Contract
CONTRATO DE COMPRAVENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA POR CONDUCTO DE SU H. AYUNTAMIENTO REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LOS C. C. XXXXXXXXX DE XXXXX XXXX XXXXX, LIC. XXXXX DE LOS XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, LIC. XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX, EN SUS RESPECTIVOS CARACTERES DE PRESIDENTE MUNICIPAL, SÍNDICO Y TESORERO, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA COMO “EL COMPRADOR”, Y POR OTRA PARTE LA EMPRESA FARMACOS DINSA, S. A. DE C.V, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. XXXXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO “EL VENDEDOR”, QUIENES SE SUJETARAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S:
I.- Declara “EL COMPRADOR”, a través de sus representantes:
I.1.- Ser un ente Público con personalidad Jurídica y patrimonio propio en los términos de los artículos 115° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 73° de la Constitución Política de Jalisco, artículos 1°, 2° y 3° de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.
I.2.- Que sus representantes cuentan con la capacidad y facultad necesarias para obligarse en términos de este contrato, con fundamento en los artículos 80 y 86 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, 10, 15, 37 fracciones II, V, VI, 38 fracción III, 47 fracciones I, II, XI, 52 fracciones I y II, 53, 54, 61 y 67 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como lo dispuesto en los artículos 3, 42 y 63 fracción IV, del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara.
I.3.- Manifiesta tener su domicilio oficial en el edificio xxx Xxxxxxx Municipal, ubicado en la Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, xxxx 0 Xxxxxx de ésta Ciudad y que su Registro Federal de Contribuyentes es MGU-420214-FG4.
1.4.- Continúa manifestando que para el cabal cumplimiento de sus funciones cotidianas a la Dirección Medica de la Secretaria de Servicios Médicos le es conveniente contratar la compra venta de:
1. 5 (cinco) piezas de MONITOR DE SIGNOS VITALES, especificaciones de acuerdo al anexo.
2. 15 (quince) piezas de LARINGOSCOPIO C/4 (cuatro) HOJAS RECTAS Y 4 (cuatro) HOJAS CURVAS, XXXXX ALLYN, especificaciones de acuerdo al anexo. en las condiciones que establece el presente instrumento.
I.5.- De conformidad al artículo 50° fracciones I, II, lll, IV, Vl, XV, XVl, XVll, XVlll, XXIII, XXlV XXV, del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara a la Secretaria de Administración le corresponde el proporcionar apoyos, servicios administrativos y recursos materiales a las diversas dependencias de “EL COMPRADOR”.
1.6.- Para efecto de satisfacer las necesidades mencionadas en el punto 1.4 le es conveniente contratar la compraventa aquí descrita, con una empresa capacitada, certificada y autorizada en compraventa de equipo medico, por lo que “EL COMPRADOR”, a decidido contratar a “EL VENDEDOR”, en los términos que más delante se estipulan.
I.7- Que la compraventa contemplada en el presente contrato tuvo que ser sometida a la aprobación de la Comisión de Adquisiciones de Bienes y Servicios en Sesión Extraordinaria 04 bajo el Acta numero 04/07/2012, de fecha jueves 12 de julio de 2012 se aprobó el cuadro número 02042012, hechos vertidos en hoja número 7 párrafo primero, así mismo lo señalado en los siguientes documentos: en hoja con Cuadro Comparativo numero 02042012 de fecha 29 xx xxxxx de 2012; en hoja con Orden de Compra No 2386, de fecha 12 de julio de 2012; en hoja con Requisición No 1739, de fecha 27 xx xxxxx de 2012 con cargo a la Partida Presupuestal No. 2- 23-5310, con fundamento en el Artículo 15 del Reglamento de Adquisiciones para el Municipio de Guadalajara vigente, se autoriza por precio y por cumplir con las especificaciones requeridas, por lo que en base al análisis de la Comisión de Adquisiciones hecho a las propuestas económicas el día 12 de julio del 2012, se emitió el FALLO DE ADJUDICACION, referente al concurso de la requisición con folio 1739, es procedente adjudicar y se le adjudica las partidas 2 y 15 al proveedor Fármacos DINSA, S.A. de C.V., la compraventa que se describe en la cláusula primera del presente contrato.
II.- Declara “EL VENDEDOR”que:
II.1.- LA EMPRESA FARMACOS DINSA, S. A. DE C.V, está legalmente constituida, mediante escritura Pública No. 4,428, de fecha 00 xx Xxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx del Licenciado Xxxxx Xxxxx Grave, Notario Público número 21 de Guadalajara Jalisco, se constituyo de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, una Sociedad Anónima de Capital Variable, de nacionalidad Mexicana, con Boleta de inscripción bajo Folio Mercantil Electrónico No. 26548 * 1 fecha de prelación 28 xx xxxxx de 2005., por otro lado manifiesta contar con la capacidad necesaria para contraer derechos y obligaciones, así como que esta debidamente inscrito en el Padrón de Proveedores bajo el número 4228 además cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes No. FDI-050413-ML4, representada en este acto por el C. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx, quien comparece a la celebración del presente contrato con el carácter de Representante Legal de “EL VENDEDOR”, personería que acredita en estos momentos mediante Escritura Pública No. 6,846, de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx del Licenciado Xxxxx Xxxxx Grave, Notario Público número 21 de Guadalajara Jalisco Escritura Pública, la cual especifica en el contenido dicho carácter. Manifestando bajo protesta decir verdad que a esta fecha no le han sido revocadas, modificadas ni limitadas de forma alguna las facultades de representación concedidas en dicho instrumento público
II.2.- Que cuenta con la capacidad, medios propios y suficientes como son: experiencia profesional, organización adecuada, recursos materiales y técnicos así como la fuerza de trabajo que se requiere para realizar el objeto de este contrato.
II.3.- Manifiesta tener como domicilio fiscal la finca marcada con el número 4149 de la Ave. Guadalupe entre las calles Sta. Xxxxxx de Xxxxx y Xxxxxxxxxx, Colonia CD. De Los Niños, Municipio de Zapopan, Jalisco Código Postal 45040 y que cuenta con número de teléfono 0000-0000, Fax 0000-0000 así como el e-mail xxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.
X X X X X X X X X: PRIMERA.- DEL OBJETO DEL CONTRATO.
“EL VENDEDOR” se obliga en los términos de este contrato, a otorgar a “EL
COMPRADOR” la entrega de la compraventa de:
5 (cinco) piezas de MONITOR DE SIGNOS VITALES, especificaciones de acuerdo al anexo.
15 (quince) piezas de LARINGOSCOPIO C/4 (cuatro) HOJAS RECTAS Y 4 (cuatro) HOJAS CURVAS, XXXXX ALLYN, especificaciones de acuerdo al anexo. en las condiciones que establece el presente instrumento.
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SEGUNDA.- DEL IMPORTE DE LA COMPRAVENTA.
“EL COMPRADOR” se obliga a pagar por la compraventa solicitada a “EL VENDEDOR” la cantidad de $ 606,685.80 (Seiscientos Seis Mil Seiscientos Ochenta y Cinco Pesos 80/100 Centavos M. N.) I. V. A. incluido, Por concepto de la compraventa mencionada en la cláusula anterior.
TERCERA.- DE LA DESCRIPCIÓN DE LA COMPRAVENTA.
La compraventa comprende:
5 (cinco) piezas de MONITOR DE SIGNOS VITALES, especificaciones de acuerdo al anexo.
15 (quince) piezas de LARINGOSCOPIO C/4 (cuatro) HOJAS RECTAS Y 4 (cuatro) HOJAS CURVAS, XXXXX ALLYN, especificaciones de acuerdo al anexo. en las condiciones que establece el presente instrumento. “EL VENDEDOR”, se obliga a proporcionar a “EL COMPRADOR”, lo estipulado en la cláusula primera del presente contrato, mismas que los contratantes manifiestan su aprobación, voluntad y consentimiento para cumplirlas y firmarlas.
CUARTA.- FORMA DE PAGO Y CONDICIONES DE PAGO.
Los días de pago serán en 30 (treinta) naturales vs fecha contra recibo, para lo cual “EL VENDEDOR”, deberá presentar la factura respectiva en la Tesorería Municipal, Ubicada en la confluencia de las calles de Xxxxxx Xxxxxx 901 y Colón, quien se obliga a cubrir el importe que corresponda a dicha compraventa.
QUINTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO.
Fecha de entrega, 30 (treinta) días, del día 12 (doce) de julio al 11 (once) xx xxxxxx de 2012, periodo en el que “EL VENDEDOR”, queda obligado a proporcionar de acuerdo a lo acordado con “EL COMPRADOR”, la compraventa que se especifica en la cláusula primera de este contrato.
SEXTA.- DE LA FIANZA Y GARANTÍA.
1.- “EL VENDEDOR” garantizará el cumplimiento, ejecución, operación y calidad de la compraventa, mediante la constitución de una fianza, misma que depositará en la Dirección de Adquisiciones Municipal de Guadalajara, la cual deberá comprender el 10% del monto estimado de las obligaciones que “EL VENDEDOR” genere. La fianza deberá ser entregada en un plazo máximo de 15 (quince) días naturales contados a partir del día de la firma del presente contrato, aclarando, que el depósito de la fianza no comprende el pago de daños y perjuicios, que se generen, los cuales serán
Exigibles en forma separada, de conformidad a lo que determina el Código Civil del Estado de Jalisco.
2.- En caso de incumplimiento por parte de “EL VENDEDOR” a cualquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato, “EL COMPRADOR” le comunicará por escrito tal circunstancia dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha en que haya ocurrido el mismo, a efecto de que “EL VENDEDOR” corrija el incumplimiento dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes a la fecha de la recepción fehaciente de dicha comunicación. Expirando este último, si “EL VENDEDOR” no subsana el correspondiente incumplimiento, por lo cual “EL COMPRADOR” hará efectiva la fianza otorgada conforme a esta cláusula.
3.- La fianza mencionada estará en vigor durante la validez del presente contrato. Para responder tanto a los defectos de ejecución de la compraventa como a la entrega de ésta.
4.- Si al término de la vigencia del contrato existiera responsabilidad en contra de “EL VENDEDOR”, dicha situación le será notificada por escrito por parte de “EL COMPRADOR”. Recibida la notificación antes mencionada las partes tendrán una
Reunión en el día y hora que al efecto convengan, para llevar a cabo las aclaraciones que correspondan y en su caso, la cuantificación de cualquier suma que pudiere existir a cargo de “EL VENDEDOR”.
5.- Una vez efectuado lo anterior, “EL VENDEDOR” gozará de un plazo de 7 (siete) días hábiles contados a partir de la terminación de la reunión aclaratoria, para llevar a cabo el pago de cualquier cantidad que existiese a su cargo y, en caso de no efectuar el pago mencionado, “EL COMPRADOR” podrá efectuar la compensación correspondiente de las cantidades adecuadas a “EL VENDEDOR” conforme a este contrato y, si éstas no fueren suficientes para cubrir el monto en disputa, “EL COMPRADOR” procederá a hacer efectiva la fianza.
DE LA GARANTIA: GARANTIA MINIMA DE LOS EQUIPOS ENLISTADOS ES DE 2 AÑOS POR ESCRITO.
SÉPTIMA.- DE LA NEGATIVA DE CESIÓN.
“EL VENDEDOR”, no podrá ceder o comprometer sus obligaciones o derechos nacidos de este instrumento, en favor o perjuicio de terceros, sin el consentimiento expreso y escrito de “EL COMPRADOR”.
OCTAVA.- DE LA CANCELACION
“EL COMPRADOR”, podrá cancelar la compra venta total o parcialmente en cualquier momento por causas justificadas o por razones de interés general, sin incurrir en responsabilidad alguna, enterando a “EL VENDEDOR”, con 30 (treinta) días de anticipación rescindiendo el presente contrato.
NOVENA.- DE LA SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS.
“EL COMPRADOR”, a través de los representantes que para tal efecto él designe, o por conducto del titular de la Dirección Medica de la Secretaria de Servicios Médicos, tendrá la facultad de supervisar y vigilar en cualquier momento los trabajos que realice “EL VENDEDOR”, así como a exigir que estos se realicen a su entera satisfacción conforme lo acordado en esta convención de voluntades.
DÉCIMA.- DEL INCUMPLIMIENTO.
Cuando por casos fortuitos o de fuerza mayor le fuera imposible a “EL VENDEDOR DE SERVICIOS” cumplir con la entrega del Equipo Medico descrito en la cláusula primera en el presente contrato, solicitara oportunamente y por escrito la prorroga que considere necesaria expresando los motivos en que apoye su solicitud. “EL MUNICIPIO”, resolverá en un plazo no mayor a 30 (treinta) días naturales, sobre la procedencia o no para conceder la prorroga.
Si “EL VENDEDOR” no hiciera lo señalado en el párrafo que antecede “EL COMPRADOR” procederá a solicitarle el informe respectivo al vendedor para que en un termino de 5 (cinco) días naturales contados a partir de la fecha de notificación; el “VENDEDOR” hará saber los motivos del incumplimiento, los cuales serán valorados por “EL COMPRADOR” quien resolverá la procedencia o no de la justificación, y si es conveniente la realización de las modificaciones correspondientes al programa; ó en
Su defecto “EL COMPRADOR” procederá a rescindir el presente contrato de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial.
DÉCIMA PRIMERA.- DEL LÍMITE DE RESPONSABILIDADES LABORALES.
“EL VENDEDOR” será el único responsable de las obligaciones derivadas de la relación existente entre él y su personal, empleados o terceros de quienes se auxilie o sirva para realizar el se encomendado, por lo tanto, bajo ninguna circunstancia y en ningún caso, se considera a “EL COMPRADOR” patrón Sustituto ni responsable solidario de dichas relaciones laborales, por ser ajeno a ese vínculo obrero patronal y no existir subordinación de su parte, quedando a salvo de cualquier reclamación que se origine entre “EL VENDEDOR” y su personal durante todo el tiempo que dure la vigencia del presente instrumento se obliga a asumir la responsabilidad civil y/o penal que pudiese resultar con motivo de la ejecución u omisión de la compraventa y obligaciones que adquiere por este contrato, así como a responder de los actos u omisiones que sean imputables a él, sus representantes, trabajadores, factores o dependientes vinculados con la ejecución de los trabajos y actividades contratadas, liberando a “EL COMPRADOR” y manteniéndolo a salvo de cualquier reclamación o responsabilidad.
DÉCIMA SEGUNDA.- DE LAS CAUSAS DE RESCISIÓN.
Son causas de rescisión del presente contrato imputables a “EL VENDEDOR” las siguientes:
1. No entregar la compraventa al día de vigencia de este contrato en las condiciones y fechas que lo estipulen.
2. No cumplir con lo acordado en la cotización presentada por el “EL VENDEDOR”.
3. Cualquier infracción o incumplimiento de las obligaciones adquiridas y admitidas en el presente contrato.
DÉCIMA TERCERA.- DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS.
“EL VENDEDOR” se responsabiliza de las posibles consecuencias civiles, penales o administrativas que se originen con motivo de las fallas o negligencia que sean imputables al personal de la compraventa que se consigna en este contrato, obligándose a resarcir el daño que por esos motivos ocasione a “EL COMPRADOR”.
DÉCIMA CUARTA.-DE LA COMPETENCIA JURISDICCIONAL.
Para la interpretación y cumplimiento de este contrato las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, con residencia en la Ciudad de Guadalajara renunciando expresamente a cualquier otro fuero por razón del territorio, domicilio o nacionalidad, que tengan o pudieran tener en el futuro.
Leído lo anterior, y enteradas las partes de su contenido, alcance y consecuencia legales de las obligaciones y derechos pactados en el presente contrato, ciertos de que no existe error, dolo, mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento, las partes firman en 4 (cuatro) tantos de 6 (seis) hojas cada uno, el día 12 (doce) de julio de 2012 (dos mil doce) en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco.
“EL COMPRADOR”
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
XXXXXXXXX DE XXXXX XXXX XXXXX
EL SÍNDICO EL TESORERO
LIC. XXXXX DE LOS ANGELES LIC. XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX
“EL VENDEDOR”
C. XXXXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXX REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA
FARMACOS DINSA, S. A. DE C.V TESTIGOS
EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN EL DIRECTOR DE ADQUISICIONES
XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX BARBA
DIRECTORA JURÍDICO MUNICIPAL DIRECTORA DE LO JURÍDICO
CONSULTIVO
LIC. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX DE ANDA XXXXXXX
La presente hoja de firmas forma parte integral del contrato No. ADQ-045-2012 de compraventa celebrada por “EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA, y LA EMPRESA FARMACOS DINSA, S. A. DE C.V., representada en este acto por su representante legal el C. XXXXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXX, las partes firman en 4 (cuatro) tantos de 6 (seis) hojas cada uno, el día 12 (xxxx) xx xxxxx xx 0000 (xxx xxx xxxx) xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx.