Constituye el objeto del presente pliego establecer las bases que han de regir el contrato de servicio consistente en “LA IMPARTICIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS DIRIGIDAS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES DE TORRELAGUNA”.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO SUMARIO, DEL SERVICIO CONSISTENTE EN LA IMPARTICIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS DIRIGIDAS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES DE TORRELAGUNA.
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto de la Contratación.
Constituye el objeto del presente pliego establecer las bases que han de regir el contrato de servicio consistente en “LA IMPARTICIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS DIRIGIDAS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES DE TORRELAGUNA”.
La necesidad a satisfacer es la impartición de actividades deportivas dirigidas en las instalaciones deportivas municipales, que no estén asignadas al personal de plantilla del Ayuntamiento de Torrelaguna. Este servicio se concreta en la realización de actividades deportivas que fomenten la práctica deportiva, así como la integración y relación social facilitando los medios y herramientas para que los vecinos de Torrelaguna puedan realizar un mejor aprovechamiento del tiempo de ocio.
CLÁUSULA SEGUNDA. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.
Se establece un precio bajo la modalidad de pago por hora.
El precio de esta contratación será igual al resultado de multiplicar la cantidad establecida por el número de horas realizadas por mes, por número de meses de actividad. Se establece una media 22 horas de clases semanales, siendo un total de aproximadamente 800 horas anuales.
Los precios máximos de licitación por hora de clase impartida serán: Hora de clase (60 minutos):21,00€/hora, IVA excluido.
Por lo que el presupuesto base de licitación es de DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS EUROS ANUALES (16.800 €), mas TRES MIL QUINIENTOS
VEINTIOCHO EUROS (3.528) correspondientes al IVA, lo que hace un total de VEINTE MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO EUROS (20.328 €).
El valor estimado del contrato se corresponde con el presupuesto máximo de gasto que realizará la Administración en este contrato, y es de 67.200
€- SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS EUROS (IVA excluido),
correspondiente a cuatro años de duración.
Se realizarán facturas mensuales, previa presentación de factura conformada por el Concejal de Deportes a mes vencido, en base a las valoraciones correspondientes al trabajo realmente ejecutado.
En el precio del contrato se considerarán incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el pliego.
En las ofertas que presenten los licitadores, en el precio se entenderá excluido el importe a abonar en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido, que en todo caso se indicará como partida independiente, de conformidad con el artículo 102 de la Ley 9/2017.
No cabe revisión de precios.
CLÁUSULA CUARTA. Condiciones Técnicas Generales para la prestación del servicio.
Los responsables municipales indicaran las fechas exactas de realización de las actividades para cada anualidad correspondiente, en tiempo y forma al adjudicatario.
El adjudicatario deberá contar con un COORDINADOR para el conjunto de actividades que se desarrollen, quién será el único interlocutor válido entre la empresa y la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Torrelaguna. A través de este coordinador se canalizarán las incidencias de toda clase que surjan en el desarrollo de la prestación. Serán funciones de este Coordinador, la organización y supervisión del trabajo de los monitores y control de la adecuada realización de los mismos en cuanto a horarios, sustituciones, etc., así como cualquier otra tarea necesaria para asegurar la correcta prestación del servicio.
La empresa adjudicataria proporcionará los materiales elementales necesarios para las actividades, no obstante previa coordinación con la Concejalía de Deportes el adjudicatario podrá utilizar el material municipal disponible. El adjudicatario velará por el buen uso del material utilizado en la prestación del servicio que sea propiedad del Ayuntamiento de Torrelaguna. Asimismo velará por el buen uso y conservación de las instalaciones a utilizar en la prestación del servicio.
El coordinador de la empresa adjudicataria deberá mantener reuniones periódicas con la Concejalía de Deportes. Se deberá entregar por parte del coordinador una valoración cualitativa en la que informe del grado de satisfacción de los usuarios y las posibles observaciones sobre el desarrollo de las actividades para el futuro.
Los monitores deberán cumplir escrupulosamente el horario establecido para cada grupo. En el supuesto de que un monitor no pueda asistir a desarrollar la actividad, deberá comunicarlo con suficiente antelación al coordinador de su empresa, quién deberá sustituir a dicho monitor por otro, a fin de que la actividad se desarrolle normalmente. En caso de baja de alguno de los monitores, el adjudicatario se compromete a sustituirlo por otro de idéntica cualificación.
El adjudicatario se compromete al cumplimiento de la normativa laboral vigente respecto de los monitores y profesores que precisen contratar para el desarrollo de las actividades.
Se entiende, en todo caso, que no existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del presente contrato y el Ayuntamiento de Torrelaguna, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido, siendo, por tanto ésta, la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, seguridad social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico laboral con la administración local.
En la prestación del servicio, el contratista deberá someterse en todo momento, a las instrucciones, directrices y observaciones que realice la concejalía de Deportes, con objeto de obtener la máxima eficacia y coordinación en la gestión de dicho servicio.
El contratista asumirá la total responsabilidad de los daños y perjuicios que pudieran derivarse durante la prestación del servicio, tanto para los usuarios del mismo, como para terceras personas, debiendo suscribir para ello un seguro o Póliza de responsabilidad civil que preste la cobertura necesaria para cubrir suficientemente las posibles contingencias que puedan ocasionarse derivadas de la prestación de los servicios, cuya copia deberá entregar al Ayuntamiento en el momento de la firma del contrato. En la póliza de seguro deberá constar de manera clara la cobertura de los riesgos que se deriven del contrato.
En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente en materia de protección de datos, la entidad adjudicataria y el personal encargado de la realización de los trabajos, guardarán secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o a enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual.
CLÁUSULA QUINTA. Condiciones Técnicas Particulares para la prestación del servicio.
Las actividades deportivas contempladas en el presente expediente se realizarán de acuerdo a las características específicas que se enumeran a continuación, teniendo en cuenta que las actividades son orientativas, pudiendo el Ayuntamiento de Torrelaguna modificar los mismos en función de las necesidades del servicio, así como de la demanda de los usuarios. El Ayuntamiento garantiza al adjudicatario un mínimo de 22 horas semanales para las siguientes actividades deportivas, comenzando la prestación del servicio en la segunda quincena de septiembre y finalizando para el 30 xx xxxxx. En el periodo de vacaciones xx xxxxxxx, del 23 de diciembre al 7 de enero, se realizarán 13 horas semanales:
• PILATES
• ZUMBA
• STEP
• PEQUE RITMO
• TRX
• CICLO INDOR
• SOCORRISMO / NATACIÓN
• CROSS FIT
• GIMNASIA RITMICA
La prestación del servicio se interrumpirá durante los meses de julio y agosto al permanecer cerradas las instalaciones deportivas, volviéndose a reanudar en el mes de septiembre.
El horario de las actividades quedará definido en el mes xx xxxxxx.
Se podrán realizar actividades infantiles que se regirán por el calendario escolar y con opción de ampliar a niños de 4 años de edad.
Previo acuerdo con el Ayuntamiento, la empresa adjudicataria podrá ampliar las actividades deportivas a realizar, en función de la demanda de las mismas por parte de los usuarios.
El Ayuntamiento podrá autorizar a la empresa adjudicataria la apertura de nuevos grupos, en función de la demanda de los mismos por parte de los usuarios.
Serán causas de exclusión de estos programas las siguientes:
- No atenerse a los derechos y deberes establecidos en Reglamento de Organización del servicio que será aprobado por el Ayuntamiento de Torrelaguna.
- El impago de dos meses seguidos, previa información al Ayuntamiento y una vez escuchado el usuario.
CLÁUSULA SEXTA. Titulación Requerida a los Monitores.
El personal docente tendrá la formación académica oficial o federativa adecuada y exigible para cada tipo de actividad.
Una vez adjudicado el contrato, en el momento de la formalización, la empresa adjudicataria tendrá que presentar una relación del personal encargado de ejecutar el contrato aportando fotocopia compulsada de la titulación exigida, de conformidad con lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas.
CLÁUSULA SEPTIMA. Duración del Contrato y Lugar de Ejecución.
El plazo de duración del contrato será del 15 de septiembre de 2021 al 30 xx Xxxxx de 2022. Dicho plazo inicialmente previsto podrá ser objeto de prórroga por otro año más así hasta un máximo de cuatro años, si se acordara por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato.
Las actividades deportivas comenzarán a prestarse el día 15 de Septiembre de 2021 hasta el día 30 xx Xxxxx de 2022 de acuerdo con el calendario y horarios previstos en la cláusula tercera xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
La prestación del servicio se interrumpirá durante los meses de julio y agosto al permanecer cerradas las instalaciones deportivas, volviéndose a reanudar en el mes de septiembre.
La ejecución del contrato se desarrollará en el Polideportivo Municipal “Xxxxxxx Xxxxxx” de Torrelaguna situado en Paseo de la Soledad.
CLÁUSULA OCTAVA. Gestión de Cobro
El adjudicatario deberá elaborar un padrón de los usuarios del servicio que se remitirá mensualmente al coordinador del Polideportivo Municipal.
El padrón de usuarios deberá remitirse en los cinco primeros días de cada mes.