ACUERDO
Anexo II. Modelo de acuerdo con el anfitrión de una reunión del Consejo Ejecutivo
ACUERDO
entre
LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL TURISMO
y
EL GOBIERNO DE (…)
en relación con la celebración de la … reunión del Consejo Ejecutivo en (ciudad, [país]), del (fecha) al (fecha) (en adelante, «la Reunión»), tras la invitación del Gobierno de (país anfitrión) (en adelante, «el Gobierno»), aceptada por el Consejo en su … reunión (decisión …).
El presente acuerdo se basa en el artículo 32 de los Estatutos de la Organización Mundial del Turismo (en adelante, «la Organización»), en el que se establece que: «la Organización gozará en los territorios de sus Estados Miembros, de los privilegios e inmunidades requeridos para el ejercicio de sus funciones. Dichos privilegios e inmunidades podrán ser definidos por acuerdos concluidos por la Organización», así como en la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de los Organismos Especializados de las Naciones Unidas, de 1947, y su Anexo XVIII (en adelante, «la Convención»), adoptada por la decimoséptima Asamblea General mediante su resolución 545 (XVII), y en la resolución 136(V) de la quinta Asamblea General de la Organización (en adelante, «la resolución 136(V)».
El Gobierno, por mediación de su Ministro/a de Turismo y representado por su Ministro/a de Turismo (nombre), y la Organización, representada por su Secretario/a General, (nombre), han acordado lo siguiente:
I
Prerrogativas, inmunidades y facilidades
1. De conformidad con el Reglamento del Consejo Ejecutivo, el Secretario General de la Organización invita a los participantes a asistir a la Reunión. La Secretaría facilitará oportunamente los nombres de quienes acepten la invitación a las autoridades debidamente designadas a tal efecto por el Gobierno, a fin de que sea posible organizar su viaje y su estancia en dicho país en las mejores condiciones posibles.
2. El Gobierno reconoce la personalidad internacional y la capacidad legal de la Organización y le garantiza la independencia y la libertad de acción acordes a su rango de organismo especializado de las Naciones Unidas y conforme a sus Estatutos. En relación con la Reunión, se aplicará la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de los Organismos Especializados de las Naciones Unidas de 1947 (en adelante, «la Convención»), adoptada por la decimoséptima Asamblea General mediante su resolución 545 (XVII).
3. Todos los participantes y todas las personas que ejerzan funciones relacionadas con la Reunión tendrán derecho a entrar y salir sin impedimentos de (país anfitrión). El Gobierno tomará las medidas necesarias para facilitar la entrada, la estancia y la salida de su territorio a los participantes, independientemente de su nacionalidad. Los visados necesarios se emitirán de forma gratuita y sin demora.
4. Los participantes gozarán de las prerrogativas e inmunidades conferidas a los delegados en las conferencias de organismos especializados de las Naciones Unidas, conforme a lo dispuesto en el artículo V de la Convención.
5. El Secretario General de la Organización gozará de las prerrogativas e inmunidades, las exenciones y las facilidades conferidas a los jefes de misiones diplomáticas, conforme a lo dispuesto en el artículo VI de la Convención.
6. Los funcionarios de la Organización disfrutarán también de las prerrogativas e inmunidades conferidas para las conferencias de organismos especializados de las Naciones Unidas, conforme a lo dispuesto en los artículos VI y VIII de la Convención.
7. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Convención, todos los participantes y personas que ejerzan funciones relacionadas con la Reunión gozarán de las prerrogativas e inmunidades, de las facilidades y de las cortesías necesarias para el ejercicio independiente de sus funciones en relación con la Reunión.
II
Condiciones para organizar la Reunión
1. La Reunión se celebrará en (ciudad [país]), del ... al ... (fechas).
2. El Gobierno del (país anfitrión), además de las obligaciones financieras estipuladas en el Anexo I al presente Acuerdo y otras secciones del mismo, asumirá los costos reales adicionales relacionados directa o indirectamente con la celebración de la Reunión en (ciudad [país]), en lugar de en la sede de la Organización en Madrid (España).
3. El Gobierno de (país anfitrión) proporcionará a la Organización, con motivo de esta Reunión, el personal, los despachos, el equipo de interpretación, el mobiliario de oficina y el equipo de reproducción de documentos que sean necesarios durante la Reunión, según la enumeración que figura en el Anexo y que se estipularán, si es necesario, en cláusulas adicionales.
4. La Organización y el Gobierno suministrarán para la Reunión los bienes y servicios en especie que se relacionan en el Anexo II y que se tasarán en un valor razonable en la fecha de suscripción del presente Acuerdo. Salvo acuerdo en contrario, los bienes en especie se devolverán a la correspondiente parte proveedora una vez finalizado el proyecto.
5. El Gobierno de (país anfitrión) no responsabilizará a la Organización de ninguna lesión o daño que pudieran sufrir las personas o instalaciones antes mencionadas, ni de las consecuencias de ninguna reclamación interpuesta por esos daños, salvo en el caso de negligencia grave.
6. La sala de conferencias, los despachos y los demás recintos puestos a disposición por el Gobierno constituirán la zona de conferencias y serán considerados como recintos de la Organización mientras dure la Reunión y en el transcurso de cualquier periodo adicional necesario para preparar y concluir la organización de la misma.
7. Habida cuenta de las normas obligatorias en materia de seguridad que impone el Departamento de Seguridad de las Naciones Unidas (UNDSS por su sigla inglesa), el Gobierno tomará las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los delegados, el personal y los visitantes que participen en el evento. El país anfitrión ofrecerá protección para garantizar el buen funcionamiento del evento en una atmósfera de seguridad y tranquilidad, libre de todo incidente de seguridad, para lo cual aplicará, entre otros, los siguientes procedimientos:
• Designar a un responsable de seguridad para que el departamento de la OMT encargado de la seguridad pueda ponerse en contacto con él/ella en todo momento.
• Examinar los lugares en que se desarrolla el evento (hoteles/alojamiento y lugar de celebración del evento) y el perímetro, comprobar el material de seguridad y asegurarse de que se encuentra en buen estado, y verificar qué personal se necesita para preparar un plan de seguridad.
• Comprobar que se cumplen todas las medidas de seguridad válidas para incendios, que hay salidas de emergencia, etc. en el lugar donde se desarrolla el evento y en su perímetro.
• Poner en práctica un sistema correcto de acceso al lugar donde se desarrolla el evento.
• Tomar todas las medidas necesarias para garantizar en todo momento la seguridad de los participantes, especialmente en el caso de personalidades (recogida, traslado e instalación).
• Distribuir información de interés sobre seguridad entre los participantes. Esta información debe cubrir las normas de seguridad básicas que han de seguirse en caso de emergencia (plan de evacuación), la indicación de las rutas y salidas de emergencia, la ubicación de los servicios sanitarios, los teléfonos de emergencias, etc.
Si los requisitos de seguridad impuestos por el UNDSS prevén la firma de un memorando de entendimiento, dicho memorando se adjuntará como anexo a este Acuerdo tras la debida aceptación por ambas partes.
8. El presente Acuerdo y sus anexos, que deberán firmar y aprobar debidamente ambas partes, entrarán en vigor en la fecha de la firma y mantendrán su vigencia mientras dure la Reunión y durante cualquier periodo adicional necesario para preparar y concluir su organización.
9. Todo uso del nombre o el emblema, la bandera o la abreviación del nombre de la OMT en relación con la Reunión requerirá una solicitud previa a la OMT y la autorización escrita de la Secretaría, así como el cumplimiento de las condiciones para el uso de los signos de la OMT.
10. Las partes se comprometen a mantener un contacto constante para la preparación y el desarrollo de la Reunión, a informarse mutuamente de cualquier asunto que pudiera afectar al cumplimiento del Acuerdo y a cooperar y colaborar en todas las cuestiones oportunas en relación con el presente Acuerdo. Con este fin, cada una de las partes designará a un funcionario como coordinador de la conferencia y le comunicará su nombre, cargo y datos de contacto a la otra.
11. Cualquier enmienda de este Acuerdo o de cualquiera de sus anexos se efectuará por consenso entre las partes mediante una carta de acuerdo complementaria adecuada.
12. Las partes harán cuanto esté en su mano para buscar una solución amistosa de cualquier diferencia, controversia o litigio derivado o relacionado con este Acuerdo. Si dicha diferencia, controversia o litigio no pudiera solucionarse mediante la negociación directa entre las partes, se resolverá de acuerdo con el artículo IX de la Convención.
Dado en [lugar] el [fecha] en [lengua]
Opción 1 (una lengua oficial de la Organización)
Opción 2 (más de una lengua, siendo una de ellas lengua oficial de la Organización y la otra no] [lengua] y [lengua], prevaleciendo, en caso de conflicto entre ambas versiones, la versión en [lengua oficial de la Organización o lengua utilizada en la redacción y verificación].
