Condiciones generales para la contratación del servicio de arrendamiento de equipo de cómputo
Condiciones generales para la contratación del servicio de arrendamiento de equipo de cómputo
A. CONDICIONES GENERALES
Popular Valores Puesto de Bolsa S.A., le invita a participar en la presente Licitación Abreviada, se recibirán ofertas electrónicas por medio del sistema SICOP, según fecha y hora indicadas en el cartel electrónico.
1. Objeto de la contratación
Línea | Descripción |
1 | Arrendamiento de equipo de cómputo. |
2. La oferta económica debe cumplir con los requerimientos y especificaciones técnicas contenidas en el cartel electrónico y documento complementario de condiciones generales para la contratación, según el artículo 35 del Reglamento para la Utilización del Sistema Electrónico de Compras Públicas Mercado en Línea –SICOP.
3. El Departamento de Servicios Administrativos de Popular Valores Puesto de Bolsa S.A. tramitará el procedimiento de adquisición y proporcionará cualquier información adicional necesaria respecto a las especificaciones y documentación relacionada con esta compra, previa coordinación con la Unidad Técnica o Área Usuaria responsable.
4. El oferente deberá manifestar o indicar expresamente en su oferta si acepta que la vigencia de la misma es de un mínimo de 60 (sesenta) días hábiles. En caso de que no indique expresamente un plazo determinado, se entenderá que se acepta el plazo de dicha vigencia será de 60 (sesenta) días hábiles.
5. El inicio de los plazos contractuales comenzará a regir a partir de la notificación formal de la respectiva Orden de Pedido a la empresa, comunicación que deberá efectuar el Departamento de Servicios Administrativos mediante el sistema de compras SICOP.
6. Se entenderá para todo efecto por plazo de entrega inmediato al día hábil siguiente después de la comunicación señalada.
7. Todo oferente debe presentar certificación que se encuentra al día en el pago de las obligaciones con el FODESAF (Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares), según reforma a la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares No.5662.
8. Todo oferente debe presentar certificación que se encuentra al día en el pago de las encontrarse al día en el pago de las cuotas obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social CCSS.
9. Los oferentes deben detallar en forma clara y por separado el costo del alquiler de los equipos solicitados objeto de esta contratación (indicar precio unitario, precio total, total antes de impuestos y total con impuestos) en números y letras coincidentes, en caso de duda prevalecerá el valor cotizado en letras.
10. Los precios deberán ser cotizados firmes, definitivos e invariables durante el período de vigencia de la oferta. Se debe señalar por aparte el desglose de los tributos que afectan los precios, en caso de omitirlos se consideran incluidos en el precio cotizado.
11. El pago del servicio de alquiler se realizará mensualmente por medio de depósito a cuenta corriente o de ahorro que el adjudicatario mantenga preferiblemente con el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, dentro de los treinta días naturales después de recibidos en conformidad el servicio adjudicado, y la factura original o comprobante que reúnan los requisitos establecidos por la Dirección General de la Tributación Directa. Los oferentes pueden cotizar en colones o en una divisa extranjera, pero la Administración pagará en colones al tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central xx Xxxxx Rica, vigente a la fecha del pago.
12. El pago de los servicios objeto de esta contratación, se realizará una vez que los mismos hayan sido entregados en las oficinas de Popular Valores Puesto de Bolsa S.A., ubicadas en el octavo piso del Edificio Xxxxx Xxxxxxxx en el Paseo Xxxxx, xxxx revisados y recibidos a entera satisfacción por parte de la Unidad Técnica o Área Usuaria responsable, mediante visto bueno en la factura. En ningún caso se efectuarán pagos adelantados.
13. La Administración realizará la recepción definitiva como máximo 30 (treinta) días naturales posteriores a la entrega provisional por parte de la adjudicataria, salvo que tal plazo deba suspenderse por requerirse modificaciones o que se completen entregas parciales por parte de aquellas (aplicando si es del caso el régimen sancionatorio) o que del todo se interrumpa por el inicio del proceso de resolución contractual.
14. Garantía de Participación.
a) La garantía de participación debe ser de un cinco por ciento (5%) del total de la oferta, y con una vigencia mínima de 2 meses contados a partir del día de apertura de las ofertas. Si esta vigencia fuera inferior a la establecida en el numeral 43 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, el oferente dispondrá de cinco días hábiles para subsanar esta condición, contados a partir del día hábil siguiente de la apertura de ofertas.
b) Xxxx se aceptarán como garantías de participación los medios que se establecen en el artículo 42 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
c) Si la oferta se hace en moneda extranjera, la garantía de participación se debe rendir en colones costarricenses, y para comprobar que se cumple con el porcentaje solicitado como garantía - se procederá de la siguiente forma:
i. Tratándose de dólares de Estados Unidos de América, se debe utilizará el tipo de cambio de venta de referencia que reporte el Banco Central xx Xxxxx Rica, vigente al día anterior a la presentación de la oferta.
ii. Tratándose de la conversión de otras monedas, diferentes al dólar de los Estados Unidos de América, a colones, se convertirán estas monedas a dólares de los Estados Unidos de América y éstos a colones, conforme a la regla establecida en el inciso anterior.
d) La garantía de participación, debe ser rendida electrónicamente a través del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), de conformidad con lo establecido en el Reglamento de uso del Sistema sobre la rendición de garantías.
B. ESPECIFICACIONES TECNICAS
1. El objeto del presente proceso de contratación administrativa consiste en el arrendamiento de 56 (cincuenta y seis) computadoras de escritorio, 27 (veintisiete) computadoras portátiles y 46 (cuarenta y seis) monitores, por un periodo de 48 (cuarenta y ocho) meses, de acuerdo al siguiente detalle:
Cantidad | Descripción |
56 | Computadoras de escritorio |
27 | Computadoras portátiles |
46 | Monitores |
2. Configuración mínima requerida para los equipo para arrendar:
2.1 Computadoras de escritorio
Se debe cotizar el alquiler de 56 computadoras de escritorio que cumplan con las siguientes
especificaciones técnicas mínimas:
a) Marca: La marca del equipo debe estar impresa en el case (Chasis), por lo tanto, no debe estar identificada por medio de una calcomanía.
b) Case (chasis): El equipo ofertado debe tener un diseño tipo cliente xxxxxxx o cliente ligero.
c) Color: Debe ser de color gris oscuro o negro preferiblemente.
d) Procesador: Debe ser al menos Intel Core i7 con una velocidad igual o superior a 2.0 GHZ con arquitectura de 64 Bits y con generación 8 como mínimo.
e) Memoria RAM:
1. Debe tener al menos 16 GB instalados como mínimo.
2. Debe ser al menos DDR4 de al menos 2666MHz Non-ECC
f) Disco Duro:
1. Deber ser de al menos 256 GB de almacenamiento SSD como mínimo.
2. Debe tener una conexión M2 PCIe.
g) Tarjeta Madre: Debe ser original con marca del fabricante impresa.
