PRORROGA No 2 y ADICIÓN No. 1 AL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO N° 069/2019, SUSCRITO ENTRE LA ALIANZA SOCIETARIA Y DE DESARROLLO EMPRESARIAL DE BOYACÁ – ASDETBOY Y LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA – UPTC.
XXXXXXXX Xx 0 x XXXXXXX Xx. 0 XX XXXXXXXX INTERADMINISTRATIVO N° 069/2019, SUSCRITO ENTRE LA ALIANZA SOCIETARIA Y DE DESARROLLO EMPRESARIAL DE BOYACÁ – ASDETBOY Y LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA – UPTC.
Entre los suscritos a saber, por una parte, XXXXX XXXXXX XXXXXXX, identificado con cedula de ciudadanía No 7.214.337 de Duitama, actuando en su calidad de Rector y Representante Legal de la UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA – UPTC;
nombrado mediante Acuerdo No 088 de 2018, expedido por el Consejo Superior de la UPTC, actuando en nombre y representación de la UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA – UPTC; ente universitario autónomo del orden nacional con personería jurídica NIT 891.800.330-1 y régimen especial vinculado al Ministerio de Educación Nacional de Colombia, creada mediante Decreto 2655 de 1953, debidamente autorizado para este acto por la Ley 30 de 1992, Acuerdo 074 de 2010, de conformidad con lo contenido en el literal c del artículo 22 del Acuerdo 066 de 2005 y la Resolución 5016 de 2016 y demás disposiciones aplicables del acuerdo con su régimen especial, con sede principal en la ciudad de Tunja en la Xxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxx 00-000 y seccionales en las ciudades de Duitama, Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx y Yopal, quien en adelante se denominara UPTC y de otra parte, la ALIANZA SOCIETARIA Y DE DESARROLLO EMPRESARIAL DE BOYACÁ - ASDETBOY S.A.S con
NIT 901.285.377-2 representada legalmente por el señor XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, identificado con cedula de ciudadanía No 74.301.757 de Santa Xxxx xx Xxxxxxx, debidamente autorizado para la suscripción de contratos y convenios, quien para los efectos del presente se denominara ASDETBOY, hemos acordado celebrar una Xxxxxxxx Xx. 0 x Xxxxxxx Xx. 0 xx convenio específico interadministrativo N° 069/2019, previas las siguientes consideraciones: 1). Que el día 27 de diciembre de 2019, fue suscrito entre las partes CONVENIO INTERADMINISTRATIVO N° 069/2019, SUSCRITO ENTRE LA ALIANZA SOCIETARIA Y DE DESARROLLO EMPRESARIAL DE BOYACÁ – ASDETBOY Y LA UNIVERSIDAD
PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA – UPTC, entre las partes. 2). Que el día 29 de enero de 2020, fue suscrita acta de inicio del convenio interadministrativo N° 069 de 2019 y en fecha 30 de enero de 2020 se realizó modificatorio N° 1. Con el fin de modificar la Cláusula Quinta del convenio “PLAZO DE EJECUCIÓN”. 3). Que conforme al decreto Presidencial 417 del 17 xx xxxxx de 2020 se declara estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, en todo el Territorio Nacional y el Decreto 457 de 2020 expedido por Gobierno Nacional por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19 y el mantenimiento del orden público, se ordena el aislamiento preventivo obligatorio hasta el día 13 xx xxxxx de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19; dando como origen la suscrición de suspensión No. 01 del Convenio Interadministrativo 069/2019. 4). Que según con los Decretos 531 del 08 xx xxxxx de 2020 y 593 del 24 xx xxxxx 2020 se extiende las medias del aislamiento preventivo obligatorio; con ello, las causas que dieron origen a la suspensión No. 01 no cesaron, por lo que se acordó entre las partes mantener la suspensión del Convenio 069 de 2019. La Circular Conjunta 001 de 2020 del Ministerio De Vivienda, Ciudad Y Territorio, Ministerio De Salud Y Protección Social Y Ministerio Del Trabajo se dan las “Orientaciones Sobre Medidas Preventivas Y De Mitigación Para Reducir La Exposición Y Contagio Por Infección Respiratoria Aguda Causada Por El Sars- Cov-2 (Covid-19)”, por consiguiente se acordó dar el reinicio del Convenio 069 de 2019 una vez
