Contract
1. OBJETIVO
Asegurar que la aplicación de penalidades a los contratos de consultoría y obras, se desarrollen bajo las condiciones definidas en la Ley de Contrataciones del Estado y lineamientos establecidos por Sedapal.
2. ALCANCE
Desde la detección de la infracción hasta la aplicación de la penalidad correspondiente en los contratos de consultoría y obras.
3. DEFINICIONES
3.1 Coordinador de obra: Es un Ingeniero designado por el Jefe del Area a cargo de la obra, responsable de cautelar el cumplimiento del contrato suscrito con el Supervisor externo, así mismo es el que realiza el seguimiento y atención de los diversos expedientes presentados por el Contratista de la obra a través del Supervisor externo, a fin que estos sean atendidos dentro del plazo fijado por la normatividad vigente.
3.2 Gestor de Proyectos .- Profesional contratado para realizar la verificación y seguimiento del cumplimiento de las condiciones establecidas en los Contratos del Supervisor, así como las diversas gestiones que se realizan dentro de SEDAPAL para el cumplimiento de las obligaciones contractuales del Supervisor y Contratista.
3.3 Coordinador de Proyecto: Es un ingeniero designado por el Jefe de Equipo de la Unidad Formuladora, responsable de velar directamente y permanentemente por el desarrollo del estudio y cumplimiento del contrato.
3.4 Coordinador Social .- Es un profesional designado por el Jefe del Equipo Acompañamiento Social, responsable de monitorear, apoyar y evaluar el cumplimiento de los términos de referencia de la intervención social, contenidos en el contrato suscrito con el contratista y el supervisor externo.
3.5 Contratista: Persona natural o jurídica que brinda los servicios necesarios (mano de obra, materiales, y equipos) para la ejecución de una obra, y que ha suscrito contrato con SEDAPAL de conformidad con las normas legales vigentes.
3.6 Cuaderno de Obra: Documento que, debe estar foliado y firmado por el Inspector o Supervisor y el Residente, donde se anotan las ocurrencias, órdenes, consultas y respuestas a las consultas.
3.7 Infracción: Es la falta del cumplimiento de las obligaciones de la prestación del servicio objeto del contrato a cargo del consultor o contratista, ya sea por retraso o incumplimiento de sus obligaciones.
3.8 Inspector: Es un Ingeniero designado por el Jefe del Area a cargo de la obra, responsable de velar directa y permanentemente por la correcta ejecución de la obra y del cumplimiento del contrato.
3.9 Xxxx: Retraso parcial o total, continuado y acumulativo en el cumplimiento de prestaciones consistentes en la entrega de bienes, servicios o ejecución de obra sujetos a cronograma y calendarios contenidos en las Bases y/o Contratos.
3.10 Supervisor: Es un Ingeniero Colegiado o una Empresa Supervisora, responsable de velar directa y permanentemente por la correcta ejecución de la obra y del cumplimiento del contrato; contratado especialmente para supervisar una obra.
4. DOCUMENTOS A CONSULTAR
4.1 Contrato de Consultoría, Contrato de Obra.
4.2 Cuaderno de Obra
4.3 Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y modificatorias.
4.4 Normatividad Legal aplicable y vigente (General especializada e institucional)
5. RESPONSABILIDADES
5.1. Los Jefes de Equipo a cargo del Proyecto o de la Obra son los responsables de hacer cumplir el presente procedimiento.
5.2. El Inspector de Xxxxxxx (en consultoría), Coordinador de obra/ Gestor de Proyectos (en Supervisión de obra) y Supervisor o Inspector de Xxxx (en ejecución de obra) son los responsables de su aplicación.
5.3. Los Operadores del Equipo Licitaciones y Contratos son los responsables de incluir la Tabla de Penalidades y procedimiento en las bases y contratos de los servicios de consultoría, consultoría de obra y ejecución de obras, según corresponda.