h) Cache Del procesador: Debe tener al menos 12 MB como mínimo.
i) Unidad de lectura óptica: No debe tener unidad de lectura óptica.
j) Vídeo: Debe tener al menos una tarjeta de video Integrada
k) Manuales: Se deben entregar únicamente un (1) único juego de operación y del software instalado completo, originales y de configuración de hardware. Debe entregar el
certificado de autenticidad y licencias del software instalado, así como los discos compactos originales.
l) Driver: Xxxx entregarse un único juego de drivers de todos los dispositivos adjuntos al equipo para la plataforma Windows 10 64-bits en español.
m) Software: El equipo cotizado debe estar certificado por Microsoft para el uso de Windows 10 en 64 bits profesional. El software instalado debe ser Windows 10 profesional 64-bits en español. Debe entregar el certificado de autenticidad y licencias del software instalado.
n) Certificados:
1. Los equipos ofrecidos deben estar incluidos en la lista de compatibilidad de Microsoft HCL (Hardware Compatibility List). El oferente debe presentar documentación mediante la cual se pueda constatar que el modelo ofertado es compatible con dicha lista.
2. El equipo ofertado debe tener certificación de Energy Star.
o) Puertos:
1. Debe tener al menos 2 conexiones Displayport o mini-displayport como mínimo.
2. Debe tener al menos 5 puertos USB, versión 3.1 como mínimo.
3. Debe tener salida de audio y entrada de micrófono.
4. Caso especial: El adjudicatario debe brindar para tres (3) computadoras la capacidad mediante una tarjeta integrada o adaptador, de conectar cuatro (4) monitores los cuales deben observarse de manera independiente y poseen salida displayport o HDMI. NO se aceptarán opciones donde se observen los monitores de manera extendida (4 monitores como 2 monitores extendidos).
p) Calidad: Todos los componentes deben ser nuevos. No se permiten equipos de segunda mano o reconstruidos.
q) Teclado: En español que incluya teclado numérico, de la misma marca del CPU y con número de serie de fábrica con lector de tarjeta inteligente que permita colocar la firma digital y conector USB.
r) Mouse: Con scroll y conector USB de la misma marca del CPU.
s) Red:
1. Conector Ethernet RJ45 100/1000 Mbps
2. El equipo ofertado NO debe tener tarjeta para conexión a red inalámbrica
3. El equipo ofertado NO debe tener tarjeta para conexión Bluetooth.
t) Monitor:
1. Debe ser de al menos 23.8 pulgadas como mínimo.
2. Debe tener una resolución de al menos 1920 x 1080 a 60Hz.
3. Debe tener un puerto Display port y HDMI como mínimo.
4. Debe tener anti reflejo.
5. Debe tener 1 puerto USB 3.0 tipo B como mínimo
6. Debe tener 2 puertos USB 3.0 tipo A como mínimo
7. La Base suministrada por el adjudicatario debe permitir ajustar la altura del monitor
8. Certificación de Energy Star
u) Bios: Original del fabricante en su última versión cuya marca debe aparecer en el equipo, no se aceptaran BIOS genéricos. Este debe tener el número de serie del equipo y la facilidad de habilitar o deshabilitar el número de serie del procesador.
v) Característica PXE: El equipo ofertado debe permitir bootear desde la red o de un servidor, antes de iniciar el sistema operativo (PXE - Pre-Boot Execution Environment) con la finalidad de poder instalar la imagen del negocio, en los equipos ofertados.
2.2 Computadoras portátiles
Se debe cotizar el alquiler de 27 computadoras portátiles que cumplan con las siguientes
especificaciones técnicas mínimas:
a) Marca: La marca del equipo debe estar impresa en el case (Chasis), por lo tanto, no debe estar identificada por medio de una calcomanía.
b) Case (chasis): El equipo ofertado debe tener un tamaño de 15.6 pulgadas como mínimo.
c) Color: Debe ser de color gris o negro.
d) Procesador: Debe ser al menos Intel Core i7 con una velocidad igual o superior a 2.6 GHZ arquitectura de 64 Bits y con generación 8 como mínimo.
e) Memoria RAM:
1. Debe tener al menos 16 GB instalados como mínimo.
2. Debe ser al menos DDR4 de al menos 2666MHz Non-ECC.
f) Disco Duro:
1. Deber ser de al menos 256 GB de almacenamiento SSD como mínimo.
2. Debe tener una conexión M2 PCIe.
g) Tarjeta Madre: Debe ser original con marca del fabricante impresa.
h) Cache Del procesador: Debe tener al menos 8 MB como mínimo.
i) Unidad de lectura óptica: El equipo NO debe tener unidad de CD/DVD, debido a que no se requiere.
j) Vídeo: Debe tener al menos una tarjeta de video Integrada
k) Manuales: Se deben entregar únicamente un (1) único juego de operación y del software instalado completo, originales y de configuración de hardware. Debe entregar el certificado de autenticidad y licencias del software instalado, así como los discos compactos originales.
l) Driver: Xxxx entregarse un único juego de drivers de todos los dispositivos adjuntos al equipo para la plataforma Windows 10 64-bits en español.
m) Software: El equipo cotizado debe estar certificado por Microsoft para el uso de Windows 10 en 64 bits profesional. El software instalado debe ser Windows 10 profesional 64-bits en español. Debe entregar el certificado de autenticidad y licencias del software instalado.
n) Certificados:
1. Los equipos ofrecidos deben estar incluidos en la lista de compatibilidad de Microsoft HCL (Hardware Compatibility List). El oferente debe presentar documentación mediante la cual se pueda constatar que el modelo ofertado es compatible con dicha lista.
2. El equipo ofertado debe tener certificación de Energy Star.
o) Puertos:
1. Debe tener al menos dos (2) puertos USB versión 3.1
2. Debe tener un USB tipo C para conectar Docking con posibilidad de carga.
3. Debe tener al menos un puerto HDMI
4. Debe tener salida de audio
5. Debe tener una unidad de firma digital integrada.
p) Calidad: Todos los componentes deben ser nuevos. No se permiten equipos de segunda mano o reconstruidos.
q) Teclado: Se deben suministrar dos teclados por laptop con la siguiente conexión:
1. Integrado al equipo.
2. En español que incluya teclado numérico de manera integrada al equipo.
3. Conexión mediante USB.
4. Se debe conectar mediante USB en español que incluya teclado numérico, de la misma marca del CPU y con lector de tarjeta inteligente de firma digital.
r) Mouse: El adjudicatario deberá suministrar un mouse con scroll y conector USB de la misma marca del CPU.
s) Micrófono: El equipo debe tener un micrófono integrado.
t) Cámara para Conferencias: El equipo ofertado debe tener una cámara integrada para realizar video conferencias.
u) Docking: El adjudicatario debe brindar un docking station para cada laptop que permita conectar lo siguiente mediante un USB tipo C:
1. Capacidad de cargarse.
2. Brindar conexión de red.
3. Conectar dos (2) monitores como mínimo que poseen salida displayport.
4. 4 puertos USB como mínimo.
v) Caso especial: El adjudicatario debe brindar para dos (2) laptops un docking especial o adaptador que permita conectar lo siguiente:
1. Capacidad de cargarse.
2. Brindar conexión de red.
3. Disponibilidad de 4 USB como mínimo.
4. Cuatro (4) monitores los cuales deben observarse de manera independiente, y poseen salida displayport o HDMI. NO se aceptaran opciones donde se observen los monitores de manera extendida (4 monitores como 2 monitores extendidos).
w) Red:
1. Conector Ethernet RJ45 100/1000 Mbps.
2. Tarjeta de red inalámbrica (WIFI).
3. Bluetooth Versión 4.2 como mínimo.
x) Bios: Original del fabricante en su última versión cuya marca debe aparecer en el equipo, no se aceptaran BIOS genéricos. Este debe tener el número de serie del equipo y la facilidad de habilitar o deshabilitar el número de serie del procesador.
y) Protección contra accidentes: Los equipos deben incluir protección contra accidente, comprendiendo el derrame de líquidos y caídas, cubriendo todas las partes del equipo.
z) Seguro: Durante la vigencia del contrato el adjudicatario debe garantizar a Popular Valores que los equipos cuentan con una póliza de seguro igual o superior a la definida por el Instituto Nacional de Seguros como SEGURO DE EQUIPO ELECTRONICO RIESGO NOMBRADO. El seguro correrá por cuenta del ADJUDICATARIO en su totalidad, efectuando todos los trámites y aplicación de la póliza si se requiere, adicionalmente debe reponer o solventar la situación a la institución en forma inmediata con un equipo igual o superior al ofertado.
aa) Xxxxxxx: Se debe entregar un maletín que se adapte al equipo ofertado.
bb)Característica PXE: El equipo ofertado debe permitir bootear desde la red o de un servidor, antes de iniciar el sistema operativo (PXE - Pre-Boot Execution Environment) con la finalidad de poder instalar la imagen del negocio en los equipos.
2.3 Monitores
Se debe cotizar el alquiler de 46 monitores que cumplan con las siguientes especificaciones técnicas mínimas:
a) Debe ser de al menos 23.8 pulgadas como mínimo.
b) Debe tener una resolución de al menos 1920 x 1080 a 60Hz.
c) Debe tener un puerto Display port y HDMI como mínimo.
d) Debe tener anti reflejo.
e) Debe tener 1 puerto USB 3.0 tipo B.
f) Debe tener 2 puertos USB 3.0 tipo A como mínimo.
g) La Base suministrada por el adjudicatario debe permitir ajustar la altura del monitor.
h) Certificación de Energy Star.
C. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO
El oferente deberá describir ampliamente el equipo del arrendamiento cotizado refiriéndose a sus cualidades técnicas, componentes, su vida útil, país de origen, nombre del fabricante, marca y toda aquella información que considere idónea y aportar el catálogo o literatura del mismo, preferiblemente en español.
1) El oferente se compromete a mantener personal técnico y el inventario suficiente de equipos y repuestos, durante la vigencia del contrato, para sustituir ó reparar cualquier equipo reportado por Popular Valores.
2) Para que las computadoras arrendadas se mantengan en el estado de “Buen Funcionamiento”, el adjudicatario deberá realizar la reparación de averías y/o sustitución de piezas y/o partes dañadas y/o del equipo completo; en las oficinas de Popular Valores (mediante el servicio de atención de llamadas), las mismas deberán ser reemplazadas sin costo o cargo alguno para Popular Valores.
3) El oferente deberá incluir expresamente en su oferta: El método que utilizará para recibir de Popular Valores el reporte del mal funcionamiento de los equipos a fin de mantenerlos en óptimas condiciones de operación, el cual debe ser confirmado en un máximo de 60 (sesenta) minutos después de comunicada por Popular Valores.
4) El servicio de atención de llamadas para la corrección xx xxxxxx en los equipos, se dará entre las 8:00 horas y las 18:00 horas, de lunes a viernes.
5) El plazo de atención de la falla reportada por Popular Valores, será de un máximo de 8 (ocho) horas naturales de lunes a viernes, se excluye de este plazo, el tiempo de viaje.
6) De exceder el plazo máximo de 8 (ocho) horas para atender un reporte en sitio, se descontará de la factura mensual, el monto de $5,00 por cada hora completa (8:00 horas a 18:00 horas) de lunes a viernes.
7) La empresa que resulte adjudicada deberá garantizar la operatividad del equipo arrendado, durante la vigencia del contrato.
8) El oferente deberá incluir en su oferta un plan que especifique la logística y personal de soporte técnico capacitado y de repuestos que dispondrá para la atención xx xxxxxx, conforme a lo indicado en este cartel.
9) El oferente será el responsable de atender el mantenimiento preventivo del equipo y su limpieza, fuera de horas hábiles y previa coordinación con el encargado del Departamento de Tecnología de Información, al menos una vez al año, sin costo alguno para Popular Valores, de conformidad con las condiciones que requiere Popular Valores, para el “Buen Funcionamiento”.
10) Si una falla es concurrente en un mismo equipo o bien si requiere reportarse hasta tres veces, durante un periodo menor o igual a 60 días naturales, el oferente debe cambiar el equipo, por otro igual o de características superiores, en un plazo no mayor a un día hábil, durante la atención del tercer reporte, previa notificación al fiscalizador del contrato, quien tendrá la facultad de verificar las características del nuevo equipo y solicitar el cambio de forma inmediata (un día hábil) después de la revisión del nuevo equipo, si se ha incumplido en algún punto.
11) Xxxxx que el fiscalizador del contrato indique lo contrario, el adjudicatario recibirá reportes únicamente por el personal de Tecnología de Información a través de cualquier medio que Popular Valores considere oportuno, previa coordinación entre las partes.
12) El adjudicatario deberá entregar, previo al inicio del servicio, una lista con los datos que identifiquen a los funcionarios que estarán atendiendo cualquier requerimiento contractual, mismo que deberá mantenerse actualizada durante la vigencia del contrato.
D. CONDICIONES ESPECIALES DEL SERVICIO
1) Todos los equipos en arrendamiento deben incluir los cables, conectores y accesorios necesarios para su correcto funcionamiento.
2) Los vicios o defectos que impidan o desmejoren notablemente el uso de las computadoras, no conocidos por Popular Valores al elaborarse el contrato, o sobrevenidos en el curso del arriendo, podrán dar lugar a la resolución del contrato o a una disminución del precio, según el caso, conforme a la proporción de inutilidad.
3) Si por cualquier motivo Popular Valores se viere privado de una parte del objeto tomado en arriendo podrá exigir disminución del precio o resolución del contrato. Para la disminución regirá el mismo proceso anterior.
4) En los dos casos anteriores, Popular Valores podrá exigir, o bien el arrendante proponer, equipo nuevo de iguales o superiores características al anterior, quedando a juicio de Popular Valores su aceptación.
5) Una vez que el arrendante retire los equipos de las oficinas de Popular Valores, este último queda exonerado de toda responsabilidad en cuanto a funcionamiento en general y daños a consecuencia de golpes.
6) Al finalizar los 48 (cuarenta y ocho) meses del arrendamiento, el Departamento de Tecnología de Información de Popular Valores procederá a eliminar toda la información, programas de índole operativo y de oficina que se encuentre almacenada en los discos duros del equipo arrendado, dejando el disco en blanco.
7) Instalación de software y equipo: El adjudicatario deberá entregar los equipos con el sistema operativo requerido por Popular Valores, debidamente instalado y configurado, para lo cual se suministrará oportunamente la información necesaria.
8) Los seguros del equipo y cualquier otro costo adicional del mismo serán responsabilidad del adjudicatario, por lo tanto, dichos costos deben incorporarse a la oferta económica por el alquiler.
9) Popular Valores podrá verificar la veracidad de cualquier información que aporte el oferente, haciendo sus propias investigaciones ante cualquier otra entidad nacional o internacional, de acuerdo con su propio criterio.
10) El adjudicatario debe comprometerse a mantener, practicar y acatar el Reglamento de Seguridad Informática, el Manual de Políticas de Seguridad Informática y las Políticas de Seguridad Informática establecidas por Popular Valores, Puesto de Bolsa, S.A.
11) El oferente debe presentar una declaración jurada firmada por el representante legal mediante la cual demuestre que desarrolla prácticas amigables con el ambiente, respecto al manejo de equipos obsoletos o dañados o en su defecto la política de retorno de los equipos al distribuidor mayorista o fabricante para su reciclaje.
E. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario debe comprometerse a guardar absoluta reserva sobre el proyecto objeto de este cartel. Así mismo debe existir un acuerdo de confidencialidad por parte de todo el equipo de trabajo de la empresa que brindará el servicio a Popular Valores. Para tal efecto existirá una cláusula contractual donde se indicará la obligación del contratista sobre la prohibición de divulgar cualquier tipo de información a la que haya tenido acceso.
El adjudicatario debe comprometerse a mantener confidencialidad total sobre:
1. Los productos y/o servicios que está brindando a Popular Valores
2. La información y/o datos que le sean suministrados durante el proceso contratado.
De comprobarse la divulgación de información de calificación confidencial parcial o total, Popular Valores, Puesto de Bolsa, S.A. procederá a realizar las acciones necesarias para que se apliquen las sanciones correspondientes según la Ley. El adjudicatario deberá suscribir un convenio de confidencialidad donde la empresa a través de su representante legal se compromete a lo indicado en esta la cláusula de confidencialidad.
F. DEVOLUCIÓN DEL EQUIPO
Sea por la finalización del período de arrendamiento del equipo ó por que se haya puesto fin a la relación contractual anticipadamente o por incumplimiento, Popular Valores Puesto de Bolsa,
S.A. devolverá la totalidad del equipo al adjudicatario; en un plazo máximo de dos meses, sin costo alguno para la Institución. Esta devolución se hará en las oficinas de Popular Valores Puesto de Bolsa, S.A.
G. CALCOMANIAS
El equipo debe venir claramente identificado, con una etiqueta permanente, ubicada debajo del: teclado, CPU y monitor, en la que deberá indicarse: el nombre de la empresa, el número telefónico para el reporte de averías y la frase “EQUIPO ARRENDADO”.
X. XXXXXXXX DEL CONTRATO
El plazo del alquiler será de 48 (cuarenta y ocho) meses; el cual, comenzará a contabilizarse a partir del día en que se reciba la última computadora a satisfacción en las oficinas de Popular Valores Puesto de Bolsa, S.A.
I. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD:
1) Respaldo del fabricante al oferente: el oferente para participar en este concurso debe ser distribuidor autorizado por el fabricante del equipo ofertado para arrendamiento, y debe presentar una carta del fabricante donde se indique desde que año la empresa distribuye los equipos de la marca ofertada o cuánto tiempo tiene de ser distribuidor autorizado en Xxxxx Rica de esa marca. Para dar por cumplido este punto se deben presentar los documentos probatorios correspondientes para acreditar dicha condición, los cuales deben ser originales o mediante fotocopia certificada (por notario público). Popular Valores Puesto de Bolsa, S.A. se reserva el derecho de verificar los datos consignados en cada una de las constancias.
2) Certificaciones técnicas de los equipos: El oferente debe aportar una certificación original del fabricante, copia certificada (certificada por notario público) o declaración jurada mediante la cual certifique que el equipo ofertado para arrendamiento es totalmente nuevo, y que NO contiene partes reconstruidas o reparadas.
3) Experiencia en contratos similares: El oferente debe contar con experiencia en por lo menos (3) tres contratos de arrendamiento o alquiler de al menos 50 (cincuenta) computadoras de escritorio, en empresas domiciliadas en Xxxxx Rica. Para comprobar el cumplimiento de este requisito, debe incorporar en su oferta las cartas de referencia de dichos contratos.
Será necesario que las cartas emitidas contengan como mínimo: el nombre de la empresa o institución que recibió el servicio, el número de teléfono o correo electrónico, la fecha de contratación e indicarse expresamente una valoración sobre la satisfacción del servicio recibido. Las mismas deben ser firmadas por una persona que ocupe un cargo gerencial, de jefatura o por el responsable del área usuaria que recibe el servicio.
El servicio debe haber sido realizado directamente por el oferente, y la carta de recomendación debe ser a nombre de la empresa oferente, tal como consta su nombre en la oferta, no se considerarán aquellas cartas de recomendación que hagan alusión a trabajos realizados por terceros o en la que el oferente no haya sido contratado directamente para la prestación del servicio indicado.
Nota: Para dar por cumplido este punto se deben presentar los documentos probatorios correspondientes para acreditar dicha condición, los cuales deben ser originales o copia certificada (por notario público).
Popular Valores, Puesto de Bolsa, S.A. se reserva el derecho de verificar los datos consignados en cada una de las cartas de recomendación.
J. PLAZO DE ENTREGA:
El oferente debe indicar el plazo de entrega en días hábiles, dicho plazo no podrá ser menor de 20 días hábiles ni mayor a treinta (30) días hábiles.
K. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Las ofertas que cumplan con los aspectos de admisibilidad, tanto legales como técnicos, serán evaluadas según los siguientes criterios de selección:
Parámetros | Puntaje |
Precio total | 75 % |
Plazo de entrega | 10 % |
Experiencia adicional del oferente en contratos similares de alquiler de computadoras. | 5 % |
Equipos ofertados con procesador Intel generación superior a ocho (8). | 5 % |
Criterio Ambiental: Certificado Bandera Azul, carbono neutral o superior. | 5 % |
Total | 100 % |
1. DESCRIPCION DE LOS CRITERIOS DE SELECCION Y METODOLOGIA: (i). PRECIO TOTAL: (Máximo 75 puntos):
Se asignará un máximo de 75 puntos a la oferta que presente el menor precio. Para las restantes ofertas se calcularán los puntos mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
P = (P1/P2) * 75, donde,
P= puntos a asignar a la oferta
P1= Monto de la oferta de menor en precio P2= Monto ofrecido por la oferta a calificar 75= puntos máximos a obtener
(ii). PLAZO DE ENTREGA (Máximo 10 puntos):
Esta sección será calificada con 10 puntos y la asignación de los mismos se hará tomando en cuenta que el plazo mínimo de entrega de los equipos no podrá ser menor a VEINTE (20) días hábiles y el plazo máximo de 30 (TREINTA) días hábiles. La o las ofertas con el plazo mínimo de entrega ofertado igual a 20 (veinte) días hábiles se calificará con 10 (diez) puntos y a las demás se les asignará el puntaje correspondiente de acuerdo a la siguiente fórmula:
P = (P1/P2) * 10, donde,
P= puntos a asignar a la oferta.
P1= plazo de entrega del proyecto menor ofertado, igual o mayor a 20 (VEINTE) días hábiles.
P2= plazo de entrega a evaluar. 10= puntos máximos a obtener.
De acuerdo a lo solicitado en el inciso E. referente al PLAZO DE ENTREGA el oferente debe indicar el plazo de entrega en días hábiles, el cual no podrá ser mayor a TREINTA (30) días hábiles ni menor a VEINTE (20) días hábiles, en caso de no especificar se entenderá que
son días hábiles. No se valorarán aquellas ofertas que presenten plazos aproximados, dado que los mismos deben ser exactos.
(iii) EXPERIENCIA ADICIONAL DEL OFERENTE EN CONTRATOS SIMILARES DE ALQUILER DE COMPUTADORAS (MÁXIMO 5 PUNTOS):
Para la acreditación del puntaje de esta sección que corresponde a 5 (cinco) puntos, se deben presentar los documentos probatorios correspondientes para acreditar su cumplimiento. Se otorgarán 2,50% puntos, por cada carta de referencia presentada hasta un máximo de dos (5%) que debe ser de contratos de arrendamiento o alquiler de al menos 50 (cincuenta) computadoras de escritorio, en empresas domiciliadas en Xxxxx Rica.
Será necesario que las cartas emitidas contengan como mínimo: el nombre de la empresa o institución que recibió el servicio, el número de teléfono o correo electrónico, la fecha de contratación e indicarse expresamente una valoración sobre la satisfacción del servicio recibido. Las mismas deben ser firmadas por una persona que ocupe un cargo gerencial, de jefatura o por el responsable del área usuaria que recibe el servicio.
El servicio debe haber sido realizado directamente por el oferente, y la carta de recomendación debe ser a nombre de la empresa oferente, tal como consta su nombre en la oferta, no se considerarán aquellas cartas de recomendación que hagan alusión a trabajos realizados por terceros o en la que el oferente no haya sido contratado directamente para la prestación del servicio indicado.
Nota: Para otorgar los puntos se deben presentar los documentos probatorios correspondientes para acreditar dicha experiencia adicional, los cuales deben ser originales o copia certificada (por notario público).
Popular Valores, Puesto de Bolsa, S.A. se reserva el derecho de verificar los datos consignados en cada una de las cartas de recomendación y solamente se otorgaran puntos a las cartas de recomendación por experiencia adicional en contratos similares de alquiler de computadoras.
Se aclara que no se otorgan puntos a las 3 (tres) cartas de recomendación solicitadas en el inciso No.3 de la Sección I. del presente cartel, esto en virtud de que las mismas se constituyen como un REQUISITO DE ADMISIBILIDAD para participar en este concurso.
La asignación de los puntos se efectuará de la siguiente manera:
Cantidad de cartas de experiencia en contratos de alquiler de computadoras | Puntos por asignar |
3 (tres) | No se asignan puntos, ya que se trata de un requisito de admisibilidad para participar en este concurso, de acuerdo a lo dispuesto en el punto No.3 de la sección I.REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD: |
4 (cuatro) | 2,50 puntos |
5 (cinco) | 5,00 puntos |
(iv) EQUIPOS OFERTADOS CON PROCESADOR INTEL GENERACIÓN SUPERIOR A OCHO (8). (MÁXIMO 5 PUNTOS):
Para la acreditación del puntaje de esta sección que corresponde a 5 (cinco) puntos, se deben presentar los documentos técnicos correspondientes para validar que tanto los computadores de escritorio como los portátiles cuentan con un procesador Intel Generación superior a ocho (8) y mediante los cuales el oferente compruebe su cumplimiento.
(v) CRITERIO AMBIENTAL: CERTIFICADO BANDERA AZUL, CARBONO NEUTRAL O SUPERIOR. (MÁXIMO 5 PUNTOS):
Para la acreditación del puntaje de esta sección que corresponde a 5 (cinco) puntos, se deben presentar los documentos correspondientes para validar que el oferente posee el certificado xx xxxxxxx azul, carbono neutral o certificado superior.
2. ASPECTOS GENERALES DE LA EVALUACION:
2.1 La selección del adjudicatario del presente concurso recaerá en la oferta que alcance el mayor puntaje
2.2 Base de la calificación: La calificación se realiza con base en cien, lo cual implica que la máxima cantidad que puede obtener un oferente es de 100 puntos.
2.3 Criterio para redondeo: Para los cálculos de puntaje que implica el manejo de decimales se utilizará el truncar en los dos primeros decimales.
2.4 Criterio de desempate: En caso de presentarse empate en la calificación, se utilizará los siguientes criterios para el desempate:
a) La oferta de menor precio total.
b) Si se mantiene el empate, se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje en el plazo de entrega.
c) Si se mantiene el empate, se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje en la experiencia adicional del oferente en contratos similares de alquiler de computadoras.
d) Si se mantiene el empate, se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje por equipos ofertados con procesador Intel generación superior a ocho (8).
e) Si se mantiene el empate, se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje por el criterio ambiental: Certificado Bandera Azul, carbono neutral o superior.
f) De continuar el empate se procederá a realizar una rifa en presencia de las partes en Popular Valores, Puesto de Bolsa, S.A.
L. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
El oferente que resulte adjudicatario deberá rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, durante los 10 (diez) días hábiles siguientes a la firmeza del concurso, por un monto del 10 por ciento del monto total adjudicado y con una vigencia mínima de 50 (cincuenta) meses.
