Contract
Expediente nº 1/2017
PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE AZAFATAS/OS PARA LA 20 EDICIÓN DEL FESTIVAL DE MÁLAGA.CINE EN ESPAÑOL.
ÍNDICE
1. Objeto
2. Normativa aplicable
3. Descripción de los trabajos
4. Duración
5. Importe de licitación / precio de adjudicación
6. Procedimiento de adjudicación
7. Capacidad del contratista
8. Presentación de proposiciones y documentación
9. Apertura Proposiciones y adjudicación
10. Criterio de adjudicación
11. Facturación y forma de pago
12. Confidencialidad y protección de datos
13. Información, lugar y plazo de presentación de las ofertas
14. Comunicación y formalización del contrato
15. Garantía definitiva
16. Obligaciones y derechos específicos de las partes
17. Régimen sancionador
18. Sanciones
1.- Objeto
El objeto del presente Pliego de Condiciones es la contratación por parte de la sociedad Festival de Cine de Málaga e Iniciativas Audiovisuales, S.A. (en adelante, la EMPRESA) del servicio de azafatas/os para la 20 Edición del Festival de Málaga. Cine en Español (17 al 26 xx xxxxx de 2017).
2.- Normativa aplicable
Este Pliego de Condiciones es la norma reguladora del presente Concurso. Y, en todo aquello no previsto en el mismo, será de aplicación el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público , sus normas de desarrollo y supletoriamente las restantes normas de derecho privado que correspondan.
En cuanto a sus efectos y extinción, estos contratos se regirán por el derecho privado. Asimismo será de aplicación la normativa legal vigente relativa a la baja temeraria.
Al tratarse de una contratación externalizada de servicios, el personal asalariado (si lo hubiera) perteneciente a la adjudicataria resultante, aun realizando sus trabajos en las propias instalaciones de la EMPRESA, no mantiene relación de dependencia laboral o económica alguna con la misma, lo que queda establecido expresamente. A los efectos de prevención de posibles responsabilidades laborales subsidiarias, antes del pago de la prestación del servicio licitado la adjudicataria presentará a la EMPRESA el correspondiente certificado de Contratistas de la AEAT expedido con fecha posterior a la emisión de la pertinente factura, justificantes del pago de las nóminas de los trabajadores por cuenta ajena destinados al servicio (si los hubiera) durante el período de su ejecución.
3.- Descripción de los trabajos
Servicio de azafatas/os en funciones de atención al público e invitados según se especifica en el
Anexo I del presente pliego.
El adjudicatario deberá nombrar a un coordinador/a de azafatas/os que garantice el buen funcionamiento de los servicios contratados durante la 20 edición del Festival de Málaga. Cine en Español, quien estará coordinado con el responsable del departamento de azafatas/os del Festival. Sus labores y horarios como coordinador/a de azafatas/os estarán supeditados a las indicaciones de la EMPRESA.
El coordinador/a deberá garantizar una comunicación fluida con el responsable de departamento del festival y asegurar que las necesidades serán comunicadas al equipo implicado en el tiempo necesario para asegurar el buen funcionamiento.
Previo a la celebración del Festival, la EMPRESA convocará una reunión a la que deberá asistir todo el personal seleccionado por el adjudicatario.
La empresa adjudicataria asumirá la total responsabilidad por cuantos daños, desperfectos o deterioros sean causados en las instalaciones como consecuencia de culpa o negligencia por parte del personal de su plantilla.
Asimismo, el adjudicatario será responsable por los daños que pudieran causarse a terceras personas y en especial a los usuarios, como consecuencia de la negligencia o culpa de sus trabajadores en el desarrollo de sus funciones.
La EMPRESA se reserva el derecho a participar en la selección final de personal propuesto por el adjudicatario, y solicitar la sustitución de cualquier azafata/o en el caso de que no responda a las necesidades de ese momento.
4- Duración del contrato
La vigencia del contrato se extenderá desde la fecha de su firma hasta la finalización de los trabajos objeto del presente contrato.
5.- Importe de la licitación/precio de adjudicación
El precio por los servicios objeto de este contrato será, como máximo, de VEINTIÚN MIL EUROS (21.000,00.-), mas el IVA correspondiente, cantidad que podrá mejorarse a la baja por las licitadores.
En este importe se consideraran incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen al adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
6.- Procedimiento de Adjudicación
La adjudicación del contrato se efectuará por procedimiento abierto, al amparo de lo establecido en el artículo 138 del TRLCSP.
7.- Capacidad del contratista
Podrán contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad previstas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Las empresas que opten al presente contrato deberán tener suscrito en el momento de presentación de la correspondiente oferta una Póliza de Responsabilidad Civil por un importe mínimo de 100.000 euros por siniestro y año, para cuya constatación deberán aportar copia del citado documento.
Se deberá presentar una declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 60 del R.D.L. 3/2011, con mención expresa a la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias (del Estado y las Comunidades Autónomas) y con la Seguridad Social, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la firma del correspondiente contrato, por el empresario a cuyo favor recaiga la presente adjudicación.
8.- Presentación de proposiciones y documentación
El licitador deberá presentar DOS SOBRES, esto es:
Sobre «A»:DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. DECLARACIÓN RESPONSABLE (ARTICULO
146.4.5 TRLCSP) Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Sobre «B»:PROPOSICIÓN ECONÓMICA
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Y TÉCNICA
Deberá incluir la declaración Responsable Xxxxx XX, en la que se declara bajo su responsabilidad que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar. El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
En el Sobre A, además de la Declaración Responsable se presentará la documentación acreditativa y solvencia profesional, acreditándolo a través de los siguientes medios:
• Fecha de comienzo de su actividad mercantil en el sector servicios, concretamente servicio de azafatas/os.
• Experiencia demostrada en el objeto del presente contrato preferiblemente en otros festivales de cine, música y otros similares relacionados con cultura. O bien en ferias y congresos de gran formato no necesariamente culturales.
• Copia de la Póliza de Responsabilidad Civil reseñada en el punto número 7.
El licitador incluirá en este sobre un documento donde referencie el salario bruto/hora a pagar a los trabajadores.
La EMPRESA analizará y decidirá sobre la capacidad profesional de los proponentes, reservándose el derecho a descartar a aquellos que no alcancen el nivel mínimo estimado por la EMPRESA y deberán ser sustituidos por otros propuestos de nuevo.
Sobre «B»:PROPOSICIÓN ECONÓMICA
La proposición económica se ajustara al modelo del Xxxxx XXX de este Pliego de clausulas administrativas, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido del totalidad de dichas clausulas o condiciones.
9.- Apertura de proposiciones y adjudicación
9.1. Comité Asesor de Contratación.
El órgano de contratación estará asistido por una Comité Asesor de Contratación con ocasión de los procedimientos de adjudicación abiertos y restringido, constituida por:
- Director-Gerente de la Sociedad o persona que lo sustituya.
- Letrado Asesor o persona que lo sustituya.
- Responsable del departamento económico financiero de la sociedad o persona que lo sustituya.
- Persona/as con titulación y/o experiencia suficiente para evaluar los aspectos técnicos de las ofertas presentadas o persona que lo sustituya.
- Directora del Área de Cultura del Ayuntamiento de Málaga o persona que la sustituya.
9.2. El Comité Asesor de Contratación en día y hora señalada en el anuncio insertado en el Perfil del Contratante y tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, verificará la correcta presentación de la Declaración Responsable y evaluará la documentación técnica contenida en el sobre «A».
Posteriormente, procederá a la apertura y posterior examen del sobre «B».
El Comité formulará la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación, ponderando y valorando los criterios que deban aplicarse para la selección del adjudicatario.
El órgano de contratación tendrá la facultad de adjudicar el contrato a la propuesta realizada por el Comité Asesor de Contratación o declarar desierto el concurso, motivando en todo caso su resolución.
10.- Criterio de adjudicación
Para la adjudicación del presente contrato se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
1. Oferta económica (Sobre B).
2. Bruto/hora a pagar a los trabajadores (Sobre A).
A tal fin, los licitadores presentarán una única oferta en base a lo previsto en el presente pliego, no admitiéndose variantes ni alternativa alguna.
A la hora de valorar los criterios anteriores, se tendrán en cuenta los siguientes puntos:
o En el apartado nº1, la puntuación a la oferta más baja presentada será de 70 puntos. El resto de las licitaciones obtendrán una puntuación inversamente proporcional a la mejor oferta presentada.
Para ello se aplicará la siguiente regla:
x= 70* A (Oferta más barata) B (Oferta)
o En el apartado nº2, se otorgará un máximo de 29 puntos al licitador que presente un salario bruto / hora mayor. El resto de las licitaciones obtendrán una puntuación inversamente proporcional a la que ha obtenido mayor puntuación de acuerdo a la siguiente regla:
x= 29* A (Bruto/ hora presentado) B (Bruto/ hora más elevado)
o Se otorgará un punto directo (1 punto) a las empresas que acrediten una plantilla con trabajadores con diversidad funcional superior al 2% del total de la misma.
Todo ello permitirá determinar de modo objetivo qué propuesta alcanza una más amplia prestación de estos servicios y una mayor calidad en sus resultados finales.
11.- Facturación y forma de pago
El precio final del presente contrato se abonará de acuerdo con los plazos de facturación y pago establecidos en la Ley 15/2010, de 5 de julio.
El adjudicatario deberá remitir a la EMPRESA en los referidos plazos las correspondientes facturas, que deberán ajustarse a lo establecido en el artículo 6 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
12.- Confidencialidad y protección de datos
La empresa adjudicataria deberá garantizar la confidencialidad de los datos e información de cualquier naturaleza facilitada por la EMPRESA, adquiriendo el compromiso de custodia fiel y cuidadosa de la información que se le entregue para la realización del trabajo cualquiera que sea el soporte utilizado.
Igualmente, la adjudicataria tendrá la obligación de evitar que llegue a poder de terceras personas, o a personas distintas de las autorizadas por la EMPRESA, dicha documentación e información.
Asimismo, el adjudicatario quedará obligado a mantener el secreto profesional sobre el contenido y la propia existencia del trabajo contratado.
13.- Información, lugar y plazo de presentación de las ofertas
El presente pliego se publicará durante un plazo de 15 días naturales en el Perfil del Contratante de la página web de FESTIVAL DE CINE DE MÁLAGA E INICIATIVAS AUDIOVISUALES,
Para más información, los interesados podrán dirigirse al Área Administrativa de la EMPRESA, teléfono 000 000000.
Las ofertas deberán presentarse en el registro de la EMPRESA, de 9:00 a 14:00 horas, en xxxxx Xxxxx Xxxxx 0 0x X, 00000 Xxxxxx, hasta el día 3 de febrero de 2017, inclusive.
Dichas ofertas, que deberán contener toda la documentación indicada en el presente pliego, se presentarán siempre en dos sobres distintos cerrados, indicando en su exterior el contrato al que licita.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el proponente deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos (dentro del plazo de presentación de ofertas), y anunciar el mismo día, mediante telegrama, fax (000 000 000) o por correo electrónico (xxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx), al Órgano de contratación la remisión de la oferta.
La presentación de la proposición supone la aceptación incondicionada por parte del proponente de la totalidad de las cláusulas o condiciones de este pliego, sin salvedad ni reserva alguna.
14- Comunicación y formalización del contrato
La adjudicación que resulte del presente procedimiento de contratación, se publicará en la página web de FESTIVAL DE CINE DE MÁLAGA E INICIATIVAS AUDIOVISUALES,
La formalización del contrato se efectuará dentro de los treinta días naturales a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación.
15.- Garantía definitiva
Publicada la adjudicación en el perfil del contratante, el adjudicatario estará obligado a constituir en un plazo de quince días hábiles una fianza definitiva del 5 por 100 del importe de adjudicación, IVA excluido. La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 96 TRLCSP, con los requisitos establecidos en el artículo 55 y siguientes del RGL-CAP, o mediante la garantía global con los requisitos establecidos en el artículo 98 del TRLCSP. De no cumplir este requisito por causas imputables al mismo, se declarará resuelto el contrato.
La fianza definitiva deberá preferentemente constituirse mediante aval bancario de vigencia indefinida y ejecutable a primera demanda, a disposición de Festival de Cine de Málaga, según Anexo IV.
La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el artículo 100 del TRLCSP.
La devolución y cancelación de las garantías se efectuará de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 TRLCSP y 65.2 y 3 del RGL-CAP.
16.- Obligaciones y derechos específicos de las partes
16.1. OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL CONTRATISTA.
16.1.1. El trabajo se ejecutará por el contratista con estricta sujeción a las clausulas estipuladas en el contrato y en el presente Pliego de Clausulas, observándose fielmente los establecido en el pliego de Prescripciones Técnicas, así como las instrucciones que se diere al responsable del contrato.
16.1.2. El contratista está obligado a cumplir con el contrato dentro del plazo fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva, en su caso.
16.1.3. El contrato se entiende convenido a riesgo y xxxxxxx del contratista.
16.1.4. El contratista no podrá introducir en la ejecución del contrato modificación alguna, salvo que para ello hubieses obtenido autorización u orden expresa, por escrito, del órgano de contratación.
16.1.5. El contratista deberá contratar el personal preciso para atender a sus obligaciones y acreditar que no se producirá una interrupción del mismo por ninguna causa. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con la entidad contratante, ni exigirse a esta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre adjudicatario y sus empleados.
16.1.6. El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute, con sujeción al contrato otorgado, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por la entidad contratante
16.2. OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LA EMPRESA.
16.2.1. La ejecución del contrato se desarrollará, sin perjuicios de las obligaciones que corresponden al contratista, bajo la dirección inspección y control del órgano de contratación, el cual podrá dictar instrucciones oportunas para el fiel cumplimiento de lo convenido. A estos efectos, el órgano de contratación podrá nombrar un responsable del contrato que realice las funciones descritas.
El calendario de actuaciones será planificado y ajustado, bajo la iniciativa y coordinación del responsable del contrato, con la participación y obligada aceptación del mismo por parte del adjudicatario.
16.2.2. Durante el desarrollo de los trabajos y la ejecución del contrato, la empresa podrá establecer controles de calidad sobre la actividad desarrollada, siempre en el marco de referencia del plan especifico de calidad aplicable en cada caso.
16.2.3. La Empresa tiene la obligación de abonar el precio convenido una vez recibido o informado de conformidad el trabajo por el director técnico.
16.2.4. La Empresa deberá respetar en todo caso el carácter confidencial de los datos, facilitados por los empresarios.
17.- Régimen sancionador
Las infracciones se calificarán leves, graves o muy graves, según las circunstancias concurrentes y, específicamente, atendiendo al menor o mayor perjuicio que con ellas se cause al funcionamiento del servicio o al público en general.
1. Se considerarán infracciones muy graves las siguientes:
a) El incumplimiento reiterado de las condiciones de prestación de los servicios establecidos en el presente pliego, en la oferta del adjudicatario y demás normativa aplicable, que produzcan consecuencias perjudiciales graves en la prestación del servicio.
b) El incumplimiento reiterado de las órdenes de la EMPRESA para la prestación de los servicios que sean procedentes de acuerdo con el contenido del presente pliego y el contrato.
c) La reiteración de dos o más infracciones graves en el periodo de seis meses.
2. Se considerará infracciones graves:
a) La obstrucción por el adjudicatario del control y fiscalización que debe ejercer el órgano de supervisión y control de la EMPRESA, cuando no sea calificada de muy grave.
b) La falta de contratación de pólizas de seguro que garanticen en cuantía suficiente las responsabilidades a que se refieren este pliego.
c) La reiteración de dos o más faltas leves en el periodo de seis meses.
3. Se considerarán infracciones leves todas la demás faltas no calificadas como graves o muy graves y que supongan incumplimiento de las condiciones estipuladas en el presente pliego y demás normativa aplicable.
4. Cuando la infracción cometida trascienda el ilícito contractual y revista los caracteres de delito o falta, la EMPRESA pondrá también los hechos en conocimiento de las autoridades judiciales competentes.
18.- Sanciones
1. Las infracciones cometidas por el adjudicatario se sancionarán como sigue:
a) Las infracciones leves podrán ser sancionadas como multas cuya cuantía no podrá exceder de 600 euros.
b) Las infracciones graves podrán ser sancionadas con multas cuya cuantía podrá oscilar entre 600,01 y 3.000 euros.
c) Las faltas muy graves podrán ser sancionadas con multas cuya cuantía no podrá exceder de 9.000 euros, o bien declarar la resolución del contrato, penalización esta última que, en todo caso, se aplicará en los supuestos previstos en la normativa aplicable y en los especificados en el presente pliego. Todo ello, sin perjuicio de que la empresa ejercite las acciones legales oportunas en reclamación de los daños y perjuicios causados.
2. Procedimiento para imponer penalizaciones.
Festival de Cine de Málaga podrá iniciar expediente de penalización al adjudicatario, formalizando el correspondiente pliego de cargos respecto al cual el adjudicatario podrá formular, en el plazo de 7 días hábiles, las alegaciones que estime oportunas.
Admitidas dichas alegaciones, Festival de Cine de Málaga notificará la resolución dictada por el órgano de contratación.
El adjudicatario tendrá un plazo de un mes desde la notificación para hacerla efectiva. Transcurrido dicho plazo sin que la sanción se haga efectiva, la EMPRESA procederá a incautar la fianza en el importe correspondiente.
En Málaga, a 20 de enero de 2017 EL DIRECTOR-GERENTE
Firmado: Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx
ANEXO I
Se establece un mínimo de 25 azafatas en jornada de 5 horas, 5 azafatas en jornada de 8 horas y 1 coordinadora en jornada de 8 horas.
Del total de puestos 2 deberán ser ocupados por personas que tengan un grado de discapacidad de un mínimo del 33%. Es necesario presentar certificado de discapacidad emitido por el organismo competente.
Deberán desempeñar las funciones detalladas a continuación:
o Atención al público e invitados en los puntos de información, mostradores de recepción en aeropuerto y estación de tren, y en las diferentes sedes del festival.
o Atención a los invitados en los hoteles del festival y apoyo al departamento de invitados en las gestiones pertinentes: comunicación con habitaciones, checkout, entrega de welcome pack, coordinación con servicio de transporte interno del festival, etc.
o Apoyo al personal xx xxxx, producción, regiduría, contenidos y prensa en el desarrollo de eventos en las sedes del festival: microfonía, reparto de dosieres, reparto y recogida de votos, lectura de códigos QR, atención al público e invitados.
o Azafatas/os de imagen para la alfombra roja.
o Reparto del diario del festival en puntos estratégicos del centro de la ciudad de Málaga.
Una de las azafatas contratada en jornada de 8 horas desempeñará las funciones de coordinadora de azafatas, siguiendo siempre las indicaciones del responsable de departamento del Festival de Cine de Málaga.
El horario del personal contratado será establecido por la EMPRESA y comunicado con suficiente antelación al adjudicatario.
El Festival de Cine de Málaga entregará al personal el uniforme necesario, para ello deberán comunicar las tallas necesarias al responsable del festival con suficiente antelación. Si bien el calzado deberá ser aportado por el adjudicatario, se exige calzado negro.
Deberán notificar por escrito al responsable de departamento del Festival las incidencias que tengan lugar en el desarrollo del servicio.
Personal requerido para el servicio
Un total de 31 azafatas/os a contratar según Desglose de personal indicado a continuación, días de contratación y tipo de jornada:
1 coordinadora de azafatas/os en jornada de 8 horas diarias los días 14, 15, 16, 17, 18, 19,
20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26 xx xxxxx ( total 104 horas).
5 azafatas en jornada de 8 horas diarias los días 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25 xx xxxxx
(total 360 horas).
3 azafatas en jornada de 5 horas diarias los días 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26 xx xxxxx (total 150 horas).
3 azafatas en jornada de 5 horas diarias los días 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26 xx xxxxx
(total 135 horas).
13 azafatas en jornada de 5 horas diarias los días 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25 xx xxxxx
(total 585 horas).
6 azafatas en jornada de 5 horas diarias los días 18, 19, 20, 21, 22, 23 y 24 xx xxxxx (total
210 horas).
ANEXO II
MODELO DE DECLARACION RESPONSABLE DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS PREVIOS
Expediente: 1/2017
1. DATOS DE LA PERSONA INTERESADA | |||
NOMBRE Y APELLIDOS O RAZÓN SOCIAL | NIF/CIF/ O EQUIVALENTE | ||
REPRESENTANTE: NOMBRE Y APELLIDOS | N.I.F. O EQUIVALENTE | ||
DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN | |||
LOCALIDAD | PROVINCIA | CÓDIGO POSTAL | PAIS |
TELÉFONO FIJO | TFNO. MÓVIL | FAX / CORREO ELECTRÓNICO |
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, que son ciertos los datos que figuran en el presente documento, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para licitar a este contrato, que posee la documentación que así lo acredita y, en particular:
- Tener capacidad de obrar y no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
- Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias (del Estado y las Comunidades Autónomas) y con la Seguridad Social, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la firma del correspondiente contrato, por el empresario a cuyo favor recaiga la presente adjudicación. Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social con el Ayuntamiento de Málaga.
- Tener suficiente capacidad.
- Tener personalidad jurídica (el empresario).
- Tener la documentación exigible por la normativa específica aplicable al objeto del contrato.
En Málaga, a…………….. de ………………………………… de………….
Fdo.: ……………………………………..
ANEXO III
«D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , c/
, n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad
, con CIF n.º , enterado del expediente para la contratación del SERVICIO DE AZAFATAS/OS PARA LA 20 EDICIÓN DEL FESTIVAL DE MÁLAGA. CINE
EN ESPAÑOL, por procedimiento abierto, anunciado en el Perfil de Contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y acepto íntegramente, tomando parte de la licitación comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de
euros y euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.
En , a de de 201
Firma del licitador,
Fdo.:
ANEXO IV
MODELO AVAL BANCARIO
La entidad bancaria , con NIF y domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en , y en su nombre y representación (nombres, apellidos y NIF de los apoderados)
con poderes suficientes para obligarla en este acto, según resulta de la verificación de la representación [bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento],
AVALA
PRIMERO. A [nombre y apellidos o razón social del avalado], con [NIF]
, en virtud de lo dispuesto por [Xxxxx/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía], enconcepto de garantía definitiva y para responder de las obligaciones derivadas del: [detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado]
a cargo de la persona avalada.
SEGUNDO. El aval que se presta se constituye por importe de: euros [en letra y en cifra], a disposición de FESTIVAL DE CINE DE MÁLAGA E INICIATIVAS AUDIOVISUALES, S.A.
TERCERO. La Entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1.098/2001, de 12 de octubre. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión al que se refiere el artículo 1.830 del Código Civil, y con compromiso de pago al primer requerimiento de FESTIVAL DE CINE DE MÁLAGA E INICIATIVAS AUDIOVISUALES, S.A., con sujeción a los términos y condiciones previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en sus Normas de desarrollo y en la Normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
CUARTO. El presente aval estará en vigor hasta que FESTIVAL DE CINE DE MÁLAGA E INICIATIVAS AUDIOVISUALES, S.A. o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello
autorice su cancelación o devolución, previa acreditación del cumplimiento de la obligación que se asegura con dicha garantía, conforme con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y su Legislación complementaria.
El presente aval se ha inscrito en el Registro Especial de Avales con el nº , en fecha .
Razón social de la entidad avaladora:
En , a de de 20 .
Los apoderados, Fdo: