CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE – RENOVACIÓN
CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE – RENOVACIÓN
En la ciudad de Neuquén, capital de la provincia del mismo nombre, a los
______
días del mes de
__________________ del año
____ entre el Estado Provincial,
representado en este acto por el señor Jefe de Policía de la Provincia del Neuquén, Comisario General Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, D.N.I. Nº 22.072.604, organismo con C.U.I.T. N° , en adelante “EL LOCATARIO” por una parte y por la
otra, el propietario del inmueble, señor Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, (R0529), C.U.I.T. N° 23-11339961-9, en adelante “EL LOCADOR”, convienen en celebrar la presente renovación del contrato de locación del inmueble, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: DEL OBJETO. “EL LOCADOR” cede en locación a “EL LOCATARIO”
un inmueble donde funciona el Departamento Delitos Económicos dependiente de la Jefatura de Policía de la Provincia del Neuquén, sito en xxxxx Xx Xxxxxx Xx 000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx Catastral Nº 09-20-089-4458-0000. El mismo está compuesto por los muebles y artefactos que se detallan en el Anexo I – Inventario, que forma parte integrante del presente contrato.
SEGUNDA: DEL PRECIO. El valor total de la locación se establece en la suma de pesos seis millones ciento veinticuatro mil cuatrocientos ochenta y ocho con 64/100 ($ 6.124.488,64), abonándose la cantidad de pesos ciento ochenta y cinco mil con 00/100 ($ 185.000,00) mensuales, para el período comprendido desde el día 01 de julio de 2022 hasta el día 30 de noviembre de 2022; de pesos doscientos veintinueve mil cuatrocientos con 00/100 ($ 229.400,00) mensuales, para el período comprendido desde el día 01 de diciembre de 2022 hasta el día 31 xx xxxx de 2023; de pesos doscientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y seis con 00/100 ($ 284.456,00) mensuales, para el período comprendido desde el día 01 xx xxxxx de 2023 hasta el día 30 de noviembre de 2023; y de pesos trescientos cincuenta y dos mil setecientos veinticinco con 44/100 ($ 352.725,44) mensuales para el período comprendido desde el día 01 de diciembre de 2023 hasta el día 31 xx xxxx de 2024. TERCERA: DE LA VIGENCIA. El presente contrato tendrá una vigencia de veintitrés
(23) meses, prestando conformidad su propietario, a partir del día 01 de julio de 2022 hasta el 31 xx xxxx de 2024.
CUARTA: DEL DEPÓSITO EN GARANTÍA. Se deja constancia que “EL LOCATARIO” abonará por única vez a “EL LOCADOR”, la suma de pesos doscientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y seis con 00/100 ($
284.456,00), por la diferencia surgida en el incremento del alquiler, el cual será utilizado para afrontar reparaciones o acomodar el inmueble para dejarlo en el estado en que se entregó al momento de la devolución del inmueble.
QUINTA: DE LOS IMPUESTOS Y LAS TASAS. Será por cuenta de “EL
LOCADOR” el pago de impuestos, tasas y/o contribuciones existentes o futuros que incidan sobre el inmueble locado, como así también los servicios retributivos, siendo por cuenta de “EL LOCATARIO” el pago de los servicios de gas, electricidad, teléfono, agua y aquellos que contrate el mismo en razón de su uso.
SEXTA: MANTENIMIENTO. “EL LOCATARIO” se obliga a conservar el inmueble en buen estado, tal como lo recibió oportunamente, respondiendo por los daños, deterioros y roturas que se produzcan por su culpa o negligencia, la de sus dependientes, con excepción de aquellos daños producidos por el transcurso del tiempo ocasionados por desgaste natural y el buen uso. “EL LOCADOR” se hará cargo de las reparaciones que sea necesario efectuar y que surjan por vicios ocultos del inmueble arrendado. A tal fin “EL LOCADOR” deberá proceder a efectuar las reparaciones en forma inmediata, a partir de la fecha de notificación fehaciente de
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“EL LOCATARIO”. De no hacerlo, “EL LOCATARIO” procederá a realizar los arreglos necesarios, siendo los gastos deducidos de los alquileres que se devenguen, sin admitir reclamos futuros por tal concepto.
SÉPTIMA: DE LAS MEJORAS Y/O MODIFICACIONES. Se conviene
expresamente que “EL LOCATARIO” podrá ejecutar en el inmueble las mejoras que fueren útiles a su gestión, previa autorización expresa de “EL LOCADOR”, quedando en todos los casos las realizadas en beneficio del inmueble. “EL LOCATARIO” no podrá realizar construcciones o modificaciones sin la previa autorización por escrito de “EL LOCADOR”, obligándose a restituir el inmueble al vencimiento del presente contrato en las mismas condiciones que lo recibió.
OCTAVA: DE LA RESCISIÓN. “EL LOCATARIO” queda facultado para rescindir el presente contrato previa notificación fehaciente a “EL LOCADOR” con sesenta (60) días de anticipación, conforme el artículo 83º Sección IV del Reglamento de Contrataciones de la Provincia del Neuquén, Decreto Nº 2758/95 de la Ley de Administración Financiera y Control 2141. La rescisión operará a partir del último día del mes en que ella se hubiere efectuado, pero será requisito indispensable la entrega o consignación de las llaves del inmueble a “EL LOCADOR”. Dicho acto será formalizado mediante un acta que labrará el funcionario competente del organismo que utiliza el bien locado y será suscripta por “EL LOCADOR” o quien lo represente. NOVENA: DE LA PRÓRROGA. Las partes estipulan de común acuerdo, que, al vencimiento del contrato, el mismo podrá ser prorrogado por igual período, previo consentimiento de ambas partes.
DÉCIMA: EL SELLADO xx Xxx que corresponda abonar será soportado por “EL LOCADOR” en la parte correspondiente, estando exento el Estado Provincial.
DÉCIMA PRIMERA: SUB-ARRENDAMIENTO. Queda terminantemente prohibido a “EL LOCATARIO”, bajo apercibimiento de rescisión del presente contrato, ceder total o parcialmente el contrato o sub-arrendar total o parcialmente el bien locado.
DÉCIMA SEGUNDA: JURISDICCIÓN. Ambas partes contratantes se someten a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Neuquén, renunciando al Fuero Federal o a cualquier otro de excepción.
DÉCIMA TERCERA: DOMICILIOS. A los efectos legales, las partes constituyen domicilio en: “EL LOCATARIO” en calle __________ de la ciudad
de Neuquén y “EL LOCADOR” en calle ____________ __ __ _ , y a todos
los efectos derivados del presente y donde se tendrán por válidas las notificaciones.
De plena conformidad, ambas partes firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
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ANEXO I – INVENTARIO
El inmueble ubicado en xxxxx Xx Xxxxxx Xx 000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx, posee los siguientes muebles y artefactos:
• Un (1) termotanque en lavadero marca Rheem 130 litros.
• Un (1) termotanque en planta alta marca Rheem 80 litros.
• Un (1) calefactor 5000 kcal en planta baja marca Emege.
• Un (1) calefactor 3000 kcal en planta baja marca Emege.
• Un (1) calefactor 3000 kcal en planta alta marca Emege.
• Un (1) calefactor 5000 kcal en planta alta marca Emege.
• Un (1) calefactor 4000 kcal en planta alta marca Coopenne.
• Un (1) sistema de alarma con seis (6) sensores de paso sirena interior marca Kitawa.
• Una (1) línea fija telefónica abonada N° 4483550 de Telefónica Argentina.
• Cinco (5) faroles de iluminación metálicos exteriores.
• Un (1) ventilador de techo con cinco (5) luminarias.
• Un (1) acondicionador Split de aire frío-calor 3500 WT, marca Sanyo.
• Una (1) xxxxx xxxxxx de tres (3) luminarias.
• Una (1) cocina.
• Un (1) medidor de luz – Calf.
• Un (1) medidor de gas – Camuzzi gas del sur.
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Provincia del Neuquén Las Malvinas son Argentinas
Hoja Adicional de Firmas
Número: IF-2022-01448010-NEU-LYT#MSEG
NEUQUEN, NEUQUEN
Viernes 29 de Julio de 2022
Referencia: Modelo de Contrato de Locación de Inmueble.
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Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Directora General
MSEG-Dirección Provincial de Legal y Técnica Secretaría de Seguridad
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