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Municipio /Estado de Convenio de Coordinación Específico
Convenio de Coordinación Específico para el Ejercicio de los Subsidios del Programa de Mejoramiento Urbano de la Vertiente Mejoramiento Integral xx Xxxxxxx, para el ejercicio fiscal 2021, que celebran por una parte el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en lo sucesivo “LA SEDATU”, a través de la/el , Titular de la Unidad de Apoyo a Programas de Infraestructura y Espacios Públicos y el/la
, Titular de la Unidad de Proyectos Estratégicos para el Desarrollo Urbano, y el C. , , adscrito a la Oficina de Representación en el Estado de , y por otra parte, el H. Ayuntamiento de
, del Estado de , en lo sucesivo “EL MUNICIPIO”, representado por el/la C.
, Presidente/a Municipal, asistido por el C. en su carácter de
, del Municipio de , Estado de ; a quienes en conjunto se les denominará “LAS PARTES”, al tenor de los antecedentes, declaraciones y cláusulas siguientes:
A N T E C E D E N T E S
1. El artículo 26, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación del Estado de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.
2. El artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
3. El artículo 4, fracción I, de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, reconoce el derecho a la ciudad como un principio rector de la planeación, regulación y gestión de los asentamientos humanos, y lo define como la obligación del Estado de garantizar a todos los habitantes de un asentamiento humano o centros de población el acceso a la vivienda, infraestructura, equipamiento y servicios básicos, a partir de los derechos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales suscritos por México en la materia.
4. El artículo 28 de la Ley de Planeación establece que las acciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como en los programas que de él emanen, deberán especificar las acciones que serán objeto de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas; por tanto, en términos del artículo 33 se podrá convenir con los gobiernos locales y la participación que corresponda a los municipios, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que participen y coadyuven a la consecución de los objetivos de la planeación nacional.
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5. El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, en el Apartado II, Política Social, numeral 8, denominado “Desarrollo Urbano y Vivienda”, señala que en el Programa de Mejoramiento Urbano, en lo sucesivo “EL PROGRAMA”, se realizarán obras de rehabilitación y/o mejoramiento de espacios públicos.
6. El Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano 2020–2024, elaborado a partir del Plan Nacional de Desarrollo 2019–2024, en su objetivo prioritario 3, señala que la finalidad de “EL PROGRAMA” es impulsar un hábitat asequible, resiliente y sostenible, para avanzar en la construcción de espacios de vida para que todas las personas puedan vivir seguras y en condiciones de igualdad.
7. Mediante publicación realizada en el Diario Oficial de la Federación, del día de de 2020, se dieron a conocer las Reglas de Operación del Programa de Mejoramiento Urbano, para el ejercicio fiscal 2021, en lo sucesivo se denominarán “LAS REGLAS”.
8. “EL PROGRAMA”, es un instrumento congruente con los tratados internacionales a los que México se ha adherido, como la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular con el objetivo 11 denominado Ciudades y Comunidades Sostenibles, el cual establece: "Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivas, seguras, resilientes y sostenibles"; en específico las metas 11.1, 11.3, 11.7, 11.a y 11.b, resaltan la importancia de asegurar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios básicos adecuados, seguros y asequibles, así como de mejorar los barrios marginales; de aumentar la urbanización inclusiva, sostenible y la capacidad para una planificación y gestión participativas, integradas y sostenibles de los asentamientos humanos; de proporcionar acceso universal a zonas verdes y espacios públicos seguros, inclusivos y accesibles, en particular para las mujeres y la niñez, las personas mayores de edad y las personas con discapacidad; de apoyar los vínculos económicos, sociales y ambientales positivos entre las zonas urbanas, periurbanas y rurales mediante el fortalecimiento de la planificación del desarrollo nacional y regional; y, finalmente, de aumentar sustancialmente el número de ciudades y asentamientos humanos que adoptan y ponen en marcha políticas y planes integrados para promover la inclusión, el uso eficiente de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación a él y la resiliencia ante los desastres.
9. Con fecha de de “LA SEDATU”, “EL ESTADO” y “EL MUNICIPIO”, suscribieron el Convenio Marco de Coordinación para la distribución y ejercicio de subsidios del Programa de Mejoramiento Urbano de la Vertiente de Mejoramiento Integral xx Xxxxxxx correspondientes al ejercicio fiscal 2021.
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10. En la Cláusula Segunda del Convenio Marco, a que se refiere el párrafo anterior, se establece que, para la implementación y ejecución de “EL PROGRAMA”, “LA SEDATU” suscribirá convenios de coordinación específicos, en los que se establecerán los datos de “LOS PROYECTOS”, que serán apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA” y en los cuales aplicará el contenido de todos los apartados del Convenio Xxxxx de Coordinación.
D E C L A R A C I O N E S
I.- Declara “LA SEDATU” por conducto de su representante que:
I.1.- Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad a los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1°, 2°, fracción I, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
I.2.- Entre sus atribuciones están las de: “Planear y proyectar la adecuada distribución de la población y la ordenación territorial de los centros de población, ciudades y zonas metropolitanas, bajo criterios de desarrollo sustentable, conjuntamente con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes, y coordinar las acciones que el Ejecutivo Federal convenga con los gobiernos de las entidades federativas y municipales para la realización de acciones en esta materia, con la participación de los sectores social y privado”; “Promover y concertar programas de vivienda y de desarrollo urbano y metropolitano, y apoyar su ejecución, con la participación de los gobiernos de las entidades federativas y municipales, así como de los sectores social y privado, a efecto de que el desarrollo nacional en la materia se oriente hacia una planeación sustentable y de integración”, y “Promover y ejecutar la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el desarrollo regional y urbano, en coordinación con los gobiernos estatales y municipales y con la participación de los sectores social y privado”, de conformidad a lo establecido por el artículo 41, fracciones X, XIII y XX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
1.3. La/el , Titular de la Unidad de Apoyo a Programas de Infraestructura y Espacios Públicos, en lo sucesivo “LA UAPIEP” como Unidad Responsable de “EL PROGRAMA” y Área Responsable de la Vertiente Mejoramiento Integral xx Xxxxxxx, cuenta con facultades y atribuciones para suscribir el presente Convenio de Coordinación Específico, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11, fracciones IV y VI, y 16 del Reglamento Interior de “LA SEDATU”; así como en los numerales 1.4, fracciones LXXVIII y LXXIX, 6.5.1 y 10.3 de “LAS REGLAS”.
