ANTE CUALQUIER CONSULTA COMUNÍQUESE AL
F2682 – CONTRATO TARJETA DE CRÉDITO – BHN VIDA - 10/2015
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ANTE CUALQUIER CONSULTA COMUNÍQUESE AL
0000-000-0000
xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
IMPORTANTE:
LA HABILITACIÓN DE LA TARJETA DE CRÉDITO
ESTÁ SUJETA A LA FIRMA Y ENVÍO DE ESTE CONTRATOJUNTO CON LA FOTOCOPIA DEL DNI.
CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO SOLICITUD DE ADHESIÓN, TÉRMINOS Y CONDICIONES
ETIQUETA CON DATOS DEL SOLICITANTE
CARTERA CONSUMO ! CARTERA COMERCIAL !
DATOS PERSONALES DEL TITULAR
TIPO DE DOCUMENTO: DNI ! LC ! LE ! PAS ! Nº SEXO: F ! M !
FECHA DE NACIMIENTO: / / ESTADO CIVIL:
NACIONALIDAD PAÍS DE NACIMIENTO: CIUDAD DE NACIMIENTO:
ACTIVIDAD / OCUPACIÓN: RELACIÓN DE DEPENDENCIA ! INDEPENDIENTE ! JUBILADO ! PROFESIÓN: CARGO/FUNCIÓN:
E-MAIL: @
-
ID TRIBUTARIA: CUIT ! CUIL ! CDI ! N° -
DOMICILIO PARA CORRESPONDENCIA: (COMPLETAR SI DIFIERE DEL DOMICILIO PARTICULAR)
CALLE Nº PISO: DPTO.: ENTRE CALLES: Y
C.P. BARRIO:
LOCALIDAD:
PROVINCIA:
COMPLETE SÓLO SI ES EXTRANJERO: PAÍS DE RESIDENCIA: RESIDE DESDE:
/ /
CONDICIÓN IMPOSITIVA | ||
IVA: CATEGORIZADO ! | INSCRIPTO ! NO RESP./EXENTO ! | CONSUMIDOR FINAL ! RESP.MONOTRIBUTO ! NO |
GANANCIAS: | INSCRIPTO ! NO INSCRIPTO ! | EXENTO ! XXXXXXXX XX 000 ! |
RAZÓN SOCIAL: DOMICILIO LABORAL: DPTO.:
Nº PISO:
C.P. LOC.: FECHA DE INGRESO / INICIO DE ACTIVIDAD: /
/
INGRESO NETO MENSUAL:
( ) -
PROVÍNCIA:
TELÉFONO LABORAL:
E-MAIL LABORAL:
@
MENOR A $ 30.000 | $30.001 A $200.000 | MÁS DE $200.000 | |
! CTA. CTE. ! C.A. ! P. FIJO | ! | ! | ! |
! BONOS ! ACCIONES | ! | ! | ! |
OTROS BIENES | ! | ! | ! |
INFORMACIÓN FINANCIERA DEPÓSITOS E INVERSIONES
SEGURO DE VIDA
DE CONFORMIDAD CON LA NORMATIVA VIGENTE EN LA MATERIA, DENTRO DE LAS OPCIONES OFRECIDAS POR EL BANCO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO COLECTIVO PARA CUBRIR EL RIESGO DE FALLECIMIENTO E INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE (BHN VIDA S.A. EMPRESA SUBSIDIARIA DE BANCO HIPOTECARIO S.A.- X XXXXXX COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. O MAPFRE ARGENTINA SEGUROS S.A.), MANIFIESTO CON CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA MI ELECCIÓN SOBRE BHN VIDA S.A. CONFORME LAS CONDICIONES Y ALCANCES ESTABLECIDOS EN LA CLÁUSULA 26 DEL CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO.
Declaro bajo juramento que los datos consignados en la presente son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que SI/NO [TACHAR LO QUE NO CORRESPONDA] me encuentro incluido y/o alcanzado dentro de la “Nómina de Personas Expuestas Políticamente” aprobada por la Unidad de Información Financiera, que declaro conocer y aceptar de conformidad. En caso afirmativo indicar detalladamente el motivo: . Además, asumo el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta (30) días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.
Por medio de la presente, manifiesto con carácter de declaración jurada que me encuentro / no me encuentro [TACHAR LO QUE NO CORRESPONDA] alcanzado como Sujeto Obligado conforme el artículo 20 de la Ley 25.246 y modificatorias. En caso de ser Sujeto obligado completar lo siguiente:
! Me encuentro debidamente inscripto ante la Unidad de Información Financiera en la categoría…………………………………….…………, cuya constancia SI/NO[TACHAR LO QUE NO CORRESPONDA] adjunto
! Declaro conocer el alcance la Ley Nº 25.246, modificatorias y complementarias y de las resoluciones emitidas por la Unidad de Información Financiera.
! Declaro bajo juramento haber adoptado una Política de Prevención xx Xxxxxx de Activos y Financiamiento del Terrorismo acorde a la normativa vigente y de la responsabilidad como sujeto obligado a informar a la Unidad de la Información Financiera la existencia de operaciones sospechosas.
TÉRMINOS Y CONDICIONES
1. PROPIEDAD/USO DE LA TC: LA TARJETA DE CRÉDITO (TC) ES PROPIEDAD DE BANCO HIPOTECARIO S.A. (BHSA), CUIT 30- 50001107-2 CON DOMICILIO EN XXXXXXXXXXX 000, XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX (X0000XXX), XXXXXXXXX XXXXXXXXX. LA TC ES PERSONAL E INTRANSFERIBLE; SÓLO PODRÁ SER USADA POR LA PERSONA A CUYO NOMBRE FUE EMITIDA. DESPUÉS DE RECIBIDA LA TC, EL TITULAR DEBERÁ FIRMAR EL DORSO DE LA TC. LA TC NO ACREDITARÁ IDENTIDAD DE SU TENEDOR NI ES CARTA DE PRESENTACIÓN NI DE CRÉDITO. EL USO DE LA TC FUERA DE LOS FINES PARA LOS CUALES HA SIDO OTORGADA NO GENERA OBLIGACIÓN NI RESPONSABILIDAD PARA BHSA. EL TITULAR ES MERO TENEDOR DE LA MISMA EN NOMBRE DE BHSA, Y TIENE ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE EL DERECHO A USARLA EN LA FORMA PREVISTA EN ESTAS CONDICIONES GENERALES (LAS CONDICIONES). EL TITULAR NO PODRÁ REVENDER LOS PRODUCTOS ADQUIRIDOS CON LA TC NI ACEPTAR DINERO EN EFECTIVO POR DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS O CANCELACIÓN DE SERVICIOS ADQUIRIDOS. LA TC DEBERÁ SER DEVUELTA A BHSA DE INMEDIATO, A PRIMER REQUERIMIENTO, O PODRÁ SER RETENIDA POR LOS COMERCIOS ADHERIDOS CUANDO ASÍ LO REQUIERAN BHSA Y/O VISA ARGENTINA S.A. (VISA). EL TITULAR DE LA TC ACREDITARÁ SU IDENTIDAD EN EL COMERCIO ADHERIDO Y SUSCRIBIRÁ LOS RESPECTIVOS CUPONES. 2. VIGENCIA: LA FIRMA POR EL SOLICITANTE DE LAS PRESENTES CONDICIONES GENERALES, JUNTO CON LA EMISIÓN POR EL BANCO DE LAS TC SOLICITADAS, Y LA RECEPCIÓN DE LAS MISMAS DE CONFORMIDAD POR PARTE DEL TITULAR, IMPLICARÁ EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Y LA CONSECUENTE ACEPTACIÓN POR PARTE DEL TITULAR DE TODOS LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN EL CONTRATO Y EN ESTAS CONDICIONES GENERALES. EL PRESENTE CONTRATO TENDRÁ VIGENCIA POR UN (1) AÑO A CONTAR DESDE LA FECHA DE RECEPCIÓN DE LAS TC POR EL TITULAR. BHSA PODRÁ, PERCIBIENDO LA RESPECTIVA COMISIÓN, RENOVAR LA VIGENCIA Y LA TC POR PERÍODOS SUCESIVOS MENORES, IGUALES
O MAYORES AL INDICADO, MANTENIENDO O ALTERANDO EL LÍMITE DE COMPRA, SALVO QUE EL TITULAR NOTIFIQUE POR ESCRITO A BHSA CON 30 DÍAS DE ANTICIPACIÓN AL VENCIMIENTO DEL PLAZO SU DECISIÓN EN CONTRARIO. EL TITULAR PODRÁ EJERCER ESTE DERECHO POR LAS TCA SOLICITADAS. LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL TITULAR ESTABLECIDOS EN LAS CONDICIONES SE MANTENDRÁN EN TANTO LA TC Y EL CONTRATO ESTÉN VIGENTES Y HASTA LA TOTAL CANCELACIÓN DE LOS SALDOS DEUDORES PENDIENTES.. 3. TARJETAS ADICIONALES (TCA): BHSA PODRÁ EMITIR TCA A NOMBRE DE LAS PERSONAS QUE EL TITULAR AUTORICE, QUEDANDO EN ESE CASO EL TITULAR COMO ÚNICO Y PLENO RESPONSABLE FRENTE AL BANCO POR LOS CONSUMOS, LA UTILIZACIÓN Y TODAS AQUELLAS OBLIGACIONES DE LOS ADICIONALES. LAS OPERACIONES Y CONSUMOS EFECTUADOS POR LOS ADICIONALES CON LAS TC SE INCLUIRÁN EN EL MISMO RESUMEN DE CUENTA JUNTO CON LAS OPERACIONES DEL TITULAR. NO OBSTANTE LO ANTERIOR, LOS TITULARES ADICIONALES QUEDARÁN SOMETIDOS A LAS OBLIGACIONES, RESPONSABILIDADES Y DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY DE TARJETAS DE CRÉDITO (LEY Nº 25.065) POR LA MERA UTILIZACIÓN DE LAS TCA. 4. LÍMITE DE COMPRA (LC): EL BANCO FIJA LA CAPACIDAD MÁXIMA DE ENDEUDAMIENTO DE LOS USUARIOS POR OPERACIONES REALIZADAS CON LAS TC (EL “LÍMITE DE COMPRA”) QUE SERÁ INFORMADA EN CADA RESUMEN DE CUENTA O QUE EL TITULAR PODRÁ CONSULTAR LLAMANDO AL CENTRO DE ATENCIÓN AL (000) 0000-0000. A LOS EFECTOS DE LA APLICACIÓN DEL LÍMITE DE COMPRA SE CONSIDERARÁN LAS COMPRAS, CONTRATACIONES DE SERVICIOS Y ADELANTOS EN EFECTIVO REALIZADOS EN CADA PERÍODO POR LOS USUARIOS, MÁS EL MONTO DE LA DEUDA FINANCIADA, SI LA HUBIERE. EL LÍMITE DE COMPRA AFECTA EN CONJUNTO A LAS OPERACIONES DE TODAS LAS TC. EN CASO DE QUE EL LÍMITE DE COMPRA FUERA SUPERADO, EL BANCO Y/O VISA PODRÁN RECHAZAR LAS OPERACIONES, ANULAR O PEDIR LA RETENCIÓN DE LAS
RESPECTIVAS TC Y/O INCLUIRLAS EN LOS BOLETINES RESPECTIVOS O COMUNICACIONES QUE CUMPLAN SIMILAR EFECTO. AUN EN CASO DE QUE NO MEDIE NINGUNA DE ESTAS MEDIDAS, EL BANCO PODRÁ EXIGIR DE INMEDIATO AL TENEDOR TITULAR EL PAGO AL CONTADO DEL MONTO EN EXCESO, EL QUE DEBERÁ HACERSE EFECTIVO DENTRO DE LAS CUARENTA Y OCHO
(48) HORAS DE RECIBIDA LA RESPECTIVA INTIMACIÓN. EL TITULAR QUEDA OBLIGADO A CUMPLIR CON ESE PAGO SIN NECESIDAD DE INTERPELACIÓN EN FORMA PREVIA POR PARTE DEL BANCO. EN RAZÓN DE LA EXISTENCIA DEL LÍMITE DE COMPRA, LOS ESTABLECIMIENTOS ADHERIDOS ESTÁN OBLIGADOS EN CIERTOS CASOS A SOLICITAR AUTORIZACIÓN A VISA Y/O AL BANCO, EN FORMA PREVIA A LA ACEPTACIÓN DE LAS TC. EL BANCO PODRÁ NEGAR LA AUTORIZACIÓN REQUERIDA CUANDO SE HAYA EXCEDIDO EL LÍMITE DE COMPRA. EL BANCO PODRÁ VARIAR EL LÍMITE DE COMPRA FIJADO, NOTIFICÁNDOLO AL TITULAR. LA VARIACIÓN DEL LÍMITE DE COMPRA PODRÁ FUNDARSE EN RAZONES OBJETIVAS XX XXXXXXX, EN EL GRADO DE CUMPLIMIENTO DEL TITULAR RESPECTO DE SUS DISTINTAS OPERACIONES CON EL BANCO Y/O CON OTRAS ENTIDADES FINANCIERAS, Y/O EN LA VARIACIÓN DE LA SITUACIÓN ECONÓMICA, FINANCIERA Y/O PATRIMONIAL DEL TITULAR. 5. PÉRDIDA/ROBO DE LAS TC: EN CASO DE EXTRAVÍO, ROBO, HURTO O CUALQUIER OTRO APODERAMIENTO O USO ILEGÍTIMO POR UN TERCERO DE LA TC, INCLUYENDO LA RETENCIÓN DE LA TC CON MOTIVO DE LA UTILIZACIÓN DE UN CAJERO AUTOMÁTICO DE BHSA Y/O CUALQUIER OTRA ENTIDAD FINANCIERA ASÍ CUALQUIER OTRO TIPO DE RETENCIÓN, EL TITULAR DEBERÁ: (I) COMUNICAR TELEFÓNICAMENTE DE INMEDIATO TAL CIRCUNSTANCIA A VISA O A BHSA (CENTRO DE DENUNCIAS LAS 24 HS. AL (000) 0000-0000, A FIN DE QUE LA TC SEA INHABILITADA E INCLUIDA COMO TAL EN EL BOLETÍN O COMUNICACIONES QUE CUMPLAN SIMILAR EFECTO; SI EL HECHO SE PRODUCE EN EL EXTERIOR, LOS USUARIOS ACTUARÁN DE IGUAL MANERA ANTE VISA O BANCOS EMISORES AUTORIZADOS EN EL PAÍS DONDE SE HAYA PRODUCIDO EL HECHO O EN EL LUGAR MÁS CERCANO; (II) EFECTUAR LA DENUNCIA ANTE LAS AUTORIDADES POLICIALES O DE SEGURIDAD COMPETENTES EN EL LUGAR DEL HECHO, Y COMUNICAR FEHACIENTEMENTE A VISA O A BHSA DENTRO DE LAS 72 HORAS DE EFECTUADA LA DENUNCIA POLICIAL, ACOMPAÑANDO ORIGINAL Y COPIA DE LA MISMA. SI EL USUARIO RECUPERASE LA TC, SE ABSTENDRÁ DE UTILIZARLA Y LA ENTREGARÁ DE INMEDIATO A BHSA PARA SU REEMPLAZO POR UNA NUEVA. EN TODOS LOS CASOS EL TITULAR QUEDARÁ OBLIGADO POR LAS OPERACIONES QUE SE EFECTÚEN CON LA TC HASTA LAS CERO (00:00) HORAS DEL DÍA EN QUE SE HAYA FORMALIZADO LA DENUNCIA. EL TITULAR SERÁ RESPONSABLE POR TODAS LAS COMPRAS Y/O CONTRATACIONES DE SERVICIOS QUE ÉSTE Y/O LOS TITULARES ADICIONALES EFECTÚEN CON LA TC EXTRAVIADA, HURTADA O ROBADA HASTA SU VENCIMIENTO O EVENTUAL RECUPERACIÓN POR BHSA, EN TANTO NO HAYAN CUMPLIDO CON LAS OBLIGACIONES MENCIONADAS. SERÁN A CARGO DEL TITULAR LOS IMPORTES QUE SE GENEREN POR LOS GASTOS ADMINISTRATIVOS DERIVADOS DE LA DENUNCIA DE EXTRAVÍO, ROBO O HURTO, Y LA COMISIÓN POR EL REEMPLAZO DE LAS TC. 6. CARGOS Y COMISIONES: 6.1. La utilización de la TC por parte del usuario IMPORTARÁ LA AUTORIZACIÓN IRREVOCABLE A FAVOR DEL BANCO DE PERCIBIR LOS RESPECTIVOS CARGOS Y/O COMISIONES QUE SE ESTABLECEN EN EL ANEXO RELATIVO A “TABLA DE COMISIONES, CARGOS Y TASAS EN PESOS”, JUNTO CON LOS IMPORTES POR COMPRAS Y/O CONTRATACIONES REALIZADAS. LA COMISIÓN POR RENOVACIÓN ANUAL DE TC SE GENERARÁ AUN CUANDO LA TC MISMA NO SEA UTILIZADA POR EL USUARIO. LOS CARGOS Y COMISIONES EN QUE HAYA INCURRIDO EL USUARIO POR EL USO DE LA TC SON ADEUDADOS Y DEBEN SER ABONADOS HASTA LA FECHA DE VENCIMIENTO ACTUAL DE SU RESUMEN. 6.2. LOS FONDOS DEBITADOS INDEBIDAMENTE POR TASAS DE INTERÉS, COMISIONES Y/O CARGOS SERÁN REINTEGRADOS POR EL BANCO AL CLIENTE DENTRO DE LOS CINCO (5) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL MOMENTO DE PRESENTACIÓN DEL RECLAMO POR PARTE DEL CLIENTE. 7. RESÚMENES DE CUENTA: LAS OPERACIONES QUE REALICE EL USUARIO CON LOS COMERCIOS ADHERIDOS, LOS ADELANTOS EN EFECTIVO Y/O LOS DERECHOS, COMISIONES, CARGOS Y TASAS MENCIONADOS EN LA CLÁUSULA 6 SERÁN INCLUIDOS EN UNA CUENTA TARJETA VISA (LA CUENTA) A NOMBRE DEL TITULAR Y SERÁN LIQUIDADOS MEDIANTE RESÚMENES CON INDICACIÓN DE FECHA DE VENCIMIENTO Y MODALIDAD DE PAGO. EL CLIENTE SOLICITA QUE DICHO RESUMEN LE SEA ENVIADO A LA DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO CONSIGNADA POR EL
