CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS AÑO 2018
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS AÑO 2018
Conste por el presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS AÑO 2018 que suscriben de una parte, el CEP “VIRGEN DE XXXXXX XX XXXXXXXX” con RUC Nº 20122444288 autorizada mediante la Resolución Nº 2473 y Licencia de Funcionamiento Nº 000269, debidamente representada por su Directora Srta. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, con DNI Nº 00000000 señalando ambos con domicilio en Xxxxx Xxxxx Xx 000 – Barranco y a quien en adelante denominaremos EL COLEGIO y de otra parte Sr. (a)
Con DNI Nº señalando domicilio en
en el Distrito de , correo electrónico personal: correo electrónico
del trabajo: celular , quien en adelante se denominará EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO quienes firman el presente en las siguientes condiciones y cláusulas:
I.- DE LOS SUJETOS DEL COMPROMISO
1.1.- EL COLEGIO es una Institución Educativa de carácter privado, que imparte educación escolarizada en los niveles Inicial, Primario y Secundario, de conformidad a lo establecido en la Ley General de Educación – Ley Nº 28044, sus Reglamentos, la Ley de Centros Educativos Privados – Ley Nº 26549, el Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2006-ED, la Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo 882, sus Reglamentos y el Reglamento Interno de EL COLEGIO.
1.2.- EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO del menor cuyos datos se consignan en el presente CONTRATO ha solicitado matricular al estudiante para el presente año escolar 2018.
II.- DEL OBJETO MATERIA DEL COMPROMISO: Por el presente EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO, contrata los SERVICIOS EDUCATIVOS que
xxxxxx EL COLEGIO, en consecuencia, procede a matricular como estudiante del Colegio a:
Nombre y Apellido del estudiante:
Nivel
Grado
III.- EL MONTO, NÚMERO Y OPORTUNIDAD DE PAGO DE LA MATRÍCULA Y DE LAS PENSIONES, ASÍ COMO DE LOS POSIBLES INCREMENTOS.
3.1.- EL COLEGIO en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y con el propósito que los Padres de Familia dispongan de toda la información respecto al costo del servicio educativo, características del servicio, puso en conocimiento de EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO, así como el marco doctrinal, axiología y la fe católica que sustenta la educación del Colegio y por lo tanto, sus fines y objetivos establecidos en el Reglamento Interno de la Institución, expresando su compromiso de observar y respetar dicho marco doctrinal, axiología, ideario, estilo educativo, fe católica y Reglamento.
Costo del Servicio Educativo: Como contraprestación por los servicios material del presente y bajo la denominación de MATRÍCULA Y DIEZ MENSUALIDADES POR PENSIÓN DE ESTUDIOS, EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO
abonará por cada uno de sus menores hijos a la Institución Educativa los siguientes conceptos:
NIVEL INICIAL | MATRÍCULA | S/ 250.00 |
PENSIÓN MENSUAL | S/ 250.00 | |
NIVEL PRIMARIA | MATRÍCULA | S/ 320.00 |
PENSIÓN MENSUAL | S/ 320.00 | |
NIVEL SECUNDARIA | MATRÍCULA | S/ 320.00 |
PENSIÓN MENSUAL | S/ 320.00 | |
CUOTA DE APAFA (Voluntario) | S/ 50.00 |
3.2.- Forma y oportunidad del pago: Todos los pagos por estos conceptos se efectuarán por medio del sistema financiero. El concepto de MATRÍCULA se abonará conforme al rol o cronograma de matrículas que se publicó en el mural del COLEGIO y se puso en conocimiento en el comunicado de fin de año 2017 al PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO.
CRONOGRAMA DE PENSIONES ESCOLARES 2018
IV.- LA PROPUESTA PEDAGÓGICA, EL PLAN DE ESTUDIOS, Y LOS SISTEMAS DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE LOS ESTUDIANTES
4.1. La propuesta pedagógica: Trabajamos con un plan curricular que tiene como base la Curricular Nacional, las competencias y la Propuesta Educativa de
la Promotoria Misioneras de Xxxxx Xxxxxxxxxxxx y de Xxxxx Xxxxxxxxx.
4.2. Sistema de Evaluación: Es por capacidades y permanente, porque la meta es el logro de capacidades y habilidades para llegar a las competencias. Durante el presente año, regirán las normas para la promoción, recuperación o repitencia de grado. Estas disposiciones han sido dadas por el Ministerio de Educación.
EL COLEGIO exige a sus alumnos que observen un NIVEL ACADÉMICO ÓPTIMO, para tal efecto informará por escrito al padre de familia la deficiencia académica o conductual y dispondrá las indicaciones y sugerencias destinadas a superar el bajo nivel del estudiante.
Si luego del seguimiento respectivo el estudiante no supera la deficiencia advertida, el padre de familia suscribirá un compromiso (recomendaciones, terapias, etc.) que garantice y asegure el monitoreo, participación efectiva y control a su hijo, condicionando a la recuperación de su nivel académico y conductual óptimo.
4.3. Control de los estudiantes: Según el Reglamento Interno del Colegio y en la agenda escolar, en los ítems sobre los derechos y obligaciones del estudiante, las faltas, medidas disciplinarias y las normas de convivencia escolar.
V.- SISTEMA DE APOYO AL ESTUDIANTE:
Coordinación de Psicología
Coordinación de Pastoral apoyando la parte espiritual. Asesoría al estudiante.
VI.- VIGENCIA DEL CONTRATO:
6.1.- La vigencia del presente CONTRATO es anual y corresponde al AÑO ESCOLAR (LECTIVO) 2018, siendo renovable previo acuerdo de las partes.
6.2.- Las partes acuerdan que no habrá renovación automática del CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS, previo la suscripción anual de las partes.
6.3.- No habrá renovación del CONTRATO, si:
a) El PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO ha observado morosidad en el pago de pensiones durante el año escolar y o culmine el año escolar 2018 con deuda, ha refinanciado el pago de las mismas y no ha cumplido con dicho refinanciamiento.
b) Mantiene deudas del año anterior al momento de la matrícula.
c) No se matriculó en las fechas fijadas en el cronograma de matrícula 2018.
d) El pago de la Pensión de Estudios no incluye los servicios o actividades extra curriculares (talleres, actividades educativas, actividades pro fondos) que brinda el Colegio.
e) Desacuerdo frecuente con la institución educativa
f) Indisciplina y la no aceptación de las normas disciplinarias de la Institución Educativa
g) Las demás establecidas en el Reglamento Interno del Colegio.
VII- OBLIGACIONES DE LAS PARTES
7.1.- Son obligaciones del COLEGIO:
a) Brindar los SERVICIOS EDUCATIVOS, conforme a lo establecido en el Reglamento Interno de la Institución.
b) Informar AL PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO sobre los resultados del proceso educativo y formativo de sus hijos (as), dando las indicaciones y orientaciones destinadas a superar las deficiencias académicas o de comportamiento.
c) Xxxxxxx la información que requiera EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO respecto del proceso educativo de su menor(es) hijo(s) de conformidad al Reglamento Interno de EL COLEGIO.
d) Las demás obligaciones contenidas en el Reglamento Interno que regulan las condiciones y características del servicio educativo que ofrece EL COLEGIO.
7.2.- Son obligaciones DEL PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO:
a) Participar activamente en el proceso educativo de su menor hijo(a) como Son :
a) Actividades Académicas (presente en el momento de la matrícula, entrega de hojas informativas, asistir a las reuniones convocadas por los Directivos, Profesores y/o Departamento de Psicología, Tutor, etc.), seguir las recomendaciones dadas por las autoridades del Colegio (Director, Docente Tutor y Psicólogo); b) Actividades formativas (Actividades Pastorales, preparación de sacramentos, Escuela de Padres); y, c) Actividades recreativas o pro fondos.
b) Cumplir con las obligaciones y recomendaciones asumidas en los casos de terapias conductuales, terapia de lenguaje, terapia ocupacional, terapia de habilidades sociales de su menor hijo(a), terapia familiar, etc., y presentación de los informes de acompañamientos externos de su menor hijo o hijos en las fechas solicitadas por el Departamento Psicológico de EL COLEGIO o la Dirección.
c) Cumplir oportunamente con el pago de la Pensiones escolares conforme al cronograma de pago de pensiones que se le entregó e informó al finalizar el año escolar 2017, antes y durante el proceso de matrícula o ratificación del año lectivo 2018.
d) Acatar las medidas disciplinarias y correctivas que disponga EL COLEGIO en aplicación del Reglamento Interno de la Institución.
e) Asistir al Colegio cada vez que sea citado para la información y/o tratar asuntos
relacionados con la formación de su hijo (a).
f) Consignar con veracidad la información requerida en la FICHA DE MATRÍCULA al momento de la misma, debiendo comunicar en su oportunidad cualquier variación en especial lo referente al domicilio, teléfonos y correos.
g) Asistir a las citaciones que se le cursen por falta de pago de pensiones escolares u otros.
h) A no involucrar a EL COLEGIO, en los procesos judiciales o extrajudiciales, sobre asunto de tenencia, alimentos, régimen de visitas y otros, de su menor hijo(a) o hijos(as).
7.3.- Servicios de carácter voluntario – extra curriculares (talleres): EL COLEGIO ofrece a favor de EL PADRE DE FAMILIA otros servicios adicionales – extra curriculares, su acceso es voluntario y su solicitud constará por escrito.
Los costos de estos servicios no están comprendidos dentro de los conceptos de matrícula ni pensiones escolares.
Para tal efecto al inicio del año escolar 2018 y durante el año se informará los costos y talleres extracurriculares que brindará el COLEGIO en el año escolar 2018.
Para tal efecto al inicio del año escolar 2018 y durante el año se informará los costos y talleres extracurriculares que brindará el COLEGIO en el año escolar 2018.
VIII.- MEDIDAS QUE ADOPTA EL COLEGIO FRENTE AL INCUMPLIMIENTO DEL PAGO DE LAS PENSIONES ESCOLARES
El Colegio tiene la facultad de:
1. Retener los certificados de estudios de los periodos no cancelados.
2. No renovar el contrato de prestación de servicio (no convenir en la prestación del servicio educativo) a favor del alumno para el año siguiente 2019, por falta de puntualidad en el pago de las pensiones de enseñanza correspondientes al servicio educativo proporcionado en el año lectivo 2018.
3. Negarse a renovar para el siguiente año lectivo 2019, la matrícula de los estudiantes cuyos padres o tutores o apoderados hayan incumplido con sus obligaciones pactadas en el presente contrato.
IX.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO EN PLENO PROCESO ESCOLAR
Quedará resuelto el presente contrato, cuando el alumno incurra en alguna falta que conlleva su separación definitiva del Colegio, conforme lo establece el Reglamento Interno del EL COLEGIO.
X.- DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
10.1.- De no mediar RENOVACIÓN DEL CONTRATO o de RESOLVERSE el
mismo en aplicación de las condiciones establecidas en el presente contrato o en el Reglamento Interno; EL COLEGIO dispondrá de la vacante en forma inmediata.
10.2.- LA MATRÍCULA: Es el pago que se realiza una vez
por cada año académico y previa suscripción del CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS.
10.3.- LAS PENSIONES ESCOLARES: Son diez y una por cada mes del año escolar.
10.4.- El monto de las pensiones de enseñanza durante el año 2018, podrán ser incrementadas de acuerdo a las necesidades institucionales, la inflación y/o aumento de precios de los bienes y servicios.
10.5.- RENUNCIA A RECLAMOS POR MONTOS PAGADOS: En caso que el
hijo(a) del PADRE DE FAMILIA, sea retirado(a) o trasladado (a) del Colegio por cualquier motivo y en cualquier época del año, se compromete expresamente a no efectuar peticiones o reclamaciones ante el Colegio o Entidad Promotora del Colegio, respecto a devoluciones de los pagos de matrícula, pensiones de enseñanza. El padre de familia que suscribe, renuncia a cualquier acción administrativa o legal que tenga por objeto reclamar la devolución de los montos señalados.
XI.- DECLARACIÓN DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS ANEXO AL CONTRATO:
El PADRE DE FAMILIA TUTOR O APODERADO declara que, al momento de la suscripción del presente, ha recibido de EL COLEGIO los siguientes
instrumentales:
1. Reglamento Interno del Colegio, respecto a las partes pertinentes a los: Estudiantes: derechos, deberes y obligaciones de los estudiantes, faltas, medidas disciplinarias o correctivas, sistema de evaluación, matrícula y régimen económico, y derechos y obligaciones de los padres de familia, etc.
2. Plan de Convivencia.
3. Propuesta Pedagógica.
XII.- DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD: EL PADRE, TUTOR O APODERADO
declara tener pleno conocimiento de las condiciones y características del servicio que brinda el Colegio, las que encuentra a su entera satisfacción.
Las partes declaran que en la suscripción del presente no ha mediado dolo ni presión que lo invalide, siendo su contenido la espontánea expresión de su voluntad, en ese sentido, es de cumplimiento obligatorio por parte de EL COLEGIO y EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO, por lo que leído en todas y cada una de sus partes, lo ratifican firmándolo en señal de conformidad.
Barranco, de 2018.
Firma del Padre de Familia, Tutor o Apoderado
NOMBRES Y APELLIDOS:
HUELLA DIGITAL DNI Nº
DIRECTORA
DNI Nº