MULTIFUNCIÓN PARA EL SENADO
I. OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO
3
CLÁUSULA 1ª. Objeto. 3
CLÁUSULA 2ª. Régimen jurídico. 3
CLÁUSULA 3ª. Senado. 3
CLÁUSULA 4ª. Área de Tesorería. 3
II. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
4
CLÁUSULA 5ª. Tramitación y procedimiento de adjudicación. 4
III. PRESUPUESTO Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
4
CLÁUSULA 6ª. Presupuesto. 4
CLÁUSULA 7ª. Valor estimado. 6
IV. DURACIÓN Y REVISIÓN DE PRECIOS
6
CLÁUSULA 8ª. Duración 6
CLÁUSULA 9ª. Revisión de precios 7
V. INFORMACIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL
7
CLÁUSULA 10ª. Información 7
CLÁUSULA 11ª. Seguimiento y control 7
VI. CAPACIDAD Y SOLVENCIA
8
CLÁUSULA 12ª. Capacidad y solvencia. 8
VII. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
8
CLÁUSULA 13ª. Características de las proposiciones 8
CLÁUSULA 14ª. Contenido de las proposiciones 9
CLÁUSULA 15ª. Presentación de proposiciones 14
VIII. EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES
14
CLÁUSULA 16ª. Mesa de Contratación. 14
CLÁUSULA 17ª. Apertura de sobres 15
CLÁUSULA 18 ª Criterios de valoración 15
CLÁUSULA 19ª. Propuesta de la Mesa de Contratación. 17
IX. ADJUDICACIÓN
18
CLÁUSULA 20ª. Clasificación de las proposiciones 18
CLÁUSULA 21ª. Presentación de documentos 18
CLÁUSULA 22ª. Garantía. 19
CLÁUSULA 23ª. Adjudicación. 19
X. RENUNCIA Y DESISTIMIENTO
20
CLÁUSULA 24ª. Renuncia y desistimiento. 20
XI. FORMALIZACIÓN Y NATURALEZA DEL CONTRATO
20
CLÁUSULA 25ª. Formalización del contrato. 20
CLÁUSULA 26ª. Naturaleza y contenido del contrato 20
XII. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
20
CLÁUSULA 27ª. Ejecución del contrato 20
CLÁUSULA 28ª. Medidas de seguridad. 21
CLÁUSULA 29ª. Relaciones laborales 22
CLÁUSULA 30ª. Cumplimiento de la normativa laboral 22
CLÁUSULA 31ª. Protección de datos y cláusula de confidencialidad. 22
CLÁUSULA 32ª. Subcontratación 23
CLÁUSULA 33ª. Facturación y pago del precio. 23
CLÁUSULA 34ª. Resolución del contrato. 24
CLÁUSULA 35ª. Prerrogativas, jurisdicción y fuero. 24
CLÁUSULA 36ª. Recurso especial en materia de contratación. 25
XXXXX X.- DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 146.4 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO
26
ANEXO II.- CERTIFICACIÓN DE CONTRATOS SIMILARES REALIZADOS EN LOS CINCO ÚLTIMOS AÑOS
27
XXXXX XXX.- DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A LA PERSONA O PERSONAS QUE, EN SU CASO, TENDRÁN CAPACIDAD PARA PRESENTAR Y RETIRAR LA GARANTÍA.
29
ANEXO IV: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
30
CLÁUSULA 1ª. Objeto.
El presente procedimiento tiene por objeto la adjudicación del contrato de arrendamiento y mantenimiento de impresoras y equipos multifunción para el Senado que comprende, de acuerdo con los requisitos exigidos en este pliego y en el de prescripciones técnicas, las siguientes prestaciones:
- Arrendamiento de equipos, su instalación, puesta a disposición y mantenimiento.
- Pago por página impresa en blanco y negro y en color.
- Servicio de asistencia técnica y personal de soporte.
- Suministro de un sistema de control y gestión remota de los equipos.
- Retirada de equipos desafectados del Senado y de residuos.
La codificación correspondiente al vocabulario común de contratos públicos (CPV) es: 30120000-6 Fotocopiadoras, máquinas offset e impresoras, 50314000-9 Servicios de reparación y mantenimiento de máquinas telecopiadoras y 79800000-8 Servicios relacionados con la impresión.
CLÁUSULA 2ª. Régimen jurídico.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución, el presente procedimiento se regirá por las Normas sobre procedimiento presupuestario, control, contabilidad y contratación del Senado, aprobadas por acuerdo de la Mesa del Senado de 2 de diciembre de 2014. Supletoriamente, se aplicarán el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y su normativa de desarrollo, sin perjuicio de las peculiaridades derivadas del carácter de órgano constitucional del Senado.
CLÁUSULA 3ª. Senado.
Cuando corresponda la aplicación del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), las menciones que el mismo efectúa a las Administraciones Públicas contratantes se entenderán referidas al Senado.
CLÁUSULA 4ª. Área de Tesorería.
Las referencias que en el TRLCSP se efectúan a la Caja General de Depósitos en relación con la prestación de garantía, se entenderán hechas al Área de Tesorería,
integrada en el Departamento de Gestión Presupuestaria de la Dirección de Presupuestos y Contratación del Senado.
CLÁUSULA 5ª. Tramitación y procedimiento de adjudicación.
La adjudicación del contrato se llevará a cabo por procedimiento abierto, de conformidad con lo previsto en los artículos 157 y siguientes del TRLCSP, y tramitación ordinaria.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 13 y 15 del TRLCSP, se trata de un contrato sujeto a regulación armonizada.
CLÁUSULA 6ª. Presupuesto.
1. El presupuesto máximo de licitación para los tres años de duración inicial de contrato y para la totalidad de las prestaciones requeridas en el pliego de prescripciones técnicas es de 594.756,00 euros (IVA no incluido).
2. Este presupuesto máximo se desglosa en las siguientes anualidades:
- Año 2016 (julio a diciembre): 99.126,00 euros (IVA no incluido) correspondientes a los siguientes conceptos:
• Arrendamiento y servicios conexos: 49.590,00 euros (IVA no incluido).
• Mantenimiento: 49.536,00 euros (IVA no incluido).
- Año 2017: 198.252,00 euros (IVA no incluido) correspondientes a los siguientes conceptos:
• Arrendamiento y servicios conexos: 99.180,00 euros (IVA no incluido).
• Mantenimiento: 99.072,00 euros (IVA no incluido).
- Año 2018: 198.252,00 euros (IVA no incluido) correspondientes a los siguientes conceptos:
• Arrendamiento y servicios conexos: 99.180,00 euros (IVA no incluido).
• Mantenimiento: 99.072,00 euros (IVA no incluido).
- Año 2019 (enero a junio): 99.126,00 euros (IVA no incluido) correspondientes a los siguientes conceptos:
• Arrendamiento y servicios conexos: 49.590,00 euros (IVA no incluido).
• Mantenimiento: 49.536,00 euros (IVA no incluido).
Para el supuesto de prórroga, el gasto estimado es de:
- Año 2019 (julio a diciembre): 99.126,00 euros (IVA no incluido) correspondientes a los siguientes conceptos:
• Arrendamiento y servicios conexos: 49.590,00 euros (IVA no incluido).
• Mantenimiento: 49.536,00 euros (IVA no incluido).
- Año 2020 (enero a junio): 99.126,00 euros (IVA no incluido) correspondientes a los siguientes conceptos:
• Arrendamiento y servicios conexos: 49.590,00 euros (IVA no incluido).
• Mantenimiento: 49.536,00 euros (IVA no incluido).
3. A este presupuesto se sumará como partida independiente el IVA.
4. En el presupuesto se entienden incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficios, seguros, transporte y desplazamientos, honorarios del personal técnico a su cargo, de comprobación y encargo, tasas, licencias y toda clase de impuestos, tanto municipales como provinciales, autonómicos y estatales, excepción hecha del IVA.
5. El presupuesto contemplado en esta cláusula constituye el gasto que, como máximo, podrá realizar el Senado en este contrato en cada periodo considerado y es, por tanto, independiente del precio que efectivamente obtenga el contratista, ya que el precio de este contrato se descompone en una parte fija que se abonará
mensualmente en función de los equipos instalados y operativos (importe de arrendamiento de los equipos y servicios conexos) y en una parte variable en función del número de impresiones/copias efectivamente realizadas (importe de mantenimiento). En cuanto a esta parte variable, deberá tenerse en cuenta que el precio máximo por página impresa no podrá exceder de los importes que se indican a continuación, sin incluir IVA, de conformidad con la tipología de equipos requeridos (epígrafe 3 a) xxx xxxxxx de prescripciones técnicas):
-en blanco y negro equipos tipos 1 a 4: 0,017 euros
-en color equipos tipos 2 y 4: 0,07 euros
-en blanco y negro equipos tipos 5 a 8: 0,007 euros
-en color equipos tipo 8: 0,06 euros
6. Xxxxx excluidas aquellas ofertas que superen el presupuesto máximo de licitación contemplado para el arrendamiento y servicios conexos o cualquiera de los precios máximos por página impresa contemplados en el apartado anterior.
7. En todo caso, se entenderá que la ejecución del contrato queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de los mismos en los ejercicios económicos de 2017, 2018 y 2019 y, eventualmente, en el de la prórroga.
CLÁUSULA 7ª. Valor estimado.
El valor estimado del contrato, para los 3 años de duración inicial así como para la prórroga, determinado de conformidad con lo previsto en el art. 88 del TRLCSP, asciende a 793.008,00 euros (sin incluir IVA).
CLÁUSULA 8ª. Duración
El contrato tendrá una duración inicial de tres años a partir de la fecha del inicio efectivo de la prestación de los servicios, quedando fijada su finalización a los 36 meses a contar desde esa fecha. Se considerará como fecha de inicio de la prestación de los servicios cuando los equipos multifuncionales A4/A3 queden instalados y plenamente operativos.
No obstante, el contrato podrá ser objeto de una única prorroga anual, por acuerdo de ambas partes, de conformidad con lo previsto en el art. 303 del TRLCSP, que, en todo caso, deberá realizarse con una antelación mínima de tres meses. La duración total del contrato, incluida la prórroga, no podrá exceder de cuatro años.
CLÁUSULA 9ª. Revisión de precios.
No procederá la revisión de precios durante el período de duración del contrato ni, en su caso, durante la prórroga.
CLÁUSULA 10ª. Información
Los pliegos que rigen el presente procedimiento podrán descargarse desde el perfil del contratante de la página web del Senado (xxx.xxxxxx.xx) donde se publica información relativa a contratos del Senado.
Los licitadores que deseen información adicional sobre el objeto del contrato podrán ponerse en contacto con el Área de Explotación y Gestión de la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, bien por teléfono (000000000), o mediante correo electrónico remitido a la siguiente dirección: xxxxxxxxxx@xxxxxx.xx.