se realizara la implementación del Plan de Aplicación del Protocolo Sanitario para la Obra (PAPSO) del CRU y este fuese aprobado por las autoridades competentes para dar reinicio a las actividades de obra. 5). Que el día 01 xx xxxxx del 2020, se reactivó de común acuerdo entre las partes el convenio interadministrativo N° 069 de 2019 y en fecha diez (10) de julio de 2020 fue suscrita Prorroga 1 al mismo en una “…duración de CUARENTA Y SEIS (46) DIAS CALENDARIO, contados a partir del vencimiento del termino inicial. PARÁGRAFO. El término prorrogado no supera el 100% del plazo inicialmente acordado (Articulo 5 Acuerdo 064 de 2019)…”, en razón a las modificaciones realizadas en el cronograma de la obra, que hicieron que las actividades contempladas en el objeto no hayan sido desarrolladas en su totalidad, modificaciones estas generadas como consecuencia de la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19 y que impidieron la ejecución de labores en obra, desde el 19 xx xxxxx de 2020 hasta el 31 xx xxxx de 2020. 6). El 25 xx xxxxxx de 2020 se suscribió acta de la suspensión N° 2 del convenio, debido a que se realizó la suspensión de actividades en el proyecto de construcción del Centro Regional Universitario - CRU de la Seccional Duitama de la UPTC, en cumplimiento con las medidas y procedimientos establecidos en el PROTOCOLO DE BIOSEGURIDAD - MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN PARA REDUCIR LA EXPOSICIÓN Y CONTAGIO POR INFECCIÓN RESPIRATORIA AGUDA CAUSADA POR EL
CORONAVIRUS COVID-19 CRU con reinicio en fecha cuatro (4) de septiembre en razón a que fueron superadas las causas que dieron origen a la suspensión. 7). Mediante comunicación de fecha tres (3) de septiembre de 2020 el supervisor del Convenio 069 de 2019, el arquitecto XXXXXX XXXXXX XXXXXXX con asunto Solicitud de adición N° 1 y prórroga N° 2, manifiesta luego de hacer la trazabilidad del Contrato lo siguiente: (…) sí las cosas y en relación con lo anteriormente expuesto, las actividades realizadas con maquinaria llevan un avance del 70% de la cantidad real por ejecutar, las cuales, incluyen la conformación de la base del contrapiso del edificio con un área de 4850 m2 aproximadamente y la conformación de la vía con 5168 m2 aproximadamente. Las cantidades adicionales para la vía se calculan de acuerdo al diseño establecido para el pavimento. (…) e) Se determinan las cantidades de material para la construcción de la vía, donde el espesor de la capa de mejoramiento de la subrasante (recebo) es de 35 cm como mínimo, el espesor de la capa de subbase granular es de 20 cm, el espesor de la capa granular es de 15 cm, el espesor de la capa de arena es de 3 cm y el espesor de la capa de adoquín en mampostería de 8 cm. De acuerdo a lo anterior, para la finalización de las actividades contempladas en el objeto del convenio, se requiere realizar adición y prorroga al convenio, de acuerdo a la presente relación:
CLAUSULA PRIMERA. DURACIÓN DE LA PRORROGA. La presente PRORROGA No. 02
tendrá una duración de CUARENTA Y SEIS (46) DIAS CALENDARIO, contados a partir del vencimiento del termino inicial. PARÁGRAFO. El término prorrogado, sumado a la prorroga 1 no supera el 100% del plazo inicialmente acordado. CLAUSULA SEGUNDA. ADICÍON. La presente ADICIÓN No. 01 será por valor de CIENTO CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTITRES PESOS ($ 104.974.823.00) MCTE,
valor conforme al cuadro adjunto a la presente (anexo 1), tomando en cuenta el valor de la hora
f) Se proyecta modificación de las cantidades de maquinaria para extender y compactar material seleccionado de la excavación, recebo, subbase granular y base granular del presente contrato, para la conformación de la vía, en relación con las cantidades que faltan por ejecutar, se hace el balance y se define el valor adicional, el cual, es de CIENTO CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTI TRES PESOS M/CTE ($104.974.823) (…) 12. Actualmente, el convenio tiene un porcentaje de avance en la ejecución de las actividades contratadas, de aproximadamente el 70 %. Se realizó el primer pago parcial por la suma de SESENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL CUATRO PESOS ($ 67.715.004) M/LEGAL, correspondiente al 30 % del valor total del convenio, previo cumplimiento de condiciones establecidas “una vez la maquinaria se encuentre en el terreno y operando, previa verificación del supervisor”. Actualmente se encuentra en trámite la revisión de los documentos para