13)
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA:
a.
Entregar al supervisor los documentos elaborados en cumplimiento
de las obligaciones contractuales y archivos a su cargo,
organizados, rotulados y almacenados, atendiendo estándares y
directrices de gestión documental, sin que ello implique
exoneración de la responsabilidad a que haya lugar (Artículo 15
de la Ley 594 de 2000). Así como los informes requeridos sobre
las actividades realizadas durante la ejecución del mismo. b.
Mantener en estricta reserva y confidencialidad sobre la
información que conozca por causa o con ocasión del contrato.
Así como, respetar la titularidad de los derechos de autor, en
relación con los documentos, obras, creaciones que se desarrollen
en ejecución del contrato. c.
Dar estricto cumplimiento del Código de Integralidad y buen
Gobierno del Municipio y a los valores relacionados a continuación
que guiarán el cumplimiento del objeto contractual: Servicio,
Productividad, Responsabilidad, Solidaridad, Lealtad, Pertenencia,
Honestidad, Justicia, Respeto, Tolerancia. d.
Apropiar, interiorizar y aplicar en todo su actuar el código de
Integralidad y buen Gobierno de la alcaldía de Ibagué. e.
Abstenerse de negociar la observancia de los valores que forman
parte del de Integralidad y buen Gobierno del Municipio y exigir
su fiel cumplimiento. f.
Erradicar de sus actividades toda práctica contraria al presente
Código de Integralidad y buen Gobierno construido y aprobado por
el Municipio de Ibagué. g.
El
contratista se compromete a realizar sus actividades, bajo los
parámetros mínimos del Sistema Integrado de Gestión de la
Alcaldía Municipal de Ibagué (Gestión de Calidad ISO 9001:2015,
sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo OHSAS
18001:2007 (ISO 45001:2018) y Gestión Ambiental ISO 14001:2015.
h.
Participar activamente en las charlas y cursos de capacitación en
Seguridad y Salud en el Trabajo a que hayan sido invitados. i.
Participar activamente en los grupos de Seguridad y Salud en el
Trabajo que se conformen en la Alcaldía de Ibagué como son:
Brigada de Emergencia, Comité Paritario de Seguridad y Salud en
el Trabajo COPASST. j.
Contar con los elementos de protección personal necesarios para
ejecutar la actividad contratada, para lo cual asumirá el costo.
k.
Procurar el cuidado integral de su salud. l.
Acatar y seguir los procedimientos y medidas del sistema de
seguridad y salud en el trabajo. m.
Colaborar
con la investigación de accidentes e incidentes de trabajo. n.
Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de
Gestión de la Seguridad en el trabajo SG – SST. ñ.
Aplicar el AUTOCUIDADO en el desarrollo del objeto contractual. o.
Informar oportunamente a los contratantes toda novedad de riesgo
derivada del contrato. p.
No instalar ni utilizar software sin la utilización previa y
estricta de la Dirección de Informática de la Alcaldía
Municipal de Ibagué, así mismo, responder y hacer un buen uso de
los bienes y recursos tecnológicos (hardware y software), hacer
entrega de los mismos en el estado en que los recibió, salvo el
deterioro normal o daños ocasionados por caso fortuito o fuerza
mayor. q.
Estar Registrado en el Sistema de Información y Gestión de
Empleo de la Función Pública SIGEP a la firma del presente
contrato y presentar la constancia de validación de la
información ante el supervisor del contrato al momento de
suscribir el acta de inicio. r.
De conformidad con lo previsto en el Decreto Nacional 723 xx xxxxx
15 de 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social y la
Directriz que de ésta haga el Municipio, el contratista se obliga
a practicarse el examen pre ocupacional y allegar el respectivo
certificado a la Secretaría ejecutora, junto con los documentos
que acompañan el contrato para la elaboración del mismo. s.
Realizar el pago de los aportes al régimen de seguridad social,
en proporción al valor mensual del contrato, y entregar copia de
la planilla y recibo de pago al supervisor del contrato para cada
pago. t.
Dar cumplimiento a los Decretos 2578 del 13 de diciembre de 2012,
Decreto 106 del 21 de enero de 2015 y demás normas que regulen en
materia de administración, inspección,
vigilancia y control a los archivos de las entidades.
La responsabilidad del archivo de las entidades del Estado se
encuentra en cabeza del Secretario General o de otro funcionario
de igual o superior jerarquía o quién haga sus veces, quien debe
exigir la entrega mediante inventario, de los documentos de
archivo que se encuentren en poder de servidores públicos y
contratistas, cuando estos dejen sus cargos o culminen las
obligaciones contractuales. De igual forma, deberán denunciar
ante los organismos de control el incumplimiento de esta
obligación para las acciones del caso. PARÁGRAFO.
El deber de entregar inventario de los documentos de archivo a
cargo del contratista, se circunscribe tanto a los documentos
físicos en archivos tradicionales, como a los documentos
electrónicos que se encuentren en equipos de cómputo, sistemas
de información, medios portátiles de almacenamiento y en general
en cualquier dispositivo ó medio electrónico.