Las empresas licitadoras, podrán concertar visitas con la mencionada Área, donde se les citará para realizar una visita conjunta de las dependencias correspondientes, antes de formular sus ofertas, para conocer las ubicaciones y las dimensiones de los espacios en los que quedarían instalados los equipos multifuncionales A4/A3.
CLÁUSULA 11ª. Seguimiento y control.
El seguimiento y control general del presente procedimiento y de la ejecución del contrato se realizará por la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones del Senado. Dicho órgano habrá de considerarse como responsable del contrato a los efectos de lo dispuesto en el artículo 52 del TRLCSP.
CLÁUSULA 12ª. Capacidad y solvencia.
Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Poseer plena capacidad de obrar.
- Que las prestaciones del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios.
- No estar afectados por ninguna de las circunstancias prohibitivas para contratar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60 del TRLCSP.
- Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- Disponer de solvencia económica y financiera y técnica o profesional.
La acreditación de los requisitos anteriores se realizará en el momento y en la forma previstos en las cláusulas 14ª y 21ª.
CLÁUSULA 13ª. Características de las proposiciones.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del contenido de las cláusulas de este pliego, así como de las prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
No serán aceptadas aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer con absoluta claridad la oferta.
No se admitirán proposiciones cuyas características formales no se ajusten a las que se establecen en el presente pliego. Tampoco serán admitidas aquellas
proposiciones que incluyan en el sobre “A” (Documentación acreditativa de la capacidad y solvencia económica, financiera y técnica) documentos que, conforme a lo establecido en este pliego, deban figurar en el sobre “B” (Documentación relativa a los criterios de valoración cuya ponderación depende de un juicio de valor) o “C” (Documentación relativa a los criterios de valoración evaluables mediante fórmulas). Asimismo, quedarán automáticamente excluidas del procedimiento aquellas propuestas que incluyan en el sobre “B” documentación que, de acuerdo con lo previsto en este pliego, corresponda incluir en el sobre “C”.
CLÁUSULA 14ª. Contenido de las proposiciones.
Las proposiciones para tomar parte en el procedimiento constarán en tres sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente. En cada uno de ellos se indicará la razón social y denominación del licitador, el título del procedimiento abierto al que se presenta y el título de cada sobre.
Asimismo, en cada uno de los sobres se incluirá la documentación que a continuación se indica.
Sobre A.- Documentación administrativa y acreditativa de la capacidad y solvencia económica, financiera y técnica.
Título: “Documentación administrativa”.
Contenido. En este sobre deberá incluirse la documentación general, precedida de un índice del contenido enunciado numéricamente según el orden que se establece a continuación.
1. Hoja resumen de datos del licitador incluyendo dirección completa, número de teléfono, fax, correo electrónico y persona de contacto.
2. Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad del licitador. Las personas físicas acreditarán su personalidad mediante el Documento Nacional de Identidad o su fotocopia compulsada. Las sociedades, mediante escritura de constitución social o modificación debidamente inscrita en el Registro Mercantil. El que acuda a la licitación en representación de otros deberá acompañar poder notarial bastante al efecto (inscrito en el Registro Mercantil cuando se trate de sociedades) y acreditar su personalidad mediante el Documento Nacional de Identidad. Los documentos citados serán originales o copia de los mismos que tengan el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente.
3. Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar a que se refiere el artículo 146.4 del TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar esta (Anexo I).
4. Documentación acreditativa de la solvencia técnica y profesional en relación directa con la materia objeto del contrato, que se acreditará por los siguientes medios:
El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al del objeto del contrato, debiendo coincidir los dos primeros dígitos de cualquiera de los códigos CPV correspondientes al objeto del contrato.
La realización de estos trabajos se acreditará por medio de una relación de los realizados en los últimos cinco años concluidos que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos (Anexo II). La acreditación se realizará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
El requisito mínimo será que la facturación anual acumulada por la realización de estos trabajos o suministros en cualquiera de los cinco últimos años concluidos sea al menos, igual al 70% del valor anual medio del contrato (138.776,40 euros, sin incluir el IVA).
5. Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera
que se refiere la cláusula 12ª.
El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador.
El requisito mínimo será que el volumen anual de negocios de cualquiera de los tres últimos años concluidos, deberá ser, al menos, una vez y media el valor anual medio del contrato (297.378,00 euros).
El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales.
A estos efectos, el licitador deberá presentar sus cuentas anuales relativas a cualquiera de los tres últimos años concluidos, aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro. En caso contrario, deberá presentar las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
6. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en el caso de resultar adjudicatarios del contrato.
7. Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia expresa, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
8. El licitador asumirá el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales contemplados en su oferta así como la disponibilidad inmediata de los mismos para la ejecución del contrato. La adscripción de dichos medios se considera obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 223 f) del TRLCSP.
9. Declaración responsable del licitador indicando la persona o personas que, en caso de resultar la empresa adjudicataria del contrato, tendrán capacidad para presentar y retirar la garantía (Anexo III).
10. Parte del contrato que se tenga previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o perfil empresarial de los posibles subcontratistas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 227.2 a) del TRLCSP. En caso de que no se tenga prevista subcontratación alguna, dicha circunstancia deberá igualmente hacerse constar de forma expresa. Será motivo de exclusión del procedimiento la inclusión en este documento de cualquier tipo de información o valor que permita conocer o averiguar el importe total de la oferta económica del licitador.
Sobre B.- Propuesta técnica.
Título: “Documentación relativa a los criterios de valoración cuya ponderación depende de un juicio de valor”.