I.4. El/la , Titular de la Unidad de Proyectos Estratégicos para el Desarrollo Urbano, en lo sucesivo “LA UPEDU” e Instancia Ejecutora del Programa, cuenta con atribuciones para suscribir el presente Convenio de Coordinación Específico, de acuerdo en lo señalado en los artículos 11, fracciones IV y VI, y 15, fracciones I, III, IV y XVI, del Reglamento Interior de “LA SEDATU” y 10.7, fracción VI, de “LAS REGLAS”.
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I.5. El/la C. adscrito a la Oficina de Representación en el Estado de
, en lo sucesivo “LA INSTANCIA AUXILIAR”, cuenta con atribuciones para suscribir el presente Convenio, de acuerdo en lo señalado en los artículos 34 y 35, fracciones III y V del Reglamento Interior de “LA SEDATU” y numerales 1.4, fracción XXXVII y 10.5 de “LAS REGLAS”.
I.6. De conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS”, el Comité de Validación de “EL PROGRAMA” autorizó el Plan de Acción Urbana, concerniente al Municipio de , en el Estado de ; mismo que contiene la definición de polígonos de atención prioritaria, así como la cartera de acciones y/o proyectos susceptibles a recibir recursos de “EL PROGRAMA”, y sus montos máximos de asignación presupuestal por intervención.
I.7. Para efectos de este Convenio de Coordinación Específico, señala como su domicilio legal el ubicado en Avenida Heroica Escuela Naval Militar número 701, Colonia Presidentes Ejidales, Segunda Sección, Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, X.X. 00000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx.
II.- Declara “EL MUNICIPIO” por conducto de su representante que:
II.1. Es una entidad de carácter público, con patrimonio propio y libre en la administración de su hacienda, que se encuentra investida de personalidad jurídica propia en términos de lo dispuesto en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; asimismo, forma parte integrante del Estado de .
II.2. El/La C. , Presidente/a Municipal Constitucional del Ayuntamiento de
, Estado de , acredita su personalidad con la constancia de mayoría y validez otorgada a su favor por la autoridad electoral del Estado de fecha de fecha y el Acta de Sesión Solemne de Instalación xx Xxxxxxx , donde autorizan a el/la Presidente/a Municipal la suscripción de convenios y contratos con todas las formalidades xx Xxx, por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente Convenio, en términos de los artículos
, así como en los numerales 1.4, fracción XXXIX, y 10.6, fracciones I, inciso b), y II, inciso e) de “LAS REGLAS” como Instancia Solicitante.
II.3. El/la C. , en su carácter de , asiste a el/la Presidente/a Municipal de en la firma del presente Xxxxxxxx, y acredita su personalidad con su nombramiento expedido con fecha , por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado _ , quien está facultado para la firma del presente Convenio de Coordinación Específico de acuerdo con lo establecido en los artículos .
II.4. Para efectos del presente Xxxxxxxx, señala como su domicilio, el ubicado en
, del Municipio de .
III.- Declaran “LAS PARTES” por conducto de sus representantes que:
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III.1. En la celebración del presente acto jurídico no existe error, dolo o mala fe, por lo que es celebrado de manera voluntaria, y reconocen mutuamente la personalidad con que comparecen sus respectivos representantes.
III.2. Una vez reconocida plenamente la personalidad y capacidad jurídica con que comparecen cada una de “LAS PARTES” es su voluntad celebrar el presente Convenio de Coordinación Específico.
III.3. Los proyectos objeto de este Convenio de Coordinación Específico, no se duplican de manera total o parcial, ni se contraponen con otros apoyos otorgados por los gobiernos federal, estatal o municipal.
III.4. Reconocen el contenido del Convenio Marco de Coordinación para la distribución y ejercicio de subsidios del Programa de Mejoramiento Urbano de la Vertiente de Mejoramiento Integral xx Xxxxxxx correspondientes al ejercicio fiscal 2021, suscrito por “LA SEDATU”, “EL ESTADO” y “EL MUNICIPIO”, el día de de .
Con base en los antecedentes y declaraciones de este instrumento y con fundamento en los artículos 26, apartado A, 90 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 2°,
17 Bis, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 28 y 33 de la Ley de Planeación; 1, 4, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 176, 178 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4, 8, 9, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; 70, fracción XV, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 3 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 27, 28 y 29 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021; 1, 11, fracciones IV y VI, 15, fracciones I, III, IV y XVI, 16, 34 y 35, fracciones III y V, del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; lo dispuesto en “LAS REGLAS”, y demás disposiciones jurídicas aplicables, "LAS PARTES" manifiestan su voluntad de celebrar el presente Convenio de Coordinación Específico, al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación Específico tiene por objeto conjuntar voluntades, acciones y capacidades, mediante las cuales “LAS PARTES” coadyuvarán en la ejecución de los siguientes Proyectos de la Vertiente Mejoramiento Integral xx Xxxxxxx, de “EL PROGRAMA” correspondiente al ejercicio fiscal 2021, en lo sucesivo “LOS PROYECTOS”, que han sido aprobados por el Comité de Validación, en términos de lo establecido en “LAS REGLAS”, los cuales se ejecutarán en el Municipio de , Estado de , y para los que “LA SEDATU” ha determinado asignar, aplicar y calendarizar subsidios federales hasta por un total de
$ ( pesos 00/100 M. N.):
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No. | Municipio | PCA | Número de Obra | No. Expediente | De | Nombre Proyecto | del | Monto del Subsidio Federal con IVA |
Total | $ |
Al presente Convenio de Coordinación Específico se acompañan los Anexos Técnicos, los cuales forman parte integral del presente instrumento jurídico.
