Contract
PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS, JURIDICAS Y ECONOMICO- ADMINISTRATIVAS QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACION POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE “ RETIRADA, TRASLADO, DEPÓSITO Y CUSTODIA DE VEHÍCULOS EN LA VÍA PÚBLICA”.
1. OBJETO
1.1 Es objeto de este Pliego la contratación por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxx de la GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE “RETIRADA, TRASLADO, DEPÓSITO Y CUSTODIA DE VEHÍCULOS EN LA VÍA PÚBLICA”, que se realizará confor- me a las prescripciones establecidas en el pliego de condiciones técnicas ANEXO y con arreglo a la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por e Real Decreto Legislativo 339/1190, de 2 xx xxxxx, en materia sancionadora.
1.2 La codificación del objeto del contrato, según el Vocabulario Común de Contratos Pú- blicos (CPV) aprobado por el Reglamento 213/2008-CE, de 28 de noviembre de 2007, es 65000000.
1.5 Toda la información relativa a la contratación derivada de la presente convocatoria se publicará en el perfil del contratante en la página web xxx.xxxxxx.xx.
2. REGULACION JURIDICA
2.1 El objeto del presente pliego de condiciones está tipificado como contrato de GES- TIÓN DE SERVICIO PÚBLICO y se regirá por las prescripciones contenidas en este pliego, la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de Contra- tos de las Administraciones Públicas, en lo que no se oponga a la Ley antes citada, y su- pletoriamente, las normas de Derecho Administrativo y, en su defectos, las normas de Derecho Privado que le sean de aplicación.
2.2 Su adjudicación se realizará mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, en base con lo establecido en el art. 122 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, utilizándose los criterios de adjudicación que se relacionan en la cláusula 7 del presente pliego y anunciándose en el Boletín Oficial de la Región y en el perfil del contratista, de conformidad con lo establecido en el art. 126.
3. CANON
No se establece canon fijo. Los licitadores fijarán el porcentaje a abonar al Ayuntamiento, siendo el mínimo el 1% sobre la recaudación del servicio de manera trameada a partir de los 14.001 vehículos retirados anualmente, según el siguiente detalle:
Vehículos retirados Retribución a la Canon al
Por denuncia Concesionaria Ayuntamiento
Hasta 14.000 vehículos ................................ 100% Tasa 0% Tasa
De 14.001 a 15.000 vehículos.................... (100-A)% Tasa A% Tasa
De 15.001 a 16.000 vehículos.................... (100-B)% Tasa B% Tasa
De 16.001 a 17.000 vehículos.................... (100-C)% Tasa C% Tasa
De 17.001 a 18.000 vehículos.................... (100-D)% Tasa D% Tasa
Más de 18.000 vehículos ........................... (100-E)% Tasa E% Tasa
Donde el valor mínimo de cada tramo no puede ser inferior a 1% (para A, B, C, D o E)
En caso de ofrecer canon por debajo de 14.000 vehículos deberá acreditar la viabilidad del proyecto en el estudio económico.
El adjudicatario abonará, en su caso, el canon que resulte por cada trimestre, de forma anticipada, dentro de los días uno al cinco del primer mes del siguiente trimestre, me- diante el oportuno ingreso en forma reglamentaria en la Caja Municipal de este Excmo. Ayuntamiento.
4. TARIFAS
Serán las establecidas por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. Se adjuntan al presente pliego las tarifas vigentes en la actualidad.
Los servicios demandados por la Administración Municipal, y no incluidos en los con- ceptos anteriores, y cuyo costo no sea repercutible conforme a la legislación a terceros, no devengarán costo alguno. Concretamente, en ningún caso podrá facturarse al Excmo. Ayuntamiento las actuaciones relacionadas con vehículos de propiedad municipal, ni traslados de vehículos debidos a razones de fuerza mayor o no imputables a los titulares de los mismos.
Estas tarifas deberán figurar en el estudio económico justificativo de la viabilidad de la oferta.
5. APTITUD PARA CONTRATAR
5.1 Podrán tomar parte en esta contratación las personas naturales o jurídicas que se tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten
su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a la cláusula 6 del presente pliego de condiciones.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional exigible para la realización de la actividad que constituye el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios.
5.2 La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula la actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate
La capacidad de obras de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presta- ción de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan re- glamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
Estos últimos, además, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Di- plomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancial- mente análoga y deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apodera- dos o representantes para sus operaciones y estar inscritas en el Registro Mercantil.
5.3 La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Con- tratos del Sector Público, se efectuará mediante testimonio judicial o certificación ad- ministrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
5.4 Podrán presentarse proposiciones escritas por diversos empresarios agrupados tempo- ralmente para la realización del objeto de esta contratación. Dichos empresarios queda- rán obligados solidariamente ante la Administración, y deberán nombrar en su proposi- ción un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejerci- tar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción
del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
En este caso cada una de las empresas deberá acreditar su capacidad de obrar y jurídica frente a la Administración de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
La duración de las Uniones Temporales de empresarios será coincidente con la del con- trato hasta su extinción.
5.5 En cuanto a las proposiciones formuladas por distintas empresas pertenecientes a un mismo grupo se estará a los dispuesto en el art. 86 del RD 1098/2001, de 12 de octu- bre, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
6. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FIANANCIERA Y TECNICA O PROFESIONAL
6.1 Dado el presupuesto del contrato objeto del presente Pliego, las empresas licitadoras deberán acreditar su solvencia técnica o profesional por los medios siguientes:
a. Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
b. Una relación de los servicios o trabajos similares realizados en los últimos tres años, que incluya importes, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, con certificado de ejecución por las entidades contratantes.
Respecto a la relación de los servicios o trabajos similares al que es objeto de la pre- sente licitación, deberá comprender como mínimo la siguiente experiencia:
▪ Gestión de servicios similares que den cobertura a una población de al menos
250.000 habitantes, ya sea a través de un contrato único o de varios contratos con un máximo de cuatro.
Se entiende por gestión de servicios objeto de la presente licitación y similares todos aquellos que acrediten la realización de actividades relacionadas con la reti- rada, traslado, custodia, gestión y tratamiento de vehículos por cualquier causa, incluidos vehículos abandonados y asistencia en carretera., siempre que para ello sea preciso utilizar medios semejantes a los exigidos para el cumplimiento del presente servicio.
c. Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresa- rio para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empre- sa.
d. Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su per- sonal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justi- ficativa correspondiente.
e. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documenta- ción acreditativa pertinente.
f. Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propó- sito de contratar.
6.2 Con independencia de lo establecido en el apartado anterior, los licitadores deberán acreditar necesariamente su solvencia económica y financiera, por uno o varios de los medios siguientes:
a. Informe de instituciones financieras, o en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros ofi- ciales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabi- lidad debidamente diligenciados.
6.3 La no aportación por parte de los licitadores en el plazo de presentación de ofertas esta- blecido en este Pliego, de toda la documentación necesaria establecida en esta cláusula y justificativa de la solvencia requerida, podrá ser causa automáticamente de exclusión de la oferta por considerar no subsanable la falta de aportación de dicha documentación exigida expresamente en el presente Pliego y que acredite la solvencia que se requiere.
7. CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
Los criterios objetivos que, de conformidad con el art. 134 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del Sector Público, se aplicarán en la valoración de las ofertas pre- sentadas serán los siguientes:
7.1 Criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor:
▪ Oferta técnica de los vehículos, equipaciones y sistemas del servicio ... hasta 15 puntos
▪ Por la valoración de la memoria de las condiciones de prestación
del servicio atendiendo a la calidad operativa y eficacia hasta 15 puntos
▪ Por el mejor emplazamiento de los depósitos de vehículos, en cuanto a la proximidad, accesibilidad y características. Se valora-
rá especialmente que el depósito sea cubierto ...................................... hasta 15 puntos
▪ Por otras mejoras que reduden en la mejor prestación del servicio
y que sean económicamente evaluables................................................... hasta 4 puntos
Se asignará la puntuación máxima prevista en este apartado a la oferta que mayor importe de mejoras oferte, puntuándose las de- más ofertas de forma proporcional según la siguiente fórmula:
Importe mejoras oferta X * Puntuación máxima
Puntuación mejoras oferta X = Mayor importe mejoras
7.2 Criterios valorables mediante la mera aplicación de fórmulas:
▪ Canon...................................................................................................... hasta 51 puntos
Se concederá un valor de 3 puntos por cada 1% de retribución al Ayuntamiento sobre el 1% mínimo establecido en la cláusula 3 del presente pliego de condiciones.
Se aportará estudio económico justificativo de la viabilidad de la oferta.
8. PROPOSICIONES
8.1 Las proposiciones para tomar parte en esta licitación se presentarán en TRES SOBRES CERRADOS, que podrán estar lacrados y precintados y en el que figurará, en cada uno de ellos, la siguiente INSCRIPCION:
"Proposición presentada por D...........(en nombre propio o en representación de , con
C.I.F ), para tomar parte en la licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento xx
Xxxxxx, para contratar el " "
En cada uno de los sobres, se añadirá además, respectivamente,
▪ “SOBRE 1” (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA)
▪ “SOBRE 2” (PROPOSICIÓN TÉCNICA)
▪ “SOBRE 3” (PROPOSICIÓN ECONÓMICA)
Dentro de cada sobre, se incluirá un índice comprensivo de todos los documentos que se incluyan en el mismo.
8.2 Los licitadores presentarán en el "SOBRE 1" (DOCUMENTACIÓN ADMINIS- TRATIVA), los siguientes DOCUMENTOS:
1. Identificación completa de la empresa, que incluya como mínimo dirección, teléfo- no, fax y persona de contacto.
2. D.N.I. o C.I.F. del licitador y del representante.
3. Escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Asimismo, aportarán Poder notarial en caso de actuar en representación de otra per- sona o entidad, DEBIDAMENTE BASTANTEADO por la Directora de los Servicios Jurí- dicos.
4. Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas por la actividad correspon- diente, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. En caso de que el licitador haya iniciado la activi- dad en el presente ejercicio, presentará únicamente el documento acreditativo del alta en el referido Impuesto.
En su caso, las empresas licitadoras podrán acreditar la exención en el mencionado Impuesto, mediante declaración responsable expedida al efecto.
5. Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, que incluya la mani- festación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
6. Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica o pro- fesional de la Empresa, conforme a lo establecido en la cláusula 6 del presente plie- go de condiciones.
7. Propuesta de Póliza de seguro de responsabilidad civil, por importe mínimo de
600.000,00 € o copia de la Póliza que tenga suscrita la empresa.
En general, de la documentación jurídica y administrativa, podrán presentarse origina- les o copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente.
8.3 Los licitadores presentarán en el SOBRE 2 (PROPOSICIÓN TÉCNICA), exclusiva- mente la documentación relativa a los criterios objetivos para la adjudicación del con- trato establecidos en la cláusula 7.1.
En ningún caso se incluirá en este sobre la documentaicón relativa a los criterios reco- gidos en la cláusula 7.2. La inclusión de dichos datos en ese sobre supondrá la excluida automática de la correspondiente oferta.
En caso de que el licitador considere que en su proposición técnica existen documentos de carácter confidencial, deberá detallar qué documentación tiene ese carácter me- diante la oportuna declaración firmada todo ello a efectos previstos en el art. 124 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
8.4 En el "SOBRE 3" los licitadores presentarán los siguientes documentos:
• Proposición económica, que se redactará conforme al siguiente modelo:
"D.........., vecino de......., con domicilio en......, nº..., con D.N.I. nº......, expedido
en......, el...., de......., de 20.., en nombre propio (o en representación de......, con C.I.F.: …) conforme acredito con poder notarial declarado bastante, otorgado ante xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de …., D. ……, con fecha ….. y nº de protocolo….; ente- rado del anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx nº , del
día..., de........, de 20.., y xxx Xxxxxx de Condiciones Jurídicas, Facultativas y Eco- nómico-Administrativas, con destino a la contratación, por PROCEDIMIENTO ABIERTO, del " ", cuyo contenido conoce y acepta íntegramente, se
compromete a la realización del mencionado contrato, con arreglo a todas y cada una de las cláusulas del mencionado Pliego de Condiciones y memoria que acom- paña, siendo el porcentaje sobre las tarifas a abonar al Ayuntamiento el siguiente:
Vehículos retirados Retribución al
Por denuncia Ayuntamiento
Hasta 14.000 vehículos % Tasa
De 14.001 a 15.000 vehículos % Tasa
De 15.001 a 16.000 vehículos % Tasa
De 16.001 a 17.000 vehículos % Tasa
De 17.001 a 18.000 vehículos % Tasa
Más de 18.000 vehículos % Tasa
Se acompaña en el "SOBRE 1" la documentación exigida en la cláusula 8.2 xxx Xxxxxx de Condiciones y en el “SOBRE 2” la proposición técnica, en la que no se hace alusión alguna a la presente oferta económica.
Se señala como número de fax a efectos de las notificaciones que procedan en cuantas actuaciones se sigan del presente procedimiento el siguiente: .................
Fecha y firma del proponente".
• Estudio económico lo más detallado posible justificativo del canon ofertado y de la viabilidad económica.
• Se indicará igualmente en este sobre, en su caso, la parte del contrato que el licitador tenga previsto subcontratar, señalando importe, nombre o perfil empresarial, por referencia a las condiciones de solvencia que reúnan los subcontratistas.
• En caso de que el licitador considere que a su proposición económica existen do- cumentos de carácter confidencial, deberá detallar qué documentación tiene ese carácter mediante la oportuna declaración firmada todo ello a efectos previstos en el art. 124 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
• En los casos en que concurran empresas comprendidas en un mismo grupo, según lo dispuesto en la cláusula 5.5, se deberá adjuntar a la proposición económica declara- ción sobre los extremos que se concretan en dicha cláusula.
9. PRESENTACIÓN DE PLICAS
Las plicas para esta licitación se entregarán en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, hasta las DIEZ HORAS del día en que finalice el plazo de QUINCE DIAS naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx (en caso de finalizar dicho plazo en sábado o en día festivo será el siguiente día hábil), y se admitirán cuantos sobres se presenten, siempre que reúnan las condiciones externas reglamentarias.
10. APERTURA DE PLICAS
10.1 Tendrá lugar en la Casa Consistorial ante la Mesa de Contratación, que estará consti- tuida por los siguientes miembros:
▪ Presidente:
- Xxxxxxxx xx Xxxxxxx de Presidencia.
▪ Vocales:
- Directora de los Servicios Jurídicos.
- Interventora General de la Corporación.
- Inspector Jefe de Policía Local.
- Director Económico y Presupuestario.
- Jefe de Sección de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.
▪ Secretario:
- Jefe de Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.
10.2 Reunida la Mesa, procederá a la calificación de la documentación a la que se refiere el artículo 130 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (SO- BRE 1). Si la mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados mediante fax, a fin de que, en un plazo má- ximo de DOS DÍAS HÁBILES presenten y acrediten la subsanación, directamente en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial xxx Xxxx- tamiento, hasta las quince horas del día en que venza el plazo señalado. Seguida- mente se extenderá Acta de Calificación y Selección.
10.3 Por la Mesa se realizará el acto público de apertura de proposiciones técnicas que con- tienen los criterios cuya valoración dependa de un juicio de valor (SOBRE 2), que ten-
drá lugar el martes o jueves siguiente a la fecha de vencimiento de la licitación, siempre que hayan transcurrido los dos días hábiles mencionados en la cláusula anterior. Si no hubiera transcurrido el plazo citado, se retrasará la apertura de las proposiciones hasta el primer martes o jueves siguiente al vencimiento del plazo de subsanación seña- lado. En todo caso, dicha apertura tendrá lugar antes de que hayan transcurrido siete dí- as desde la apertura del SOBRE 1 (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA).
La referida documentación se entregará al Servicio de Policía Local para su valoración, la cual deberá ser emitida en un plazo xxxxxx xx xxxx días naturales.
10.4 El Ayuntamiento podrá pedir aclaraciones a las ofertas presentadas para una mejor comprensión de las mismas. En ningún caso dichas aclaraciones podrán suponer modi- ficación de los términos de la proposición efectuada.
10.5 Una vez valorada la proposición técnica, por la Mesa se realizará el acto público de apertura de las proposiciones económicas [SOBRE 3]. En dicho acto se dará a conocer el resultado de la valoración de los criterios contenidos en el SOBRE 2. El referido acto público de apertura de la proposición económica deberá tener lugar antes de que haya transcurrido el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
11. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACION
11.1 Las proposiciones presentadas, se clasificarán por orden decreciente, atendiendo a los criterios establecidos en la cláusula 7 del presente pliego de condiciones.
11.2 El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económi- camente más ventajosa, entendiéndose como tal la que mayor puntuación haya obtenido en la valoración de los criterios establecidos, para que dentro del plazo xx XXXX DÍAS hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
▪ Justificante de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributa- rias y con la Seguridad Social o autorización al órgano de contratación para obte- ner de forma directa la acreditación de ello.
▪ Justificante de haber constituido la garantía definitiva, a que se refiere la cláusula 12.
▪ Acta de manifestaciones, ante Notario, de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
▪ Póliza del seguro de responsabilidad civil por importe de 600.000,00 €, en caso de haber presentado la propuesta, y justificante de pago del último recibo de recibo.
▪ Escritura de constitución de la Unión Temporal de Empresas, en su caso.
▪ Justificante acreditativo del pago de los anuncios de licitación.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se enten- derá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas
11.4 La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada dentro de los CINCO DIAS hábiles siguientes a la recepción de la documentación a que se refiere el apartado 2 de la presente cláusula, y será publicada en el Perfil del Contratante y notificada al adjudicatario mediante fax. A tal efecto deberá consignar el número de fax en la proposición económica.
La notificación al resto de participantes en la licitación se realizará mediante publi- cación en el Tablón de Anuncios del Servicio de Contratación, Suministros y Responsa- bilidad Patrimonial, de conformidad con el art. 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de No- viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero
12. GARANTÍA DEFINITIVA
12.1 La garantía definitiva habrá de constituirse dentro del plazo indicado en la cláusula
11.2 y se fija en la cantidad de 36.000 €.
La garantía definitiva podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 84 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
12.2 Para el caso de que se utilice la modalidad de ingreso en efectivo, se procederá del si- guiente modo:
a. Se ingresará directamente o mediante transferencia bancaria a favor del Ayunta- miento xx Xxxxxx, en la cuenta siguiente: CAJAMAR: Cuenta de abono 3058-0437- 29-2732010010.
b. En los abonos deberá figurar el N.I.F. o C.I.F., nombre y apellidos o razón social de la empresa ordenante, así como la indicación de que se trata de «fianza definitiva», sucinta descripción del contrato para el que se deposita y número de expediente.
12.3 Para el caso de que se presente en valores, mediante aval o seguro de caución, deberá depositarse necesariamente en la Caja de la Corporación y se realizará conforme a los modelos contenidos en los anexos del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, con la salvedad de que el término "Caja General de Depósitos" ha de sustituirse por "Caja del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx".
13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
13.1 El contrato derivado de la adjudicación del servicio objeto del presente pliego de condi- ciones se perfeccionará con su formalización, que se efectuará en documento adminis- trativo, sin perjuicio de los establecido en al art. 140 de la Ley de Contratos del Sector Público, dentro del plazo de QUINCE DÍAS hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación.
13.2 No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
14. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato derivado de la adjudicación de la actividad objeto del presente Pliego será de CINCO AÑOS, a contar desde la fecha de formalización del contrato.
Dicho contrato podrá ser prorrogable anualmente por CUATRO AÑOS más, si se acuerda de forma expresa antes de su finalización, previo informe favorable del Servicio Municipal promotor del expediente.
15. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario está obligado a organizar y prestar el servicio derivado de la adjudica- ción objeto de este pliego, con estricta sujeción a lo dispuesto en el presente Pliego de Condiciones, oferta por el mismo presentada y a las órdenes que esta Administración le dé para la mejor realización del servicio adjudicado, el cual será fiscalizado en todo momento por el Jefe del Servicio Municipal promotor del expediente.
16. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación podrá introducir modifica- ciones en el mismo por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, dentro de los límites y con sujeción a lo establecido en el art. 258 de la ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
17. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
17.1 El adjudicatario se obliga al cumplimiento de las leyes protectoras del trabajo, relativas a seguridad e higiene, incluso de la de Previsión y Seguridad Social, en todos sus as- pectos y regulaciones, quedando exenta la Entidad Municipal contratante de cualquier
responsabilidad por incumplimiento de dichas disposiciones y demás de carácter laboral que se produzcan por el adjudicatario.
Igualmente, éste se obliga a cumplir lo dispuesto en las leyes protectoras de la industria nacional, en todos sus aspectos y normas vigentes, así como las de seguridad e higiene en el trabajo.
Asimismo, las empresas que empleen un nº de trabajadores fijos que exceda de 50 ven- drán obligadas a cumplir lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 xx Xxxxx, sobre integra- ción social de los minusválidos, así como R.D. 1451/1983, de 11 xx Xxxx y demás normativa complementaria.
17.2 Serán de cuenta de la contrata todos los tributos, contribuciones y arbitrios de cualquier esfera fiscal, los que, por considerarse incluidos en los precios ofertados, no podrá re- percutirse como partida independiente.
17.3 La empresa contratista responderá objetivamente y, en su consecuencia, deberá indem- xxxxx todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia del con- trato adjudicado, conforme a lo establecido en el artículo 198 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
17.4 La contrata será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial, y deberá indemnizar a la Administración de todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gas- tos derivados de las que, eventualmente, puedan dirigirse contra la Administración Mu- nicipal.
17.5 De conformidad con lo establecido en el art. 43.1 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, así como en el art. 49.d) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y en los arts. 13 a 16 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos, la empre- sa contratista tendrá las siguientes obligaciones:
a) Aportar, antes de su vencimiento y hasta la finalización del contrato, sin que medie reclamación por parte de esta Administración, nuevas certificaciones acreditativas de estar al corriente en las obligaciones tributarias (Estado y Ayuntamiento) y de la Se- guridad Social.
b) En caso de prórroga de la contratación, se deberá aportar junto con la solicitud de prórroga, que debe formular el adjudicatario, y antes de que recaiga acuerdo, las co- rrespondientes certificaciones de estar al corriente de sus obligaciones tributarias (Estado y Ayuntamiento) y con la Seguridad Social.
18. EJECUCIÓN DEFECTUOSA Y DEMORA
El Organo de Contratación, en caso de incumplimiento, a propuesta del Jefe de Servicio donde se realice la actividad objeto del contrato, previa tramitación de las actuaciones oportunas y con audiencia del contratista, podrá imponer a éste multas con arreglo a lo previsto en el art. 196 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Pú- blico, en base a las penalidades señaladas por la Jefatura del Servicio Municipal, que a continuación se especifican:
A. INFRACCIONES:
⮚ Faltas Leves:
▪ La falta de atención y consideración al usuario, por personal al servicio de la empresa concesionaria.
▪ El retraso o la tardanza de minutos en ejecutar órdenes o prestar servicios re- queridos por la Policía Local.
▪ La omisión de datos y la tardanza de horas en su entrega cuando le sean solici- tados por la Policía Local.
⮚ Faltas Graves:
▪ El incumplimiento de las órdenes dictadas por el Ayuntamiento relativas a la prestación del servicio.
▪ La ocultación, omisión, deformación o negociación de datos e informes que se soliciten por la Inspección Municipal.
▪ El incumplimiento de los horarios, la no utilización de los medios materiales ofertados o autorizados, así como el mal estado de conservación de los mismos.
▪ El incumplimiento de las obligaciones reglamentarias con el personal propio.
▪ Cualesquiera otras negligencias de carácter grave, que a juicio del Ayunta- miento merezca tal condición, atendiendo a las consecuencias que de las mis- mas se pudieran derivar.
⮚ Faltas Muy Graves:
▪ La demora en el comienzo de prestación de los servicios sobre la prevista o in- terrupción injustificada en su prestación, salvo causa de fuerza mayor, así co- mo cualquier incumplimiento de las obligaciones del apartado 1.2 del Anexo – Prescripciones Técnicas.
▪ Los actos y omisiones que puedan se motivo de peligro par ala seguridad pú- blica, así como la tardanza o negligencia en corregir defectos o situaciones que determinen peligro para las personas x xxxxx.
▪ La contumacia comprobada en incumplir las instrucciones y órdenes de la Ins- pección Municipal.
▪ Cualquier práctica defraudatoria o irregularidad grave en la forma xx xxxxxx- ción del servicio que suponga discriminación para los usuarios o enriqueci- miento injusto.
▪ Cualquier conducta que suponga abandono o deterioro culposo o negligente de las instalaciones que integran el Servicio.
▪ Alteración o no cobro injustificado en la recaudación de las tarifas aprobadas.
▪ No ingresar el canon concesional correspondiente, en su caso.
▪ Incumplimiento de los criterios que han sido decisivos para la adjudicación.
▪ Cualquier otro incumplimiento de carácter transcendente o que perjudique el interés público.
B. SANCIONES:
⮚ Faltas Leves: hasta el 2% del importe total del contrato.
⮚ Faltas Graves: desde el 2% hasta el 5% del importe total del contrato.
⮚ Faltas Muy Graves: desde el 5% hasta el 10% del importe total del contrato o la resolución del mismo.
19. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Con independencia de las faltas que puedan causar la resolución del contrato de con- formidad con lo establecido en la cláusula anterior, motivarán la resolución del mismo las enumeradas en el art. 262 de la Ley 30/2007, de 30 de noviembre, de Contratos del Sector Público, con los efectos previstos en el art. 264.
20. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATO
20.1 Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el adjudi- catario a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no ha- yan sido razón determinante de la adjudicación del contrato y que se cumplan los requi- sitos establecidos en el art. 209 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
20.2 Salvo que por su naturaleza y condiciones se deduzca que ha de ser ejecutado directa- mente por el adjudicatario, este podrá éste concertar con terceros la realización par- cial de la prestación, en las condiciones establecidas en los art. 210 y 211 de la mencio- nada Ley.
De conformidad con lo establecido en el art. 265 de la mencionada Ley, la subcontrata- ción solo podrá recaer sobre prestaciones accesorias.
21. CONFIDENCIALIDAD
De conformidad con lo establecido en el art. 124 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el contratista y todos sus empleados deberán respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se hubiese dado el referido carácter, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante el plazo mínimo de cinco años desde el conocimiento de la información.
Dicho extremo se considera obligación contractual esencial a los efectos establecidos en el art. 206, apartado g) de la mencionada Ley.
22. GASTOS
El adjudicatario queda obligado a pagar el importe de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato.
El importe máximo de los gastos de publicidad asciende a la cantidad de 1.000,00 €.
23. INCIDENCIAS
Cuantas incidencias surjan entre la Administración y el contratista en la ejecución del contrato derivado de este Pliego por diferencias en la interpretación de lo convenido o de cualquier otra causa, se tramitarán mediante expediente administrativo, con audien- cia del contratista, que será resuelto por la Junta de gobierno Municipal. A este efecto, el director del servicio y el contratista pondrán en conocimiento de la Administración Municipal, por escrito, cualquier cuestión que pueda originar tales incidencias.
24. INTERPRETACIÓN
El contrato dimanante de la presente licitación es por su objeto fundamental y esencial- mente administrativo y sus términos serán interpretados por la Corporación, la cual asi- mismo, resolverá las dudas que ofrezca su cumplimiento, siendo los acuerdos de la misma inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho que asiste al contratista de proceder por la vía jurisdiccional correspondiente, y dando cumplimiento a lo dispuesto en el art. 194 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sectro Público
25. TRIBUNALES COMPETENTES
La contrata contrae la obligación de renunciar a todo fuero o privilegio, quedando so- metida a la jurisdicción contencioso-administrativa de este Municipio.
Murcia, 3 de enero de 2011. EL JEFE DEL SERVICIO,
Vº Bº
EL XXXXXXXX XX XXXXXXX DE PRESIDENCIA,
Examinado el presente Xxxxxx, y a los efectos del preceptivo informe jurídico, se hace constar que el mismo se ajusta a la legislación vigente no existiendo por tanto, inconveniente legal alguno para su aprobación.
Murcia, 3 de enero de 2011.
LA DIRECTORA DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS,
ANEXO – PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
1. OBJETO
1.1 El objeto del presente Pliego de Condiciones es la contratación de la prestación del "SERVICIO PÚBLICO DE RETIRADA, TRASLADO, DEPÓSITO Y CUSTODIA DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA", todo ello conforme con lo indicado en el presente Pliego de Condiciones, Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto arti- culado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto legislativo 339/1990, de 2 marzo, en materia sancionadora, así como cualesquiera otra normativa legal vigente o futura, en virtud de la cual corresponda a la Ad- ministración Municipal la realización del Servicio objeto del presente Pliego.
1.2 Obligaciones del Concesionario:
Serán obligaciones del concesionario con carácter general las establecidas en el art. 256 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, Contratos del Sector Público y en el art. 128 de Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales; y en particular será obligación del adjudicatario la correcta prestación del servicio con arreglo a la oferta adjudicada, tarifas aprobadas, prescrip- ciones del presente Pliego, normativa general aplicable, y muy especialmente la relativa a las relaciones laborales con los trabajadores, así como las órdenes que de esta Administración reciba para la mejor realización del servicio, con plena y exclusiva disponibilidad al servicio de la Policía Local de los medios humanos y materiales, indicados en las cláusulas del pre- sente Pliego.
Se destacan las siguientes obligaciones:
INMOVILIZACIÓN Y/O RETIRADA DE VEHÍCULOS
* Realizar el enganche/retirada de aquellos vehículos que conforme a la legislación correspondiente cometan infracciones administrativas o penales y proceda su inmovili- zación o retirada al depósito, actuando siempre bajo el control legal y supervisión de la Policía Local.
* Realizar el enganche/retirada o traslado de aquellos vehículos que aunque no se en- cuentren en el supuesto del punto anterior, así sea requerido por la Policía Local xx Xxxxxx, o por la Administración Tributaria Municipal, por razones de interés general, motivos de seguridad, accidentes, incendios, embargos, etc.
* Cuando se realice una actuación de retirada de un vehículo de la vía pública se de- berá dejar constancia de la misma; se formalizará un acta de retirada, que podrá ser te- lemática, conforme al modelo aprobado por la Jefatura del Servicio de Policía Local, en la que constará el número de Agente que ordena la inmovilización o retirada. Así mis- mo, se dejará señalizado el lugar de la retirada mediante pegatina u otro elemento de
similares características, según modelos que deberán ser aprobados por este Ayunta- miento, y que se deberá colocar en el sitio que ocupaba el vehículo con el fin de avisar al titular de la actuación del Servicio. Posteriormente, será obligación del concesionario, (en el supuesto de que el interesado no se persone o se ponga en contacto con el depó- sito de grúas en el plazo de tres días), la localización del titular de todo vehículo que haya ingresado por cualquier motivo en el depósito, o haya sido trasladado, por medio fehaciente, para informarle de la situación de su vehículo.
TIEMPO DE RESPUESTA
* A los efectos de actuación de los equipos de retirada y salvo causa justificada, el tiempo máximo de respuesta y acceso al lugar requerido por la Policía Local no supe- rará los 15 minutos.
LABORES DE GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE CUSTODIA
* Vigilancia y custodia en el depósito de los vehículos retirados.
* Cobro de las tarifas aprobadas y entrega de vehículos a sus titulares. El concesiona- rio se encargará de la gestión burocrática y del cobro de las tarifas, que según las dispo- siciones legales deban ser abonadas por los mismos con carácter previo a su entrega. El concesionario se encargará de comprobar la procedencia de la entrega del vehículo con- forme a las instrucciones de policía local
* Edición del libro registro y partes de información del Servicio, según modelos auto- rizados por el Ayuntamiento.
* Información directa a los ciudadanos interesados, y Servicios Municipales sobre los vehículos retirados. Las labores de información y el tratamiento de datos se efectuarán con la confidencialidad y requisitos de la Ley de Protección de datos, cumpliendo los deberes de sigilo y secreto, en los términos de la Ley 30/2007, 30 de octubre, de Contra- tos del Sector Público.
* Acatamiento de las instrucciones que para el mejor desarrollo del servicio les sean dados por la Policía Local.
* Mantenimiento en perfecto estado de funcionamiento y conservación de todos los medios materiales del Servicio.
* Abonar los gastos del personal, impuestos y demás gastos a que da lugar el servicio de conformidad con la normativa de Seguridad Social, Ley de Prevención de Riesgos Laborales y convenios laborales de aplicación.
* Obtención de cuantos permisos, autorizaciones y licencias sean precisos para la rea- lización del Servicio.
1.3 Prerrogativas de la Administración:
Este Ayuntamiento ostentará con carácter general las potestades recogidas en el art. 94 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
El Ayuntamiento asegurará el cumplimiento de las condiciones del contrato, así como de la legislación vigente y, a tal fin:
• Ostentará la facultad fiscalizadora a través de los servicios técnicos municipales, quienes la ejercerán con toda la amplitud que se considere necesaria y podrán imponer cuantas medidas consideren oportunas para la mejor prestación del servicio.
• Otorgará a la empresa adjudicataria la protección necesaria para poder efectuar el servicio en las debidas condiciones.
1.4 Condiciones Técnicas del Servicio:
a) Ámbito geográfico
El ámbito geográfico de prestación del servicio será el término municipal xx Xxxxxx.
b) Horario del servicio
El Servicio de retirada, depósito y custodia de vehículos se prestará de forma ininte- rrumpida las veinticuatro horas del día, todos los días del año.
c) Equipos en servicio
Se establece el siguiente número mínimo de grúas en servicios y su horario corres- pondiente:
1) De Enero a Junio y de Septiembre a Diciembre:
TURNO | DE LUNES A XXXXXXX | XXXXXX | XXXXXXX |
MAÑANA | 1 grúa de 07:30 a 14:30 1 grúa de 08:00 a 13:00 1 grúa de 09:00 a 13:00 1 grúa de 09:30 a 13:30 | 2 grúas de 07:30 a 14:30 | 1 grúa de 07:30 a 14:30 |
TARDE | 1 grúa de 14:30 a 21:30 1 grúa de 15:30 a 19:30 1 grúa de 16:00 a 20:00 1 grúa de 16:30 a 20:30 | 2 grúas de 14:30 a 21:30 | 1 grúa de 14:30 a 21:30 |
TURNO NOCHE | Domingo, lunes y martes. | Miércoles, Jueves, viernes y sábado |
1 grúa de 21:30 a 07:30 | 2 Grúas de 21:30 a 07:30 1 Grúa de 21:30 a 05:00 |
2) En el mes de Julio:
TURNO | DE LUNES A XXXXXXX | XXXXXX | XXXXXXX |
MAÑANA | 2 grúas de 07:30 a 14:30 | 1 grúa de 07:30 a 14:30 | 1 grúa de 07:30 a 14:30 |
TARDE | 2 grúas de 14:30 a 21:30 | 1 grúa de 14:30 a 21:30 | 1 grúa de 14:30 a 21:30 |
NOCHE | 1 grúa de 21:30 a 07:30 | 1 grúa de 21:30 a 07:30 | 1 grúa de 21:30 a 07:30 |
3) En el mes xx Xxxxxx:
TURNO | LUNES A XXXXXXX | XXXXXX | XXXXXXX |
MAÑANA | 1 grúa de 07:30 a 14:30 | 1 grúa de 07:30 a 14:30 | 1 grúa de 07:30 a 14:30 |
TARDE | 1 grúa de 14:30 a 21:30 | 1 grúa de 14:30 a 21:30 | 1 grúa de 14:30 a 21:30 |
NOCHE | 1 grúa de 21:30 a 07:30 | 1 grúa de 21:30 a 07:30 | 1 grúa de 21:30 a 07:30 |
Estos horarios podrán ser modificados para una mejor prestación del Servicio por la Jefa- tura de la Policía Local.
d) Modificaciones de los equipos en servicio
El Ayuntamiento podrá requerir de forma ocasional o permanentemente la modifi- cación del número de equipos en servicio.
El requerimiento en forma ocasional se realizará con un mínimo de 24 horas de antelación y no tendrán una duración superior a 1 mes.
El requerimiento en forma permanente, se realizará con un mínimo de antelación de dos meses.
e) Medios materiales del servicio
El adjudicatario deberá contar con los medios materiales idóneos y en perfecto esta- do para la realización del Servicio, que mínimamente serán los señalados a continuación
y que cumplirán con las siguientes condiciones:
- Todos los medios previstos para el servicio se consideraran adscritos al mismo, no pudiendo destinarse para otros usos sin la previa autorización municipal.
- Todos los medios materiales del Servicio serán propiedad del adjudicatario, cuya amortización deberá prever en el estudio económico del Servicio, hasta el vencimiento del contrato, momento en que pasarán a propiedad municipal, libres de cargas o gra- vámenes y en perfecto estado, pudiendo ser utilizados por el adjudicatario durante el tiempo de prórroga en las mismas condiciones que durante el contrato, deduciendo del precio del mismo el importe previsto por ellos en el estudio económico.
* Vehículos
− 5 vehículos grúa de última tecnología con capacidad para remolcar vehículos de hasta 2.000 Kg.
− 1 vehículo grúa especial para el transporte de motos y ciclomotores, con capacidad mínima de cinco vehículos cada uno.
− 1 vehículo grúa con capacidad hasta 5.000 Kg.
− Disponibilidad de 1 vehículo grúa con capacidad para recogida de vehículos de gran tonelaje. A tales efectos, en caso de carecer en propiedad de un vehículo de tales características técnicas, presentará al menos un contrato de arrendamiento con una empresa en el que quede acreditada la disponibilidad inmediata de dicho vehículo.
Todos los vehículos serán de nueva adquisición, e irán equipados con los correspon- dientes medios mecánicos, según la tecnología más avanzada y que permitan la realiza- ción del enganche del modo más eficiente.
Asimismo, deberá tenerse en cuenta que algunos de los vehículos deberán tener ca- pacidad para acceder a vías públicas estrechas que existen en nuestro Término Munici- pal, así como otros accesorios necesarios para realizar eficazmente el servicio.
Adicionalmente a lo anterior, la empresa dispondrá de tres vehículos, con accesorios para 2.000 Kg. de carga, que servirá de reserva de los anteriormente indicados y para la realización del aumento ocasional del servicio. Estos vehículos no tendrán que ser de nueva adquisición necesariamente, pero sí en estado óptimo para su funcionamiento.
El Ayuntamiento xx Xxxxxx podrá ceder para su uso por el adjudicatario el número de grúas y medios técnicos que con motivo de la extinción de la anterior concesión re- viertan a propiedad municipal.
Para el supuesto de ampliación permanente del servicio, se incorporarán vehículos
de nueva adquisición.
Todos los vehículos contarán con una identidad general que deberá obtener la previa aprobación municipal. Para el desempeño de su labor, los vehículos contarán con luces estroboscópicas, de alta visibilidad tanto en vías urbanas como interurbanas y demás elementos de señalización para las labores correspondientes, conforme a la normativa de aplicación.
* Medios de cobro
El adjudicatario contará con los equipos necesarios para permitir el pago electrónico mediante tarjeta de crédito/débito, o en metálico, de las tarifas del servicio por parte de los obligados al pago de las tarifas.
A estos efectos, además se gestionará con entidades bancarias interesadas la ubica- ción de un cajero automático en el depósito.
* Comunicación
Se dotará al Servicio de los medios de radio-transmisión necesarios para la perfecta comunicación entre los vehículos base del Servicio y Policía Local, y cuya cobertura se- rá el ámbito geográfico del servicio. El sistema de comunicación tendrá que ser compa- tible con el que utilice la Policía Local xx Xxxxxx.
Igualmente se dispondrá de teléfono y fax en las oficinas del depósito de vehículos, así como un teléfono permanente para información ciudadana con llamada gratuita, tipo 900, y de fácil memorización.
Todas las grúas deberán de disponer de un sistema de transmisión de datos e imáge- nes de forma telemática, de manera que puedan visualizarse desde la Sala 092, o lugar equivalente, los vehículos que estén cometiendo una infracción, y que permitan recep- cionar una orden telemática codificada por parte de un Agente de la Autoridad que transmita las instrucciones de proceder a su retirada una vez constatados los hechos. Asimismo todas las grúas deberán poseer un datáfono, al objeto de cobro mediante tar- jeta de crédito.
* Medios informáticos
El Servicio dispondrá del sistema informático, que será compatible con el de Policía Local, necesario para posibilitar su completa gestión mecanizada y que permita realizar mínimamente las siguientes operaciones:
- Conocimiento en tiempo real de los vehículos retirados o enganchados, lugar de operación, motivo de la actuación, agente ordenante, equipo que realiza el Servicio e importe cobrado en el caso de no retirada.
- Histórico del Servicio (libro registro) en el que figuren por vehículo, matrícula, clase, fecha y hora de entrada/salida y resto de datos de la retirada, enganche o movi- miento.
- Justificante de retirada y recibo de pago de tarifas.
- Edición de partes y estadísticas del Servicio.
La recepción de la información del Servicio se realizará de forma simultánea en la oficina del depósito y Cuartel de la Policía Local, desde donde igualmente se tendrá ac- ceso al histórico y bases de datos del Servicio, por lo que ambos sistemas informáticos deberán estar interconectados entre sí.
El adjudicatario garantizará conforme x Xxx la confidencialidad de las bases de da- tos del Servicio.
* Prueba gráfica
Todos los enganches/retiradas que se realicen deberán ir acompañados de una prue- ba gráfica con la que se constate la procedencia de la actuación.
Los medios a emplear, uno por vehículo, serán de tecnología digital y permitirán la impresión de la prueba en los equipos informáticos del Servicio que dejarán constancia de la fecha y procedencia de la retirada del vehículo.
* Depósito de vehículos.
El adjudicatario deberá disponer de un depósito que podrá ser cubierto (tipo nave, almacén o parking) de superficie mínima de 2.000m2, lo más cercano posible al centro urbano, con facilidad de acceso mediante transporte público. Los vehículos retirados de la vía pública serán depositados en dicho depósito.
El mencionado depósito será de propiedad o será arrendado por el adjudicatario y deberá ubicarse en el municipio xx Xxxxxx, que necesariamente deberá situarse en la denominada zona urbana, a efectos del servicio de taxis.
Cuando la capacidad del depósito lo requiera, el adjudicatario podrá trasladar, sin ningún costo para la administración, los vehículos que tengan la consideración xx xxxx- donados, al depósito municipal, sito en el Xxxxxx.
En todo caso el depósito se encontrará en lugar adecuado desde el punto de vista de accesibilidad y comunicación y deberán cumplir toda la normativa medioambiental, de seguridad, etc. y contará con las siguientes dependencias:
- Oficinas para atención al público, con sala de espera.
- Oficinas de administración.
- Aseos privados y públicos.
- Zona de espera de vehículos.
- Teléfonos públicos.
- Aire acondicionado frío/calor.
- Accesibilidad a minusválido.
Igualmente el depósito de vehículos contará con servicios de electricidad para alumbrado de todas las dependencias interiores y exteriores y otros usos, red de agua potable y saneamiento conectados a las generales del municipio.
El solar del depósito contará con un cercado perimetral que se realizará con mate- riales que impidan la visión interior del depósito en el caso de situarse éste en zona pró- xima a viviendas. Contará con los sistemas de seguridad pasiva necesarios que garanti- cen con la máxima eficacia la protección de las instalaciones y bienes existentes en las mismas. A tales efectos se aportará junto a la oferta, los sistemas de seguridad que pro- ponga el adjudicatario que en todo caso requerirá un sistema de video-vigilancia, con grabación permanente, y protección perimetral
Los ofertantes deberán adjuntar con sus propuestas plano de implantación y distri- bución del depósito, en el que figuren indicadas las características de los diferentes ele- mentos, reservándose el Ayuntamiento el derecho de realizar las modificaciones que estime oportunas y que no representen perjuicio económico sobre la valoración prevista en las obras.
Todo el recinto irá diseñado con numeración de plazas y señalización de calles y serán con cargo al adjudicatario, todos los gastos de adecuación del solar, alquiler, manteni- miento, consumos de servicios, etc.
* Otros medios materiales
Los licitadores podrán proponer, como mejoras, otras medidas auxiliares que sin menoscabo de las anteriormente descritas conduzcan a un mejor desarrollo del Servicio.
f) Medios humanos
1.- El adjudicatario deberá contar con el personal necesario para garantizar el per- fecto funcionamiento del Servicio y que comprenderá:
− Un encargado general, que deberá estar localizable las 24 horas del día.
− Servicio de administración del depósito, vigilancia y atención al público.
− Conductores gruístas para la prestación de los servicios de enganche, transporte y depósito, según número y horario indicado en la cláusula 1.4.c antecedente. El con-
cesionario deberá tener contratado de modo indefinido o fijo, un número suficiente de personas-conductores que garanticen la prestación del servicios y que se atiendan bajas laborales, festivos, descansos, eventos especiales, etc.
Todo el personal deberá ir perfectamente uniformado para verano e invierno per- fectamente diferenciado del uniforme policial.
El adjudicatario cumplirá con toda la normativa laboral en su relación con el perso- nal contratado, y deberá abonar las retribuciones mínimas exigidas en los convenios la- borales correspondientes. El adjudicatario podrá establecer pluses adecuados que retri- buyan el especial rendimiento, y cumplimiento de objetivos de calidad y eficiencia en el servicio, de manera que el personal sea adecuadamente motivado y retribuido por las especiales condiciones de la realización de su trabajo.
1.5 Puesta en marcha del Servicio:
El adjudicatario deberá poner en marcha el Servicio en el plazo máximo de UN MES
desde la formalización el contrato derivado del concurso.
A tal efecto por el Jefe de Servicio de Policía Local se levantará Acta, haciendo constar la fecha de iniciación de la prestación del Servicio Público.
1.6 Informes del Servicio:
El adjudicatario facilitará a la Policía Local los siguientes partes del Servicio:
− Parte diario en el que figuren los medios humanos y materiales en servicio.
− Relación semanal y mensual de los vehículos enganchados/retirados con indicación de las características del servicio realizado.
− Inventario mensual de vehículos existentes en depósito.
− Parte resumen anual.
La Agencia Municipal Tributaria se encargará de la inspección del cobro, de las tarifas del servicio público cuya gestión se encomienda al concesionario. El Excmo. Ayuntamiento po- drá en cualquier momento, de modo directo, o a través de una empresa privada independiente, practicar auditorías en relación al control del cobro de las tarifas y la adecuación de las condi- ciones económicas del presenta pliego.
Igualmente, además de las posibles inspecciones municipales, la empresa adjudicataria del servicio público deberá realizar, anualmente y a su xxxxx, una auditoría a través de una empre- sa privada independiente, en relación al control del cobro de las tarifas y la adecuación de las condiciones económicas de este pliego.
Con independencia de lo anterior, el adjudicatario facilitará a la Administración cuanta información acerca del servicio le sea solicitada.
1.7 El adjudicatario del servicio público será responsable de todos los daños y perjuicios ocasionados a terceros con motivo del contrato adjudicado en los términos previstos en el art.
198.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. A tal efecto, el con- cesionario deberá tener suscrito una póliza de responsabilidad civil por importe de 600.000,00
€, debiendo presentar en el Servicio de Contratación, Patrimonio y Suministros dicha póliza, e igualmente, el concesionario anualmente, durante toda la vigencia del contrato, deberá pre- sentar el recibo correspondiente al pago de la prima.
Los licitadores deberán aportar propuesta de póliza de seguro de responsabilidad civil o bien póliza que tenga suscrita por el importe indicado.
1.8 Los licitadores podrán concurrir formulando sus ofertas que necesariamente deberán abarcar todas las coberturas que más adelante se especifican para el servicio que se contrata, quedando excluidas las que no cumplan dichos requisitos.
1.9. El concesionario se obliga a la subrogación de todo el personal adscrito a la anterior empresa adjudicataria en relación con la prestación del Servicio Público de retirada, traslado, depósito y custodia de vehículos de la vía pública.
2. TARIFAS DE APLICACIÓN
Serán las establecidas por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. Se adjuntan al presente pliego las tarifas vigentes en la actualidad.
Los servicios demandados por la Administración Municipal, y no incluidos en los conceptos anteriores, y cuyo costo no sea repercutible conforme a la legislación a terceros, no devengarán costo alguno. Concretamente, en ningún caso podrá facturarse al Excmo. Ayun- tamiento las actuaciones relacionadas con vehículos de propiedad municipal, ni traslados de vehículos debidos a razones de fuerza mayor o no imputables a los titulares de los mismos.
Estas tarifas deberán figurar en el estudio económico justificativo de la viabilidad de la
oferta.
3. SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL
g. Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
h. Una relación de los servicios o trabajos similares realizados en los últimos tres años, que incluya importes, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, con certificado de ejecución por las entidades contratantes.
Respecto a la relación de los servicios o trabajos similares al que es objeto de la pre- sente licitación, deberá comprender como mínimo la siguiente experiencia:
▪ Gestión de servicios similares que den cobertura a una población de al menos
250.000 habitantes, ya sea a través de un contrato único o de varios contratos con un máximo de cuatro.
Se entiende por gestión de servicios objeto de la presente licitación y similares todos aquellos que acrediten la realización de actividades relacionadas con la reti- rada, traslado, custodia, gestión y tratamiento de vehículos por cualquier causa, incluidos vehículos abandonados y asistencia en carretera., siempre que para ello sea preciso utilizar medios semejantes a los exigidos para el cumplimiento del presente servicio.
i. Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresa- rio para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empre- sa.
j. Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su per- sonal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justi- ficativa correspondiente.
k. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documenta- ción acreditativa pertinente.
l. Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propó- sito de contratar.
4. PLAZO DE LA CONCESIÓN.
5.1 La concesión se otorgará por un plazo de CINCO AÑOS desde la fecha de adjudicación.
5.2 Dicho contrato podrá prorrogarse de mutuo acuerdo entre ambas partes, de forma expresa, de un año, hasta un máximo de cuatro prorrogas, salvo que exista denuncia expresa por cual- quiera de las partes con un mínimo de 3 meses de antelación a la finalización del contrato o cualesquiera de sus prorrogas.
5.3 En caso de prórroga del contrato, el precio de adjudicación será aumentado con el corres- pondiente I.P.C del año anterior.
EL INSPECTOR JEFE.
Fdo. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx.
TARIFAS DEL SERVICIO DE RETIRADA, TRASLADO, DEPOSITO Y CUS- TODIA DE VEHÍCULOS DE LA VIA PÚBLICA
Tipo Tasa | Descripción | 2010 | Custodia 2010 |
A | Motocicletas | 27,61 | 2,75 |
ASA | Medio enganche motocicletas | 13,78 | |
B | Vehíc. Inferior 3.500 Kg. | 71,79 | 14,35 |
BSA | Medio enganche vehíc. Inf. 3.500Kg. | 35,88 | |
C | Vehíc. Superior 3.500 Kg. | 115,89 | 23,19 |
CSA | Medio enganche vehic. Sup. 3500 | 57,95 |
RELACIÓN DE PERSONAL ADSCRITO AL COTRATO DE RE- TIRADA, TRASLADO, DEPOSITO Y CUSTODIA DE VEHÍCU- LOS DE LA VIA PÚBLICA
PUESTO DE TRABAJO | ANTIGÜEDAD | CONTRATO |
CONDUCTOR | 21-08-1989 | 100 |
VIGILANTE | 02-10-1989 | 100 |
CONDUCTOR | 30-10-1989 | 100 |
CONDUCTOR | 01-03-1990 | 100 |
CONDUCTOR | 16-03-1990 | 100 |
CONDUCTOR | 17-05-1990 | 100 |
VIGILANTE | 17-05-1990 | 540 |
VIGILANTE | 11-10-1991 | 100 |
CONDUCTOR | 01-02-2003 | 100 |
VIGILANTE | 02-10-2003 | 100 |
VIGILANTE | 05-11-2003 | 100 |
CONDUCTOR | 08-06-2005 | 100 |
CONDUCTOR | 22-06-2005 | 100 |
CONDUCTOR | 13-06-2006 | 189 |
CONDUCTOR | 06-09-2007 | 189 |
ENCARGADO BASE | 22-01-2008 | 100 |
CONDUCTOR | 01-02-2010 | 441 |
CONDUCTOR | 02-12-2010 | 402 |