …. ACUAMED hizo pública la licitación para la contratación de
……..
II. El (órgano de contratación) de ACUAMED, en su reunión de fecha y de acuerdo con la oferta
formulada por …………………………, ha acordado adjudicar el contrato a ........................................
III. El Adjudicatario ha acreditado frente a ACUAMED, su personalidad y capacidad de obrar para contratar y obligarse, en especial, para el otorgamiento del presente Contrato y ha constituido la fianza definitiva exigida en el Pliego de Bases de la presente contratación, que ha quedado depositada a la disposición de ACUAMED a los efectos previstos en este Contrato.
IV. Ambas partes proceden a la formalización de este Contrato con arreglo a las siguientes:
CLAUSULAS
1. OBJETO.
1.1. El objeto del Contrato lo constituye ……………….
1.2. Los trabajos realizados por el Adjudicatario para el cumplimiento del Contrato , serán desarrollados bajo el control de ACUAMED, de acuerdo con las especificaciones y en los términos establecidos en este Contrato y en la
documentación que se adjunta con carácter contractual, cuyo contenido íntegro el Consultor manifiesta conocer, aceptar y se obliga a cumplir íntegramente.
1.3. Con esta finalidad se incluyen como parte integrante del presente Contrato, debidamente identificados por las partes.
d) El Pliego de Bases aplicable a este Contrato, que se adjunta como Anexo nº 1.
e) La oferta del Adjudicatario que se adjunta como Anexo nº 2.
f) Copia de la fianza constituida por el Consultor, que se adjunta como Anexo nº 3.
De la documentación que acaba de indicarse como definitoria del objeto de este Contrato, manifiestan ambas partes poseer copia exacta, formando parte integrante del Contrato.
En caso de discordancia o contradicción entre el presente Contrato con el contenido de los documentos contractuales señalados en los apartados a), b) y c) anteriores, será de aplicación preferente el Pliego de Bases sobre este Contrato y, después, los documentos referidos en dichos apartados, relativos al tema de que se trate, dando prioridad al Contrato con relación a la oferta.
1.4. El objeto del contrato no podrá ser variado mediante la incorporación de nuevas prestaciones no previstas en el pliego de cláusulas reguladoras, que habrán de ser objeto de contratación independiente.
1.5. Los trabajos incluidos en el objeto del Contrato recogerán las actividades indicadas en el xxx xxxxxx de prescripciones de la presente contratación.
2. PRECIO.
2.3. El importe de los trabajos, en virtud de la oferta del Contratista ha quedado fijado en la cantidad de … euros (…
€), XXX excluido. El importe del IVA correspondiente al contrato asciende a …. €.
2.4. El Precio del Contrato comprende la totalidad de los conceptos, costes y gastos necesarios para el correcto y completo cumplimiento del Contrato, y se desglosa como sigue, sin que la relación sea limitativa:
La completa realización de los trabajos contratados.
Los sueldos, pluses y dietas del personal asignado a la realización del Servicio.
Los gastos generales de la empresa y el beneficio industrial del Adjudicatario.
Los gastos de adquisición y aprendizaje de las herramientas informáticas de las que el Adjudicatario ha de disponer.
Los tributos, derechos, compensaciones, descuentos y demás gravámenes o gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen.
Costes más elevados para la realización de tareas nocturnas, en horas extraordinarias y en días festivos, si fuesen necesarias.
Permisos y licencias necesarios (excepto los que facilite directamente ACUAMED y que se mencionan expresamente en el Pliego de Bases).
Indemnización de todos los daños y perjuicios ocasionados a terceros, como consecuencia de los trabajos requeridos para la ejecución del presente Contrato.
Los gastos y costes derivados de cualquier subcontratación del Adjudicatario, autorizada por ACUAMED.
3. FORMA DE PAGO.
3.3. El Contratista emitirá facturas conforme a lo estipulado en el Pliego.
3.4. El abono de las facturas por parte de ACUAMED, caso de ser conformes, se efectuará el primer día de pago de AcuaMed, treinta (30) días después de fecha de aceptación de las facturas mediante transferencia bancaria a la cuenta que disponga el adjudicatario.
4. CONTROL Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO.
4.1. El control de la realización de los trabajos corresponde a ACUAMED que la ejercerá por medio de ….. de acuerdo con las especificaciones y en los términos establecidos en este Contrato y de la oferta presentada por el Contratista, que debidamente firmada por ambas partes y formando parte de este contrato se adjunta anexa.
