Política institucional de acceso abierto de la Universitat Oberta de Catalunya
Política institucional de acceso abierto de la Universitat Oberta de Catalunya
Acuerdo del Consejo de Gobierno 06/10/2010
Versión 1 (por un cambio en las condiciones de contratación de los materiales acordado en Consejo de Gobierno el 23 de noviembre de 2013)
Sumario
1. Exposición de motivos 3
1.1. Contextos internacional y nacional 3
2. Política institucional de acceso abierto 4
3. Interoperabilidad 6
3.1. Evaluación de la investigación y repositorio institucional 6
3.2. Protocolos de interoperabilidad 6
4. Referencias bibliográficas 6
1. Exposición de motivos
La necesidad de promover la investigación y la docencia en el contexto de la sociedad de la información y las facilidades de la edición electrónica han favorecido que surgiera el movimiento del acceso abierto (AO) a la información científica. Este movimiento postula un acceso permanente, gratuito y libre de restricciones a los contenidos científicos y académicos, con el objetivo de favorecer la accesibilidad y el impacto de la investigación científica llevada a cabo.
Con la implantación de una política de acceso abierto en la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) se podría in- crementar la visibilidad de nuestra universidad y mostrar su excelencia en la calidad docente y de inves- tigación, y mejorar el posicionamiento en los rankings internacionales.
1.1. Contextos internacional y nacional
Actualmente el movimiento de acceso abierto tiene ya una larga trayectoria y puede considerarse que está conso- lidado. En los últimos años se han elaborado declaraciones internacionales y nacionales a favor del acceso abierto:
• Public Library of Science - PLoS (2001) (xxxx://xxx.xxxx.xxx/xxxxx/xxxxxx.xxxx).
• Budapest Open Access Initiative (2002) (xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxxxx/xxxxx.xxxxx).
• Bethesda Statement on Open Access Publishing (2003) (xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxx/xxx/xxxxxxxx.xxx).
• Berlin Declaration on Open Access to Knowledge in the Sciences and Humanities (2003), (xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx-xxxxxx).
• Declaración de CRUE/REBIUN en apoyo del modelo de acceso abierto, (xxxx://xxx.xxx.xx/XXXX/xxxxxxx/xxxxxxxxxxxxx/00/xxxxxx.xxx).
En el ámbito europeo tenemos que tener en cuenta las siguientes iniciativas:
• El Consejo de Investigación Europeo (ERC) publicó el 10 de enero de 2008 unas directrices propias sobre acceso abierto, en las cuales requiere que todas las publicaciones de proyectos financiados por el ERC revisadas por pares (peer-reviewed) sean depositadas en un repositorio de investigación —temático o institucional— y que sean de acceso abierto dentro de un plazo máximo de 6 meses.
• La Asociación Universitaria Europea (EUA) aprobó en el plenario celebrado en Barcelona el 26 xx xxxxx de 2008 las recomendaciones, Recommendations from the EUA Working Group on Open Access, y sobre todo las recomendaciones dirigidas a las universidades con respecto a la creación de repositorios institucio- nales y el desarrollo de políticas para la promoción del AO:
«III. A. Recomendaciones para la dirección de la universidad
1. Las universidades tienen que desarrollar políticas y estrategias institucionales que fomenten la disponibi- lidad de sus resultados de investigación con control de calidad (en la forma de artículos de investigación y otros resultados) para el abanico más amplio posible de usuarios, y maximizar su visibilidad, accesibili- dad e impacto científico.
2. El enfoque básico para conseguirlo sería la creación de un repositorio institucional o la participación en un repositorio compartido. Estos repositorios tendrían que establecerse y gestionarse de acuerdo con las mejores prácticas actuales (siguiendo las recomendaciones y las pautas de DRIVER y proyectos simi- lares), cumpliendo con el protocolo del OAI-PMH y permitiendo la interoperabilidad y el futuro trabajo en red para un uso más amplio.
3. Las políticas institucionales universitarias requerirían que sus investigadores depositaran (autoarchivaran) sus publicaciones científicas en su repositorio institucional en el momento de la aceptación para publica- ción. Las prohibiciones lícitas de divulgación serían aplicables solo a la fecha de la provisión en acceso abierto, y no a la fecha de depósito. Estas políticas tendrían que estar de acuerdo con las políticas de in- vestigación de agencias de financiación para la investigación de ámbito nacional y europeo, como el ERC.
4. Las políticas universitarias deberían incluir derechos de autor en la gestión de derechos de propiedad in- telectual institucional (IPR). Sería responsabilidad de la universidad informar a sus docentes investigadores sobre la gestión de IPR y derechos de autor con el fin de asegurar la compartición más amplia y la reutili- zación del contenido de investigación digital que hubieran producido. Eso tendría que incluir una clara po- lítica de propiedad y gestión de derechos de autor que cubriera las publicaciones académicas y definiera
los procedimientos para asegurar que la institución tuviera derecho a utilizar el material producido por su personal para propósitos de profundización de la investigación, la enseñanza y la formación.
5. Las políticas institucionales universitarias tendrían que estudiar de qué manera podrían encontrarse recur- sos y la manera de ponerlos a disposición de los autores para las cuotas de autoría necesarias para sos- tener al modelo de “pago por parte del autor” del acceso abierto.»
• La plasmación en los VI y VII Programa marco I+D de la Unión Europea, que en este sentido el mes xx xxxxxx de 2008 inició el programa Open Access pilot in FP7 y, en diciembre de 2009, el proyecto Open Access Infrastructure for Research in Europe (OpenAIRE).
En el ámbito del Estado español hay que destacar la importancia que tendrá la futura Ley de la ciencia, la tec- nología y la innovación impulsada por el Ministerio de Ciencia e Innovación, en cuyo borrador del anteproyecto ya se fomenta claramente la publicación en acceso abierto de la investigación financiada con fondos públicos, como también se prevé la difusión en acceso abierto tanto en repositorios temáticos como en institucionales.
En el ámbito catalán, el Consejo Interuniversitario de Cataluña (CIC) acordó llevar a cabo diferentes actuacio- nes con la finalidad de impulsar el acceso abierto a la investigación de Cataluña y encargó a la Comisión General de Política Universitaria el seguimiento y la implantación de estas actuaciones. El plan de actuaciones para el ac- ceso abierto en Cataluña tiene como hito clave el horizonte 2012, cuando «en los procesos de evaluación de pro- yectos de investigación, de acreditación del profesorado, de evaluación de la investigación (sexenios) o de con- cursos de promoción interna se tengan en cuenta exclusivamente las publicaciones incluidas en un repositorio de acceso abierto». Este informe fue aprobado en el plenario del CIC en fecha de 22 xx xxxxx de 2009.
2. Política institucional de acceso abierto
Con el fin de promover la difusión de la ciencia en acceso abierto y siguiendo las ya mencionadas recomendacio- nes del Consejo de la Asociación Universitaria Europea y las de la Declaración de Berlín, firmada por esta univer- sidad el 2 xx xxxxx de 2006, la Universitat Oberta de Catalunya acuerda las siguientes condiciones:
QUIÉN Y QUÉ | Los miembros de la comunidad de investigación de la Universitat Oberta de Catalunya tienen que depositar sus publicaciones de investigación (artículos de revista, textos presentados en congresos, documentos científico- técnicos, libros o capítulos de libros, informes de búsqueda, etc.) llevadas a cabo en el marco de su actividad en la UOC en el repositorio institucional de la Universidad. |
Los miembros de la comunidad académica de la Universitat Oberta de Catalunya deben depositar sus publicaciones académicas (materiales docentes o módulos didácticos) realizadas en el marco de la actividad docente de la UOC en el repositorio institucional de la UOC.1 Asimismo, se promueve también el depósito con acceso abierto de todos los objetos de aprendizaje que puedan ser de interés para los estudiantes o los profesores (PEC, exámenes, ejercicios, etc.). | |
Los doctorandos de la Universitat Oberta de Catalunya que son beneficiarios de una beca predoctoral competitiva (como las becas IN3-UOC para la realización de tesis doctorales o las concedidas por otras entidades, como el Mi- nisterio de Ciencia e Innovación y la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación de Cataluña), es decir, que están sujetos a la modalidad de enseñanza presencial y a tiempo completo, están obligados a depositar una copia electrónica de las tesis doctorales leídas en la UOC en el repositorio institucional. | |
Los estudiantes de la Universitat Oberta de Catalunya, tal y como indica la normativa de prácticums y trabajos o proyectos de fin de máster, grado o carrera2 están sujetos a la obligación de depósito en el repositorio institucional de estos trabajos, que serán de libre consulta para su uso docente y de divulgación. En el caso de que haya datos que deban protegerse, tales como datos personales o xx xxxxxxx empresarial, esta información tendrá que retirarse antes de su depósito o bien puede restringirse la consulta a los usuarios de la comunidad UOC. |
1. Los materiales didácticos que se desarrollan en la UOC con licencia de acceso abierto se publican en el OCW de la UOC (xxxx://xxx.xxx.xxx) y el repositorio institucional de la UOC se retroalimenta de estos materiales, sin duplicar gestiones ni esfuerzos.
2. La Normativa de prácticums y trabajos y proyectos de final xx xxxxxxx indica bajo el epígrafe «Publicación y archivo de los trabajos»: «Una copia del trabajo que haya elaborado el estudiante para superar los créditos del prácticum o del trabajo o proyecto de fin xx xxxxxxx quedará archivada en la Biblioteca de la UOC y será de libre consulta para su uso docente y de divulgación, a menos que en el trabajo el autor manifieste explícitamente su carácter confidencial. El estudiante podrá publicar los trabajos bajo la protección de la propiedad intelectual e industrial o según la licencia escogi- da; copyleft -GNU/Linux-, Creative Commons, etc.»
CÓMO | Para hacerlo, se tendrán en cuenta, si procede, las condiciones establecidas por las editoriales con relación al archivo de los documentos en repositorios de acceso abierto. Si estas condiciones no permiten incluir la última versión de la publicación, hay que incluir la publicación preliminar o, como mínimo, los metadatos completos que la describen y el texto completo, que quedará en acceso restringido con un embargo de 12 meses como máximo en el caso de los documentos de investigación. Los materiales docentes se publicarán en primer lugar bajo copyright durante un determinado periodo de tiempo, para pasar a publicarse con una licencia Creative Commons con posterioridad. Como se indica en el Acuerdo por el Consejo de Gobierno sobre mejoras en la gestión de los derechos de autor y de impulso a la contratación y difusión de contenidos en abierto (23/11/2013). |
El archivo de los documentos tiene que llevarse a cabo justo después de la aceptación para su publicación y en cualquier caso en un plazo no superior a 12 meses. | |
De manera complementaria, la UOC recomienda a su comunidad académica la publicación, cuando sea posible, en revistas de acceso abierto.3 | |
La Universidad tendrá en cuenta el número de documentos depositados como uno de los baremos de financiación de los grupos de investigación y, a partir del 1 de enero de 2012, solo se considerarán las publicaciones deposita- das en el repositorio en los concursos y convocatorias internas de la UOC, tal y como prevé el Consejo Interuniver- sitario de Cataluña para todas las universidades catalanas. |
Por otra parte, la UOC, con respecto a los documentos de su comunidad académica y de investigación deposi- tados en el repositorio de la institución, se compromete a las siguientes acciones:
COMPROMISOS | Velar por el respeto a los derechos de propiedad intelectual de los autores. |
Velar por la integridad de los datos y metadatos introducidos por los autores. | |
Seguir las normativas y los criterios internacionales para repositorios de acceso abierto. | |
Coordinarse con el resto de instituciones del sistema universitario a fin de que los recolectores de producción cien- tífica y académica de ámbitos nacional e internacional (RECERCAT, MDX, TDX, OCW, RECOLECTA, DRIVER, etc.) puedan recoger el conocimiento generado por la UOC y dar acceso a él. | |
Incrementar la visibilidad y la interoperabilidad de la producción científica incorporando el repositorio en buscadores académicos, portales, directorios, etc. (Scirus, GoogleScholar, OAISTER, OpenDOAR, etc.). | |
Preservar y mantener el acceso perpetuo a los documentos depositados en el repositorio. | |
La UOC se compromete a dejar en manos del autor el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de su obra. En ningún caso el hecho de publicar en el repositorio institucional es incompatible con la publicación del documento con editoriales comerciales, dado que la UOC se compromete a no hacer renunciar a los autores a sus derechos xxxxxxx o de explotación. La UOC solo adquiere los derechos necesarios para la difusión de la obra y para hacer cambios de versión digital del documento para propósitos de seguridad y preservación. |
3. Hay que tener en cuenta que esta recomendación, que no obligación, conlleva que la UOC tenga que facilitar, en su caso, a quien lo quiera hacer un presupuesto que puede ir de los 500 a los 2.000 euros, cuota que marcan los diferentes editores internacionales para optar en la publicación de su trabajo de investigación en opción Open Choice.
3. Interoperabilidad
3.1. Evaluación de la investigación y repositorio institucional
Se garantiza la relación entre el programa de Gestión Integral de la Investigación (GIR) de la UOC y el repositorio institucional (O2), de manera que una vez introducidos los metadatos de los artículos en el GIR pueda almacenar el texto completo del documento descrito en el repositorio institucional en las condiciones anteriormente men- cionadas de manera rápida y eficaz.
Este depósito se hace en régimen de autoarchivo, y la Oficina de Apoyo a la Investigación y a la Transferencia (OSRT), junto con la Biblioteca, vela por la integridad de los datos introducidos.
3.2. Protocolos de interoperabilidad
El repositorio institucional O2 utiliza la aplicación de software libre DSpace, cuyas características técnicas se adaptan al modelo de referencia ISO 14721:2003 Open Archival Information System (OAIS).
La UOC se compromete a seguir los protocolos estándares de intercambio de metadatos actuales (OAI-PMH, OAI-ORE y SWORD) y los que puedan aparecer en el futuro con el fin de incrementar la visibilidad y la interopera- bilidad de los contenidos del repositorio.
4. Referencias bibliográficas
• Acord pel Consell de Govern sobre millores en la gestió dels drets d’autor i d’impuls a la contractació i difu- sió de continguts en obert (23/11/2014). [Documento en línea]. [Fecha de consulta: 25 xx xxxxx de 2013].
<xxxx://xx.xxx.xxx/XXX/x/xxxxxxxx/xxxx/xxxxxxx/xxx/00000000_XXxX_xxxxxxxx_xxxxxx_xxxx_xxxxx.xxx>
• Berlin Declaration on Open Access to Knowledge in the Sciences and Humanities (2003) [Documento en línea]. [Fecha de consulta: 23 de septiembre de 2009].
<xxxx://xx.xxx.xx/xxxxxxxxxx-xxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx>
• Borrador de anteproyecto xx Xxx de la ciencia y la tecnología (2009) [Documento en línea]. [Fecha de con- sulta: 30 xx xxxxx de 2010]. <xxxx://xxx.xx.xx/xxxxxx/xxxxxxxxxx/Xxx_xxxxxxx_xxxxxxxx_x_xxxxxxx_Xx- rrador_UNO_Hecho_publico_V_22_02_10.pdf>
• Budapest Open Access Initiative (2001) [Documento en línea]. [Fecha de consulta: 23 de septiembre de 2009]. <xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxxxx>
• Commission of the European Communities. Communication from the Commission to the European Par- liament, the Council and the European Economic and Social Committee on scientific information in the digital age: access, dissemination and preservation (2007) [Documento en línea]. COM (2007) 56 final. SEC (2007)181. [Fecha de consulta: 23 de septiembre de 2009].
<xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxx_xxxxxxx/xxx_00/xxxxxxxxxxxxx-000000_xx.xxx>
• Consell Interuniversitari de Catalunya. Comissió General de Política Universitària. Subcomissió promotora de mesures afavoridores de l’Accés Obert. Informe sobre els treballs de la subcomissió promotora de me- sures afavoridores de l’accés obert, en compliment de l’acord de la Junta del Consell Interuniversitari de 8 d’octubre de 2008 (2009) [Documento en línea]. [Fecha de consulta: 30 xx xxxxx de 2010].
<xxxx://xxxx.xxxx.xxx/xxx/XXX_0000_XxxxxXxxxx_Xxx.xxx>
• Dublin Core Metadata Initiative. DCMI metadata terms (2008) [Documento en línea]. [Fecha de consulta: 23 de septiembre de 2009]. <xxxx://xxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxx-xxxxx/>
• EUA Council. Recommendations from the EUA Working Group on Open Access (2008) [Documento en línea]. [Fecha de consulta: 28 xx xxxxx de 2010]. <xxxx://xxx.xxx.xx/xxxx0xxxx/xxx/xxx_xxxxxxxxxx/xxx- hFile.php?cuid=2122&file=fileadmin/user_upload/files/Policy_Positions/Recommendations_Open_Access_ adopted_by_the_EUA_Council_on_26th_of_March_2008_final.pdf>
• European Commission. Open Access Pilot in FP7 (2008). [Documento en línea]. [Fecha de consulta: 28 xx xxxxx de 2010].
<xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxx-xxxxxxx/xxxxxxxx_xxxxxxx/xxx_00/xxxx-xxxxxx-xxxxx_xx.xxx>
• European Research Council. ERC Scientific Council Guidelines for Open Access (2007) [Documento en línea]. [Fecha de consulta: 23 de septiembre de 2009].
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• Xxxxx i Cisa, X. Xxxxxx xx xxx. «El papel de las instituciones en favor del acceso abierto» (2010). 4as Jornadas OS-Repositorios. Barcelona, 3-5 xx xxxxx de 2010. <xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/00000/0000>
• Xxxxxx, Xxxxxxxx (2010). «Validador de políticas de acceso abierto». 4as Jornadas OS-Repositorios. Bar- celona, 3-5 xx xxxxx de 2010. <xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/00000/0000>
• REBIUN. Declaración de REBIUN en apoyo del modelo de acceso abierto (2004) [Documento en línia]. [Fecha de consulta: 23 de septiembre de 2009]. <xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx/0000/00/00/xxxxxxxxxxx- de-rebiunen-apoyo-del-modelo-de-acceso-abierto/>
• Universitat Oberta de Catalunya (2010). Normativa de pràcticums i treballs/projectes de final xx xxxxxxx. [Fecha de consulta: 0 xx xxxxx xx 0000].
xxxxx://xx.xxx.xxx/XXX/x/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxx/xxxx_xxxxxxxxx/xxxxx.xxxxx