Contenido: En este sobre el licitador deberá incluir, precedida de un índice, una propuesta técnica que cumpla los requisitos xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y que incluirá el detalle correspondiente a los siguientes apartados, sobre los que se realizará la valoración correspondiente:
1. Características técnicas de los equipos ofertados (epígrafe 3 a) xxx xxxxxx de prescripciones técnicas). Deberá utilizarse necesariamente el cuadro de características técnicas de los equipos ofertados que figura como Anexo X xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
2. Entrega, instalación y puesta a disposición de los equipos (epígrafe 3 b) xxx xxxxxx de prescripciones técnicas).
3. Mantenimiento de los equipos (epígrafe 3 c) xxx xxxxxx de prescripciones técnicas).
4. Servicio de asistencia técnica y personal de soporte (epígrafe 3 d) xxx xxxxxx de prescripciones técnicas)
5. Sistema de control y gestión remota (epígrafe 4 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas).
6. Acuerdos de nivel de servicio (epígrafe 6 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas).
7. Retirada de equipos y residuos (epígrafes 7 y 8 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas).
8. Plan del proyecto (epígrafe 9 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas)
9. Formación (epígrafe 10 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas).
La documentación correspondiente a la propuesta técnica deberá presentarse en papel y en soporte informático y en ella se deberá hacer constar, de forma clara, aquella información que el licitador considere confidencial a los efectos de lo dispuesto en la cláusula 31.5 del presente pliego. En el caso de observarse discrepancias entre la documentación en papel y la electrónica, prevalecerá la contenida en papel.
Sobre C.- Oferta económica.
Título: “Documentación relativa a los criterios de valoración evaluables mediante fórmulas”.
Contenido: Se deberá aportar documentación relativa a los criterios de valoración evaluables mediante fórmulas, teniendo en cuenta lo siguiente:
1. La oferta económica, que estará firmada por el licitador o su representante, se formulará en euros, en número y letra, deberá indicarse como partida independiente el importe del IVA que debe ser repercutido y se presentará de conformidad con el modelo que figura en el Anexo IV del presente pliego. La oferta económica deberá incorporar un anexo con el desglose de precios de todas las partidas que la componen. Si en la oferta económica hubiere discrepancias entre el precio expresado en letra y el expresado en número prevalecerá el importe reflejado en letra.
2. La Mesa de Contratación desechará, mediante resolución motivada, aquellas proposiciones que:
- No guarden concordancia con la documentación examinada y admitida.
- Excedan del presupuesto máximo contemplado para el arrendamiento de los equipos y servicios conexos o cualquiera de los precios máximos por página impresa contemplados en el mantenimiento, especificado en la cláusula 6.5.
- Varíen sustancialmente el modelo establecido.
- Comporten error manifiesto en el importe de la proposición.
- Exista reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la haga inviable.
- No cumplen los requisitos mínimos exigidos en el pliego de prescripciones
técnicas.
CLÁUSULA 15ª. Presentación de proposiciones.
La presentación de los sobres que contengan las proposiciones se realizará en el Área de Explotación y Gestión de la Dirección de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones de la Secretaría General del Senado, xxxxx xx Xxxxxx, 3, en horario de 9:30 a 14:30 horas en días hábiles, de lunes a viernes.
El plazo para la presentación de ofertas expira el día 17 xx xxxx de 2016, a las 14:30 horas.
Cuando la documentación se envíe por correo, el licitador deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar a la citada Área de Explotación y Gestión la remisión de la oferta mediante correo electrónico a la dirección xxxxxxxxxx@xxxxxx.xx, en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, esta no será admitida en ningún caso.
CLÁUSULA 16ª. Mesa de Contratación.
A efectos del procedimiento y para la valoración de las ofertas, así como para la elevación de la correspondiente propuesta a la Mesa del Senado se constituirá una Mesa de Contratación integrada por:
• Presidente: un miembro de la Mesa del Senado.
• Vicepresidente: un miembro de la Mesa del Senado.
• Vocales:
- La Letrada Mayor Xxxxxxx para Asuntos Administrativos del Senado.
- El Interventor del Senado.
- El Director de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones del Senado.
- La Jefa del Área de Explotación y Gestión de la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones del Senado, que levantará acta de las actuaciones y valoraciones de la Mesa de Contratación.
CLÁUSULA 17ª. Apertura de sobres.
Finalizado el plazo de presentación de ofertas, el Secretario de la Mesa de Contratación, procederá a abrir y examinar el sobre “A” para calificar los documentos presentados en tiempo y forma por los licitadores.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará a los interesados, concediendo un plazo máximo de tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la Mesa de Contratación.
Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, la Mesa de Contratación procederá a abrir, en acto público, los sobres “B” (propuestas técnicas) de los licitadores admitidos.
La Mesa de Contratación, con anterioridad al acto al que se refiere el siguiente párrafo de esta cláusula, procederá al examen y puntuación de las propuestas valorables mediante criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (sobre “B”), cuantificando los distintos apartados y deduciendo la puntuación final de cada una de las propuestas, de conformidad con la cláusula 18ª, dejando constancia documental de todo ello. Asimismo, podrá solicitar, antes de la valoración, los informes técnicos que considere necesarios y que tengan relación con el objeto del contrato.
Los sobres “C” (ofertas económicas) serán abiertos en acto público, en el que se dará a conocer, con carácter previo a dicha apertura, la puntuación asignada a las propuestas técnicas (sobres “B”).
La Mesa de Contratación procederá a la valoración de la oferta económica (sobre “C”) y sumará su resultado al obtenido del examen de las propuestas técnicas.
Las fechas para la celebración de los actos públicos de apertura de los sobres “B” y “C” se anunciarán con antelación suficiente en el perfil del contratante de la página web del Senado.
CLÁUSULA 18 ª Criterios de valoración.
Los criterios que han de servir de base para la adjudicación son la propuesta técnica y la oferta económica.
La ponderación de los referidos criterios será la siguiente:
- Características técnicas de los equipos ofertados (epígrafe 3 a) xxx xxxxxx de prescripciones técnicas): hasta 40 puntos distribuidos entre los 8 tipos de equipos requeridos conforme al siguiente desglose:
• Tipo 1 – hasta 14 puntos
• Tipo 2 – hasta 1,5 puntos
• Tipo 3 – hasta 5 puntos
• Tipo 4 – hasta 2,5 puntos
• Tipo 5 – hasta 7 puntos
• Tipo 6 – hasta 4,5 puntos
• Tipo 7 – hasta 4 puntos
• Tipo 8 – hasta 1,5 puntos
- Servicio de asistencia técnica y personal de soporte (epígrafe 3 d) xxx xxxxxx de prescripciones técnicas): hasta 4 puntos
- Sistema de control y gestión remota (epígrafe 4 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas): hasta 3 puntos.
- Acuerdos de nivel de servicio (epígrafe 6 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas): hasta 3 puntos.
La valoración de la propuesta técnica será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas por la oferta correspondiente en cada uno de los apartados susceptibles de valoración.
- Arrendamiento de equipos y servicios conexos: hasta 25 puntos
- Precio por página en blanco y negro equipos tipos 1 a 4 (A4 sobremesa): hasta 10 puntos.
- Precio por página en color equipos tipos 2 y 4 (A4 sobremesa): hasta 4 puntos.
- Precio por página en blanco y negro equipos tipos 5 a 8 (multifunción A4/A3): hasta 10 puntos.
- Precio por página en color equipo tipo 8 (multifunción A4/A3): hasta 1 punto.
La puntuación de cada licitador en relación con los criterios de valoración evaluables mediante fórmulas se obtendrá como se indica a continuación:
a) Se calculará la puntuación atribuida a cada una de las proposiciones en relación con el arrendamiento de equipos y servicios conexos multiplicando la oferta económica
más baja para esta prestación por 25 y dividiendo el resultado de tal operación por el importe de la oferta que se valora.
b) Se calculará la puntuación atribuida a cada una de las proposiciones en relación el precio por página en blanco y negro de los equipos tipos 1 a 4 (sobremesa) multiplicando la oferta económica más baja para esta prestación por 10 y dividiendo el resultado de tal operación por el importe de la oferta que se valora.
c) Se calculará la puntuación atribuida a cada una de las proposiciones en relación el precio por página en color de los equipos tipos 2 y 4 (sobremesa) multiplicando la oferta económica más baja para esta prestación por 4 y dividiendo el resultado de tal operación por el importe de la oferta que se valora.
d) Se calculará la puntuación atribuida a cada una de las proposiciones en relación el precio por página en blanco y negro de los equipos tipos 5 a 8 (multifunción A4/A3) multiplicando la oferta económica más baja para esta prestación por 10 y dividiendo el resultado de tal operación por el importe de la oferta que se valora.
e) Se calculará la puntuación atribuida a cada una de las proposiciones en relación el precio por página en color del equipo 8 (multifunción A4/A3) multiplicando la oferta económica más baja para esta prestación por 1 y dividiendo el resultado de tal operación por el importe de la oferta que se valora.
f) Finalmente, se sumarán las puntuaciones obtenidas por las proposiciones de cada licitador en cada uno de los cinco apartados anteriores a fin de obtener su puntuación total.
El órgano de contratación podrá apreciar el carácter desproporcionado o anormal de las ofertas que se presenten, de acuerdo con lo establecido en el artículo 152 del TRLCSP y los criterios contenidos en los artículos 85 y 86 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
CLÁUSULA 19ª. Propuesta de la Mesa de Contratación.
De conformidad con los criterios establecidos en la cláusula anterior, la Mesa de Contratación elevará la correspondiente propuesta de clasificación por orden decreciente a la Mesa del Senado.
La Mesa de Contratación podrá solicitar en cualquier momento de sus actuaciones los informes técnicos que considere necesarios y tengan relación con el objeto del procedimiento de licitación. Asimismo, podrá recabar de los licitadores
aclaraciones sobre los documentos presentados, así como solicitarles que presenten alguna información o documentación complementaria.
CLÁUSULA 20ª. Clasificación de las proposiciones.
Sobre la propuesta de la Mesa de Contratación, la Mesa del Senado o, por delegación, su Presidente, procederá a la clasificación de las propuestas presentadas por orden decreciente y requerirá al licitador que ha presentado la oferta más ventajosa la documentación a que se refiere la cláusula siguiente.
La Mesa del Senado podrá solicitar, antes de formular la propuesta, los informes técnicos y jurídicos que considere necesarios siempre que tengan relación con el objeto del contrato.
CLÁUSULA 21ª. Presentación de documentos.
1. Con carácter previo a la adjudicación del contrato, se requerirá al licitador que ha presentado la oferta más ventajosa para que en el plazo xx xxxx días hábiles, contados desde el siguiente a aquel en que se hubiera recibido el requerimiento, aporte la documentación acreditativa que se indica a continuación:
- Justificante de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Justificante de haber constituido la garantía a que se refiere la cláusula siguiente.
- Justificante de haber reembolsado en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Senado el importe de los anuncios oficiales exigidos por el procedimiento de adjudicación.
- Documentación acreditativa de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a adscribir para la ejecución del contrato.
- Compromiso expreso de adscribir a la ejecución del contrato los medios técnicos, materiales y humanos que haya detallado en su oferta para la correcta ejecución del contrato y cuya efectiva adscripción se considera obligación esencial a los efectos previstos en el art. 223 f) del TRLCSP.
- En su caso, documentación relativa a la parte de los servicios que van a subcontratarse, incluyendo todos los datos y requisitos que a este respecto señala el
artículo 227.2 b) y c) del TRLCSP.
2. Finalizado el plazo de presentación de la documentación y, en su caso, de subsanación, se formulará la correspondiente propuesta de adjudicación a la Mesa del Senado.
3. De no cumplimentarse adecuadamente por dicho licitador el requerimiento, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
CLÁUSULA 22ª. Garantía.
El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa estará obligado a constituir a favor del Senado una garantía por valor igual al 5 por ciento del importe de adjudicación del contrato, excluido el IVA.
La garantía se presentará en días hábiles, de lunes a viernes, de 9:30 a 14:30 horas, en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Senado que desestimará todas aquellas que no se ajusten a lo previsto en esta cláusula.
La garantía responderá de los conceptos mencionados en el artículo 100 del TRLCSP.
La constitución, reposición, reajuste, devolución y cancelación de la garantía se regirán por lo previsto en los artículos 95 a 102 del TRLCSP.
CLÁUSULA 23ª. Adjudicación.
La Mesa del Senado o, por delegación, su Presidente, procederá a la adjudicación dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación a que se refieren las cláusulas anteriores.
La adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará simultáneamente en el perfil del contratante.
Las empresas no adjudicatarias podrán retirar la documentación presentada transcurrido el plazo de cuatro meses desde la recepción de la notificación de la adjudicación. Si pasado el plazo de un año desde la adjudicación no se hubiera retirado esa documentación, el Senado procederá a su destrucción.
CLÁUSULA 24ª. Renuncia y desistimiento.
Corresponde a la Mesa del Senado la renuncia a la celebración del contrato, por razones de interés público debidamente justificadas, o el desistimiento del procedimiento, basado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, en ambos casos antes de la adjudicación.
Los licitadores serán compensados de los gastos en que hubieran incurrido, siempre que estos estuvieran debidamente justificados.
CLÁUSULA 25ª. Formalización del contrato.
El Senado requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurridos quince días hábiles desde la remisión de la notificación de la adjudicación sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.
La formalización del contrato se publicará en la forma establecida en el artículo 154 del TRLCSP.
CLÁUSULA 26ª. Naturaleza y contenido del contrato.
El contrato tiene carácter administrativo y formarán parte del mismo el pliego de cláusulas administrativas particulares, el pliego de prescripciones técnicas y las propuestas técnica y económica.
CLÁUSULA 27ª. Ejecución del contrato.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, según lo dispuesto en el artículo 215 del TRLCSP.
El contrato se ejecutará con sujeción a las estipulaciones del mismo del mismo y a las cláusulas contenidas en el presente pliego y en el pliego de prescripciones técnicas, siempre de acuerdo con las instrucciones que, para su interpretación, diera el Senado al contratista.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Senado o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
En el plazo de un mes desde la firma del contrato, el contratista deberá proceder a la entrega comenzando por la instalación y configuración de los 23 equipos multifuncionales A4/A3. Una vez que todos estos queden instalados y plenamente operativos, se dará por iniciado el contrato.
A continuación se instalarán los equipos A4 de sobremesa que deberán estar totalmente operativos en el plazo de un mes desde el inicio del contrato. Se estima la instalación inicial de 122 impresoras A4 monocromo de sobremesa (tipo 1), 5 impresoras A4 color de sobremesa (tipo 2), 47 multifuncionales A4 de sobremesa monocromo en red (tipo 3) y 24 multifuncionales A4 de sobremesa color en red (tipo 4).
El número total de equipos A4 de sobremesa podrá sufrir oscilaciones al alza o a la baja según se indica en el epígrafe 3 b) xxx xxxxxx de prescripciones técnicas sin que se modifiquen las condiciones económicas del arrendamiento por tipo de equipo, y debiendo facturarse únicamente el de los que estén instalados y operativos en el período correspondiente. El número mínimo y máximo de equipos a instalar y facturar se detalla por tipo (del 1 al 4) en el citado epígrafe 3 b) xxx xxxxxx de prescripciones técnicas. El número de equipos multifuncionales A4/A3 (tipos 5 a 8) permanecerá invariable durante toda la vigencia del contrato.
Las relaciones con la empresa contratista se llevarán a cabo a través de un representante nombrado por la misma con plena disponibilidad horaria, que será el único interlocutor para la ejecución del contrato.
El contratista vendrá obligado a seguir prestando el servicio y mantener las condiciones del contrato cuando éste se hubiese denunciado por cualquier causa o hubiese expirado naturalmente por el transcurso del plazo de duración, hasta que vaya a iniciarse la prestación de los servicios por la empresa que resultase nueva adjudicataria.
CLÁUSULA 28ª. Medidas de seguridad.
El contratista quedará sujeto a las medidas de seguridad que se aplican en la Cámara.
CLÁUSULA 29ª. Relaciones laborales.
El Senado será del todo ajeno a las relaciones de cualquier índole que existan entre el contratista y el personal con el que cuente aquel para la ejecución del contrato. Singularmente, el contrato no supondrá, en ningún caso, la existencia de relación laboral entre el Senado y el contratista, ni entre el Senado y el personal de aquel.
CLÁUSULA 30ª. Cumplimiento de la normativa laboral.
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de salud laboral.
CLÁUSULA 31ª. Protección de datos y cláusula de confidencialidad.
1. Los licitadores quedan expresamente obligados a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudieran conocer con ocasión del procedimiento de contratación, especialmente los de carácter personal, que no podrán copiar o utilizar con fines distintos de los que figuran en este pliego, ni tampoco ceder a otros, ni siquiera a efectos de conservación.
2. El contratista quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la referida Ley Orgánica.
3. En particular, el contratista se compromete a tratar los datos de carácter personal obtenidos del Senado conforme a las instrucciones de este a no utilizarlos o aplicarlos con fin distinto al que figura en el presente contrato y a no comunicarlos, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Una vez finalizada la relación contractual, el contratista se compromete a devolver al Senado los datos de carácter personal tratados y a destruir todas las copias de los mismos que obrasen en su poder.
4. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa a los licitadores que los datos que faciliten serán incorporados a un fichero automatizado cuyo responsable es la Secretaría General del Senado. Podrán ejercerse derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en la forma y de acuerdo con los procedimientos establecidos en la mencionada Ley Orgánica, mediante escrito dirigido a la antedicha Secretaría General.
5. El Senado cuidará que no se divulgue la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las
ofertas.
CLÁUSULA 32ª. Subcontratación.
El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación siempre y cuando se respeten los requisitos establecidos para la subcontratación en el artículo 227 del TRLCSP.
Los licitadores deberán, en todo caso, indicar las prestaciones parciales que tienen intención de subcontratar, el nombre o perfil empresarial de los posibles subcontratistas y, en virtud del límite a la subcontratación, establecido en el artículo
227.2.e) del TRLCSP, el porcentaje que el importe de dichas prestaciones supone sobre el total de la oferta económica del licitador.
De acuerdo con lo previsto por el artículo 228 bis del TRLCSP, el Senado podrá solicitar a los contratistas relación detallada de aquellos subcontratistas o suministradores que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden una relación directa con el plazo de pago; así como justificante de cumplimiento de los pagos a aquellos una vez terminada la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos.
CLÁUSULA 33ª. Facturación y pago del precio.
El pago del precio se abonará por meses naturales vencidos, y previa facturación conforme de los servicios efectivamente prestados tramitándose de acuerdo con lo establecido en las Normas sobre procedimiento presupuestario, control, contabilidad y contratación del Senado, aprobadas por acuerdo de la Mesa del Senado de 2 de diciembre de 2014.
El contratista incluirá en las facturas el resumen de cada uno de los conceptos relativos a los servicios prestados, de forma similar al modelo previsto para la oferta económica en el apartado “Precio por página impresa”.
datos: El contratista emitirá una única factura mensual que contendrá los siguientes
- Importe mensual correspondiente al arrendamiento y servicios conexos de los equipos efectivamente instalados y operativos durante el período facturado, debiendo además desglosarse el importe correspondiente a cada uno de los equipos, con indicación de marca, modelo y número de serie de cada equipo.
- Importe total del mantenimiento correspondiente al número de impresiones/copias efectivamente realizadas durante el periodo facturado. Se
desglosará el número de impresiones/copias totales en blanco y negro y en color realizadas durante el periodo facturado de forma similar al modelo previsto para la oferta económica en el apartado “Precio por página impresa”.
En relación con el contenido de las facturas, debe tenerse presente que la unidad encargada de tramitar la factura es, en el presente procedimiento, el Área de Explotación y Gestión de la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones del Senado, el órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública es la Oficina de Fiscalización y Contabilidad del Senado y el órgano de contratación es la Mesa del Senado.
CLÁUSULA 34ª. Resolución del contrato.
Serán causas de resolución del contrato las establecidas en los artículos 223 y 299 del TRLCSP.
Asimismo, podrán ser causa de resolución:
- La ejecución defectuosa del contrato; lo que comprende expresamente aspectos tales como el retraso injustificado en la ejecución de alguna o de la totalidad de las prestaciones objeto del contrato, el incumplimiento de alguna de las prestaciones contratadas o el incumplimiento de los plazos de entrega de equipos y/o consumibles.
- El incumplimiento del deber xx xxxxxxx y confidencialidad al que hace referencia la cláusula 31ª del presente pliego.
- El incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios técnicos, materiales y/o humanos contemplados en su oferta.
- El incumplimiento del compromiso de subcontratación con empresas que cuenten con los requisitos exigidos.
CLÁUSULA 35ª. Prerrogativas, jurisdicción y fuero.
La Mesa del Senado ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Asimismo, ostenta la prerrogativa de modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de esta, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el TRLCSP.
Los acuerdos de la Mesa del Senado ponen fin a la vía administrativa y son inmediatamente ejecutivos. Contra los mismos podrá interponerse, alternativamente, recurso potestativo ante el mismo órgano, en el plazo de un mes; o recurso contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses, en los términos previstos en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
CLÁUSULA 36ª. Recurso especial en materia de contratación.
Por tratarse de un contrato sujeto a regulación armonizada, se podrá interponer potestativamente en vía administrativa recurso especial en materia de contratación frente a los actos contemplados en el artículo 40.2 del TRLCSP, siendo el Tribunal de Recursos Contractuales de las Cortes Generales el órgano competente para resolver dicho recurso.
146.4 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO
D/Xx… ,
con DNI nº ……..........., en nombre propio/en representación de la empresa
……....………………………………… con CIF nº……… y domicilio en ,
calle…………………………………………………………………………
1. Que la empresa a la que represento legalmente, sus administradores y representantes, así como el firmante, cumplen las condiciones legalmente establecidas para contratar con la Administración; lo que se declara sin perjuicio de la facultad que el artículo 146.4 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público atribuye a la Mesa del Senado para, en su caso, requerir que la documentación acreditativa de dicha circunstancia sea presentada en el plazo señalado a tal efecto.
2. Que dicha empresa cumple asimismo todas las condiciones exigidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares del procedimiento abierto para la adjudicación del contrato de arrendamiento y mantenimiento y equipos multifuncionales para el Senado
En ……………, a………de de 2016.
Firmado: (firma y sello de la empresa)
EXCMO. SR. PRESIDENTE DE LA MESA DE CONTRATACIÓN
D/Xx…………………………………………………………………….. con DNI nº , y
en nombre y representación de la empresa…………………….…….
DECLARA
Que dicha empresa ha efectuado de conformidad, en los años que figuran a continuación, los contratos similares al del objeto de este procedimiento:
AÑO 2011
AÑO 2012
AÑO 2013
AÑO 2014
AÑO 2015
En …………………………, a ……… de de 2016.
Firmado: (firma y sello de la empresa)
EXCMO. SR. PRESIDENTE DE LA MESA DE CONTRATACIÓN
D./Xx…………………………………………………………………………………………
……., con DNI nº ………………………….., en nombre propio/en representación de la empresa ………………………………………………………., con CIF nº ,
y domicilio en ………….. calle ………………………………
Que, en caso de resultar la empresa a la que represento legalmente adjudicataria del contrato de ………………………………………………………, la persona o personas que tendrán capacidad para, en nombre de la empresa, presentar y retirar la correspondiente garantía, son las que se indican a continuación:
Nombre: DNI:
Nombre: DNI:
Nombre: DNI:
En……………………, a …… de de 2016.
Fdo. (Firma y sello de la empresa)
EXCMO. SR. PRESIDENTE DE LA MESA DE CONTRATACIÓN.
D/Xx…………………………………………………………………………, con DNI nº ,
en nombre propio/en representación de la empresa ………….……………….. con CIF nº…………….... y domicilio en …………………………, calle ……………………………. , se compromete a cumplir el contrato de arrendamiento y mantenimiento de impresoras y equipos multifunción para el Senado, de conformidad con los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas, por los precios que se desglosan a continuación:
1. Tipo 1: impresoras A4 monocromo de sobremesa |
|
-Número máximo de equipos: | 126 |
|
-Precio mensual por equipo: |
|
Subtotal para 36 meses y 126 equipos (sin IVA) |
|
2. Tipo 2: impresoras A4 color de sobremesa |
|
-Número máximo de equipos: | 7 |
|
-Precio mensual por equipo: |
|
Subtotal para 36 meses y 7 equipos (sin IVA) |
|
3. Tipo 3: multifuncionales A4 sobremesa monocromo en red |
|
-Número máximo de equipos: | 50 |
|
-Precio mensual por equipo: |
|
Subtotal para 36 meses y 50 equipos (sin IVA) |
|
4. Tipo 4: multifuncionales A4 sobremesa color en red |
|
-Número máximo de equipos: | 27 |
|
-Precio mensual por equipo: |
|
Subtotal para 36 meses y 27 equipos (sin IVA) |
|
5. Tipo 5: Multifuncionales A4/A3 monocromo en red, velocidad mínima 40 ppm |
|
-Número máximo de equipos: | 15 |
|
-Precio mensual por equipo: |
|
|
Subtotal para 36 meses y 15 equipos (sin IVA) |
|
6. Tipo 6: Multifuncionales A4/A3 monocromo en red, velocidad mínima 60 ppm |
|
-Número máximo de equipos: | 4 |
|
-Precio mensual por equipo: |
|
Subtotal para 36 meses y 4 equipos (sin IVA) |
|
7. Tipo 7: Multifuncionales A4/A3 monocromo en red, velocidad mínima 75 ppm |
|
-Número máximo de equipos: | 3 |
|
-Precio mensual por equipo: |
|
Subtotal para 36 meses y 3 equipos (sin IVA) |
|
8. Tipo 8: Multifuncional A4/A3 color en red, velocidad mínima 45 ppm |
|
-Número máximo de equipos: | 1 |
|
-Precio mensual por equipo: |
|
Subtotal para 36 meses y 1 equipo (sin IVA) |
IMPORTE TOTAL ARRENDAMIENTO PARA 36 MESES (SIN IVA): |
|
IVA AL 21%: |
|
TOTAL CON IVA: |
|
- En blanco y negro equipos tipos 1 a 4 (sobremesa), sin IVA |
|
|
IVA aplicable |
|
Precio por página impresa IVA incluido |
|
- En color equipos tipos 2 y 4 (sobremesa), sin IVA |
|
|
IVA aplicable |
|
Precio por página impresa IVA incluido |
|
- En blanco y negro equipos tipos 5 a 8 (multifunción A4/A3), sin IVA |
|
|
IVA aplicable |
|
Precio por página impresa IVA incluido |
|
- En color equipo tipo 8 (multifunción A4/A3), sin IVA |
|
|
IVA aplicable |
|
Precio por página impresa IVA incluido |
|
En………………………….., a …… de de 2016.
Fdo. (Firma y sello de la empresa)
EXCMO. SR. PRESIDENTE DE LA MESA DE CONTRATACIÓN