Contract
CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS TÉCNICOS NECESARIOS PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTUACIONES, ESPECTÁCULOS Y OTRAS ACTIVIDADES QUE PROGRAME EL AYUNTAMIENTO DE ONDA
1. OBJETO DEL CONTRATO.
El Objeto del contrato será la prestación de servicios de personal técnico y auxiliar y la cesión en alquiler de diverso material técnico, necesario para la preparación y desarrollo de los actos y actividades que se programen en el área de Cultura, Teatro Xxxxxx y en el Ayuntamiento de Onda en general, así como tareas de revisión y reparación necesarias para el mantenimiento y buen estado del funcionamiento y seguridad de los equipos y sistemas. La ejecución del Objeto del contrato deberá adecuarse al pliego de prescripciones técnicas.
Dicho objeto se corresponde con el código número 51313000-9, servicio de instalación de equipos de sonido de la nomenclatura del Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisió Europea (Reglamento (CE) No 213/2008 DE LA COMISIÓN de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) no 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los procedimientos de los contratos públicos en los referente a la revisión del CPV.
Las empresas que podrán optar al presente procedimiento son aquellas cuya actividad principal es la prestación de los servicios descritos en el párrafo anterior y cuyos medios y recursos materiales permitan cubrir la necesidades que conlleva cualquier tipo de espectáculo escénico y similar, en especial en las que se describen en el siguiente párrafo
2. DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO A REALIZAR.
2.1. Trabajos.
• Gestionar la realización y coordinación de la iluminación y sonorización de espectáculos, producciones musicales y actos públicos.
• Determinar los recursos necesarios y realizar la instalación, el montaje y la conexión de los equipos previstos para el desarrollo de los espectáculos y actos culturales oficiales.
• Poner a punto los equipos, comprobar todas las señales generadas y ajustándolas a sus valores óptimos.
• Realizar el montaje y desmontaje de la instalación, y adaptar el espacio escénico a los posibles usos del mismo.
• Asesorar al Ayuntamiento en todo aquello que este relacionado con su cometido.
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• Manejar los equipos y sistemas de iluminación del teatro para espectáculos, actos culturales oficiales.
• Cubrir las necesidades que en materia de iluminación técnica requiera en los espectáculos y actos culturales oficiales.
• Preparación logística, técnica del teatro y coordinación del personal necesario.
• Gestión y aprovisionamiento de todos los equipos audiovisuales, pantallas, atriles y todo tipo de material para actos, actividades presentaciones y espectáculos.
• Horario flexible y disponibilidad total (fines de semana y festivos incluidos).
• Apoyo en el montaje de exposiciones y otras actividades culturales.
• Montaje, coordinación y soporte audiovisual y logístico de los actos en el Xxxxxxxx, en el Museo del Azulejo, en el Ayuntamiento y en la xxxxxx xxx Xxxxxxxx.
• Recoger y custodiar los aparatos eléctricos/tramoya etc después de cada actuación, dejando los espacios escénicos libres de enseres técnicos.
• Puesta en marcha y puesta a punto de los equipos audiovisuales e iluminación.
• Contacto, coordinación con las compañías externas de teatro, apoyo y coordinación
del montaje. A titulo meramente informativo se citan actos y/o espectáculos susceptibles de ser organizados:
- Representaciones teatrales
- Danza
- Conciertos y actuaciones musicales
- Actos protocolarios
- Cualesquiera otras de similar naturaleza
• Reparaciones menores constantes que no impliquen gasto de materiales.
• Revisiones básicas periódicas y partes de reparaciones, relacionando las necesidades de reparación que conlleven gastos y su correspondiente presupuesto para su aprobación, en su caso.
• Realización de informes periódicos del estado de las instalaciones y de los materiales de la misma, así como de posibles incidencias para informar al departamento correspondiente.
2.2. Dirección e interlocución
Para coordinar las relaciones que con motivo del desarrollo del objeto del suministro necesariamente se tiene que establecer entre el Ayuntamiento y el adjudicatario, ambas partes designarán un representante que tendrá capacidad suficiente para actuar como portavoz de las partes en todas las actuaciones que precisen de su conformidad relativas a la organización y control del suministro. Se establece como representante del Ayuntamiento el Animador Cultural, o en cualquier otro funcionario que designe el Tte. Alcalde de Cultura.
2.3. Condiciones del licitador.
Podrán licitar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que cumplan con los requisitos de capacidad y solvencia establecidos en la Ley, y que deberán acreditar en los términos establecidos en el presente pliego.
La empresa deberá contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización del objeto del contrato, así como del personal necesario para le realización de los diferentes servicios.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas presentaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas funcionales, les sean propios.
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2.4. Planificación de los servicios
2.4.1.- Ámbito de actuación:
El ámbito de actuación del contrato afectará a todos los actos y actividades que organice el Ayuntamiento de Onda, tanto en locales municipales como actuaciones al exterior.
El contratista aportará los recursos personales, técnicos y materiales, necesarios para llevar adelante los servicios que se soliciten.
Estos servicios de asistencia especializados para los montajes, podrán ser con material propiedad del Ayuntamiento o material propio de la empresa, tal como se relacionan en el punto 2.5.
2.4.2.- Medios materiales aportados por el Ayuntamiento:
El Ayuntamiento pondrá a disposición del contratista los espacios dotados de la
infraestructura necesaria para la prestación del servicio. Estos recursos son los siguientes:
DOTACIÓN TÉCNICA
- TEATRO XXXXXX
• XXXXX XX XXXXX
• 4 varas motorizadas. ( 3 varas de 12 envíos y 1 vara de 9 envíos).
• Puente frontal motorizado con 16 envíos
• Enfoque con escalera metálica de 7,5 mts
• DOTACION LUCES
▪ 48 canales (2,5 Kw) DIMMER LIBERTY
▪ Xxxx xx xxxxx programable LT HYDRA SPIRIT
▪ 29 PC’S 1000 W
▪ 22 PAR 64 1000 W ( diferentes lentes)
▪ 18 CUARZOS 1000 W (asimetricos)
▪ 13 ETC Junior 575 w 25º/50º
▪ 10 ETC 750 W 25º/50º
▪ 4 Recortes Strong 650 W
▪ 3 Recortes Cantata 1000 W
▪ 4 Recortes Teattro 1000 W (22º/40º)
• SONIDO
▪ Mesa mezcladora YAMAHA LS9
▪ Doble CD (Autopause)
▪ PA 4000 w QSC (autoamplificados)
▪ Monitores: 2 DAS Serie C1 A
▪ 2 XXXXXX 500 W A
▪ 2 Work 350 W A
▪ PATCH de audio en cada hombro
▪ MICROFONIA
▪ - 2 AKG de ambiente
▪ - 2 micros ambiente clok audio
▪ - 2 micros de atril
▪ - 2 micros inhalambrico (1 diadema, y 1 mano)
▪ - 1 micro mano Shure 58
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▪ - 1 micro mano Shure 48
▪ - 1 micro xxxx Xxxxxxxxx
- SALA LA CASSOLA
• SONIDO
▪ 2 micros mesa Fonestar
▪ 1 micro inhalambrico SHURE
▪ 1 micro solapa inhalambrico
▪ 1 Mesa mezcladora
▪ 3 reproductores DVD y música
▪ - Altavoces para cine y conferencias
• PROYECCION
▪ Pantalla de cine fija de 6 x 4,5
▪ Proyector Optoma (2500 lu) (pequeño)
▪ Tomas de video y sonido en zona de escenario
- SALA DE ACTOS CASA CULTURA
• SONIDO Y PROYECCIÓN
▪ 2 micros mesa fonestar
▪ 2 Altavoces Work serie 8 (para conferencias)
▪ 1 mesa mezcladora Work
▪ - PATCH de audio y video en escenario
▪ - Pantalla de proyección (2 x 1) automatica
▪ - Proyector de video 2.4.3.- Otros requerimientos de material:
Cuando el material del que dispone el Ayuntamiento sea insuficiente para llevar a cabo las actividades programadas, el contratista deberá poner a disposición del Ayuntamiento el material necesario.
A estos efectos, la empresa deberá especificar el tipo de material de que dispone, facilitando para ello una relación del mismo, indicando numero de elementos disponibles, características, etc., de acuerdo con la siguiente relación:
Clases o tipos de materiales
a) Focos y Proyectores de diferentes potencias seun las caracteristicas requeridas para la ocasió (Par-64, PC, panoramas, recortes, leeds, robots, cañones, etc.)
b) Dimmers
c) Etapas potencia
d) Mesas de Iluminación
e) Mesas de Sonido
f) Estructuras (xxxxxx elevables, puentes, trust, calles, otras estructuras para iluminación, sonido, y tramoya)
g) Cableado (eléctrico, para sonido, iluminación)
h) Microfonía de cable (diferentes características para voz, instrumento, ambiente, etc.)
i) Microfonía inalámbrica, con unidades emisoras (diferentes características)
j) Intercomunicación (intercom, similares...)
k) Amplificadores
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l) Aparatos de audio (Pletina, reproductores CD u otros etc...)
m) Pantallas de proyección y equipos audiovisuales
n) Linóleum
o) Camara Negra
p) Cicloramas/panoramas
q) Varas electrificadas (manuales, motorizadas, etc.)
r) Accesorios (pies micro, porta-gobos, filtros, viseras, etc.)
s) Así como otros materiales y equipos de iluminación, sonido, audiovisuales, tramoya y maquinaria escénica no citados aquí.
En las actuaciones que sea necesario el alquiler de material el Ayuntamiento, facilitara con 15 días mínimo de antelación la ficha técnica de la actuación, facilitada por las compañías y actuantes.
2.4.4.- Condiciones del personal contratado:
Este personal no tendrá ninguna relación con el Ayuntamiento de Onda, dependiendo, únicamente y exclusivamente del contratista, que de acuerdo con su calidad de empresario, podrá ejercer sus derechos cumpliendo con sus obligaciones previstas en la legislación laboral y social.
2.5.- Tipos de servicios
2.5.1.- Servicio de asistencia:
El Ayuntamiento, dispone de un equipamiento básico en algunas instalaciones, el cual se indica en el apartado 2.4 Dotación Técnica. En caso de que sea suficiente con el material propio de la sala, la empresa solo facilitara el servicio de asistencia, sea completo, básico o puntual.
• Servicio COMPLETO (en el Teatro), de asistencia de técnicos de espectáculos, es un servicio de cualquiera de los técnicos que deberá durar entre 6 y 10 horas en el mismo día, sean consecutivas o no y se computará y facturará por un único precio de asistencia (no por horas), para el montaje y desarrollo de los actos.
• Servicio BÁSICO de asistencia de técnicos de espectáculos, es un servicio de cualquiera de los técnicos que deberá durar entre 3 y 4 horas en el mismo día, sean consecutivas o no y se computará y facturará por un único precio de asistencia (no por horas) para el montaje, preparación y otras tareas para el desarrollo de los actos.
• Servicio PUNTUAL de asistencia de técnicos de espectáculos, es un servicio de cualquiera de los técnicos que deberá durar menos de 3 horas en el mismo día, sean consecutivas o no y se computará y facturará por horas trabajadas al precio estipulado en el apartado correspondiente, para el montaje, preparación y otras tareas para el desarrollo de los actos.
2.5.2.- Servicios de asistencia y alquiler de material:
Servicios de asistencia y alquiler de material (si procede, en función de la actividad). Se entiende por este servicio el suministro de material en alquiler y personal técnico para el montaje y desarrollo de los actos.
• Servicio SIMPLE de asistencia de técnicos y alquiler de material
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Servicios de sonorización sencillos tipo presentaciones de libros, ruedas de prensa, conferencias, homenajes o actos similares en la calle, etc.
Requerimientos:
• 1 técnico
• Equipo:
• 2 altavoces 00” - 00” de aprox 350 – 600 w, con cableado
• 3-4 micrófonos con pies de micrófono y cableado
• 1 mezclador
• 1 etapa de potencia (si los altavoces no son activos)
• 1 reproductor de audio (CD, MP3..)
• Servicio MEDIANO de asistencia de técnicos y alquiler de material
Sonorización e iluminación de pequeños eventos o presentaciones (actos en la
Ermita, el Xxxxxxxx, museo, etc) en los que se emplearían hasta unos 1000 w de sonido y 12000 w de iluminación (actos nocturnos).
Requerimientos:
• 1 Técnico
• 1 auxiliar (con conocimiento en audio e iluminación)
• Equipos:
• 2 o 4 altavoces de 600 w, cableado y soporte
• 4 – 6 micrófonos (condensación o dinámicos), según necesidades, cableado, y soportes
• 12 proyectores tipo PC 1000 w con visera 4 palas, si el evento lo requiere se sustituirán por proyectores LED o recorte de 575 w
• 1 mesa de regulación.
• 12 Canales de regulación (Dimmer) con protocolo DMX
• Estructura de Aluminio si se precisara
• Cableado de alimentación y distribución de potencia necesarios
• Servicio COMPLETO de asistencia de técnicos y alquiler de material Requerimientos:
• 1 Técnico
• 1 auxiliar (con conocimiento en audio e iluminación)
• Equipos:
• 2 o 4 altavoces de 600 w, cableado y soporte
• 4 – 6 micrófonos (condensación o dinámicos), según necesidades, cableado, y soportes
• 12 proyectores tipo PC 1000 w con visera 4 palas, si el evento lo requiere se sustituirán por proyectores LED o recorte de 575 w
• 1 mesa de regulación.
• 12 Canales de regulación (Dimmer) con protocolo DMX
• Estructura de Aluminio si sé precisara
• Cableado de alimentación y distribución de potencia necesarios
• 24 PC
• 6 Proyectores de recorte (según necesidades)
• 1 mesa de regulación
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• 24 canales Dimmer
• Cableado
• Estructuras de soporte para proyectores
• Servicio COMPLEJO de asistencia de técnicos y alquiler de material
Sonorización e iluminación de grandes conciertos o espectáculos: iluminaciones y Sonorizaciones en las que se emplearían más de 8.000 w de sonido y más de
24.000 W de iluminación. Requerimientos:
• 1 técnico sonido,
• operador de equipos.
• 1 microfonista (auxiliar sonido),
• 1 técnico iluminación.
• 1 técnico electricista
• Equipo:
• Mesa 48 canales para PA
• Mesa 48 canales monitores
• Rack de procesador de dinámica, ecualizadores y efectos
• Microfonía
• Cajas de inyección
• Equipos de iluminación:
• Estructura de aluminio para elevación
• Proyectores fijos y móviles
• Cableados
• Mesa control
• Equipo de regulación Dimmer. etc
2.5.3 Otros servicios
A solicitud del Ayuntamiento, el contratista deberá realizar los servicios que a continuación se relacionan.
- Trabajos Esporádicos:
• Reparaciones y trabajos menores que no impliquen gasto de materiales.
- Servicio de asistencia de técnicos:
• Revisiones básicas periódicas y partes de reparaciones, relacionando las necesidades de reparación que conlleven gastos y su correspondiente presupuesto para su aprobación, en su caso.
• Realización de informes periódicos del estado de las instalaciones y de los materiales de la misma, así como de posibles incidencias para informar al departamento correspondiente.
Estos servicios se facturarán conforme a los precios establecidos en el Anexo I.
2.6. Inspecciones y control
El Ayuntamiento se reserva el derecho a inspeccionar, en cualquier momento, la prestación del servicio objeto del contrato.
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En ejercicio de tal facultad, podrá dictar por escrito cuantas disposiciones redunden en la mejora del Servicio, las cuales estará obligado a cumplir el adjudicatario, sin prejuicio de los derechos que le amparan conforme lo establecido en los pliegos que rigen este concurso y en la normativa general aplicable.
En el caso de que algún servicio sea prestado con evidente falta de calidad imputable a la empresa adjudicataria, el inspector designado por el Ayuntamiento levantará acta que podrá motivar la incoación de procedimiento sancionador.
3. DURACIÓN DEL CONTRATO.
La duración del contrato, para la prestación de los servicios estipulados será de tres años, el cual podrá ser prorrogado anualmente hasta un máximo de seis.
Podrá prorrogarse el contrato de mutuo acuerdo, debiendo aprobarse de forma expresa la
prórroga por acuerdo del órgano de contratación conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 TRLCSP, antes de la finalización del periodo de duración inicial del contrato, o de la prórroga o prórrogas sucesivas en su caso, y será obligatoria para el empresario, salvo que el contrato expresamente prevea lo contrario.
Se deberá incorporar al expediente solicitud de prórroga o el consentimiento formal del contratista a prorrogar el contrato, que ha de ser expreso y previo al acuerdo del órgano de contratación en tal sentido, con 3 meses de antelación.
4. GARANTÍA.
En este contrato, la garantía definitiva será el 5% del presupuesto base de licitación, conforme al artículo 95-3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP). El plazo de la garantía definitiva se fija en un año desde la finalización del contrato, y para su devolución se estará a lo dispuesto en el artículo 102 de la TRLCSP.
5. PLAZO DE GARANTÍA.
Durante el desarrollo del contrato y hasta que se cumpla el plazo de garantía, el contratista es responsable de los defectos que en la prestación del servicio puedan advertirse.
Se establece un plazo de garantía de un (1) año desde la recepción del objeto del contrato.
6. PRESUPUESTO.
El tipo de licitación, a la baja, será el de los precios unitarios establecidos en el Anexo I, con un máximo anual de 34.375,00 euros, más 7.218,75 euros en concepto de IVA (21%), lo que nos da un total de 41.593,75 euros.
A lo largo de la duración del contrato, solo se facturaran y abonaran los servicios y suministros efectivamente prestados.
7. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA DEL CONTRATISTA.
La solvencia económica y financiera del licitador podrá acreditarse por aplicación del artículo
75.1 a) del TRLCSP, de conformidad con el artículo 11.4 a) del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y para este contrato se deberá acreditar por:
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• Volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, y en el ámbito al que se refiere el contrato, deberá ser al menos de 51.562,50 euros (IVA excluido).
El volumen anual de negocios del licitador o candidato se podrá acreditar por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. La acreditación de la suficiencia de la solvencia económica y financiera se efectuará mediante la aportación de documentos oficiales/certificados expedidos por los órganos competentes.
8. SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL DEL CONTRATISTA.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 78 TRLCSP, la técnica del licitador deberá
acreditarse por el siguiente medio:
• Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
El requisito mínimo de los servicios efectuados será el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, y este debe ser igual o superior a 24.062,50 € (IVA excluido).
Para acreditar la solvencia necesaria el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios durante el tiempo en que sea necesario para ejecutar el contrato.
Asimismo, los licitadores deberán acreditar que se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (Anexo III), compromiso que se integrará en el contrato.
9. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El contratista deberá cumplir todas y cada una de las siguientes obligaciones:
a) Estará obligado a organizar y prestar el servicio con estricta sujeción a las características establecidas en el contrato.
b) Deberá prestar el servicio con la continuidad convenida, y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas.
c) El contratista está obligado a indemnizar los daños que cause a terceros como consecuencia de operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando e daño sea producido por causas imputables a la Administración.
d) Responderá, por si o a través del correspondiente seguro por un valor minimo de
300.000 €, de cuantas indemnizaciones correspondan en caso de siniestro.
e) Tanto en asistencias como en alquiler de material, el precio debe incluir el transporte, siendo por cuenta de la empresa las dietas y el alojamiento en caso necesario.
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f) Cuando el equipo básico de técnicos haya de ser reforzado con más personal, aunque se trate de auxiliares, deberá comunicarse previamente detallando y justificando según la naturaleza del espectáculo y aspectos técnicos que concurren. Este refuerzo no tendrá la consideración de técnico extra, por lo que el precio de sus servicios sera el mismo que el resto de los profesionales que intervienen en el equipo básico
g) No utilizar los aparatos de sonido y luces, y material auxiliar para fines distintos de los programados
10. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
La adjudicación se realizará de acuerdo a los siguientes criterios objetivos de valoración. Se establecen sobre un total de 10 puntos, distribuidos de la siguiente manera:
10.1.- Oferta económica (de 0 a 12 puntos).
Se dará la máxima puntuación a la oferta de mayor baja y cero a la de igual precio que la de licitación; las otras se puntuaran mediante regla de tres.
10.2.- Calidad de la oferta (de 0 a 10 puntos).
La puntuación global de este apartado se obtendrá en función de las puntuaciones parciales correspondientes a los siguientes conceptos:
- Por aumento de las asistencia técnicas ofrecidas sin incrementar el coste total del contrato que se valorará con 1 punto por cada servicio ofrecido (completo o básico), hasta un máximo de 3 puntos.
- Revisiones básicas periódicas. Éstas incluirán un informe sobre estado de las instalaciones, necesidades de reparación y su correspondiente presupuesto, en su caso. 1 punto por revisión hasta un máximo de 3 puntos.
- Horas extra destinadas a asistencia técnica sin coste para el Ayuntamiento, a razón de 0,1 puntos por hora ofrecida, hasta un máximo de 2 puntos.
- Horas extra destinadas a trabajos esporádicos no retribuidas, a razón de 0,1 puntos por hora ofrecida, hasta un máximo de 2 puntos.
11. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES O MEJORAS.
No se admitirán variantes ni mejoras diferentes de las referidas en el punto anterior.
12. SUBCONTRATACIÓN
El contratista podrá subcontratar un porcentaje de las prestaciones del contrato no superior al 60% del importe de adjudicación y que se cumplan las circunstancias contempladas en el artículo 227 TRLCSP.
13. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
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Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato, sólo podrá realizarse en los casos y con los límites del art. 107 TRLCSP.
14. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR PROPUESTO
El licitador propuesto para la adjudicación por la mesa de contratación deberá aportar la póliza de seguro de responsabilidad civil de, al menos, 300.000 euros, conforme a la clausula 9ª PPT.
15. RÉGIMEN SANCIONADOR.
Se considerarán infracciones leves:
1. El trato desconsiderado.
2. El cumplimiento defectuoso de las obligaciones del adjudicatario.
3. El incumplimiento del requerimiento municipal por repara deficiencias en la presentación del servicio.
Se considerarán infracciones graves:
1. La acumulación de dos o más faltas leves en el plazo de un año.
2. El incumplimiento de alguna de las obligaciones del contrato, especialmente en relación a la presentación de los documentos establecido en el Pliego.
3. La negativa u obstrucción a la actuación inspectora cuando no se den las circunstancias prevista en el apartado de infracciones muy graves.
4. Cualquiera de las infracciones previstas en el apartado anterior cuando su naturaleza, ocasión o circunstancia no deba ser calificada como muy grave.
Se considerarán infracciones muy graves:
1. La acumulación de dos o más faltas graves en el plazo de un año.
2. El incumplimiento de las obligaciones esenciales señaladas en el pliego de cláusulas que afectan a la continuidad y regularidad de la prestación del servicio.
3. El incumplimiento de las órdenes impartidas por los órganos municipales con competencia en la materia.
4. La no suscripción de los seguros que está obligada a realizar de acuerdo con la normativa vigente en la materia.
Las penalidades que se podrán imponer, mediante la instrucción del correspondiente expediente, serán las siguientes:
• Por faltas leves: hasta 300 €
• Por faltas graves: de 301 a 900 €
• Por faltas muy graves: de 901 a 1.500 €, pudiendo optar el Ayuntamiento por la imposición de penalidades o por la resolución del contrato, sin que el hecho dé lugar a resarcimiento o indemnización alguna.
16.- LEGISLACIÓN APLICABLE.
Con carácter general se aplicará la Normativa de Régimen Local.
Onda, fecha al margen
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FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
ANEXO 1
PRECIOS DE LOS SERVICIOS (IVA NO INCLUIDO)
- Asistencia de técnicos de espectáculos:
• Servicio COMPLETO 195 €/servicio.
• Servicio BÁSICO 125 €/servicio.
• Servicio PUNTUAL 27 €/h.
- Asistencia de técnicos y alquiler de material:
• Servicio SIMPLE 120 €/servicio.
• Servicio MEDIANO 500 €/servicio.
• Servicio COMPLETO 800 €/servicio.
• Servicio COMPLEJO 1.500 €/servicio
- Otros servicios:
• Horas extra destinadas a trabajos esporádicos 22 €/h
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• Horas extra destinadas a asistencia técnica 27 €/h