14) OBLIGACIONES DELMUNICIPIO:
a.
Verificar a través del supervisor la correcta ejecución del
objeto contratado. b.
Suministrar oportunamente la información, las herramientas y el
apoyo logístico que se requiera para el cumplimiento de las
obligaciones contractuales. c.
Pagar el valor del contrato en las condiciones pactadas. d.
Verificar que el contratista realice el pago de aportes al sistema
de seguridad social integral, parafiscales, ICBF, SENA y cajas de
compensación familiar (cuando a ello hubiere lugar), en las
condiciones establecidas por la normatividad vigente. e.
Las demás establecidas en la normatividad vigente.
15) OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR:
LA ENTIDAD controlará la ejecución y el cumplimiento de las
obligaciones por parte del CONTRATISTA a través del supervisor
designado, quien ejercerá la supervisión de conformidad con lo
dispuesto en las normas internas expedidas para el efecto por la
Alcaldía Municipal y la Ley 1474 de 2011, así como en lo
estipulado en el presente contrato, el Manual de Contratación de
la Entidad y demás normas que la reglamenten o modifiquen.
PARÁGRAFO:
En desarrollo de su función, el supervisor cumplirá, en especial
lo siguiente: a)
Xxxxxxx, vigilar y controlar el desarrollo de la ejecución del
contrato. b)
Exigir
la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado y
cumplimiento de lo pactado. c)
Exigir la calidad de los servicios contratados y en general el
objeto contratado de conformidad con las cláusulas aquí
insertadas. d)
Comunicar a la Dirección de Contratación en forma oportuna, las
circunstancias que afecten el normal desarrollo del contrato. e)
Elaborar técnica y oportunamente las actas y/o constancias
requeridas para el cumplimiento del contrato. f)
Entregar al CONTRATISTA los insumos necesarios para la ejecución
del objeto y obligaciones pactadas. g)
Velar
para que el contratista dentro de los tres (3) días hábiles
siguientes a la suscripción del presente contrato xxxxxxx a la
Oficna
de Contratación
para su revisión y aprobación, las garantías pactadas en el
presente contrato y demás erogaciones de orden legal, cuando se
requiera; h)
Velar porque la garantía se mantenga vigente durante la vigencia
del contrato en los términos pactados para cada uno de los
amparos. i) Exigir
al CONTRATISTA mensual y/o periódicamente la presentación de
informes de avance de ejecución de las obligaciones contractuales
y remitirlos a la Dirección de Contratación para que reposen en
el expediente del contrato. j)
Acordar por escrito con el CONTRATISTA sobre la conveniencia y
pertinencia de las modificaciones (prórrogas, adiciones,
reinicios, suspensiones, cesiones), y demás novedades
contractuales, efectuando solicitud escrita, debidamente
justificada, sustentada y soportada técnica y jurídicamente
respecto de su viabilidad, a la Dirección de Contratación con
quince (15) días hábiles de anticipación, salvo circunstancias
de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados. k)
Expedir certificado de cumplimiento de las obligaciones
contractuales durante la ejecución del contrato y remitir copia a
la Dirección de Contratación oportunamente. l)
Dar a conocer al CONTRATISTA sobre todos los procesos,
procedimientos, manuales, así como la organización y
funcionamiento de la Entidad con el fin de socializarlo en su
actividad y entorno. 16)
PENAL PECUNIARIA:
En caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones del
presente Contrato, EL CONTRATISTA debe pagar a la ENTIDAD
CONTRATANTE, a título de indemnización, una suma equivalente a
diez
por ciento (10%) del
valor total del contrato. El valor pactado de la presente cláusula
penal es el de la estimación anticipada de perjuicios, no
obstante, la presente cláusula no impide el cobro de todos los
perjuicios adicionales que se causen sobre el citado valor. Este
valor puede ser compensado con los montos que LA ENTIDAD
CONTRATANTE adeude al Contratista con ocasión de la ejecución
del presente Contrato, de conformidad con las reglas del Código
Civil, para lo cual se garantizará el debido proceso de
conformidad con la Ley 1150 de 2007 y demás normas concordantes.
Este valor ingresará a la cuenta de la ENTIDAD. EL CONTRATISTA
autoriza a la ENTIDAD para que dicho valor sea descontado
directamente de saldos a su favor. 17)
MULTAS: En
caso xx xxxx y/o incumplimiento de alguna(s) de las obligaciones
derivadas del presente contrato, el CONTRATISTA pagará a la
ENTIDAD, multas diarias y sucesivas hasta xxx xxxx punto uno por
ciento (0.1%) del valor total del contrato, sin que la sumatoria
de las multas supere el diez
por ciento (10%) de
dicho valor, para lo cual se garantizará el debido proceso de
conformidad con las Leyes 1150 de 2007 y 1474 de 2011 y demás
normas que la reglamenten o modifiquen; so pena de la aplicación
de la cláusula penal conforme al numeral anterior. 18)
INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES:
EL CONTRATISTA declara bajo la gravedad del juramento, que no se
halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e
incompatibilidad de que tratan los artículos 8o. y 9o. de la Ley
80 de 1993, el artículo 18 de la Ley 1150/07 y demás
disposiciones legales pertinentes. 19)
AUSENCIA DE RELACIÓN LABORAL:
El presente contrato será ejecutado por El CONTRATISTA con
absoluta autonomía e independencia y, en desarrollo del mismo, no
se generará vínculo laboral alguno entre la ENTIDAD y el
CONTRATISTA y/o sus dependientes si los hubiere. 20)
CESIÓN Y SUBCONTRATOS: EL
CONTRATISTA no podrá ceder ni subcontratar con persona natural o
jurídica alguna, los derechos y obligaciones emanados del
presente contrato, en caso de permitirse deberá suscribirse entre
las partes la respectiva modificación. 21)
CESIÓN
DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: En
virtud del presente contrato el contratista se obliga a ceder al
Municipio
de Ibagué
los derechos de propiedad intelectual que se generen en razón de
las actividades objeto del contrato y /o como consecuencia de
este. 22)
SUSPENSIÓN:
Las partes contratantes podrán suspender el presente contrato,
mediante la suscripción de acta en donde conste tal evento,
cuando medie alguna de las siguientes causales: a)
Por circunstancias de fuerza mayor, caso fortuito o interés
general debidamente comprobados. b)
A
solicitud debidamente sustentada interpuesta por una de las
partes. El término de suspensión no será computable para
efecto del plazo de ejecución del contrato, ni dará derecho a
exigir indemnización, sobrecostos o reajustes, ni a reclamar
gastos diferentes a los pactados en el contrato. 23)
ADICIÓN:
El presente contrato se puede adicionar en valor de acuerdo con lo
previsto en el parágrafo del artículo 40 de la Ley 80 de 1993.
24)
TERMINACIÓN:
El presente contrato se dará por terminado en los eventos que se
relacionan: a)
Por extinción del plazo pactado para la ejecución. b)
A solicitud debidamente sustentada interpuesta por una de las
partes. c)
Por acuerdo bilateral. d)
Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados. En los
eventos numerados con b, c y d, se deberá suscribir por las
partes, acta donde conste tal hecho; para lo cual se debe realizar
la solicitud oportuna a la Dirección de Contratación, por parte
del Supervisor debidamente sustentada y soportada. 25)GASTOS:
Los gastos para la legal ejecución del contrato serán de cargo
del CONTRATISTA, quien deberá constituir la garantía de
cumplimiento que cubra los amparos exigidos en el presente
contrato y la estampillas de acuerdo a las disposiciones
municipales, Acuerdos 029 y 030 de 2012, el CONTRATISTA deberá
cancelar sobre el valor del contrato y sus adiciones si las
hubiere: a)
Un uno punto cinco por ciento (1.5%) por concepto de estampillas
PROCULTURA;
b)
Dos por ciento (2%) por concepto de PROANCIANOS.
Requisito que se entiende cumplido con la presentación del recibo
de pago o consignación y la entrega de las estampillas en físico
en la Oficina
de Contratación.
PARAGRAFO:
Las demás erogaciones de orden legal que se deriven de la legal
ejecución del contrato, serán a cargo del CONTRATISTA. 26)
INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL:
Se podrá aplicar conforme a lo estipulado en los artículos 15,
16 y 17 de la Ley 80 de 1993 y demás normas concordantes. 27)
SOLUCIÓN
DE CONTROVERSIAS:
Cualquier discrepancia que surja entre las partes en torno a la
interpretación o aplicación de estas disposiciones, o al
cumplimiento de los compromisos, se recurrirá a los mecanismos
alternativos para la solución de conflictos, como lo son la
conciliación y la transacción. 28)
CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR:
Las partes quedan exoneradas de responsabilidad por el
incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones o por la demora
en la satisfacción de cualquiera de las prestaciones a su cargo
derivadas del presente contrato, cuando el incumplimiento sea
resultado o consecuencia de la ocurrencia de un evento de fuerza
mayor y caso fortuito debidamente invocadas y constatadas de
acuerdo con la ley y la jurisprudencia colombiana. 29)
DOMICILIO CONTRACTUAL:
Para todos los efectos legales del presente contrato se tendrá
como domicilio contractual la ciudad de Ibagué. PARÁGRAFO:
Para efectos de notificación, LA ENTIDAD tiene su domicilio en la
Xxxxx 0 Xx 0–00 Xxxxxx - Xxxxxx y el CONTRATISTA en la
dirección señalada en la información general del contrato. Las
partes manifiestan libremente que han procedido a la lectura total
y cuidadosa del presente documento, por lo que, en consecuencia,
se obligan a todo lo ordenado y manifestado y en constancia se
firma en la ciudad de Ibagué, el día.
|