6. CONDICIONES GENERALES
6.1. El Reglamento de la Ley de Contrataciones establece dos tipos de penalidades:
La penalidad por xxxx en la ejecución de la prestación, referida al retraso injustificado en la realización de la consultoría, la ejecución de la obra, o de la prestación objeto del contrato, cuyas consideraciones para su aplicación están señaladas en el Artículo 165° de la mencionada norma
La aplicación de otras penalidades, referidas al incumplimientos de las diversas obligaciones a cargo del consultor o contratista distintas al retraso, cuyas consideraciones estan definidas en el Artículo 166° de la mencionada norma y detalladas en el presente procedimiento.
6.2. Las penalidades a las que se refiere el Artículo 166° han sido establecidas en el presente procedimiento, las cuales formarán parte en los contratos de consultoría y ejecución de obras; siendo esta penalidad independiente de la penalidad por atraso.
6.3. El monto máximo al cual podrá llegar la aplicación de la penalidad al consultor o contratista, es del 10% del monto del contrato vigente o de ser el caso del ítem y/o componente (Expediente técnico, ejecución de obra e Intervención Social) que debió ejecutarse, quedando la Empresa facultada para iniciar el proceso de resolución del contrato.
7. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO
7.1 Aplicación de Penalidad en el desarrollo de Estudios (Perfil, Factibilidad, Expediente Técnico)
7.1.1 El Inspector de Estudio al detectar el incumplimiento de las obligaciones señaladas en: Anexo 01: Tabla de Penalidades – Contrato de Consultoría o el Anexo 02: Tabla de penalidades – Intervención Social, según corresponda, remite una carta de preaviso al consultor estableciendole un plazo para la subsanación de la infracción. En los casos de infracciones reincidentes pasa directamente al numeral 7.1.3
7.1.2 El consultor revisa el caso notificado y procede a subsanarlo en el plazo establecido, de no hacerlo, pasa al siguiente numeral.
7.1.3 El Inspector de Xxxxxxx, procede a calcular la penalidad según la Tabla establecida en el Anexo 00 x Xxxxx 00, según corresponda, sobre la base de la Unidad Impositiva Tributaria, por día, persona u ocurrencia, de corresponder, verificando antes que el monto acumulado de penalidades aplicadas no haya excedido el monto máximo de penalidad admisible, equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, caso contrario pasara al numeral 7.1.7
7.1.4 El Inspector de Xxxxxxx mediante carta comunica al consultor la aplicación de la penalidad, la cual deberá ser aplicada en la siguiente valorización o en la valorización final según corresponda.
7.1.5 El Inspector de Xxxxxxx elabora y remite a su Jefatura la valorización con la aplicación de la penalidad.
7.1.6 El Jefe de Equipo a cargo del Proyecto aprueba y coordina se procese la valorización en la que se aplica la penalidad.
7.1.7 En los casos que el monto acumulado de penalidades aplicadas haya excedido el monto máximo admisible, el Inspector de Xxxxxxx propone al Jefe de Equipo a cargo del proyecto inicie la Resolución del Contrato de consultoría.
7.1.8 El Jefe de Equipo a cargo del Proyecto evalúa la conveniencia de proceder con la Resolución del Contrato de Consultoría, en caso proceda, aplica el procedimiento GPOPR019 Resolución de Contrato de Consultoría.
7.2 Aplicación de Penalidad en Ejecución de Obras
7.2.1 El Supervisor o Inspector de Obra al detectar el incumplimiento de las obligaciones señaladas en: Anexo 03: Tabla de Penalidades – Contrato de Obras, registra la infracción en el cuaderno de Obras, adjuntando las evidencias que pudiera haber obtenido, y remite carta de preaviso al contratista, estableciendole un plazo para la subsanación de la infracción. En los casos de infracciones reincidentes pasa directamente al numeral 7.2.3
7.2.2 El contratista revisa el caso notificado y procede a subsanarlo en el plazo establecido, de no hacerlo, pasa al siguiente numeral.
7.2.3 El Supervisor o Inspector de Obra procede a calcular la penalidad según la Tabla establecida en el Anexo 03, sobre la base de la Unidad Impositiva Tributaria, por día, persona u ocurrencia, de corresponder, verificando antes que el monto acumulado de penalidades aplicadas no haya excedido el monto máximo de penalidad admisible, equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, caso contrario pasa al numeral 7.2.7
7.2.4 El Supervisor o Inspector de Xxxx registra en el cuaderno de Obras la aplicación de la penalidad, y en el caso del supervisor, mediante carta comunica a Xxxxxxx que la penalidad será incluida en la siguiente valorización.
7.2.5 El Supervisor o Inspector de Xxxx elabora y remite al Jefe de Equipo a cargo de la obra la valorización con la aplicación de la penalidad.
7.2.6 El Jefe de Equipo a cargo de la Obra aprueba y coordina se procese la valorización en la que se aplica la penalidad.
7.2.7 En los casos que el monto acumulado de penalidades aplicadas haya excedido el monto máximo admisible, el Supervisor o Inspector de Xxxx propone al Jefe de Equipo a cargo de la obra inicie la Resolución del Contrato de obra.
7.2.8 El Jefe de Equipo a cargo de la Obra evalúa la posibilidad de iniciar la gestión de Resolución del Contrato.
7.3 Aplicación de Penalidad en Supervisión de Obra
7.3.1 El Coordinador de Obra o Gestor de Proyecto al detectar el incumplimiento de las obligaciones señaladas en: Anexo 04: Tabla de Penalidades – Contrato de Supervisión de Obra, remite una carta de preaviso al supervisor estableciendole un plazo para la subsanación de la infracción. En los casos de infracciones reincidentes pasa directamente al numeral 7.3.3
7.3.2 El supervisor revisa el caso notificado y procede a subsanarlo en el plazo establecido, de no hacerlo, pasa al siguiente numeral.
7.3.3 El Coordinador de Obra o Gestor de Proyectos, procede a calcular la penalidad según la Tabla establecida en el Anexo 04, sobre la base de la Unidad Impositiva Tributaria, por día, persona u ocurrencia, de corresponder, verificando antes que el monto acumulado de penalidades aplicadas no haya excedido el monto máximo de penalidad admisible, equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, caso contrario pasa al numeral 7.3.7
7.3.4 El Coordinador de Obra o Gestor de Proyecto mediante carta comunica al supervisor la aplicación de la penalidad, la cual deberá ser aplicada en la siguiente valorización o en la valorización final según corresponda.
7.3.5 El Coordinador de Obra o Gestor de Proyecto elabora y remite a su Jefatura la valorización con la aplicación de la penalidad.
7.3.6 El Jefe de Equipo a cargo de la Obra aprueba y coordina se procese la valorización en la que se aplica la penalidad.
7.3.7 En los casos que el monto acumulado de penalidades aplicadas haya excedido el monto máximo admisible, el Coordinador de Obra o Gestor de Proyecto propone al Jefe de Equipo a cargo de la obra inicie la Resolución del Contrato de consultoría de obra.
7.3.8 El Jefe de Equipo a cargo del Proyecto evalúa la conveniencia de proceder con la Resolución del Contrato de Consultoría de Obra.
8. MEDIDAS DE SEGURIDAD
Los colaboradores, al realizar las actividades relacionadas con el procedimiento, deben aplicar las medidas de prevención y control de los riesgos identificados en los procesos y actividades en las cuales se está implementando el presente procedimiento, según el SSTFO002 Formulario Identificación de Peligros Evaluación de Riesgos y Determinación de Controles, y el SSTFO006 Formulario Control de Riesgos de Seguridad y Salud en el Trabajo.
9. REGISTROS Y ANEXOS
A) REGISTROS
9.1. Cuaderno de Obras
9.2. Cartas.
9.3. Informes.
9.4. Memoranda.
9.5. Valorizaciones
B) ANEXOS
9.6. Anexo 01: Tabla de Penalidades - Contrato de Consultoría
9.7. Anexo 02: Tabla de Penalidades – Intervención Social
9.8. Anexo 03: Tabla de Penalidades - Contrato de Obra
9.9. Anexo 04: Tabla de Penalidades - Contrato de Supervisión de Obra
ANEXO 01: TABLA DE PENALIDADES – ACTIVIDAD DESARROLLO DE ESTUDIOS
N° | INFRACCIÓN | UNIDAD | UIT (PROPORCION) | |
1 | No cumple con la participación del personal profesional planteado en la propuesta técnica según el cronograma y tiempo de participación. | Por día, persona y ocurrencia | 0.60 | |
2 | No cumple con la disposición de una oficina equipada, el uso de materiales y equipos (vehículo, medio de comunicación, teodolito, etc.) establecidos en los Términos de Referencia. | Por día y ocurrencia | 0.40 | |
3 | No cumple con la subsanación de Observaciones en el plazo establecido, registradas en el cuaderno de proyectos/ intervensión social y/o cartas remitidas. | Por día y ocurrencia | 0.90 | |
4 | No presentar los informes de avance y final completo según lo exigido en la presentación de tareas de los Términos de Referencia. | Por día y ocurrencia | 0.90 | |
5 | No cumple con las responsabilidades de pago xxx xxxxxxx u honorario al personal profesional incluyendo los beneficios sociales de acuerdo x Xxx. | Por ocurrencia | 0.60 | |
6 | El personal profesional del Consultor no asiste a las reuniones convocadas por XXXXXXX y confirmadas por el Consultor. | Por día, persona y ocurrencia | 0.60 | |
7 | No cumple con lo estipulado en la Ley y Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo. | Por ocurrencia | 0.60 |
ANEXO 02: TABLA DE PENALIDADES – ACTIVIDAD INTERVENCIÓN SOCIAL
N° | INFRACCION | UNIDAD | UIT |
1 | El incumplimiento en la presentación del personal de acuerdo al requerimiento establecido en los términos de referencia en el plazo establecido. | Cada vez | 0.20 |
2 | Ausencia del personal en la oficina de campo y/o área de influencia del proyecto: Coordinador, promotores, capacitadores, secretaria y encuestadores. | Cada vez | 0.20 |
3 | No uso de equipo de campo (vehículo, medio de comunicación, uniformes, etc.) establecido en los Términos de Referencia | Cada vez | 0.20 |
4 | No ejecutar las actividades establecidas en los Términos de Referencia de Intervención Social, o no se presenten a las reuniones informativas, visitas de inspección de campo solicitadas por la entidad en el lugar y hora fijada y/o visitas inopinadas y no cumplir con lo establecido en los procedimientos de la GPO. | Por cada Frente de trabajo y cada vez | 0.70 |
5 | Incumplimiento en la presentación del informe semanal y/o mensual, en el plazo establecido y cualquier otra información que se solicite. | Cada vez | 0.30 |
6 | No comunicar a SEDAPAL en el día, sobre eventos ocurridos durante la elaboración del estudio definitivo, ejecución de obra, ejecución de actividades de intervención social (accidentes, manifestaciones, etc.) | Por cada evento y cada vez | 0.40 |
7 | Utilizar a las organizaciones sociales, la oficina de campo para fines particulares y/o de interés personal | Por cada evento y cada vez | 0.40 |
8 | No instalar la oficina dentro del área de influencia del proyecto. | Por día | 0.20 |
9 | Que los materiales educativos, de difusión y equipos no cumplan con las especificaciones técnicas del Manual de uso de Elementos Gráficos. | Cada vez | 0.60 |
10 | No cumple con lo estipulado en la Ley y Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo. | Por ocurrencia | 0.60 |
ANEXO 03: TABLA DE PENALIDADES – ACTIVIDAD DE EJECUCION DE OBRA
N° | INFRACCIÓN | UNIDAD | UIT |
1 | No cumple con proveer con el personal establecido en su propuesta Técnica. | Por día y ocurrencia | 0.20 |
2 | No cuenta con materiales necesarios en obra de acuerdo a su Calendario de Adquisición de Materiales y con el equipo mínimo ofertado. | Por día y ocurrencia | 0.20 |
3 | Emplea materiales y equipos en obra no autorizados previamente por el Inspector y/o Supervisor. | Por ocurrencia | 0.70 |
4 | No cumple en recoger el desmonte y efectuar la limpieza de la zona de trabajo dentro de los plazos establecidos en el cuaderno de obra o mediante carta. | Por día y ocurrencia | 0.70 |
5 | El residente no se encuentra en obra sin haber justificado su ausencia ante el Inspector y/o Supervisor. | Por día y ocurrencia | 0.20 |
6 | No cumple en colocar y mantener la señalización de la zona de trabajo y/o mantener los puentes peatonales y/o vehiculares en la zona de trabajo. | Por ocurrencia y por cada punto de trabajo | 0.60 |
7 | No cumple en realizar las medidas de mitigación ambiental indicadas en el estudio de Impacto Ambiental. | Por ocurrencia | 0.60 |
8 | El personal del contratista no cuenta con uniformes y equipos de protección personal completos. | Por día y ocurrencia | 0.30 |
9 | No reporta los accidentes de trabajo de acuerdo a lo estipulado en la Ley 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo, N° 009-2005-TR Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo. | Cada accidente | 0.60 |
10 | No cumple con lo estipulado en el Reglamento Nacional de Edificaciones Xxxxx X. 050. | Por ocurrencia | 0.60 |
11 | No cumple con las responsabilidades de pago oportuno xxx xxxxxxx de acuerdo a la oferta económica a su personal, incluyendo los beneficios sociales de acuerdo con la Ley, evidenciado por reclamos de su personal ante SEDAPAL. | Por cada trabajador | 0.40 |
12 | No cuenta con equipos y/o instrumentos de medición calibrados antes de su utilización en obras. | Por ocurrencia | 0.70 |
13 | Demora en el termino del levantamiento de observaciones | Por ocurrencia | 0.70 |
14 | No permanencia del cuaderno de obra, en la obra y/o no tiene al día el cuaderno de obra. | Por ocurrencia | 0.30 |
PROCEDIMIENTO | Código : GPOPR054 Revisión : 03 Aprobado : GPO Fecha : 2013.08.05 Página : 9 de 10 | |
APLICACIÓN DE PENALIDADES A LOS CONTRATOS DE CONSULTORÍA Y OBRAS |
ANEXO 04: TABLA DE PENALIDADES – ACTIVIDAD SUPERVISIÓN DE OBRA
N° | INFRACCION | UNIDAD | UIT |
1 | No cumple con proveer con el personal establecido en su propuesta técnica. | Por día y ocurrencia | 0.20 |
2 | Su personal no cuenta con uniformes y equipos de protección personal completos. | Por día y ocurrencia | 0.30 |
3 | Su personal de campo no se encuentra en obra sin haber justificado su ausencia ante XXXXXXX. | Por ocurrencia | 0.20 |
4 | No cumple con el uso de materiales y equipos de campo (vehículos, medio de comunicación, teodolito, etc.) establecidos en los Términos de Referencia. | Por ocurrencia | 0.20 |
5 | No comunica a SEDAPAL cuando el contratista incumple las medidas de seguridad establecidas en la normatividad vigente. | Por ocurrencia y por cada punto de trabajo | 0.70 |
6 | No tiene al día el cuaderno de obra o no atiende las consultas del CONTRATISTA en el plazo establecido en el artículo 196° del Reglamento. | Por ocurrencia | 0.30 |
7 | No cumple con la presentación de los Informes de avance (semanal, mensual), Final u otros requeridos expresamente por SEDAPAL, dentro del plazo establecido en los términos de referencia, procedimientos del Sistema de Gestión Integrada de SEDAPAL o fijados por SEDAPAL para casos particulares. Esta penalidad también se aplicará si realiza la entrega dentro del plazo, pero de forma incompleta o deficiente (sin informes de especialistas o sin la firma de ellos, etc.). | Por ocurrencia | 0.30 |
8 | No cumple con presentar su informe sobre la solicitud de ampliación de plazo presentada por el CONTRATISTA, dentro del plazo máximo de 7 días calendario, contabilizados desde la fecha de su presentación por el CONTRATISTA. | Por día | 0.70 |
9 | No cumple con presentar su informe sobre adicionales de obra presentados por el CONTRATISTA, dentro del plazo máximo de 14 días calendario, contabilizados desde la fecha de su presentación por el CONTRATISTA. | Por día | 0.70 |
10 | Presenta su informe sobre las solicitudes de ampliación de plazo o adicionales de obra dentro del plazo, pero de forma incompleta. | Por ocurrencia | 1.00 |
11 | No cumple con la presentación del informe referido a la liquidación de obra presentada por el Contratista, en el plazo de 30 días calendario, contabilizados desde la fecha de su presentación por el CONTRATISTA, establecido en el numeral 5.8 (Obligaciones del Consultor). | Por día | 0.70 |
12 | No comunica a SEDAPAL oportunamente sobre el vencimiento de las garantías, o informa erróneamente sobre los montos por amortizar de los adelantos. | Por ocurrencia | 0.30 |
13 | No comunica a SEDAPAL en el mismo día de ocurrido, sobre | Por ocurrencia | 0.40 |
PROCEDIMIENTO | Código : GPOPR054 Revisión : 03 Aprobado : GPO Fecha : 2013.08.05 Página : 10 de 10 | |
APLICACIÓN DE PENALIDADES A LOS CONTRATOS DE CONSULTORÍA Y OBRAS |
eventos especiales en la obra (accidentes de trabajo, afectaciones de servicios, paralizaciones, manifestaciones, etc.). | y por cada punto de trabajo | |||
14 | No verifica y/o corrobora que los materiales y equipos cumplan con las especificaciones técnicas del Expediente Técnico de la obra. | Por ocurrencia | 0.60 | |
15 | No se asegura que los equipos y/o instrumentos de medición se encuentren calibrados antes de su utilización en obra. | Por ocurrencia | 0.60 | |
16 | No verifica que el contratista amplíe el monto de la garantía de fiel cumplimiento en función del (de los) adicional(es) otorgado(s), de acuerdo a lo establecido en el artículo 207° del Reglamento. | Por ocurrencia | 0.60 | |
17 | No cumple con las responsabilidades de pago xxx xxxxxxx a su personal incluyendo los beneficios sociales de acuerdo con la Ley. | Cada trabajador | 0.60 | |
18 | Xxxxxse a recibir injustificadamente documentación remitida por XXXXXXX. | Por ocurrencia | 1.00 | |
19 | La supervisión comunica la culminación de las obras y recomienda su recepción por parte de la Entidad, sin estar finalizadas | Por ocurrencia | 0.40 | |
20 | Por inducir a SEDAPAL a error en cualquier comunicación externa relacionada con el Contrato de Obra | Por ocurrencia | 10.0 0 |
Nota: En los casos de las infracciones 8, 9 y 10, relacionadas a la entrega extemporánea, deficiente o incompleta de informes sobre solicitudes de ampliación de plazo y adicionales de obra presentados por el Contratista, se procederá a la aplicación directa de la penalidad, al igual que en los casos de reincidencia en el resto de infracciones.