TITULAR EN EL ENCABEZAMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, O A LA QUE EN EL FUTURO SEA FEHACIENTEMENTE NOTIFICADA POR EL TITULAR A TALES FINES. EL TITULAR PODRÁ REQUERIR AL BANCO, ASIMISMO POR MEDIO FEHACIENTE, QUE EL RESUMEN LE SEA REMITIDO AL DOMICILIO ESPECIAL FIJADO POR EL MISMO EN LA CLÁUSULA 32 DEL PRESENTE, EN SOPORTE PAPEL, ABONANDO EN SU CASO LA RESPECTIVA COMISIÓN. LA FALTA DE RECEPCIÓN POR CUALQUIER CAUSA, DEL RESUMEN DE LAS OPERACIONES MENSUALES, NO EXIMIRÁ AL TITULAR DEL PAGO EN TIEMPO Y FORMA DE SUS SUMAS ADEUDADAS. EN CASO DE NO RECIBIR EL RESUMEN, EL TITULAR SE INFORMARÁ EN BHSA PARA EFECTIVIZAR EL PAGO DEL MISMO EN TIEMPO Y FORMA. A TAL FIN, SE COMUNICARÁ AL CENTRO DE ATENCIÓN (0810-222- 0013). LOS SALDOS ACREEDORES QUE RESULTEN A FAVOR DE LOS USUARIOS NO DEVENGARÁN INTERESES DE NINGÚN TIPO Y PODRÁN SER APLICADOS POR BHSA A COMPENSAR SALDOS DEUDORES FUTUROS. LA EMISIÓN DEL RESUMEN NO IMPLICA LA INEXISTENCIA DE COMPRAS Y/O CONTRATACIONES DE SERVICIOS REALIZADAS POR LOS USUARIOS ANTES DE LA FECHA DE CIERRE DEL RESUMEN, QUE PUDIERAN ENCONTRARSE PENDIENTES DE REGISTRACIÓN POR NO HABER LLEGADO A CONOCIMIENTO DE BHSA LA REALIZACIÓN DE AQUELLAS EN TIEMPO HÁBIL PARA SU INCLUSIÓN EN EL RESUMEN, LAS QUE SERÁN INCLUIDAS EN RESÚMENES POSTERIORES.. 8. IMPUGNACIÓN DE OPERACIONES Y RESÚMENES: EL TITULAR PUEDE CUESTIONAR LA LIQUIDACIÓN PRACTICADA EN EL RESUMEN DENTRO DE LOS 30 DÍAS DE RECIBIDA, DETALLANDO EL ERROR ATRIBUIDO Y APORTANDO TODO DATO QUE SIRVA PARA ESCLARECERLO POR NOTA SIMPLE A BHSA Y/O MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO A LA CASILLA XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX@XXXXXXXXXXX.XXX.XX. BHSA DEBERÁ ACUSAR RECIBO DE LA IMPUGNACIÓN DENTRO DE LOS 7 DÍAS DE RECIBIDA POR EL MISMO MEDIO, Y DENTRO DE LOS 15 DÍAS SIGUIENTES DEBERÁ CORREGIR EL ERROR SI LO HUBIERE O EXPLICAR LA EXACTITUD DE LA LIQUIDACIÓN, APORTANDO COPIA DE LOS COMPROBANTES O FUNDAMENTOS QUE AVALEN LA SITUACIÓN (ART. 27–LEY Nº 25.065-LTC). EL PLAZO DE CORRECCIÓN SE AMPLIARÁ A 60 DÍAS EN LAS OPERACIONES REALIZADAS EN EL EXTERIOR. BHSA PODRÁ DEMORAR EL RECONOCIMIENTO DE CONSUMOS IMPUGNADOS CUANDO EXISTIESEN, A SU JUICIO, DUDAS RAZONABLES ACERCA DE LA VERACIDAD DE LA IMPUGNACIÓN. EL TITULAR NO PODRÁ IMPUGNAR AQUELLOS CONSUMOS A CUYO RESPECTO SE CONTASE CON CUPONES U OTROS COMPROBANTES EN DONDE CONSTASE FIRMA SIMILAR A LA DE LOS USUARIOS, CUANDO NO HUBIESE SIDO FORMULADA LA PERTINENTE DENUNCIA DE EXTRAVÍO O SUSTRACCIÓN CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE LOS CONSUMOS. 9. OPERACIONES EN MONEDA EXTRANJERA: LAS OPERACIONES EFECTUADAS POR LOS USUARIOS EN MONEDA EXTRANJERA SERÁN CONVERTIDOS A DÓLARES ESTADOUNIDENSES PARA SU INCLUSIÓN EN LA RESPECTIVA LIQUIDACIÓN MENSUAL. EL PAGO DE TALES OPERACIONES PODRÁ SER HECHO EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES SI LAS NORMAS CAMBIARIAS LO AUTORIZAN, O EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO DE REFERENCIA FIJADO POR EL BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA).10. ADELANTOS EN EFECTIVO: LOS ADELANTOS EN EFECTIVO SERÁN REALIZADOS EN LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LAS CARACTERÍSTICAS GENERALES DETALLADAS EN EL ANEXO RELATIVO A “TABLA DE COMISIONES, CARGOS Y TASAS EN PESOS”. LAS SUMAS ADELANTADAS DEVENGARÁN INTERESES A LA TASA MENSUAL QUE SE FIJA EN EL MENCIONADO ANEXO DEL PRESENTE CONTRATO. ESTAS DISPOSICIONES SE APLICARÁN ASIMISMO A LOS ADELANTOS EN MONEDA EXTRANJERA, LOS CUALES SERÁN FACTURADOS Y PAGADOS EN LA FORMA ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO ANTERIOR. 11. PAGO: EL PAGO DE LOS RESÚMENES SE EFECTUARÁ EN BHSA DENTRO DEL PLAZO ALLÍ FIJADO EN DINERO EN EFECTIVO, DÉBITO EN CUENTA BANCARIA Y/O A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS. CUANDO EL TITULAR EFECTÚE EL PAGO EN EFECTIVO EN LAS ENTIDADES DE PAGO HABILITADAS ABONARÁ UN CARGO ÚNICO POR PERÍODO, CON MOTIVO DE LOS COSTOS OPERATIVOS QUE IMPLICA EL PROCESAMIENTO DE PAGOS A TRAVÉS DE DICHOS CANALES ALTERNATIVOS, ESTABLECIDO EN EL ANEXO RELATIVO A “TABLA DE COMISIONES, CARGOS Y TASAS EN PESOS”. PARA PAGAR EL TITULAR DEBERÁ PRESENTAR LOS FORMULARIOS DE PAGO SUMINISTRADOS JUNTO CON EL RESUMEN. EL TITULAR CONSERVARÁ LOS COMPROBANTES DE PAGO EN BUEN ESTADO Y PRESENTARÁ CADA VEZ QUE LE SEAN SOLICITADOS. NO SERÁN ACEPTADOS PAGOS POR CORREO. A LOS FINES DE EFECTUAR EL PRIMER PAGO DEL RESUMEN DE LA TC MEDIANTE CAJERO AUTOMÁTICO, EL USUARIO DEBERÁ INGRESAR EL NUEVO NÚMERO DE LA TC IMPRESO EN EL PLÁSTICO, YA QUE DE LO CONTRARIO, EL PAGO QUE SE EFECTÚE
NO PODRÁ SER IMPUTADO A LA NUEVA TC CON MOTIVO DE NO ENCONTRARSE LA MISMA REGISTRADA EN LA RED DE CAJEROS AUTOMÁTICOS. EN CONSECUENCIA, EL PAGO QUE SE EFECTÚE SIN RESPETAR LA MECÁNICA PRECEDENTEMENTE ESTABLECIDA, NO PRODUCIRÁ EFECTO ALGUNO, SIN QUE ELLO GENERE DERECHO A INDEMNIZACIÓN ALGUNA A FAVOR DEL USUARIO. 12. PAGO MÍNIMO. FINANCIACIÓN: BHSA AUTORIZA EL DIFERIMIENTO O LA FINANCIACIÓN DE PARTE DE LAS OPERACIONES EFECTUADOS CON LA TC HASTA EL MONTO ESTABLECIDO EN EL ANEXO. SE INDICARÁ EN EL RESUMEN EL MONTO MÍNIMO QUE DEBERÁ EFECTIVIZARSE A LA FECHA DE VENCIMIENTO DEL RESUMEN, SEGÚN EL ANEXO. EL SALDO DIFERIDO ADEUDADO DEVENGARÁ UN INTERÉS COMPENSATORIO ENTRE LA FECHA DE VENCIMIENTO DEL RESUMEN ACTUAL Y LA DEL PRIMER RESUMEN MENSUAL ANTERIOR DONDE SURGIERA EL SALDO ADEUDADO. LA TASA DE INTERÉS COMPENSATORIO APLICABLE SE INFORMARÁ EN LOS RESÚMENES, SIENDO LA VIGENTE PARA EL PRIMER PERÍODO LA COMUNICADA EN EL ANEXO. BHSA PODRÁ EXCLUIR DE LA FINANCIACIÓN CIERTOS BIENES O SERVICIOS MEDIANTE NOTIFICACIÓN EN FORMA PREVIA EN EL PLAZO MENCIONADO EN LA CLÁUSULA 23 DEL PRESENTE.