Para rendir esta garantía se deberán observar los requisitos y condiciones que al respecto se establece el artículo 42 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Para comprobar que se cumple con el porcentaje solicitado como garantía de cumplimiento -en el caso de que se rinda en moneda diferente al colón costarricense- se procederá de la siguiente forma:
a) Tratándose de dólares de los Estados Unidos de América, se utilizará el tipo de cambio de venta de referencia que reporte el Banco Central xx Xxxxx vigente al día hábil anterior a la presentación de la garantía de cumplimiento.
b) Tratándose de la conversión de otras monedas, diferentes al dólar de los Estados Unidos de América, a colones, se convertirán estas monedas a dólares de los Estados Unidos de América y éstos a colones, conforme a la regla establecida en el inciso anterior.
Es obligación del contratista mantener vigente la garantía de cumplimiento mientras no se haya recibido el objeto del contrato. Si un día hábil antes de vencimiento de la garantía, el contratista no ha prorrogado su vigencia, la Administración podrá hacerla efectiva en forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo su custodia, el cual servirá como medio resarcitorio en caso de incumplimiento.
La garantía de participación, debe ser rendida electrónicamente a través del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), de conformidad con lo establecido en el Reglamento de uso del Sistema sobre la rendición de garantías.
M. MULTAS
En el caso de atraso en la entrega de los equipos adjudicados, según el plazo de entrega ofertado, el contratista deberá pagar a Popular Valores el 2,50% del monto total del equipo no entregado, por cada día hábil de atraso, hasta un máximo del 25%. La suma que corresponda por concepto de la aplicación de esta cláusula, será rebajada del pago que se le haga al contratista.
N. INSPECCION Y FISCALIZACION DEL CONTRATO
El Órgano Fiscalizador de esta contratación asignado por Popular Valores al proyecto objeto de esta contratación, que será específicamente el Departamento de Tecnología de Información, evaluará los resultados del mismo para determinar su real cumplimiento durante el proceso, pudiendo realizar las observaciones que considere oportunas para que el adjudicatario proceda a su aplicación.
O. REPRESENTANTE DEL ADJUDICATARIO ANTE POPULAR VALORES.
El adjudicatario debe designar y mantener a un representante o contacto ante Popular Valores, para que resuelva cualquier inconveniente que se presente durante el plazo de la contratación.
P. ACLARACIONES Y SUBSANACIONES:
Popular Valores podrá corregir aquellos aspectos subsanables o insustanciales, para lo cual podrá solicitar las aclaraciones o subsanaciones a las ofertas que considere necesarias para efectos de estudio y evaluación. La respuesta deberá ser remitida dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores al recibo de la comunicación respectiva y la misma deberá realizarse por medio del SICOP. En todo caso debe entenderse que no se subsanarán aspectos que produzcan ventaja al oferente.
Q. OFERTAS PARCIALES
En la presente contratación no aplica la presentación de ofertas parciales, los oferentes deben cotizar todos los bienes y servicios solicitados en el cartel.
Popular Valores se reserva el derecho de realizar una adjudicación parcial del único ítem de la presente contratación, realizando dicha adjudicación sobre la base de los precios unitarios de arrendamiento ofertados. De igual manera Popular Valores se reserva el derecho que, en caso de que la oferta ganadora haya cotizado precios que no excede la disponibilidad presupuestaria que dio origen a esta contratación y se indique las justificaciones pertinentes, podrá adjudicar una cantidad mayor a la solicitada en el cartel
R. RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL O CORPORATIVA GENERALIDADES
La responsabilidad social empresarial o corporativa, es la contribución activa y voluntaria al mejoramiento social, económico y ambiental por parte de las empresas o industrias, que por lo general, tienen como objetivo el generar acciones para mejorar su situación competitiva y valorativa y brindar algún valor agregado a su gestión.
Se pretende que las labores que desarrolla una compañía, no sólo busquen el crecimiento de la misma, sino también que vayan de la mano con la ética y la moral de la firma, y con el establecimiento de metas compatibles con el desarrollo sostenible de la sociedad costarricense; preservando los recursos ambientales y culturales para las generaciones futuras, respetando la diversidad y promoviendo la reducción de las desigualdades sociales.
A partir de las anteriores consideraciones, en el presente apartado lo que Popular Valores busca es que los posibles oferentes de bienes y servicios para las Instituciones, hagan conciencia de la necesidad latente de respetar tanto la vida humana, como el entorno que le rodea y que busquen no sólo el crecimiento de las empresas que representan, sino que apoyen a Popular Valores y a la sociedad costarricense con estos tópicos.
Popular Xxxxxxx considera importante el que las compañías realicen esfuerzos en dicho campo, por lo que los oferentes deberán manifestar expresamente en sus ofertas que han leído, entienden, aceptan y cumplen con todos los tópicos contenidos en este apartado y que se someterán a todas las regulaciones que la Institución ha establecido en materia de responsabilidad social. Esto en total apego y respeto de la normativa nacional vigente, que procura que los habitantes del país, vivan bajo las mejores condiciones humanas y sociales posibles.
Constitución Política de Costa Rica
La Constitución Política de Costa Rica, en sus artículos: 33, 56 y 57 se establece respectivamente:
"Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria a la dignidad humana."
"El trabajo es un derecho del individuo y una obligación con la sociedad. El Estado debe procurar que todos tengan ocupación honesta y útil, debidamente remunerada, e impedir que por causa de ella se establezcan condiciones que en alguna forma menoscaben la libertad o la dignidad del hombre o degraden su trabajo a la condición de simple mercancía. El Estado garantiza el derecho de libre elección de trabajo."
"Todo trabajador tendrá derecho a un salario mínimo, de fijación periódica, por jornada normal, que le procure bienestar y existencia digna. El salario será siempre igual para trabajo igual en idénticas condiciones de eficiencia."
Código de Trabajo de Costa Rica
El Código de Trabaja de Costa Rica en su artículo 177 indica:
Artículo 177. Todo trabajador tiene derecho a devengar un salario mínimo que cubra las necesidades normales de su hogar en el orden material, moral y cultural, el cual se fijará periódicamente, atendiendo a las modalidades de cada trabajo, a las particulares condiciones de cada región y cada actividad intelectual, industrial, comercial, ganadera o agrícola.
S. COMPORTAMIENTO ÉTICO Y ANTICORRUPCIÓN (LEY 8422, LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN Y EL ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO EN LA FUNCIÓN PÚBLICA)
Resulta importante enunciar algunas de las actuaciones que se consideran como prácticas corruptivas; esto sin llegar a ser exhaustivas:
a) Xxxxxxx, dar, recibir, o solicitar cualquier cosa de valor que motive influir en las decisiones que se deben adoptar como funcionarios públicos con relación al procedimiento de contratación o durante la ejecución contractual correspondiente (soborno, cohecho).
b) Xxxxxxxx con causarle a los funcionarios o a los miembros de su familia, en su persona, honra, o bienes un daño que constituya delito; esto con el afán de influir en las decisiones durante el procedimiento de contratación o la ejecución contractual correspondiente. Esto aunque el objetivo se logre o no (extorsión, coacción).
c) Tergiversar datos o hechos con el objeto de influir sobre el procedimiento de contratación o en la fase de ejecución del contrato en perjuicio de Popular Valores y/o de otros concursantes (fraude).
d) Actuar entre oferentes orientado a la referencia de precios en los procedimientos de contratación a niveles artificiales, no competitivos que deriven en la privación a Popular Valores de los beneficios de una abierta, limpia y libre competencia (colusión).
Ante las denuncias concretas y formales de prácticas corruptivas ocurridas durante los procedimientos de contratación para la adquisición de bienes y servicios o durante la ejecución de un contrato derivado de las mismas; Popular Valores procederá de inmediato a investigar los hechos denunciados. Las Instituciones se reservan en todo caso comprobado y sin perjuicio de las sanciones que impongan las autoridades competentes, el derecho para suspender los procedimientos de contratación o la ejecución de los contratos resultantes en cualquier etapa que se encuentren, todo ello garantizando el debido proceso. Las denuncias se deberán presentar ante el Jerarca de la Institución y a la Auditoría Interna.
Además, Popular Valores tiene debidamente establecido un Código de Ética Institucional, el cual establece una serie de pautas a seguir por parte de sus empleados en el comportamiento que adoptan durante la ejecución de todas sus actividades, producto de la relación laboral que tienen con las Instituciones. Es esperado de los proveedores con quienes se establezcan relaciones comerciales, el respeto a estas normas internas en procura de que esas relaciones estén mutuamente delimitadas por la ética, la transparencia, el respeto y la honestidad.
Los empleados de Popular Valores no reciben dádivas, regalías, sobornos, ni retribuciones económicas ni de ninguna índole por la labor que desempeñan, por lo que si se ve expuesto a situaciones como ésta debe denunciarlas. Así mismo el proveedor que se vea afectado por alguna propuesta indebida a cambio de beneficios, favorecimiento o condicionamientos, dentro de los procesos de contratación en que participe desarrollados por esta oficina, debe denunciarlo.
T. DE ORDEN SOCIAL:
1) Obligaciones laborales
La empresa que resulte adjudicataria de este procedimiento de concurso, tiene el deber y la obligación ineludible de cumplir con sus obligaciones laborales y de seguridad social para con sus trabajadores.
En caso de incumplimiento comprobado en el régimen de seguridad social, ello se tendrá como incumplimiento contractual que facultará a Popular Valores para dar por resuelto el vínculo contractual con las eventuales ejecuciones de las garantías de cumplimiento y demás sanciones aplicables.
De previo a la tramitación de cada pago que sobrevenga, producto de esta prestación, el Órgano Fiscalizador del contrato deberá exigir la presentación de la documentación que demuestre la adecuada cobertura de estas obligaciones por parte del Adjudicatario, el adjudicatario debe presentar certificación original, con no más de un mes de emitida, extendida por la Caja Costarricense del Seguro Social en donde se indique que se encuentra al día con el pago de las cuotas.
2) Condiciones de trabajo
El oferente deberá manifestar bajo la fe de juramento, que brinda a sus empleados espacios de trabajo en condiciones salubres y que les proporciona todos los implementos de protección suficientes y acordes con las funciones que estos realicen.
Dentro de los procesos de fiscalización contractual, Popular Valores podrán realizar inspecciones para determinar el cumplimiento de estas condiciones.
3) Ley 6727, Salud ocupacional
Salud ocupacional: promover y mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de los(as) trabajadores(as) en todas sus ocupaciones, prevenir todo daño causado a la salud de ellos por las condiciones de su trabajo, protegerlos en su empleo.
Es la responsabilidad social, moral y legal que tiene la persona empleadora en cuanto a adoptar en el centro de trabajo actividades que conlleven a:
1. Promover y conservar la salud de la persona trabajadora;
2. Prevenir todo daño que las condiciones de trabajo pudieran causar a la persona trabajadora;
3. Proteger la salud ante los riesgos nocivos que resulten de las condiciones de trabajo;
4. Garantizar a la persona trabajadora un empleo acorde con sus capacidades fisiológicas sicológicas;
5. Adaptar las condiciones de la tarea a la persona trabajadora.
4) Normativa:
Código de Trabajo y sus reformas, Título IV (Ley N°6727, de fecha 09 xx xxxxx de 1982), artículos 273, 282, 284, 285, 286, 288, 295, 296, 297, 299, 300. Artículo 24 del Reglamento a la Ley de Riesgos de Trabajo.
Los oferentes deberán brindar fiel y permanente cumplimiento a las obligaciones y deberes establecidos por las leyes y normas, que se contemplan en la legislación laboral actual y futura, esto a través de la presentación mensual de constancias o certificaciones extendidas por los órganos competentes, tales como:
• Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF)
• Caja Costarricense del Seguro Social
• Pólizas propias de la actividad
Además, deberán de comprometerse a observar y cumplir lo establecido en la legislación nacional, en tópicos de relevancia y de relación directa con el tema de la "Responsabilidad Social", que puedan estar invocados entre otros, en las siguientes regulaciones.
5) Contra el Trabajo Infantil y la explotación
En cumplimiento de lo que dicta el Xxxxxxx Xx. 00000 Reglamento para la Contratación Laboral y Condiciones de Salud Ocupacional de las Personas Adolescentes y la Oficina de Atención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección del Trabajador Adolescente (OATIA) (creada mediante Xxxxxxx Xx. 00000 el 18 de diciembre de 1998), como órgano adscrito a la Dirección Nacional de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; el oferente, deberá garantizar que dentro su empresa, no se incurre en la contratación indebida de niños, niñas y adolescentes. Labor que ha sido identificado como un problema social que expone a este sector de la población a serias consecuencias que afectan su desarrollo físico, intelectual, moral, afectivo y social de los niños, niñas y adolescentes.
El oferente deberá manifestar bajo la fe de juramento, que no cuenta con trabajadores menores de 12 años y que para sus trabajadores con edades entre los 12 y 18 años, observa todas las condiciones y requisitos establecidos en la legislación laboral vigente en Xxxxx Rica, que regulan el trabajo infantil.
Popular Valores es totalmente respetuoso de esta condición legal, por lo que se mantendrá vigilante del respecto de la misma por parte de los proveedores con quienes establezca relaciones comerciales.
6) Ley 7476, Contra el hostigamiento sexual en el empleo y la docencia
El oferente deberá obligarse hacer valer las prohibiciones y sanciones sobre el acoso u hostigamiento sexual, como práctica discriminatoria por razón del sexo, contra la dignidad de la mujer y del hombre en las relaciones laborales.
7) Ley 7600, Igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad
Deberá ser del interés de los oferentes, el establecer y cumplir con el desarrollo integral de la población discapacitada, garantizando que dentro de su empresa, se cuente con las condiciones necesarias, para que en caso de contar con personal cubierto por la referida Ley, a la misma se posibilite disponer de condiciones que le aseguren la igualdad de oportunidades, derechos y deberes que el resto de sus funcionarios.
8) Ley 8262, Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas
Los oferentes, deberán comprometerse a coadyuvar en el desarrollo productivo de las pequeñas y medianas empresas, de manera tal que se contribuya al proceso de desarrollo económico y social del país, mediante la generación de empleo y el mejoramiento de las condiciones productivas y de acceso a la riqueza.
U. CONSIDERACIONES DE GESTIÓN AMBIENTAL Y AMIGABLES CON LA NATURALEZA
Popular Valores ha venido desarrollando un proceso de gestión ambiental que le permita brindar un importante aporte para mejorar la condición del planeta en torno a la gran contaminación que sufre y que está ocasionando el calentamiento global y otros que le afectan, y que son claros perjuicios para la población mundial.
La tarea realizada no ha sido sólo a lo interno de la institución, sino que se ha venido procurando el involucramiento de todos los agentes externos interesados en mantener relaciones comerciales con Popular Valores.
Dentro de los carteles se procura incorporar condiciones que fomenten esta conciencia ambiental en beneficio de todos, por lo que según sea el objeto de contratación de que se trate, se establecen condiciones cartelarias propias que fomenten esta cultura "verde" como un elemento importante dentro de nuestras relaciones comerciales, tales como: ahorro de papel; ahorro de energía eléctrica; desarrollo de planes amigables con el ambiente para la eliminación y tratamiento de desechos de todo tipo; reciclaje; reutilización de desechos; etc.
Por lo que se espera por parte de los oferentes, considerar dentro de sus propuestas el uso de equipos y químicos especializados (según corresponda), que eventualmente podrían incidir en la salud humana, así como impactar negativamente en la naturaleza durante y después de su vida útil. Se hace necesario que los participantes suministren, cuando así corresponda, las certificaciones respectivas o especificaciones en las fichas técnicas de los equipos y/o químicos a utilizar durante la prestación contractual, con los que se demuestre que los productos a ser utilizados resultan amigables con la salud humana y con el ambiente.
Se espera que el proveedor se convierta en un aliado que brinde acompañamiento y apoyo en este campo, de manera que esto se traduzca en bienestar para la población en general.
1) Responsabilidad compartida (artículo 5 de la Ley No. 8839 Gestión Integral de Residuos)
En relación con la responsabilidad compartida que cubre a consumidores, distribuidores, gestores de residuos, productores e importadores, tanto públicos como privados y en razón de que para la ejecución del objeto bajo contratación se prevé que le contratista está propenso al
uso de una considerable cantidad de recurso, entre estos de papelería y suministros de oficina, que eventualmente podrían incidir en la salud humana, así como impactar en la naturaleza durante y después de su vida útil, es que se hace necesario que los participantes en su oferta manifieste cumplir con lo siguiente:
• Que el papel utilizado y acopiado como residuo recibe algún tratamiento o disposición especial como su reutilización o reciclaje. Señalar la forma en que se realiza la final disposición responsable del mismo.
• Que realiza la fabricación o manufactura de formularios o productos de papel a partir del uso de materias primas recicladas o elementos distintos a la pulpa de árboles. Indicar la forma utilizada.
• Que brinda un adecuado tratamiento de otros residuos derivados de su gestión particular cuando llegan al final de su vida útil para la empresa, desde alguna perspectiva sanitaria y ambiental, tales como:
o Plástico
o Cartón
o Prensas de folder (fástener), grapas y clips.
o Recipientes de consumibles (tóner, cintas y cintas)
o Grapadoras
• Que una vez que los equipos de oficina tales como computadoras, impresoras, fax, fotocopiadoras, multifuncionales, teléfonos, etc., han cumplido su vida útil, son dispuestos de forma responsable. Indicar la forma de disposición de los mismos.
• Que los materiales y/o equipos en desuso son entregados a firmas recolectoras de materiales de reciclaje reconocidas y autorizadas por el Ministerio de Salud.
• Que el personal contratado para la recolección y tratamiento de los deshechos, cuenta con capacitación en gestión ambiental, en temas como:
o Sostenibilidad ambiental y social
o Utilización y tratamiento de materiales reciclables y/o biodegradables.
o Ahorro de recursos naturales y energéticos.
Así mismo cuando corresponda realizar entrega de bienes, el oferente deberá indicar que evitará envolturas excesivas y además garantizará envolturas o embalajes libres de poliestireno y el uso de plásticos inferiores al PET 3 (politereftalato de etileno), para reducir el impacto de los residuos que se puedan generar por dicha actividad.
El fiel cumplimiento de todo lo anteriormente indicado y la debida puesta en marcha del respectivo plan para la disposición de deshechos, será una de las condiciones a considerar por parte de Popular Valores, en el momento de valorar ejecutar las prórrogas de los contratos suscritos.
2) Responsabilidad extendida del productor (artículo 5 de la Ley Ley No. 8839 Gestión Integral de Residuos)
La responsabilidad extendida del productor o importador, mantiene el compromiso del productor durante todo el ciclo de vida de los productos que vende, incluyendo las fases post-industria y post-consumo, por lo que para la ejecución de la actividad bajo contratación, el adjudicatario deberá asumir el recibo de los materiales de empaque, embalaje, así como los residuos reciclables que se generen, tales como los consumibles entre otros.
A partir de esto, los oferentes deben comprometerse a recibir en sus instalaciones, si es que Popular Valores así lo requiere, los residuos derivados de lo contratado, asegurando la disposición responsable de cada uno de estos, según la normativa y procesos específicos de disposición responsable para cada caso en particular, según el objeto de que se trate.
3) Uso de tecnologías eco-eficientes
Entre otras se debe atender lo dispuesto en la Directriz No. 011-MINAE, mediante la cual se establece la prohibición de adquirir equipos, luminarias y artefactos de baja eficiencia que provoquen alto consumo de electricidad para ser utilizados en los edificios e instalaciones de tránsito peatonal que ocupe el Sector Público.
En lo que respecta a la adquisición de automotores alimentados por hidrocarburos se deberán buscar tecnología que resulten ser más eficientes en el uso de los combustibles y minimicen la generación de contaminación ambiental, así como la búsqueda de tecnologías amigables con el ambiente, como los vehículos híbridos y/o eléctricos.
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (FIRMA)
Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (FIRMA)
Fecha: 2019.10.03
11:02:11 -06'00'
Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx