Contrato de cesión1 de derechos patrimoniales de autor
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Contrato de cesión1 de derechos patrimoniales de autor
Entre los suscrito a saber (Nombre de Director (a) IDARTES), mayor de edad, identificado (a) con cédula de ciudadanía número_________, designado(a) como Director (a) General mediante Decreto de nombramiento ___________ posesionado (a) según Acta ___________, debidamente facultado (a) para suscribir contratos y ejercer la ordenación del gasto en calidad de Representante Legal del INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES -IDARTES, conforme a lo dispuesto en el Artículo 5 del Acuerdo No. 440 de 24 xx xxxxx del 2010, quien actúa en nombre del INSTITUTO, creado por el Acuerdo que se cita, como establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, con NIT 900413030-9; que para efectos del presente acto se denominará el IDARTES de una parte y de la otra ___________________________( mencionar el nombre del autor, autores o titulares de derechos patrimoniales de las obras), mayor de edad, identificado (a) con el documento que se registra al pie de mi firma y obrando en nombre propio o en representación de ____________________, en mi calidad de (titular, apoderado, representante del titular) de los derechos patrimoniales o autor de la obra denominada_________________________, quien para todos los fines del presente documento se denominará AUTOR O TITULAR por ser el creador, representante, beneficiario o heredero de los derechos que aquí se tratan; suscribo el presente documento de autorización de uso de derechos patrimoniales de autor para la OBRA O CREACIÓN denominada ___________________ la cual se regirá según lo dispuesto por la Ley 23 de 1982, disposiciones reglamentarias y demás normas complementarias y concordantes previas las siguientes consideraciones: 1. Que el IDARTES creado por el Acuerdo 440 del 24 xx xxxxx de 2010 del Concejo de Bogotá, es un establecimiento público del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de cuyo sector hace parte integrante. 2. Que el Instituto Distrital de las Artes, IDARTES tiene como objeto principal la ejecución de políticas, planes, programas y proyectos para el ejercicio efectivo de los derechos culturales de los habitantes del Distrito Capital, en lo relacionado con la formación, creación, investigación, circulación y apropiación de las áreas artísticas de literatura, artes plásticas, artes audiovisuales, arte dramático, danza y música, a excepción de la música sinfónica, académica y el canto lírico. 3. Que en cumplimiento de su función de promoción y fomento a las prácticas y manifestaciones artísticas el IDARTES coordina el programa, actividad, convocatoria o evento denominado ____________. 4. Que el TITULAR ha manifestado su voluntad de que la referida obra o creación circule en el programa, actividad, evento convocatorio denominada ________________. 5. Que las partes pactan el presente acuerdo teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 23 de 1982, en el entendido de que los autores de obras literarias, científicas y artísticas gozan de protección para sus obras en la forma prescrita por la referida Ley y en cuanto fuere compatible con ella, por el derecho común, siendo claro que esta ley también protege a los intérpretes o ejecutantes, a los productores de programas y a los organismos de radiodifusión, en sus derechos conexos a los del autor. 6. Que la norma citada establece que los derechos de autor para sus titulares comprenden unas facultades exclusivas, entre ellas, la de disponer de su obra a título gratuito u oneroso. En mérito de lo expuesto las partes acuerdan el siguiente clausulado: PRIMERO- OBJETO: El TITULAR transfiere de forma voluntaria y de manera total y sin limitación alguna (o establecer si hay alguna condición en la transferencia) a IDARTES, de la obra (s) titulada (s) ___________________ la (s) cual (es) fueron creadas de manera_______________ (individual o colectiva)2 en el marco del desarrollo de ____________ (la convocatoria, programa, entre otros). SEGUNDO- ALCANCE: El TITULAR cede al IDARTES los derechos patrimoniales de: 1. Reproducción _______________ (por cualquier medio y/o procedimiento y utilizando cualquier mecanismo conocido)3. 2. El derecho de transformación__________________ (en todas sus modalidades o definir la modalidad)4. 3. Comunicación pública ________________________(en todas sus modalidades o definir la modalidad)5, incluida la puesta a disposición6. 4. Distribución e importación. PARÁGRAFO PRIMERO: Además de los derechos mencionados, el TITULAR transfiere cualquier tipo de explotación que de la obra cedida, así, como de las obras derivadas se pueda realizar en todas sus modalidades. (Solo incluir este parágrafo segundo en caso que aplique) PARÁGRAFO SEGUNDO: Esta cesión además de ser válida para uso de la obra en formato análogo o físico, también lo será para formato digital, electrónico, virtual y para uso en red, intranet, biblioteca digital y para cualquier formato existente. TERCERO- ÁMBITO TEMPORAL Y TERRITORIAL: La transferencia de los derechos patrimoniales faculta al IDARTES para hacer uso de esta durante el término máximo de duración del derecho de autor definido en la Ley 23 de 1982 artículo 21 o por cualquier otra norma que la modifique o complemente y no tendrá limitación territorial. (En caso de tener limitación, especificar a que país o países, regiones, continentes se limita). CUARTO- VALOR Y FORMA DE PAGO: La presente________ (licencia o cesión) se realiza a título (oneroso o gratuito), por el valor total de (poner valor en letras y números) __________, los cuales serán pagaderos de la siguiente manera: (describir la forma del pago, si es uno o varios pagos e indicar el valor en letras y números de cada uno). QUINTO- LIMITACIÓN DE DERECHOS: El TITULAR entiende y acepta que la (s) obra (s) objeto del presente contrato, podrán ser usadas y modificadas a juicio del IDARTES, sin que pueda tener injerencia alguna en dicha decisión7. SEXTO- DERECHOS XXXXXXX DE AUTOR: Todos los derechos xxxxxxx de autor de la obra objeto de la presente autorización corresponden al TITULAR y en consecuencia el IDARTES se obliga a reconocerlos y respetarlos de manera rigurosa. SÉPTIMO- INDEMNIDAD: El TITULAR garantiza que: 1. Ostenta la titularidad de los derechos patrimoniales sobre las obras objeto de la presente autorización. 2. Mediante el presente acuerdo, no se viola o desconocen los derechos de terceros. 3. Mientras se encuentre vigente el presente contrato, los derechos de autor objeto de la presente autorización no serán objeto de gravámenes o limitaciones que dificulten o hagan imposible el cumplimiento del presente acuerdo. 4. En caso de presentarse cualquier tipo de reclamación o acción por parte de un tercero en cuanto a los derechos de autor sobre la obra o creación objeto de este documento, el TITULAR asumirá toda la responsabilidad y saldrá en defensa de los derechos aquí otorgados. Por tanto, para todos los efectos y en virtud de este documento el IDARTES actúa como un tercero de buena fe. OCTAVO- DOMICILIO CONTRACTUAL, LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE: El domicilio contractual, para todos los fines legales y procesales, será la ciudad de Bogotá D.C., de igual manera se acuerda que el presente contrato se rige por las leyes y la jurisdicción de la República de Colombia. NOVENO- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Las partes acuerdan que toda diferencia o controversia que surja con ocasión, en desarrollo o como consecuencia del presente contrato, a su ejecución o su liquidación, será resuelta de manera directa y en cada ocasión serán los representantes legales de cada entidad quienes lo resuelvan. De continuar la diferencia se someterá en primera instancia al procedimiento de la conciliación a través del Centro de Conciliación y Arbitraje designado de común acuerdo por las partes, el cual debe cumplir con la totalidad de los requisitos legales establecidos, para ejercer como tal. DÉCIMO- AUTORIZACIÓN DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES: El TITULAR autoriza al IDARTES a recolectar y almacenar en la base de datos de la institución, los datos personales obtenidos a partir de la presente relación contractual, con el fin de lograr la ejecución del contrato a satisfacción, lograr el cumplimiento de las obligaciones derivadas del mismo, iniciar las acciones judiciales o extrajudiciales a las que haya lugar, mantener un histórico de la relación que ha existido entre el TITULAR y el IDARTES y cumplir con las disposiciones legales pertinentes. EL TITULAR puede ejercer los derechos consignados en el Artículo 8° de la Ley 1581 de 2012, como titular de los datos personales almacenados en la base de datos institucional, el tratamiento de la información personal suministrada será realizado, de acuerdo con las finalidades y principios incluidos en la política de protección de datos personales del IDARTES expedida mediante Resolución No. 874 del 3 septiembre de 2020 a la cual se le dio alcance mediante Resolución No. 548 del 7 junio de 2022, las directrices legales que se encuentran en la Ley 1581 del 2012 y las normas que la modifiquen o complementen. UNDÉCIMO- ACUERDO INTEGRAL Y REFORMAS: El presente contrato constituye el acuerdo integral que vincula a las partes en relación con el objeto de este. En consecuencia, el contrato deroga expresamente todos los acuerdos anteriores verbales o escritos que tengan relación con el mismo objeto. Cualquier modificación a los términos aquí contenidos deberá constar en documento escrito suscrito por cada una de las partes. DUODÉCIMO- REGISTRO DE LA CESIÓN: Para efectos de validez ante terceros, este contrato será inscrito en la Oficina de Registro de Derecho de Autor, como lo ordena el Artículo 30 de la Ley 1450 de 2011. Esta gestión será realizada por el TITULAR.
Para el perfeccionamiento del presente documento se requiere únicamente la firma de las partes y se generan dos (2) documentos del mismo tenor, uno para el TITULAR y el otro para el IDARTES.
En constancia de lo anterior, se firma en la ciudad de Bogotá, a los ______ días del mes de _____ de ______ .
Por el IDARTES Por el TITULAR
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Proyectó: (Funcionario o contratista de la dependencia que genera el trámite)
Revisó OAJ:
AprobóOAJ:
1 Si hay una cesión de derecho implica la transferencia de la titularidad de los derechos patrimoniales.
2 Esto depende del número de artistas que intervinieron en la creación de la obra.
3 De no transferir en la totalidad o autorizar solo algunas formas de explotación del derecho de reproducción, entendido como: La facultad exclusiva de explotar la obra en su forma original o derivada, mediante su fijación material en cualquier medio y por cualquier procedimiento y la obtención de una o varias copias de todo o de parte de la obra. Es necesario definir qué clase de explotación del derecho de reproducción se autoriza en el contrato, algunos ejemplos son: Fijación fonomecánica de obras musicales, fijación en la unidad de memoria permanente (disco duro) de un ordenador, la reproducción o copia de uno o una pluralidad de ejemplares de una obra literaria, una pintura o escultura, la fijación o sincronización de fonogramas en obras audiovisuales, entre otras.
4 De no ser así especificar qué clase de trasformaciones son autorizadas y bajo que términos se autoriza a transforma la obra, algunos ejemplos son: traducción, modificaciones a la obra, la adaptación o incluso la creación de una obra derivada, entre otras.
5 Se entiende por comunicación pública, todo acto por el cual una pluralidad de personas, reunidas o no en un mismo lugar, pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. Algunos ejemplos de comunicación pública son la radiodifusión, retransmisión, transmisión simultánea, live streaming, entre otros. Respecto de la comunicación pública en medio digitales, solo aplica a plataformas como youtube donde no hay una descarga del contenido en el disco duro del equipo, por el contario solo pasa el contenido por la memoria RAM del ordenador y no se reproduce de forma permanente en el ordenador, lo hace de forma transitoria.
6 La puesta a disposición es una modalidad del derecho de comunicación y tiene su origen en el Tratado OMPI de 1996 sobre derecho de autor (art 8), cuando esta es realizada en medio digitales.
Constituye, por tanto, un acto de explotación mediante el cual, se permite que personas concretas puedan acceder a obras o prestaciones desde el lugar y en el momento que ellas elijan, ya sea a través de medios alámbricos o inalámbricos.
7 De no ser así especificar, cuáles son las limitaciones al uso o transformaciones de la obra.