PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL DISEÑO, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UNA CUBIERTA PORTANTE PARA EL AREA DE JUEGOS INFANTILES DEL PARQUE MOREAGA
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL DISEÑO, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UNA CUBIERTA PORTANTE PARA EL AREA DE JUEGOS INFANTILES DEL PARQUE MOREAGA
INDICE
3.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO 4
9.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 7
10.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCION DEL CONTRATO 8
11.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO 8
12.- RECEPCION DEL SUMINISTRO Y PLAZO DE GARANTIA 8
13.- PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO 9
A) Incumplimiento de los plazos de ejecución del contrato 9
B) Incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones 10
14.- CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO 10
15.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION 10
II.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR 11
16.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 11
CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULAS 11
CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FÓRMULAS 12
1.2.- ELECCIÓN DE ELEMENTOS Y MATERIALES -10 puntos 12
17.- APTITUD PARA CONTRATAR 14
18.- PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES. 14
19.- FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES. 15
20.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y DEMÁS REQUISITOS DE LAS MISMAS 19
21.- APERTURA DE LA DOCUMENTACIÓN Y DE LAS PROPOSICIONES.
23.- COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO Y PROGRAMA DE TRABAJOS.
........................................................................................................ 23 24.- PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. ....................... 23
III.- NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y JURISDICCION COMPETENTE 24
26.- NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO 24
27.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL 24
28.- JURISDICCIÓN COMPETENTE 25
ANEXO I. MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA A QUE SE AJUSTARAN LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS POR LOS LICITADORES
I. CONTENIDO DEL CONTRATO 1.- OBJETO DEL CONTRATO
El contrato que como consecuencia del presente pliego se realice, incluye el diseño, suministro e instalación de una cubierta para la zona de juegos sita en el Parque Moreaga, y su objetivo principal es evitar la lluvia dentro de la zona y soleamiento en los días xx xxxxxx.
Dado que se pretende mejorar el confort de las personas, sobre todo niños y niñas y de las personas cuidadoras y optimizar el uso de la instalación, se habilitará un proceso de participación ciudadana que formará parte de la licitación.
Las especificaciones de la instalación están recogidas en el Pliego Técnico.
2.- PLAZO
El plazo de entrega del suministro e instalación: los trabajos deberán estar finalizados en el plazo de TRES MESES (13 semanas) desde que se firme el acta de replanteo o, en su caso, en el plazo propuesto por el adjudicatario.
El contratista se entenderá incurso en xxxx por el transcurso del plazo citado, no siendo necesaria intimación previa por parte del ayuntamiento.
El suministro e instalación deberá hacerse efectivo en el Parque Moreaga tal y como consta en el pliego técnico.
3.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO
El presupuesto del contrato será de 165.289,25€, más 34.710,75€ correspondientes al IVA TOTAL: 200.000€, presupuesto que podrá ser mejorado por los licitadores.
En el precio se entenderán comprendidos entre otros: el diseño completo, planos y memoria descriptiva de la cubierta ofertada (proyecto de ejecución que incluye Estudio de Seguridad y Salud y estudio de Gestión de Residuos), suministro e instalación, incluso retirada del suelo y juegos existentes, además los gastos de transporte, cimentaciones necesarias para el apoyo de la cubierta, acometidas, reposición del pavimento, montaje y puesta en servicio, la dirección de los trabajos y coordinación en seguridad y salud en fase de ejecución.
A efectos de lo establecido en el artículo 88 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el valor estimado del contrato, IVA excluido, es de 165.289,25 euros.
4.- FINANCIACIÓN
Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto del año en curso.
5.- FORMA DE PAGO
El pago del precio del suministro e instalación se realizará una vez se emita informe de conformidad por los servicios técnicos municipales y previa presentación de la correspondiente factura.
6.- REVISIÓN DE PRECIOS
En el presente contrato no procederá la revisión de precios.
7.- GARANTIAS
El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA.
