ANEXO - RESOLUCIÓN N° 38/SSGOBIER/18
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 38/SSGOBIER/18
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
“ 2 0 1 8 – A Ñ O D E L O S J U E G O S O L Í M P I C O S D E L A J U V E N T U D ”
“Servicio Integral de Limpieza, a ser prestado en las oficinas de la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio del Gobierno de esta Ciudad.”
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
INDICE
Artículo 1°.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN. Artículo 2°.- NORMATIVA APLICABLE. Artículo 3°.- PRESUPUESTO OFICIAL.
Artículo 4°.- INICIO Y EJECUCION DEL CONTRATO.
Artículo 5°.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO DURANTE EJERCICIOS PRESUPUESTARIOS FUTUROS.
Artículo 6°.- COMPETENCIA JUDICIAL.
Artículo 7°.- PRORROGA Y AMPLIACION DEL CONTRATO.
Artículo 8°.- CÓMPUTO DE PLAZOS.
Artículo 9°.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO Y NOTIFICACIONES.
Artículo 10°.- CONSULTA Y ADQUISICIÓN XXX XXXXXX. Artículo 11°.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE. Artículo 12°.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES. Artículo 13°.- CLASES DE GARANTÍAS.
a) GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.
b) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
c) GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN A LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES.
Artículo 14°.- PLAZO DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO. Artículo 15°.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. Artículo 16°.- FORMA DE COTIZAR.
Artículo 17°.- CONTENIDO DE LA OFERTA.
Artículo 18°.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES.
Artículo 19°.- CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE LA LICITACIÓN.
Artículo 20°.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
Artículo 21°.- APERTURA DE OFERTAS.
Artículo 22°.- COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS. Artículo 23°.- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA. Artículo 24°.- REVOCACIÓN DEL LLAMADO LICITATORIO. Artículo 25°.- PREADJUDICACIÓN.
Artículo 26°.- IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN. Artículo 27°.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Artículo 28°.- LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA. Artículo 29°.- RECEPCIÓN DEFINITIVA Y FACTURACION.
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Artículo 30°.- FORMA DE PAGO
Artículo 31°.- REDETERMINACIÓN DE PRECIOS.
Artículo 32°.- CESIÓN O TRANSFERENCIA DEL CONTRATO.
Artículo 33°.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD.
Artículo 34°.- DE LOS SEGUROS.-
a) GENERALIDADES.
b) DE LAS COMPAÑÍAS ASEGURADORAS.
c) DE LAS COBERTURAS DE SEGURO EN PARTICULAR.
1) Seguros Laborales.
2) Seguro de Accidentes Personales.
3) Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva.
d) TÉRMINO PARA CONSTITUIR LOS SEGUROS.
Artículo 35°.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO.
Artículo 36°.- MULTAS POR INCUMPLIMIENTOS.
Artículo 37°.- RESCISIÓN DEL CONTRATO.
Artículo 38°.- CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
Anexo I Anexo II Anexo III Anexo IV
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
INDICE
I. OBJETO DE LA CONTRATACION
II. OBLICACIONES DEL ADJUDICATARIO A - DOTACIÓN DE PERSONAL.
B - VESTIMENTA E IDENTIFICACIÓN PERSONAL.
C - HABILITACIÓN DE UN “LIBRO DE ÓRDENES”. D - DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTE.
E - NÓMINAS.
F - DE LAS HERRAMIENTAS Y MATERIALES A EMPLEAR.
G - GUARDA DE INSTRUMENTOS Y HERRAMIENTAS DE TRABAJO.
III. TAREAS DE EJECUCIÓN DIARIA
IV. TAREAS DE EJECUCION SEMANAL
V. TAREAS DE EJECUCION QUINCENAL
VI. TAREAS DE EJECUCION MENSUAL
VII. TAREAS DE EJECUCION SEMESTRAL
VIII. LUGAR DONDE SE DEBERÁ PRESTAR EL SERVICIO
IX. ETAPAS DÍAS Y HORARIOS DE LA PRESTACIÓN
X. OTROS REQUERIMIENTOS
XI. NOTAS
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Artículo 1°.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.
El presente llamado a Licitación Publica Nacional de “Etapa Única”, tiene por fin contratar el Servicio Integral de Limpieza, a ser prestado en las oficinas de la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, en adelante “DGRC”, dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio del Gobierno de esta Ciudad, de acuerdo con las características descriptas en el presente pliego y el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Artículo 2°.- NORMATIVA APLICABLE.
La contratación mencionada precedentemente, se regirá por el procedimiento de Licitación Pública Nacional de Etapa Única en los términos de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666), reglamentada por el Decreto N° 326/17, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 1.274-DGCYC-17, por el presente Pliego, por el Pliego de Especificaciones Técnicas, anexos y circulares aclaratorias si los hubiere, y por aquellas normas que se dicten en consecuencia.
Artículo 3°.- PRESUPUESTO OFICIAL.
El monto estimado de la presente contratación es de PESOS CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 14.400.000.-)
Artículo 4°.- INICIO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
La contratacion deberá realizarse en los términos establecidos en el presente Pliego y el Pliego de Especificaciones Técnicas, y su inicio queda supeditado al total cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente contratación y las obligaciones establecidas en los pliegos y por aquellas normas que se dicten en su consecuencia.
El servicio objeto de la presente, dará inicio el primer día hábil del mes siguiente al perfeccionamiento de la Orden de Compra, y tendrá una duración de doce (12) meses consecutivos e ininterrumpidos.
No podrán invocarse situaciones imprevistas o casos fortuitos, para excusarse del cumplimiento en tiempo y forma de todas aquellas obligaciones emergentes de los Pliegos Único de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.
Artículo 5°.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO DURANTE EJERCICIOS PRESUPUESTARIOS FUTUROS.
De conformidad con lo establecido en el Decreto N° 496/17 (Normas Anuales de Ejecución y
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Aplicación del Presupuesto Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx para el ejercicio fiscal 2018), artículos 26 y 27, se deja constancia que la autorización y el compromiso de la ejecución del contrato durante los ejercicios 2018 y 2019, queda subordinado al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos, así como la adjudicación y el cumplimiento del contrato, respecto de estos ejercicios, queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de los mismos.
Artículo 6°.- COMPETENCIA JUDICIAL.
Para todas las controversias que surjan entre las partes y que tengan origen y/o fundamento en el presente procedimiento, las partes acuerdan someterse única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
Artículo 7°.- XXXXXXXX X XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX.
Xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx se reserva el derecho de prorrogar, ampliar y continuar la contratación de acuerdo a lo establecido en el artículo 119 de la Ley N° 2.095 y su Decreto reglamentario.
Artículo 8°.- CÓMPUTO DE PLAZOS.
El cómputo de los plazos en las compras y contrataciones electrónicas se efectuará conforme lo dispuesto en los artículos 82 y 85 del Anexo I del Decreto N° 326/17 y supletoriamente, y por lo normado en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 9°.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO Y NOTIFICACIONES.
Se considerará como único domicilio válido el declarado en calidad de constituido en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad (RIUPP) de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda. Si no se encontrara efectivamente inscripto en el RIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio constituido el denunciado en el momento de la adquisición del presente Xxxxxx. Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días desde su notificación. Se deja constancia que en caso de constituirse un nuevo domicilio, el mismo deberá encontrarse dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
A los efectos de la presente contratación, el Ministerio de Gobierno constituye domicilio en el edificio sito la calle Uspallata 3160 de esta Ciudad. No obstante, en caso de modificación del domicilio constituido por parte del Organismo contratante, éste comunicará dicho
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cambio a los interesados y surtirá efecto una vez transcurrido diez (10) días corridos contados a partir de su notificación. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos de acuerdo a lo dispuesto precedentemente, excepto para las notificaciones judiciales dirigidas al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las que para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en la calle Uruguay N° 458 de esta Ciudad (conforme lo establecido por el artículo 20 de la Ley N° 1.218 texto consolidado por Ley N° 5.666), o en el domicilio que en el futuro lo reemplace, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 77/PG/06.
Artículo 10°.- CONSULTA Y ADQUISICIÓN XXX XXXXXX.
El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas, se encuentran a disposición de los interesados para su consulta en el sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, siendo gratuita su obtención.
Los oferentes podrán formular consultas y/o solicitar aclaraciones a través del sistema BAC, sobre el contenido de los pliegos hasta los tres (3) días previos a la fecha establecida para la apertura de ofertas, de conformidad con lo establecido en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
Las respuestas y aclaraciones formuladas respecto de las consultas efectuadas, serán comunicadas según lo previsto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
El organismo, si lo juzga necesario, podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de oficio o como respuesta a consultas.
Todas las aclaraciones que se emitan, pasarán a formar parte de la documentación contractual. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar causa alguna basada en el desconocimiento del contenido de dichas circulares.
Artículo 11°.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE.
Para concurrir como oferente a la presente licitación, deberá reunirse los siguientes requisitos:
a) Las personas humanas con capacidad de obligarse.
b) Sociedades regularmente constituidas por alguna de las modalidades previstas y habilitadas por la Legislación vigente en la materia.
c) Cumplir con todos los requisitos previstos para la presentación de la oferta.
d) Los oferentes deberán estar inscriptos en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores) o haber iniciado el trámite.
Artículo 12°.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES.
No podrán concurrir como Oferentes las personas comprendidas en alguna de las causales
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previstas en el artículo 98 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666). Tampoco podrán presentarse:
I. Las sociedades irregulares o de hecho.
II. Las sociedades cuya finalización del plazo de duración según sus estatutos sea anterior a la finalización del plazo establecido para la presente licitación.
III. Las empresas y/o sociedades extranjeras, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666).
IV. Las empresas y/o sociedades integradas por personas humana y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o apoderados sean agentes y/o funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx x xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
V. Las empresas y/o sociedades que hubieran sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contratuales, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público de alguno de los Estados .
VI. Las empresas, aun cuando formaran parte de una U.T., y/o sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes y demás autoridades registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos.
VII. Las empresas y/o sociedades que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del País.
VIII. Las personas humanas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de la misma contratación, ya se por si solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación.
IX. Las personas humanas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación.
X. Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, provisionales, alimentarios declarados tales por autoridad competente.
Artículo 13°.- CLASES DE GARANTÍAS.
a) GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.
Los oferentes deberán presentar una garantía de mantenimiento de oferta a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el artículo 17.1, inciso a), xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
La constitución de esta garantía de mantenimiento de oferta podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales y los artículos 101 y concordantes de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666), y su Decreto reglamentario N° 326/17. En caso de resultar adjudicatario, esta garantía se prolongará hasta la constitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato. Con relación a la garantía que presenten los oferentes que no resulten adjudicatarios, la misma les será devuelta una vez adjudicada la contratación, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 de dicho pliego. La falta de presentación de la garantía de mantenimiento de oferta dará lugar al descarte de la oferta sin más trámite.
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Para los procedimientos realizados mediante BAC, la citada garantía deberá ser identificada e individualizada mediante el formulario electrónico correspondiente. La garantía constituida deberá ser entregada en soporte papel, dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas de formalizado el acto de apertura de ofertas, en la Subgerencia Operativa Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno, sita en Xxxxxxxxx 0000, xxxxxx xxxx -xxxxxxxxxx única- de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles, en el horario de 11 a 16 hs.
b) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
La garantía de cumplimiento de contrato será xxx XXXX POR CIENTO (10%) del valor total de la adjudicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley N° 2095 y en el artículo 17.1, inciso b), xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. El Adjudicatario deberá integrar y entregar la citada garantía en la Subgerencia Operativa Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno, dentro del término de CINCO (5) días hábiles contados desde el perfeccionamiento contractual de la Orden de Compra. Si el adjudicatario no entregase la citada garantía en dicho plazo, se lo intimará de forma fehaciente bajo apercibimiento de aplicación de la penalidad prevista en el artículo 125 de la Ley N° 2095 y sus modificatorias. Dicha garantía será devuelta al Adjudicatario dentro de los DIEZ (10) días hábiles de finalizado el contrato a entera satisfacción del Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
c) GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN A LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES.
La garantía de impugnación a los Pliegos de Bases y Condiciones será del TRES POR CIENTO (3%) del presupuesto oficial, de conformidad con lo prescripto por el artículo 17.1, inc. d), xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 17.2 del mencionado pliego, los artículos 101° y concordantes de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666),y su Decreto reglamentario N° 326/17.
El depósito deberá efectuarse en la Cuenta N° 200.581/2 “Garantía por Impugnaciones”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires y ser presentado el correspondiente comprobante en la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio de Gobierno sita en Uspallata 3160, ventanilla única.
Artículo 14°.- PLAZO DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO.
De conformidad con lo previsto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, los participantes podrán formular impugnaciones a los pliegos hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha y hora fijada para la apertura de las ofertas no encontrándose comprendido el día del acto dentro del mencionado plazo, y se tramitará por cuerda separada. La autoridad competente resolverá las impugnaciones deducidas, sin interrumpir el trámite de la contratación. Solo tiene derecho a impugnar el Pliego el proveedor acreditado que hubiera cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo BAC.
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Artículo 15°.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
Las ofertas deberán presentarse en BAC a través de los formularios electrónicos disponibles al efecto, cumpliendo con todas las previsiones que expresamente requiere el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Pliego de Especificaciones Técnicas, Anexos y circulares aclaratorias si las hubiere. Ellos, junto con la documentación adicional, folletos o todo tipo de documentos que el Oferente adjunte electrónicamente o que, en los casos que corresponda, presente en papel o digital en el caso que se solicitase, integrarán en conjunto la oferta.
Toda documentación e información que se acompañe deberá ser redactada en idioma castellano, a excepción de los folletos ilustrativos, que podrán presentarse en su idioma original.
SOLAMENTE SERÁN CONSIDERADAS VÁLIDAS LAS OFERTAS CONFIRMADAS ELECTRÓNICAMENTE.
TODA LA DOCUMENTACIÓN QUE COMPONGA LA OFERTA DEBE TENER CONSIGNADO EL NOMBRE DE LA EMPRESA OFERENTE.
Artículo 16°.- FORMA DE COTIZAR.
El oferente deberá cotizar el total del renglón detallando precio unitario (mensual) y precio total por los doce meses del servicio.
Las ofertas deberán ser en pesos ($) moneda de curso legal en la República Argentina.
A los efectos del Impuesto al Valor Agregado, el GCABA reviste calidad de exento, por tal motivo, las propuestas económicas presentadas dentro de la oferta no deberán discriminar el importe correspondiente a la incidencia del impuesto, debiendo incluir el mismo en el precio cotizado.
El oferente deberá presentar junto con la Cotización, la estructura real de costos mensual que respalda el precio del renglón ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También se deberá indicar el índice/precio asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos.
Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCABA o el Organismo que la reemplace, o por otros organismos especializados, aprobados por el comitente.
Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato
Además, el oferente deberá presentar las estructuras de costos de cada uno de los ítems, en formato EXCEL.”
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Artículo 17°.- CONTENIDO DE LA OFERTA.
La propuesta deberá contener:
1 - Constancia:
a) de Inscripción en Ingresos Brutos o Convenio multilateral.
b) de Inscripción en A.F.I.P.
2 - Antecedentes comerciales: Listado de prestaciones anteriores y actuales, tanto privadas como estatales en tareas cuyo objeto sea similar al de esta contratación, debiendo acreditar no menos de dos (2) años ininterrumpidos en el mismo establecimiento. Los oferentes deberán acompañar como mínimo tres (3) certificaciones de servicio suscriptas por autoridades de dichos establecimientos o en su defecto, un listado de los mismos en el que consten los siguiente datos: 1. Denominación del organismo o empresa. 2. Domicilio y teléfono. 3. Período del servicio. Asimismo, acompañará cualquier otro dato que se considere de interés para ampliar el conocimiento de los antecedentes del oferente.
3 - Declaración Jurada de no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente que involucre o pueda tener impacto negativo sobre más del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del activo total de la empresa.
4 - Declaración Jurada de Aptitud para Contratar. (Anexo X xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.)
5 - Declaración Jurada del oferente comprometiendo como mínimo al servicio dos (2) vehículos utilitarios propios.
6 - Autorización de acreditación de pagos xxx Xxxxxx del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en cuenta bancaria. (Anexo II xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales).
7 - Constancia/s de Visita/s: Los oferentes deberán visitar indefectiblemente la totalidad de las instalaciones de la DGRC, sitas en Uruguay N° 753, Xxxx Xxxxxx N° 970, Xxxxxx N° 780 y Xxxxxxxx N° 141, de esta Ciudad, a fin de tomar conocimiento de todas las características que hacen a la prestación del servicio requerido. Para ello, la DGRC designará funcionarios que acompañen a los interesados en la realización de la visita, quien suscribirán los comprobantes de haber cumplido la exigencia (Anexo I, del presente Xxxxxx). Dichas constancias con fecha anterior al día fijado de apertura de ofertas, deberán acompañarse a la oferta. Para poder realizar las visitas, el Oferente coordinará telefónicamente (ver datos de contacto en Anexo III, del presente Xxxxxx) con los responsables de las distintas oficinas.
No se aceptará bajo ningún pretexto, que el oferente manifieste desconocimiento de los edificios, su estado y características particulares, por lo que se considerará que su oferta incluye todos los servicios necesarios de acuerdo con las reglas del arte, aunque éstos no se mencionen en este Pliego y el Pliego de Especificaciones Técnicas.
8 - Plan de Trabajo: Los Oferentes presentarán un Plan de Trabajo ajustado a las condiciones requeridas en el Pliego de Especificaciones Técnicas, conteniendo el listado de
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todos los productos a utilizar para conocer las características de efectividad y toxicidad de los mismos y la metodología de trabajo que asegure la calidad del servicio para el correcto desarrollo de la prestación. Deberá incluirse listado de maquinarias que se asignará en cada edificio indicando: marca, modelo y antigüedad. Asimismo, deberá contener la curva de inversiones en caso de corresponder.
9 – Acreditar Certificación de las Normas ISO 9001:2015, ISO 14001:2015 y Ohsas 18001:2007, debiendo estar vigentes a la fecha de apertura, como así también presentar las recertificaciones y auditorías periódicas que hubiese tenido en ese lapso.
10 - Certificado de libre conflicto laboral y/o gremiales, extendido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social actualizado a la fecha de presentación de la oferta, en donde conste que la empresa oferente no mantiene conflictos laborales ni gremiales con su personal.
11 - Certificado expedido por la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el que conste que los directores, gerentes, representantes y/o apoderados del oferente, no se encuentran inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. 12 - Copia Certificado de inscripción en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección (Rubro 503.012) en el Registro y copia de la Disposición de la inscripción del Director Técnico de la empresa de la actividad en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección de la Dirección General de Control Ambiental.
13 - Certificado de libre deuda emitido del Sindicato de Obreros de Maestranza actualizado a la fecha de presentación de la oferta. Asimismo, deberá presentar las últimas seis (6) boletas de pago en cumplimiento del art. 55 y 58 CCT. 74/99.
14 - Documentación certificada referente a los pagos de sus obligaciones patronales. En tal sentido, se deberá presentar la documentación respaldatoria de sus formularios AFIP 931 de los últimos doce (12) meses previos a la fecha de apertura con sus correspondientes acuses de presentación y pago.
15 - Balance del último ejercicio económico, certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción que corresponda. Se considerará “último ejercicio económico” a aquel cuya fecha de cierre sea la más próxima a la fijada como límite para la presentación de las ofertas. Deberá acreditar un Patrimonio neto no inferior a pesos veinte millones ($ 20.000.000) y una facturación mensual superior a pesos diez millones ($ 10.000.000).
Asimismo, se solicitará, como mínimo, el cumplimiento de los siguientes requisitos financieros:
1-Solvencia (Patrimonio Neto / Activo Total): Mayor o igual a 2.
2-Endeudamiento Financiero (Deuda Bancaria y Financiera/ Patrimonio Neto): Menor o igual a 1.
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3- Índice de liquidez (Activo Corriente / Pasivo Corriente): mayor o igual a 2.
16 - Constancia de situación financiera emitida de la “Central de deudores del sistema financiero del Banco Central de la República Argentina”. Serán consideradas solo aquellas ofertas que se encuentren calificadas en situación 1.
17 – Copia de Garantía de Mantenimiento de Oferta: Conforme lo establecido en este Pliego.
18 - Planilla de Cotización: Deberá completarse planilla de cotización conforme lo establecido en el ANEXO II del presente Pliego.
19 - Presupuesto ofertado desagregado por ítem, indicando volúmenes y/o sus cantidades respectivas, precios unitarios e incidencia en el precio ofertado.
20 - Análisis de precio y/o estructura de costos de cada uno de los ítems cotizados, desagregados en todos sus componentes, incluidos las cargas sociales y tributarias. (artículo 31, del presente Pliego).
21 - Los precios de referencia (índices) asociados a cada uno de los insumos e indicando su correspondiente fuente, de conformidad con lo establecido en el art. 5° de la Ley N° 2.809 y normativa concordante.
22 - Presupuesto desagregado por ítem y análisis de precios o estructuras de costos de cada uno de los ítems en soporte magnético en formato Excel.
23 - Presentación de U.T. (Unión Transitoria)
Todos y cada uno de los integrantes de la U.T. deberán acreditar mediante documentación fehaciente, el acabado cumplimiento con los requisitos exigidos en este Pliego, el Pliego de Especificaciones Técnicas, anexos y circulares si las hubiere. Será rechazada sin más, aquella oferta en la que se presente una U.T. en la que alguno de sus integrantes no cumpla con los requisitos exigidos para la presente contratación.
Las ofertas deberán contener, además de la documentación requerida para las personas jurídicas y/o empresas unipersonales anteriormente mencionadas, los documentos de constitución de la U.T., en los que deberán constar:
a) El compromiso de mantener la vigencia de la U.T., hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones emergentes del Contrato.
b) El compromiso de mantener la composición de la U.T. durante el plazo mencionado en el inciso anterior, así como también de no introducir modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad, sin la previa aprobación del MGOBGC.
c) Designación de uno o más representantes legales que acrediten, mediante poder para actuar ante la administración pública, facultades suficientes para obligar a su mandante.
d) De los documentos por los que se confieran los poderes y por los que se constituya la U.T., deberá resultar que los otorgantes o firmantes lo hicieron legalmente, en ejercicio de las atribuciones que les corresponden como autoridades de cada una de las empresas en funciones, en el momento del acto respectivo.
e) Las empresas integrantes de la U.T. serán solidariamente responsables por el cumplimiento del Contrato en caso de adjudicación.
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Para que el caso de que la U.T. esté integrada por personas jurídicas, cada una de ellas deberá presentar acta del órgano social correspondiente de la cual surja la decisión de presentarse a esta licitación pública por contrato asociativo de unión transitoria.
A tal efecto, el GCABA intimará a los oferentes para que en el plazo perentorio de dos (2) días a contar desde el día siguiente al de la recepción de la intimación, se subsane la deficiencia, bajo apercibimiento de desestimarse la oferta.
En el caso de presentarse una U.T., además de los requisitos previamente detallados, no serán susceptibles de subsanación los requisitos enunciados en este artículo, punto 23.
Asimismo, el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx se reserva el derecho de intimar a los Oferentes a presentar en formato papel los originales de toda la documentación presentada electrónicamente.
Artículo 18°.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES.
La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de las condiciones y requisitos que rigen la presente Licitación, por lo que no podrá invocar en su favor para justificar los errores en que hubiere incurrido dudas o desconocimiento de las disposiciones legales, del contenido de los pliegos de la licitación, de las especificaciones técnicas de la misma y tampoco de las circulares que se emitieren.
Artículo 19°.- CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE LA LICITACIÓN.
No serán admitidas aquellas ofertas que se aparten de los términos y condiciones establecidos en los pliegos licitatorios, como así tampoco se admitirán ofertas alternativas ni aquellas que no contemplen la totalidad de los requerimientos objeto de esta licitación.
Artículo 20°.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
Los oferentes deberán mantener y garantizar sus ofertas por un periodo de treinta (30) días desde el acto de apertura, prorrogables automáticamente hasta la fecha de perfeccionamiento del contrato, salvo que el oferente manifieste fehacientemente su voluntad en contrario con un plazo no menor a diez (10) días hábiles del vencimiento del plazo concordante con el inciso 5 del artículo 104 del Anexo I del Decreto N° 326/17.
Artículo 21°.- APERTURA DE OFERTAS.
El acto de apertura de las ofertas se efectuará a través de BAC, en la hora y fecha establecidos en el acto administrativo que dispone el llamado, en forma electrónica y automática, el acta de apertura de ofertas correspondiente. Vencido el plazo para la presentación de ofertas, no se admitirá presentación alguna, a excepción de la documentación que se solicite a requerimiento de la comisión evaluadora de ofertas.
Los oferentes pueden efectuar observaciones a las ofertas presentadas dentro de las
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veinticuatro (24) horas siguientes a la apertura.
Artículo 22°.- COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS.
La Comisión de Evaluación de Ofertas emitirá su dictamen en los términos y plazo previsto en la Ley Nº 2.095, (texto consolidado por Ley N° 5.666) y el Decreto reglamentario N° 326/17, el cual no tendrá carácter vinculante y solo proporcionará a la autoridad competente para adjudicar, los fundamentos para el dictado del acto administrativo con el cual se concluirá el procedimiento de licitación.
Cada oferta será analizada por la Comisión, cuyos miembros tendrán la necesaria idoneidad para la apreciación de las ofertas de acuerdo a la naturaleza de la licitación. Se evaluará el cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa vigente y los establecidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas en todos los aspectos formales, legales, económicos, técnicos y forma de cotización.
Artículo 23°.- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA.
No obstante lo expuesto precedentemente, para la evaluación de las ofertas la Comisión de Evaluación de Ofertas podrá requerir de los Oferentes la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
Artículo 24°.- REVOCACIÓN DEL LLAMADO LICITATORIO.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de revocar el llamado licitatorio o de rechazar la totalidad de las ofertas presentadas con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin que dicha decisión otorgue derecho a los oferentes para formular y/o efectuar reclamo alguno.
Artículo 25°.- PREADJUDICACIÓN.
La preadjudicación será efectuada conforme los lineamientos establecidos en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas, anexos y circulares aclaratorias si las hubiere, sobre la propuesta que resulte más conveniente, en lo que respecta a la idoneidad, el precio y demás condiciones de la oferta. El anuncio de la preadjudicación se hará conforme lo estipulado en el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 26°.- IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN.
De conformidad con lo previsto en el artículo 20 inc. b), xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, los interesados podrán formular impugnaciones a la preselección o preadjudicación dentro del plazo de TRES (3) días de su publicación en el BAC, previo deposito de la garantía de impugnación a la preadjudicación de ofertas.
Será condición de admisibilidad de las impugnaciones a la preadjudicación, el depósito del CINCO POR CIENTO (5%) del monto de la oferta del renglón o de los renglones impugnados,
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en la Cuenta N° 200.581/2 debiendo entregarse el correspondiente comprobante en la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio de Gobierno sita en Uspallata 3160, ventanilla única- según lo establecido en el artículo 20 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. En caso contrario, la presentación no será considerada como impugnación.
Dado este supuesto, se resolverá conforme los dispuesto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en su artículo 20, dando de esa manera intervención a la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Artículo 27°.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO.
El contrato se perfecciona con la recepción en BAC de la Orden de Compra al Adjudicatario, según lo estipulado en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
El Adjudicatario deberá integrar la garantía de cumplimiento de contrato dentro del término de CINCO (5) días hábiles del perfeccionamiento contractual recibida la Orden de Compra, con el prefeccionamiento en BAC.
Si el Adjudicatario no integrara la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido, se lo intimará en forma fehaciente por igual plazo. Vencido el plazo otorgado en la intimación sin que el Adjudicatario haya dado cumplimiento a su obligación, se le rescindirá el contrato con la consecuente pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta o de un monto equivalente a dicha garantía.
La pérdida de dicha garantía operará, sin perjuicio del cargo que se le formule a la Adjudicataria por los daños y perjuicios que le cause al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la conducta por ella asumida.
Artículo 28°.- LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA.
En caso de que ninguno de los Oferentes reúna las condiciones y requisitos necesarios para resultar adjudicatario, la Licitación será declarada fracasada, sin que ello dé derecho a reclamación alguna por parte de los interesados u oferentes.
Artículo 29°.- RECEPCIÓN DEFINITIVA Y FACTURACION.
El Adjudicatario deberá confeccionar un remito por cada mes de servicio realizado, el que será firmado únicamente por el o los funcionarios responsables de la recepción.
En caso de existir conformidad, la repartición enviará el remito mediante Comunicación Oficial a la Subgerencia Operativa Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno, quien emitirá el Parte de Recepción Definitiva (PRD).
Artículo 30°.- FORMA DE PAGO.
El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en los artículos 26, 27, 28, 29, 30 y 31 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
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Artículo 31°.- REDETERMINACIÓN DE PRECIOS.
El Régimen de Redeterminación de los precios pactados en el contrato objeto de la presente licitación se rige por la Ley N° 2.809 (texto consolidado según Ley N° 5.666) y su reglamentación.
RUBRO | % DE INCIDENCIA | REFERENCIA |
Mano de obra | 70,00% | Básico de Convenio Colectivo N° 281/96, modificado por Xxxxxxxx Xx 00/00 – Sindicato de Obreros de Maestranza - Categoría Oficial |
Insumos | 10,00% | Índice de Precios Internos al por Mayor INDEC (IPIM) 7.2.1 (2424) -Sustancia y productos químicos |
10,00% | Índice de Precios Internos al por Mayor INDEC (IPIM) (17). Productos Textiles | |
Otro Gastos | 10,00% | Índice de Precios Internos al por Mayor INDEC- (IPIM) 7.2.1Nivel General. |
Artículo 32°.- CESIÓN O TRANSFERENCIA DEL CONTRATO.
El contrato que se celebre con el adjudicatario como los derechos que de él emerjan NO podrán ser cedidos o transferidos por el/los adjudicatario/s a terceros.
La trasgresión a lo establecido en el presente artículo será sancionada con la rescisión de la contratación, con la pérdida total de los depósitos en garantía constituidos, no reconociéndose al adjudicatario indemnización alguna por ningún concepto.
Artículo 33°.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD.
Todo el personal afectado por el adjudicatario al cumplimiento de las obligaciones contractuales carecerá de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, cumplimiento de las leyes laborales, cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.
Queda debidamente aclarado y entendido que el Gobierno no asumirá responsabilidad alguna y quedará desligado respecto de todo conflicto o litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se
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hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el adjudicatario.
Asimismo, el adjudicatario implementará las medidas de seguridad que sean necesarias, para evitar daños a personas o cosas, y si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios. Será plenamente responsable por las demoras en la efectiva prestación de los servicios que conforman el objeto contractual, ocasionadas por dolo, culpa o caso fortuito.
Artículo 34°.- DE LOS SEGUROS.-
a) GENERALIDADES.
En el presente se detallan las coberturas de seguros a requerir para el ingreso y permanencia de terceros ajenos, sean proveedores y/o contratistas que desarrollen tareas o presten servicios en ubicaciones pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA) tanto sean estas en propiedad o en uso, así como las características mínimas de admisibilidad de las mismas.
El adjudicatario deberá acreditar los contratos de seguros que se detallan y su vigencia durante todo el período contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y los comprobantes de pago de las mismas.
Cada vez que el adjudicatario modifique las condiciones de póliza o cambie de compañía aseguradora, o cada vez que el GCABA lo solicite, se presentarán copias de las pólizas contratadas.
La contratación de los seguros que aquí se requieren es independiente de aquellos otros que deba poseer el adjudicatario a fin de cubrir los posibles daños o pérdidas que afecten a sus bienes o los de sus empleados, sean los mismos o no de carácter obligatorio.
Quedará a criterio del GCABA conforme a las actividades a realizar por terceros, la inclusión/incorporación/exclusión de cláusulas de cobertura, medida de la prestación y modificación de sumas aseguradas, durante la vigencia de las pólizas contratadas por el adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios, los cuales deberán acreditar el endoso correspondiente a tales cambios.
b) DE LAS COMPAÑÍAS ASEGURADORAS.
Los seguros requeridos en la presente licitación, deberán contratarse en compañías o entidades aseguradoras de primer nivel con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, e incluir al Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx como beneficiario, sin ningún condicionamiento de cualquier naturaleza o especie y serán de renovación automática. En caso de que los montos asegurados no alcanzaren a cubrir las sumas que pudiesen ser reclamadas, las diferencias resultantes correrán por cuenta del adjudicatario. El adjudicatario entregará los originales de las pólizas y sus comprobantes de pago a requerimiento del Contratante.
En caso de que las primas sean abonadas en cuotas, las respectivas pólizas no deberán contener cláusula restrictiva alguna de existir incumplimiento en el pago de las mismas.
c) DE LAS COBERTURAS DE SEGURO EN PARTICULAR.
En los apartados siguientes se detallan las condiciones mínimas de los contratos de seguro, los mismos deben cumplir con todos los requerimientos establecidos en las Leyes vigentes
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para cada caso en particular.
Las coberturas que el adjudicatario ha de acreditar aun cuando disponga de otros, son los que se detallan a continuación:
1) Seguros Laborales.
Seguro de Riesgos del Trabajo, cobertura de ART.
El adjudicatario en cumplimiento de la legislación vigente, debe acreditar un seguro que cubra a la totalidad del personal que afecte al servicio contratado, el cual será suscripto con una “Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART)”.
No se podrá afectar personal alguno cualquiera sea su índole, hasta que el mismo no cuente con su correspondiente cobertura por riesgo de accidentes de trabajo.
Se deberán presentar al GCABA, los certificados de cobertura de los trabajadores amparados, en los cuales estará incluido el siguiente texto:
“Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición, de subrogación ó de regreso contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus funcionarios y/o empleados, sea con fundamento en el Art. N° 39 ap. 5 de la Ley N° 24.557, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del permisionario, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por acciones del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.”
2) Seguro de Accidentes Personales.
En el caso que el adjudicatario contrate a personal y/o prestadores de servicio que no esté alcanzado por La Ley de Contrato de Trabajo, es decir, quienes no revistan el carácter de relación de dependencia con el mismo; se deberá contar con una póliza de seguros xxx xxxx Accidentes Personales con las siguientes características:
Alcance de la Cobertura: Se deberá amparar a la totalidad del personal afectado durante la jornada laboral incluyendo cobertura in-itinere.
Sumas mínimas a Asegurar:
Muerte: $ 400.000 (Pesos cuatrocientos Mil)
Invalidez Total y/ó parcial permanente por accidente: $ 400.000 (Pesos cuatrocientos Mil) Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): $ 15.000 (Pesos Quince Mil)
La citada póliza deberá incluir el siguiente texto:
“La compañía…….renuncia en forma expresa a realizar cualquier acción de repetición y/ó subrogación contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT 34- 99903208-9, sus funcionarios y/o empleados. “
3) Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva.
El adjudicatario debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como consecuencia de tareas inherentes a su actividad que puedan ocasionar a personas, bienes o cosas de propiedad del GCABA o de terceros.
Suma Asegurada Mínima:
La misma será por un monto mínimo de $ 1.000.000 (Pesos Un Millón)
Se detallan de manera enunciativa y no taxativa las coberturas adicionales a incluirse de corresponder en cada caso:
a) Responsabilidad Civil emergente de escapes de gas, incendio, rayo y /o explosión, descargas eléctricas.
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b) Daños por caída de objetos, carteles y/o letreros
c) Daños por hechos maliciosos, tumulto popular.
d) Bienes bajo cuidado, custodia y control.
e) Carga y descarga de bienes fuera del local del asegurado.
f) Responsabilidad civil cruzada (de corresponder).
g) Carga y descarga de materiales (de corresponder).
El contrato deberá contener un endoso en carácter de co-asegurado sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCABA. Los empleados del GCABA deberán ser considerados terceros en póliza.
La citada póliza deberá incluir el siguiente texto:
“La compañía …………renuncia en forma expresa a realizar cualquier acción de repetición y/ó subrogación contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT 34- 99903208-9, sus funcionarios y/o empleados.”
d) TÉRMINO PARA CONSTITUIR LOS SEGUROS.
Los requisitos exigidos para la constitución de los seguros, deberán ser acreditados por el Adjudicatario con una antelación no menor a CUARENTA Y OCHO (48) horas del plazo fijado para el inicio de la prestación del servicio.
El incumplimiento dentro del plazo fijado para la presentación de las pólizas, motivará en todos los casos la postergación del comienzo de la prestación del servicio y la consiguiente aplicación de las sanciones que correspondan.
Artículo 35°.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO.
El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales originadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y en el Pliego de Especificaciones Técnicas, lo hará pasible de las siguientes penalidades:
a) Pérdida de garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato.
b) Multa por incumplimiento de las obligaciones convenidas.
c) Rescisión del contrato por culpa del adjudicatario.
En el caso de que se hubiera constatado un incumplimiento por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato igualmente le será aplicada la penalidad y/o la sanción que pudiere corresponderle aún cuando el contrato se encontrara rescindido y/o ejecutado en su totalidad al tiempo en que se formalice el correspondiente acto administrativo que decide la aplicación de la penalidad y/o sanción.
Las penalidades establecidas en la Ley N° 2.095 (Texto ordenado según Ley N° 5.666) no son de aplicación cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente documentado y probado por el oferente o adjudicatario y aceptado por la adjudicataria.
Artículo 36°.- MULTAS POR INCUMPLIMIENTOS.
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El incumplimiento en término de las obligaciones emergentes del contrato coloca al adjudicatario en estado xx xxxx automática y por lo tanto, sujeto a la aplicación de las siguientes penalidades:
Causales | Determinación de los montos | |
36.1 | Por no afectar la cantidad de personal detallado en el Pliego de Especificaciones Técnicas para la realización de las tareas de ejecución diaria. | Por cada día y por persona, cincuenta centésimos por ciento (0,5 %) sobre el monto mensual adjudicado. |
36.2 | Por no tener y/o utilizar el personal asignado para la ejecución de tareas el uniforme ni su plaqueta identificatoria. | Por cada día y por persona, veinticinco centésimos por ciento (0,25 %) sobre el monto mensual adjudicado. |
36.3 | Por no separar en tiempo y forma el personal cuyo comportamiento no se ajuste a las disposiciones de la presente Licitación. | Por cada día de demora y hasta la fecha de su efectivo cumplimiento, uno por ciento (1%) sobre el monto mensual adjudicado. |
36.4 | Por no estar presente el representante exigido. | Por cada día, uno por ciento (1%) sobre el monto mensual adjudicado. |
36.5 | Por no actualizar la nómina de personal ante una variación en la dotación del mismo. | Por cada día de demora y hasta la fecha de su efectivo cumplimiento, uno por ciento (1%) sobre el monto mensual adjudicado. |
36.6 | Por no tener las libretas sanitarias ni exámenes físicos del personal, ni dar cumplimiento a cualquier otra norma vigente en materia sanitaria. | Por cada día y por persona, uno por ciento (1%) sobre el monto mensual adjudicado. |
36.7 | Por no contar con las maquinarias necesarias para la ejecución de las tareas, por modificar alguno de los productos y/o procedimientos del plan de trabajo exigido en los Requisitos Técnicos y el Pliego de Especificaciones Técnicas. | Por cada día, tres por ciento (3%) sobre el monto mensual adjudicado. |
36.8 | Por no realizar las tareas de desinfección requeridas en el Pliego de Especificaciones Técnicas. | Por cada dia de demora, uno por ciento ( 1%) sobre el monto mensual adjudicado. |
36.9 | Por no contar con el Libro de Ordenes ni mantenerlo actualizado. | Por cada día de demora y hasta la fecha de su efectivo cumplimiento, uno por ciento (1%) sobre el monto |
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mensual adjudicado. | ||
36.10 | Por no contar con el seguro establecido por la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557 y sus normas modificatorias, complementarias y reglamentarias respecto del personal afectado a la ejecución de tareas. | Por cada día y por persona, uno por ciento (1%) sobre el monto mensual adjudicado. |
36.11 | Por no contar con el seguro de responsabilidad civil. | Por cada día de demora, tres por ciento (3%) sobre el monto total adjudicado. |
36.12 | Por no constituir en término los seguros exigidos en el presente Pliego. | Por cada día de demora, tres por ciento (3%) sobre el monto total adjudicado. |
36.13 | Por no iniciar la prestación del servicio en el término establecido en el Articulo 4°. | Por cada día de demora, uno por ciento (1%) sobre el monto total adjudicado. |
36.14 | Por realizar parcialmente o en forma deficiente las tareas de ejecución diaria, semanal, quincenal, mensual y/o semestral. | Por cada oportunidad, tres por ciento (3%) sobre el monto mensual adjudicado. |
36.15 | Por no hacerse presente para realizar las tareas de ejecución diaria. | Por cada oportunidad, tres por ciento (3%) sobre el monto mensual adjudicado. |
36.16 | Demás incumplimientos a las obligaciones previstas en el presente pliego y el Pliego de Especificaciones Técnicas. | Por cada oportunidad, entre el 0,5% y el 5% sobre el monto total adjudicado. |
El importe de las multas, podrá ser deducido de conformidad a lo establecido por el artículo 128 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado Ley N° 5.666).
La administración podrá, una vez constatado el incumplimiento de las obligaciones por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato, dictar el acto administrativo que decida la aplicación de multas y/o sanciones, ello aún cuando al tiempo de su materialización el contrato se encontrare extinguido y/o rescindido.
Artículo 37°.- RESCISIÓN DEL CONTRATO.
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Vencido el plazo de cumplimiento del contrato, o vencido el plazo para el cumplimiento de obligaciones escenciales del contrato, sin que la contratación en cuestión haya sido llevada a cabo de conformidad con el presente Pliego y el de Especificaciones Técnicas correspondientes, se rescindirá el mismo de pleno derecho sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, debiendo luego el organismo conratante proceder al dictado de la declaración formal de rescisión.
Artículo 38°.- CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
Son causales de extinción del contrato las siguientes:
a) Expiración del plazo término del contrato y/o Orden de Compras.
b) Mutuo acuerdo.
c) Quiebra del adjudicatario;
d) Rescisión.
ANEXO I: CONSTANCIA DE VISITA
Fecha: / /
Se certifica que el Sr. , DNI
, Representante de la Empresa
, ha concurrido en el día de la fecha a visitar las oficinas del ………………………………………………………………………. sitas
………………….………….…………………..……………………………, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-
Firma y aclaración del Funcionario Responsable de visita
ANEXO II: PLANILLA DE COTIZACIÓN
RENGLON | DESCRIPCION | UNIDAD | MONTO MENSUAL | MONTO TOTAL |
1 | Servicio Integral de Limpieza | 12 MESES |
SON PESOS (en letras):
DETALLE
EDIFICIO | Detalle | Cotización Mensual |
1 | Uruguay N° 753 - Sótano – PB y Pisos del 1° al 7° | |
2 | Xxxx Xxxxxx N° 970 - Sótano – XX x Xxxx 0x, | |
0 | Xxxxxx Xx 000 - 0x Xxxx | |
4 | Xxxxxxxx N° 141 – Local |
Total Mensual
SON PESOS (en letras):
ANEXO III- RESPONSABLES DE VISITA
Dirección | Responsable | Horario | Teléfono |
Xxxxxxx Xx 000 | Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx | 00 x00 hs | 4372-7435 |
Xxxx Xxxxxx Xx 000 | Xx. Xxxxxx Xxxxxx | 0 a 14 hs | 1162690511 |
Xxxxxx N° 980 | Xx. Xxxxxx Xxxxx | 7 a 14 hs | 1163619098 |
Xxxxxxxx N° 141 | Xxx. Xxxxx Xxxxx | 13 a 20 hs | 1150267108 |
ANEXO IV- MODELO DE ESTRUCTURA REAL DE COSTOS
RUBRO | % DE INCIDENCIA | REFERENCIA |
Mano de obra | 70,00% | Básico de Convenio Colectivo N° 281/96, modificado por Xxxxxxxx Xx 00/00 – Sindicato de Obreros de Maestranza - Categoría Oficial |
Insumos | 10,00% | Índice de Precios Internos al por Mayor INDEC (IPIM) 7.2.1 (2424) -Sustancia y productos químicos |
10,00% | Índice de Precios Internos al por Mayor INDEC (IPIM) (17). Productos Textiles | |
Otro Gastos | 10,00% | Índice de Precios Internos al por Mayor INDEC- (IPIM) 7.2.1Nivel General. |
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
I. OBJETO DE LA CONTRATACION
La presente tiene por objeto el Servicio Integral de Limpieza, a ser prestado en las oficinas de la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, en adelante “DGRC”, dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio del Gobierno de esta Ciudad.
II. OBLICACIONES DEL ADJUDICATARIO A - DOTACIÓN DE PERSONAL.
El Adjudicatario deberá afectar para la prestación del servicio que se contrata, la cantidad de
personal detallado en este Pliego.
Asimismo, el Adjudicatario deberá contar con personal capacitado para la realización de los trabajos de limpieza, conforme las normas de procedimiento que se establecen en el Pliego antes mencionado.
B - VESTIMENTA E IDENTIFICACIÓN PERSONAL.
El personal a cargo del servicio de limpieza, deberá vestir uniformemente con ropa adecuada al trabajo (pantalón, camisa, botas de goma, guantes, etc.) y de un mismo color, que deberán estar en todo momento en perfecto estado de presentación e higiene.
El mencionado personal deberá lucir una plaqueta identificatoria, conteniendo los siguientes datos, de modo que lo diferencie del personal del Gobierno de la Ciudad y del público en general:
Denominación de la firma adjudicataria.
Apellidos.
Nombres.
Función: operario/representante/encargado/etc.
C - HABILITACIÓN DE UN “LIBRO DE ÓRDENES”.
Previo a dar comienzo a la prestación, el Adjudicatario proveerá a la DGRC, UN (1) Libro de Actas, con hojas numeradas por triplicado, que será habilitado como “Libro de Ordenes”, en el cual se asentarán todas las novedades que surjan de la prestación: comunicaciones, incumplimientos, etc.
Dicho Libro será rubricado por personal de Auditoría Interna del GCBA.
Las observaciones que se asienten en el Libro de Órdenes revestirán carácter de notificación suficiente para el Adjudicatario, obligándose éste a subsanar de inmediato todas las deficiencias que se denuncien y a cumplir con todos los requerimientos que se le formulen.
El representante designado será el responsable de firmar diariamente el mencionado Libro de
Órdenes, quedando de ese modo el Adjudicatario notificado de todas las comunicaciones, observaciones o requerimientos que se le cursen.
Efectuada una observación por parte de la DGRC, la Adjudicataria contará con un plazo de CINCO (5) días corridos para formular el descargo que estime corresponder. Vencido dicho plazo sin que la Adjudicataria presente descargo alguno, se tendrá por consentida la observación formulada.
El descargo deberá ser presentado en la Mesa de Entradas de la DGRC, sita en la calle Uruguay N° 753, Piso 1° de esta Ciudad, en el horario de 09:00 horas a 14:30 horas, donde se dejará constancia de la hora y fecha de su recepción.
D - DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTE.
El Adjudicatario designará y mantendrá en forma permanente un representante con facultades de decisión, a los efectos de coordinar y asegurar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la documentación licitatoria y el acatamiento de las instrucciones que impartan las autoridades de la DGRC.
Dicho representante deberá recorrer diariamente todas las oficinas en las cuales funciona la DGRC, acompañado por la persona que las autoridades de la DGRC determinen, a fin de verificar el correcto cumplimiento de sus obligaciones y tomar conocimiento de las deficiencias, si las hubiere, para proceder a subsanarlas.
La designación deberá quedar asentada en el "Libro de Órdenes", previo a dar comienzo a la prestación del servicio. Cualquier modificación deberá ser notificada fehacientemente a la DGRC, la cual se reserva el derecho de requerir el reemplazo del representante en cualquier momento, en caso de disconformidad con su desempeño.
El representante deberá firmar diariamente el libro mencionado.
E - NÓMINAS.
Previo a dar comienzo a la prestación, el Adjudicatario deberá presentar en la DGRC sita en Xxxxxxx 000, Xxxx 0x de esta Ciudad, en el horario de 9 a 14:30hs horas y en la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno, sita en Xxxxxxxxx 0000, xxxxxx xxxx - xxxxxxxxxx única- de esta Ciudad, en el horario de 11 a 16 horas, una planilla conteniendo la nómina de todo el personal que se afectará al servicio y la designación del representante requerido en el apartado anterior, indicando los siguientes datos de cada uno de ellos:
Apellidos.
Nombres.
Tipo y número de documento de identidad.
Domicilio actualizado.
Función: operario, representante, encargado, etc.
Número de C.U.I.L (Código Único de Identificación Laboral).
Aseguradora de Riesgos de Trabajo.
Dicha nómina deberá ser actualizada cada vez que se produzca alguna variante en su dotación, y notificada fehacientemente a la DGRC, por medio de los Libros de Órdenes.
En lo posible, el personal deberá ser estable, por razones de seguridad y servicio.
F - DE LAS HERRAMIENTAS Y MATERIALES A EMPLEAR.
El Adjudicatario deberá proveer a su personal las máquinas, herramientas y elementos de trabajo en buenas condiciones de uso, los que estarán bajo su exclusivo cargo y responsabilidad, para el cumplimiento de los servicios que se le contraten.
Los productos a emplear deberán ser de primera marca y calidad, para que bajo ningún concepto puedan resultar perjudiciales para la conservación de los edificios, el moblaje, la salud de las personas y el medio ambiente.
G - GUARDA DE INSTRUMENTOS Y HERRAMIENTAS DE TRABAJO.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no se responsabilizará por la rotura, desperfectos o falta de instrumentos y/o herramientas de propiedad del Adjudicatario.
El DGRC, proveerá el espacio físico necesario para la guarda de dichos elementos, los cuales quedarán exclusivamente bajo la custodia del Adjudicatario.
III. TAREAS DE EJECUCIÓN DIARIA
Limpieza Integral:
Consistirá en la realización de la limpieza integral, conforme los trabajos que para esta etapa se señalan a continuación, los que deberán efectuarse obligatoriamente todos los días hábiles administrativos.
• Muebles en general
Se efectuará la limpieza integral del mobiliario de cada oficina, sector o área, sean mesas, sillas, sillones, escritorios, mostradores, papeleros, percheros, bibliotecas, armarios, ficheros, repisas, lámparas xx xxxx, estantes, cuadros, teléfonos, equipos informáticos, guías de puerta, ventiladores y todo tipo de muebles existentes en una oficina.
Estas obligaciones alcanzan a la totalidad del mobiliario y útiles existentes en las reparticiones.
• Pisos en general
Previa eliminación de toda mancha y/o adherencia deberán ser barridos en su totalidad teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
Pisos de baldosas y mosaicos: barrido con cepillo xx xxxxx y posterior limpieza con solución jabonosa y secado, quedando los pisos limpios y aromatizados.
Pisos xx xxxxxx: Barridos con mopa rociada con secuestrante de polvo, lustrado y posterior aplicación xx xxxx líquida aromatizada.
Alfombrados: Barrido a fondo con máquina de aspiración, removido de manchas que se
presenten, con productos adecuados a tal fin.
De resultar necesario, los muebles deberán ser desplazados para realizar la limpieza debajo de los mismos, obrando con la suficiente diligencia como para no averiar los elementos que se encuentran en los mismos. La empresa se hará responsable por cualquier rotura, tanto de los muebles como de los elementos que se encuentren sobre los mismos como gabinetes, impresoras, maquinas de escribir, etc.
• Paredes, columnas, zócalos y frisos en general y sus molduras.
Se eliminará el polvo acumulado, sin dejar marcas o aureolas en las paredes.
• Baños y Toilettes.
Se efectuará la limpieza y lavado a fondo de la totalidad de los artefactos sanitarios existentes (inodoros, bidets, piletas, lavatorios, percheros, depósitos de agua, canillas, espejos, azulejos). Corresponde asimismo la limpieza integral de canaletas y rejillas – sifones de desagüe. Se procederá a la desinfección y desodorización con productos aromáticos de primera marca, colocando en los inodoros y mingitorios pastillas desodorantes.
Los baños serán objeto de un tratamiento permanente debiendo mantenerlos constantemente libres de emanaciones y aromatizados durante la totalidad del horario de trabajo del Registro Civil.
• Cocinas.
Se efectuará la limpieza incluyendo todos los elementos existentes, ya sean mesadas, bajo mesadas, piletas y otro elemento o artefacto que integre el ambiente: cocina, grifería, heladeras, microondas, etc., con los productos que cada elemento requiera, cumpliendo la función de limpieza, desengrasada, desinfectada y aromática.
Asimismo se procederá a la limpieza integral como así también al vaciado de recipientes papeleros, etc.
• Puertas, metales y herrajes.
Se quitará toda mancha existente en puertas, metales y herrajes. Siendo lustradas aquellas puertas de bronce y madera.
• Vidrios en general.
Serán plumereados y lavados de ambos lados todos los vidrios y posterior aplicación de limpiavidrios aromatizados para los vidrios interiores.
• Cestos de Residuos.
Posteriormente al vaciado de los cestos, se limpiarán interior, manteniéndolos en impecable estado de limpieza.
Este servicio incluye:
Limpieza de los recipientes y cestos de papeles, que se usan como depósitos de residuos.
Provisión diaria de bolsas de polietileno para ser colocadas en dichos cestos y/o recipientes en cada área de trabajo, espacios comunes y servicios, en forma prolija y en
el interior de cada cesto. Las mismas tendrán las dimensiones calidad y cualidades que sugieren las necesidades diarias, separadas por color negro para basura y verde para cestos reciclables.
Los residuos embolsados deberán ser retirados en los horarios que fije el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Por cualquier consulta, contactarse con xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
• Ascensores.
Se efectuará el barrido, limpieza xx xxxxxxx, espejos, controles y lustrado del interior del ascensor con productos aromatizados, incluyendo las puertas de ambos lados, con puertas incluidas de ambos lados.
Esta tarea deberá ser realizada a partir de las 16 Hs., cuando merma el tránsito de empleados.
IV. TAREAS DE EJECUCION SEMANAL
Se realizarán semanalmente las siguientes tareas:
Aspirado de alfombras.
Aspirado xx xxxxxx y sillones de tela.
Aspirado de teclados.
Desinfección profunda xx xxxxx y cocina.
Limpieza integral de sifones de desagüe, rejillas y canaletas en cocina y baño.
Fumigación, posterior a la limpieza, de sifones de desagüe, rejillas y canaletas en cocina y baño. (*)
Limpieza profunda xx xxxxxxx y cristales de ventanas, ventanales y puertas con líquido limpiavidrios.
Limpieza xx xxxxxxxx con elementos adecuados.
Limpieza xx xxxxxxx, columnas, molduras y zócalos, removiendo el polvo acumulado, sin dejar marcas o aureolas.
Limpieza de puertas, picaportes, cerraduras y herrajes.
Limpieza de cerramientos metálicos y metales en general.
Desplazamiento de muebles y limpieza del espacio ocupado por ellos, obrando con la suficiente diligencia como para no averiar los elementos que se encuentran sobre los mismos o en su interior.
(*) Se deja constancia que, para cada lugar a prestar la tarea de fumigación, en caso de no ser necesaria la ejecución cada semana por las características del lugar y sus alrededores, podrán convenirse la periodicidad entre el responsable designado por la DGRC en cada delegación y el adjudicatario.-
V. TAREAS DE EJECUCION QUINCENAL
Se realizarán durante la primera quincena de cada mes que dure la contratación las siguientes tareas:
Se desarmarán las rejillas y se limpiarán los sifones hidráulicos.
Los vidrios de ventanas, ventanales y puertas deberán ser lavados respetando este período.
Limpieza exterior con trapo rejilla húmedo y franela seca, de nichos, alojamiento de matafuegos y cualquier otro elemento componente del sistema contra incendio.
Limpieza de plafones y tubos con productos de primera (1°) calidad sin que produzcan deterioros en estos materiales.
Limpieza de ventiladores, estufas y acondicionadores de aire.
VI. TAREAS DE EJECUCION MENSUAL
Computadoras: Se efectuará la limpieza de pantallas con limpiador antiestático y para el exterior del CPU. Se utilizará espuma limpiadora antiestática.
Artefactos de iluminación: Serán limpiados a fondo con los elementos y materiales que resulten más adecuados, todos los artefactos de iluminación ubicados en las áreas que ocupa la Repartición.
Equipos de refrigeración (aire acondicionado, ventiladores): Se limpiarán a fondo todos los artefactos (cualquiera sea su tipo y ubicación), con los elementos adecuados para limpieza.
Serán plumereados los cielorrasos y esquinas.
Se eliminará el sarro acumulado en artefactos y azulejos xx xxxxx con productos específicos.
Se lavarán los pisos alfombrados, para lo cual deberán utilizarse productos especialmente elaborados para dicha tarea.
Heladeras y freezers: Descongelado y limpieza integral.
VII. TAREAS DE EJECUCION SEMESTRAL
Se realizarán cada seis (6) meses contados desde el inicio del servicio, contando con un plazo de 15 días para su realización:
Limpieza del tanque de agua central, el cual se debe lavar a fondo, incluyendo paredes y tapas, rasqueteándolas y cepillándolas con Hipoclorito puro.
La limpieza xx xxxxxxx internas de durlock con producto químico correspondiente.
Lavado de la totalidad de los alfombrados.
Se deja constancia que el ítem se refiere a aquellos alfombrados integrales, como a aquellos tapetes y demás que sean de carácter móvil.-
VIII. LUGAR DONDE SE DEBERÁ PRESTAR EL SERVICIO
Dirección General de Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Sótano – PB y Pisos del 1° al 7° inclusive, en Xxxxxxx Xx000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Dirección General de Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Archivo general, Sótano – PB y Piso 1°, en Xxxx Xxxxxx Xx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Dirección General de Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Subgerencia Defunciones, 1° Piso, en Xxxxxx Xx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Dirección General de Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Centro de Documentación Xxxxxx Xx00, Xxxxxxxx Xx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
IX. ETAPAS DÍAS Y HORARIOS DE LA PRESTACIÓN
El servicio deberá prestarse conforme a las especificaciones que a continuación se detallan:
Ubicación | Superficie | Descripción | Horarios | Cantidad de Operarios |
Uruguay Nº 753 | 5.500 m2 aprox. | Xxxxxx - XX x Xxxxx xxx 0x xx 0x | 7:00 a 14:00 hs | 7 Operarios |
14:00 a 21:00 hs | 7 Operarios | |||
Xxxx Xxxxxx Nº 970 | 2.300 m2 aprox. | Xxxxxx - XX - 0x Xxxx - Xxxxxxxx | 7:00 a 14:00 hs 14:00 a 20:00 hs | 2 Operarios 1 operario |
Xxxxxx Nº 780 | 500 m2 aprox. | 1º Piso | 7:00 a 14:00 hs | 2 Operarios |
Xxxxxxxx Nº 141 | 180 m2 aprox. | Local | 7:00 a 14:00 hs | 1 Operario |
14:00 a 20:00 hs | 1 Operario |
Dos operarios que prestarán su servicio en Xxxxxxx 000 podrán ser afectados al programa BA AMOR, Bodas emblemáticas, en el horario de 10 a 15 Hs., limpiando los alrededores del lugar donde se efectuó el casamiento, únicamente cuando la repartición lo requiera, y dentro de la Ciudad Autónoma de buenos aires.
Las tareas de limpieza se efectuarán todos los días hábiles administrativos de Lunes a Viernes, excepto en las instalaciones de los lugares emblemáticos, de esta Ciudad, las que serán prestadas posterior al evento.
X. OTROS REQUERIMIENTOS
El adjudicatario deberá contar con todos los elementos necesarios para poder realizar las tareas de limpieza en tiempo y forma, utilizando aquellos instrumentos más apropiados para cada labor específica.
El adjudicatario deberá contar con los elementos necesarios para la limpieza de techos y objetos
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 38/SSGOBIER/18 (continuación)
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
“ 2 0 1 8 – A Ñ O D E L O S J U E G O S O L Í M P I C O S D E L A J U V E N T U D ”
que se encuentren fuera del alcance normal del personal de limpieza, por ejemplo plumeros con mangos con extensiones, escaleras, etc.-
Los productos de limpieza utilizados deberán ser de primera calidad y cumplir con la normativa vigente.
Queda terminantemente prohibido el uso de detergentes mezclados con hipoclorito de sodio en cualquiera de sus porcentajes de combinación.
El adjudicatario deberá proveer todos los productos de tocador e higiene personal: pastillas de jabón, jabón líquido, papel higiénico, toallas descartables, desodorante de ambiente, etc. Cabe agregar que por cada entrega que se efectúe de los insumos citados, deberá labrarse un acta original con dos copias (una copia para el adjudicatario y otra copia para la Dirección General, Técnica Administrativa y Legal), donde se detallarán las cantidades por insumo entregado, a efectos de llevar un control de los mismos.
Todos los ambientes serán desodorizados luego de la limpieza diaria.
El adjudicatario deberá ejecutar las tareas de limpieza en forma tal que interfiera lo menos posible con el normal desenvolvimiento de las funciones propias del personal de la repartición.
XI. NOTAS
● Será imprescindible realizar una visita a las reparticiones señaladas antes de la presentación de la oferta, conforme lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
● El adjudicatario deberá contar con los elementos necesarios para la limpieza de techos en altura, plumeros, extensiones, escaleras, etc.-
● Sin perjuicio de las tareas descriptas en el presente Xxxxxx, la adjudicataria deberá asegurar una adecuada limpieza, teniendo en cuenta las actividades y necesidades propias de cada edificio en particular.
FIN DEL ANEXO