Contrato de Fondos de Inversión
Contrato de Fondos de Inversión
Administrados por BN Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, S.A.
I) Fondo de Inversión en que invertiré:
R03-PGCO-04 EDICION 2
Fondos en Colones
Fondos en Dólares
BN DinerFondo colones, nd BN SuperFondo colones, nd BN FonDepósito colones, nd
BN RediFondo colones mensual, nd
BN CreciFondo colones, nd
BN DinerFondo dólares, nd BN SuperFondo dólares, nd BN FonDepósito dólares, nd
BN RediFondo dólares trimestral, nd
BN CreciFondo dólares, nd
Otros Fondos
BN DinerFondo Euros, nd
Otro:
nd: no diversificado
BN Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 0-000-000000 en adelante denominada "BN FONDOS", y
número de identificación , en lo sucesivo denominado "El Inversionista", suscriben el presente contrato. Considerando:
II-) Que BN Fondos es una Sociedad Anónima constituida bajo las leyes de la República xx Xxxxx Rica, cuyo objeto único es prestar servicios de administración de Fondos de Inversión y que se encuentra debidamente autorizada por la Superintendencia General de Valores.
III-) Que los Fondos de Inversión en el numeral I anterior, se encuentran debidamente autorizados por la Superintendencia General de Valores para hacer oferta pública.
IV-) Que el inversionista ha solicitado el (los) Prospecto(s) marcado(s) en el numeral I en formato:
Formato Electrónico (digital) Formato físico (en papel)
Convenimos en celebrar el presente Contrato de Participación en los Fondos de Inversión seleccionados, que se regirá por las siguientes cláusulas:
Primera: Objeto
El presente contrato regula la participación del Inversionista en los Fondos de Inversión señalados en el numeral I, los cuales son administrados por BN Fondos.
Segunda: Constancia
El Inversionista y el ejecutivo de BN Fondos o de una de sus Entidades Comercializadoras debidamente autorizadas, declaran que el Inversionista ha sido debidamente informado y asesorado sobre las características fundamentales y los riesgos de los Fondos de Inversión marcados en el numeral I. Además el inversionista hace constar que comprende lo que es un Fondo de Inversión y su funcionamiento general, que se le informó y se le brindó la información suficiente y necesaria sobre el contenido del (os) Prospecto(s) al momento de firmar este contrato, así mismo que acepta las condiciones de los Fondos de Inversión marcados en el numeral I conforme a lo indicado en el (los) Prospecto(s). El Inversionista reconoce expresamente que recibió los Prospectos de los Fondos seleccionados en el numeral I en idioma español y en el formato seleccionado en el numeral IV y que para consultas futuras se le informó que la versión vigente de los Prospectos es la que se encuentra en todo momento en la página web BN Fondos xxx.xxxxxxxx.xxx. En caso de que el inversionista solicite un Prospecto en otro idioma, conoce y acepta que para todos los efectos legales, la versión oficial es la escrita en idioma español.
Tercera: Destino de los recursos del Inversionista
Los recursos que el Inversionista entregue a BN Fondos serán invertidos únicamente en los Fondos de Inversión indicados en el numeral I. Cuando BN Fondos reciba valores como forma de entrega de los recursos del cliente, los invertirá hasta tanto haya hecho buen cobro de los mismos.
Cuarta: Copropiedad del Fondo
El Fondo de Inversión es un patrimonio separado propiedad de los Inversionistas que han aportado su dinero para su inversión en valores de oferta pública. El Inversionista será copropietario del Fondo de Inversión en forma proporcional al monto de su inversión en dicho Fondo. Su derecho de propiedad estará representado por medio de participaciones. BN Fondos llevará el registro de los Inversionistas, así como del número de participaciones que éstos posean en cada Fondo de Inversión. Los certificados de participación se representarán por medio de anotación electrónica en cuenta.
Quinta: Derechos que confiere la participación en el Fondo de Inversión
La participación en el Fondo de Inversión, confiere el derecho a una parte alícuota en las ganancias o pérdidas que genere el Fondo. La ganancia o pérdida se verá reflejada en el precio de la participación, el cual se calculará de conformidad con lo establecido en el Prospecto y las directrices de la Superintendencia General de Xxxxxxx (SUGEVAL).
Sexta: Inversión de los Recursos del Fondo
El inversionista entiende y fue informado que las decisiones de inversión serán tomadas por un Comité de Inversión, por lo que BN Fondos no recibirá instrucciones especiales en relación con los recursos que se aportan por parte de éste. El Comité de Inversión estará integrado por personas con experiencia en la inversión de recursos en los mercados de valores. Estas decisiones se tomarán en estricto apego a las políticas o régimen de inversión contenidas en el Prospecto del Fondo, las cuales únicamente podrán ser modificadas previa aprobación de la SUGEVAL. Las modificaciones al régimen de inversión serán comunicadas a los inversionistas; estando el Fondo obligado a recomprar las participaciones sin recargo a los inversionistas en desacuerdo, bajo las condiciones que establezca la SUGEVAL. En el caso de situaciones de iliquidez u otras situaciones extraordinarias xxx xxxxxxx, y con la finalidad de proteger a los inversionistas, la Sociedad Administradora puede suspender en forma temporal la suscripción o el reembolso de las participaciones, siempre y cuando lo ordene o tenga autorización de la SUGEVAL
Sétima: Responsabilidad de BN Fondos por la inversión de los recursos del Fondo
Queda entendido por el Inversionista que el rendimiento del Fondo dependerá del comportamiento de la cartera de valores propiedad del Fondo y por lo tanto BN Fondos no garantiza al inversionista un rendimiento determinado ni tampoco discriminará por el rendimiento al inversionista. De igual forma, queda entendido que BN Fondos no asume responsabilidad alguna por la solvencia de los emisores de los valores en que invierta el Fondo. No obstante lo anterior, BN Fondos reconoce su responsabilidad de acatar lo que el Prospecto del Fondo establece en materia de inversiones. BN Fondos se compromete a tomar las decisiones de inversión ya sea de compra o venta de valores con la debida diligencia para lo cual estudiará la información disponible en el mercado sobre los diferentes emisores y realizará los análisis que sean necesarios a efectos de determinar la cartera adecuada a los objetivos y parámetros definidos en el Prospecto para el Fondo de Inversión.
Octava: Conflictos de Interés
BN Fondos es una sociedad propiedad del Banco Nacional xx Xxxxx Rica; sin embargo, se compromete a actuar con independencia en la toma de decisiones anteponiendo en todo momento los intereses del Fondo a los de su grupo. BN Fondos cuenta con una política sobre conflicto de interés la cual está disponible en su sitio web xxx.xxxxxxxx.xxx
Novena: Respeto por la Legalidad
a) BN Fondos se compromete a cumplir con las normas legales reglamentarias, y las disposiciones administrativas emanadas de la SUGEVAL.
b) Así mismo, el Inversionista se compromete a cumplir con los alcances de la ley 8204 ”Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo”, el artículo 18 del Reglamento y el artículo 4 de la Normativa para el cumplimiento de la Política Conozca a su Cliente. Por lo anterior, el Inversionista se compromete a suministrar toda la información y documentos que le sean solicitados para cumplir con esta Normativa.
Décima: Custodia
Los valores propiedad del Fondo serán custodiados por una entidad de Custodia debidamente autorizada por la SUGEVAL. Los valores emitidos por medio de macrotítulo o anotación en cuenta serán mantenidos por la entidad de custodia en una cuenta separada a nombre del Fondo de Inversión. La entidad de custodia puede firmar contratos de custodia con entidades de depósito y custodios en el extranjero, siempre y cuando cumplan con los requerimientos establecidos en los Artículos 32 y 33 del Reglamento de Custodia. Esta labor es realizada por el custodio autorizado por la SUGEVAL, lo cual fue comunicado oportunamente mediante un Hecho Relevante.
Décima primera: Reembolsos
El Inversionista podrá solicitar a BN Fondos o a una Entidad Comercializadora debidamente autorizada, el reembolso total o parcial de sus participaciones en el Fondo. El reembolso se realizará dentro de los plazos establecidos en el Prospecto ajustándose al pago de comisiones de retiro anticipado, de conformidad con lo que establezca el Prospecto. Las solicitudes de reembolso se atenderán conforme al orden de presentación, los procedimientos y los plazos que establezca el Prospecto y su pago se hará siempre en efectivo. El pago con valores del Fondo podrá autorizarse solamente por la SUGEVAL en situaciones extraordinarias xxx xxxxxxx. En los Fondos xx xxxxxxx de dinero las solicitudes de reembolso de un solo inversionista que superen el 10% del activo total, pueden ser liquidadas hasta en un plazo máximo de 15 días naturales. En los Fondos abiertos que no sean xxx xxxxxxx de dinero, se pueden establecer plazos mayores para las redenciones que superen un 10% del total de activo neto del Fondo. Adicionalmente, en los Fondos abiertos que no sean xxx xxxxxxx de dinero, se pueden establecer plazos mayores para la redención, cuando la suma de las solicitudes presentadas durante el plazo de quince días naturales por inversionistas diferentes, exceda el 25% del activo total.
Décimo segunda: Cálculo del valor de las participaciones
En el caso de los Fondos de Inversión abiertos, el precio resultante al final del día (t) regirá para las suscripciones de ese día que se hayan presentado antes de la xxxx xx xxxxx definida en el Prospecto. Para las redenciones, el precio que se utilizará será el que se determine al cierre del día anterior a la fecha de liquidación. En ambos casos, el precio se calcula sin perjuicio de las comisiones de entrada y salida establecidas en el Prospecto del Fondo y la compensación por reembolso anticipado.
Décimo tercera: Comisiones
BN Fondos recibirá una comisión de administración por el servicio de gestión del Fondo. El monto de esta comisión será fijado por BN Fondos dentro del monto máximo establecido en el Prospecto. BN Fondos podrá realizar ajustes a la comisión pero siempre dentro del monto máximo establecido en el Prospecto. Los cambios a la comisión serán comunicados al Inversionista a través de la emisión de un Hecho Relevante. Adicionalmente, BN Fondos podrá percibir otras comisiones en los casos en que lo establezca el Prospecto y hasta por el monto permitido en éste.
Décimo cuarta: Estados de cuenta
BN Fondos se compromete a enviar al Inversionista estados de cuenta con la periodicidad que se establezca en el Prospecto a la dirección que se consigna en el expediente del cliente y el Inversionista se compromete al mantener actualizada la dirección para futuras notificaciones.
Décimo quinta: Información disponible
BN Fondos tendrá a disposición de los Inversionistas la información señalada en el Prospecto respectivo en sus oficinas, en su página web, en la SUGEVAL o a través de las entidades comercializadoras autorizadas. El inversionista que requiera una copia física de los informes periódicos o cualquier otra información señala en los Prospectos, la podrá solicitar en forma gratuita a BN Fondos
Décimo sexta: Notificaciones
La dirección que el Inversionista indique, de conformidad con el artículo 174 bis del Código Procesal Civil, es su domicilio contractual para efectos de notificaciones, confirmación de saldos, comunicaciones administrativas y judiciales que se originen en virtud o con ocasión de la presente contratación. Además será responsabilidad del inversionista mantener actualizada la dirección para futuras notificaciones. BN Fondos no asumirá responsabilidad alguna por haber remitido la información correspondiente a la dirección que se encuentre indicada en sus registros.
Décimo sétima: Personas autorizadas
Las personas autorizadas en el Fondo de Inversión tendrán, por el mismo hecho, autorización para ejecutar solicitudes de reembolso parcial o total de las participaciones del inversionista. Queda entendido que todo retiro será a nombre del titular del Fondo. El Inversionista exime expresamente a BN Fondos de toda responsabilidad por la liquidación que realizare con base en instrucciones recibidas de cualquiera de estas personas. Además, será obligación del Inversionista mantener actualizados estos registros y de informar oportunamente a BN Fondos cuando haya alguna variación en el listado de los autorizados, BN Fondos en razón de que no le fuera notificada la variación, no asume responsabilidad alguna sobre el trámite efectuado.
Décimo octava: Vencimientos
El inversionista será responsable de dar seguimiento a los vencimientos, si los hubiere, de los Fondos de Inversión que correspondan.
Décimo novena: Entrega y actualización de la Información de apertura
Para la apertura de un Fondo de Inversión, el Inversionista debe suscribir todos los documentos que lo acrediten como cliente de BN Fondos incluyendo entre otros el Perfil del Inversionista. También será responsable de mantener debidamente actualizada, toda la información que se aporta en el momento de apertura del los Fondos de Inversión, incluyendo, como se indicó, las personas autorizadas, direcciones, documentos de identificación, perfil del inversionista y otros. El Inversionista exime expresamente a BN Fondos de toda responsabilidad por la realización de cualquier trámite sustentado en esta información aportada y no actualizada.
Vigésima: Del Uso de Medios Electrónicos para la realización de Transacciones.
BN Fondos pondrá a disposición del inversionista medios electrónicos para la realización de transacciones. El inversionista podrá utilizarlos para lo cual deberá suscribir el Contrato de Servicios Bancarios con el Banco Nacional xx Xxxxx Rica u otra entidad debidamente autorizada por BN Fondos. El inversionista asume la responsabilidad de velar por el buen uso de la herramienta y sus medios de acceso.
Vigésima primera: De la grabación de llamadas telefónicas
El Inversionista autoriza expresamente a BN Fondos o a la Entidad Comercializadora autorizada, para que las llamadas telefónicas puedan ser grabadas para efectos de control y de legalidad, aceptando que puedan ser usadas como prueba de descargo o de cargo en procesos administrativos disciplinarios, procesos judiciales o extrajudiciales, de conciliación y arbitraje.
Vigésima segunda: De la adición de nuevas cláusulas
BN Fondos podrá incluir nuevas cláusulas al presente contrato por medio de adenda, cláusulas y modificaciones. BN Fondos se compromete a comunicar a los inversionistas sobre la actualización realizada mediante el envío de una comunicación en los estados de cuenta u otro medio.
Vigésima tercera: Continuidad del Negocio. BN Fondos cuenta con un sitio alterno operativo y ha tomado las medidas razonables que permitan la continuidad del negocio ante diferentes tipos de siniestros, no obstante, esto no garantiza que ante cierto tipo de eventos el servicio pueda brindarse sin interrupción. Ante una situación de este tipo, BN Fondos informará por los medios disponibles los horarios de atención hasta la normalización de las operaciones.
Vigésima cuarta: Desinscripción de los Fondos de Inversión. BN Fondos puede solicitar la desinscripción de alguno de los Fondos que administra. En el caso de que existan participaciones en circulación, BN Fondos debe proceder a la liquidación de las participaciones garantizando un trato equitativo entre los inversionistas.
Vigésima quinta: Término del Contrato de Fondos de Inversión
BN Fondos se reserva el derecho de rescindir en cualquier momento el presente contrato, para lo cual comunicará por escrito al inversionista con tres días hábiles de anticipación. BN Fondos o la Entidad Comercializadora autorizada, pagará el producto de este cierre en una cuenta corriente, electrónica o de ahorros a nombre del inversionista o mediante el giro de un cheque a nombre del inversionista, para tal efecto se aplicará en lo conducente lo establecido en el artículo 616 del Código de Comercio. El plazo para liquidar las participaciones se ajustará a la política de redención que se aplica y está descrita en el Prospecto de cada Fondo. En este caso no aplicarán las comisiones de retiro anticipado estipuladas en el Prospecto.
Vigésima sexta: Vigencia
Este contrato se mantendrá vigente por todo el plazo de duración del Fondo de Inversión, excepto por lo dispuesto en la cláusula anterior. En fe de lo anterior firmamos en la Ciudad de , el día de del año .
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Xxxxx Xxxxxx xx Xxx X. Firma y Cédula del Inversionista Nombre y Firma del Ejecutivo
Gerente General BN Fondos o Representante Legal
Cédula de identidad 0-000-000