. 13. XXXX: LA FALTA DE PAGO A LA FECHA DE VENCIMIENTO DEL RESUMEN, CONSTITUIRÁ AL USUARIO AUTOMÁTICAMENTE EN XXXX, DE PLENO DERECHO SIN NECESIDAD DE INTERPELACIÓN PREVIA. LOS INTERESES COMPENSATORIOS Y PUNITORIOS SE DEVENGARÁN DESDE LA FECHA DE VENCIMIENTO DEL RESUMEN HASTA LA CANCELACIÓN DE LO ADEUDADO. LOS INTERESES COMPENSATORIOS SERÁN LOS ESTABLECIDOS EN EL ANEXO, APLICÁNDOSE UN INTERÉS PUNITORIO ADICIONAL DE HASTA EL 50% (CINCUENTA POR CIENTO) DEL INTERÉS COMPENSATORIO. BHSA COBRARÁ EL CARGO DETERMINADO EN EL ANEXO, EN CONCEPTO DE GASTOS DE GESTIÓN DE PROTECCIÓN Y RECUPERO DE SUS ACREENCIAS. 14. EFECTOS DE LA XXXX: LA XXXX DE LOS USUARIOS EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FACULTARÁ A BHSA A SUSPENDER, SIN AVISO PREVIO A LOS USUARIOS, LAS TC, SIN RESCINDIR EL CONTRATO, COMUNICANDO TAL CIRCUNSTANCIA MEDIANTE LOS BOLETINES O COMUNICACIONES QUE CUMPLAN SIMILAR EFECTO Y/O SOLICITANDO A LOS COMERCIOS ADHERIDOS LA RETENCIÓN DE LAS TC. BHSA PODRÁ ADMITIR LAS TC UNA VEZ CESADO EL ESTADO XX XXXX, EN CUYO CASO CORRESPONDERÁ EL COBRO DE NUEVOS CARGOS POR SU EMISIÓN. 15. IMPUESTOS: TODOS LOS IMPUESTOS PRESENTES O FUTUROS QUE GRAVEN LA INSTRUMENTACIÓN DE ESTAS CONDICIONES, SU ANEXO, LA TC, LAS OPERACIONES Y/O TRANSACCIONES REALIZADAS, ASÍ COMO LOS ACTOS TENDIENTES AL COBRO Y EJECUCIÓN DE LA DEUDA, SERÁN PAGADOS POR LOS USUARIOS Y SE INCLUIRÁN LOS CARGOS EN LOS RESÚMENES. 16. INCLUSIÓN EN EL RESUMEN: LA FIRMA DE LOS USUARIOS INSERTA EN LOS COMPROBANTES DE VENTA Y/O CUPONES, EL INGRESO DE SU PIN O LA APROBACIÓN DEL USUARIO POR CUALQUIER OTRO MEDIO, RESULTARÁ SUFICIENTE Y EXPRESA AUTORIZACIÓN A BHSA PARA QUE ESTE INCLUYA EL IMPORTE DE LA TRANSACCIÓN EN LOS RESÚMENES.
17. NO RESPONSABILIDAD POR PRODUCTOS O SERVICIOS: EL USUARIO EXIME A BHSA DE TODA RESPONSABILIDAD POR MERCADERÍAS ADQUIRIDAS O SERVICIOS CONTRATADOS CON LA TC. LA INTERPOSICIÓN DE RECLAMOS O ACCIONES LEGALES CONTRA LOS COMERCIOS ADHERIDOS POR DICHA CAUSA, NO AUTORIZA A LOS USUARIOS A SUSPENDER O DEMORAR EL PAGO A BHSA DE LAS OPERACIONES Y SALDOS DEUDORES INCLUIDOS EN LOS RESÚMENES. 18. COPIADO, MICROFILMADO Y/O DIGITALIZACIÓN DE COMPROBANTES: BHSA Y/O VISA PODRÁN CONSERVAR Y REPRODUCIR, POR FOTOCOPIADO, MICROFILMACIÓN, DIGITALIZACIÓN Y/O PROCEDIMIENTOS SIMILARES, LOS CUPONES, COMPROBANTES DE ADELANTOS DE DINERO EN EFECTIVO Y CUALQUIER OTRO DOCUMENTO QUE SUSTENTE LOS CRÉDITOS O DÉBITOS EN LOS RESÚMENES. TALES REPRODUCCIONES SERÁN CONSIDERADAS VÁLIDAS Y MEDIOS DE PRUEBA HÁBILES A TODOS LOS EFECTOS LEGALES. 19. PROCEDIMIENTO ANTE INCUMPLIMIENTO: EN CASO XX XXXX Y RESULTANDO EXIGIBLE EL SALDO DE LA CUENTA DE LA TC, EL BANCO PODRÁ OPTAR POR LA PREPARACIÓN DE LA VÍA EJECUTIVA EN LOS TÉRMINOS DEL ART. 39 DE LA LTC, O BIEN POR EL PROCEDIMIENTO DEL ARTÍCULO 1406 DEL CÓDIGO CIIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN, SI HUBIERA ADHERIDO AL DÉBITO AUTOMÁTICO EN CUENTA CORRIENTE. 20. PRESUNCIÓN DE RECEPCIÓN DE RESUMEN, AVISOS Y/O COMUNICACIONES: LOS RESÚMENES, AVISOS Y/O COMUNICACIONES QUE EL BANCO DIRIJA AL USUARIO A LA DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO CORRESPONDIENTE SEGÚN LO ESPECIFICADO EN LA CLÁUSULA 7 PRECEDENTE Y/O A SU DOMICILIO ESPECIAL DENUNCIADO CONFORME CLÁUSULA 32 DEL PRESENTE EN SU CASO, SE PRESUMIRÁN RECIBIDOS POR AQUEL O POR REPRESENTANTE SUYO
Y SERÁN VINCULANTES PARA LOS USUARIOS, QUIENQUIERA LOS HUBIESE RECIBIDO. 21. REVOCACIÓN. RESCISIÓN:EL TITULAR PODRÁ REVOCAR LA ACEPTACIÓN DE LA TC DENTRO DEL PLAZO XX XXXX (10) DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DEL PRESENTE CONTRATO O DE LA UTILIZACIÓN DE LA TC POR PARTE DEL USUARIO, LO QUE SUCEDA ÚLTIMO, NOTIFICANDO DE MANERA FEHACIENTE O POR EL MISMO MEDIO EN QUE LA TC HA SIDO CONTRATADA. DICHA REVOCACIÓN SERÁ SIN COSTO NI RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA EL TITULAR DE LA TC EN LA MEDIDA QUE NO HAYA HECHO USO DE LA MISMA, CASO CONTRARIO EL BANCO PERCIBIRÁ SÓLO LAS COMISIONES Y CARGOS PREVISTOS PARA SU UTILIZACIÓN, PROPORCIONADOS AL TIEMPO DE UTILIZACIÓN DE LA TC, ASÍ COMO EL IMPORTE DE LAS OPERACIONES QUE HUBIERAN SIDO REALIZADAS CON LA TC HASTA EL MOMENTO DE LA REVOCACIÓN. VENCIDO EL PLAZO MENCIONADO PRECEDENTEMENTE, EL TITULAR PODRÁ ASIMISMO, DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO SIN EXPRESIÓN DE CAUSA Y SIN QUE ELLO GENERE RESARCIMIENTO DE NINGUNA ESPECIE. EN TODOS LOS CASOS, EL TITULAR DEVOLVERÁ LAS TC Y ABONARÁ A BHSA TODAS LAS OPERACIONES E INTERESES, DANDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PENDIENTES HASTA LA FECHA DE DEVOLUCIÓN DE LAS TC A BHSA CONTRA RECIBO, SIENDO APLICABLE LO ESTABLECIDO EN LAS CONDICIONES CON RELACIÓN AL PAGO, XXXX E INTERESES POR XXXX. EN TAL CASO, ASÍ COMO EN LA DEMORA O INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL USUARIO, BHSA PODRÁ INCLUIR EN EL BOLETÍN O COMUNICACIONES QUE CUMPLAN SIMILAR EFECTO LA INHABILITACIÓN TRANSITORIA O CANCELACIÓN DE LAS TC. LA RESCISIÓN DEL CONTRATO POR EL TITULAR IMPLICARÁ LA CANCELACIÓN DE SU TC Y TCA. ASIMISMO, LAS PARTES ACUERDAN QUE EL CONTRATO SE RESOLVERÁ: (I) POR XXXX, SEGÚN CLÁUSULAS 13 Y 14; (II) SI EL USUARIO FALSEASE UNO O MÁS DATOS CONSIGNADOS EN EL CONTRATO O EL ANEXO; (III) SI EL USUARIO ESTUVIESE INHIBIDO, EMBARGADO, SOLICITASE UN ACUERDO PREVENTIVO EXTRACONCURSAL, SU CONCURSO PREVENTIVO, O SU PROPIA QUIEBRA, SI ÉSTA LE FUESE SOLICITADA O DECRETADA A PEDIDO DE TERCEROS, SI LIBRASE CHEQUES SIN PROVISIÓN DE FONDOS, SI FUESE DECLARADO INCAPAZ, SI FALLECIESE O INCURRIESE EN CESACIÓN DE PAGOS;
(IV) SI EL USUARIO FUESE INCLUIDO EN LA BASE DE DATOS DE CUENTACORRENTISTAS INHABILITADOS DEL BCRA; (V) SI EL USUARIO EXCEDIESE EL LC ESTABLECIDO POR BHSA SIN QUE CANCELASE TAL EXCEDENTE DENTRO DEL PLAZO FIJADO POR BHSA; (VI) SI BHSA SE DESVINCULARA DEL SISTEMA DE TARJETA VISA; (VII) POR LAS DEMÁS CAUSALES PREVISTAS EN LA LTC Y DEMÁS DISPOSICIONES VIGENTES. ASIMISMO, LAS PARTES ACUERDAN QUE EL ATRASO EN EL PAGO DE CUALQUIER OTRO PRODUCTO CONTRATADO CON BHSA NO CONSTITUIRÁ CAUSAL DE RESCISIÓN SALVO QUE DICHO INCUMPLIMIENTO SE EXTIENDA POR UN PLAZO SUPERIOR A LOS 90 DÍAS. 22. VERACIDAD: EL TITULAR DECLARA QUE TODA LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA EN EL CONTRATO ES VERAZ Y SE OBLIGA A NOTIFICAR A BHSA CUALQUIER MODIFICACIÓN EN EL MISMO DENTRO DE LAS 72 HORAS DE OCURRIDO EL CAMBIO. EN CASO DE FALSEDAD O INCUMPLIMIENTO DEL DEBER DE INFORMAR, BHSA PODRÁ SUSPENDER O CANCELAR LAS TC INCLUYÉNDOLAS EN LOS BOLETINES O COMUNICACIONES QUE CUMPLAN SIMILAR EFECTO. 23. MODIFICACIONES: BHSA PODRÁ MODIFICAR LAS CONDICIONES, CARGOS, Y COMISIONES QUE SE MENCIONAN EN EL ANEXO EN CUALQUIER MOMENTO, INVOCANDO LAS CAUSAS PREVISTAS EN LA PRESENTE, O RAZONES DERIVADAS DE CAMBIOS OBJETIVOS EN EL MERCADO QUE JUSTIFIQUEN LOS CAMBIOS Y DE CONFORMIDAD CON LAS PAUTAS Y CRITERIO ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA VIGENTE DEL BCRA, previo consentimiento expreso del Titular. Las modificaciones deberán ser NOTIFICADAS AL TITULAR CON UNA ANTELACIÓN MÍNIMA DE 60 DÍAS A LA VIGENCIA DE LAS MODIFICACIONES.. CUANDO BHSA OPTE POR CURSAR NOTIFICACIÓN ESPECIAL, DICHO LAPSO SE REDUCE A 5 DÍAS CORRIDOS. EN TAL CASO, EL TITULAR PUEDE OPTAR POR CONTINUAR CON EL USO DE LA TC EN LAS NUEVAS CONDICIONES O RESCINDIR EL CONTRATO; EN ESTE ÚLTIMO CASO DEBERÁ NOTIFICAR A BHSA POR ESCRITO SU DECISIÓN Y DEVOLVER LAS TC. EL USUARIO ACEPTA QUE EL RÉGIMEN DE MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES, EN TANTO SE RESPETEN CONDICIONES OBJETIVAS XXX XXXXXXX, NO IMPLICA UN EJERCICIO ABUSIVO DE BHSA EN LOS TÉRMINOS DE LAS NORMAS DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR, TODA VEZ QUE ES UNA EXIGENCIA RAZONABLE DE LA CONTRATACIÓN PARA GRAN CANTIDAD DE USUARIOS, MEDIANTE INSTRUMENTO DE ADHESIÓN. 24. CESIÓN DE DERECHOS: BHSA PODRÁ TRANSFERIR LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES EMERGENTES DE ESTE CONTRATO POR CUALQUIERA DE LOS
MEDIOS PREVISTOS EN LA LEY, ADQUIRIENDO EL/LOS CESIONARIO/S LOS MISMOS BENEFICIOS Y/O DERECHOS Y/O ACCIONES DE BHSA BAJO EL PRESENTE. DE OPTAR POR LA CESIÓN PREVISTA EN LOS ART. 70 A 72 DE LA LEY 24.441, LA CESIÓN DEL PRESENTE PODRÁ HACERSE SIN NOTIFICACIÓN AL TITULAR Y TENDRÁ VALIDEZ DESDE SU FECHA DE FORMALIZACIÓN CONFORME EL ART. 72 DE LA LTC. EL TITULAR MANIFIESTA QUE, SEGÚN DICHA LEY, LA CESIÓN TENDRÁ EFECTO DESDE LA FECHA EN QUE OPERE LA MISMA Y QUE SÓLO PODRÁ OPONER CONTRA EL CESIONARIO LAS EXCEPCIONES PREVISTAS EN EL CITADO ART. NO OBSTANTE, SI LA CESIÓN IMPLICARE MODIFICACIÓN DEL DOMICILIO DE PAGO, EL NUEVO DOMICILIO DE PAGO DEBERÁ NOTIFICARSE EN FORMA FEHACIENTE AL TITULAR. SE CONSIDERARÁ MEDIO FEHACIENTE LA COMUNICACIÓN DEL NUEVO DOMICILIO DE PAGO CONTENIDA EN LA RESPECTIVA BOLETA DE PAGO Y/O AVISO DE DÉBITO ENVIADA POR EL ACREEDOR AL TITULAR. UNA VEZ MODIFICADO EL DOMICILIO DE PAGO, NO PODRÁ OPONERSE EXCEPCIÓN DE PAGO DOCUMENTADO, CON RELACIÓN A PAGOS PRACTICADOS A BHSA CON POSTERIORIDAD A LA NOTIFICACIÓN DEL NUEVO DOMICILIO DE PAGO. EL TITULAR NO PODRÁ CEDER O TRANSFERIR SUS DERECHOS BAJO ESTE CONTRATO. 25. PERFECCIONAMIENTO DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL: EL CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO QUEDARÁ PERFECCIONADO UNA VEZ ACEPTADA POR EL BANCO LA PRESENTE SOLICITUD DEBIDAMENTE FIRMADA, EMITIDAS POR EL MISMO LAS RESPECTIVAS TC Y RECIBIDAS ÉSTAS DE CONFORMIDAD POR EL TITULAR, TODO ELLO DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 8° DE LA LTC. 26. SEGURO DE VIDA. EN ESTE ACTO, EL TITULAR AUTORIZA AL BANCO A CONTRATAR UN SEGURO DE VIDA EN LA COMPAÑÍA DE SEGUROS CUYA OPCIÓN MANIFESTÓ EN EL ENCABEZADO DE LA PRESENTE SOLICITUD. EL TITULAR ACEPTA Y PRESTA CONFORMIDAD Y MANDATO IRREVOCABLE PARA SER INCORPORADO COMO ASEGURADO A LA PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA CONTRATADA POR EL EMISOR - BENEFICIARIO DEL SEGURO- CON DICHA COMPAÑÍA Y AL DÉBITO QUE EL EMISOR REALICE, EN EL RESUMEN, A FIN DE CUBRIR EL RIESGO DE FALLECIMIENTO E INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE DEL TITULAR DURANTE LA VIGENCIA DEL SEGURO CON EFECTO CANCELATORIO SOBRE EL SALDO DE DEUDA DE LA CUENTA A LA FECHA DE OCURRENCIA DEL SINIESTRO. PARA LA COBERTURA DE FALLECIMIENTO, LA EDAD MÁXIMA DE INGRESO A LA COBERTURA ES DE 80 AÑOS Y LA EDAD MÁXIMA DE PERMANENCIA ES DE 99 AÑOS. PARA LA COBERTURA DE INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE LA EDAD MÁXIMA DE PERMANENCIA BRINDADA POR LAS ASEGURADORAS BHN VIDA S.A. Y/X XXXXXX COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A ES DE 90 AÑOS; PARA LA ASEGURADORA MAPFRE ARGENTINA SEGUROS S.A. LA EDAD MÁXIMA DE PERMANENCIA PARA LA COBERTURA DE INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE ES DE 70 AÑOS. LA SUMA MÁXIMA ASEGURADA NUNCA SERÁ SUPERIOR A $65.000. NO OBSTANTE ELLO, PODRÁ OTORGARSE LA TARJETA SUPERÁNDOSE EL LÍMITE DE EDAD ESTABLECIDO EN CADA CASO SIEMPRE QUE SEA POSIBLE TOMAR COBERTURA POR RIESGO DE MUERTE DEL TITULAR MEDIANTE LA CONTRATACIÓN DE UN SEGURO DE VIDA SOBRE XXXXX XXXXXX.
EL TITULAR DE LA TC TOMA CONOCIMIENTO EN ESTE ACTO DE LAS CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES DE CONTRATACIÓN DEL SEGURO. LAS CONDICIONES GENERALES, EXCLUSIONES Y RIESGOS NO CUBIERTOS POR EL SEGURO DE VIDA COLECTIVO SALDO DEUDOR, SERÁN REMITIDAS POR EL BANCO AL SÓLO REQUERIMIENTO DEL TITULAR. SIN PERJUICIO DE ELLO, DICHAS CONDICIONES PODRÁN SER CONSULTADAS EN EL CENTRO DE ATENCIÓN A CLIENTES DEL BANCO (0810 222 2472) Y/O EN CUALQUIERA DE LAS SUCURSALES DEL EMISOR. ASIMISMO, EL RESPECTIVO CERTIFICADO DE INCORPORACIÓN EN EL SEGURO DE VIDA COLECTIVO CONTRATADO ESTARÁ A DISPOSICIÓN DEL TITULAR EN LA SUCURSAL DEL BANCO DONDE SE ENCUENTRE RADICADA LA CUENTA. LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO CONSTITUYE UN BENEFICIO PARA EL TITULAR Y ES INDIVISIBLE DEL CONTRATO. EL SEGURO COLECTIVO DE VIDA SE CONSTITUIRÁ A FAVOR DEL TITULAR. LOS ADICIONALES NO SE ENCUENTRAN COMPRENDIDOS EN LA COBERTURA DEL SEGURO COLECTIVO INDICADO EN LA PRESENTE. EL TITULAR AUTORIZA QUE EL PRECIO DE DICHO SEGURO SEA DISCRIMINADO Y DEBITADO DEL RESUMEN. SI EL EMISOR, POR DECISIÓN UNILATERAL, DECIDIERA BONIFICAR TEMPORALMENTE ESTOS COSTOS CORRESPONDIENTES AL SEGURO, ELLO NO IMPLICARÁ RENUNCIA ALGUNA A SU DERECHO DE COBRAR TALES COSTOS EN EL FUTURO Y PODRÁ DEJAR SIN EFECTO LAS BONIFICACIONES EN CUALQUIER MOMENTO, PREAVISANDO AL TITULAR A TRAVÉS DEL RESUMEN O CIRCULARES QUE ESTABLEZCA AL EFECTO. 27. DATOS. AUTORIZACIÓN: EL USUARIO AUTORIZA A BHSA A VERIFICAR POR LOS MEDIOS QUE CONSIDERE ADECUADOS LA CORRECCIÓN
DE LOS DATOS PROPORCIONADOS EN EL PRESENTE. EL USUARIO AUTORIZA A BHSA A SUMINISTRAR LA INFORMACIÓN RELACIONADA CON BHSA Y CON LAS OPERACIONES QUE CURSE, QUE RESULTE NECESARIA PARA CUBRIR LOS REQUERIMIENTOS DEL SISTEMA RESULTANTE DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONTRATO. EL USUARIO ACEPTA QUE EN AQUELLAS TRANSACCIONES EN LAS CUALES SE REQUIERA EL USO DE UNA CLAVE DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL (“PIN”) PARA COMPLETAR UNA OPERACIÓN, EL PIN ADQUIERE VALOR DE FIRMA. EL TITULAR PODRÁ SOLICITAR SU PIN AL CENTRO DE SERVICIOS (011) 4379- 3400. BHSA REMITIRÁ EL PIN PREASIGNADO AL DOMICILIO DEL TITULAR, ÉSTE PODRÁ REEMPLAZARLO POR UNO NUEVO DE SU EXCLUSIVO CONOCIMIENTO, RESULTANDO EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DEL TITULAR SU USO. BHSA PODRÁ SOLICITAR AL USUARIO, CONFORME EL ART. 21 DE LA LEY 25.246 (LEY DE ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO) O LA NORMA QUE LA REEMPLACE EN EL FUTURO Y LA RESOLUCIÓN N° 37/2011, SUS MODIFICATORIAS Y/O COMPLEMENTARIAS DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y NORMATIVA DEL BCRA MEDIANTE CIRCULAR RUNOR-1 CAPÍTULO XXXIX, COMPLEMENTARIAS Y CONCORDANTES, TODA LA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE NECESARIA PARA CUMPLIMENTAR LOS REQUERIMIENTOS DE LA CITADA NORMA, PUDIENDO ADOPTAR EN CASO DE CONSIDERARLA INSUFICIENTE O INSATISFACTORIA, LAS MEDIDAS QUE ESTIME APROPIADAS EN RESGUARDO DE SU RESPONSABILIDAD Y LA DE SUS FUNCIONARIOS. CONFORME DICHA RESOLUCIÓN, EL USUARIO DECLARA BAJO JURAMENTO QUE LOS FONDOS QUE UTILIZARÁ EN LAS OPERACIONES QUE REALICE CON BHSA BAJO LA PRESENTE SOLICITUD SON LÍCITOS Y PROVIENEN DE LAS ACTIVIDADES DETALLADAS EN ESTE CONTRATO. 28. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: CONFORME EL ART. 6 DE LA LEY 25.326 DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, EL USUARIO DECLARA CON RELACIÓN A LOS DATOS APORTADOS, EN EL PRESENTE, Y QUE BHSA REGISTRARÁ (LOS “DATOS”): (I) QUE PRESTA IRREVOCABLE CONFORMIDAD PARA QUE LOS MISMOS SEAN UTILIZADOS PARA LA CONSIDERACIÓN Y/U OFRECIMIENTO DE CUALQUIER PRODUCTO O SERVICIO QUE PUEDA SOLICITAR A BHSA Y/O A CUALQUIERA DE SUS SOCIEDADES CONTROLANTES, CONTROLADAS Y/O VINCULADAS, PARA EL PROCESAMIENTO DE LAS RESPECTIVAS OPERACIONES, Y PARA CUALQUIER OFRECIMIENTO QUE BHSA Y SUS SOCIEDADES CONTROLANTES, CONTROLADAS Y/O VINCULADAS PUEDAN EFECTUARLE EN EL FUTURO, QUEDÁNDOLES VEDADA TODA OTRA UTILIZACIÓN DE LOS DATOS; (II) QUE PRESTA IRREVOCABLE CONFORMIDAD PARA QUE BHSA, CON RELACIÓN A OPERACIONES DE CRÉDITO, PUEDA INFORMAR LOS DATOS A LAS AGENCIAS DE INFORMES CREDITICIO, CONFORME EL ART. 26 DE LA LEY 25.326;
(III) QUE LOS DATOS RECABADOS POR BHSA RESULTAN INDISPENSABLES PARA LA CONTRATACIÓN DEL PRODUCTO BANCARIO OBJETO DE ESTE CONTRATO, QUE DEBEN SER OBLIGATORIAMENTE APORTADOS POR EL USUARIO, EN FORMA EXACTA. 29. CLASIFICACIÓN DEL CLIENTE: CONFORME LA LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS Y NORMAS REGLAMENTARIAS, BHSA EFECTUARÁ UNA CLASIFICACIÓN PERIÓDICA DEL TITULAR EN RAZÓN DE (A) SU GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES; O (B) SU SITUACIÓN JURÍDICA; O (C) DE LAS INFORMACIONES QUE SURJAN DE LA “CENTRAL DE DEUDORES DEL SISTEMA FINANCIERO” CUANDO REFLEJEN NIVELES DE CALIDAD INFERIORES AL ASIGNADO POR BHSA; Y EN CONSECUENCIA INFORMAR ESA CLASIFICACIÓN AL BCRA. BHSA COMUNICARÁ AL TITULAR, DENTRO DE LOS 30 DÍAS CORRIDOS: (I) LA ÚLTIMA CLASIFICACIÓN ASIGNADA, CON LOS FUNDAMENTOS QUE LA JUSTIFICAN SEGÚN EVALUACIÓN REALIZADA; (II) EL IMPORTE DE SUS DEUDAS EN EL SISTEMA FINANCIERO; Y (III) LAS CLASIFICACIONES QUE SURJAN DE LA ÚLTIMA INFORMACIÓN DISPONIBLE EN LA “CENTRAL DE DEUDORES DEL SISTEMA FINANCIERO”. 30. ACEPTACIÓN: QUEDA ESTABLECIDO QUE LA RECEPCIÓN DE LA PRESENTE SOLICITUD NO IMPLICA OBLIGACIÓN ALGUNA DE ACEPTACIÓN POR PARTE DEL BANCO, QUIEN SE RESERVA EL DERECHO DE RECHAZARLA A SU SÓLO ARBITRIO. EL BANCO NO ASUMIRÁ RESPONSABILIDAD ALGUNA POR LOS GASTOS EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL TITULAR CON MOTIVO DE LA SOLICITUD. EN CASO DE SER ACEPTADO EL PRESENTE, EL BANCO PONDRÁ A DISPOSICIÓN DEL TITULAR, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SUBSIGUIENTES, COPIA DEL CONTRATO, CON CONSTANCIA DE SU ACEPTACIÓN POR PARTE DEL BANCO.
31 FECHA DE CIERRE: Las fechas de cierres contables serán de la siguiente manera:
Cartera 01: último jueves del mes Cartera 02: anteúltimo jueves del mes Cartera 03: segundo jueves del mes
Cartera 04: primer jueves del mes
La cuenta del Titular será emitida inicialmente en la cartera indicada en el encabezamiento del presente; el mismo podrá realizar el cambio de cartera comunicándose al Centro de Atención al (011) 4379-
3400. 32. DOMICILIO: EL TITULAR CONSTITUYE DOMICILIO ESPECIAL A TODOS LOS EFECTOS DERIVADOS DE PRESENTE EN EL INDICADO EN EL ENCABEZAMIENTO DE LA PRESENTE.
SOLICITUD DE INCORPORACIÓN A LA PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA DE DEUDORES
Solicito a BHN Vida S.A. con domicilio en Xxxxxxx 0 Xxxx 00x - (X0000XXX), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT NRO. 30-69350395-3 mi incorporación a la póliza de Seguro Colectivo de Vida para el producto Tarjeta de Crédito requerida en la presente Solicitud.
Número de póliza 73 y sus sucesivas renovaciones. DATOS DEL TOMADOR
BANCO HIPOTECARIO SA. - Xxxxxxxxxxx 000 - Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx (CP1003) CUIT: 30-
50001107-2 - TEL: 0000-000-0000
Moneda del Contrato: PESOS
Cobertura en Tarjeta de Crédito: El seguro cubrirá una suma equivalente al saldo de deuda de la cuenta a la fecha de fallecimiento o invalidez total y permanente del Titular de la TC.
El Asegurado debe denunciar al Asegurador las agravaciones del riesgo asumido, causadas por un hecho suyo, antes de que se produzcan; y las debidas a un hecho ajeno, inmediatamente después de conocerlas (art. 38 Ley de Seguros).
Manifiesto conocer el texto del artículo de la Ley Nº 17.418 (Ley de Seguros), el cual establece: “Toda declaración falsa o reticencia de circunstancias conocidas por el Asegurado, aún hechas de buena fe, que a juicio de los peritos hubiesen impedido el contrato o modificado sus condiciones, si el Asegurador hubiese sido cerciorado del verdadero estado del riesgo, hace nulo el contrato”.
La recepción de esta solicitud ó propuesta no implica la aceptación del riesgo o de la cobertura, ni obliga a BHN Vida SA (artículo 4 de la Ley de Seguros Nº 17.418). El único documento válido para otorgar cobertura o aceptar el riesgo
es la póliza de seguro y/o certificado individual.
EXCLUSIONES Y RIESGOS NO CUBIERTOS COBERTURA BÁSICA- FALLECIMIENTO
El Asegurado está cubierto por una póliza sin restricciones en cuanto a residencia y viajes que pueda realizar dentro o fuera de la República Argentina.
La Compañía no pagará la indemnización cuando el fallecimiento de un Asegurado se produjera como consecuencia de:
a) Suicidio: El suicidio voluntario de la persona cuya vida se asegura, libera a la Aseguradora, salvo que la póliza haya estado en vigor ininterrumpidamente por tres años.
b) Muerte xxx xxxxxxx por el contratante: En el seguro sobre la vida de un tercero, la Aseguradora se libera si la muerte ha sido deliberadamente provocada por un acto ilícito del contratante.
c) Muerte del Asegurado por el beneficiario: Pierde todo derecho el beneficiario que provoca deliberadamente la muerte del Asegurado con un acto ilícito.
d) Empresa criminal/ Pena de muerte: La Aseguradora se libera si la persona cuya vida se asegura, la pierde en empresa criminal o por aplicación legítima de la pena de muerte.
e) Xxxx o culpa grave del Asegurado o beneficiario: La Aseguradora se libera si el Asegurado y/o el beneficiario del seguro provoca el accidente dolosamente o por culpa grave o lo sufre en empresa criminal.
f) Riesgos derivados por hechos xx xxxxxx que no comprenda a la Nación Argentina, en caso de comprenderla, las partes se regirán por las normas que en tal emergencia dictaren las autoridades competentes o actos de terrorismo, cuando el Asegurado sea partícipe voluntario.
CLAUSULA DE INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE- LIQUIDACION DEL CAPITAL ASEGURADO
Quedan excluidos de la cobertura de esta cláusula las consecuencias de:
a) Tentativa de suicidio o culpa grave del Asegurado;
b) Duelo, riña, salvo que se tratase de legítima defensa; huelga o tumulto popular que hubiese participado como elemento activo; revolución o empresa criminal;
c) Abuso de alcohol, drogas o narcóticos;
d) Acciones xx xxxxxx, declarada o no, dentro o fuera del país;
e) Participación como conductor o integrante de equipo en competencias de pericia y/o velocidad, con vehículos mecánicos o de tracción a sangre, o en justas hípicas (xxxxxx xx xxxxxx x xxxxxxxx con obstáculos);
f) Intervención en la prueba de prototipos de aviones, automóviles u otros vehículos de propulsión mecánica;
g) Practica o uso de la aviación, salvo como pasajero en servicios de transporte aéreo regular;
h) Intervenir en otras ascensiones aéreas o en operaciones o viajes submarinos;
i) Acontecimientos catastróficos originados por la energía atómica.
El abajo firmante declara bajo juramento, que los datos consignados en el presente formulario son correctos y completos, y que no se ha omitido ni falseado dato alguno, siendo fiel expresión de la verdad.
Tomo conocimiento que la Aseguradora se encuentra facultada a requerirme toda la información necesaria para dar cumplimiento con el Régimen de Prevención xx Xxxxxx de Activos y Otras Actividades Ilícitas (Ley 25.246, Resoluciones de Unidad de Información Financiera, modificatorias y complementarias y demás resoluciones que resulten aplicables), comprometiéndome a suministrar los elementos informativos que a estos efectos me fuesen solicitados.
SAS DE INTERÉS EN PESOS | T.N.A. |
ANCIACIÓN | 46.87% |
ANCIACIÓN DE ADELANTOS EN EFECTIVO | 46.87% |
TERESES PUNITORIOS | 23.43% |
STO FINANCIERO TOTAL (TASA NOMINAL ANUAL) | |
N IVA | 60.61% |
N IVA | 50.76% |
MISIONES Y CARGOS ADMINISTRATIVOS | |
MISIÓN POR REPOSICIÓN POR DESMAGNETIZACIÓN | Hasta una (1) por año sin cargo /a partir de la 2da reposición $ 0.- |
MISIÓN POR REPOSICIÓN POR ROBO Y/O HURTO Y/O PERDIDA | $85.26 |
MISIÓN POR USO XXX XXXXXX AUTOMÁTICO | $ 0 |
RGO POR GESTIÓN DE COBRANZAS(2) | $27.50 |
RGO POR PAGO EN CANALES EXTERNOS (3) | $11.60 |
MISIÓN MANTENIMIENTO DE CUENTA | Soporte Papel/Soporte Electrónico |
ARJETA GOLD | $45.50 / 36.06 |
ARJETA INTERNACIONAL | $45.50 / 36.06 |
OBRANDING HML | $45.50 / 36.06 |
ARJETA NACIONAL | $34.50 / 34.50 |
MISIÓN RECUPERO POR GESTIÓN DE CUPONES SOLICITADOS | $0 |
MISIÓN DE MEMBRESÍA AEROLÍNEAS PLUS (4) | $420 |
GUROS | |
GURO DE VIDA | 0.32% |
MISIÓN DE RENOVACIÓN ANUAL (5) | |
A NACIONAL | $405(5) |
A INTERNACIONAL | $747(5) |
NEXO - TABLA DE COMISIONES, CARGOS Y TASAS EN PESOS (1)
S S
A GOLD | $1189(5) |
OMISIÓN POR EMISIÓN DE TARJETA | $0 |
RACTERÍSTICAS GENERALES MPOSICIÓN DEL PAGO MÍNIMO: SE EXIGIRÁ EL 10% DEL SALDO ANTERIOR, CONSUMOS EN UN GO, CUOTAS POR CONSUMOS EN PLANES Y DÉBITOS AUTOMÁTICOS. SE EXIGIRÁ EL 100% DE S INTERESES DE FINANCIACIÓN, INTERESES COMPENSATORIOS, INTERESES PUNITORIOS, ELANTOS Y COMISIÓN DE RENOVACIÓN. | |
ITE MÁXIMO DE ADELANTOS EN EFECTIVO EN CUOTAS | 50,00% DEL LÍMITE DE COMPRA EN CUOTAS |
NTIDAD MÁXIMA DE ADELANTOS MENSUALES | 4 |
NTO MÁXIMO DE ADELANTO (6) | $ 15.000 |
S
1) A TODAS LAS COMISIONES Y CARGOS MENCIONADOS DEBERÁ ADICIONARSELE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, EN CASO DE CORRESPONDER SEGÚN LEGISLACIÓN VIGENTE. LAS TASAS INFORMADAS EN EL PRESENTE ANEXO REFIEREN AL MES XX XXXXXX/2015. LAS TASAS QUE CORRESPONDAN A LOS MESES SUCESIVOS SE DETERMINARÁN CONFORME A LOS PARÁMETROS ESTABLECIDOS POR EL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
2) MONTO VARIABLE EN FUNCIÓN DEL PLAZO DE REGULARIZACIÓN DE LA XXXX. EL CARGO SERÁ PERCIBIDO DESDE CUARTO DÍA CORRIDO POSTERIOR A LA FECHA DE VENCIMIENTO HASTA UN PLAZO MÁXIMO DE 3 MESES.
3) PAGOS EFECTUADOS A TRAVÉS DE LAS SIGUIENTES ENTIDADES: PAGO FÁCIL, RAPIPAGO, BAPRO PAGOS, COBRO EXPRESS Y ÚNICAMENTE CUANDO EL SALDO DEL RESUMEN DE CUENTA SUPERE EL MONTO DE $20.
4) COMISIÓN ANUAL A GENERARSE DESDE LA FECHA EN QUE EL CLIENTE REVISTA LA CALIDAD DE SOCIO CONFORME TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PROGRAMA. DICHACOMISIÓN SERÁ DEBITADA DE LA TARJETA ASOCIADA AL PROGRAMA EN 3 CUOTAS MENSUALES Y CONSECUTIVAS, ANTERIORES AL VENCIMIENTO DE LOS 12 MESES.
5) LA PRESENTE COMISIÓN REPRESENTA EL DERECHO DE USO Y ACCESO A LOS BENEFICIOS QUE PUEDA CONCEDER LA TC CONFORME LO DETERMINE BANCO HIPOTECARIO S.A. Y SE GENERARÁ AUN CUANDO LA TC NO SEA UTILIZADA POR EL USUARIO. NO OBSTANTE LO ANTERIOR, BANCO HIPOTECARIO S.A., A SU EXCLUSIVO CRITERIO, PODRÁ BONIFICAR LA PRESENTE COMISIÓN DE RENOVACIÓN ANUAL, EN TODO O EN PARTE EVALUANDO EL COMPORTAMIENTO DE CONSUMOS Y DE PAGOS DEL SOCIO TITULAR.
6) MONTO SUJETO A LA APROBACIÓN PREVIA Y CONDICIONES DE CONTRATACIÓN FIJADAS POR BANCO HIPOTECARIO S.A. AL MOMENTO DE LA SOLICITUD DEL ADELANTO EN EFECTIVO. EL BANCO PODRÁ OTORGAR UN MONTO MENOR O DESESTIMAR LA SOLICITUD DE ADELANTO EN EFECTIVO TENIENDO EN CUENTA FACTORES OBJETIVOS XX XXXXXXX, EL GRADO DE CUMPLIMIENTO DEL TITULAR RESPECTO DE SUS DISTINTAS OPERACIONES CON EL BANCO Y/O CON OTRAS ENTIDADES FINANCIERAS, Y/O LA VARIACIÓN DE LA SITUACIÓN ECONÓMICA, FINANCIERA Y/O PATRIMONIAL DEL TITULAR.
“EL TITULAR DE LOS DATOS PERSONALES TIENE LA FACULTAD DE EJERCER EL DERECHO DE ACCESO A LOS MISMOS EN FORMA GRATUITA A INTERVALOS NO INFERIORES A SEIS MESES, SALVO QUE SE ACREDITE UN INTERÉS LEGÍTIMO AL EFECTO CONFORME LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 14, INCISO 3 DE LA LEY Nº 25.326”. “LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, ÓRGANO DE CONTROL DE LA LEY Nº 25.326, TIENE LA ATRIBUCIÓN DE ATENDER LAS DENUNCIAS Y RECLAMOS QUE SE INTERPONGAN CON RELACIÓN AL INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES”. EL ABAJO FIRMANTE PRESTA CONFORMIDAD Y RATIFICA SUS DATOS PERSONALES IMPRESOS EN EL ENCABEZAMIENTO DE LA PRESENTE SOLICITUD. ASIMISMO, DECLARA HABER LEÍDO EN SU TOTALIDAD Y RECIBIDO COPIA INTEGRA DEL PRESENTE CONTRATO, ANEXO – TABLA DE COMISIONES, CARGOS Y TASAS EN PESOS CORRESPONDIENTES, Y LA RESPECTIVA SOLICITUD DE INCORPORACIÓN AL SEGURO DE VIDA, ACEPTANDO LOS MISMOS DE CONFORMIDAD. AFIRMO QUE LOS DATOS CONSIGNADOS EN EL PRESENTE CONTRATO SON CORRECTOS Y COMPLETOS, Y QUE NO HE OMITIDO NI FALSEADO DATO ALGUNO, SIENDO FIEL EXPRESIÓN DE LA VERDAD. ASIMISMO, ME COMPROMETO A INFORMAR DE INMEDIATO TODO CAMBIO QUE SE PRODUZCA EN LOS DATOS MENCIONADOS. DECLARAMOS QUE LOS FONDOS A CURSAR POR NUESTRAS CUENTAS Y/U OPERACIONES SON LÍCITOS Y PROVIENEN DE LAS ACTIVIDADES DECLARADAS. DECLARO UTILIZAR LA TC COMO MEDIO DE PAGO PARA MIS CONSUMOS PERSONALES REVISTIENDO LA CONDICIÓN DE CONSUMIDOR FINAL. EL IVA DISCRIMINADO NO PODRÁ SER UTILIZADO COMO CRÉDITO FISCAL.
LUGAR Y FECHA:
FIRMA DEL TITULAR | NOMBRE/S Y APELLIDO/S COMPLETO/S (SIN ABREVIATURAS NI INICIALES) |
DOCUMENTO TIPO Y N° |
ESPACIO HUELLA DIGITAL
Para uso exclusivo del Banco. A MODO DE RECEPCIÓN, SIN QUE ELLO IMPLIQUE CONFORMIDAD NI ACEPTACIÓN DE LA PRESENTE SOLICITUD
Verif. de firma:
APODERADO DEL BANCO: | APODERADO DEL BANCO: |
ACLARACIÓN: XXXXXXX XXXXXX | ACLARACIÓN: XXXXXX XXXXXX |
LA FIRMA Y LAS FACULTADES DE LOS APODERADOS DEL BANCO HAN SIDO CERTIFICADAS POR ESCRIBANO PÚBLICO.
DATOS INTERNOS (USO EXCLUSIVO DEL BANCO)
CUMPLIÓ CON POLÍTICA “CONOZCA A SU CLIENTE” ! FECHA: / / FIRMA Y SELLO: