Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS CONSISTENTE EN LA IMPLANTACIÓN Y DESARROLLO DE UN SISTEMA DE CONTROL Y VERIFICACIÓN EN RELACIÓN AL CUMPLIMIENTO DE LAS INTERVENCIONES COMUNITARIAS FINANCIADAS POR EL FEDER EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS XXXXX PARA EL PERIODO 2014-2020
1.- CONTEXTUALIZACION
La Dirección de Economía y Planificación del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Xxxxx ejerce, entre otras funciones, la función de elaboración, seguimiento y control de los Programas e Iniciativas de Intervención Comunitaria en la Comunidad Autónoma del País Xxxxx en materia de política regional europea.
Las intervenciones de la UE en los Estados miembros y regiones europeas a través de los distintos fondos comunitarios se planifican por periodos de siete años. La elaboración y negociación de los programas operativos son funciones que le corresponden a la Dirección Economía y Planificación del Gobierno Xxxxx.
El Programa Operativo FEDER Euskadi 2014-2020, fue adoptado mediante Decisión de la Comisión Europea nº C(2015) 898 de 12 de febrero de 2015, por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo "País Xxxxx", para el que se solicitan ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo destinadas al País Xxxxx, en España (CCI 2014ES16RFOP021). En el ejercicio 2015 se comenzará a ejecutar el gasto correspondiente al periodo de programación 2014-2020.
La Política de Cohesión Comunitaria tiene por objetivo reducir las diferencias de desarrollo y nivel de vida existentes entre las Regiones europeas, completando la acción realizada desde los Estados miembros. Ello supone mejorar la competitividad de esas Regiones, fortaleciendo su base de conocimientos y su capacidad para innovar, ayudando a la investigación y el desarrollo, contribuyendo a mejorar la accesibilidad de sus territorios y promocionar el empleo. En consonancia con las Conclusiones del Consejo Europeo del 17 xx xxxxx de 2010, en las que se adoptó la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, promoviendo al mismo tiempo el desarrollo armonioso de la Unión y reduciendo las desigualdades regionales, los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos- Fondos EIE-, entre los que se encuentra el FEDER, deben desempeñar un papel prominente en el logro de los objetivos de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador.
Además, la Comisión Europea aspira a una gestión lo más correcta y eficaz que sea posible de la cofinanciación que otorga a los proyectos. Para poder hacerlo, inspira a nivel europeo un sistema de control y verificación de las actuaciones cofinanciadas, que descansa fundamentalmente sobre los Estados miembros y las Regiones.
En la mecánica de ese procedimiento de control y verificación, aunque la interlocución inmediata con la Comisión corresponde a las autoridades de Gestión, Certificación y
Pagos designadas por el Estado miembro, las Regiones tienen una importante responsabilidad en orden a garantizar que, en su ámbito de actuación, los requisitos exigidos por la Comisión se cumplen.
Por todo ello es absolutamente necesario dejar bien delimitadas las responsabilidades de cada nivel de actuación (comunitario, estatal, regional) en relación a los ámbitos de competencia en los que se desarrolla la gestión de las operaciones cofinanciadas.
El Reglamento (CE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, determina en su artículo 125, apartado 4.a), que la Autoridad de Gestión verificará que los productos y servicios cofinanciados se han entregado y prestado y que el gasto declarado por los beneficiarios ha sido pagado y cumple la legislación aplicable, las condiciones del programa operativo y las condiciones para el apoyo a la operación.
También en los apartados 5, 6 y 7 del artículo 125 del mencionado Reglamento (CE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, se determina cómo se ha de realizar el proceso de control y verificación, de cara a detectar posibles lagunas o irregularidades en el desarrollo de las operaciones y los gastos. Precisamente, hace recaer sobre la Autoridad de Gestión la responsabilidad de asegurar la regularidad y eficacia de las operaciones cofinanciadas mediante medidas de control interno y verificación, medidas entre las que se incluyen las verificaciones administrativas de todas las solicitudes de reembolso presentadas por los beneficiarios y las verificaciones sobre el terreno de las operaciones.
El artículo 123.7 del citado Reglamento establece que el Estado miembro o la autoridad de gestión podrán confiar la gestión de parte de un programa operativo a un organismo intermedio mediante un acuerdo por escrito entre el organismo intermedio y el Estado miembro o la autoridad de gestión.
A su vez, el artículo 125.7 dispone que cuando la autoridad de gestión sea también un beneficiario en el marco del programa operativo, las disposiciones de cara a las verificaciones a las que se refiere el apartado 4.a), garantizarán la adecuada separación de funciones.
Así pues, la obligación de asegurar la corrección financiera y de las operaciones se hace extensiva a los Organismos Intermedios. Por lo tanto, estos órganos, entre los que está la Dirección de Economía y Planificación del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Xxxxx, deben dotarse de los sistemas de gestión, control y verificación que permitan asegurar la ejecución satisfactoria de sus funciones, guardando la debida separación entre las mismas.
Con todo ello, el objetivo de la presente contratación es la prestación de un servicio a la Dirección de Economía y Planificación del Gobierno Xxxxx, en su calidad de Organismo Intermedio coordinador de las actuaciones de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx en el marco del Programa Operativo XXXXX xxx Xxxx Xxxxx durante el periodo de programación comunitario 2014-2020, para la realización de controles de verificación de sistemas y procedimientos en orden a cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 125 del Reglamento (CE) nº 1303/2013.
2.- CONTENIDO Y ALCANCE
Las tareas concretas que integran el objeto del contrato son las siguientes:
1.- La prestación de un servicio a la Dirección de Economía y Planificación del Gobierno Xxxxx que consistirá en la implantación y desarrollo de un sistema de control y verificación que garantice:
2.1.1.- La realidad de la prestación de los bienes y servicios cofinanciados. 2.1.2.- La realidad de los gastos declarados.
2.1.3.- El cumplimiento de la normativa comunitaria, estatal y regional aplicable, y en particular sobre:
a) La subvencionabilidad de los gastos para la ayuda procedente de los Fondos Estructurales en virtud de la intervención de que se trate.
b) La contratación pública.
c) La prevención del fraude
d) Las ayudas estatales.
e) La publicidad
f) La protección del medio ambiente.
g) La igualdad de oportunidades.
h) La contabilidad
i) La pista de auditoria suficiente.
j) Las verificaciones sobre el terreno de operaciones concretas.
k) Así como toda otra exigencia relativa al sistema de control y verificación de las operaciones, orientada a garantizar el cumplimiento de la normativa comunitaria, la generalidad del Reglamento (CE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo y, en particular, su artículo 125.
3.- METODOLOGIA DE TRABAJO Y SUPERVISION Y CONTROL
3.1- INFORMES DE EJECUCIÓN PARCIAL
La empresa adjudicataria desarrollará los controles de manera regular durante el tiempo de ejecución del trabajo, y presentará, además, en cada ejercicio a la Dirección de Economía y Planificación:
- Informes temporales de ejecución parcial, donde se sinteticen las labores realizadas.
- Revisión sistemática de los procedimientos de gestión y control y sus manuales.
El plan de trabajo a realizar será acordado con la empresa adjudicataria al principio de cada semestre.
3.2.- SUPERVISIÓN Y CONTROL
El contratista deberá realizar los documentos y tareas previstos en el apartado 2 en colaboración con la Dirección de Economía y Planificación con quien realizará el seguimiento pormenorizado de las tareas a realizar.
Así mismo realizará las entrevistas y organizará las reuniones necesarias para llevar a cabo las tareas a desarrollar.
Los documentos se presentarán tanto en soporte escrito como informático y se ajustarán a las características del hardware y software disponibles en el Departamento de Hacienda y Finanzas.
En Vitoria-Gasteiz, a 19 xx xxxx de 2015.
Fdo.: Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Director de Economía y Planificación