INFORME DE AUDITORÍA N° 14/17 ABRIL 2017
RESCISIÓN CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN Y LA GOBERNACIÓN DE LA PROVINCIA DE SANTA XXXX PARA EL FORTALECIMIENTO TERRITORIAL DE LA ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD
INFORME DE AUDITORÍA N° 14/17 ABRIL 2017
INDICE
INFORME EJECUTIVO 3 INFORME ANALITICO 7 1.- OBJETO DE LA AUDITORIA 7
2.- ALCANCE DE LAS TAREAS 7
3.- LIMITACIONES AL ALCANCE 7
4.- MARCO DE REFERENCIA 8
5.- TAREA REALIZADA 14
6.- ASPECTOS AUDITADOS 17
7.- OBSERVACIONES 20
8- OPINION DEL AUDITADO 32
9.- CONCLUSION 33 ANEXO I 35 ANEXO II 37 ANEXO III 47 ANEXO IV 59
MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION INFORME DE AUDITORÍA N° 14/17
“RESCISIÓN CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN Y LA GOBERNACIÓN DE LA PROVINCIA DE SANTA XXXX PARA EL FORTALECIMIENTO TERRITORIAL DE LA ATENCIÓN PRIMARIA
DE LA SALUD”
El presente Informe de Auditoría tiene por objeto el análisis de los antecedentes que dieron origen para llevar a a cabo el efectivo cumplimiento de la rescisión del Convenio de Colaboración suscripto en el año 2015, entre el Ministerio de Salud de la Nación y la Gobernación de la Provincia de Santa Xxxx para el Fortalecimiento Territorial de la Atención Primaria, así como la constatación de los bienes e insumos inventariables.
Las tareas de auditoría fueron realizadas por esta Unidad de Auditoría Interna tanto en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación así como en el Centro Articulador de Políticas Sanitarias “Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxx” sito en la avenida Presidente Xxxxxx Xxxxxxxx 2364, y en la Base Militar de la localidad, ambos de la Ciudad de Rio Gallegos, Provincia de Santa Xxxx, habiendo iniciado y finalizado las mismas el día 17 de Enero y 31 xx Xxxxx de 2017, respectivamente.
Se deja constancia que el presente Informe corresponde a un Proyecto imprevisto, no encontrándose incluido en el Plan Anual de Auditoria 2017, oportunamente aprobado por la Sindicatura General de la Nación.
A modo de síntesis de lo desarrollado y expuesto en el presente Informe, de los procedimientos de auditoría implementados, surgen las siguientes irregularidades:
Se verificó que existen dos Convenios de Colaboración suscriptos entre la Gobernación de la Provincia de Santa Xxxx y el Ministerio de Salud de la Nación que difieren en su contenido y en las fechas de suscripción, el primero firmado con fecha 03/12/2015 y el segundo firmado el 04/12/2015, medida adoptada por protocolización del Registro de Actas, Convenios y Acuerdos, Nº 27 el primero y Nº 26 el segundo, firmados entre el ex Ministro de Salud de la Nación, Xx. Xxxxxx Xxxxxxx XXXXXX y el Gobernador Xxxxxx Xxxxx XXXXXXX.
Se verificó que, según luce a fojas 32 del Expediente Nº 2002-10061-16-6, mediante la Providencia Nº 1.288 suscripta por el Director de Despacho, no existe el (Anexo I) que es donde se describe en forma detallada el equipamiento odontológico que es parte integrante del Convenio de Colaboración Nº 26, suscripto con fecha 04/12/2016, proveniente de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Ministerio de Salud de la Nación.
Derivado de lo observado anteriormente, según luce a fojas 42 de los actuados detallados, se dispone el inicio de una acción sumarial administrativa, a los efectos de deslindar las eventuales responsabilidades de un perjuicio fiscal, derivando todo en un Proyecto de Resolución Ministerial, solicitando la instrucción de una información sumarial, con motivo de las irregularidades de la tramitación del Convenio suscripto entre la Gobernación de la Provincia de Santa Xxxx y el Ministerio de Salud de la Nación, bajo el dictamen Nº 279516 del expediente Nº 1-2002-10061-16-6 de fecha 25/07/2016. Adicionalmente según luce a fojas 48/49 y 50 se encuentra el Proyecto de Resolución Ministerial.
Con fecha 10/08/2016 bajo la Resolución Ministerial Nº RESOL-2016-1144-E- APN-MS, se instruye el pertinente sumario administrativo a los efectos de deslindar las responsabilidades y determinar la existencia de un perjuicio fiscal. Dicha actuación contiene hasta xxx xxxxx 00 y, según informa la Directora de Xxxxxxxx en su Nota XX- 0000-00000000-XXX-XXXX de fecha 05/04/2017, las actuaciones se encuentran en trámite y alcanzadas por el Secreto de Sumario.
La Gobernación de la Provincia de Santa Xxxx no había sido formalmente notificada de la rescisión del Convenio de Colaboración, suscripto entre dicha jurisdicción y el Ministerio de Salud de la Nación, medida adoptada por Resolución N° 1827-E-APN- MS/16 de fecha 18 de Octubre de 2016.
Durante los procedimientos de auditoría implementados no se contó con la colaboración del Delegado Sanitario Federal con asiento en la Ciudad de Rio Gallegos, incumpliendo con las misiones y funciones asignadas por la designación.
Con fecha 02 de Diciembre de 2016, se designó como Director Nacional de Integración Sanitaria Federal a quién fuera nombrado, ocho meses antes, como Coordinador General de Delegaciones Sanitarias Federales, quedando vacante este último cargo de Coordinación.
El Delegado Sanitario Federal si bien poseía al momento de las tareas de campo, despacho/oficina para desempeñar sus funciones en la jurisdicción de Río Gallegos. De
acuerdo a lo informado, desde el año 2016 no se le permitió utilizar el despacho destinado a tal fin en el Centro Articulador (CAPS). Actualmente las actividades las desarrolla en su domicilio particular.
No se verificaron antecedentes que demuestren que el cargo del Delegado Sanitario Federal fuera asignado por concurso, incumpliendo lo establecido mediante Decreto Ley N° 4.143 de fecha 2 xx Xxxxx de 1958.
Irregularidades en el desempeño de las misiones y funciones ejercidas por el Coordinador Regional Patagonia Sur con asiento en la Ciudad de Río Gallegos en tanto se verificó la toma de atribuciones por parte del mismo no asignadas mediante la normativa de designación, lo cual implica la posesión sobre bienes que corresponden al Ministerio de Salud de la Nación. Inconsistencias en la percepción de sus haberes.
Ausencia de actas de traspaso y/o documentación que deje constancia del retiro y traslado del equipamiento médico, oftalmológico y odontológico de las Unidades Sanitarias Móviles, que se encontraban físicamente en el Hangar de la Fuerza Aérea Argentina al Centro Articulador de Políticas Sanitarias “Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxx”.
Bienes y equipamiento odontológico existente en el Centro Articulador de Políticas Sanitarias (CAPS) que no se encentraba con el alta patrimonial bajo la Dirección Nacional de Salud Bucodental, ni bajo la órbita del Programa Unidades Sanitarias Móviles del Ministerio de Salud de la Nación, ni tampoco en los inventarios de la Provincia de Santa Xxxx.
Irregularidades detectadas en el recuento físico de bienes que implican los faltantes de equipamiento perteneciente al Ministerio de Salud de la Nación, puesto a disposición en el marco del Convenio celebrado con la Universidad Tecnológica Nacional de Santa Xxxx, Dichos faltantes ascienden a la suma de $ 7.769.592,14.- (PESOS SIETE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS
CON 14/100), cuando se efectuó el traspaso de jurisdicción del CAPS de la Provincia de Santa Xxxx al ámbito Nacional.
En las tareas de campo se verificó que existen graves irregularidades en los procedimientos implementados en el manejo del personal que reviste bajo modalidad de contratación de Resolución N° 48/02, que dependen de la USAM, (Unidades Sanitarias Móviles), en donde el Ministerio de Salud de la Nación abonó los salarios de dicho personal, y que se encontraban trabajando afectados al Centro Articulador de Políticas Sanitarias, hasta el mes de Setiembre del 2016, y que en dicha fecha en forma
injustificada y unilateral, fueron reunidos para informarles que ya no contaban mas con sus servicios.
Irregularidades en lo que refiere a los insumos Oftalmológico, Médicos y Odontológicos, al no poder tener un inventario patrimonial por parte del CAPS, al momento del traspaso de la Provincia de Santa Xxxx al ámbito Nacional.
No se verificó en ninguna instancia que la Gobernación de la Provincia de Santa Xxxx realizara gestiones con Yacimiento Carboníferos Fiscales Empresa de Estado que con los Titulares Dominiales del predio donde está emplazado el CAPS, a los efectos de que esta preste la conformidad para la ocupación del mismo.
En virtud del relevamiento efectuado y de los hallazgos expuestos en el presente informe, conforme al objeto de auditoría establecido, se extrae, como conclusión, que se verifican irregularidades tanto en el cumplimiento como en la rescisión del Convenio de Colaboración suscripto entre el Ministerio de Salud de la Nación y la Gobernación de la Provincia de Santa Xxxx para el Fortalecimiento Territorial de la Atención Primaria de la Salud.
Por lo anteriormente expuesto, esta Unidad de Organización estima correspondiente solicitar al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Xxxx, Vocalía de Administración Central, una auditoria integral del Centro Articulador de Políticas Sanitarias “Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxx” que incluya los aspectos sanitarios, administrativos, contables y financieros hasta la fecha de traspaso al ámbito Nacional, a los efectos de deslindar las responsabilidades administrativas y penales que correspondan.