Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACION, MANTENIMIENTO, REPARACION Y REVISIONES PERIODICAS DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PUBLICO EXTERIOR, LAS INSTALACIONES ELECTRICAS EN EDIFICIOS Y LOS ALUMBRADOS DE FIESTAS Y ACTOS OFICIALES EN EL TERMINO MUNICIPAL DE GRADO.
Contenido
ARTICULO 1.- EXTENSION DE LA PRESTACION DEL SERVICIO 2
ARTICULO 2. AMBITO TERRITORIAL 3
ARTICULO 3. ELABORACIÓN BASE DE DATOS 4
ARTICULO 4. MODIFICACION DE LAS INSTALACIONES 5
ARTICULO 5. INSPECCIONES 6
ARTICULO 9: INSTALACIONES EN FIESTAS MUNICIPALES 15
ARTICULO 10. CONTROL DE ENCENDIDOS-APAGADOS Y ARRANQUES- PARADAS 16
ARTICULO 11. ADMINISTRACION DEL SERVICIO 17
ARTICULO 12. SERVICIO XX XXXXXXX 17
ARTICULO 13. MEDIOS MATERIALES GENERALES 18
ARTICULO 14. MEDIOS DE TRANSPORTE Y ELEVACION 19
ARTICULO 15. OFICINAS, LOCALES Y ALMACENES 19
ARTICULO 16. ASISTENCIA TECNICA EN ACTOS DEPORTIVOS Y CULTURALES 20
ARTICULO 17. CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATO 20
ARTICULO 18. PRESUPUESTO TOTAL ANUAL DE OPERACIONES BÁSICAS DE MANTENIMIENTO 21
ANEXO : UBICACIÓN DE LAS LUMINARIAS
ARTICULO 1.- EXTENSION DE LA PRESTACION DEL SERVICIO.
El objeto del presente pliego de cláusulas técnicas es la adjudicación del contrato de prestación de servicio de CONSERVACION, MANTENIMIENTO, REPARACION y REVISIONES PERIODICAS DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO EXTERIOR, LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN EDIFICIOS MUNICIPALES, Y LOS ALUMBRADOS DE FIESTAS Y ACTOS OFICIALES, EN EL
TERMINO MUNICIPAL DE GRADO, que se detallan en este Pliego, con arreglo a las condiciones que en el mismo se estipulan.
Los fines principales de esta prestación son:
□ Asegurar la continuidad del funcionamiento del alumbrado exterior y de las instalaciones de los edificios y dependencias municipales, previendo posibles averías y realizando, en su caso, trabajos, controles, reparaciones, sustituciones, mejoras, modificaciones, etc., necesarias para el mantenimiento del nivel técnico de los equipos, así como de la calidad de los mismos, minimizando los posibles peligros que puedan ocasionar a personas o cosas.
□ El mantenimiento de las instalaciones eléctricas y de alumbrado en edificios y dependencias municipales dependientes del propio Ayuntamiento, de acuerdo con los criterios y condiciones que se señalan en el capítulo correspondiente.
□ La conservación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas de alumbrado a partir de las acometidas efectuadas a la red de la Compañía Suministradora de Energía.
□ La conservación y mantenimiento de los centros de mando de las instalaciones, incluyendo la regulación de los controles fotoeléctricos, interruptores horarios, etc., así como la comprobación del encendido y apagado de las instalaciones.
□ La reposición casual de las lámparas, cualquiera que sea la causa que motive su avería.
□ La conservación y mantenimiento de báculos, columnas y brazos de todo tipo de soportes de alumbrado.
□ La conservación y mantenimiento de los sistemas ópticos de las instalaciones.
□ La conservación de aparatos de alumbrado, equipos, lámparas, cableado y cajas de derivación y conexión.
□ La verificación y comprobación del estado de las instalaciones a fin de prevenir averías.
□ La reparación de averías en las conducciones y canalizaciones cualquiera que sea su causa, incluyendo las obras de apertura y reposición del pavimento.
□ La reposición y reparación de arquetas y tapas metálicas de la red de alumbrado.
□ La realización de las modificaciones y mejoras de las instalaciones que indiquen los Servicios Técnicos Municipales de acuerdo con las instrucciones que fijen en cada caso y a los precios contractuales o a aquellos que se establezcan contradictoriamente.