SEGUNDA. APLICACIÓN DEL CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN. “LAS PARTES” acuerdan
que el presente convenio de Coordinación Especifico deriva del Convenio Marco de Coordinación, suscrito por “LA SEDATU”, “EL ESTADO” y “EL MUNICIPIO”, el día de de , por lo que el contenido de todos los apartados de dicho convenio es aplicable a este instrumento jurídico.
TERCERA. DE LOS SUBSIDIOS DE “EL PROGRAMA”. Los recursos financieros que aportará “LA SEDATU”, corresponden a un porcentaje del subsidio que provienen xxx Xxxx Administrativo 15 “Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano”, asignados a “EL PROGRAMA”; que no pierden su carácter federal y, que serán aportados en especie, mediante la entrega física de obras y acciones. Estos subsidios estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal de “EL PROGRAMA” en el ejercicio fiscal vigente.
La ejecución de “LOS PROYECTOS” se efectuará una vez que “LA UPEDU” registre en el Sistema de Información de “EL PROGRAMA”, los datos del Anexo Técnico y Normativo de Autorización de cada proyecto, que “LA UAPIEP” emita el Oficio de Aprobación y se suscriba el presente Convenio de Coordinación Específico.
CUARTA. REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD DE LOS PROYECTOS. “EL MUNICIPIO”, bajo protesta de
decir verdad, manifiesta que “LOS PROYECTOS” aprobados cumplen con los siguientes requisitos de elegibilidad:
a) Encuadran en las hipótesis señaladas “LAS REGLAS”;
b) Están claramente delimitados y localizados dentro del perímetro urbano o urbanizable del Municipio;
c) Están contemplados en la apertura programática de “EL PROGRAMA”; y
d) Los predios para intervenir con “LOS PROYECTOS” no están sujetos a ningún tipo de litigio y cuentan con certeza jurídica en cuanto a la propiedad de los mismos, entregándose el Acta Entrega-Recepción de inmueble para la entrega física de los predios o inmuebles propuestos para ser apoyados por “EL PROGRAMA”, en términos de la normativa aplicable.
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“EL MUNICIPIO”, acredita la propiedad, o en su caso la posesión o usufructo para un fin público, de los predios en los que se realizarán “LOS PROYECTOS” y se obliga a realizar o, en su caso, continuar con los trámites correspondientes que permitan la adecuada ejecución de “LOS PROYECTOS” en los predios a intervenir.
QUINTA. NORMATIVIDAD. Para la ejecución de “LOS PROYECTOS” que serán apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, “LAS PARTES” convienen que se sujetarán, en lo aplicable, a lo establecido en: la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento; el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021; la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, “LAS REGLAS”; este Convenio de Coordinación Específico, así como a las demás disposiciones jurídicas federales y locales aplicables.
SEXTA. INSTANCIA EJECUTORA. “LAS PARTES” acuerdan que “LA SEDATU”, por conducto de “LA UPEDU”, será la Instancia Ejecutora de “LOS PROYECTOS” a que se refiere el presente Convenio de Coordinación Específico.
SÉPTIMA. RESPONSABILIDADES DE “LA SEDATU” COMO INSTANCIA EJECUTORA. Para el
cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación Específico, “LA SEDATU”, por conducto de “LA UPEDU”, en su carácter de Instancia Ejecutora, tendrá las siguientes responsabilidades:
a) Suscribir los instrumentos jurídicos que correspondan, así como dar cumplimiento a lo convenido, de acuerdo con las disposiciones aplicables;
b) Presentar a “LA UAPIEP” el Formato Anexo Técnico, debidamente firmado y la propuesta de cada una de las obras y acciones en el Sistema de Información determinado;
c) Cumplir con la normatividad aplicable a nivel local y/o federal en materia de protección civil y reglamentos de construcción; así como, con las Normas Oficiales Mexicanas que correspondan, con la asistencia que corresponda a “EL MUNICIPIO”;
d) Ubicar geográficamente, señalando las coordenadas correspondientes, las obras y acciones usando como base la cartografía digital publicada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y/o en su caso la indicada por “LA UAPIEP”, con la asistencia que, en su caso, corresponda a “EL MUNICIPIO”;
e) Aplicar, cuando corresponda, el instrumento de registro de personas beneficiarias conforme la apertura programática (PMU-04), la cual puede ser consultada en el micrositio de “EL PROGRAMA”, recabando el consentimiento para el manejo de datos personales, con la asistencia que corresponda de “EL MUNICIPIO” y de la Oficina de Representación en la Entidad Federativa o Región de “LA SEDATU”, en lo sucesivo “LA INSTANCIA AUXILIAR”, en términos de “LAS REGLAS”;
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f) Ejercer los subsidios de “EL PROGRAMA” conforme a lo dispuesto en “LAS REGLAS” y en la normatividad federal aplicable;
g) Justificar las variaciones que surjan entre los montos de los subsidios aprobados y ejercidos, así como entre las metas programadas y las alcanzadas en cada obra o acción, en su caso;
h) Elaborar, integrar y conservar el expediente de cada obra o acción relacionada con el presente instrumento y remitirlos a las instancias correspondientes, en términos de la normativa aplicable;
i) Dar seguimiento y cumplimiento a la programación acordada con la comunidad e instancias correspondientes, en términos de la normativa aplicable, para las acciones establecidas en el proceso comunitario;
j) Elaborar y mantener actualizado un registro de los subsidios de “EL PROGRAMA” y de los recursos financieros locales aportados y ejercidos;
k) Solicitar a “EL MUNICIPIO”, con apoyo de “LA INSTANCIA AUXILIAR”, la documentación referente a la Certeza Jurídica de los predios o inmuebles propuestos para ser apoyados por “EL PROGRAMA”, en términos de la normativa aplicable;
l) Con apoyo de “LA INSTANCIA AUXILIAR”, suscribir el acta entrega-recepción de inmueble para la entrega física y sin perturbación de los predios o inmuebles propuestos para ser apoyados por “EL PROGRAMA”, en términos de la normativa aplicable.