el trámite de segundo pago parcial, con el cual se cancelaria un 40 % adicional a lo ya pagado. Es decir, la suma de NOVENTA MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS ($ 90.286.672.00) M/LEGAL. Teniendo en cuenta lo mencionado anteriormente, la supervisión del convenio avala la necesidad de realizar adición y prórroga para el convenio N° 069 de 2019 y en concordancia con ello se extiende la solicitud para que amablemente se adelanten las acciones pertinentes para realizar la adición por un valor de CIENTO CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTITRES PESOS ($ 104.974.823.00) MCTE y prórroga al plazo de ejecución contractual, por un periodo igual a cuarenta y seis (46) días calendario(…). 8). Que el día 24 xx xxxxxx del 2020, fue recibido por parte del Representante Legal de ASCETBOY, oficio en la cual solicita: “… Por medio del presente, me permito informar que, de acuerdo a lo expuesto en documento “CONCEPTO TECNICO DEL PROFESIONAL ESPECIALIZADO UPTC PARA SOLICITAR ADICION Y PRORROGA DEL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO N° 069 DE 2019”, acepto las condiciones para que se adelante la adición para el convenio de referencia, por un valor de CIENTO CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTITRES PESOS ($ 104.974.823.00) MCTE y la prórroga para el mismo, por un periodo de cuarenta y seis (46) días calendario, para dar continuidad a las actividades contratadas, de acuerdo a las siguientes cantidades adicionales (…) Para ello, se mantienen los valores unitarios y demás condiciones pactadas inicialmente”. 9). A la fecha el convenio interadministrativo N° 069/2019, se encuentra vigente. 10). Que el Articulo 5 del Acuerdo 064 de 2019 autoriza: “…la celebración de contratos adicionales sobre el valor o el plazo del contrato inicial, sin que el mismo supere el 50% del valor inicial y el 100% del plazo inicialmente acordado”. 11). Que teniendo en cuenta la necesidad del servicio y el cumplimiento de los requisitos hemos acordado PRORROGAR Y ADICIONAR el convenio interadministrativo N° 069/2019 suscrito por la UPTC y ASDETBOY. Por lo anterior se suscribe la PRORROGA N° 1 con base en las siguientes cláusulas:
por maquinaria y manteniendo los previos unitarios del Convenio 069 de 2019 PARÁGRAFO. Valor adicionado conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1925 de 4 de septiembre de 2020 del Convenio 069 de 2019 el cual se encuentra registrado en sistema Goobi Uptc como Convenio 2 de 2019. CLAUSULA TERCERA: GARANTÍA ÚNICA: El contratista se obliga a ampliar las garantías requeridas en el contrato inicial a favor de entidades estatales, adicionándolas proporcionalmente, respecto de los riesgos amparados inicialmente y de las garantías exigidas en el contrato principal. CLAUSULA CUARTA: VIGENCIA DE LAS ESTIPULACIONES: Todas las cláusulas y estipulaciones contractuales del contrato principal, y sus ediciones anteriores no modificadas por el presente acuerdo, permanecen vigentes y su exigibilidad permanece. CLAUSULA QUINTA: PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN. La presente Prórroga y adición del contrato se entenderá perfeccionada con la firma de las partes, y además el cumplimiento de las siguientes obligaciones por parte del CONTRATISTA: 1. Presentar a la Universidad la ampliación de las garantías, y seguros de que trata este contrato, las cuales deberán ser debidamente aprobadas por la Institución. 2. Para efectos de Publicación este será publicado en el link de Contratación de la UPTC y en el SECOP. Para constancia se firma a los Cuatro (4) días del mes septiembre de dos mil veinte (2020).
LA UNIVERSIDAD
XXXXX XXXXXX XXXXXXX
Rector Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia
EL CONTRATISTA
ALIANZA SOCIETARIA Y DE DESARROLLO EMPRESARIAL DE BOYACÁ ASDETBOY
S.A.S NIT 901.285.377-2 - Representante Legal XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
Reviso: Dirección Jurídica Reviso Xx. Xxxxxx Xxxxxxx
Reviso: Xxxxxx Xxxxxxx / Supervisor
ANEXO No. 1
PRORROGA No 2 y ADICIÓN No. 1 AL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO N° 069/2019, SUSCRITO ENTRE LA ALIANZA SOCIETARIA Y DE DESARROLLO EMPRESARIAL DE BOYACÁ – ASDETBOY Y LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA – UPTC.