El plazo para la constitución de la citada garantía será el previsto en la cláusula 12 del presente pliego de condiciones y podrá constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP.
La devolución de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 TRLCSP, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas las obligaciones contractuales.
8.- EJECUCION DEL CONTRATO
Los bienes deberán ser entregados e instalados en el tiempo y lugar fijados en el presente pliego, de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste no tendrá derecho a indemnizaciones por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega al Ayuntamiento, salvo que éste hubiese incurrido en xxxx al recibirlos.
La ejecución del contrato se desarrollará bajo la dirección, inspección y control del Ayuntamiento, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente.
Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, el Ayuntamiento podrá exigir la adopción de las medidas que estime
necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.
9.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Laborales: El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, con respecto al personal que emplee en el objeto de este contrato, quedando la administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
El contratista se compromete a que por parte de las empresas subcontratadas, en su caso, se cumpla la legislación vigente en materia laboral con respecto a sus trabajadores/as.
Asimismo, la empresa deberá cumplir la legislación vigente en relación a la igualdad efectiva de mujeres y hombres que supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo.
Gastos: Son por cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de la licitación en el Boletín Oficial de Bizkaia.
Se considerarán también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del contrato.
El incumplimiento de las obligaciones por parte de la empresa adjudicataria o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él no implicará responsabilidad para la administración contratante.
10.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCION DEL CONTRATO.
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del TRLCSP
11.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 107 del TRLCSP y siempre que con ello no se alteren las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación.
Las posibles modificaciones referidas anteriormente serán obligatorias para el contratista.
12.- RECEPCION DEL SUMINISTRO Y PLAZO DE GARANTIA.
En el plazo máximo de un mes desde que se efectúe la entrega del suministro e instalación, se producirá el acto formal y positivo de recepción del mismo.
Cuando el suministro e instalación no se halle en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente y se darán instrucciones al contratista para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministro y/o instalación de acuerdo con lo pactado. Cuando no se realice la subsanación o sustitución, la Administración los dejará de cuenta del contratista quedando exento de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar lo pagado.
Asimismo, se establece un plazo xx XXXX AÑOS, a contar desde la fecha de recepción formal, que se fija como garantía a los efectos previstos en el TRLCSP y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
El Ayuntamiento, durante el plazo de garantía, tendrá derecho a la reposición o reparación, si ello fuera suficiente, de Los bienes suministrados que presenten vicios o defectos.
Si el Ayuntamiento constatase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos imputables al contratista y fuera presumible que su reposición o reparación no son suficientes para conseguir aquel fin, podrá, dentro de aquel plazo, rechazarlos y dejarlos a cuenta del contratista.
Aprobada la liquidación del contrato, si no resultaran responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía y, transcurrido el plazo de la misma, se dictará acuerdo de devolución o cancelación del aval.
13.- PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO
A) Incumplimiento de los plazos de ejecución del contrato
Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, tanto del plazo total como, en su caso, de los plazos parciales, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del mismo, con pérdida de la garantía, o por la imposición de penalidades en la proporción de 0,20 euros diarios por cada 1.000 del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
B) Incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de una penalidad equivalente al 1O por 100 del precio total del contrato.
C) Cumplimiento defectuoso
En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación, el Ayuntamiento podrá imponer una penalidad equivalente al 10% del presupuesto del contrato.
14.- CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO
Constituyen causas de resolución del contrato suministro las establecidas en los artículos 223 y 299 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
15.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION
Corresponden al Ayuntamiento las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por
razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
II.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR 16.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación del presente contrato se llevará a cabo por procedimiento abierto y tramitación ordinaria, de conformidad con lo previsto en los artículos 157 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye son los siguientes:
CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULAS: 65% (hasta 65 puntos)
1.- Oferta Económica (Total 50 puntos)
Se valorarán las ofertas presentadas, de modo que aquellas ofertas cuya baja sobre el tipo de licitación sea igual o superior el 15% se le otorgará la máxima puntuación, correspondiente a 50 puntos.
Los restantes valores se valorarán de manera proporcional.
2.- Plazo de Ejecución (Total 15 puntos)
Se aportará programa de trabajo y memoria justificativa, describiendo las previsiones de tiempo y costes en su diagrama y desarrollando en un gráfico las previsiones de certificaciones acumuladas mensualmente. Deberá existir coherencia entre los plazos y el programa de trabajo, así como con las características y especialidades del contrato. Las ofertas se valorarán conforme a lo siguiente:
5,00 puntos por cada semana de reducción en el plazo de ejecución.
CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FÓRMULAS: 35% (hasta 35 puntos) 1.- PROYECTO BASICO
1.1- Memoria Técnica -15 puntos-
Se valorará la solución constructiva que presente mayor calidad y adaptación al entorno, originalidad y funcionalidad del diseño de la cubierta, características y calidad de los materiales tanto en la estructura como en la cubierta y características funcionales del espacio resultante.
1.2.- ELECCIÓN DE ELEMENTOS Y MATERIALES -10 puntos-
Se valorará la garantía de durabilidad, garantía de reposición de piezas, facilidad de mantenimiento y resistencia a actos vandálicos.
2.- PROCESO PARTICIPATIVO -10 puntos
Tras la apertura del sobre 2. "Criterios no cuantificables por fórmulas", se pondrá en marcha un proceso participativo, cuyo resultado será el que otorgue la puntuación del presente apartado.
Así, se dispondrán en la Sala de Exposiciones de la Kultur Etxea todas las infografías y aquellos documentos que definan las propuestas de los licitadores para que los que lo deseen puedan dar su voto a favor de la que consideren mejor propuesta.
La mesa de contratación realizará el cómputo de votos y asignará los 1O puntos del presente apartado a la propuesta con más votos y el resto de las propuestas recibirán los puntos de forma proporcional.
Umbral mínimo de puntuación que debe obtenerse en los criterios no cuantificables automáticamente: Conforme el artículo150.4 del TRLCSP, para ser admitidos a la valoración global, se exigirá que en los criterios no cuantificables mediante fórmulas, los licitadores alcancen un umbral mínimo de puntuación, de forma que no serán tenidas en cuenta por la Mesa de Contratación las ofertas cuya puntuación no alcance los 15 puntos.
Criterios para la consideración de que la oferta contiene valores anormales o desproporcionados.
Se considerará que la oferta contiene valores anormales o desproporcionados en caso de que la cuantía sea inferior en más de 1O unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas admitidas.
En caso de ofertas incursas en valores anormales o desproporcionados se seguirá el procedimiento previsto en el art. 152.3 del TRLCSP en cuanto a su justificación.
17.- APTITUD PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en la letra e) de la cláusula 18.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanta en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato.
18.- PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones para la licitación se presentarán en sobres cerrados, identificados, en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa.
Los sobres se presentarán en las dependencias u oficinas del órgano de contratación designadas en el anuncio del contrato, dando al presentador,
como acreditación, recibo en el que constará el nombre del licitador, la denominación del objeto del contrato y el día y hora de la presentación.
De igual modo, las proposiciones podrán ser presentadas por correo. En tal caso, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
19.- FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES.
Con carácter general, las proposiciones se presentarán en tres sobres numerados correlativamente:
EL SOBRE NÚMERO 1.
Contendrá, de conformidad con lo que dispone el artículo 146 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, copia simple de la siguiente documentación:
1°) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica: Los empresarios individuales, copia del DNI; los empresarios personas jurídicas, la escritura o los documentos en que conste la constitución de la entidad y los estatutos por que se rija, debidamente inscritos en el Registro Mercantil o en el que corresponda.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2°) Documentos acreditativos de la representación: Cuando la proposición no aparezca firmada por los licitadores deberá incluirse el poder otorgado a favor de quien o quienes suscriban la proposición junto con una copia del Documento Nacional de Identidad del o los apoderados.
3°) Documento de compromiso de constituir una Unión Temporal de Empresas: En los casos en que varios empresarios concurran agrupados en unión temporal aportarán además un documento, que podrá ser privado, en el que, para el caso de resultar adjudicatarios, se comprometan a constituirla. Este documento deberá ir firmado por el representante de cada una de las empresas y en él se expresará la persona a quien designan representante de la UTE ante la Administración para todos los efectos relativos al contrato, así como la participación que a cada uno de ellos corresponda en la UTE.
4°) Justificantes de la solvencia del licitador:
Económica, financiera: Deberá acreditarse con declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
Técnica o profesional: Relación de los principales trabajos ejecutados durante los cinco últimos años, debiendo acreditar, al menos, la ejecución de dos trabajos iguales o similares a los de la presente licitación y avalados por certificados de buena ejecución para los más importantes.
5°) Documento acreditativo de no estar incurso en prohibición de contratar que incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
6°) Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjera. Las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
7°) Domicilio: Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser complementada indicando una dirección de correo electrónico y un número de teléfono y fax.
8°) Empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social. Los licitadores que pretenda contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional cuarta del texto refundido, deberán presentar los documentos que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100 o que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación a que se refiere la citada disposición adicional.
Las circunstancias señaladas en los apartados 1°, 2° y 4° podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 84 del texto refundido de la LCSP. En todo caso, deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
EL SOBRE N° 2 se incluirán aquellos documentos que sean preciso para la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor y se presentará cumpliendo el requisito establecido en el artículo 26 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx.
En ningún caso se deberá incluir en este sobre la oferta económica, ni documento relevante de la oferta económica, in documentos relativos a criterios cuantificables por fórmula.
EL SOBRE N° 3. Contendrá:
La oferta económica en la que se expresará el precio de ejecución del contrato debiendo figurar como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor
Añadido. La oferta económica se presentará conforme al modelo que se incorpora como anexo l.
Los documentos necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.
20.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y DEMÁS REQUISITOS DE LAS MISMAS.
Las proposiciones se presentarán dentro del plazo fijado en el anuncio de la licitación.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares, y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, así como del proyecto y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura en público de las mismas.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes o mejoras cuando así se establezca.
Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La documentación exigida se podrá presentar en original o en fotocopia simple, pero en este caso, el adjudicatario del contrato, previo a la formalización del mismo, deberá acreditar la autenticidad de tales fotocopias mediante la aportación de los correspondientes originales.
21.- APERTURA DE LA DOCUMENTACIÓN Y DE LAS PROPOSICIONES.
a) Para la calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas el órgano competente es la Mesa de contratación, constituida de conformidad con lo previsto en la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP.
La calificación de la documentación presentada en el SOBRE N° 1 se realizará en sesión privada. Se procederá a la apertura de los sobres y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos.
b) Si la Mesa de contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados, sin perjuicio de que estas circunstancias se hagan públicas a través de anuncios del órgano de contratación, concediéndose un plazo no
superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación.
De lo actuado se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse.
c) Concluida la fase anterior se comunicará las proposiciones admitidas, las rechazadas y causa o causas de su rechazo, en acto público que se celebrará en el lugar y día que previamente se haya señalado y publicado en el perfil del contratante de la página web: xxx.xxxxxxx.xxx.
Seguidamente, la mesa procederá a la apertura de las proposiciones contenidas en el SOBRE N° 2 CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR
FÓRMULA correspondientes a los licitadores admitidos.
A continuación la Mesa de Contratación, si lo estima oportuno, acordará la remisión de los SOBRES N° 2 a informe del departamento promotor del expediente, para el estudio de las proposiciones.
Una vez recibidos y conocidos el/los informe/s solicitados, la Mesa se constituirá y en acto público dará a conocer la ponderación asignada a las ofertas relativas a los criterios no cuantificables mediante fórmulas.
En el mismo acto público, se procederá a la apertura del SOBRE N° 3 CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULAS de las proposiciones admitidas que continúan en el proceso y a la lectura del contenido de los sobres.
22.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
A la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación es automática y una vez realizada la evaluación global de las ofertas, la Mesa de Contratación propondrá al adjudicatario del contrato.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto frente a la administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar a adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64 del Texto Refundido del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
Cuando se exija expresamente con arreglo a lo dispuesto en el artículo
64.2 del texto refundido, la documentación acreditativa de que el adjudicatario dispone de los medios materiales y personales que específicamente deba adscribir a la ejecución del contrato.
Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
Igualmente, cuando se exija al adjudicatario que concierte algún tipo de seguro, antes de la formalización del contrato, deberá aportarse la póliza correspondiente.
23.- COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO Y PROGRAMA DE TRABAJOS.
En el plazo de quince días naturales como máximo, contados a partir de la fecha de formalización del contrato deberá realizarse el replanteo y extenderse el acta relativa al mismo.
El adjudicatario deberá presentar un programa de trabajos para que sea aprobado por el órgano de Contratación. Dicho programa deberá presentarse en plazo no superior a quince días naturales desde la formalización del contrato y desarrollará el presentado con su proposición, que no podrá modificar ninguna de las condiciones contractuales. A la vista del mismo, el órgano de contratación resolverá sobre su aplicación, incorporándose al contrato.
24.- PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
En el plazo de quince días naturales desde la notificación de la adjudicación el contratista presentará al Órgano de contratación el Plan de seguridad y salud en el trabajo, que será informado en el plazo de cinco días naturales sobre la procedencia de su aprobación.
En todo caso, el plazo máximo para la aprobación del Plan de seguridad y salud en el trabajo será de un mes desde la firma del contrato. Si, por incumplir el contratista los plazos indicados en el párrafo anterior, no fuera posible empezar las obras al recibir autorización para el inicio de las mismas, no podrá reclamar ampliación alguna de plazo por este motivo.
III.- NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y JURISDICCION COMPETENTE
26.- NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO
El contrato que se realice tendrá carácter administrativo, rigiéndose por el presente pliego y el resto de la documentación técnica que lo acompaña. En todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx; en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que xx xx xxxxxx xx XXXxx 0/0000; y en las demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas.
Además carácter del presente contractual pliego tendrán los siguientes documentos:
El pliego de prescripciones técnicas.
La propuesta del adjudicatario y el programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación.
El documento en que se formalice el contrato.
27.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas
de la Disposición Adicional Vigésima Sexta del TRLCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.
28.- JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones controvertidas que se puedan derivarse del presente contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y podrán ser impugnados directamente ante la jurisdicción contencioso administrativa, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la interposición del recurso especial en materia de contratación regulado por los artículos 40 a 49 del TRLCSP, o cualquiera de los regulados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Berango, a 9 de Diciembre de 2015
LA ALCALDESA
Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx.
ANEXO I. MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA A QUE SE AJUSTARAN LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS POR LOS LICITADORES
D con
domicilio en.......................................................................................CP , D.N.I.
nº........................, teléfono..........................e-mail.......................................................................
en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de.......................................................................................................................
con domicilio en..........................................................................................................................
CP..........................., teléfono , y D.N.I. o C.I.F. (según se trate de
persona física o jurídica) nº ), enterado del procedimiento abierto
convocado por. , para la
contratación de..........................................................................................................................
..................................................................................................................declaro:
1º) Que me comprometo a su ejecución por el precio de
.................................................................................€, más €,
correspondientes al. . . . . .% de I.V.A y en el plazo de , debiendo
entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal al igual que el beneficio industrial del contratista.
2º) Que conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En..............................., a...............de.......................................de 20......
Firma