CONTRATO Nª 021 -2009/MDA/A ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° 0001-2009/MDA/CE- PVL INSUMOS Y PRODUCTOS PARA EL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE EJERCICIO 2009
CONTRATO Nª 021 -2009/MDA/A
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° 0001-2009/MDA/CE-PVL
INSUMOS Y PRODUCTOS PARA EL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE EJERCICIO 2009
Conste por el presente documento, el Contrato de Suministro que celebran de una parte la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEACOBAMBILLA, con RUC. Nº 20154442155, con domicilio en el Xxxxxx Xxxxxxxx X/X - Xxxxxxxxxxx, debidamente representada por su alcalde, Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, identificado con DNI N° 00000000, que en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD; y de la otra parte la Empresa GLOBAL INDUSTRIAS Y SERVICIOS DEL PERU S.A.C. , con R.U.C. Nº 20486386194, representada por su Gerente General el Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, según inscripción en el Asiento Nº A000001, de la Ficha Registral Nº 11048069 de los Registros Públicos de Junín sede Huancayo, identificado con DNI N° 00000000, con domicilio en Xx. Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xx 000 - Xxxxxxxx, a la que en adelante se le denominará EL CONTRATISTA, en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- EL PROCESO DE SELECCION
De conformidad con lo previsto en el secreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado (en adelante la Ley) y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF (en adelante el Reglamento), LA MUNICIPALIDAD a través de la Resolución de Alcaldía Nº 010-2009-MDA/A de fecha 21 de enero de 2009, aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2009, y mediante Resolución de Alcaldía Nº 040-2009/MDA/A, de fecha 16 de febrero del 2009, se aprobó el valor referencial para adquisición de INSUMOS Y PRODUCTOS PARA EL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE EJERCICIO FISCAL 2009, mediante proceso de ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA , Habiéndose llevado a cabo la ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° 0001-2009/MDA/CE-PVL, la propuesta técnico – económica de EL CONTRATISTA ha cumplido con los requisitos establecidos en las Bases, y siendo la mejor entre las propuestas presentadas, se le adjudicó la Buena Pro.
CLAUSULA SEGUNDA.- DE LAS PARTES CONTRATANTES
LA MUNICIPALIDAD es una Entidad del Estado, regida por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por lo que está facultada según lo dispuesto en la Ley Nº 28289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, a efectuar adquisiciones de bienes y servicios, de conformidad con lo dispuesto por la Ley y el Reglamento.
EL CONTRATISTA es una Persona Jurídica, debidamente constituida e inscrita en los Registros Públicos, regida por la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, cuya actividad principal es la distribución y venta de los bienes objeto del presente contrato.
CLAUSULA TERCERA.- EL OBJETO
Por el presente Contrato, EL CONTRATISTA se obliga a suministrar periódicamente en favor de LA MUNICIPALIDAD, los bienes que constituyen INSUMOS Y PRODUCTOS PARA EL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE PARA EL AÑO FISCAL 2009 de acuerdo a las Especificaciones Técnicas (Anexo Nº 01 de las Bases) del proceso de selección de ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° 0001-2009/MDA/CE-PVL, ofertados en la Propuesta Técnica presentada por EL CONTRATISTA, que forman parte integrante del presente contrato, en todos sus términos.
CLAUSULA CUARTA.- MONTO DEL CONTRATO
LA MUNICIPALIDAD abonará al CONTRATISTA, como contraprestación de la entrega efectiva los bienes objeto del presente Contrato, hasta la suma total de S/. 97,848.00(Noventa y Siete Mil Ochocientos Cuarenta y Ocho con 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV, de acuerdo a los precios unitarios ofertados en la Propuesta Económica presentada por EL CONTRATISTA, que forma parte integrante del presente contrato en todos sus términos, el cual se detalle en el siguiente cuadro:
ITEM |
DESCRIPCIÓN |
UNIDAD MED. |
CANT. |
P. UNIT. |
P. TOTAL |
I |
LECHE ENTERA EVAPORADA |
TARRO x 410 gm |
21600 |
2.33 |
50,328.00 |
II |
HOJUELA XX XXXXX PRE COCIDA |
Kg. |
10800 |
4.40 |
47,520.00 |
TOTAL EN S/. |
97,848.00 |
El pago se efectuará de acuerdo a los términos descritos en el Anexo Nº 01 de las Bases de la ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° 0001-2009/MDA/CE-PVL.
CLAUSULA QUINTA.- DEL PLAZO DE EJECUCION DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato es por el periodo comprendido, desde el día siguiente de su suscripción hasta el 31 de diciembre de 2009.
CLAUSULA SEXTA.- DE LA GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO
En garantía del resarcimiento proveniente del eventual incumplimiento en la prestación a su cargo, EL CONTRATISTA entrega la Garantía de Fiel Cumplimiento por la cantidad de S/.9,784.80 Nueve Mil Setecientos Ochenta y Cuatro. y 80/100 Nuevos Soles), cantidad equivalente al diez por ciento (10%) del monto total adjudicado, con vigencia hasta la conformidad del último mes del suministro. Dicha Garantía estará bajo custodia en LA MUNICIPALIDAD.
Asimismo, EL CONTRATISTA hace entrega de la Constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado expedido por el Registro Nacional de Proveedores (RNP).
CLAUSULA SEPTIMA.- DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente instrumento contractual, bajo sanción de quedar Inhabilitado para Contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
EL CONTRATISTA es responsable total de la ejecución y el cumplimiento del Contrato de acuerdo a los parámetros de calidad y las condiciones de entrega de los bienes descritos en su propuesta Técnica.
EL CONTRATISTA es responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los bienes ofertados por un plazo de un mes contado a partir de la conformidad de la última entrega, el cronograma de entrega es el siguiente:
-
PERIODO
FECHA DE ENTREGA
ENERO, FEBRERO, MARZO Y ABRIL
INMEDIATO
MAYO Y JUNIO
20/06/2009
JULIO Y AGOSTO
20/08/2009
SETIEMBRE Y OCTUBRE
20/10/2009
NOVIEMBRE Y DICIEMBRE
20/12/2009
El CONTRATISTA deberá entregar junto a cada lote del suministro mensual de los insumos para el programa vaso de leche, certificados físico químico y microbiológico que garanticen la calidad de los mismos y serán responsables solidarios ante la Municipalidad EL CONTRATISTA y el laboratorio que acredite la conformidad de dichos certificados.
EL CONTRATISTA se obliga a cumplir con toda fidelidad y exactitud:
Las características Cualitativas y Cuantitativas descritas en las Bases del proceso de selección de ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° 0001-2009/MDA/CE-PVL y/o las que LA MUNICIPALIDAD requiera, de conformidad con el Artículo 49º de la Ley.
Las características de su Propuesta Técnica – Económica, comprometiéndose expresamente a no alterarlas, modificarlas ni sustituirlas, durante la vigencia y ejecución del presente Contrato sin autorización escrita de la Municipalidad.
CLAUSULA OCTAVA.- ATRIBUCIONES, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DE LA MUNICIPALIDAD
Son atribuciones, obligaciones y responsabilidad de LA MUNICIPALIDAD las siguientes:
8.1 Proporcionar a EL CONTRATISTA las facilidades y toda información disponible que se requiera, para la correcta entrega de los bienes objeto del presente contrato.
8.2 Efectuar el pago oportuno, de acuerdo a la Cláusula Cuarta.
8.3 LA MUNICIPALIDAD para el seguimiento del cabal cumplimiento de la ejecución del presente Contrato, designa a la oficina de Desarrollo Social para efectuar las coordinaciones con respecto a la entrega de los bienes y conformidad de la misma, sin perjuicio del correspondiente ingreso al Almacén de la Entidad.
CLAUSULA NOVENA.- DE LAS PENALIDADES
EL CONTRATISTA, en caso de incumplimiento en la entrega de los bienes, se obliga a asumir las penalidades previstas en el Artículo 165º del Reglamento.
CLAUSULA DECIMA.- CAUSALES DE RESOLUCION POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATISTA
Son causales de resolución del presente contrato, las establecidas en el Artículo 168º del Reglamento.
CLAUSULA DECIMO PRIMERA.- RESOLUCION DE CONTRATO
La resolución del presente contrato se formalizará de conformidad con el Artículo 167 del Reglamento.
CLAUSULA DECIMO SEGUNDA.- SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de Contrataciones del Estado, de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado según Decreto Legislativo Nº 1017 y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, en el centro de arbitraje xxx xxxxxxx Colegio de Abogados de Huancavelica, cada parte designará a su arbitro y ambas partes elegirán al presidente del tribunal.
Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El Laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa.
CLAUSULA DECIMO TERCERA.- DE LA RESPONSABILIDAD POR DAÑOS
EL CONTRATISTA deberá responder en caso de daños y perjuicios, ocasionados como consecuencia del incumplimiento del presente contrato; igualmente, responderá por los daños y perjuicios causados a LA MUNICIPALIDAD o a terceros, por actos propios o de su personal, en los que medie dolo o culpa irresponsable en la entrega de los bienes.
CLAUSULA DECIMO CUARTA.- CONDICIONES FINALES
Forma parte integrante del presente contrato, las Bases de la ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° 0001-2009/MDA/CE-PVL, el contenido de los sobres que EL CONTRATISTA presentó en el citado proceso de selección.
En todo lo no previsto, es de aplicación las disposiciones de la Ley, el Reglamento y, supletoriamente, las disposiciones del Código Civil.
En señal de conformidad las partes suscriben el presente contrato a los 21 días de xxxxx.xx 2009.
LA MUNICIPALIDAD EL CONTRATISTA
Dirección: Barrio Progreso s/n – Acobambilla; E-mail: xxxx_xxxx0000@xxxxxxx.xxx
Teléfono comunitario: (067) 812543; Celular: 964876552