El acta que refiere el párrafo anterior debe incorporar las colindancias, medidas y linderos de los predios que serán intervenidos por el “EL PROGRAMA”, los cuales deben coincidir con los documentos que acrediten la propiedad o posesión pública, en términos de “LAS REGLAS”;
m) Ejecutar de manera directa o mediante la contratación de un tercero las obras de infraestructura y equipamiento de conformidad con la fracción XX del artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;
n) Vigilar que el ejercicio de los recursos para la ejecución de las obras y acciones se realice mediante instrumentos que garanticen su transparencia e idoneidad financiera;
o) Coadyuvar, en conjunto con la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de “LA SEDATU”, para realizar los procesos de licitación, adjudicación, y/o contratación de conformidad con la legislación y normatividad aplicable; previo contar con la certeza jurídica de la propiedad de los predios o, en caso de ser propiedad de cualquier otro ente público, la posesión o usufructo para un fin público, en las obras o proyectos en los que aplique;
p) Establecer la residencia de obra o servicios con anterioridad a la iniciación de las mismas, la cual deberá recaer en una persona servidora pública designada por “LA SEDATU”, quien fungirá como su representante ante el contratista y será el responsable directo de la supervisión, vigilancia, control y revisión de los trabajos, incluyendo la aprobación de las estimaciones presentadas por los contratistas. La residencia de obra deberá estar ubicada en el sitio de ejecución de los trabajos.
Cuando la supervisión sea realizada por contrato, la aprobación de las estimaciones para efectos de pago deberá ser autorizada por la residencia de obra de “LA SEDATU” y deberán ajustarse a la normativa aplicable;
q) Efectuar la supervisión de “LOS PROYECTOS” que refiere este instrumento, de manera directa o mediante la contratación de un tercero. En caso de que la supervisión la realice un tercero, la contratación del servicio se realizará con cargo a los subsidios federales de “EL PROGRAMA”
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por considerarse un gasto inherente a la obra conforme a lo establecido en la normativa federal aplicable;
r) Apoyar la integración y operación de los Comités de Contraloría Social o figuras análogas, en los términos que se establecen en “LAS REGLAS” y la normativa de la Secretaría de la Función Pública;
s) Solicitar y justificar la autorización de modificación y, en su caso, la cancelación de las obras y acciones cuando la obra o acción tenga cambios en los conceptos autorizados, en términos de la normativa aplicable;
t) Hacer entrega de las obras construidas por “EL PROGRAMA” a “EL MUNICIPIO”, en la cual se deberá especificar que el gobierno local será el responsable de la operación, resguardo y mantenimiento de las mismas, mediante el Acta de Entrega–Recepción (MIB-06) correspondiente, la cual puede ser consultada en el micrositio de “EL PROGRAMA”;
u) Supervisar directamente o mediante la contratación de un tercero, la ejecución de las obras, así como brindar la información y las facilidades necesarias a instancias y órganos competentes, para llevar a cabo la fiscalización, verificación o evaluación de las obras y acciones apoyadas por “EL PROGRAMA”; y
v) Las demás que establezcan la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda en su carácter de Instancia Normativa, “LA UAPIEP”, “LAS REGLAS” y las disposiciones legales y normativas aplicables.
OCTAVA. OBLIGACIONES DE "LA INSTANCIA AUXILIAR". Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, la Oficina de Representación, en su carácter de “LA INSTANCIA AUXILIAR”, bajo la supervisión de la Dirección General de Coordinación de Oficinas de Representación, se compromete a:
a) Apoyar a “LA UAPIEP”, en la coordinación de acciones con las autoridades estatales y municipales;
b) Promover y difundir “EL PROGRAMA”, así como la(s) Convocatoria(s) que emita “LA SEDATU”;
c) Revisar que las obras y acciones propuestas atiendan los Criterios de Priorización de los proyectos, además de los requisitos de elegibilidad generales y específicos de la Vertiente que corresponda, establecidos en “LAS REGLAS”;
d) Colaborar con “LA UAPIEP” en las actividades para la elaboración y suscripción de los instrumentos jurídicos de coordinación;
e) Dar seguimiento a la ejecución, operación y ejercicio del gasto de las obras y acciones e informar periódicamente su evolución a “LA UAPIEP”;
f) Coadyuvar en la coordinación de las acciones del Programa en sus Vertientes y Modalidades;
g) Coadyuvar para la correcta y oportuna operación del Programa;
h) Resguardar copia digital del expediente de cada obra o acción apoyada por el Programa, con la documentación e información proporcionada por “LA UPEDU”, de acuerdo con la normatividad aplicable y a lo definido en “LAS REGLAS”;
i) Dar seguimiento a las quejas y denuncias que se interpongan con relación al Programa;
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j) Promover, difundir y dar seguimiento en coordinación con “EL MUNICIPIO” a las actividades en materia de Contraloría Social, conforme al Esquema o Esquemas validados por la Secretaría de la Función Pública;
k) Apoyar a “LA UAPIEP” en la revisión de la documentación comprobatoria presentada por “LA UPEDU”, a fin de que cumpla con las disposiciones normativas aplicables y pertenezca a la obra o acción respectiva;
l) Coadyuvar en el proceso de la elaboración o actualización del Programa Territorial Operativo (PTO) y elaboración del diagnóstico;
m) Asesorar a “EL MUNICIPIO” y a “LA UPEDU” en los distintos procesos relacionados con la solicitud, operación, conservación y mantenimiento de las obras y acciones apoyadas por el Programa;
n) Coadyuvar en coordinación con “LA UPEDU” y “EL MUNICIPIO”, para que los proyectos presentados al Programa cumplan con la normatividad aplicable a nivel local y/o federal en materia de protección civil y reglamentos de construcción; así como, con las Normas Oficiales Mexicanas que correspondan;
o) Apoyar a “LA UPEDU” en el registro de “LOS PROYECTOS” en el Sistema de Información determinado por “LA UAPIEP”, de acuerdo con la Apertura Programática (PMU -04), así como al expediente técnico de cada obra o acción (MIB-11), los cuales pueden ser consultados en el micrositio del Programa: xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxx.xx/;
p) En coordinación con “LA UPEDU” o “EL MUNICIPIO”, recolectar y capturar la información socioeconómica en el sistema que determine el Área Responsable, conforme a la Cédula de registro de beneficiarios de la Vertiente Mejoramiento Integral xx Xxxxxxx (MIB-12), disponible para su consulta en el micrositio del Programa: xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxx.xx/;
q) En coordinación con “LA UPEDU” apoyar en la recepción y captura de solicitudes y propuestas de modificación y/o cancelación en el Sistema de Información determinado por “LA UAPIEP” de las obras y acciones aprobadas por el Programa;
r) En coordinación con “LA UPEDU”, verificar en campo las obras y acciones apoyadas, para tal efecto levantarán el Formato de Verificación de Obra (MIB-13), correspondiente disponible para su consulta en el micrositio del Programa: xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxx.xx/;
s) En coordinación con “LA UPEDU” y “EL MUNICIPIO” verificar, previo a la elaboración del Acta de Entrega-Recepción de las obras (MIB -06) o de Informe de resultados de las acciones (MIB - 07), la correcta conclusión de los trabajos y de acciones apoyadas por el Programa y, en su caso, la definición del mecanismo establecido para el mantenimiento y conservación de las obras;
t) Participar con “LA UPEDU” y “LA UAPIEP” en la organización de los eventos protocolarios de inauguración y término de las obras y acciones aprobadas por el Programa;
u) Coadyuvar con “LA UPEDU”, y “LA UAPIEP” para la obtención de la información de “EL MUNICIPIO” respecto a la certeza jurídica del predio o inmueble de los proyectos propuestos al Programa;
v) Xxxxxxx apoyo y promoción al cumplimiento de actividades de la Modalidad Participación Comunitaria en coordinación con “LA UPEDU”;
w) Verificar que “LA UPEDU”, cumpla al inicio y/o término de las obras y acciones, según corresponda, con la señalización de las obras autorizadas, garantizando lo establecido en el Manual de Imagen y Comunicación de la SEDATU 2019-2024;
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x) Alimentar el Sistema de Información que determine “LA UAPIEP”, en coordinación con la “LA UPEDU” y “EL MUNICIPIO”, con el soporte fotográfico correspondiente a la situación previa, durante y posterior a la ejecución del proyecto, mismas que deberán preferentemente capturarse desde el mismo sitio y ángulo;
y) Con “EL MUNICIPIO”, recolectar y capturar la información socioeconómica en el sistema que determine “LA UAPIEP”, conforme a la Cédula de registro de beneficiarios de la Vertiente Mejoramiento Integral xx Xxxxxxx; y
z) Las demás que establezcan la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda en su carácter de Instancia Normativa, y “LA UAPIEP”, “LAS REGLAS” y las disposiciones legales y normativas aplicables.
NOVENA. RESPONSABILIDADES DE “EL MUNICIPIO”. Para el cumplimiento del objeto del presente de Convenio de Coordinación Específico, “EL MUNICIPIO”, en su carácter de Instancia Solicitante, tendrá las siguientes responsabilidades:
a) Elaborar la justificación técnica y social de las obras y acciones para lo cual deberán cumplir con los criterios de equidad, inclusión, integralidad, desarrollo urbano y sustentabilidad; en términos de la legislación y normatividad en la materia;
b) Coadyuvar con “LA UPEDU” en la integración del expediente de cada obra o acción, de acuerdo con la normatividad aplicable y a lo definido en “LAS REGLAS”;
c) Suscribir los instrumentos jurídicos que correspondan para facilitar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, de acuerdo con las disposiciones aplicables, así como dar cumplimiento a lo convenido;
d) Apoyar a “LA UPEDU” a fin de cumplir con la normatividad aplicable a nivel local y/o federal en materia de protección civil, reglamentos de construcción, Normas Oficiales Mexicanas, que correspondan, así como, coadyuvar con ésta en la integración de los expedientes según el tipo de obra o acción;
e) Emitir las autorizaciones, licencias de construcción, dictámenes de factibilidad, entre otros, de las obras y acciones propuestas, de conformidad con la legislación y normatividad aplicable, así como cubrir la totalidad de los costos asociados a estos conceptos y todos aquellos necesarios relacionados con la contratación y suministro de servicios públicos, los preste o no directamente “EL MUNICIPIO”;
f) Dar seguimiento a las quejas y denuncias que se interpongan en relación a “EL PROGRAMA”;
g) Garantizar que los proyectos propuestos tengan la factibilidad de conexión a la red de servicios básicos, como son agua, drenaje, electrificación, entre otros;
h) Colaborar en la promoción y acompañamiento de las actividades de la Modalidad de Participación Comunitaria, durante las fases de planeación, seguimiento, gestión, evaluación y activación del espacio, en cumplimiento a los objetivos establecidos en la Guía de Operación y los acuerdos con la comunidad;
i) Aplicar con el apoyo de “LA INSTANCIA AUXILIAR”, el instrumento de registro de personas beneficiarias recabando el consentimiento para el manejo de datos personales, e integrar, actualizar y alimentar el Sistema de Información determinado por “LA UAPIEP” para la conformación xxx xxxxxx correspondiente;
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j) Acreditar la propiedad del predio o inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio (RPPC) o instancia equivalente o, en caso de ser propiedad de cualquier otro ente público, la posesión o usufructo para un fin público acompañado de una Carta Responsiva municipal, estatal o federal donde indique bajo protesta de decir verdad el derecho real que le corresponde, así como de la información y constancias documentales proporcionadas sobre el predio o inmueble de los proyectos presentados a “EL PROGRAMA”. El predio o inmueble deberá estar debidamente identificado en el documento con su georreferencia y medidas perimetrales;
k) Obligarse a realizar las acciones legales necesarias para contar con la certeza jurídica en relación al derecho real del predio o inmueble a intervenir con “EL PROGRAMA” cuando se encuentre a favor de un gobierno local o ente público de cualquier naturaleza, así como cubrir los gastos inherentes a este proceso, y deberán entregar a “LA UPEDU” la documentación que acredite los trámites y/o procedimientos jurídicos correspondientes;
l) Suscribir con “LA SEDATU” a través de “LA INSTANCIA AUXILIAR”, el acta entrega-recepción de inmueble para la entrega física y sin perturbación de los predios o inmuebles propuestos para ser apoyados por “EL PROGRAMA”, en términos de la normativa aplicable; en el acta se hará constar que los predios a intervenir se encuentran desocupados para la ejecución de “LOS PROYECTOS”
El acta que refiere el párrafo anterior debe incorporar las colindancias, medidas y linderos de los predios que serán intervenidos por “EL PROGRAMA”, los cuales deben coincidir con los documentos que acrediten la propiedad o posesión pública, en términos de “LAS REGLAS” .
m) Xxxxxxxx y obtener de las autoridades competentes los dictámenes, permisos, licencias, derechos que correspondan para realizar las obras y acciones a apoyar por “EL PROGRAMA”;
n) Xxxxxxxx, integrar y dar seguimiento, con el apoyo de “LA SEDATU”, a las actividades en materia de Contraloría Social; entre otras conformando y capacitando a los comités de Contraloría Social o figuras análogas, ajustándose al Esquema o Esquemas validados por la Secretaría de la Función Pública;
o) Apoyar a “LA SEDATU” en las acciones de verificación de las obras y acciones apoyadas por “EL PROGRAMA”, conforme al Formato de Verificación de Obra (MIB-13), disponible para su consulta en el micrositio de “EL PROGRAMA”: xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxx.xx/;
p) Participar en el Acta de Entrega-Recepción de las obras (MIB-06) o del informe de resultados de las acciones;
q) Inventariar, resguardar y mantener en buen estado durante su vida útil, las obras y/o equipos, así como vigilar y sufragar su continua y adecuada operación, ya sea con recursos propios o de los gobiernos estatales, según corresponda;
r) Las demás que establezcan la Instancia Normativa, “LA UAPIEP”, “LAS REGLAS” y las disposiciones legales y normativas aplicables; y
s) Cuando la cartera de proyectos incluya la construcción de mercados públicos, el Municipio se compromete a la realización y entrega a “LA SEDATU” de:
1) Padrón de beneficiarios: Documento en el que se especifique número de locales comerciales existentes y en su caso, de nueva creación, dimensiones de los locales, propietario, arrendatario del local en su caso, datos de contacto del propietario. El padrón
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deberá estar acreditado por los locatarios xxx xxxxxxx o por la mesa directiva de ser el caso, lo anterior a través de su firma en el documento.
2) Programa de reubicación: En los casos en los que el mercado cuente con instalaciones preexistentes y esté operando. Se entregará un documento en el que se indiquen preferentemente, al menos dos alternativas para reubicar temporalmente a los locatarios xxx xxxxxxx.
Estas alternativas deberán contar con las condiciones necesarias para que los comerciantes continúen con sus actividades económicas, proveyendo los servicios básicos (agua potable, energía eléctrica, servicios de sanitarios) y de recolección de desechos, así como seguridad a sus bienes. El programa de reubicación contendrá mapas de zonas de utilización temporal en donde se detalle la distribución propuesta de los comercios (esta información deberá ser coherente con los datos xxx xxxxxx de beneficiarios) y ruta crítica con fechas para su implementación.
3) Cronograma de reubicación: Documento en donde se especifique la estrategia y la ruta crítica con fechas de implementación para realizar la mudanza de los locatarios al inmueble temporal en donde serán reubicados. El proceso deberá garantizar en una fecha determinada, la liberación total del predio que permita iniciar los trabajos de obra.
4) Programa de difusión: El Municipio será responsable de la difusión del proyecto, así como de la sede temporal de los locatarios. El programa de difusión será un documento en el que se detallen las acciones a realizar con el objetivo de informar a la comunidad sobre la reubicación temporal de los locatarios y/o comerciantes beneficiarios. En dicho programa se podrán hacer uso de medios electrónicos y redes sociales, así como medíos tradicionales carteles, lonas, trípticos, entre otros. Sin embargo, dicho programa tendrá que garantizar la correcta socialización del proyecto y su alternativa temporal y deberá de acompañarse de la ruta crítica de implementación con fechas específicas de cumplimiento.
DÉCIMA. ENLACES. "LA SEDATU" designa como enlace con “EL MUNICIPIO” a la/el C. , , adscrito a “LA UPEDU”, en su carácter de (cargo) quien será responsable del seguimiento y control de todo lo relacionado con "LOS PROYECTOS", y por parte de la Oficina de representación a la/el C. , adscrito a la Oficina de Representación en el Estado de , quienes asistirán para todos los temas inherentes al presente Convenio de Coordinación Específico, o en su caso, las personas quienes los llegaran a suplir en el empleo, cargo o comisión.
Para lo relativo al cumplimiento del objeto del presente Convenio, “EL MUNICIPIO” designa como enlace con "LA SEDATU" a el C. , en su carácter , quien asistirá para todos los temas inherentes al presente Convenio de Coordinación Específico.
DÉCIMA PRIMERA. CONTROL Y FISCALIZACIÓN. El ejercicio de los recursos federales de “EL PROGRAMA” está sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados por las siguientes instancias, conforme a la legislación vigente y en el ámbito de sus respectivas competencias: el Órgano Interno de Control en “LA SEDATU”, la Secretaría de la Función Pública, la
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Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.
DÉCIMA SEGUNDA. TERMINACIÓN ANTICIPADA Y RESCISIÓN DEL CONVENIO. "LAS PARTES"
acuerdan que, al basarse el presente instrumento en el principio de la buena fe, de común acuerdo, podrán convenir la terminación anticipada del mismo. Asimismo, el presente Convenio de Coordinación Específico se podrá dar por terminado de manera anticipada por la existencia de alguna de las siguientes causas: a) De presentarse caso fortuito, entendiéndose éste por un acontecimiento de la naturaleza; b) Por fuerza mayor, entendiéndose un hecho humanamente inevitable; c) Por cumplimiento anticipado del objeto del presente Convenio; d) Porque los documentos que exhibió y entregó, para acreditar la propiedad a favor del Municipio, o en su caso, de ser propiedad de cualquier otro ente público, posesión o usufructo para un fin público, resulten apócrifos, alterados, imitados, falsificados, fraudulentos o siendo auténticos, no correspondan al predio o también siendo auténticos, se hayan obtenido de manera fraudulenta; e) Por negarse a firmar cualquier documento complementario o accesorio al presente instrumento; f) Por ocultar o no entregar, cualquier información o documentación que resulte necesaria al objeto del presente instrumento; g) Obstruir, obstaculizar, desincentivar o cualquier otra acción u omisión que pudiera resultar en contra del cumplimiento del objetivo del presente instrumento, y h) Todas aquellas que contravengan lo dispuesto por “LAS REGLAS”.
“LA SEDATU” podrá, en cualquier momento, rescindir el presente instrumento jurídico, sin que medie resolución judicial y sin responsabilidad alguna, cuando “EL MUNICIPIO” no cumpla en tiempo y forma con los compromisos pactados en este Convenio de Coordinación Específico o en lo establecido en “LAS REGLAS” o en la legislación federal aplicable.
DÉCIMA TERCERA. MODIFICACIONES El presente Convenio de Coordinación Específico podrá ser modificado conforme a los preceptos y lineamientos que lo originan, los cuales se harán constar por escrito mediante la elaboración de un Convenio modificatorio, cumpliéndose con los requisitos establecidos en la legislación aplicable, el cual “LAS PARTES” están obligadas a suscribir.
DÉCIMA CUARTA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. “LAS PARTES” manifiestan su conformidad para resolver de común acuerdo, todas las desavenencias de interpretación o cumplimiento que deriven del presente Convenio de Coordinación Específico a través de medios alternativos de solución de conflictos; asimismo, convienen en sujetarse para todo lo no previsto en el mismo, a lo dispuesto en los instrumentos legales y normativos señalados en la Cláusula Quinta de este Convenio.
De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio Coordinación Específico, que no puedan ser resueltas de común acuerdo entre “LAS PARTES”, conocerán los Tribunales Federales con sede en la Ciudad de México.
DÉCIMA QUINTA. CONFIDENCIALIDAD. “LAS PARTES” se obligan a mantener bajo la más estricta confidencialidad, la información relacionada o resultante que sea intercambiada, con motivo de la
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ejecución de las acciones materia del presente Convenio Coordinación Específico, debiendo proteger y resguardar dicha información, durante toda su vigencia e incluso posterior a ella, en cumplimiento a las disposiciones aplicables de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
DÉCIMA SEXTA. DIFUSIÓN. “LAS PARTES” serán responsables de que durante la ejecución del objeto de este Convenio de Coordinación Específico se cumplan las disposiciones, estrategias y programas referentes a comunicación social y publicidad, y que se encuentren señaladas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2021; así como en “LAS REGLAS”.
La publicidad, información, la papelería y la documentación oficial relativa a las acciones realizadas deberá identificarse con el escudo nacional en los términos que establece la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, y el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2021, e incluir la siguiente leyenda “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.
DÉCIMA SÉPTIMA. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR. En caso de generarse
derechos de propiedad intelectual con motivo de las actividades que se lleven a cabo en el marco de este Convenio de Coordinación Específico, así como del diseño y la ejecución de los proyectos apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, "LAS PARTES" se obligan a reconocerse mutuamente los créditos correspondientes y ajustarse a lo dispuesto en la Ley Federal de Derechos de Autor, su Reglamento y demás normatividad aplicable.
Asimismo, "LAS PARTES" convienen que la propiedad intelectual y los derechos de autor resultantes de las actividades que desarrollen conjuntamente corresponderán a la parte que haya producido; o, en su caso, a todas ellas en proporción a sus aportaciones. Los derechos de autor de carácter patrimonial que se deriven del presente Convenio de Coordinación Específico, le corresponderán a la parte que haya participado o que haya aportado recursos para su realización, la cual, únicamente quedará obligada a otorgarle los créditos correspondientes por su autoría y colaboración a la otra parte.
DÉCIMA OCTAVA. CONTRALORÍA SOCIAL. “LAS PARTES” serán responsables de que durante la ejecución de los proyectos apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA” se cumplan las disposiciones señaladas en “LAS REGLAS” en materia de contraloría social; así como lo señalado en los Lineamientos vigentes emitidos por la Secretaría de la Función Pública, para promover las acciones necesarias que permitan la efectividad de la vigilancia ciudadana, bajo el esquema o esquemas validados por la Secretaría de la Función Pública.
DÉCIMA NOVENA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que el personal aportado por cada una para la realización de los proyectos apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, se entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó; por ende, cada una de ellas
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asumirá su responsabilidad por este concepto, y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos de la otra.
VIGÉSIMA. TRANSPARENCIA. “LAS PARTES” manifiestan que el presente instrumento es público de acuerdo con lo previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que la información a la que tengan acceso y aquella que se genere para su cumplimiento, deberá sujetarse a los principios de la Leyes de la materia, incluyendo desde luego los supuestos de confidencialidad y reserva estipulados en los citados ordenamientos de considerarse procedente.
VIGÉSIMA PRIMERA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. “LAS PARTES” se comprometen a
proteger los datos personales que en virtud del presente Convenio de Coordinación Específico tengan acceso, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.
VIGÉSIMA SEGUNDA. INTEGRIDAD. “LAS PARTES” se comprometen a actuar bajo los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia, honestidad, e integridad, y a cumplir con todas las disposiciones en materia de responsabilidades de servidores públicos, previstas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas; así como en lo dispuesto por el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Gobierno Federal o su Código de Ética local o el instrumento análogo que en la especie aplique.
Para esos efectos, el alcance del objeto del presente Convenio de Coordinación Específico se limita al necesario para cumplir con los fines de condición normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”.
“LAS PARTES” se comprometen a que, ni ellas, ni sus directores, funcionarios o empleados habrán ofrecido, prometido, entregado, autorizado, solicitado o aceptado ninguna ventaja indebida, económica o de otro tipo (o insinuado que lo harán o podrían hacerlo en el futuro) relacionada de algún modo con el presente instrumento o con los que deriven del mismo y que habrán adoptado medidas razonables para evitar que lo hagan los subcontratistas, agentes o cualquier otro tercero que este sujeto a su control o a su influencia significativa.
VIGÉSIMA TERCERA. ANTICORRUPCIÓN. “LAS PARTES” se comprometen a no llevar a cabo acto de corrupción alguno, por lo que pactan que será causal de suspensión o terminación de la relación derivada del presente Convenio de Coordinación Específico el conocimiento de que la otra parte ha actuado en violación a la legislación aplicable en materia de anticorrupción, en particular al involucrarse o tolerar algún acto de corrupción o ser utilizada como conducto para cometerlo.
Para esos efectos, el alcance del objeto de la presente Convenio de Coordinación Específico se limita al necesario para cumplir con los fines y conducción normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”.
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VIGÉSIMA CUARTA. CESIÓN DE DERECHOS. “LAS PARTES” acuerdan que no podrán ceder en forma alguna los derechos y obligaciones establecidos o los que deriven del presente Convenio de Coordinación Específico.
VIGÉSIMA QUINTA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación Específico estará vigente a partir del día de su firma y hasta la suscripción del Acta de Entrega-Recepción de la Obra, entre “LA SEDATU” y “EL MUNICIPIO”, considerando los plazos establecidos en “LAS REGLAS”, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento y la demás normativa que en materia de ejercicios de recursos resulte aplicable.
Enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, firman el presente Convenio de Coordinación Específico en cuatro tantos en la Ciudad de México, a los días del mes de de .
POR “LA SEDATU”
TITULAR DE LA UNIDAD DE APOYO A PROGRAMAS DE INFRAESTRUCTURA Y ESPACIOS PÚBLICOS
POR “EL MUNICIPIO”
LA PRESIDENTA MUNICIPAL
POR “LA SEDATU”
TITULAR DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS PARA EL DESARROLLO URBANO
POR “EL MUNICIPIO”
cargo
POR “LA SEDATU”
EL TITULAR DE LA OFICINA DE REPRESENTACIÓN EN EL ESTADO DE
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ESTA HOJA DE FIRMAS, CORRESPONDE AL CONVENIO DE COORDINACIÓN ESPECÍFICO PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS EXTRAORDINARIOS, PARA DETONAR LA ACTIVIDAD ECONÓMICA, CON ACCIONES DE MEJORAMIENTO URBANO DE CARÁCTER EMERGENTE, DE LA VERTIENTE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX, DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO URBANO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2021, QUE CELEBRAN LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO Y EL MUNICIPIO DE , ESTADO DE _ DE FECHA _ DE _ DE .