4.2. La representación del contratistas a efectos de la ejecución del contrato la ejerce D. …… El trabajo habrá de ser elaborado y firmado por D. …..
4.3. La representación del contratistas a efectos de la ejecución del contrato la ejerce D. …… El trabajo habrá de ser elaborado y firmado por D. …..
4.4. El contratista facilitará la supervisión mediante la presentación periódica (establecer ) de valoraciones, informes (u aquellos otros documentos que así se establezcan)
5. PLAZO.
5.1. El Contratista realizará el objeto del contrato durante el plazo de ……, contados a partir de …. siguiente al de la firma del contrato.
5.2. El contrato podrá ser prorrogado solo en el caso de que así se hubiera previsto en el pliego de condiciones reguladoras de la licitación.
5.3. El plazo de ejecución del contrato podrá ser ampliado sin coste económico para AcuaMed cuando no concurra causa imputable al contratista.
6. GARANTÍAS
6.1. La ejecución del presente contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del Contratista. Será obligación del Contratista indemnizar a ACUAMED o a terceros por todos los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de la realización de los trabajos. Para ello, el Contratista declara tener suscrito un seguro de responsabilidad civil de cuya póliza entrega copia a ACUAMED.
7. PENALIZACIONES
El contratista está obligado a cumplir los plazos parciales fijados para la ejecución sucesiva del contrato y en general para su total realización, así como el resto de obligaciones previstas en el contrato.
Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en demora respecto de los plazos parciales establecidos o con respecto al plazo final, o incumpliera cualquiera de las obligaciones previstas en el contrato, Acuamed impondrá una penalidad del uno por cien (1%) semanal del importe del contrato.
En el caso que se supere el veinte por cien (20%) del importe del contrato, Acuamed se reserva el derecho a resolver el contrato sin indemnización alguna al contratista.
La aplicación de las citadas penalidades no impedirá a Acuamed, exigir al contratista el cumplimiento de las obligaciones contractuales, ni excluye la indemnización de daños y perjuicios a que pudiera tener derecho como consecuencia de la demora.
En ningún caso, la constitución en xxxx del contratista requerirá interpelación o intimación previa por parte de Acuamed.
El importe de las penalidades por demora, se harán efectivas mediante deducción de los mismos en las certificaciones que se produzcan. En todo caso, la garantía responderá de la efectividad de aquéllas.
8. OBLIGACIONES LEGALES DEL CONTRATISTA
8.1. El contratista se obliga a cumplir la legislación que le corresponda en materia fiscal, laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, incluida la materia de subcontratación.
8.2. A efectos del control del cumplimiento de tales obligaciones, ACUAMED, podrá solicitarle en cualquier momento la acreditación del cumplimiento de tales obligaciones.
8.3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4, “Obligación de suministrar información”, de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el Contratista estará obligados a suministrar a AcuaMed, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquéllos de las obligaciones previstas en el título I de la Ley 19/2013. En particular, el adjudicatario deberá suministrar si se le solicita información institucional y organizativa así como de contenido económico tales como subvenciones o cuentas anuales.
9. CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS
Con relación a la información proporcionada en el marco de este Contrato y designada como confidencial por la parte que la proporcione, la parte que la reciba se compromete a:
9.1. Proteger dicha información confidencial de forma razonable y adecuada y de acuerdo con los estándares profesionales aplicables, en su caso.
9.2. Utilizar la información confidencial únicamente con el fin de ejecutar sus obligaciones en el marco del Contrato.
9.3. Reproducir información confidencial únicamente en la medida necesaria para ejecutar sus obligaciones en el marco del Contrato. Este artículo no se aplicará a información que:
Sea de dominio público.
Sea conocida por la parte que la recibe
Se haya proporcionado a un tercero sin restricciones. Haya sido desarrollada independientemente.
Haya sido revelada por causa de requisitos legales.