Opción 3 (más de una lengua, siendo ambas lenguas oficiales de la Organización) en [lengua] y [lengua], prevaleciendo, en caso de conflicto entre ambas versiones, la versión en [lengua utilizada en la redacción y verificación].
Por el Gobierno de (país anfitrión)
.......................................
(nombre)
Ministro de Turismo
(lugar), (fecha)
Por la Organización Mundial del Turismo
.......................................
(nombre) Secretario General
(lugar), (fecha)
ANEXO I SOBRE
TÉRMINOS Y CONDICIONES
A. SERVICIOS Y GASTOS QUE ASUMIRÁ EL GOBIERNO
I. RECINTOS Y EQUIPOS
1. El Gobierno proporcionará los recintos, las instalaciones y los equipos relacionados a continuación:
a) Una sala de conferencias para la reunión del Consejo (de no menos de 350 metros cuadrados), con las siguientes características:
- Capacidad para aproximadamente 120 personas sentadas con mesas dispuestas en forma de U, más asientos para otras 30 personas sin mesas, así como una mesa presidencial con 9 asientos, que cierre el extremo abierto de la U. Una mesa adicional para 3 personas cercana a la mesa presidencial o detrás de esta.
- Cada participante recibirá un auricular, mientras que los micrófonos (aproximadamente 60 en total) se distribuirán del siguiente modo:
• Mesa presidencial: 5 micrófonos
• Atril: 1 micrófono
• Xxxx dispuesta en forma de U: un micrófono por cada dos delegados.
- El atril estará equipado con un ordenador.
- La sala (mesa presidencial y mesas dispuestas en forma de U) estará equipada con
placas nominativas (diseño facilitado por la OMT).
- La sala estará equipada para presentaciones con PowerPoint con al menos dos pantallas de grandes dimensiones.
- La sala estará equipada con 5 cabinas dobles para interpretación simultánea, es decir, una por cada lengua de interpretación (árabe, español, francés, inglés y ruso), de acuerdo con las especificaciones de la Asociación Internacional de Intérpretes de Conferencia (AIIC):
• xxxx://xxx.xxxx.xxx/XxxxXxxx.xxx/xxxx000.xxx
• xxxx://xxx.xxxx.xxx/XxxxXxxx.xxx/xxxx000.xxx
- La sala estará equipada con un sistema digital para la doble grabación de las deliberaciones (desde el estrado y desde la cabina inglesa).
- La sala estará equipada con un panel de grandes dimensiones (diseño facilitado por la OMT), en el que se indicarán el nombre, el lugar y las fechas del Consejo Ejecutivo en español, xxxxxxx x xxxxxx, con el logotipo del país anfitrión a la derecha y el de la Organización a la izquierda.
- Deberá haber un tablón a la entrada de la sala de conferencias para anunciar cualquier información de interés para los delegados.
b) Un despacho para el Secretario General, equipado del siguiente modo:
- mesa de despacho con silla, y otras dos sillas para visitas;
- un espacio de reunión para 6 personas (una mesa redonda y 6 sillas).
c) Un despacho para el Jefe de Gabinete del Secretario General, contiguo al despacho del Secretario General, con:
- 1 mesa con 2 sillas;
- un ordenador y una impresora;
- un área de espera con un sofá o varias butacas para las visitas que esperan al Secretario General.
d) Un despacho para los Directores Ejecutivos, con:
- 3 mesas con una silla cada una;
- un ordenador y una impresora;
- un espacio de reunión para 6 personas (una mesa redonda y 6 sillas).
e) Un despacho para el Asistente de los Directores Ejecutivos, contiguo a su despacho, con:
- 1 mesa con 2 sillas;
- un ordenador y una impresora;
f) Un despacho para el secretario del Consejo Ejecutivo y el Director de Administración y Finanzas, con:
- 2 mesas con 2 sillas cada una;
- 2 ordenadores y una impresora;
- un espacio de reunión para 6 personas (una mesa redonda y 6 sillas).
g) Un despacho para la secretaría de Conferencias, con:
- 4 mesas con una silla cada una;
- 4 ordenadores y 2 impresoras (conectadas a los 4 ordenadores);
- material de oficina (conforme a la lista de material suministrada por separado);
h) Una sala grande para la reproducción y el almacenamiento de los documentos, con:
- 5 mesas o estanterías grandes (1 por cada lengua oficial) y 2 mesas auxiliares para preparar los documentos;
- 2 fotocopiadoras de alta velocidad e impresión a doble cara (mínimo 90 copias/minuto);
- Papel1 (20.000 hojas de DIN-A4) y material para la reproducción de documentos.
