CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO.
CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO.
CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO ESTATAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE OAXACA, REPRESENTADO POR EL LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE COMISIONADO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL ORGANISMO”, Y POR LA OTRA EL (LA) C.
, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL TRABAJADOR”.
LAS PARTES SIGNANTES DEL PRESENTE CONTRATO EXPRESAN LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
1.- “EL ORGANISMO” DECLARA A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE:
1.1.- QUE POR LOS DECRETOS 221 Y 658 PUBLICADOS EN EL PERIÓDICO OFICIAL EL QUINCE XX XXXXX Y EL DICINUEVE DE JULIO DEL DOS MIL OCHO DE MANERA RESPECTIVA; SE APROBARON LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE OAXACA, CUYO ARTÍCULO 47 ESTABLECE QUE EL ORGANISMO ES UNA ENTIDAD PÚBLICA, AUTÓNOMA EN SU FUNCIONAMIENTO E INDEPENDIENTE EN SU OPERACIÓN Y DECISIONES, DE CARÁCTER PERMANENTE, CON PERSONALIDAD Y PATRIMONIO PROPIOS, ENCARGADA DE PROMOVER, DIFUNDIR Y GARANTIZAR EL EJERCICIO DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN; RESOLVER SOBRE LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTEGER LOS DATOS PERSONALES EN PODER DE LOS SUJETOS OBLIGADOS; Y LA LEY DE ARCHIVOS QUE TIENE POR OBJETO NORMAR LA ADMINISTRACIÓN DE LOS DOCUMENTOS, REGULAR LA ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO, RESTAURACIÓN, CONSERVACIÓN Y DIFUSIÓN DE LOS ARCHIVOS DE LOS SUJETOS OBLIGADOS; FOMENTAR EL RESGUARDO, DIFUSIÓN Y ACCESO DE ARCHIVOS PRIVADOS DE ESPECIAL RELEVANCIA HISTÓRICA, SOCIAL, TÉCNICA, CIENTÍFICA O CULTURAL ASÍ COMO ESTABLECER LAS BASES PARA LA CREACIÓN Y OPERACIÓN DEL SISTEMA ESTATAL DE ARCHIVOS.
1.2.- QUE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 53 FRACCIÓN XXI Y 55 DE LA LEY DE LA MATERIA ESTÁ FACULTADO PARA DESIGNAR AL PERSONAL “DEL ORGANISMO” CONTRATÁNDOLOS COMO TRABAJADORES DE CONFIANZA.
1.3.- QUE SE ENCUENTRA FACULTADO PARA EL EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONFORME AL ARTÍCULO ÚNICO DEL DECRETO NÚM. 609 PUBLICADO EL PRIMERO XX XXXX DEL DOS MIL OCHO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE OAXACA EN QUE QUEDARON NOMBRADOS LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO GENERAL “DEL ORGANISMO”, OTORGÁNDOLE AL LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX, EL NOMBRAMIENTO DE PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL, CON PERSONALIDAD PARA REPRESENTARLO EN TODOS LOS ASUNTOS RELACIONADOS CON LAS FUNCIONES DE “EL ORGANISMO”.
1.4 “EL ORGANISMO”, DE CONFORMIDAD CON LAS FACULTADES PRECISADAS EN EL PUNTO 1.1, Y A FIN DE DAR CUMPLIMIENTO EFICAZ A LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES CONTENIDAS EN LA LEY DE TRANSPARENCIA (ARTÍCULO 55 Y 8 TRANSITORIO; ASÍ COMO EN LAS LEYES DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y DE ARCHIVOS. CONTRATA A “EL TRABAJADOR” PARA REALIZAR CONFIDENCIALMENTE, LABORES DE DIRECCIÓN, INSPECCIÓN, VIGILANCIA, PROMOCIÓN, ORGANIZACIÓN, ADMINISTRACIÓN, DIFUSIÓN, CAPACITACIÓN, DESARROLLO Y DEMÁS RELATIVAS Y CONEXAS DERIVADAS DE LOS ORDENAMIENTOS LEGALES YA CITADOS.
EN RELACIÓN CON LAS LABORES DE CONFIDENCIALIDAD, “EL TRABAJADOR” SE COMPROMETE A OBSERVAR LA MAS ESTRICTA CONFIDENCIALIDAD SOBRE LOS ASUNTOS DEL INSTITUTO.
2.- “EL TRABAJADOR” DECLARA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD:
a) LLAMARSE , SER ORIGINARIO DE , DE NACIONALIDAD
, TENER AÑOS DE EDAD, CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES
, DE SEXO , CON DOMICILIO EN
; MISMO QUE SEÑALA PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES.
b) QUE TIENE CAPACIDAD JURÍDICA PARA CONTRATAR Y OBLIGARSE EN LOS TÉRMINOS ANTERIORMENTE SEÑALADOS ASÍ COMO REUNIR LA
EXPERIENCIA, APTITUD Y CONOCIMIENTOS NECESARIOS PARA DESEMPEÑAR AQUÉLLOS DENTRO DEL REQUERIMIENTO DE ABSOLUTA CONFIDENCIALIDAD.
3.- AMBAS PARTES SE RECONOCEN MUTUAMENTE LA PERSONALIDAD QUE OSTENTAN Y COMPRENDEN LOS ALCANCES LEGALES, DERECHOS Y OBLIGACIONES CONTENIDOS EN LAS SIGUIENTES:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- EL PRESENTE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ES DE CONFIANZA Y SE CELEBRA POR TIEMPO DETERMINADO DE OCHO MESES QUE COMPRENDE DEL DÍA PRIMERO XX XXXX DEL DOS MIL NUEVE, AL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL NUEVE.
SEGUNDA.- “EL TRABAJADOR” SE OBLIGA Y COMPROMETE LIBRE Y CONCIENTEMENTE A PRESTAR SUS SERVICIOS PERSONALES CON ESMERO, EFICIENCIA Y CONFIDENCIALIDAD PARA EL BUEN DESARROLLO DE LAS ATRIBUCIONES DE “EL ORGANISMO”.
EN TAL VIRTUD, QUEDA “EL TRABAJADOR” ADSCRITO AL ÁREA
CON EL CARGO DE .
TERCERA.- QUEDA EXPRESAMENTE CONVENIDO QUE “EL TRABAJADOR” ACATARÁ EN EL DESEMPEÑO DE LOS MISMOS TODAS LAS ÓRDENES QUE DICTE “EL ORGANISMO” APORTANDO SUS OBSERVACIONES PARA MEJORAR LOS RESULTADOS QUE SE PERSIGUEN.
CUARTA.- EL INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER DISPOSICIÓN AQUÍ PACTADA, DARÁ LUGAR A LA TERMINACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO SIN RESPONSABILIDAD PARA “EL ORGANISMO”.
QUINTA.- AMBAS PARTES CONVIENEN EN QUE “EL TRABAJADOR” DESEMPEÑARÁ SUS ACTIVIDADES, EN EL DOMICILIO DE “EL ORGANISMO” O EN CUALQUIER OTRO LUGAR QUE SE LE SEÑALE DENTRO DEL TERRITORIO DEL ESTADO DE OAXACA.
SEXTA.- LAS PARTES CONTRATANTES CONVIENEN EN QUE SE RESPETARÁN COMO DÍAS NO HÁBILES LOS SIGUIENTES: 1° DE ENERO, 5
DE FEBRERO, 21 XX XXXXX, 1° Y 5 XX XXXX, 16 DE SEPTIEMBRE, 20 DE NOVIEMBRE Y 25 DE DICIEMBRE. SIN PERJUICIO DE LOS CAMBIOS OFICIALES DE CALENDARIO. QUE SE DARÁN A CONOCER ATRAVÉS DE LA PÁGINA ELECTRÓNICA DEL INSTITUTO.
LA JORNADA DE TRABAJO SERÁ DE OCHO HORAS DIARIAS DE LUNES A VIERNES, EN LA INTELIGECIA DE QUE CUANDO LAS NECESIDADES DEL SERVICIO LO REQUIERAN, POR ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL, SE PODRÁN HABILITAR DÍAS INHÁBLIES.
SÉPTIMA.- POR EL TRABAJO MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO, LA RETRIBUCIÓN CONVENIDA SERÁ POR SUELDOS PAGADOS EN EXHIBICIONES DE QUINCENAS VENCIDAS, POR LA CANTIDAD DE
$ PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL, CADA UNA POR LA MITAD DE LA RETRIBUCIÓN CONVENIDA POR MES.
EL PAGO SE EFECTUARÁ POR MEDIO DEL SISTEMA DE NÓMINA BANCOMER, EN LA QUE SE DEPOSITARÁ LA CANTIDAD QUE CORRESPONDA EN LA CUENTA PREVIAMENTE ASIGNADA A “EL TRABAJADOR”, QUIEN PARA DISPONER DE DICHA CANTIDAD DEBERÁ UTILIZAR LA TARJETA QUE LA CITADA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO LE PROPORCIONE, EN EL ENTENDIDO DE QUE EL ORGANISMO RETENDRÁ EL IMPORTE DE LAS CUOTAS QUE CORRESPONDAN A “EL TRABAJADOR” POR CONCEPTO DE SEGURO SOCIAL, INFONAVIT E IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
OCTAVA.- EL PRESENTE CONTRATO PODRÁ MODIFICARSE, SUSPENDERSE, RESCINDIRSE O DARSE POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE, SIN RESPONSABILIDAD PARA “EL ORGANISMO” CUANDO SE REDUZCA EL PRESUPUESTO QUE EL ORGANISMO TIENE ASIGNADO O DEJE DE EXISTIR LA MATERIA DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ENCOMENDADOS.
NOVENA.- EL PRESENTE CONTRATO PODRÁ RESCINDIRSE O DARSE POR TERMINADO SIN RESPONSABILIDAD PARA “EL ORGANISMO” EN LOS SIGUIENTES CASOS:
A) POR INCUMPLIR “EL TRABAJADOR”, CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES PREVISTAS EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO ASÍ COMO, EN LAS LEYES LOCALES DE TRANSPARENCIA Y
ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, ARCHIVOS Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
B) CUANDO LOS RESULTADOS DE LOS SERVICIOS A CARGO DE “EL TRABAJADOR”, NO MUESTREN RESULTADOS SATISFACTORIOS.
C) POR VIOLACIÓN QUE COMETA “EL TRABAJADOR” A LAS CLÁUSULAS DEL PRESENTE CONTRATO.
DÉCIMA.- AMBAS PARTES CONSIENTEN QUE AL VENCIMIENTO DEL TÉRMINO ESTIPULADO, ESTE CONTRATO QUEDARÁ AUTOMÁTICAMENTE TERMINADO.
DÉCIMA PRIMERA.- “EL TRABAJADOR” DISFRUTARÁ POR CONCEPTO DE VACACIONES, DE VEINTE DÍAS HÁBILES AL AÑO DIVIDIDOS EN DOS PERIODOS, EL PRIMERO QUE COMPRENDERÁ DEL VEINTE AL TREINTA Y UNO DE JULIO DEL DOS MIL NUEVE; Y EL SEGUNDO QUE COMPRENDERÁ DEL VEINTIUNO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL NUEVE AL CINCO DE ENERO DEL DOS MIL DIEZ.
DÉCIMA SEGUNDA.-“EL TRABAJADOR” PERCIBIRÁ POR CONCEPTO DE PRIMA VACACIONAL UNA REMUNERACIÓN PROPORCIONAL AL TIEMPO DEL SERVICIO PRESTADO, CON UNA PRIMA MÍNIMA DE VEINTICINCO POR CIENTO SOBRE LOS SALARIOS CORRESPONDIENTES A LAS MISMAS. TAMBIÉN PERCIBIRÁ LA CANTIDAD PROPORCIONAL QUE LE CORRESPONDA POR CONCEPTO XX XXXXXXXXX, CONFORME A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 87 DEL CITADO ORDENAMIENTO.
DÉCIMA TERCERA.- CONVIENEN LOS CONTRATANTES QUE EN TODO LO NO PREVISTO EN EL PRESENTE CONTRATO, ESTARÁN A LO DISPUESTO EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, Y QUE PARA SU INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LAS AUTORIDADES LABORALES DEL ESTADO DE OAXACA, CON RENUNCIA EXPRESA DE CUALQUIER OTRO FUERO QUE PUDIESE CORRESPONDERLES EN EL FUTURO POR CAMBIO DE DOMICILIO.
DÉCIMA CUARTA.- AMBAS PARTES CONSIENTEN QUE AL VENCIMIENTO DEL TÉRMINO ESTIPULADO, ESTE CONTRATO QUEDARÁ AUTOMÁTICAMENTE TERMINADO, SIN NECESIDAD DE AVISO O DE NINGÚN OTRO REQUISITO, Y CESARÁN TODOS SUS EFECTOS LEGALES.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO POR LAS PARTES Y ENTERADOS DE SU CONTENIDO Y ALCANCE, POR DUPLICADO LO FIRMAN
LOS QUE EN ÉL INTERVINIERON ANTE DOS TESTIGOS DE ASISTENCIA EN LA CIUDAD DE OAXACA DE JUÁREZ, OAXACA AL DIA UNO DEL MES XX XXXX DEL AÑO 2009.
LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX
PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE OAXACA
“EL TRABAJADOR”
C.
TESTIGO TESTIGO