PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REDACCIÓN DEL PROYECTO Y DIRECCION DE OBRAS
PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS PARTICULARES
QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REDACCIÓN DEL PROYECTO Y DIRECCION DE OBRAS
“REFORMA DE CASA CONSISTORIAL”
Aprobación: Pleno de fecha 21/01/10
PLIEGOS DE CLÁUSULAS TÉCNICAS PARTICULARES: CONTRATO DE REDACCIÓN DE PROYECTO Y DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LA OBRA PARA LA REDACCIÓN DEL PROYECTO Y DIRECCIÓN DE OBRAS DE “REFORMA DE LA CASA CONSISTORIAL”,.
1.- OBJETO XXX XXXXXX
Es objeto del presente Pliego el establecimiento de las Condiciones técnicas que han de regir, de acuerdo con el Programa de Necesidades, que se acompaña, al contrato de
REDACCIÓN DE PROYECTO DE EJECUCIÓN, COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD, EN FASE DE PROYECTO Y ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA OBRA Y DIRECCIÓN DE OBRA Y COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD, DE LAS OBRAS DE “Reforma de la Casa Consistorial”.
El proyecto de obras de “Reforma de la Casa Consistorial”, se basará en lo no previsto en este Pliego de Cláusulas Administrativas, en el Plan Municipal de Artajona, y las indicaciones del técnico municipal y/o Corporación, en las Memorias Valoradas del Arquitecto D. Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx y de Contec Ingenieros Consultores SL.
El PROYECTO DE OBRA incluye los siguientes conceptos:
Redacción del Proyecto de ejecución y Actividad Clasificada.
Elaboración del Estudio de Seguridad y Salud.
Coordinación de Seguridad y Salud en la elaboración del Proyecto.
La DIRECCIÓN DE OBRA incluirá:
Dirección de la Obra de Arquitecto Superior y de Arquitecto Técnico.
Coordinación de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra
El ámbito de actuación y el programa a desarrollar se define en los anexos a este Pliego.
El adjudicatario facilitará a la Administración contratante, sin coste adicional alguno, cuantos servicios profesionales se estimen necesarios por ésta para el correcto desarrollo y cumplimiento del objeto de los contratos como asistencia a reuniones explicativas, información al público o a los servicios afectados, etc., hasta la extinción del plazo de garantía.
2.- CARACTERÍSTICAS:
El Proyecto tendrá como ámbito el inmueble de la Casa Consistorial, que está ubicado en la C/ Xxxxxxx Xxxxxxxxx, número 3 de Artajona, ocupando la parcela catastral nº 1588 del Polígono 1.
3.- CONDICIONES DEL PROYECTO.
El Proyecto de obras deberá sujetarse a las instrucciones técnicas que sean de obligado cumplimiento para la Administración y comprenderá, al menos, los siguientes documentos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos:
a) Una Memoria que tendrá carácter contractual y recogerá las necesidades a satisfacer y los factores de todo orden a tener en cuenta. Incluirá un apartado en el que se especifiquen las normas e instrucciones aplicadas en la redacción del proyecto.
b) Planos de estado actual y de las obras a ejecutar de conjunto y de detalle necesarios para que la obra quede perfectamente definida. Habrán de ser lo suficientemente detallados como para explicar la propuesta y valorar el diseño interior y exterior de la instalación.
c) El Pliego de Prescripciones Técnicas particulares, donde se hará la descripción de las obras y se regulará su ejecución.
d) Un presupuesto, integrado o no por varios parciales, con expresión de los precios unitarios y de los descompuestos.
e) Un Estudio de Seguridad y Salud, suscrito por técnico competente integrado en el equipo, específico y adaptado para esta obra, con todos los documentos exigidos por la normativa vigente.
f) Proyectos de desarrollo de las instalaciones. Las instalaciones de Transmisión y Comunicaciones serán siempre objeto de un proyecto específico, si procede.
g) Estudio completo del edificio en el estado actual con el fin de estimar un solapamiento con los diferentes usos en el conjunto del edificio.
h) Proyecto de derribo.
i) La documentación prevista en normas de carácter legal o reglamentario.
4.- ESPECIFICACIONES DE LA DIRECCIÓN DE OBRA.
La dirección Facultativa de la Obra, con titulación adecuada y suficiente, será directamente responsable de la dirección, comprobación y vigilancia de la correcta realización de la obra contratada, asumiendo la representación de la Administración ante el contratista.
El Director de Obra podrá contar para el desempeño de sus funciones, con colaboraciones a sus órdenes, que desarrollarán su labor en función de las atribuciones derivadas de sus títulos profesionales, o de sus conocimientos específicos, integrando todos ellos la “Dirección de Obra”
La designación de la Dirección de Obra y de todas las modificaciones que sobre la misma se realicen durante la ejecución será comunicada por escrito al contratista.
La Dirección de Obra se ejecutará con estricta sujeción a los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que rigen esta contratación, así como a los documentos técnicos que sirven de base al contrato, y conforme a las instrucciones que por escrito sean dadas por el personal del Servicio correspondiente designado para el seguimiento y control de los trabajos, sometiéndose el adjudicatario a las facultades de interpretación, modificación y resolución que la legislación vigente confiere a la Administración contratante.
Cuando la Dirección de Obra incurra en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha de las obras o el cumplimiento de los programas de trabajo, la Administración contratante podrá exigirle la adopción de medidas concretas y eficaces para restablecer el buen orden en la ejecución del contrato.
La Dirección de Obra establecerá, con la conformidad de la Administración contratante, el procedimiento adecuado para que exista constancia documental de todas las órdenes, instrucciones, comunicaciones e incidencias que durante la ejecución de las obras, incluida el replanteo, pudieran producirse.
Dicho procedimiento deberá servir para acreditar, además de las circunstancias objetivas de cada uno de los supuestos, el conocimiento y conformidad del contratista de la obra y de la Dirección facultativa con tales anotaciones.
Como dirección facultativa y responsable de la coordinación de la seguridad y salud de las obras, tendrá, entre otras no especificadas, las siguientes funciones:
a) Exigir al contratista, directamente o a través del personal a sus órdenes, el cumplimiento de las condiciones contractuales.
b) Garantizar la ejecución de las obras con estricta sujeción al proyecto aprobado o, en su caso, a las modificaciones del mismo, así como el cumplimiento del programa de trabajo.
c) Informar, a petición de la Administración contratante, los documentos y ofertas de los licitadores que se presenten a la contratación de la ejecución de las obras.
d) Dirigir las obras efectuando para ello todas las visitas de obra que resulten necesarias para el buen desarrollo de las mismas, con un mínimo de una visita semanal.
e) Coordinar al equipo técnico facultativo de la obra, interpretar técnica, económica y estéticamente el Proyecto de ejecución y adoptar las medidas necesarias para llevar a término el desarrollo del proyecto, estableciendo las adaptaciones, detalles complementarios y modificaciones que pueda requerir la realización de la obra, teniendo en cuenta que éstas se sujetarán estrictamente a lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
f) Certificar, en los plazos y condiciones que se fijen en la contratación de la ejecución de las obras, el importe de las unidades de obra realizadas por el contratista.
g) Informar mensualmente, y siempre que sea necesario, a la Administración contratante de la marcha de las obras, así como de las modificaciones que considere conveniente introducir, sin que ello suponga incumplir el régimen jurídico que rige para las mismas. Los informes mensuales incluirán fotografías en color del estado general de las obras y de los elementos de la obra más singulares.
h) Informar a la administración contratante sobre las variaciones en las subcontratas que pudiera proponer la empresa adjudicataria de las obras.
i) Participar en la recepción de la obra conforme a lo establecido legal o reglamentariamente.
j) Practicar la liquidación final de la obra en un plazo máximo de dos meses desde la recepción o conformidad de las mismas.
k) En su caso, redactar los presupuestos o proyectos modificados.
l) Colaborar y proporcionar la documentación requerida por la Administración contratante para declaraciones de obra nueva, autorizaciones administrativas, etc.
m) Definir aquellas condiciones técnicas que los Pliegos de Prescripciones Técnicas del Proyecto dejen a su decisión.
n) Resolver cuantas cuestiones técnicas surjan en cuanto a la interpretación de planos, condiciones de materiales y de ejecución de unidades de obra, siempre que no impliquen modificaciones de las condiciones del contrato.
o) En caso de emergencia, el Director de Obra podrá ordenar la realización de aquellas unidades de obra que sean imprescindibles para garantizar la permanencia de la obra ya ejecutada o evitar daños inminentes a terceros, quedando obligado el contratista de las obras a poner a su disposición los medios técnicos y humanos necesarios. Desaparecida la causa determinante de la emergencia, el Director dará cuenta inmediata a la Administración contratante.
p) Al finalizar la obra se entregarán los planos definitivos tanto de la obra civil como de instalaciones y un informe final en el que se recogerán los datos e incidentes más relevantes de la obra.
q) Facilitar a la administración contratante los manuales de mantenimiento de las instalaciones y cuanta documentación técnica sea necesaria para facilitar un buen mantenimiento de las obras ejecutadas.
r) Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en la legislación vigente en materia de seguridad y de salud en las obras de construcción.
s) Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y de seguridad.
t) Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva.
u) El coordinador de Seguridad y Salud en fase de obra informará para su aprobación sobre el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista, y en su caso, las modificaciones introducidas en el mismo. Presentará una copia del plan o de sus modificaciones junto a cada informe.
v) Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra.
5.- ESPECIFICACIONES SOBRE LA DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR.
La documentación completa del Proyecto de Ejecución y Estudio de Seguridad y Salud incluirá la documentación detallada en los pliegos de cláusulas administrativas. El número de ejemplares a entregar así como su formato viene recogido en el de las cláusulas administrativas.
ANEXO I:
PROGRAMA DE NECESIDADES
CONSIDERACIONES PREVIAS
El presente documento trata de definir el marco físico en el que se han de desarrollar las obras o actuaciones que se pretenden realizar que es en la Casa Consistorial que está ubicada en la c/ Xxxxxxx Xxxxxxxxx, número 3 de Artajona.
El edificio necesita una intervención integral en su totalidad.
El edificio tiene unas distribuciones, alturas interiores, ubicación de la caja xx xxxxxxxx y disposiciones xx xxxxx de carga, que impiden cualquier reconversión y mejora interior, con la sola actuación de “mover tabiques”.
Por tanto, las obras de reforma de la Casa Consistorial, pasan por una demolición y reconstrucción total del edificio, salvo las fachadas principales.
Desde el punto de vista funcional y económico, se trata de renovar totalmente la edificación, con el vaciado interior en su totalidad, manteniendo las fachadas.
PROPUESTA DE DISTRIBUCIÓN:
La propuesta de actuación y diseño del edificio reconstruido, pero conservando las fachadas actuales, en la medida de lo posible, sería:
Planta Baja: Atención al público, despacho de Secretaría, despacho auxiliar administrativa, despacho oficial administrativa, despacho auxiliar, despachos para trabajadora social, trabajadora familiar y auxiliar administrativa, despacho Sociedad de Corralizas, pequeño almacén para servicios múltiples, aseos. Superficie 221,00 m2, sobre un solar de 239,30 m2.
A ser posible todos estos despachos girarán entorno a una única sala de espera y su delimitación será acristalada, y si fuera posible, desplazable con relativa facilidad, excepto los aseos y el almacén de serviios múltiples.
Planta Primera: Salón de Plenos, despacho de la Alcaldía, despacho trabajador/es Servicios Múltiples, despacho del Xxxx xx Xxx, despacho trabajador Consorcio, Sala de Reuniones, Sala de Recreo y aseos. Salas para Grupos Municipales. Superficie 221,00 m2, sobre un solar de 239,30 m2
A ser posible la sala de reuniones y la de Plenos se podrán unir en una sola para cuando se necesite. Su delimitación será acristalada, y si fuera posible, desplazable con relativa facilidad, excepto los aseos.
Planta Segunda: Se dejará diáfana para posteriores actuaciones.. Superficie 221,00 m2, sobre un solar de 239,30 m2.
Se intentará ganar una planta más entre la segunda planta y el tejado. Existe a disposición de los proyectictas el “Proyecto para la Renovación de la Cubierta de la Casa Consistorial”, el cual deberá ser integrado con el de Reforma que se redacte.
Se dotará al edificio de ascensor homologado para minusvalidos y su diseño cumplirá la Ley y Reglamento xx Xxxxxxxx Físicas y Sensoriales.
El proyectista, según las necesidades de espacios, podrá valorar otras propuestas de distribución entre las plantas y proponerlas, contando que la planta baja siempre se destinará a Oficinas a atención al público, y el Salón de Plenos siempre estará en la planta primera.
Artajona, a 21 de enero de 2010.
EL ALCALDE-PRESIDENTE,- Fdo. : Xxxxx Xx Xxxx Xxxxx
DILIGENCIA: La pongo yo la Secretaria para hacer constar que el presente Pliego fue aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Artajona en sesión de fecha 21 de enero de 2010.
Xxxxxxxx, x 0 xx xxxxxxx xx 0000.