9.4. Los resultados de este trabajo serán propiedad de ACUAMED.
10. PROTECCION DE DATOS.
10.1. Datos necesarios para la relación contractual.
En cumplimiento del artículo 5º de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), por el que se regula el derecho de información en la recogida de los datos, los representantes legales de ambas partes o, en su caso, la persona física interviniente, quedan informados de que sus datos, incluidos en el presente contrato o facilitados entre ellos con motivo de la relación contractual, serán incluidos en sendos ficheros titularidad de cada parte, cuya finalidad es la gestión de la relación contractual, pudiendo ser cedidos en su caso a Juzgados y Tribunales, Notarios y Registradores, Administraciones Publicas con competencia en la materia y contrarios y contratantes.
Los datos recabados son imprescindibles para el establecimiento y desarrollo de la relación contractual.
Cada parte reconoce a los titulares de tales datos la posibilidad de ejercitar gratuitamente sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose mediante comunicación escrita a los domicilios que figuran en el encabezamiento de este contrato, dicha comunicación deberá incluir nombre y apellidos, petición en que se concreta la solicitud, dirección a efectos de notificaciones, fecha, firma y fotocopia del DNI o pasaporte.
Si cualquiera de las partes facilitare a la otra datos de carácter personal de sus empleados o personas dependientes, deberá informarles, con carácter previo a su comunicación, de los extremos contenidos en este documento y en caso de ser obligatorio, recabar su consentimiento para el tratamiento y que pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y cancelación dirigiéndose por escrito al cesionario en el domicilio que figura en el encabezamiento de este contrato.
Toda la documentación o información que en el desarrollo del servicio objeto de la presente licitación sea desarrollada o facilitada por la empresa adjudicataria es propiedad de AcuaMed.
El adjudicatario deberá guardar el debido sigilo y confidencialidad de cuanta información de la empresa tenga acceso durante la vigencia del presente contrato.
A los efectos de la presente cláusula se considerará Información Confidencial toda información directa o indirectamente relacionada con la Empresa, obtenida por el adjudicatario en el curso del servicio que le vincula a AcuaMed.
Todos los documentos elaborados durante la ejecución del contrato, incluidos los procedimientos de obtención de dicha información, serán propiedad de Acuamed.
En tanto durante la vigencia de su contrato con AcuaMed así como una vez extinguido el mismo, el adjudicatario no podrá utilizar para sí, ni proporcionar a terceros datos de los trabajaos contratados. Asimismo, el adjudicatario se compromete a no revelar, difundir, disponer o utilizar ningún tipo de Información adquirida en el transcurso de la relación laboral, sin la expresa autorización de la misma.
10.2. Tratamiento de datos.
El cumplimiento del objeto de este pliego conlleva el tratamiento de datos personales, identificándose, a efectos de normativa y cumplimiento, dos regímenes:
1. Desde la firma del contrato hasta el 25 xx xxxx de 2018, durante el que la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (la “LOPD”), y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD (“RDLOPD”), son de plena aplicación.
2. Desde el 25 xx xxxx de 2018 hasta la finalización del contrato, fecha en la que comienza la plena aplicación del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (el “RGPD”).
Nótese que está en proyecto una nueva L.O. de Protección de Datos personales, que sustituirá a la actual LOPD; Actualmente existe un anteproyecto que indica como fecha de entrada en vigor 28 xx xxxx de 2018.
Los datos personales son datos a proteger durante ambos regímenes.
Para el cumplimiento del objeto de este pliego el adjudicatario debe tratar datos personales respecto de los cuales ACUAMED es responsable del tratamiento (“Datos Personales”), según los detalles descritos en el ANEXO VII a esta cláusula.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que como consecuencia de la ejecución del contrato resultara necesario en algún momento, y así lo estimara ACUAMED a petición del adjudicatario, el acceso por el adjudicatario a datos adicionales a los descritos en el Anexo VII”, u otro cambio en el tratamiento o sus condiciones, ACUAMED emitiría un ANEXO VII actualizado.
Encargo de tratamiento
Actúa por tanto el adjudicatario en calidad de encargado de tratamiento y por tanto tiene el deber de cumplir con la normativa vigente en cada momento, tratando y protegiendo debidamente los datos personales.
ACUAMED es responsable del tratamiento de los datos tratados por el adjudicatario que cumplan con el presente contrato. Si el adjudicatario destinase los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será considerado también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
De conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la “LOPD” y, a partir xx xxxx de 2018, con lo previsto en los artículos 28 y ss. del “RGPD”, el adjudicatario se obliga a y garantiza el cumplimiento de las siguientes obligaciones, sin perjuicio de las instrucciones escritas adicionales que pudiera dar ACUAMED:
a) Tratar los Datos Personales de conformidad con los criterios de seguridad y el contenido previsto en el artículo 9 de la LOPD y en el artículo 32 del RGPD, así como observar y adoptar las medidas técnicas y organizativas de seguridad necesarias o convenientes para asegurar la confidencialidad, secreto e integridad de los Datos Personales a los que tenga acceso.
En particular, y sin carácter limitativo, se obliga a aplicar las medidas de protección del nivel de riesgo y seguridad que corresponde (detallado en el Anexo VII) en función de los datos objeto de tratamiento para la ejecución del Contrato de conformidad con lo previsto en el Título VII del “RDLOPD”.
b) Tratar los Datos Personales, adicionalmente, conforme a las instrucciones documentadas en el presente Xxxxxx o demás documentos contractuales aplicables a la ejecución del contrato y aquellas que, en su caso, reciba de ACUAMED por escrito en cada momento.
El adjudicatario informará inmediatamente a ACUAMED cuando, en su opinión, una instrucción sea contraria a la normativa de protección de datos aplicable en cada momento.
c) No utilizar ni aplicar los Datos Personales con una finalidad distinta a la ejecución del Contrato.
d) Xxxxxxxx la más absoluta confidencialidad sobre los Datos Personales a los que tenga acceso para la ejecución del contrato así como sobre los que resulten de su tratamiento, cualquiera que sea el soporte en el que se hubieren obtenido. Esta obligación se extiende a toda persona que pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento por cuenta del adjudicatario, siendo deber del adjudicatario instruir a las personas que de él dependan de este deber xx xxxxxxx, aún después de la terminación de la prestación del servicio o de su desvinculación.
e) Llevar un listado de personas autorizadas para tratar datos personales y garantizar que las mismas se comprometen, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad, y a cumplir con las medidas de seguridad correspondientes, de las que se les debe informar convenientemente. Y mantener a disposición de ACUAMED dicha documentación acreditativa.
f) Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
g) Salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento en cada caso, no comunicar ni ceder los Datos Personales a terceros, ni siquiera para su conservación.
h) Comunicar al Delegado de Protección de Datos de ACUAMED la identidad y datos de contacto de la(s) persona(s) física(s) designada(s) por el adjudicatario como representante(s) del encargado y responsable(s) del cumplimiento de Datos Personales, en las vertientes legales/formales y en las de seguridad, así como, en caso de estar designado, del Delegado de Protección de Datos. Nombrar un Delegado de Protección de Datos, en caso de que sea necesario.
i) Una vez finalizada la prestación contractual objeto del presente Xxxxxx, se compromete, según corresponda y se indique el Anexo VII, a devolver o destruir (i) los Datos Personales a los que haya tenido acceso; (ii) los Datos Personales generados por el adjudicatario por causa del tratamiento; y (iii) los soportes y documentos en que cualquiera de estos datos consten, sin conservar copia alguna; salvo que se permita por ley la conservación de los mismos.
j) Según corresponda y se indique en el Anexo VII, a llevar a cabo el tratamiento de los Datos Personales en los sistemas/dispositivos de tratamiento de datos, manuales y automatizados, de ACUAMED o los sistemas/dispositivos de tratamiento bajo su control directo (lo que excluye soluciones basadas en la nube), u otros que hayan sido expresamente autorizados por escrito por ACUAMED, y únicamente por los usuarios o perfiles de usuarios asignados a la prestación de Servicio objeto de este Pliego.
k) Salvo que otra cosas se diga en el Anexo VII, a tratar los Datos Personales dentro del Espacio Económico Europeo u otro espacio considerado por la UE equivalentemente seguro, no tratándolos fuera de este espacio ni directamente ni a través de cualesquiera subcontratistas autorizados conforme a lo establecido en este Pliego o demás documentos contractuales, salvo que esté obligado a ello en virtud del Derecho de la Unión o del Estado miembro que se aplique al encargado.
Como excepción, y únicamente cuando así se lo instruya expresamente ACUAMED, el adjudicatario realizará transferencias internacionales y, en ese caso, seguirá las instrucciones debidamente documentadas y facilitadas por ACUAMED con respecto a las transferencias de datos personales a un tercer país o una organización internacional. En el caso de que por causa de Derecho aplicable en España el adjudicatario se vea obligado a llevar a cabo alguna transferencia internacional de datos, el adjudicatario informará por escrito a ACUAMED de esa exigencia legal previa al tratamiento y garantizará el cumplimiento de cualesquiera requisitos legales que sean aplicables a ACUAMED, salvo que el Derecho aplicable lo prohíba por razones importantes de interés público.
l) Comunicar a ACUAMED, de forma inmediata y a más tardar en el plazo de 48 horas, cualquier fallo en su sistema de tratamiento y gestión de la información que haya tenido o pueda tener que ponga en peligro la seguridad de los Datos Personales, así como cualquier posible vulneración de la confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los datos e informaciones obtenidos durante la ejecución del contrato. Comunicará con diligencia información detallada al respecto, incluso concretando qué interesados sufrieron una pérdida de confidencialidad.
m) Cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, u otros reconocidos por la normativa aplicable (conjuntamente, los “Derechos”), ante el encargado del tratamiento, éste debe comunicarlo con la mayor prontitud. La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud, juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.
Asistirá a ACUAMED, siempre que sea posible, para que éste pueda cumplir y dar respuesta a las solicitudes de los afectados sobre sus Derechos.
En particular, dará inmediatamente traslado escrito a ACUAMED de cualquier solicitud que hubiera de los afectados sobre sus Derechos y de la información y documentación relativa a la solicitud que obre en su poder.
n) Colaborar con ACUAMED en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de medidas de seguridad, comunicación y/o notificación de brechas (logradas e intentadas) de medidas de seguridad a las autoridades competentes o los interesados, y colaborar en la realización de evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos y consultas previas al respecto a las autoridades competentes; teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información de la que disponga.
Asimismo, pondrá a disposición de ACUAMED toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones previstas en este Pliego y demás documentos contractuales y colaborará en la realización de auditoras e inspecciones llevadas a cabo, en su caso, por ACUAMED.
o) Llevar por escrito un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta de ACUAMED de conformidad con lo previsto en el artículo 30.2 del RGPD (nótese que salvo excepciones no es obligatorio para empresas u organizaciones que empleen hasta 250 empleados).
p) Disponer de evidencias que demuestren su cumplimiento de la normativa de protección de datos personales y con el deber de responsabilidad activa, como, a título de ejemplo, certificados previos sobre el grado de cumplimiento o resultados de auditorías, puestas a disposición de ACUAMED en el plazo de 15 días hábiles desde la firma del contrato. Asimismo, durante la vigencia del contrato, pondrá a disposición de ACUAMED toda información, certificaciones y auditorías realizadas en cada momento.
q) Comunicar y hacer cumplir a sus empleados y personas a su cargo las obligaciones establecidas en los apartados anteriores y, en particular, las relativas al deber xx xxxxxxx, el cumplimiento de
medidas de seguridad y la recepción de instrucciones y medidas de seguridad específicas de ACUAMED. El adjudicatario pondrá a disposición de ACUAMED copia del documento donde consten dichas comunicaciones y el enterado de cada empleado asignado.
Las obligaciones contempladas en esta cláusula constituyen el contrato de encargo de tratamiento entre ACUAMED y el adjudicatario, no son retribuibles de forma distinta que lo previsto en el Pliego y demás documentos contractuales y tendrán la misma duración que la prestación de Servicio objeto de este Pliego y su contrato, prorrogándose en su caso por períodos iguales a éste. No obstante, a la finalización del contrato, el deber xx xxxxxxx continuará vigente, sin límite de tiempo, para todas las personas involucradas en la ejecución del contrato.
Para el cumplimiento del objeto de este pliego no se requiere que el adjudicatario acceda a ningún otro Dato Personal titularidad de ACUAMED, y por tanto no está autorizado en caso alguno al acceso o tratamiento de otro dato salvo los especificados en el Anexo VII. A dichos efectos, y en cumplimiento del artículo 83 del RLOPD o la normativa que lo sustituya, el adjudicatario deberá garantizar y acreditar que el personal a su cargo ha sido suficientemente instruido de la prohibición de acceder a los datos de carácter personal y la obligación xx xxxxxxx respecto a los datos que dicho personal pudiera conocer con motivo de su ejecución, incluso tras la finalización del servicio y/o desvinculación.
Si se produjera durante la ejecución del contrato cualquier incidencia que pudiera afectar a la integridad o a la confidencialidad de los datos de carácter personal de los que ACUAMED es responsable, el adjudicatario deberá ponerlo en conocimiento de ésta de forma inmediata y a más tardar en el plazo de 72 horas.
11. EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
11.1. Cumplimiento del Contrato
El Contrato se entenderá cumplido cuando el Adjudicatario haya realizado, de acuerdo con los términos establecidos en aquél y a satisfacción de ACUAMED, el objeto de dicho Contrato.
La constatación del hecho mencionado exigirá, por parte de ACUAMED, un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro del mes siguiente al de recepción de los trabajos objeto del Contrato.
11.2. Resolución del Contrato
Serán causas de resolución del Contrato:
1) Las que tengan su origen en actuaciones del Adjudicatario, tales como:
La disolución o extinción de la empresa adjudicataria, cualquiera que sean las causas de tales supuestos.
La no incorporación de los medios humanos necesarios y exigidos por el Director del Servicio.
La determinación de importes de penalizaciones por demora superiores al veinte (20) por ciento del importe del Contrato.
La no subsanación de errores detectados durante la ejecución de los trabajos.
La transmisión, comprobada, de información a terceros imputable al Adjudicatario.
Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Contrato
Incumplimiento de las obligaciones esenciales.
2) Asimismo, será causa de resolución del Contrato:
La suspensión del Contrato por plazo superior 6 meses acordada por ACUAMED.
La falta de pago por parte de ACUAMED en el plazo de 6 meses.
3) Darán también lugar a la resolución del Contrato:
La muerte o incapacidad del titular del contrato, si no fuere posible su continuación con sus herederos o sucesores.
El mutuo acuerdo entre las partes.
El desistimiento por parte de ACUAMED.
El vaciamiento del objeto social de ACUAMED, la disolución o la extinción de ACUAMED, cualquiera que sean las causas de tales supuestos.
La concurrencia de cualquiera de las causas señaladas en las cláusulas 1) y 2) tendrá efectos inmediatos desde su comunicación por una de las partes, sin perjuicio de las acciones, reclamaciones o recursos de los que se crea asistida la otra parte.
En el supuesto de que el Adjudicatario resolviese el Contrato, de acuerdo con lo indicado en 2), habrá de comunicarlo por escrito a ACUAMED. En un plazo no superior a treinta (30) días se producirá la valoración y liquidación de los trabajos realizados por el Adjudicatario hasta la fecha de la resolución, y contra el abono o garantía por la cantidad que corresponda, el Adjudicatario entregará a ACUAMED todo el trabajo realizado hasta la fecha.
ACUAMED podrá, en cualquier momento, desistir de este Contrato, por determinación propia, abonando al Adjudicatario todas aquellas cantidades que tuviese acreditadas y, además, una indemnización calculada en el seis
(6) por ciento del valor restante del Contrato en el momento del desistimiento. En el caso de no haber acuerdo en la valoración de esta liquidación, se estará a lo dispuesto en la cláusula correspondiente de este contrato.
La resolución del Contrato por cualquiera de las causas mencionadas en la presente cláusula o en cualquier otra parte del Contrato producirá los siguientes efectos:
d) El Adjudicatario entregará a ACUAMED todo el trabajo realizado hasta la fecha de la resolución, el cuál se valorará y abonará según el criterio del Director del Contrato, una vez descontados los gastos que la resolución ocasione a ACUAMED y las penalizaciones que corresponda aplicar. Como consecuencia de ello, se procederá a una liquidación sumaria de los trabajos realizados por el Adjudicatario.
e) La existencia de cuestiones económicas por resolver, o la falta de acuerdo en la liquidación, no podrán ser motivo para que el Adjudicatario no entregue a ACUAMED la totalidad de los trabajos realizados hasta la fecha de la resolución, pudiendo ACUAMED continuar inmediatamente con el cumplimiento del Contrato por el procedimiento que estime más adecuado.
f) ACUAMED hará efectivos con cargo a la fianza, hasta donde ésta alcance, los daños y perjuicios que le haya causado el hecho motivador de la resolución y que sean imputables al Adjudicatario, notificando a
éste la pertinente relación y liquidación de tales daños y perjuicios, sin detrimento del derecho de ACUAMED a todo el trabajo realizado hasta la fecha.
12. RÉGIMEN DE RECLAMACIONES Y RECURSOS EN LA FASE DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. JURISDICCIÓN.
12.1. Las Partes se comprometen a cumplir el presente Contrato de buena fe, resolviendo por medio de negociaciones y acuerdos amistosos cualquier diferencia que pudiera surgir entre ellas respecto de la aplicación, desarrollo, cumplimiento, interpretación y ejecución del mismo.
12.2. Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente clausula, las controversias que pudieran surgir entre las partes se resolverán por los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional civil, que serán los competentes para conocer las cuestiones relacionadas con la ejecución del Contrato.
12.3. Las Partes, caso de ejercitar acciones judiciales, se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Madrid, con renuncia igualmente expresa a cualesquiera otros fueros que pudiesen corresponderles.
13. RÉGIMEN JURÍDICO.
El Contrato y su oferta anexa quedan sujetos al derecho común.
Y, para que así conste, y en prueba de conformidad con todo lo contenido en este documento, se firma por duplicado por las partes el presente documento, en el lugar y fecha del encabezamiento.
El presente documento se formaliza en este documento privado. Las partes podrán, en cualquier momento, compelerse recíprocamente al otorgamiento de escritura notarial elevándolo a público. Los gastos de la formalización notarial, si se instase de acuerdo con esta cláusula, serán siempre de cargo del Contratista.
ANEXO VI MODIFICACIONES AL CONTRATO
1. SUPUESTOS GENERALES PARA LA MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
Durante la ejecución del contrato, AcuaMed sólo podrá introducir modificaciones en el proyecto vigente aprobado en el sentido que recoge en el TRLCSP en sus artículos 106 y 107. Dichas modificaciones han de ser consensuadas y consentidas por las Partes, debiendo constar dicho consentimiento de forma expresa.
Las modificaciones acordadas por AcuaMed se valorarán de acuerdo con lo establecido en la Cláusula Cuarta del modelo de contrato que se adjunta al Pliego de Cláusulas Reguladoras como Anexo V.
Concurriendo los requisitos mencionados en el presente Anexo, el Contratista quedará obligado a ejecutar el Servicio acordado con estricta sujeción a las modificaciones aprobadas y comunicadas por AcuaMed, sin que la introducción de la modificación le de derecho a reclamar indemnización alguna, ni a introducir otras modificaciones en el Contrato distintas de las que se establezcan expresamente.
2. PROCEDIMIENTO GENERAL PARA LA MODIFICACIÓN.
Cualquier modificación del Contrato que se ajuste a lo especificado en el apartado anterior, quedará sometida al cumplimiento del procedimiento que viene reflejado en el artículo 108 del TRLCSP.
Además de lo expresado en el párrafo anterior, el detalle del proceso a seguir será el que se relaciona a continuación:
a) El director del servicio elevará la relación de las posibles modificaciones al director del departamento de AcuaMed para su conformidad.
b) Se dará audiencia al Contratista, por un plazo mínimo de tres (3) días, en la que habrá de exponer sus consideraciones respecto de las modificaciones y su incidencia respecto al Contrato.
c) La solicitud de modificación deberá ser aprobada por el Órgano de Contratación de AcuaMed que expresará los términos en que haya de reformarse el Contrato, singularmente en lo que se refiere al plazo y precio.
3. IMPORTE DE LA MODIFICACIÓN.
En caso de que en el desarrollo del Servicio se observara la necesidad de ejecutar la modificación, se formulará por el director del servicio el importe correspondiente a dicho trabajo. La factura y abono del importe del nuevo encargo, se concretará sobre la base de los Precios por Unidad del contrato. En caso de que no fuera posible definir el importe en base a los Precios por Unidad existentes, los nuevos precios necesarios se fijarán contradictoriamente entre AcuaMed y el Contratista, previa audiencia a éste por un plazo mínimo de tres (3) días hábiles.
Si el Contratista no aceptase el importe fijado por AcuaMed, el órgano de contratación podrá contratarlos con otro empresario por el mismo precio que hubiese fijado o ejecutarlos directamente.
4. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN.
En el Pliego de Cláusulas Reguladoras para la CONTRATACION DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS OFICINAS DE ACUAMED EN MADRID, no está prevista la modificación del contrato para ambos lotes, sin perjuicio de la ampliación del plazo de ejecución.
De acuerdo con el párrafo anterior, las modificaciones distintas a las anteriores, no previstas en el Pliego de Cláusulas Reguladoras, que pudieran surgir durante el desarrollo de la ejecución del contrato, deberán responder a las circunstancias indicadas en el artículo 107 del TRLCSP.
ANEXO VII TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El adjudicatario, para proporcionar los servicios de vigilancia y seguridad de las oficinas de Acuamed en Madrid, debe tratar datos personales de los empleados de ACUAMED.
ACUAMED facilitará al adjudicatario, probablemente por correo electrónico, los nombres y apellidos de sus empleados, teléfono y correo electrónico profesional.
El adjudicatario empleará los datos personales al único fin del Servicio objeto xxx Xxxxxx
1. Colectivos y Datos Tratados
Los Datos Personales y las categorías de interesados a las que tendrá acceso el adjudicatario serán fundamentalmente:
- Empleados y Directivos de Acuamed (Nombre, apellidos. En su caso, si ACUAMED lo decide, teléfono profesional y/o dirección de correo electrónico profesional.
2. Elementos del tratamiento
El tratamiento de los datos comprenderá:
- Recogida, conservación, Consulta y Modificación
3. Nivel de riesgo y seguridad
Salvo que se señale lo contrario por ACUAMED por escrito, el nivel de riesgo y seguridad que se debe contemplar para este tratamiento es Medio (LOPD) o bien, a efectos RGPD el nivel equivalente al que le corresponda según la LOPD, cuando entre en vigor el RGPD.
4. Disposición de los datos al terminar el servicio
Una vez finalice el encargo, el adjudicatario debe:
Remitir a ACUAMED toda información que no haya remitido anteriormente, suprimiendo cualquier copia en papel o electrónica que esté en su poder, a resguardo de retención por obligación legal.
5. Sistemas de tratamiento
El adjudicatario tratará los datos en los siguientes sistemas de tratamiento:
En sus propios locales:
- En soporte electrónico, empleando sus propios sistemas de tratamiento bajo su responsabilidad, que no podrán incluir almacenamientos o tratamientos en la nube salvo que se encuentre en condiciones de acreditar que su proveedor (de servicios en la nube) cumple con la normativa de protección de datos. Excepción hecha del correo electrónico como medio de remisión de información entre el adjudicatario y ACUAMED, pero sin el empleo de servicios en la nube fuera del espacio de la CE.
En sus propios locales o fuera de los mismos:
- En soportes físicos, tales como cuadernos, libretas y agendas del adjudicatario o de sus profesionales.
- En soportes móviles, tales como teléfonos u ordenadores portátiles, del adjudicatario o de sus profesionales.
6. Medidas de protección
Se deben implantar al menos las medidas de protección siguientes:
Podrá anotar (registrar), consultar, utilizar, conservar y destruir los datos personales cuando ya no resulten necesarios.
Los datos deben protegerse empleando las medidas de seguridad elementales que un empresario ordenado debe tomar para evitar que dichos datos pierdan su razonable confidencialidad, integridad y disponibilidad:
- Informará y formará a empleados sobre sus deberes y protección de datos .
- Mantendrá debidamente protegidos sus sistemas de información electrónicos (cortafuegos, antivirus, copias de seguridad, etc.).
- Custodiará con diligencia las anotaciones y registros en cuadernos, libretas, archivadores y agendas.
- Protegerá los soportes electrónicos móviles (por ejemplo en directorios de teléfono móvil y tabletas) con una contraseña razonable.
- Cuidará de no perder agendas escritas.
- Destruirá la información tan pronto como no sea necesaria.
- En todo caso, deberá implantar mecanismos para:
a) Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
b) Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.
c) Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.
7. Prohibiciones
El adjudicatario, que a los efectos se consideran visitantes en las instalaciones de , tienen prohibido todo otro acceso a datos personales tratados por ACUAMED.
La adjudicataria es responsable de informar de los aspectos asociados a este hecho (deber xx xxxxxxx, etc.).
8. Subcontratación y tratamiento en el extranjero
No está permitida la subcontratación ni tratamiento de los datos de ACUAMED en el extranjero.