RESUMEN EJECUTIVO DEL ESTUDIO DE POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE ASESORIA LEGAL EXTERNA PARA EL AEROPUERTO DE PUCALLPA, AERDROMO DE ATALAYA, AERÓDROMO DE PUERTO ESPERANZA Y ESTACION DE CONTAMANA.
RESUMEN EJECUTIVO DEL ESTUDIO DE POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE ASESORIA LEGAL EXTERNA PARA EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX, XXXXXXXX XX XXXXXXX, XXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXXXXXX X XXXXXXXX XX XXXXXXXXX.
I.- ENTIDAD QUE CONVOCA.-
CORPORACION PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACION COMERCIAL. CORPAC SA.
II.- BASE LEGAL.-
Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017
D.S. N° 184-2008-EF. Reglamento del Decreto Legislativo N° 1017.
III.- FINALIDAD PÚBLICA.-
Contar con un servicio de Asesoría Legal Externa que nos patrocine directamente en la sede Aeroportuaria de Pucallpa, Atalaya, Puerto Esperanza y Contamana, a efectos de tomar acciones legales inmediatas en aquellos procesos judiciales donde CORPAC S.A. interviene como demandante como demandado
IV.- OBJETO DE LA CONTRATACION.-
Contratar un Asesor Legal Externo que puede ser persona natural o jurídica para que patrocine a CORPAC S.A. en todos los procesos judiciales en los que participe sea como demandante o demandada en la sede Aeroportuaria de Pucallpa, Atalaya, Puerto Esperanza y Contamana
V.- REQUISITOS DEL ASESOR LEGAL EXTERNO
Si es persona natural deberá tener mínimo 08 años en el ejercicio de la profesión, contados desde la colegiatura.
Si es persona jurídica, tiene que estar constituida en Registros Públicos con una antigüedad mínima de 05 años.
En el caso que el Asesor Legal Externo sea una persona jurídica deberá designar un abogado domiciliado en la ciudad en la cual se va prestar el servicio de patrocinio judicial, el cual deberá tener como mínimo 8 años de ejercicio profesional en la zona en la cual se realizará el patrocinio judicial, contados desde la colegiatura.
El Asesor Legal Externo deberá tener experiencia en el trámite de procesos judiciales de naturaleza civil, penal, laboral, constitucional y contencioso administrativo.
El Asesor Legal Externo deberá haber patrocinado a entidades del Estado y/o empresas particulares.
El Asesor Legal Externo no debe haber sido suspendido por el Colegio de Abogados del Distrito Judicial al cual corresponde, aplicable cuando el Asesor Legal Externo sea persona natural.
El Asesor Legal Externo no debe haber tenido ni tener denuncias, procesos judiciales, arbitrales, ni administrativos con CORPAC S.A. En el caso que el Asesor Legal Externo sea persona jurídica estos requisitos se aplican también al abogado que designe para el patrocinio judicial.
El Asesor Legal Externo no debe haber patrocinado ni patrocinar actualmente a entidades o personas que tengas procesos judiciales o arbitrales contra CORPAC S.A. En el caso que el Asesor Legal Externo sea persona jurídica estos requisitos se aplican también al abogado que designe para el patrocinio judicial.
El Asesor Legal Externo no debe tener contratos resueltos por incumplimiento de obligaciones, sea que estas resoluciones contractuales provengas de entidades o empresas del Estado o de empresa privadas. En el caso que el Asesor Legal Externo sea persona jurídica estos requisitos se aplican también al abogado que designe para el patrocinio judicial.
El Asesor Legal Externo debe contar con domicilio real en la ciudad de Pucallpa en la cual se va ejecutar el patrocinio judicial, el cual deberá ser domicilio del Asesor Legal Externo, como mínimo desde hace 08 años, domicilio que constara en el contrato respectivo.
El Asesor Legal Externo debe contar con domicilio procesal en la ciudad de Pucallpa en la cual se va ejecutar el patrocinio judicial, el cual deberá de servirle de domicilio procesal al Asesor Legal Externo como mínimo desde hace 04 años. Este domicilio procesal servirá para recibir todas las notificaciones que sean dirigidas a CORPAC S.A.
El Asesor Legal Externo deberá contar con una oficina ubicada en la ciudad de Pucallpa la cual debe de contar como mínimo con 02 ambientes y baño.
La oficina del Asesor Legal Externo, deberá encontrarse debidamente equipada mínimo con una computadora con internet, correo electrónico en su oficina, impresora, escáner, teléfono fijo y faximil.
El Asesor Legal Externo deberá contar con teléfono celular de manera permanente. En el caso que el Asesor Legal Externo sea una persona jurídica el abogado que designe deberá contar con teléfono celular de manera permanente.
El Asesor Legal Externo deberá contar con personal de apoyo. En el caso que el Asesor Legal Externo sea una persona jurídica, no se entiende como personal de apoyo el abogado que designa, el personal de apoyo es aquel diferente al abogado patrocinante y que sirve para la asistencia de este en temas de procuraduría u otros análogos.
VI.- FORMA DE PAGOS
Los honorarios profesionales se pagaran de la siguiente forma:
Por Procesos Civiles:
(EL POSTOR TIENE QUE INDICAR CUANTO COBRARIA POR CADA UNO DE LOS PROCESOS CIVILES QUE TIENE CORPAC S.A. EN BASE A ESE MONTO SE CALCULAN LOS PORCENTAJES INDICADOS POSTERIORMENTE NO SE DEBEN ACEPTAR COTIZACIONES)
1) Honorarios fijo por expediente.
15% al interponer la demanda o contestar la demanda, contra entrega del cargo de presentación.
15% al realizarse la audiencia de conciliación, contra entrega de cargo donde conste la realización de la misma.
15% con la resolución que declara la conclusión de la etapa probatoria a que disponga que el proceso se encuentre expedito para sentenciar, contra entrega del acta de audiencia o resolución que así lo disponga.
15% al momento de expedirse la sentencia en primera instancia, contra la presentación de dicha resolución
15% al momento en que se expida la sentencia de segunda instancia, contra presentación de dicha resolución.
2) Honorario de Éxito por Expediente, equivalente al 25% saldo de lo no facturado.
La diferencia entre lo pagado y lo que faltaría para completar el 100% del monto ofertado por expediente; siempre y cuando se obtenga la conclusión del proceso con el resultado totalmente favorable a CORPAC S.A, contra presentación de la sentencia o resolución judicial que así lo disponga.
Por Procesos Laborales:
(EL POSTOR TIENE QUE INDICAR CUANTO COBRARIA POR CADA UNO DE LOS PROCESOS CIVILES QUE TIENE CORPAC S.A. EN BASE A ESE MONTO SE CALCULAN LOS PORCENTAJES INDICADOS POSTERIORMENTE NO SE DEBEN ACEPTAR COTIZACIONES)
1) Honorarios fijo por expediente.
15% por la elaboración e interposición de la demanda o contestación la demanda, contra entrega del cargo de presentación de la misma.
15% al momento de concluir la etapa de pruebas, contra entrega de cargo donde conste la realización de la misma.
15% al momento de que se expida la sentencia de la primera instancia, contra entrega de dicha resolución.
15% a la presentación oportuna del recurso de apelación, contra entrega del cargo de presentación del mismo.
15% al momento en que se expida la sentencia de segunda instancia, contra entrega de dicha Resolución.
2) Honorario de Éxito por Expediente, equivalente al 25% saldo de lo no facturado.
La diferencia entre lo pagado y lo que faltaría para completar el 100% del monto ofertado por expediente; siempre y cuando se obtenga la conclusión del proceso con el resultado totalmente favorable a CORPAC S.A, contra presentación de la sentencia o resolución judicial que así lo disponga.
Por Procesos Penales:
1) Honorarios fijo por expediente.
15% por la elaboración e interposición de la denuncia, contra entrega del cargo de presentación de la misma.
15% al momento de concluir de dictarse el autoapertorio de instrucción, contra prestación de copia de resolución que lo contiene.
15% al momento de dictarse el informe final de instrucción o sentencia de primera instancia, contra presentación de dicho informe o sentencia del Juzgado.
15% al momento de dictarse la sentencia de la Sala Penal contra la presentación de dicha resolución.
2) Honorario de Éxito por Expediente, equivalente al 25% saldo de lo no facturado.
La diferencia entre lo pagado y lo que faltaría para completar el 100% del monto ofertado por expediente; siempre y cuando se obtenga el archivamiento definitivo de la denuncia o la conclusión definitiva del proceso con resultados totalmente favorables a los funcionario de la empresa denunciado o procesados; o también procederá este pago cuando tratándose de procesos iniciados y/o impulsados por CORPAC S.A. se logre la sentencia condenatoria definitiva contra los procesados.
DILIGENCIAS ESPECIALES
Se pagará el 4% de la oferta económica por proceso, penal, laboral, civil, conforme al siguiente detalle:
Acompañamiento a declaraciones ante el ministerio público
Asistencia a declaraciones ante la autoridad policial, gobierno local, regional.
Presentación de escritos ante autoridades administrativas SUNAT, ministerio de trabajo
Escritos de impulso procesal, debidamente autorizados por CORPAC S.A., dependiendo del estado en que se encuentre el proceso
VII.- PERIODO DE CONTRATACION.-
El periodo de contratación es de tres (3) años
VIII.- CONFORMIDAD DEL SERVICIO
El pago del servicio se efectuará previa conformidad de la Jefatura de Aeropuerto de Pucallpa o del administrador xx XXXXXX S.A. encargado de tratarse de algunas de las sedes concesionadas..
D.- ESTUDIO XX XXXXXXX
El valor referencial se ha determinando en concordancia al Art. 27 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante D.L. N° 1017; se está utilizando dos fuentes; la primera fuente es la del valor histórico; es decir se toma como referencia el Contrato anterior del servicio de Asesoría Legal externa, Contrato SPCL-007-2009-P.S. suscrito en el Aeropuerto de Pucallpa por el importe de S/, 73,378.15; el cual este abarcaba los procesos judiciales de naturaleza civil, laboral y penal. |
Como segunda fuente establecemos cotizaciones el cual enviamos Cartas de presentación de proformas a las siguientes profesionales en Derecho para que se sirvan presentan un costo estimado de acuerdo a los términos de referencia del proceso, el cual estas fueron:
Carta SPCL.1.0056.2012.C de fecha 15.05.2012 al Xx. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
Carta SPCL.1.0058.2012.C de fecha 18.05.2012 al Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx.
De las cartas enviadas solo se recibió la proforma del Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx detallando los honorarios de la siguiente manera:
Honorarios por expediente de proceso civil el importe de S/. 2,500.00
Honorario por expediente de proceso laboral el importe de S/. 2,500.00
Honorario por expediente de proceso penal el importe de S/. 2,500.00
En la misma que figura las actuaciones especiales por caso de asistencia a diligencias ante las autoridades del poder administrativo, policial, ministerio público y otros de impulso procesal, equivalentes al 4 % de S/.2,500 (S/.100.00 NS).
En la actualidad tenemos la siguiente cantidad de procesos que lo presentamos valorizados de acuerdo a la cotización presentada y es como sigue:
TIPO DE PROCESO |
CANTIDAD |
IMPORTE S/. |
TOTAL S/. |
CIVIL |
4 |
2,500.00 |
10,000.00 |
LABORAL |
3 |
2,500.00 |
7,500.00 |
PENAL |
2 |
2,500.00 |
5,000.00 |
|
|
TOTAL |
22,500.00 |
Proyectando por tres años que es el periodo que se requiere contratar el valor determinado es de S/. 67,500.00 Nuevos Soles.- incluido impuestos xx xxx.
De lo realizado la indagación xx xxxxxxx determina que el valor referencial para la contratación del servicio de Asesoría Legal Externa para el Aeropuerto de Pucallpa, Aeródromo de Atalaya, Aeródromo de Puerto Esperanza y Estacion de Contamana por el importe de S/. 67,500.00 N.S. incluido IGV, para el periodo de tres años.
E.- TIPO DE PROCESO
El tipo de proceso, de acuerdo al monto referencial será de Adjudicación Directa Selectiva
F.- MODALIDAD DE SELECCIÓN
La modalidad de Selección a realizarse, será la Clásica.
G.- SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El sistema a emplear será a Suma Alzada.
H.- MODALIDAD DE CONTRATACIÓN A UTILIZARSE
La modalidad de contratación será por Financiamiento de la Entidad y/o recursos propios
Pucallpa, 13 xx Xxxxxx del 2,012
1943 – 2012 69 AÑOS AL SERVICIO DE LA AVIACION COMERCIAL
CORPAC S.A ¡Cielos Peruanos en Buenas Manos!
AEROPUERTO “CAP FAP. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX”
CARRETERA XXXXXXXX XXXXXXX KM. 5.500 TELEFAX N° (061) – 595509
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PUCALLPA - PERÚ