Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO Y LA INSTALACIÓN DE 1 CABINA-ASEO AUTOLAVABLE CON 3 URINARIOS EXTERIORES EN SANTURTZI.
1. CONDICIONES GENERALES
El objeto del contrato es el suministro e instalación de UN (1) ASEO exterior autolimpiable de utilización mixta y para discapacitados y con 3 urinarios exteriores en el parque de Andolin Eguzkitza.
Las tareas de instalación se coordinarán con los servicios técnicos municipales, siendo el Ayuntamiento el encargado de realizar las conexiones a la red de acometida de agua, eléctrica, así como a la red de saneamiento, correspondiendo a la empresa adjudicataria todas las demás labores necesarias para la puesta en funcionamiento de los servicios. En todas estas labores el adjudicatario deberá cumplir la normativa de seguridad y salud que le sea de aplicación
El adjudicatario será responsable de los daños del bien hasta su entrega e instalación, así como de los daños que se irroguen a terceros hasta la completa puesta en servicio de los aseos. La puesta en servicio consistirá en el suministro y la completa instalación de los aseos en perfecto estado de funcionamiento.
El pago del importe del suministro se realizará una vez puestos en funcionamiento todos los aseos, mediante la firma del acta de recepción y tras presentación de la correspondiente factura.
2. CONDICIONES TÉCNICAS
En la propuesta técnica se presentará una Memoria en la que se relacionen la calidad y características del suministro, diferenciando las características técnicas y/o funcionales que superen las condiciones estipuladas como mínimas en el presente pliego. Podrán, asimismo, incluir cualquier documentación que contribuya a facilitar un mejor conocimiento de la oferta. El suministro ofertado incluirá como mínimo obligatoriamente los requisitos y características que a continuación se detallan:
1.- El aseo será apto para utilización mixta (señoras y caballeros), y para su uso por discapacitados, tendrá un radio de giro de 1,80 m, y cumplirá la actual normativa europea de accesibilidad (NF P 99-611), así como cumplirá la normativa vigente, incluido el Decreto 68/2000 sobre accesibilidad y que concreta la ley 20/1997, de 4 de diciembre, para promoción de la accesibilidad, de 11 xx xxxxx, por el que se aprueban las normas técnicas
sobre condiciones de accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación.
2.- Los materiales empleados serán de primera calidad, impermeables, no absorbentes, antivandálicos, resistentes al desgaste, sólidos e inalterables por agentes externos (inclusive ácidos y álcalis utilizados habitualmente en la limpieza y desinfección) y atmosféricos y totalmente homologados, debiendo cumplir las normas específicas. Las estructuras no deberán presentar salientes, aristas x xxxxxx vivos que puedan representar un peligro para el/la usuario/a o viandante.
3.- El grado de seguridad y resistencia serán fundamentalmente relevantes, teniendo en cuenta, especialmente, aspectos tales como la resistencia al impacto, a la corrosión y al gradiente térmico.
4.- El revestimiento exterior del aseo será realizado en acero corten, acero inoxidable o vidrio, valorándose su adecuación e integración en la zona donde se va a ubicar el aseo, durabilidad, fácil limpieza y otras condiciones relacionadas con su mantenimiento. Los acabados y definiciones serán acordes con el tipo o modelo presentado y, en cualquier caso, contarán con una inmejorable presentación y conservación. Los espacios del evacuatorio destinados al público y a los elementos o estructuras, deberán estar separados de manera eficaz, de modo que a este último sólo tenga acceso el personal autorizado. Las medidas del aseo incluido los urinarios no podrán superar 4,50 m de largo x 2,50 m de fondo.
5.- El espacio destinado al público deberá contar, como mínimo con los siguientes elementos:
Distribuidor de servilletas de papel higiénico con capacidad para 1.500 unidades como mínimo, herméticamente cerrado para impedir la combustión.
Revestimientos continuos sin juntas. Revestimiento xx xxxxxxx, suelo y techo en acero inoxidable. Encuentro xx xxxxxxx y suelo no en ángulo recto que permitan la buena limpieza.
Luz artificial.
Luz de emergencia colocada en el marco de la puerta para facilitar la salida al usuario.
Tapa de inodoro con limpieza desinfectante individualizada.
Secador de la tapa con un caudal que garantice el secado en la forma y tiempo adecuados para la frecuencia de un uso público.
Calefacción (regulable por termostato).
Ventilación que garantice la calidad del aire interior óptima para la función de aseo público acorde con la normativa de salubridad del CTE., ó bien aquélla que le sea de aplicación directa si la hubiere.
Papeleras para papel higiénico biodegradable, con un volumen adecuado al uso de un aseo público
Colgador.
Espejo.
Inodoro con asiento en acero inoxidable, autolavable, autodesinfectado y secado después de cada uso.
Lavado del suelo con un número de salidas de agua a presión que garantice un lavado óptimo.
El agua debe ir homogeneizada con un desinfectante y desodorante.
Lavabo y xxxxx xx xxxxx inoxidable automático y secamanos de aire caliente. Ambos con funcionamiento a la exposición.
Barras de apoyo fija y abatible xx xxxxx inoxidable para discapacitados.
Xxxxxxx xx xxxxx inoxidable blindada y cerradura con electroimán para la noche con horario programable. La apertura podrá realizarse desde el interior mediante un pulsador, y desde el exterior por medio de un telemando a disposición del personal que se encargue del mantenimiento.
Indicador exterior de libre, ocupado y fuera de servicio.
Instrucciones en el entorno de la puerta de acceso con explicación gráfica y escrita de la forma de salir de la persona usuaria.
Urinarios exteriores de tres plazas realizados en acero inoxidable autolimpiables después de cada servicio.
Encuentro xx xxxxxxx de urinario y de la cabina en acero inoxidable.
Mampara protectora exterior de los urinarios realizada en acero inoxidable.
6.- La configuración de este espacio deberá contar con un diseño y materiales tales que faciliten al máximo su adecuada conservación y limpieza, manteniendo los niveles exigidos de seguridad.
7.- La instalación deberá contar con un sistema de seguridad que impida el accionamiento del mecanismo de limpieza mientras los usuarios se encuentran en el interior.
8.- El aseo contará con sistema de instrucciones habladas configurable a las lenguas oficiales que servirá de guía para los usuarios invidentes.
9.- Se dotará de iluminación de localización del evacuatorio en horas de poca luz.
10.- Dispositivos de cierre y seguridad con el siguiente equipamiento:
Reloj programable para horario de apertura y cierre de la instalación con posibilidad de programación semanal.
Cableado del cuadro y de los componentes del aseo libre de halógenos.
La situación del evacuatorio ocupado quedará indicada en el exterior de forma visible, evitando su utilización por otra persona.
Utilizado el evacuatorio y abandonado el mismo por el usuario, éste deberá cerrarse de forma automática y eficaz, indicando desde el exterior de forma visible, la indicación de “evacuatorio libre”.
Información escrita y gráfica en el interior de la cabina sobre el funcionamiento del sistema de autolimpieza y de salida al exterior del aseo.
Sistema de cierre automático del aseo en caso de falta de presión de agua.
Sistema de seguridad que permita el rescate de personas atrapadas en el interior de la cabina por cualquier causa mediante mando a distancia.
Sistema de apertura remota del aseo mediante telemando a disposición del personal de mantenimiento y municipal.
La situación del evacuatorio “fuera de servicio” deberá ser indicada de forma visible desde el exterior, imposibilitando el acceso del público a la cabina.
Alarma acústica para tiempo límite de uso.
Contador de servicios.
Ventilación suficiente: natural o forzada.
Sistema de descarga de cisterna con accionamiento asociado a la acción de desbloqueo de la puerta.
Las indicaciones del evacuatorio de “libre”, “ocupado” o “fuera de servicio”, deberán contar con dispositivo de iluminación que permita suficientemente su lectura en horas de poca luz.
Sistema de detección de presencia para eliminar fallos en el proceso de autolimpieza.
Las células encargadas de suministrar agua en el lavamanos deberán contar con sistema de seguridad que impida el suministro de agua continuo en caso de obstaculización de la señal.
11.- Todas las indicaciones de información destinadas al público que utilicen el lenguaje escrito, deberán expresarse en los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma, mediante traducción que a tal efecto autorice el responsable de la ejecución del contrato. Las cabinas deberán contar además, en el exterior con placa del Ayuntamiento con logotipo oficial, conforme al diseño que a propuesta del adjudicatario autorice la Administración.
12.- Además los aseos deberán contar con un Cuarto Técnico con las siguientes características:
La zona interior de mantenimiento deberá contar como mínimo de un fondo de 80 cm para facilitar las labores de mantenimiento técnico. Además, en una pared se deberá colocar el armario eléctrico será totalmente hermético y en la pared opuesta
el panel hidráulico. Toda la instalación eléctrica se realiza respetando la Legislación Nacional relativa al Área de Seguridad Industrial, en concreto la normativa establecida por el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión publicado en el
B.O.E. nº 224 el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 (xx xxxxx desde el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000).