i) Una sala para los delegados cercana a la sala de conferencias, con:
- 3 ordenadores con acceso gratuito a Internet;
j) Un despacho multiuso, con:
- 8 sillas y una mesa redonda.
k) Un mostrador de inscripciones para 3 personas, con:
1 El papel tendrá preferiblemente un alto contenido reciclado y estará totalmente libre de cloro o libre de cloro elemental (TCF o ECF).
- 3 ordenadores;
- postes y cordones para organizar a los delegados que esperan para inscribirse;
- 1 mesa auxiliar, si es preciso, para el material de las inscripciones (tarjetas identificativas, accesorios de sujeción, etc.).
l) Un mostrador de información para 2 personas, con un tablón cerca para anunciar cualquier información de interés para los delegados.
2. En relación con todas las instalaciones mencionadas anteriormente, se aplicarán las siguientes normas:
a) Mobiliario y disponibilidad: Todas las salas y los despachos estarán amueblados de acuerdo con el uso que se les vaya a dar y estarán disponibles al menos 48 horas antes de la inauguración del Consejo. Los despachos para la secretaría de Conferencias y para la reproducción de documentos deberán estar disponibles antes, en una fecha que se comunicará oportunamente (es decir, la fecha de llegada del personal de la secretaría de Conferencias), y por el tiempo que sea necesario para preparar y concluir la organización de la Reunión (hasta un día después de que esta finalice).
b) Comunicación: Todos los despachos estarán comunicados con la red de teléfonos interna. Los despachos del Secretario General y de la secretaría de Conferencias estarán dotados de una línea telefónica internacional. El despacho de la secretaría de Conferencias contará también con un fax internacional directo, con una línea telefónica separada. Además, el Gobierno proporcionará 7 unidades de radio (y cargadores) como medio de comunicación durante la preparación, el desarrollo y el desmantelamiento de la Reunión. El costo de comunicación correrá a cargo del Gobierno.
c) Ordenadores e impresoras: El Gobierno proporcionará 16 ordenadores y 6 impresoras láser, con las siguientes especificaciones:
- Procesador: Pentium IV 2.0 GHz o superior
- Memoria: 1 giga como mínimo
- Monitor: TFT 15 pulgadas como mínimo
- Teclado: QWERTY internacional
- Sistema: Windows 7
- Programa: Microsoft Office 2010
- Unidad de lectura y grabación de CD-Rom y DVD
- Conexión a Internet
- Ratón
- Impresoras: adaptadas al sistema mencionado.
II. PERSONAL LOCAL RESPONSABLE ANTE EL SECRETARIO GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN
1. El Gobierno de (país anfitrión) proporcionará el personal local siguiente:
- 3 oficiales de conferencias para prestar asistencia en las sesiones plenarias en xxxxxx, xxxxxxx y español;
- 3 oficiales de conferencias que se encarguen de la inscripción de los participantes en el lugar de la Reunión, con buenos conocimientos de las tres lenguas mencionadas;
- 2 oficiales de conferencias para el mostrador de información, con buenos conocimientos de las tres lenguas mencionadas;
- 2 técnicos para la reproducción de documentos (1 técnico de reproducción y 1 técnico de mantenimiento para la fotocopiadora) en todo momento (incluida la noche del … al …), con buenos conocimientos xx xxxxxx, xxxxxxx o español;
- un técnico responsable en todo momento de la grabación de las deliberaciones y del equipo audiovisual, con buenos conocimientos xx xxxxxx, xxxxxxx o español;
- un informático responsable en todo momento de resolver cualquier posible problema técnico, con buenos conocimientos xx xxxxxx, xxxxxxx o español;
III. TRANSPORTE (PARA FUNCIONARIOS DE LA SECRETARÍA, INTÉRPRETES Y MATERIAL NECESARIO PARA LA REUNIÓN)
1. El costo del viaje de los funcionarios designados por el Secretario General, así como el transporte del material necesario, correrá a cargo del Gobierno. El número de empleados que viajarán a (ciudad [país]), no podrá ser superior a 15, más los 2 miembros del personal que viajen para la visita preliminar.
2. El Gobierno proporcionará también pasajes aéreos de ida y vuelta desde un punto de origen hasta el lugar en que se celebre el Consejo para los intérpretes de contratación no local.
3. Todos los pasajes aéreos se emitirán en clase ejecutiva cuando la duración total del viaje (con escalas incluidas) sea de nueve horas o más, de acuerdo con las normas de las Naciones Unidas, y se pondrán a disposición de la Secretaría al menos 15 días antes de las respectivas fechas de viaje.
4. El transporte aéreo de material y equipo entre el lugar de la Reunión y la sede de la Organización correrá a cargo del Gobierno y se realizará por el medio que determine la Secretaría (MCO, exceso de equipaje, empresa de mensajería, etc.) para un máximo de 100 kg en cada trayecto. El Gobierno podrá también, previa consulta a la Secretaría, proporcionar un equipo equivalente en el lugar de la Reunión.
IV. TRASLADOS
1. El Gobierno cubrirá los gastos del transporte local de los miembros de las delegaciones y del personal de la Secretaría entre el aeropuerto y los hoteles y entre los hoteles y el lugar de las reuniones, así como cualquier otro transporte local necesario (actos sociales, etc.).
V. ALOJAMIENTO Y DIETAS PARA LOS MIEMBROS DE LA SECRETARÍA Y LOS INTÉRPRETES
1. El Gobierno proporcionará alojamiento y desayuno al personal de la OMT designado por el Secretario General en un hotel cerca del lugar de la Reunión. El Secretario General se alojará en una suite. El Gobierno proporcionará también alojamiento a los intérpretes de contratación no local.
2. Un mes antes de la inauguración de la reunión del Consejo Ejecutivo, el Gobierno transferirá a la Organización la suma correspondiente a los importes a los que tenga derecho el personal de la OMT cuando trabaje fuera de su lugar de destino, según las normas de las Naciones Unidas, incluidos, entre otros, los correspondientes a dietas, reducidas en un 50 por ciento, ya que se proporciona alojamiento y desayuno. Esta suma será transferida por el Gobierno previa presentación de la correspondiente factura proforma emitida por la OMT.
3. De conformidad con las normas de la Asociación Internacional de Intérpretes de Conferencia (AIIC), el servicio de pagaduría del Gobierno deberá pagar a los intérpretes de contratación no local, en dólares de los EE.UU., los honorarios previstos en sus contratos en concepto de días de viaje / pérdida de ingresos, además de las dietas (en moneda local), conforme a la escala de las Naciones Unidas, reducidas en un 50 por ciento, dado que el Gobierno proporciona alojamiento y desayuno, así como las demás prestaciones debidas. También se pagarán, si procede, los subsidios de viaje (en dólares de los EE.UU.).
Nota: La contratación de los intérpretes corresponde a la Secretaría. Los intérpretes pueden contratarse en el entorno local siempre que sean miembros de la Asociación Internacional de Intérpretes de Conferencia (AIIC) y cumplan los requisitos de la Organización. Los honorarios de los intérpretes correrán por cuenta de la Organización.
4. El responsable del Gobierno efectuará el pago de los importes a los que tengan derecho los intérpretes, a su llegada, basándose en un extracto detallado que la Secretaría preparará y presentará al Gobierno con suficiente antelación, y en el que se indicará la duración del viaje y la estancia de cada intérprete.
VI. OTROS SERVICIOS
1. El Gobierno suministrará directamente los siguientes servicios:
a) La recepción y el traslado de los participantes en los aeropuertos (… y posiblemente
…)
b) El bloqueo de un número suficiente de habitaciones con tarifas reducidas para los participantes en el hotel principal, así como en hoteles alternativos cercanos de diferentes categorías (de 3, 4 y 5 estrellas).
c) La disponibilidad de un centro de negocios, una oficina de cambio de divisas, un servicio médico y una agencia de viajes (para confirmación o cambio de pasajes aéreos y programa de visitas opcionales para los delegados) y la señalización adecuada de todos los servicios existentes en el lugar de la Reunión.
d) Agua potable y café: deberá ofrecerse agua en las salas de conferencias, así como en las cabinas de los intérpretes y en todos los despachos, desde la llegada del personal. Para la sala de conferencias, se ofrecerá café por la mañana y por la tarde.
e) Un almuerzo-buffet para los participantes en los dos días de trabajo del Consejo (fechas), que incluya platos sin cerdo y platos vegetarianos. En cada plato habrá un cartel con una breve descripción del contenido.
f) Programa social y visitas técnicas.
B. SERVICIOS Y GASTOS QUE ASUMIRÁ LA ORGANIZACIÓN
I. PARTICIPACIÓN EN EL CONSEJO
1. La Organización enviará invitaciones en todas sus lenguas oficiales a los destinatarios oficiales de la OMT en los plazos fijados en los Estatutos, además de los correspondientes recordatorios, para garantizar el más alto grado posible de participación.
2. La Organización difundirá entre los delegados del Consejo Ejecutivo la información necesaria sobre el lugar de la Reunión para facilitar su asistencia en condiciones óptimas.
3. La Organización gestionará y supervisará la inscripción en línea de los participantes a través de un espacio dedicado específicamente a ello en su web.
4. La Organización preparará una lista provisional de participantes antes de la Reunión, que se difundirá electrónicamente entre los participantes inscritos. Durante la Reunión, se podrá disponer de una copia de la lista provisional disponible en el mostrador de información para facilitar la consulta por parte de los delegados. Finalizada la Reunión, la Organización preparará la lista final de participantes, que se difundirá electrónicamente entre los participantes inscritos y se incluirá en la web de la OMT.
II. LOGÍSTICA DE LA REUNIÓN
1. La Organización enviará a dos funcionarios para una visita preliminar al lugar de la Reunión, a fin de realizar la selección final de las instalaciones más adecuadas para la celebración del Consejo Ejecutivo, el alojamiento de los participantes y el programa social, así como para entablar un contacto de trabajo con los coordinadores locales.
2. La Organización comunicará regularmente a las autoridades designadas por el Gobierno los nombres y los datos de contacto de los participantes inscritos a través de su web, y coordinará además en general con el país anfitrión todos los aspectos logísticos de la Reunión.
3. La Organización supervisará la preparación de la sala, así como la inscripción de los participantes en el lugar de la Reunión.
4. Durante la Reunión, la Organización comunicará a los participantes cualquier información logística que sea de su interés (horario de las sesiones, traslados, eventos sociales, etc.).
5. Al finalizar la Reunión, la Organización difundirá electrónicamente un cuestionario de evaluación entre los participantes.
III. ORDEN DEL DÍA Y DEBATES
1. La Organización estructurará el orden del día y el programa de la Reunión.
2. La Organización asumirá la dirección de los debates durante las sesiones.
IV. DOCUMENTACIÓN
1. La Organización se ocupará de la redacción de los documentos para la Reunión, los traducirá a su cargo a sus lenguas oficiales y los distribuirá antes, durante y después de la Reunión, coordinará la reproducción en papel de los que se elaboren en el lugar de la Reunión y los publicará en la web. También difundirá las decisiones adoptadas en la Reunión por correo electrónico y las publicará en la web.
V. SERVICIOS DE INTERPRETACIÓN
1. La Organización seleccionará y contratará cuantos intérpretes de nivel internacional –miembros de la AIIC– sea necesario para atender a las necesidades de la Reunión en las cinco lenguas oficiales de la OMT, de conformidad con el Acuerdo entre Naciones Unidas y la AIIC, y asumirá el pago de sus honorarios.
VI. PLAN DE COMUNICACIÓN
1. La Organización pondrá en práctica un plan de comunicación para el Consejo Ejecutivo basado en sus propios recursos, a través de su web y de sus actividades mediáticas específicas.
ANEXO II
La siguiente tabla muestra los bienes y servicios en especie que la Organización y el Gobierno deberán suministrar para la Reunión, con su valor razonable en la fecha de conclusión del acuerdo.
Finalizado el proyecto, y siempre que sea viable, dichos bienes en especie se devolverán al proveedor correspondiente.
Bienes y servicios en especie que suministrará el Gobierno para el proyecto | ||||
Descripción | Resultado | Actividad | Valor razonable (moneda) | |
a) | Bienes en especie | |||
xxx | ||||
xxx | ||||
Subtotal | ||||
b) | Servicios en especie | |||
xxx | ||||
xxx | ||||
Subtotal | ||||
Total | ||||
Bienes y servicios en especie que suministrará la OMT para el proyecto | ||||
Descripción | Resultado | Actividad | Valor razonable (moneda) | |
a) | Bienes en especie | |||
xxx | ||||
xxx | ||||
Subtotal | ||||
b) | Servicios en especie | |||
xxx | ||||
xxx | ||||
Subtotal | ||||
Total |