Condiciones generales de venta 1.- Ámbito de aplicación
Condiciones generales de venta 1.- Ámbito de aplicación
Las presentes condiciones generales de venta serán aplicables a cualquier contrato de venta o entrega entre las partes, salvo que éstas hayan acordado otra cosa por escrito.
Las ofertas y presupuestos realizados por el Vendedor no serán vinculantes para el mismo, entendiéndose perfeccionado el contrato de venta únicamente cuando el Vendedor confirme por escrito un pedido.
Las presentes condiciones de venta sólo podrán ser modificadas por acuerdo escrito entre las partes, por lo que serán inválidas en este sentido las cláusulas o condiciones que figuren, impresas o manuscritas, en los pedidos, cartas u otros documentos emitidos por el Comprador.
La modificación por el Vendedor de las presentes condiciones de venta no afectará a contratos ya perfeccionados.
Todas las compras futuras de mercancías del Vendedor, en ausencia de un acuerdo expreso en sentido contrario, estarán sujetas a los presentes términos y condiciones generales.
2.- Lugar
Salvo que el Vendedor aceptase otro en la confirmación de pedido, el lugar de realización de todas las obligaciones contractuales será Sabadell (España), y la entrega de las mercancías se realizará en el almacén del Vendedor.
3.- Plazo de entrega
El plazo de entrega empezará tan pronto como el pedido sea confirmado por el Vendedor, los documentos técnicos del Comprador necesarios hayan llegado completamente al Vendedor, los pagos y garantías acordados sean dados y los permisos oficiales requeridos estén concedidos. El plazo de entrega se considerará completado cuando la entrega esté lista para despachar en el lugar acordado.
El plazo de entrega será razonablemente ampliado si motivos ajenos a la voluntad y control del Vendedor impiden el cumplimiento con la fecha de entrega.
Asimismo, el plazo de entrega será ampliado si el Comprador cambia el pedido original o se retrasa en sus obligaciones contractuales, especialmente si el Comprador ha retrasado la entrega de los documentos necesarios o ha retrasado los pagos acordados.
4.- Precio
Todos los precios deberán ser considerados como netos, ex-work, en euros, sin ninguna deducción de cualquier tipo, salvo pacto en contrario.
El Vendedor se reserva el derecho de realizar cambios en sus tarifas de precios. Dichos cambios nunca afectarán a los servicios contratados con anterioridad a la modificación de precios y serán comunicados al comprador con un mínimo de 30 días antes de la finalización del contrato, teniendo el Comprador la facultad de desistir
del contrato si aquél no le conviniera en un plazo de 7 días siguientes a la notificación de las nuevas tarifas.
Los precios no incluyen impuestos, tasas u otras cargas, tanto de naturaleza general como especial, que serán a cargo del Comprador, a menos que se pacte otra cosa por escrito, teniendo en cuenta los Incoterms que en su caso sean de aplicación y/o las condiciones de entrega de las mercancías.
5.- Forma de pago
Salvo pacto escrito en contrario, cada pedido se pagará al contado, sin ningún descuento, y sin que se permita deducción, compensación o retención de pagos por parte del Comprador.
Las fechas de pago acordadas deberán ser cumplidas por el Comprador incluso si el transporte o la entrega se demorasen debido a razones más allá del control del Vendedor.
Si el Vendedor lo considera oportuno por la posición financiera del Comprador, podrá solicitar las garantías que considere necesarias para asegurar el debido cumplimiento de las obligaciones contractuales del Comprador, pudiendo entretanto suspender las entregas.
Caso de exigirse algún aval de garantía, el texto del mismo deberá acomodarse al modelo que a tal efecto facilitará el Vendedor.
6.- Intereses
Las cantidades no pagadas por el Comprador, en las condiciones establecidas anteriormente devengarán intereses por cada día de retraso en el pago en una tasa igual al interés legal de demora más 8%.
Este interés de demora será automáticamente vencido y exigible, de conformidad con el artículo 3 de la Directiva 2000/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 xx xxxxx de 2000, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
7.- Aceptación de mercancía
El Comprador revisará y llevará a cabo el reconocimiento de las remesas, en cuanto a calidad y cantidad, en el acto mismo de la entrega. Una vez revisadas y practicado el reconocimiento de las remesas, éstas se considerarán aceptadas por el Comprador, renunciando éste a cualquier reclamación. Asimismo, el Comprador dispondrá de un plazo de 30 días para denunciar cuantos vicios o defectos ocultos se presenten en las remesas, transcurrido el cual el Comprador perderá toda acción y derecho a reclamar por esta causa en contra del Vendedor.
Con respecto a las reclamaciones relativas al uso, venta o distribución de los productos vendidos o entregados, individualmente o en combinación con otros productos, ingredientes o embalajes, o cualquier otra queja relativa al contrato, los derechos del Comprador y la responsabilidad del Vendedor se limitarán al cambio de tales productos o a la devolución del precio de venta, según opte el Vendedor. El Comprador nunca tendrá derecho a devolver los productos aceptados o cuyo plazo
para denunciar defectos haya transcurrido. La responsabilidad del Vendedor nunca excederá el valor de las mercancías afectadas en el momento de la venta.
8.- Reserva de dominio
El Vendedor seguirá siendo dueño de toda mercancía suministrada hasta la recepción completa de los pagos acordados. El Comprador autoriza al Vendedor a inscribir su reserva de propiedad en registros públicos o archivos, y estará obligado a dar cualquier firma que sea requerido para ello.
En caso de impago del precio de las mercancía suministrada, el Vendedor podrá optar entre ejercer su reserva de dominio y recuperar los bienes con la indemnización pertinente por depreciación comercial y deterioro, o reclamar el precio más los intereses de demora.
9.- Embalajes
El Comprador adquirirá la titularidad de los materiales de embalaje a menos que:
a) En el material de embalaje se indique que el Vendedor o un tercero reclama la reserva de dominio del mismo; o
b) La hoja de pedido o los documentos que la acompañen incorporen una reserva de dominio a favor del Vendedor o un tercero.
En tales casos, se estará a lo previsto en la Condición anterior: “Reserva de dominio”
10.- Garantía
El Vendedor garantiza exclusivamente que en la fecha de entrega los productos estarán en conformidad con las especificaciones convenidas.
Los productos se venden sin posteriores garantías y sin ningún tipo de promesa por parte del Vendedor respectos a sus posibilidades de procesamiento, aplicaciones potenciales y comerciabilidad.
El Vendedor será responsable de reparar o reemplazar cualquier mercancía que, antes de expirar el periodo de garantía, se pruebe que sea inutilizable debido a malos materiales, diseño defectuoso o pobre elaboración.
Si un suministro se mantiene defectuoso a pesar de su reparación o sustitución, el Vendedor queda autorizado a llevarse la mercancía defectuosa contra el reembolso de los pagos recibidos.
Quedan excluidas de la garantía y responsabilidad del Vendedor todas las deficiencias fuera de su control, especialmente si es como resultado del desgaste normal, falsa información del Comprador, mantenimiento inadecuado, fallos en la observancia de las instrucciones de funcionamiento, uso de cualquier material inapropiado, influencia de una acción química o electrolítica, etc.
Si el Comprador alega que una garantía de acuerdo con las especificaciones técnicas de la mercancía no es alcanzada, la garantía sólo será válida si el Vendedor tiene la oportunidad de comprobar que los parámetros garantizados no son alcanzados.
La garantía por el Vendedor está sujeta al oportuno cumplimiento de las condiciones de pago acordadas con el Comprador.
11.- Patentes
La venta de mercancía por el Vendedor no transmitirá en ningún caso licencia alguna bajo ninguna patente relativa a los productos o a su composición, y el Comprador asume expresamente todos los riesgos de infracción de patente por razón de su uso o venta de producción, individualmente o en combinación con otros materiales o en alguna operación de elaboración en algún proceso.
12.- Seguros
El beneficio y riesgo de los suministros pasará al Comprador una vez estén listos para despacho en las condiciones pactadas.
En caso de que el despacho de la mercancía se retrasase por razones más allá del control del Vendedor, los suministros serán almacenados y asegurados x xxxxx y riesgo del Comprador. El transporte será ejecutado a coste y riesgo del Comprador.
El Comprador será responsable de suscribir un seguro para los suministros contra cualquier tipo de riesgo.
El Vendedor podrá solicitar al Comprador fotocopia del último recibo satisfecho justificando el pago puntual de las primas correspondientes a tales seguros. Los seguros a los que se hace referencia deberán tener una duración mínima igual a la duración prevista para la ejecución del pedido.
13.- Incumplimiento del comprador
En caso de incumplimiento o falta de cumplimiento puntual o adecuado de cualquiera de las obligaciones del Comprador, el Vendedor tendrá derecho a notificar la rescisión total o parcial del contrato o la suspensión de su ejecución en todo o en parte. Ello se realizará mediante notificación fehaciente, sin necesidad de ulterior advertencia de incumplimiento o intervención judicial, y sin que el Vendedor deba responder por los daños, sin perjuicio de cuantos otros derechos asistan al Vendedor.
Tan pronto como se produzca cualquiera de las circunstancias antes mencionadas, todas las reclamaciones que el Vendedor tenga frente al Comprador se convertirán en pagaderas inmediatamente.
Si el Comprador no realiza el pago puntualmente o en su totalidad, al primer requerimiento del Vendedor deberá devolver los productos no pagados.
En caso de no ser devueltos dichos productos por el Comprador, el Vendedor, sin perjuicio de sus demás derechos y acciones, estará legitimado para recuperar los productos vendidos sin necesidad de nuevo requerimiento, notificación o intervención judicial.
14.- Fuerza mayor
“Fuerza Mayor” significa a los efectos del presente contrato la existencia de cualquier contingencia, circunstancia o causa que esté más allá del control de la parte que la invoca, incluyendo, pero no limitándolo a las siguientes circunstancias:
imposición o sumisión a una ley, regulación, decreto, orden o solicitud de cualquier autoridad (nacional, estatal, autonómica, provincial o municipal), confiscación, motín, guerra, disturbios, incendios, inundaciones, terremotos, tormentas, explosiones, huelgas, cierres, parada de maquinaria o de fábrica, imposibilidad de conseguir materias primas, equipos, gasóleo o transporte.
Si por Fuerza Mayor cualquiera de las Partes no puede cumplir alguna obligación del presente Contrato distinta a la de pago del precio, dicha Parte queda exonerada de su cumplimiento, siempre que notifique a la otra parte indicando el comienzo y la naturaleza de la situación de Fuerza Mayor. La Parte que invoque la Fuerza Mayor deberá enviar notificación inmediata tras la finalización de la causa que motive la Fuerza Mayor.
El Vendedor no será responsable frente al Comprador por ninguna pérdida o daño derivado del incumplimiento o de la falta de cumplimiento puntual o total de sus obligaciones por causa de fuerza mayor.
Esta cláusula es aplicable al Vendedor y a su planta, y al Comprador y su planta. No obstante los anteriores apartados de este artículo, si al Comprador le afecta la Fuerza Mayor no será relevado de ninguna de sus obligaciones de aceptar y pagar los envíos hechos con anterioridad al recibo por parte del Vendedor de la notificación por escrito del Comprador de la situación de Fuerza Mayor; tampoco el Comprador podrá invocar la causa de Fuerza Mayor para retrasar el pago de la cantidades adeudadas.
Si concurre causa de Fuerza Mayor, el vendedor tendrá derecho a distribuir, en la forma que considere razonable, las cantidades de productos útiles entre sus clientes y sus propios requerimientos.
15.- Cesión
Ninguna de las partes cederá el contrato sin el consentimiento escrito de la otra parte, con la sola excepción de que el Vendedor puede ceder el contrato, en todo o en parte, a cualquiera de las compañías que formen parte de su mismo grupo empresarial.
16.- Catálogos y documentos
Los datos contenidos en los catálogos y documentos técnicos serán vinculantes sólo si está explícitamente estipulado como tal en los mismos.
Todos los documentos facilitados por el Vendedor al Comprador deberán ser considerados como propiedad exclusiva del primero, debiendo ser considerados confidenciales y no pudiendo ser cedidos, bajo ningún concepto ni por ningún título a terceros, ni copiados ni usados sin el previo consentimiento y por escrito del Vendedor.
Si no se realiza el pedido, todos los catálogos y demás documentos entregados deberán ser devueltos inmediatamente al Vendedor.
17.- Confidencialidad y Protección de datos
En cumplimiento de los dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos de carácter personal facilitados
por el Comprador formarán parte del fichero de clientes del Vendedor, cuyos fines son el mantenimiento de la relación contractual, el control y gestión de las ventas y sus correspondientes cobros. El Vendedor tratará dichos datos con la máxima confidencialidad, y se compromete a no utilizarlos con un fin distinto a aquel para el que han sido recabados, así como a conservarlos con las debidas medidas que garanticen su seguridad y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizados.
El Vendedor se compromete a guardar secreto profesional respecto de los referidos datos personales, incluso una vez finalizada la relación contractual.
El Comprador autoriza al Vendedor a conservar sus datos durante un periodo de cinco años una vez cumplida la prestación contractual.
El Comprador tiene la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo una comunicación por escrito a la atención del Responsable de Protección de Datos del ZIP BARCELONA SOLUTIONS, S.L, con domicilio en Sabadell, plaza Xxxxxxx de Dia número 2, 3º, 1ª.
18.- Separabilidad
Las presentes condiciones se considerarán separables, y si alguna de ellas fuera inválida por cualquier razón, el resto conservará su validez con toda su fuerza y efecto.
19.- Idioma
En caso de discrepancia entre textos en castellano y textos en cualquier otra lengua relacionados con la venta de la mercancía, prevalecerá el texto en castellano.
20.- Fuero
La presente relación se regirá por la legislación española. Las partes renuncian expresamente a cualquier otro foro o jurisdicción a los que pudiesen tener derecho y acuerdan someter a los tribunales xx Xxxxxxxx cualquier diferencia o litigio derivados de la validez, interpretación, cumplimiento o ejecución de las Condiciones Generales de Venta, así como de los actos o transacciones contempladas en las mismas.