Xx xxxxxx xx xxxxxx técnico sólo podrá realizarse desde el interior del aseo. Dicho acceso quedará reservado únicamente al personal encargado de las labores de mantenimiento de la instalación, debiendo disponer de cerradura con llave que será la misma llave utilizada para la apertura de los cuartos técnicos de los aseos autolimpiables ya instalados en el municipio. Se valorará que la cerradura de acceso sea antivandálica y homogeneizable a la del resto de urinarios instalados en el municipio.
Una de las reglas recogidas en esta normativa es la que hace referencia al empleo de cables y elementos de conducción no propagadores de incendios y con emisión de humos y opacidad reducida. Si bien esta norma sólo es de obligado cumplimiento en el caso de instalaciones en lugares de pública concurrencia, se aplicará tanto en el cableado de los elementos de control y como en el del alumbrado de la instalación.
Desde este cuarto de mantenimiento también se tendrá acceso a toda la valvulería necesaria para el funcionamiento del aseo, desde la cisterna del retrete o el lavamanos hasta las válvulas que componen el sistema de auto-limpieza del aseo.
La carencia de alguna de las características solicitadas, salvo que sean superiores a las descritas, podrá dar lugar a la no aceptación de la oferta.
3. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
(a) El adjudicatario deberá efectuar el suministro dentro del plazo comprometido.
(b) El adjudicatario deberá garantizar por un año tanto las piezas de repuesto nuevas como la mano de obra y demás gastos relacionados con fallos de fabricación o de mal funcionamiento consecuencia de estos fallos.
El contratista será responsable de la calidad de los suministros, así como de las consecuencias que se deduzca para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
(c) El adjudicatario no podrá introducir o ejecutar modificaciones en el suministro comprendido en el contrato, sin la debida aprobación de dicha modificación y el presupuesto resultante por la Administración. En caso de que el contratista efectúe un suministro que supere por su cuantía el
presupuesto fijado, no habrá lugar a indemnización alguna, ni se abonará el exceso al adjudicatario, delimitándose las responsabilidades a que hubiere lugar de conformidad con la legislación vigente.
(d) En todo caso, la dirección y la inspección de los trabajos corresponde al Ayuntamiento a través del responsable de la ejecución del contrato, que dictará las instrucciones necesarias al contratista para la normal y eficaz realización del objeto del contrato.
(e) El contrato objeto de la licitación se entenderá realizado a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios, sino en los casos de fuerza mayor.
(f) El contratista deberá disponer al inicio del contrato de póliza seguro de responsabilidad civil que cubra todos los daños que se irroguen a terceros hasta la completa puesta en servicio de los aseos, teniendo el Ayuntamiento la consideración xx xxxxxxx. La cobertura será suficiente y ascenderá como mínimo a 300.000 € por siniestro. El adjudicatario responderá además de todos los daños que se irroguen cuyo importe excediera de la cuantía de cobertura mínima establecida.
4. CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO
Las consecuencias del incumplimiento de las obligaciones dimanantes del contrato, son las previstas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo de puesta en servicio de los aseos, el órgano de contratación está facultado para proceder a la resolución del contrato, previo trámite de audiencia al contratista, o acordar la continuidad con imposición de penalidades que consistirán en la deducción del 5% del importe total del suministro por día de retraso en el suministro e instalación de cualquiera de los aseos. El procedimiento se iniciará a propuesta de la jefatura de servicio de Servicios Públicos. Además, el órgano de contratación podrá imponer al contratista el resarcimiento de daños y perjuicios de un modo inmediatamente ejecutivo, no obstante los recursos legales que procedan.
En caso de deficiencias en la calidad de los suministros, se aplicará la misma penalidad diaria que está prevista para el caso de demora en el plazo de suministro, sin perjuicio de la obligación del contratista de la sustitución de los bienes o partes de los bienes defectuosos o, en su caso, de la detracción del importe equivalente a su reposición o sustitución ya sea en las cantidades adeudadas, en las rentas pendientes o con cargo a la fianza constituida.
El importe de las penalidades por incumplimiento, de los daños y perjuicios irrogados, así como el importe correspondiente a las deficiencias de calidad, en su caso, se detraerá de las cantidades adeudadas, de las rentas pendientes o se aplicará con cargo a la fianza viniendo obligado el adjudicatario a reponer la fianza en la parte disminuida por la incautación, dentro de los quince días hábiles siguientes al que sea requerido formalmente para ello.
La incoación de expediente de penalidades por incumplimiento facultará la suspensión del pago de cualquier importe facturado.