APRUEBA BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA "SERVICIO DE TASACIÓN DE INMUEBLES PARA LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA, ID 2735-40-LE21".
APRUEBA BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA "SERVICIO DE TASACIÓN DE INMUEBLES PARA LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA, ID 2735-40-LE21".
XXXXXXX XXX Xx0000/0000 XX XXXXXXXXX, 13-05-2021
VISTO: La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; lo establecido en los artículos 9, 19 y 25 del Reglamento de Compras, contenido en el Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones; el artículo 6, N°1, letra b), del Decreto DAL N° 209 de 26 de febrero 2021, que deja sin efecto decreto que indica y aprueba nuevo reglamento de atribuciones alcaldicias; los artículos 56 y 63, letras i) y j), de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; y
TENIENDO PRESENTE:
a) Que, mediante Solicitud de Compra IDSGD N° 020163, la Secretaría de Planificación de la Municipalidad (SECPLA), requirió la contratación del Servicio de Tasación de Inmuebles para la Municipalidad de Lo Barnechea
b) Que, mediante Decreto DAL N°171 del 18 de febrero de 2019, se aprobaron las Bases Administrativas Generales para la contratación y compra pública de la Municipalidad de Lo Barnechea.
c) Que, existe disponibilidad presupuestaria, de acuerdo con lo señalado en la aprobación de la Pre-obligación N.º 05/203 de 04 xx xxxxx de 2021.
D E C R E T O:
1. APRUÉBANSE las bases administrativas especiales, bases técnicas y anexos que regirán la Licitación Pública SERVICIO DE TASACIÓN DE INMUEBLES PARA LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA, ID 2735-40-LE21, cuyo contenido es el siguiente:
BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES
“SERVICIO DE TASACIÓN DE INMUEBLES PARA LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA ID 2735-40-LE21”
1. OBJETO DE LA LICITACIÓN
Las presentes Bases Administrativas Especiales establecen las disposiciones, condiciones, procedimientos, términos y normas que regularán la Licitación Pública denominada “Servicio de Tasación de Inmuebles para la Municipalidad de Lo Barnechea”.
La presente licitación se regulará por lo dispuesto en las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N° 171 de 18 de febrero de 2019, en todo lo que no se encuentre regulado por las presentes bases.
2. DE LAS GARANTÍAS REQUERIDAS
Los oferentes que deseen participar del presente proceso concursal deberán presentar las siguientes garantías:
2.1 Garantía de Seriedad de la Oferta
Los oferentes deberán presentar una Garantía de Seriedad de la Oferta, consistente en un documento pagadero a la vista, a primer requerimiento e irrevocable, con las siguientes condiciones:
BENEFICIARIO | Municipalidad de Lo Barnechea |
RUT | 00.000.000-0 |
VIGENCIA MÍNIMA | 25 de septiembre de 2021 |
MONTO | 50.000 (cincuenta mil pesos) |
GLOSA | “Para garantizar la seriedad de la oferta en la Licitación Pública ID 2735-40- LE21” |
Serán rechazadas de plano aquellas propuestas que no presenten la garantía de seriedad de la oferta.
En caso de extenderse el plazo de cierre de recepción de las ofertas, las garantías presentadas con anterioridad a la extensión del cierre y de acuerdo con los plazos establecidos en la apertura primitiva serán válidas para el proceso, sin perjuicio de requerirse su prórroga si fuese necesario. En caso de no prorrogarse, se entenderá que el oferente se desiste de su oferta.
La restitución de la garantía de seriedad de la oferta se realizará al oferente adjudicado una vez que hubiere aceptado expresamente la orden de compra emitida. En el caso de las garantías presentadas por aquellos proponentes declarados inadmisibles y/o no adjudicados, éstas serán restituidas de acuerdo con lo señalado en los numerales 8.1.5 y 8.1.6 de las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N° 171 del 18 de febrero de 2019. Respecto a los demás requisitos y condiciones de esta garantía, remitirse al numeral 8.1 de las Bases Administrativas Generales
2.2 Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
De conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, resulta necesario exigir al adjudicatario presentar una garantía de fiel cumplimiento del contrato, debido a la necesidad de asegurar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas de la presente licitación. La garantía de fiel cumplimiento de contrato, consiste en un documento pagadero a la vista, a primer requerimiento e irrevocable, con las condiciones que a continuación se indican:
BENEFICIARIO | Municipalidad de Lo Barnechea |
RUT | 00.000.000-0 |
VIGENCIA MÍNIMA | 60 días corridos posteriores al término del contrato. |
MONTO | 5% del presupuesto máximo disponible |
GLOSA | “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la Licitación Pública ID 2735-40-LE21” |
Además, deberá cumplir con los requisitos exigidos en el numeral 9.2 de las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N° 171 de 18 de febrero de 2019.
La caución deberá ser entregada, a más tardar, dentro de los 10 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación a través del portal de xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
Esta caución será devuelta, una vez que hubiere vencido el término del contrato, y sólo una vez que el ITS hubiere dado recepción conforme a éste.
3. CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA |
Publicación Licitación | 14/05/2021 18:30 horas |
Inicio de Preguntas | 14/05/2021 18:31 horas |
Final de Preguntas | 19/05/2021 13:00 horas |
Publicación de respuestas y aclaraciones | 25/05/2021 23:30 horas |
Cierre de Recepción de Ofertas | 28/05/2021 15:30 horas |
Acto de Apertura Electrónica | 28/05/2021 15:31 horas |
Publicación de la Adjudicación | 09/07/2021 23:30 horas |
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo antes señalado, el Municipio informará en el Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
4. DE LA VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Las ofertas tendrán una vigencia mínima de 120 días corridos, a contar del acto de apertura de éstas. Si dentro de este plazo, no se puede efectuar la adjudicación, la Municipalidad se reserva el derecho de extender el plazo de vigencia y solicitará a los proponentes prorrogar sus ofertas. Si alguno de los proponentes no lo hiciere, dicha oferta no será considerada en la evaluación, de acuerdo con lo establecido en el Decreto DAL Nº 171 de 18 de febrero de 2019.
5. ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA
Cada proponente que desee participar en este proceso licitatorio deberá ingresar en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx los documentos que a continuación se indican. Los oferentes que no presenten uno o más de los documentos calificados como esenciales en el punto siguiente, no serán considerados en la evaluación de la presente licitación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17 letra c) de la Ley 19.880, la Comisión Evaluadora verificará de oficio la información que haya sido generada por el municipio, no siendo necesario acompañar dicha información.
Solo se considerarán aquellos documentos que:
a) Se encuentren legibles, completos, y debidamente suscritos, cuando corresponda.
b) Hayan sido extendidos a nombre del oferente.
c) Puedan ser verificados en cuanto a su autenticidad.
d) Xxxxxx relación con el presente proceso concursal.
5.1. Documentos Administrativos
a) Anexo N° 1 “Declaración Jurada Simple de no encontrarse inhabilitado para ofertar y/o suscribir contrato con la Municipalidad de Lo Barnechea”. La individualización del oferente debe corresponder a la razón social (ESENCIAL).
b) Anexo Nº 2 “Identificación de Unión Temporal de Proveedores (UTP)”. Este anexo sólo debe ser adjunto a la oferta por los proponentes que se constituyan como Unión Temporal de Proveedores.
c) Garantía de Seriedad de la Oferta (ESENCIAL).
5.2. Documento Económico
Anexo N° 3 “Oferta Económica y Plazo de Ejecución de Tasaciones” (ESENCIAL).
Los valores de la oferta económica deberán ser expresados en U.F. con impuestos incluidos. Por su parte, los plazos ofertados deberán ser expresados en días hábiles. (los plazos de días hábiles se contabilizan de lunes a viernes, excluyendo los días festivos)
El proponente deberá ofertar todos los precios y plazos requeridos en el anexo, de acuerdo con el formato de éste. De este modo, aquellos proponentes que no oferten según lo requerido en el anexo N°3, lo hagan de forma incompleta, o que agreguen antecedentes distintos a los requeridos en el mismo Anexo, no serán considerados para la evaluación, y su oferta será declarada inadmisible si no es posible utilizar los datos en las fórmulas establecidas para la evaluación en cada uno de los criterios.
Lo mismo ocurrirá respecto de aquellas propuestas que superen el máximo de recursos disponibles para esta contratación, establecido en el numeral 9.1 de estas Bases Administrativas Especiales. Para estos efectos, se multiplicará el valor ofertado en cada uno de los ítems del Anexo N°3, por las cantidades estimadas de tasaciones indicadas en el numeral 7.1 de estas bases administrativas especiales y por el valor de la Unidad de Fomento del día del cierre de recepción de ofertas.
5.3. Documentos Técnicos
a) Anexo N°4 “Experiencia del oferente”.
b) Anexo Nº5 “Declaración de Materias de Alto Impacto Social”.
c) Certificado del Registro de Tasadores en que se encuentre inscrito el oferente (ESENCIAL).
Respecto del Certificado de algún Registro de Tasadores, corresponderá presentar el documento de la entidad a la cual esté asociado el oferente, de lo contrario, se declarará inadmisible la oferta presentada.
En caso de que alguno de los oferentes no acompañe la totalidad de los documentos requeridos, la Comisión Evaluadora podrá ejercer la facultad contemplada en el artículo 40 inciso segundo del Decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886. Si la Comisión Evaluadora hiciera uso de esta facultad a través del foro inverso, pero el oferente no diere respuesta y/o no acompañare la documentación solicitada, la oferta será evaluada sin esos documentos solicitados o eventualmente podrá ser rechazada de plano, si corresponde. No se podrá llevar a cabo esta facultad, en caso de ser documentos esenciales de acuerdo a estas Bases Administrativas Especiales.
6. DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN
La Comisión Evaluadora estará compuesta por:
a) Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, o en su ausencia, Xxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxx Besa, ambas funcionarias del Área de Estudios del Departamento de Planificación Estratégica de la Secretaría Comunal de Planificación.
b) Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o en su ausencia, Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, ambos funcionarios de la Dirección de Compras y Gestión de Contratos.
c) Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, o en su ausencia, Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, ambos funcionarios de la Dirección de Asesoría Jurídica.
7. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Las ofertas presentadas por cada uno de los proponentes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
Nº | CRITERIO | PONDERADOR |
1 | Oferta Económica (OE) | 70% |
2 | Experiencia (EX) | 20% |
3 | Plazo de Ejecución de tasaciones (PET) | 5% |
4 | Materias de Alto Impacto Social (MA) | 4% |
5 | Cumplimiento de los Requisitos (CR) | 1% |
7.1 Oferta Económica (OE) 70%
Para el criterio de evaluación económica se evaluará el valor total (impuestos incluidos) ofertado en el Anexo N° 3, el cual se obtendrá de la sumatoria lineal del producto de los cuatro valores ofertados multiplicado por el ponderador de la tabla que a continuación se inserta:
Nº | SUBCRITERIO | INFORMES ESTIMADOS DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO1 | PONDERAD OR |
A | Tasación Terrenos Área Urbana | 15 | 60% |
B | Tasación de Terreno y Construcción Área Urbana | 10 | 20% |
X | Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxx x Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx | 5 | 10% |
D | Tasación de Terreno y Construcción Área Rural o Urbana Sector Cordillera | 5 | 10% |
TOTAL | 35 | 100% |
De este modo, el proveedor que presente la oferta de menor valor total obtendrá 1000 puntos, mientras que las ofertas restantes obtendrán un puntaje, de acuerdo con la siguiente formula:
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 =
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑎 𝑒𝑣𝑎𝑙𝑢𝑎𝑟
∗ 1000
(𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 )
7.2 Experiencia (EX) 20%
𝑂𝐸 = 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 ∗ 0,70
Se evaluará este factor en función de la cantidad de experiencias declaradas en el anexo N° 4 “Experiencia del Oferente” y acreditadas por el oferente, en materia de tasación de inmuebles.
Los servicios deberán haber sido facturados desde el 1 de enero de 2017 y hasta el día anterior a la fecha del cierre de las ofertas del presente proceso concursal.
Se evaluará las experiencias acreditadas en materia de Tasaciones tanto en el sector público como en el sector privado, de acuerdo con la tabla que se inserta a continuación.
1 Las cantidades indicadas en esta columna son referenciales, corresponden al comportamiento de este tipo de requerimiento durante los últimos años, no obstante, estas cantidades pueden variar durante el transcurso del contrato, de acuerdo a las necesidades que deba enfrentar el Municipio.
Para acreditar cada una de las experiencias declaradas, el oferente deberá acompañar, a lo menos, la/s factura/s o la/s boleta/s de honorarios, junto con el contrato, decreto de adjudicación, orden de compra, certificado del mandante, o cualquier otro antecedente que acredite en forma íntegra y fehaciente el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos señalados precedentemente. Para el criterio de evaluación de experiencia, la evaluación se realizará en base a la información requerida en la siguiente tabla:
N° | EXPERIENCIA | PUNTAJE |
1 | 50 o más experiencias servicio de tasación de inmuebles | 1000 puntos |
2 | Entre 40 y 49 experiencias servicio de tasación de inmuebles | 750 puntos |
3 | Entre 30 y 39 experiencias servicio de tasación de inmuebles | 500 puntos |
4 | Entre 20 a 29 experiencias servicio de tasación de inmuebles | 250 puntos |
5 | No presenta experiencia o presenta 19 o menos. | 0 puntos |
El puntaje para este criterio se obtendrá de acuerdo con la siguiente fórmula:
𝐸𝑋 = 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑥 0,20
7.3 Plazo Ejecución de Tasaciones (PET) 5%.
Se evaluará el plazo de ejecución de tasación, según lo señalado en el Anexo N°3, de las presentes bases de licitación. El tiempo será contabilizado a partir de la solicitud de tasación por parte del ITS respectivo, hasta la entrega del informe de tasación de el o los inmuebles tasados según lo requerido en el numeral 6 de las bases técnicas.
Los oferentes que en uno o más de los plazos ofertados, superen el plazo máximo a ofertar, indicado en la tabla que a continuación se inserta, serán declarados inadmisibles.
Para el criterio de evaluación “plazo de ejecución de las tasaciones”, se evaluará el plazo total ofertado en el Anexo N° 3, el cual se obtendrá de la sumatoria lineal del producto de los cuatro plazos ofertados multiplicado por el ponderador de la tabla que a continuación se inserta:
Nº | SUBCRITERIO | PONDERADOR | PLAZO MÁXIMO A OFERTAR |
A | Tasación Terrenos Área Urbana | 60% | 15 días hábiles |
B | Tasación de Terreno y Construcción Área Urbana | 20% | 15 días hábiles |
X | Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxx x Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx | 15% | 20 días hábiles |
D | Tasación de Terreno y Construcción Área Rural o Urbana Sector Cordillera | 5% | 20 días hábiles |
De este modo, el proveedor que presente la oferta de menor plazo total obtendrá 1000 puntos, mientras que las ofertas restantes obtendrán un puntaje, de acuerdo con la siguiente formula:
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 =
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑝𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
( )
𝑝𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑎 𝑒𝑣𝑎𝑙𝑢𝑎𝑟
∗ 1000
𝑂𝐸 = 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 ∗ 0,05
7.4 Materias de Alto Impacto Social (MA) 4%
Para obtener puntaje en este factor, el oferente deberá acompañar el Anexo N° 6 “Declaración de Materias de Alto Impacto Social” y adjuntar los medios de verificación que se indican a continuación, para acreditar el cumplimiento de uno o más de los ítems indicados en la siguiente tabla.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso de adjuntar documentos que incorporen información personal de terceros ajenos a esta licitación, el oferente deberá tachar (achurar) todos los datos de carácter sensible de personas ajenas al proceso licitatorio dejando visibles sólo aquellos suficientes para realizar la evaluación de este factor, o bien, adjuntar una autorización simple suscrita por la persona que aporta la información de la documentación adjunta. Se entenderá por dato personal y dato sensible aquellos definidos en el literal f) y g) del artículo 2 respectivamente, de la Ley N°19.628, sobre protección de la vida privada.
En caso de no cumplir con el requerimiento señalado, será evaluado con 0 (cero) puntos, en el ítem específico donde fue presentada la documentación con los datos sensibles expuestos.
ÍTEM | MEDIO DE VERIFICACIÓN |
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad. | - Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses, y - Inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación xxx XXXXXX. |
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral a personas de la tercera edad activa (mujer mayor de 60 años y hombre mayor de 65 años). | - Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores adulto mayor, con antigüedad igual o mayor a 3 meses, y - Copia de cédula de identidad del trabajador. |
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral a jóvenes (15 a 29 años). | - Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores jóvenes, - Copia de la cédula de identidad del trabajador, y - Certificado de la AFP que el trabajador no tuvo cotizaciones en los últimos 3 meses antes del inicio de la fecha del contrato. |
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores pertenecientes a pueblos originarios. | - Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores perteneciente a pueblos indígenas, con antigüedad igual o mayor a 3 meses, y - Documento que acredite la calidad de persona perteneciente a pueblo indígena otorgado por CONADI o documentos oficiales entregados por las autoridades de dicho país, para el caso de los extranjeros. |
El oferente es una persona natural de sexo femenino. | Sello Empresa Mujer. |
El oferente es una microempresa liderada por mujer/es. | Sello Empresa Mujer. |
El oferente demuestra tener una política | Certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1) de |
ÍTEM | MEDIO DE VERIFICACIÓN | ||||
de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados. | los últimos seis meses presentación de ofertas. | anteriores | al | cierre | de |
La empresa empresariales sustentables. | fomenta prácticas ambientalmente | - Certificado de Acuerdo de Producción Limpia (APL); - Certificado ISO 14001 vigente (o norma chilena equivalente); - Certificado ISO 50001 vigente (o norma chilena equivalente), o Sello de eficiencia energética del Ministerio de Energía; - Acuerdos de reciclaje de desechos electrónicos, papel y/o vidrio con al menos 6 meses de antigüedad; - Certificado de la empresa recolectora de al menos 1 entrega realizada por el proveedor en los últimos 12 meses; o - Reporte de Sostenibilidad GRI. |
Solo se considerará la información declarada en el Anexo N° 6, que se encuentre acreditada debidamente por los documentos indicados como medios de verificación.
El puntaje se otorgará de acuerdo con la cantidad de ítems que declare y acredite la oferta respectiva, según la asignación siguiente:
CONTIENE | PUNTAJE |
4 o más ítems | 1000 puntos |
3 ítems | 750 puntos |
2 ítems | 500 puntos |
1 ítem | 250 puntos |
No informa | 0 puntos |
𝑀𝐴 = 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 × 0,04
7.5 Cumplimiento de los Requisitos (CR) 1%
Se evaluará con 1000 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados, en tiempo y forma.
Se evaluará este criterio con 0 puntos a quienes no cumplan con los requisitos formales de presentación de las ofertas dentro del plazo de presentación de éstas.
El puntaje se aplicará de acuerdo con la siguiente fórmula:
𝐶𝑅 = 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 × 0,01
7.6 Resumen fórmula de evaluación
𝑷𝒖𝒏𝒕𝒂𝒋𝒆 𝑻𝒐𝒕𝒂𝒍 = 𝑂𝐸 + 𝐸𝑋 + 𝑃𝐸𝑇 + 𝑀𝐴 + 𝐶𝑅
Para efectos de la aplicación de las fórmulas precedentes, se utilizarán números enteros con dos decimales.
7.7 Criterios de desempate
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “OFERTA ECONÓMICA”.
Si, aplicando la fórmula anterior, persiste el empate, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “EXPERIENCIA”.
Si, aplicando la fórmula anterior, persiste el empate, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PLAZO EJECUCIÓN DE TASACIONES”.
Si, aplicando la fórmula anterior, persiste el empate, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “MATERIAS DE IMPACTO SOCIAL”.
Si, aplicando la fórmula anterior, persiste el empate, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS”.
De persistir el empate, se aplicará un criterio cronológico, prefiriéndose la primera oferta ingresada en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx y, si se mantuviera el empate, se realizará vía sorteo ante Ministro de Fe.
8. DE LA ADJUDICACIÓN
La adjudicación de la licitación se hará mediante el respectivo acto administrativo, y se publicará en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx en la fecha indicada en el calendario de la licitación, entendiéndose notificada a todos los interesados, transcurridas 24 horas desde su publicación en el referido Portal.
Si la publicación de la adjudicación no se realizare dentro del término señalado en el punto 3, precedente, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite, conforme lo señala el artículo 41 inciso 2° del Reglamento de la Ley N° 19.886.
En el evento que el adjudicatario rechazare, expresa o tácitamente la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley Nº19.886, la Municipalidad podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje de acuerdo con el listado de readjudicación propuesto en la respectiva Acta de Evaluación, en un plazo no superior a 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación original.
Se entenderá rechazada tácitamente la orden de compra transcurridas 48 horas desde su envío, sin necesidad de solicitud expresa por parte de esta Municipalidad.
9. DE LA CONTRATACIÓN
De conformidad al artículo 63 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, aprobado por el Decreto N°250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, y al ser el objeto de la presente contratación un servicio de simple y objetiva especificación, el contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor. Se entenderá rechazada transcurridas 48 horas desde su envío, sin necesidad de una solicitud posterior por parte de esta Municipalidad.
9.1 Antecedentes de la contratación
FUENTE DE FINANCIAMIENTO | Municipal |
PLAZO MÁXIMO DE PAGO | 30 días desde la recepción conforme de la factura. |
PRESUPUESTO MÁXIMO DISPONIBLE | $6.000.000, impuestos incluidos |
OPCIONES DE PAGO | Transferencia Electrónica o vale vista virtual |
NOMBRE DE RESPONSABLE DE PAGO | Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx |
E-MAIL DE RESPONSABLE DE PAGO | |
NOMBRE DE RESPONSABLE DE CONTRATO | Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx |
E-MAIL DE RESPONSABLE DE CONTRATO | |
PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATACIÓN | Sí |
MODALIDAD DE ADJUDICACIÓN | Simple |
REQUIERE SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO | No |
REQUIERE GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA | No |
REQUIERE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO | Sí |
9.2 Requisitos para contratar
De acuerdo con lo señalado precedentemente la presente contratación se formalizará por medio del envío de la orden de compra y su aceptación por el proveedor adjudicado. Se entenderá rechazada transcurridas 48 horas desde su envío, sin necesidad de una solicitud posterior por parte de esta Municipalidad, sin perjuicio de lo cual el adjudicatario deberá estarse a lo dispuesto en el punto 6. REQUISITOS PARA CONTRATAR AL PROVEEDOR ADJUDICADO, de las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N° 171, de 2019.
El adjudicatario tendrá un plazo de 15 días contados desde la notificación de la adjudicación para presentar la garantía de fiel cumplimiento del contrato y la documentación señalada en el numeral 9 de las bases técnicas, quedando la emisión de la orden de compra sujeta a la entrega de dichos documentos.
En caso de que no presente la garantía y/o la documentación del profesional, requerida en el numeral 9 de las Bases Técnicas, la adjudicación podrá ser dejada sin efecto y readjudicar al oferente que haya resultado como segundo mejor evaluado, de acuerdo con el acta de la respectiva comisión de evaluación.
9.3 Vigencia y plazo de la contratación
La vigencia de la contratación se iniciará con la total tramitación del decreto que adjudica la presente licitación y la aceptación de la respectiva orden de compra, y hasta la liquidación por parte del ITS del contrato.
El plazo de ejecución del contrato comenzará con la suscripción del acta de inicio de servicios y su duración será de 24 meses contados desde la fecha señalada anteriormente o, hasta que se agoten los recursos disponibles para la contratación, lo que suceda primero.
9.4 Renovación del contrato
El plazo de ejecución del contrato podrá ser renovado hasta por 12 meses, previo informe fundado de la Unidad Técnica emitido con a lo menos 90 días corridos de anticipación a la fecha de término de éste, en que sugiera la necesidad de la renovación, la que deberá basarse en uno o más de los siguientes criterios:
a) El beneficio económico en base a un comparativo xx xxxxxxx a la fecha de renovación.
b) Satisfacción de los servicios prestados por el contratista.
c) Conducta en el cumplimiento de los servicios o trabajos realizados por el contratista.
En caso de renovación, el proveedor deberá extender la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato o entregar una nueva, dentro de los últimos quince días hábiles de vigencia de dicha caución por un monto equivalente al 10% del presupuesto máximo disponible para la renovación, a fin de garantizar el fiel cumplimiento de esta y dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 68 del Reglamento de Compras. En caso de que el proveedor no extendiere la garantía o no presente una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la renovación.
Sin perjuicio de lo anterior, el contrato podrá terminar anticipadamente, de acuerdo con lo señalado en el numeral 20.10 de las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N°171 del 18 de febrero de 2019, que rigen la presente licitación.
9.5 Recepción conforme de los servicios
La recepción conforme de cada orden de trabajo será realizada por el Inspector Técnico de Servicio (ITS) quien deberá verificar que el servicio se haya realizado, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases técnicas.
Una vez verificada la recepción conforme el ITS deberá generar la Hoja de Entrada de Servicio (HES) y adjuntar en el sistema de gestión documental todos los antecedentes que den cuenta de la prestación del servicio y solicitar al proveedor lo siguiente:
1) Proceder a aceptar la orden de compra emitida por la Municipalidad a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, en caso de que la misma no se encuentre en dicho estado.
2) Factura correspondiente
3) Comprobante de pago de multas ejecutoriadas si procediere.
4) Certificado de Recepción Conforme de los servicios por parte del ITS.
9.6 Forma de pago
El pago se realizará mensualmente, una vez recibida la nómina mensual con el detalle de las prestaciones de servicio realizadas durante el período correspondiente.
Para efectos de facturación, una vez autorizada la Hoja de Entrada de Servicio (HES) el proveedor procederá a la emisión de la factura, conforme al Reglamento de Facturación y Pago a Proveedores de la Municipalidad de Lo Barnechea, el que se encontrará disponible en xxx.xxxxxxxxxxx.xx.
El Municipio iniciará el proceso de pago con la recepción de la factura con acuse de recibo electrónico, de conformidad con lo establecido en la Ley N.º 19.983. En caso de existir multas ejecutoriadas pendientes de pago, éstas podrán ser descontadas del mismo.
El pago de la respectiva factura se realizará en un plazo máximo de 30 días contados desde la recepción conforme de la factura, mediante transferencia electrónica o vale vista virtual en sucursales del Banco Itaú.
El Municipio no se obligará al pago íntegro de la factura a la empresa de factoring en caso de que existieran multas pendientes de cumplimiento por parte del proveedor.
Cualquier consulta sobre pago proveedores deberá ser canalizada, a través del teléfono de Tesorería 000000000.
9.7 Multas
La Municipalidad de Xx Xxxxxxxxx podrá cursar multa de acuerdo con el siguiente detalle:
Nº | CAUSAL | DESCRIPCIÓN |
1 | Incumplimiento en plazo de entrega del informe de tasación ofertado en el Anexo N°3 y respecto a lo mencionado en el numeral 9.8 de las bases administrativas. | 0,5 UTM por día hábiles y/o término anticipado de contrato. |
2 | Atraso en el plazo para resolver las observaciones emitidas por el Municipio | 0,5 UTM por día hábiles |
3 | En caso de que el informe entregado no incluya el mínimo de antecedentes solicitados por el Municipio de acuerdo con el numeral 2 de las Bases Técnicas. | 1,5 UTM por evento |
4 | Incumplimiento en la entrega de las correcciones o modificaciones observadas por el ITS. | 0,5 UTM por evento. |
El monto máximo de multas que podrá cursar la Municipalidad de Lo Barnechea al oferente que se adjudique la presente licitación, asciende al 10% del monto total del contrato.
El procedimiento de aplicación de multas se regirá por lo dispuesto en el numeral 20.9 del Decreto DAL N.º 171 de 00 xx xxxxxxx 0000, xx xx Xxxxxxxxxxxxx xx Xx Xxxxxxxxx.
9.8 Término anticipado del contrato
La contratación podrá terminar anticipadamente en los siguientes casos:
a) Por agotarse el presupuesto máximo disponible para la presente licitación.
b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
c) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
d) Por infringir las obligaciones relativas al pacto de integridad establecidas en las letras a), b) y
h) del punto 21.2 del decreto DAL Nº171 de fecha 00 xx xxxxxxx 0000.
e) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista. Se entenderá que el contratista incumple gravemente sus obligaciones en los siguientes casos:
i. Acumula el 10% del monto total del presupuesto máximo disponible para esta contratación, en multas ejecutoriadas, durante la ejecución del contrato.
ii. Si existe incumplimiento reiterado en la entrega de los informes de tasación o en la corrección de las observaciones formuladas por el ITS, conforme lo establecido en los numerales 2, 3 y 5 de las bases técnicas. Se entenderá que habrá incumplimiento reiterado en la entrega o corrección de los informes, cuando se hubiere verificado cualquiera de estos incumplimientos en cuatro o más oportunidades en un periodo de 6 meses consecutivos. Lo anterior deberá constar en un informe fundado del ITS.
iii. Acompañe o presente al Municipio documentos falsificados o adulterados.
El procedimiento de término anticipado se regirá por el numeral 20.10 del Decreto DAL Nº 171 de 00 xx xxxxxxx 0000, xx xx Xxxxxxxxxxxxx xx Xx Xxxxxxxxx.
BASES TÉCNICAS
“SERVICIO DE TASACIÓN DE INMUEBLES PARA LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA ID 2735-40-LE21
1. GENERALIDADES
Las presentes bases técnicas tienen por objeto la descripción de la prestación de los servicios de tasación de inmuebles emplazados en la comuna de Lo Barnechea que sean de interés para la municipalidad.
2. DEL SERVICIO
La ejecución de las tasaciones de terreno y/o propiedades se efectuará en la comuna de Lo Barnechea, en propiedad municipal y no municipal, en terrenos emplazados en área urbana y/o rural, pudiendo tener construcciones o tratarse de sitios eriazos.
Dicho trabajo deberá ser efectuado por un profesional ad-hoc que tenga la idoneidad suficiente para confeccionar y emitir el Informe de Tasación respectivo.
El Informe de Tasación deberá incluir como mínimo los siguientes antecedentes, detallados como corresponda:
a) Identificación del inmueble
b) Ubicación
c) Descripción del sector, equipamiento y accesibilidad.
d) Descripción del terreno y/o propiedad.
e) Descripción de lo construido, si existe.
f) Valores de tasación comercial de terrenos y/o propiedades,
g) Valor de liquidez de terrenos y/o propiedades.
h) Detalle de la valorización total de la propiedad distribuida en Valorización del suelo, valorización de lo construido y valorización de obras complementarias.
3. METODOLOGÍA DE TASACIÓN POR COMPARACIÓN XX XXXXXXX
El servicio considera principalmente la utilización de la metodología de comparación xx xxxxxxx para la valorización de venta y/o arriendo de los inmuebles, sin embargo, se podrán solicitar de forma complementaria la aplicación de otras metodologías de acuerdo con las particularidades de cada inmueble.
La metodología de comparación deberá incluir a lo menos el aporte de 5 referencias xx xxxxxxx de inmuebles similares (compraventas reales u ofertas actuales xxx xxxxxxx inmobiliario) que fundamenten la valorización aplicada a la propiedad.
Cada una de las referencias aportadas deberá ser identificada con la fecha de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces o de su publicación en el caso de tratarse de una oferta actual, su ubicación exacta, superficies de terreno y edificaciones, fotografía de referencia, valor venta y la fuente donde se pueda verificar su existencia.
Todas las referencias aportadas deberán ser comprobables y de una antigüedad menor a un año desde la fecha de tasación.
La homologación de las referencias para llegar al valor final de tasación deberá ser descrita, fundamentada y detallada de forma que sea fácil su auditoría y comprobación.
El valor final de tasación deberá estar compuesto y distribuido en valor del terreno, edificaciones y obras complementarias, incluyendo sus valores unitarios por metro cuadrado y unidad.
Dependiendo de las características del inmueble, para la valorización de las edificaciones podrá utilizarse el valor de reposición a nuevo depreciado, con lo cual deben indicarse la materialidad y calidad de la construcción, su valor a nuevo y valor residual, estado de la edificación, depreciación y vida útil remanente.
4. ANTECEDENTES DE LOS INMUEBLES
La Unidad Técnica entregará al adjudicatario, junto con la solicitud de tasación u orden de trabajo que le formule, los antecedentes correspondientes de cada inmueble a tasar:
• Certificados de informes previos DOM o uso de suelos de Asesoría Urbana.
• Certificado de avalúo S.I.I. detallado o similar.
• Certificados de afectación a utilidad pública, si no se detalla está en el certificado de informes previos.
• Planos.
• Otros antecedentes en caso de ser necesarios, en la medida que el municipio los tenga y pueda proporcionárselos.
Será responsabilidad del tasador dar cumplimiento a la totalidad de la normativa legal y técnica vigente sobre la materia del presente servicio.
Todo el material exigido deberá ser entregado en formato digital. Así mismo, todos los documentos y antecedentes entregados por el tasador deberán estar firmados por él, y en el caso de planos, cada lámina deberá estar suscrita por el tasador.
5. PLAZO DE ENTREGA DEL INFORME DE TASACIÓN
El plazo de entrega del Informe de Tasación no podrá superar el plazo ofertado en el Anexo N°3.
El plazo de ejecución de los servicios de acuerdo a cada zona, comenzará a contabilizarse a contar del día siguiente de la fecha de entrega de la orden de trabajo, la cual se hará efectiva mediante el envío físico o digital del Oficio SECPLA. Para el caso de entrega física, se dará por iniciado el proceso con firma de acuso recibo por parte del adjudicatario. Por otro lado, para el caso que el envío fuera a través de un medio digital, deberá obligatoriamente acusarse recibo conforme mediante correo electrónico señalando la recepción del documento y la aceptación de las condiciones solicitadas por la Municipalidad. Para ambos casos se remitirán los antecedentes de la propiedad a tasar, a través de medio físico o digital los cuales serán proporcionados por la Unidad Técnica.
Será considerada como fecha de recepción de los servicios solicitados, aquella en la que sean recibidos en forma digital, el informe de tasación y todos los antecedentes solicitados, oportunamente por el ITS al mail institucional indicado por este.
El municipio tendrá 5 días hábiles para revisar el informe, pudiendo emitir observaciones, las que deberán ser subsanadas en un plazo de 3 días hábiles por parte del adjudicatario.
Respecto de la visita a terreno, dado el contexto actual, ésta estará sujeta a las comunicaciones oficiales de la autoridad sanitaria, toda vez que el servicio solicitado en estos términos de referencia no corresponde a un rubro esencial. La fecha de visita deberá ser coordinada con el ITS. En todo caso, el plazo de entrega
del informe de tasación, se entenderá suspendido mientras dure la medida de cuarentena que afecte la comuna, decretada por la autoridad sanitaria, cuando en virtud de ella, no haya podido realizarse la visita a terreno del inmueble.
6. ZONAS DE APLICACIÓN DEL SERVICIOS
Los informes de tasación y la realización del servicio, se efectuará en distintas áreas comunales, las que serán ofertadas en forma separada, siendo las siguientes:
• Tasación terreno en zona urbana Lo Barnechea
• Tasación terreno en xxxx xxxxx x xxxxxx xxxxxx xxxxxxxxxx Lo Barnechea
• Tasación propiedad (terreno y construcción) en zona urbana Lo Barnechea
• Tasación propiedad (terreno y construcción) xxxx xxxxx x xxxxxx xxxxxx xxxxxxxxxx Lo Barnechea Lo anterior, deberá considerarse en la oferta económica y de plazo.
7. INSPECCIÓN TÉCNICA DE SERVICIOS
El ITS para estos efectos, será un funcionario del Departamento de Planificación Estratégica de la Secretaria Comunal de Planificación, quien deberá llevar un registro de las tasaciones requeridas y fechas de entrega de los informes.
El ITS del contrato deberá verificar el equipo de trabajo que ejecutará las tasaciones.
8. SOLICITUD DE LOS SERVICIOS DE TASACIÓN
La Municipalidad requerirá de tres modalidades de servicios según la metodología.
Venta o Permuta de Inmuebles Municipales: La Municipalidad, en el marco de las licitaciones de enajenación o permuta de terrenos o propiedades, solicitará los servicios de tasación para el o los inmuebles por los que lo requiera.
Actualización Rutinaria de Valores xx Xxxxxxx: La Municipalidad, en el marco de la obtención de valores xx xxxxxxx de las propiedades comunales, solicitará el servicio de tasación de acuerdo con los criterios de evaluación de las presentes bases.
Compraventa o Arriendo u otros contratos de Inmuebles: La Municipalidad, ante la necesidad de desarrollo de proyectos municipales a través de la adquisición, arriendo u otros contratos de terrenos o propiedades, solicitará los servicios de tasación para el o los inmuebles por los que lo requiera.
9. EQUIPO DE TRABAJO
El adjudicatario deberá contar con un equipo de trabajo para la ejecución de las tasaciones, el cual deberá contar con al menos un profesional quien deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Título profesional ligado a las áreas de la Ingeniería Civil, Construcción y/o Arquitectura, emitido por una Institución de Educación Superior del Estado o reconocida por éste, o bien, para el caso de profesionales extranjeros, copia del título profesional debidamente apostillado o legalizado conforme las normas del Código de Procedimiento Civil que regulan la legalización de documentos extranjeros en Chile.
b) Certificación de curso de Tasador de inmuebles y/o terrenos de a lo menos 40 horas de duración pedagógicas emitido por una Institución de Educación Superior del Estado o reconocida por éste.
c) Otras actividades, Cursos, capacitaciones, diplomaturas referentes a la temática.
Esta documentación deberá ser presentada por el adjudicatario en el mismo plazo previsto para la entrega de la boleta de garantía de acuerdo con lo establecido en el numeral 9.2 de las Bases Administrativas Especiales.
El ITS del contrato hará revisión de la documentación presentada, y en el plazo de 5 días verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos para el profesional, y podrá pedir más antecedentes de ser necesario o bien solicitar el cambio del profesional presentado, debiendo el contratista dar cumplimiento en el plazo que el ITS fije al efecto, el cual en todo caso no podrá superar de los 5 días hábiles siguientes, periodo en el cual se suspenderá el plazo establecido en el numeral 9.2 de las Bases Administrativas Especiales. De este modo, si el adjudicatario no cumple con la presentación de los antecedentes requeridos o los adicionales que se soliciten y/o con el cambio del profesional solicitado, o bien el profesional presentado en reemplazo tampoco cumple con los requisitos establecidos en este numeral, la adjudicación podrá ser dejada sin efecto, y se readjudicará el proceso licitatorio, conforme lo indica el numeral 9.2 de las Bases Técnicas Especiales.
10. INSPECCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO (ITS)
Toda comunicación será por medio de correo electrónico donde quede constancia escrita, de manera de contar con un canal único de información para agilizar la relación y la coordinación del ITS y el proveedor.
Para lo anterior, el contratista deberá informar al ITS al inicio del contrato el correo electrónico que utilizará para efectuar las comunicaciones.
ANEXO N° 1
DECLARACIÓN DE NO ENCONTRARSE INHABILITADO PARA OFERTAR Y/O SUSCRIBIR CONTRATOS CON LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA
“SERVICIO DE TASACIÓN DE INMUEBLES PARA LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA ID 2735-40-LE21”
IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE (*) | ||
OFERTA EN UTP | SI (**): | NO: |
RUT DEL OFERENTE | ||
REPRESENTANTE LEGAL | ||
RUT DEL REPRESENTANTE LEGAL | ||
DOMICILIO DEL OFERENTE | ||
CORREO ELECTRÓNICO (**) OFERENTE |
(*)Nombre personal natural, razón social persona jurídica o individualización de la UTP conforme establece el artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas.
(**) Deberá acompañar un anexo por cada integrante de la UTP.
(***) Entendiendose éste como medio ofical de comunicación (siempre que estas bases no señalen lo contrario) entre la Municipalidad de Lo Barnechea y el contratista de acuerdo a lo señalado en las bases, por lo que en caso de modificación del mismo se deberá informar en el más breve tiempo posible, uno nuevo).
Declaro además, que no me encuentro afecto a ninguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4 de la Ley Nº 19.886, ni haber sido condenado por delitos prescritos en la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos xx xxxxxx de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
“Texto modificado y actualizado del art. 4º, Ley 19.886
Artículo 4º.- Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común, Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.(Ley 20238, art. Único Nº1 a) D.O. 19.01.2008)En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. (Ley 20.238, art. Único Nº1 b) D.O. 19.01.2008)
Si la empresa prestadora del servicio, subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en este artículo.
Cada entidad licitante podrá establecer, respecto del adjudicatario, en las respectivas bases de licitación, la obligación de otorgar y constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato en los términos establecidos en esta ley.
El inciso anterior sólo se aplicará respecto de contratos cuyo objeto sea la adquisición de bienes o la prestación de servicios que el adjudicatario se obligue a entregar o prestar de manera sucesiva en el tiempo.
Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios
directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. (Ley 20088, artículo 13, D.O 05.01.2006)
Las mismas prohibiciones del inciso anterior se aplicarán a ambas Cámaras del Congreso Nacional, a la Corporación Administrativa del Poder Judicial y a las Municipalidades y sus Corporaciones, respecto de los Parlamentarios, los integrantes del Escalafón Primario del Poder Judicial y los Alcaldes y Concejales, según sea el caso.
Los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios que hayan participado en su celebración incurrirán en la contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso segundo del artículo 62 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que les corresponda.
Sin embargo, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, los órganos y empresas referidos en el inciso cuarto podrán celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados. En el caso del Congreso Nacional la comunicación se dirigirá a la Comisión de Ética del Senado o a la Comisión de Conducta de la Cámara de Diputados, según corresponda y, en el caso del Poder Judicial, a su Comisión de Ética.
Asimismo, el oferente en la presente licitación pública declara bajo juramento:
1) Conocer y aceptar las Bases Administrativas Generales y Base Técnicas elaboradas para la licitación pública mencionada precedentemente.
2) Conocer los documentos anexos, legislación aplicable y en general todos los documentos que forman parte de esta licitación.
3) Xxxxx estudiado los antecedentes y haber verificado su concordancia entre sí.
4) Autorizar a la Municipalidad de Lo Barnechea para requerir de los organismos oficiales, compañías de seguros, bancos, fabricantes de equipos o cualquier otra persona, firma o compañía, la información que solicite que diga relación con la presente licitación.
5) Estar conforme con las condiciones generales de la licitación.
6) Que se obliga a mantener vigente su oferta durante un periodo de 90 días corridos, contados desde la fecha de la apertura de la propuesta.
7) Haber verificado la exactitud de los antecedentes proporcionados.
8) Que, considerando lo expuesto en el punto Nº1.5 de la Instrucción Xxxxxxx Xxx. 00, xx 0000, xxx Xxxxxxx para la Transparencia, informa que los socios o accionistas principales de la persona jurídica oferente, esto es, aquellos que individualmente sean dueños de a lo menos el 10% de los derechos sociales, corresponden a los siguientes:
i. ii.
iii.
iv. v.
FIRMA DEL OFERENTE O DE SU(S) REPRESENTANTE(S) LEGAL(ES)
ANEXO Nº 2
CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP) ENTRE
XXXX Y XXXX
LICITACIÓN PÚBLICA
“SERVICIO DE TASACIÓN DE INMUEBLES PARA LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA ID
2735-40-LE21”
Comparecencia personas naturales2 Comparecencia personas jurídicas3
Los comparecientes, todos mayores de edad, exponen:
PRIMERO: CONSTITUCIÓN: Los comparecientes con ocasión del proceso de licitación “SERVICIO DE TASACIÓN DE INMUEBLES PARA LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA ID 2735-40-
LE21”, publicado por la Municipalidad de Lo Barnechea, por este acto acuerdan constituir y formalizar una UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, en adelante “UTP”, según los términos dispuestos en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios; para los efectos de la presentación conjunta de una propuesta, la celebración del contrato una vez adjudicada la Unión, si procediere, y la posterior ejecución de la prestación en los términos descritos en las bases de la licitación y demás documentos aplicables.
SEGUNDO: SOLIDARIDAD: Las partes comparecientes, pactan en este acto solidaridad respecto de todas las obligaciones que deriven de la oferta que presenten, en las bases de la licitación que regulan el proceso singularizado en la cláusula primera, y del contrato que se suscriban en atención al mismo. En virtud de dicha solidaridad, la Municipalidad de Lo Barnechea podrá exigir a cualquiera de los integrantes de la UTP que por este acto se constituye, indistintamente, el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza. De igual forma, el pago efectuado por la Municipalidad de Lo Barnechea a cualquiera de los integrantes de la Unión que por este acto se constituye, será válido y extinguirá la deuda respecto de los demás integrantes de la UTP. Serán aplicables a este pacto las disposiciones del Título IX “De las Obligaciones Solidarias, del Libro Cuarto “De las Obligaciones en General y de los Contratos” del Código Civil.
Se deja expresa constancia que cada uno de los miembros de la unión de proveedores sean ellos personas naturales o jurídicas mantendrán su autonomía jurídica y económica.
TERCERO: OBJETO Y ALCANCE: El objeto de la presente Unión Temporal consiste en la presentación conjunta a la Municipalidad de Lo Barnechea, de una propuesta para el proceso de licitación singularizado en la cláusula primera de este acto, como, asimismo, asumir la obligación conjunta del cumplimiento de la contratación, el que será ejecutado de conformidad a las bases de licitación que regulan el proceso y al contrato que se suscriba para ello.
Los comparecientes se encargarán de elaborar la propuesta solicitada, como también de suministrar el mutuo apoyo técnico, logístico y administrativo que se requiera para dicha presentación.
2 Comparecencia de personas naturales, se deberá identificar claramente a los oferentes que participarán de la Unión Temporal de Proveedores con señalamiento expreso de: su nombre completo, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, número de cédula nacional de identidad y, domicilio.
3 Comparecencia de personas jurídicas, se deberá identificar claramente a los oferentes que participarán de la Unión Temporal de Proveedores con señalamiento expreso de: nombre de la sociedad u otra, número de rol único tributario, nombre (s) del representante legal, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, número de cédula nacional de identidad, y domicilio común con la sociedad.
Además, y en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo sesenta y siete bis del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, al momento de presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, debiendo tener presente que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas y la suscripción de contratos afectan a cada integrante de la UTP.
CUARTO: VIGENCIA: La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores que se constituye por este acto, inicia a contar de esta fecha y su validez será hasta la total liquidación del contrato, incluyendo la renovación del mismo, en caso de existir, la cual solo podrá realizarse por una vez.
Con todo, la vigencia de la presente UTP deberá considerar el tiempo necesario para atender la solución de las garantías prestadas en el referido proceso de licitación.
QUINTO: DOMICILIO: Los miembros de la Unión Temporal de Proveedores fijan como domicilio, el
ubicado en 4.
SEXTO: REPRESENTANTE O APODERADO COMÚN DE LA UNIÓN TEMPORAL DE
PROVEEDORES: La presente UTP designa en este acto, como Representante o Apoderado común de
ésta, a don(ña) 5, el (la) cual está facultado (a) para6:
a) , b) (….). En caso de ausencia e impedimento temporal del representante recién designado, se nombra como suplente del Representante o Apoderado
común de ésta UTP, a don(ña)7 con las mismas facultades.
SÉPTIMA: PERSONERÍAS: La personería de don(ña)
9, consta en escritura pública de fecha
11 Notario Público12 de la
13,
8 para actuar en representación de la
10, otorgada ante don(ña)
La personería de don(ña) para actuar en representación de la , consta en escritura pública de fecha otorgada ante don(ña)
Notario Público de la , que no se inserta por ser conocida de las partes y xxx xxxxxxx que autoriza.
En comprobante previa lectura firman los comparecientes.
Santiago, de de 2021
4 Informar domicilio común de la unión temporal de proveedores, con señalamiento de dirección, comuna y Región.
5 Se deberá identificar claramente al representante o apoderado común con poderes suficientes para representar a la unión temporal de proveedores, con señalamiento expreso de: su nombre completo, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, y número de cédula nacional de identidad, y domicilio.
6 Incorporar las facultades que se entregan al representante o apoderado común, las que en todo caso deberán considerar las de suscribir en nombre de la UTP las declaraciones a que aluden los anexos de las bases de licitación, presentar en nombre de la UTP la oferta técnica y económica para participar en el proceso señalado en la cláusula primera del acuerdo, suscribir el contrato que derive la licitación indicada en la cláusula primera, representar a la UTP ante la entidad licitante, gestionar el envío de las facturas para el pago respectivo y suscribir en representación de la UTP las modificaciones de contrato que sean necesarias previo consentimiento de las personas naturales o jurídicas que integran la UTP.
7 Se deberá identificar claramente al representante o apoderado común que representará al titular, el cual deberá tener las mismas facultades, con señalamiento expreso de: su nombre completo, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, y número de cédula nacional de identidad, y domicilio.
8 Nombre del representante legal o administrador de la persona jurídica que forma parte de la unión temporal de proveedores.
9 Nombre de la persona natural o jurídica que forma parte de la unión temporal de proveedores.
10 Incorporar fecha de la escritura pública donde consten los poderes.
11 Incorporar nombre del o la Notario Público que otorgó la escritura.
12 Notario Público y se no se ha constituido por Escritura Pública, deberá indicar quien lo autoriza.
13 Incorporar N° y Ciudad de la Notaría que otorgó la escritura.
ANEXO Nº 3
OFERTA ECONÓMICA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DE TASACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA
“SERVICIO DE TASACIÓN DE INMUEBLES PARA LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA ID 2735-40-LE21”
IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE | |
RUT |
ÍTEM | PRODUCTO | PRECIO UNITARIO EN UF CON IMPUESTO INCLUIDO | PLAZO DE EJECUCIÓN DE TASACIONES | |
1 | Tasación Terrenos Área Urbana. | UF | hábiles) | (días |
2 | Tasación Terrenos Área Rural o Urbana Sector Cordillera. | UF | hábiles) | (días |
3 | Tasación de Terreno y Construcción Área Urbana. | UF | hábiles) | (días |
4 | Tasación de Terreno y Construcción Área Rural o Urbana Sector Cordillera. | UF | hábiles) | (días |
(*) En caso de discrepancia, el valor señalado en este anexo se respetará por sobre el indicado en el portal.
** En caso de no ofertar por todos los servicios requeridos, la oferta será declara inadmisible.
ANEXO Nº 4
EXPERIENCIA DEL OFERENTE
LICITACIÓN PÚBLICA
“SERVICIO DE TASACIÓN DE INMUEBLES PARA LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA” ID 2735-40-LE21”
IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE | |
RUT |
Nº | MANDANTE | TIPO DE DOC. QUE CERTIFICA | FECHA INICIO Y TERMINO | Nº FACTURA/S Y/O BOLETA DE HONORARI OS |
1 | ||||
2 | ||||
3 | ||||
4 | ||||
5 | ||||
6 | ||||
7 | ||||
8 | ||||
9 | ||||
10 |
ANEXO N°5
MATERIAS DE ALTO IMPACTO SOCIAL
LICITACIÓN PÚBLICA
“SERVICIO DE TASACIÓN DE INMUEBLES PARA LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA ID 2735-40-LE21”
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL | |
RUT |
MARCAR CON UNA X | ÍTEM | MEDIO DE VERIFICACIÓN |
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad. | ||
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral a personas de la tercera edad activa (mujer mayor de 60 años y hombre mayor de 65 años). | ||
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral a jóvenes (15 a 29 años). | ||
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores pertenecientes a pueblos indígenas. | ||
El oferente es una persona natural de sexo femenino. | ||
El oferente es una microempresa liderada por mujer/es. | ||
El oferente demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados. | ||
La empresa fomenta prácticas empresariales ambientalmente sustentables. |
Nota: El oferente deberá probar mediante los medios de verificación señalados en las bases administrativas especiales.
2. LLÁMASE A PROPUESTA PÚBLICA, en conformidad a las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto Alcaldicio N° 171, de 18 de febrero de 2019, en conjunto con las presentes Bases Administrativas Especiales, las que se aprueban en el presente acto.
3. INSTRÚYASE a la Dirección de Compras Públicas y Gestión de Contratos para que publique el presente Decreto en cumplimiento del artículo 57, letra b), números 1 y 2 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
4. INSTRÚYASE al departamento de Tecnologías de la Información y Comunicación, dependiente de la Secretaría Comunal de Planificación, para que cree los perfiles en la calidad de sujetos pasivos de la ley que regula el Lobby de los miembros de la Comisión Evaluadora, durante el período comprendido entre la apertura de la licitación y la adjudicación de esta.
5. INSTRÚYASE a los miembros de la Comisión Evaluadora como sujetos pasivos, según lo establecido en el artículo 4 de la Ley N°20.730, sobre Regulación de la Actividad de Lobby, y conforme lo establecido en la Ley N°20.285, sobre Acceso a la Información Pública, en la plataforma virtual correspondiente, dado el carácter que adquieren derivado del numeral anterior, adjuntar los antecedentes que determine la ley, incluyendo la copia del presente acto administrativo.
6. PUBLÍQUESE, en la plataforma establecida por la Ley Nº 20.730 los miembros de la comisión evaluadora designados en el numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales, en calidad de sujetos pasivos transitorios de conformidad a lo dispuesto en el literal e) del artículo 4 del Decreto Nº 00 xx 0000, xxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX SECRETARIO MUNICIPAL ADMINISTRADOR MUNICIPAL(S)
MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA
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