CONTRATO DE SEGURO DE PROTECCIÓN DE LA IDENTIDAD PERSONAL Y GESTIÓN DEL FINAL DE LA VIDA DIGITAL
CONTRATO DE SEGURO DE PROTECCIÓN DE LA IDENTIDAD PERSONAL Y GESTIÓN DEL FINAL DE LA VIDA DIGITAL
CONDICIONES GENERALES
Para tener derecho a cualquiera de las garantías objeto de esta póliza, el Asegurado ha de ponerse en contacto con EUROP ASSISTANCE mediante llamada al teléfono 00.000.00.00, las 24 horas del día, 365 días al año.
LA DURACIÓN DEL SEGURO, EL ÁMBITO TERRITORIAL DE COBERTURA, LAS GARANTÍAS Y EXCLUSIONES, SERÁN LAS ESTIPULADAS EN LAS CONDICIONES PARTICULARES DE LA PÓLIZA.
EUROP ASSISTANCE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS
Orense, 4. 00000 Xxxxxx
Registro Mercantil de Madrid. hoja 35.694, Folio 80. Tomo 4.526 - NIF A-28461994
00000- XXXXXX
CONDICIONES GENERALES
1. CONTRATO DE SEGURO DE PROTECCIÓN DE LA IDENTIDAD PERSONAL Y DEL FINAL DE LA VIDA DIGITAL
El presente Contrato de Seguro se rige según la legislación vigente y por lo convenido en estas Condiciones Generales, así como las Especiales y Particulares de la Póliza que constituyen un todo unitario, fundamento del seguro, y que sólo cubre los riesgos en la misma especificados.
2. DEFINICIONES COMUNES
ASEGURADO
Persona física o jurídica titular del interés objeto del seguro. En defecto del Tomador, asume las obligaciones derivadas de la Póliza.
ASEGURADOR
EUROP ASSISTANCE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS (EN ADELANTE
EUROP ASSISTANCE), que asume el riesgo definido en la póliza.
BENEFICIARIO
Persona física (menor de 75 años en el momento de la contratación de la póliza) o jurídica titular del derecho a la indemnización o a recibir la prestación de los servicios previstos en la Póliza.
PÓLIZA
Documento escrito que contiene las estipulaciones del contrato de seguro: las Condiciones Generales, las Particulares que individualizan el riesgo, las Especiales si proceden y los Suplementos o Apéndices que lo completan o modifican.
PRIMA
Es el precio del seguro. El recibo de prima contendrá, adicionalmente, los recargos e impuestos aplicables legalmente.
SINIESTRO
Todo hecho cuyas consecuencias estén garantizadas por alguna de las coberturas de la Póliza y que haya ocurrido dentro del período de vigencia de la misma.
SUMA ASEGURADA
Es el límite máximo de la indemnización que asume el Asegurador y que se encuentra fijado en las Condiciones Particulares de la Póliza.
TOMADOR DEL SEGURO
Persona física o jurídica que contrata la póliza con el Asegurador.
HARDWARE
Conjunto de los componentes que integran la parte material de una computadora.
SOFTWARE
Conjunto de programas, instrucciones y reglas informáticas para ejecutar ciertas tareas en un ordenador.
INTERNET
Red informática mundial, descentralizada, formada por la conexión directa entre computadoras u ordenadores mediante un protocolo especial de comunicación.
ORDENADOR
Ordenador de dimensiones reducidas con limitaciones de capacidad de memoria y velocidad, pero con total autonomía, y propiedad del Asegurado.
3. OBJETO DEL CONTRATO
Por el presente Contrato de Seguro el Asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a prestar al Asegurado las garantías y los servicios derivados de un uso no autorizado o ilegal de la identidad personal del Asegurado, así como de la
gestión del final de la vida digital del Asegurado, durante el período de vigencia de la póliza.
Para que un siniestro quede amparado por la presente póliza, el uso no autorizado o ilegal deberá tener algún tipo de consecuencia en la esfera personal o patrimonial del Asegurado, incluyendo posibles consecuencias derivadas del uso fraudulento o error de identidad de familiares fallecidos.
Entre otros, se amparan los siguientes supuestos de uso fraudulento o error de la identidad del Asegurado:
1 Utilización en internet (foros, redes sociales, etc.)
2 Acceso a cuentas bancarias
3 Compras de bienes y servicios
4 Compras y ventas en internet
5 Falsificación de tarjetas de crédito o débito
6 Falsificación de cheques bancarios
7 Obtención de créditos o préstamos
8 Uso indebido del vehículo propio
9 Sanciones impuestas por el uso de un vehículo vendido
10 Duplicidad de matrículas del vehículo
11 Suplantación en contratos de cualquier tipo, incluidos matrimonios
12 Suplantación en procesos de adopción, custodia, etc.
13 Duplicidad de numeración de documentos de identidad
14 Errores por identidad del nombre propio 15 Otros supuestos similares
4. GASTOS GARANTIZADOS
En función de las garantías y sumas aseguradas contratadas, y siempre que aparezcan reflejadas en las Condiciones Particulares, la presente Póliza garantiza el pago de los siguientes gastos:
Los honorarios y gastos del abogado.
Los derechos y suplidos del procurador, cuando sea preceptiva su intervención.
Los gastos notariales y de otorgamiento de poderes para pleitos, así como las actas, requerimientos y demás actos necesarios para la defensa de los intereses del Asegurado.
Los honorarios y gastos de peritos, cuando sean necesarios.
En aquellos procedimientos penales amparados por el presente contrato se garantiza la
constitución de las fianzas judiciales necesarias para:
Obtener la libertad provisional del Asegurado.
Avalar la presentación del Asegurado al juicio
Responder del pago de las costas judiciales con exclusión de las indemnizaciones y multas o sanciones de cualquier tipo.
5. SUMA ASEGURADA
Es el límite máximo de la indemnización que asume el Asegurador y que se encuentra fijado en las Condiciones Particulares o Generales de la Póliza.
6. AMBITO GEOGRAFICO Y TEMPORAL
Las coberturas incluidas en esta Póliza serán de aplicación para hechos ocurridos dentro del territorio español y con sujeción al Derecho y Tribunales españoles, salvo que se especifique otro ámbito en la garantía correspondiente.
Son objeto de cobertura los hechos producidos durante el período de vigencia de la póliza.
7. DECLARACIÓN DEL SINIESTRO
Cualquier hecho que pueda motivar las prestaciones de esta póliza, debe ser declarado por el Tomador o el Asegurado, dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido, salvo pacto en contrario expreso en las Condiciones Particulares.
Si se trata de un juicio rápido, o de cualquier otra actuación judicial o administrativa de carácter inmediato, el Tomador, Asegurado o Beneficiario deberá realizar la comunicación al Asegurador en un plazo no superior a 24 horas.
En caso de incumplimiento de estos plazos, y siempre que el Asegurador no haya tenido conocimiento del siniestro por otro medio, el Asegurador podrá reclamar los daños y perjuicios causados por la falta de declaración.
8. TRAMITACIÓN DE SINIESTROS
La prestación de las coberturas amparadas por este contrato, será solicitada por los Asegurados directamente por teléfono al Asegurador quién iniciará la gestión y tramitación del oportuno expediente. El Asegurador pondrá en exclusiva y
a disposición de los Asegurados el teléfono
00.000.00.00 las 24 horas los 365 días del año.
También se obliga a colaborar con el Asegurador en cuantas aclaraciones o gestiones sean necesarias para el correcto funcionamiento del servicio, así como a comunicar por escrito la actualización de los datos que aparecen en este contrato en caso de que cambien.
El Asegurador no responde de la veracidad de los datos a los que se ha hecho mención y, en consecuencia, no asumirá responsabilidad alguna en caso de inexactitud y/o falta de actualización de los mismos. Caso de que la información no resulte exacta y que a causa de ello se deriven perjuicios para el Asegurador, éste podrá exigir del Asegurado la reparación de los mismos.
9. ELECCIÓN DE ABOGADO Y PROCURADOR El Asegurado tendrá derecho a elegir libremente al procurador y abogado que hayan de representarle y defenderle en cualquier clase de procedimiento.
El Asegurado tendrá, asimismo, derecho a la libre elección de abogado y procurador en los casos en que se presente conflicto de intereses entre las partes del contrato.
El abogado y procurador designados por el asegurado no estarán sujetos, en ningún caso, a las instrucciones del Asegurador.
Antes de su nombramiento, el Asegurado comunicará al Asegurador el nombre del abogado y procurador elegido.
Los honorarios máximos que abonaremos serán los fijados por las normas orientativas dictadas por el Colegio profesional correspondiente a los efectos de tasaciones xx xxxxxx y jura de cuentas de los abogados sin que el conjunto de gastos sobrepase el límite de cobertura por siniestro indicado.
En caso de producirse un conflicto de intereses entre las partes, el Asegurador comunicará tal circunstancia al Asegurado, a fin de que éste pueda decidir sobre la designación del abogado o procurador que estime conveniente para la defensa de sus intereses.
10. CONCURRENCIA DE SEGUROS
En caso de producirse sobreseguro por la existencia de más de un seguro amparando cualquiera de las coberturas incluidas en el presente contrato, los aseguradores contribuirán al pago de la indemnización en proporción a la propia suma asegurada, sin que pueda superarse la cuantía del daño. Dentro de este límite, el asegurado puede pedir a cada asegurador la indemnización debida, según el respectivo contrato de seguro.
11. ABONO XX XXXXXX
El Tomador está obligado al pago de la Prima en el momento de la perfección del contrato. La prima por cada renovación anual debe abonarse en los correspondientes vencimientos.
La Prima habrá de abonarse, salvo pacto en contrario, en el domicilio del Tomador.
En caso de impago de la Prima, si se trata de la primera anualidad, no comenzarán los efectos de la cobertura, y el Asegurador podrá resolver el contrato o exigir el pago de la Prima pactada. El impago de las anualidades sucesivas producirá, una vez transcurrido un mes desde el vencimiento, la suspensión de las garantías de la Póliza. En todo caso, la cobertura tomará efecto a las 24 horas del día en que el Tomador pague la Prima.
12. AUTORIZACIÓN EXPRESA
El Asegurado autoriza al Asegurador a que elabore, designe el firmante y presente en su nombre cuantos escritos, solicitudes, recursos, consultas de expedientes sancionadores o gestiones sean oportunas con el fin de procurar la defensa de sus intereses al amparo de lo establecido en el artículo 32, apartado 1, 2 y 3 de la Ley 30/1992.
13. PROTECCIÓN DE DATOS
De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos 15/99, y con la finalidad de facilitar el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de los datos, así como para cumplir con las obligaciones derivadas de dicha Ley, el Asegurador informa al Tomador y al Asegurado que sus datos de carácter personal, incluidas las sanciones, se incluirán en un fichero automatizado creado tanto para el cumplimiento y desarrollo de la relación jurídica derivada del presente contrato como para realizar actividades comerciales y de marketing de otros productos y
servicios, cuyo titular y responsable del fichero es la sociedad Europ Assistance España, S,A, de Seguros y Reaseguros domiciliada en X/ Xxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx.
El Tomador y el Asegurado consienten expresamente que dichos datos sean comunicados a las em¬presas del grupo Europ Assistance y a las empresas, profesionales y agentes que colaboren con el Asegurador en la contratación y prestación de los servicios con el fin tanto de dar cumplimiento del objeto del presente contrato como para el ofrecimiento de productos y servicios al usuario.
14. DURACIÓN DEL SEGURO
El presente seguro se contrata por anualidades renovables de forma automática desde su efecto salvo preaviso por escrito en contra de cualquiera de las partes con dos meses de antelación a la fecha anual de vencimiento.
15. PRESCRIPCIÓN
Las acciones derivadas del presente contrato de seguro prescriben en el plazo de dos años, a contar desde el momento en que pudieran ejercitarse.
16. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
El Asegurado tendrá derecho a someter a arbitraje cualquier diferencia que pueda surgir entre él y el Asegurador sobre el contrato de seguro.
La designación de árbitros no podrá hacerse antes de que surja la cuestión disputada.
17. TRÁMITES EN CASO DE QUEJA POR PARTE DEL ASEGURADO
EUROP ASSISTANCE pone a disposición de los Asegurados un Servicio de Reclamaciones cuyo Reglamento se puede consultar en la página web xxx.xxxxx-xxxxxxxxxx.xx. Podrán presentar quejas los tomadores, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados o causahabientes de cualquiera de los anteriores, en el apartado de “Defensa del cliente” de la web, o dirigiéndose por escrito al Servicio de Reclamaciones:
Dirección: Servicio de Reclamaciones
Xx. Xxxxxx, 0 – Xxxxxx 00
00000- XXXXXX
Dicho Servicio, que funciona de forma autónoma, atenderá y resolverá en un plazo máximo de 2 meses las quejas escritas que le son directamente dirigidas, cumpliendo así con la Ley
ECO/734/2004 de 11 xx xxxxx y Ley 44/2002 de 22 de noviembre.
Agotada la vía del Servicio de Reclamaciones, el reclamante podrá formular su queja ante el Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones (adscrito a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones), cuya dirección es:
Pº de la Xxxxxxxxxx, 00 00000- XXXXXX
RESUMEN DE GARANTÍAS
Garantía/servicio | Límites garantizados |
A. Protección jurídica | |
A.1 Asesoramiento jurídico telefónico | Incluido |
A.2 Ayuda legal 24 horas | Incluido |
A.3 Defensa jurídica | 12.000 € |
A.4 Asistencia al detenido | 300 € |
A.5 Reclamación de daños | 12.000 € |
A.6 Gestoría administrativa | 300 € |
A.7 Gestión de sanciones de tráfico | Incluido |
A.8 Procedimientos contencioso- administrativos | 600 € |
A.9 Gestión del final de la vida digital | Incluido |
B. Reembolso de gastos | |
B.1 Reembolso de gastos necesarios | 3.000 € |
GARANTIAS CUBIERTAS A.-PROTECCIÓN JURÍDICA
A.1.- Asesoramiento Jurídico telefónico
El Asegurador dará respuesta a cualquier consulta de carácter jurídico o legal planteada por el Asegurado referente a su ámbito personal y circunscrita al objeto del presente seguro. El horario de consulta será de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes. Existirá un plazo máximo de respuesta de 24 horas (excepto festivos y fines de semana) y ésta será siempre telefónica.
Este servicio se prestará verbal y telefónicamente, excluyéndose la redacción de informes o dictámenes.
A.2.- Ayuda legal 24 horas
El Asegurador prestará, las 24 horas del día y de forma telefónica, al Asegurado ayuda legal que estará circunscrita a la existencia objetiva de una situación de urgencia relacionada con el objeto del presente seguro.
Este servicio se prestará verbal y telefónicamente, excluyéndose la redacción de informes o dictámenes.
A.3.- Defensa jurídica
El Asegurador garantiza la defensa jurídica de los derechos del Asegurado en relación con el objeto del presente seguro y en cualquier jurisdicción y en cualquier tipo de procedimiento que resulten necesarios. Se incluyen todos los servicios necesarios para la adecuada defensa en derecho mediante gestiones telefónicas, elaboración y presentación de escritos, procedimientos judiciales o gestiones ante la Administración.
Esta garantía incluye la constitución de fianzas criminales en los supuestos que pueda decretar la autoridad judicial.
En la jurisdicción penal, cuando la sentencia sea absolutoria o se sobresea el procedimiento, los gastos de defensa serán siempre a cargo del Asegurador, hasta la suma asegurada pactada en el contrato.
Cuando la mencionada sentencia declare que los hechos enjuiciados son constitutivos de infracción dolosa, los gastos de defensa serán a cargo del propio Asegurado así como las costas judiciales. El Asegurador se reserva el derecho a reclamar de la persona defendida el importe de los gastos anticipados para su defensa, quedando el Asegurado obligado a su reintegro.
El Asegurador no garantiza resultado alguno como consecuencia de estas gestiones.
Ámbito geográfico
El ámbito geográfico de esta garantía es
mundial.
Suma asegurada
La suma asegurada para esta garantía será de
12.000 € por siniestro y anualidad de seguro. Esta suma asegurada será de aplicación tanto si se utilizan los servicios del Asegurador como si se opta por la libre elección. Los siniestros que se produzcan fuera del
territorio nacional español se prestarán mediante la modalidad de reembolso.
En caso de deber prestarse fianzas judiciales la suma asegurada será de 12.000 € adicionales.
A.4.- Asistencia al detenido
El Asegurador facilitará un abogado para asistir al Asegurado en caso de privación de libertad por un motivo amparado por la presente póliza mientras permanezca en dependencias policiales y hasta que sea trasladado al juez competente.
También se incluye la asistencia al Asegurado en la toma de declaración, ante la autoridad judicial competente, en las diligencias previas.
El Asegurador no garantiza resultado alguno como consecuencia de estas gestiones.
Ámbito geográfico
El ámbito geográfico de esta garantía es
mundial.
Suma asegurada
La suma asegurada para esta garantía será de
300 € por anualidad de seguro. Esta suma asegurada será de aplicación tanto si se utilizan los servicios del Asegurador como si se opta por la libre elección. Los siniestros que se produzcan fuera del territorio nacional español se prestarán mediante la modalidad de reembolso.
A.5.- Reclamación de daños
El Asegurador garantiza los gastos necesarios para la reclamación al tercero identificado y responsable, amistosa o judicialmente, de los daños y perjuicios directamente causados por dicho tercero, con motivo de alguno de los supuestos amparados por el objeto de la presente póliza incluyendo, en su caso, la Administración Pública.
El Asegurador no garantiza resultado alguno como consecuencia de estas gestiones.
Suma asegurada
La suma asegurada para esta garantía será de
12.000 € por anualidad de seguro. Esta suma asegurada será de aplicación tanto si se utilizan los servicios del Asegurador como si se opta por la libre elección.
Ámbito geográfico
El ámbito geográfico de esta garantía es mundial. Los siniestros que se produzcan fuera del territorio nacional español se prestarán mediante la modalidad de reembolso.
A.6.- Gestoría administrativa
En caso de siniestro amparado por la presente póliza el Asegurado podrá utilizar los servicios de la red de gestorías administrativas concertada del Asegurador para la obtención de documentos de carácter oficial que hayan sido objeto de robo, hurto o extravío como el permiso de conducir o el permiso de circulación.
Esta garantía incluye los honorarios del gestor administrativo y las tasas por la obtención de dichos documentos.
Adicionalmente, el Asegurador prestará asesoramiento telefónico, en horario de consulta de 9:00 a 19:00 horas de Lunes a Viernes, sobre cualquier tipo de gestión, que deba realizarse ante la Administración Pública.
Suma asegurada
La suma asegurada por esta garantía será de 300 € por anualidad de seguro.
A.7.- Gestión de sanciones de tráfico
En caso de siniestro amparado por la presente póliza, el Asegurador elaborará y presentará cuantos escritos sean necesarios para la defensa frente a los procedimientos administrativos sancionadores en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial incoados contra el Asegurado en sanciones relacionadas con dicho Asegurado, en vía administrativa, incluyendo las identificaciones y las actuaciones ejecutivas.
Están expresamente excluidas del presente servicio las sanciones cometidas fuera del territorio español.
El Asegurador no garantiza resultado alguno como consecuencia de estas gestiones.
A.8.- Procedimientos contencioso- administrativas
Es objeto de este servicio la elaboración y presentación de cuantos procedimientos contencioso administrativo sean previamente autorizados expresamente por el Asegurador en
caso de siniestro amparado por la anterior garantía de “Gestión de sanciones de tráfico”.
Ámbito geográfico
El ámbito geográfico de esta garantía es el territorio nacional español.
Suma asegurada
La suma asegurada para esta garantía será de 600 € por siniestro y año.
A.9.- Final de la vida Digital
Esta prestación permite a los herederos legales del Asegurado fallecido solicitar la liquidación de la presencia de éste en Internet. Entre otros, se incluye la revisión y cierre de:
- Presencia en redes sociales
- Presencia en redes profesionales
- Blogs
- Cuentas de correo electrónico
Adicionalmente, se prestarán los siguientes servicios de carácter tecnológico:
Revisión, mediante todas las sesiones de control remoto necesarias, de todos los dispositivos tecnológicos que utilizaba el fallecido como PC´s, netbooks, portátiles, smartphones, etc. incluyendo la copia o borrado de archivos, la desinstalación de programas o el formateo de los dispositivos.
En caso de resultar necesario, presencia de un técnico en el domicilio del Asegurado para la realización de estas tareas, en horario laborable, con un límite de 5 horas. Este servicio a domicilio no supondrá ningún coste adicional.
Exención de responsabilidad
La prestación del servicio resulta imposible si los familiares no disponen de las claves de acceso a correos electrónicos, páginas webs, redes sociales o foros de cualquier tipo.
El Asegurador declina cualquier responsabilidad sobre el tipo de información almacenada o recuperada así como de la pérdida de información por causas ajenas al control del Asegurador.
Se excluye la prestación del servicio en caso de conflicto entre los herederos legales del Asegurado.
B.-REEMBOLSO DE GASTOS
B.1.- Reembolso de gastos necesarios
En caso de siniestro amparado por la presente póliza, el Asegurador reembolsará, hasta la cantidad establecida, los gastos de todo tipo en que deba incurrir el Asegurado para proteger su identidad personal.
Entre otros, se garantizan los siguientes gastos:
Salarios no percibidos o ingresos perdidos por la realización de gestiones relacionadas con la presente póliza.
Costes de transporte o traslado. Honorarios de notarios.
Gastos de fotocopias.
Gastos de correo, mensajería, certificados, burofax, etc.
Llamadas telefónicas.
Para que un gasto sea reembolsado deberá solicitarse una autorización previa del Asegurador.
Ámbito geográfico
El ámbito geográfico de esta garantía es mundial.
Suma asegurada
La suma asegurada para esta garantía será de
3.000 € por siniestro y año.
EXCLUSIONES
En ningún caso estarán cubiertos por esta póliza los siguientes supuestos:
• Actos intencionados cometidos por el Asegurado, su cónyuge o pareja de hecho o cualquier familiar con los que el Asegurado conviva o haya convivido.
• Supuestos en los que el Asegurado oculte información o hechos relevantes para la gestión del siniestro.
• Pérdidas económicas directas sufridas como consecuencia del siniestro amparado por la presente póliza.
• El cumplimiento de las obligaciones impuestas al Asegurado por sentencia o resolución administrativa.
• El pago de multas y la indemnización de gastos originados por sanciones.
• El dolo y los siniestros causados por mala fe del asegurado.
• Los hechos producidos antes de la entrada en vigor de la póliza.
• El uso fraudulento o el error de identidad de las personas jurídicas.