□ La ejecución de las operaciones que se determinen de limpieza de luminarias, reposición de lámparas y pintura de soportes.
□ Encendido y apagado del funcionamiento de las fuentes públicas y del alumbrado ornamental, así como las reparaciones de las averías producidas en lo referente a iluminación, cualquiera que fuese su causa.
□ Asistencia técnica en festejos y en actos deportivos y culturales organizados o promovidos por el Ilmo. Ayuntamiento de Grado
□ Administración del servicio de conservación de alumbrado: adquisición y almacenamiento de datos, tratamiento estadístico de los mismos y obtención de conclusiones.
□ Asistencia técnica para legalización de instalaciones ante los organismos competentes, de las instalaciones que carezcan de ella o la antigüedad de la misma lo haga preciso, incluyendo en su caso la redacción de proyectos.
ARTICULO 2. AMBITO TERRITORIAL.
El presente contrato incluye el mantenimiento de todas las instalaciones de edificios municipales, y las de alumbrado exterior, viario, alumbrado ornamental y alumbrado xx xxxxxxx públicas, tanto existentes como las que en un futuro se instalen en el Término
Municipal de Grado y cuyo funcionamiento deba ser gestionado por el Ilmo. Ayuntamiento.
-INSTALACIONES ACTUALES.
Las instalaciones actuales existentes deberán ser aceptadas por el Contratista que se hará cargo de las mismas en las condiciones actuales de cada uno de sus elementos. Esta aceptación le obliga a mantener y reparar los elementos de todo tipo instalado, sin que puedan ser sustituidos por otros, salvo previa autorización municipal, la cual deberá ser solicitada de forma razonada por escrito.
-INSTALACIONES FUTURAS.
El Contratista se hará cargo de todas las instalaciones de alumbrado exterior que en el futuro realice el Ayuntamiento o que reciba de terceros, debiéndolas mantener según el programa determinado. El Contratista podrá examinar las instalaciones y la documentación aprobada al respecto y en el plazo de quince días, comunicará al Servicio Municipal los reparos o anomalías que detecte en su inspección.
ARTICULO 3. ELABORACIÓN BASE DE DATOS
En el plazo de seis meses a contar desde el inicio de la prestación del servicio, el Contratista presentará una aplicación informática de gestión con una base de datos, en la que se puedan volcar todos los datos que se han mencionado en los distintos apartados que integran este Pliego.
En cumplimiento de la obligación contractual de Administración del Servicio por parte del Contratista, habrá de volcarse la información que se cita, con la periodicidad que se indica a continuación:
Diariamente:
- Incidencias detectadas durante las inspecciones.
- Averías.
- Vandalismos, desmontajes, retranqueos, etc., Mensualmente:
- Actualización del inventario de puntos de luz, partiendo del existente, y siendo actualizado de acuerdo con la información que el Servicio proporcione de incorporación de puntos de luz a Conservación.
- Resultado de las inspecciones de niveles de iluminación. Trimestralmente:
- Inspecciones realizadas en centros de mando.
- Programas de reposición de lámparas, limpieza y pintura.
Así mismo, el contratista queda obligado a llevar un inventario detallado de todo el material de alumbrado público instalado, de cuya conservación y mantenimiento se ha hecho cargo, en el sistema de información Geográfica que proponga junto con su oferta, quedando obligado a proporcionar, en cualquier momento, una copia de la información cartográfica y alfanumérica en formato compatible con los sistemas del Ayuntamiento, y en todo caso, en el plazo de seis meses contados a partir de la fecha de comienzo de los trabajos de conservación.
La información alfanumérica comprendida en las Bases de Datos se complementará con información gráfica sobre la cartografía digital de las instalaciones, utilizando aplicaciones informáticas adecuadas.
La información contenida en estos archivos gráficos, por estar unida a la información alfanumérica contenida en las Bases de Datos, deberá ser actualizada de manera conjunta.
ARTICULO 4. MODIFICACION DE LAS INSTALACIONES
- ADECUACION DE INSTALACIONES A LA NORMATIVA VIGENTE Y NORMALIZACION DE CENTROS DE MANDO.
El Contratista estará obligado a notificar al Servicio la existencia de instalaciones que se encuentren fuera de Normativa por razones históricas o en las que la potencia instalada supere a la potencia contratada con la Compañía Suministradora de Energía, en el plazo de seis meses desde el inicio de la prestación del Servicio. En ese mismo plazo presentará, la propuesta, estudios y proyectos técnicos necesarios para que dichas instalaciones se adecuen por completo a la normativa vigente.
Para conseguir el objetivo anterior se realizará una programación, de acuerdo con las indicaciones facilitadas por el Servicio de Conservación, de manera que en el tiempo que se considere oportuno se haya regularizado la totalidad de las instalaciones que a la fecha se pudieran encontrar en dicha situación.
El Contratista estará obligado a realizar las obras, modificaciones y traslado de elementos que le indique el Servicio, para adecuar las instalaciones existentes a las nuevas exigencias, consecuencia de obras en la vía pública, cambios en las características de las vías, usos de los edificios, etc.
Igualmente, el Contratista estará obligado a realizar, cuando así lo indique el Servicio, las modificaciones provisionales o definitivas de las instalaciones que exijan las obras, municipales o no, adecuando su realización a las necesidades de las mismas.
- ADECUACION DE FUTURAS INSTALACIONES
Corresponderá al Contratista la legalización ante los Servicios Territoriales de Industria de todas aquellas instalaciones en las que con motivo de incorporaciones de puntos de luz, independientes de su primera instalación, la potencia contratada fuera inferior a la potencia instalada.
ARTICULO 5. INSPECCIONES
La prestación del servicio comprende un conjunto de operaciones básicas que deberán ser ejecutadas de forma continuada y debidamente coordinadas, a fin de mantener a las instalaciones en continuo funcionamiento y que al mismo tiempo deberán permitirnos localizar situaciones incorrectas en el estado de las instalaciones, procediéndose a subsanarlas y tratando al mismo tiempo de prevenirlas mediante la comprobación periódica de todos y cada uno de los elementos que la componen.
Estas operaciones se dividen en inspecciones, verificaciones, reparaciones, comprobaciones y reposiciones.
Estas operaciones tienen por objeto mantener los elementos estructurales, impidiendo un envejecimiento prematuro de los mismos y de forma explícita comprenden:
• Inspección visual de los elementos del alumbrado.
• Inspección de Centros de Mando.
• Inspección de lámparas en servicio.
• Verificación de las características eléctricas de las instalaciones.
• Lecturas periódicas de equipos de medida.
• Reparación de xxxxxxx.
• Reposición de lámparas y elementos auxiliares fundidos, rotos o agotados.
• Reposición de soportes y columnas.
• Mantenimiento de una oficina, almacenes, acopio de materiales y servicios xx xxxxxxx permanente.
El Contratista efectuará las inspecciones que se indican en los capítulos siguientes, reflejando el resultado en la Base de Datos de Incidencias, a fin de descubrir estados y situaciones que puedan ocasionar deficiencias en la prestación del servicio, reducciones en la vida económica de las instalaciones, averías o depreciaciones en los equipos utilizados, y accidentes a personas o cosas.
Estas inspecciones permitirán controlar el comportamiento de los materiales para racionalizar su elección, y también reducir al mínimo la realización de operaciones no programadas, como consecuencia de averías o fallos imprevistos.
El Contratista será el único responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar las medidas adecuadas para que sus inspectores realicen su misión a entera satisfacción.
-INSPECCIONES VISUALES DIURNAS.
Durante la inspección diurna se comprobará el estado y colocación de los soportes, luminarias, y en general, el de todos los elementos o equipos visibles de las instalaciones de alumbrado, reposiciones de pavimentos que afecten a soportes, espesor y estado de la capa de pintura de los elementos metálicos, conexiones en soportes y sobre fachada, etc., facilitando en los partes correspondientes, los datos necesarios para que los Servicios Técnicos Municipales puedan arbitrar las medidas convenientes.
Las anomalías detectadas se registrarán en la Base de Datos de Incidencias, junto con las indicaciones para subsanar los defectos detectados y aquellos trabajos cuya finalización haya sido pospuesta debido a imponderables.
Se realizará la planificación de las inspecciones diurnas para que se realicen en todo el concejo, con una frecuencia trimestral.
- INSPECCION DE CENTROS DE MANDO Y PROTECCION.
El Contratista inspeccionará trimestralmente la puesta a punto de los centros de mando de las instalaciones que conserva, comprendiendo esta conservación preventiva la verificación de las células, relojes, medición del consumo energético, cuando existan contadores, aparatos de medida de protección, armarios, puesta a tierra y demás elementos necesarios que para el adecuado funcionamiento de las instalaciones comprende el centro de mando. Se realizará la limpieza de los mismos y repaso de la pintura y estado general de los elementos metálicos, poniendo especial cuidado en el aspecto de los armarios montados en el exterior.
Este equipo de trabajo dispondrá para su desplazamiento durante la jornada laboral, de una furgoneta de reducido tamaño, así como medidor de aislamiento, otro de resistencia de tierras, un comprobador y un medidor de tensiones de defecto. Las características de estos aparatos de medida se indican más adelante.
Dispondrá también de un grupo electrógeno para los trabajos que exigieran su concurso.
Revisión eléctrica:
Todas las partes del centro de mando se inspeccionarán, comprobarán y pondrán a punto de acuerdo con los programas trimestrales que se establezcan, los cuales responderán a la buena práctica de la conservación preventiva usual, y en cuanto a las medidas de las protecciones, se atendrán a lo establecido en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.
En cuanto a los contactores, por ser de los componentes más importantes y complejos de los centros de mando, se les hará una inspección general, reponiendo, apretando, reemplazando herrajes, pivotes, pasadores, muelles, contactos y demás partes metálicas. Se comprobará la caja protectora y, en su caso, se repasará o sustituirá. Se retirarán el óxido y cordones de los contactos y después de limpios se alinearán. Se repasarán o sustituirán las conexiones o conductores descoloridos y se revisará y comprobará que existe buena continuidad eléctrica. Si parte de los materiales aislantes están carbonizados, rajados o rotos, se sustituirán. Se comprobará el estado
de los componentes del circuito magnético, especialmente la bobina, haciendo funcionar y accionar la armadura manualmente para observar si existe alguna interferencia o fricción. Se accionará el contactor eléctricamente, sin carga, y se comprobará su adecuado funcionamiento. Se comprobará el aislamiento entre fases y a tierra y la puesta a tierra.
Limpieza:
Todas las partes eléctricas del cuadro se limpiarán químicamente con disolventes no tóxicos de constante dieléctrica superior a 15.000 v. Esta limpieza se realizará con pistola de aire comprimido hasta que las superficies queden exentas de grasa y suciedad. Terminada esta operación, se evaporará la solución con aire a presión.
Una vez limpios todos los componentes del cuadro, se aplicará mediante aerosol una ligera capa de hidrófugo que no sea tóxico, no queme, no seque, no endurezca, y cuya constante dieléctrica no sea inferior a 1.500 v.
Las partes metálicas del cuadro se limpiarán químicamente mediante un producto no inflamable, no tóxico, incombustible, con inhibidor de óxido y soluble en agua, se efectuará esta limpieza con trapo o esponja, frotando suavemente las superficies y procediendo posteriormente a secarlas con un trapo suave y limpio.
Las envolventes realizadas en material plástico se limpiarán químicamente con un producto que no altere las características del poliéster, volviéndolo mate o reduciendo su resistencia estructural fragilizándolo.
Otros trabajos:
Se limpiarán y engrasarán las cerraduras y bisagras de las puertas, de manera que se asegure su funcionamiento suave. Se comprobará el estado de las puertas, realizando, si es necesario, su ajuste, con objeto de situarlas en su posición correcta, reparándose los defectos encontrados, tales como abolladuras, óxidos, roturas, etc. En caso de ser necesaria la sustitución de la cerradura, se instalará una del tipo unificado por el Servicio.
Se comprobará el estado de la pintura, reparando defectos como discontinuidad, decoloración, desconchamiento, arrugas, etc., empleando pinturas que deberán ser previamente aprobadas por el Servicio.
En caso que la inspección refleje defectos que no puedan ser solucionados por el equipo que la realice, o fuese necesario proceder a la pintura completa de la envolvente, se hará constar expresamente, con objeto de proceder a su solución tan pronto como sea posible.
El resultado de las inspecciones realizadas se incorporará a la Base de Datos de Incidencias, con constancia expresa de las operaciones realizadas y resultado de las mediciones obtenidas.
- INSPECCIONES DE ENCENDIDOS Y APAGADOS Y DEL FUNCIONAMIENTO NOCTURNO.
La comprobación diaria de la puesta en marcha de las instalaciones xxx xxxxx urbano será efectuada durante un tiempo máximo de dos horas, contadas desde la programada oficialmente.
Durante la inspección nocturna se revisaran, fundamentalmente, las lámparas que han quedado fuera de servicio.
Para evitar que algunas instalaciones queden sin visualizar, los recorridos diarios se programarán para que en un periodo mínimo de tiempo, todas las instalaciones sean comprobadas.
- INSPECCION Y CONSERVACION ESPECÍFICA DE LUMINARIAS Y SOPORTES
La inspección de luminarias para las instalaciones de Alumbrado viario y ornamental se hará coincidir con el programa de reposición de lámparas, salvo que haya previsto un programa de reposición masiva en instalaciones concretas, en cuyo caso se realizará en el momento de la reposición.
Para la realización de las labores de inspección y conservación de luminarias, los equipos irán provistos de vehículos con plataforma hidráulica con cesta capaz de elevar al personal hasta la altura necesaria. Este vehículo contará con un grupo electrógeno para la realización de los trabajos que requieran su utilización, disponiendo el equipo de un medidor de aislamiento e instrumental adecuado para comprobar la inclinación de la luminaria y por tanto colocarla con la inclinación adecuada.
La revisión y limpieza de los componentes eléctricos se realizará empleando los mismos productos que se especifican en el apartado correspondiente a los centros de mando.
En cuanto a las conexiones en los soportes, junto con la inspección, se hará la limpieza y puesta a punto de los cuadros o cajas de conexión situados en báculos, luminarias y postes, por un Oficial Electricista.
Se comprobará el estado de las puertas de todos los soportes, reponiendo o sustituyendo aquellos componentes que estén deteriorados, repasando pequeños defectos de pintura que puedan existir y asegurándose de que quede perfectamente cerrado el hueco de acceso a la caja o placa de fusibles.
Por lo que a las conexiones sobre fachada se refiere, el cometido de esta inspección es revisar, comprobar y poner a punto los componentes eléctricos y constructivos de las luminarias situadas sobre el brazo mural, las correspondientes cajas de derivación y los conductores entre ambos, lo que exigirá comprobar y poner a punto conexiones, sujeciones, y en su caso, reemplazarlos si su aislamiento o estado fuese ruinoso.
-INSPECCION DE LOS NIVELES DE ILUMINACION.
Se efectuarán las mediciones del nivel de iluminación que programe el Servicio, mediante luxómetro registrador montado sobre un equipo adecuado, de modo especial sobre las instalaciones donde se apliquen sistemas de trabajo programados.
El resultado arrojado por las mediciones realizadas se procesará, elaborando informes de las zonas verificadas, en los que se hará constar la medición puntual obtenida, integración de puntos al objeto de obtener la media de los valores obtenidos y registro de dichos valores medios en la Base de Datos de Iluminancias obtenidas.
- INSPECCION DE TRABAJOS NO ELECTRICOS.
Con objeto de minimizar la incidencia que las obras de canalización de infraestructuras o reurbanización, puedan producir sobre las instalaciones en conservación, se realizará la inspección de los trabajos que se realicen en la vía pública, en las inmediaciones de las mismas, tanto al nivel del suelo como del subsuelo. El Ayuntamiento facilitará, en lo medida de lo posible, los datos que permitan advertir e identificar las obras que se van a realizar. De cualquier forma, el Contratista está obligado a reparar inmediatamente las averías que se causen en cuanto se detecten, si bien queda facultado para reclamar los daños al causante de los mismos por el medio que estime más conveniente.
Durante estas inspecciones se realizará la toma de razón de los trabajos detectados, con indicación expresa de la Empresa que los realice, así como fecha y hora de la inspección, todos estos datos serán volcados en la Base de Datos de Incidencias.
ARTICULO 6. MANTENIMIENTO
-CLASIFICACION DE LOS TRABAJOS DE CONSERVACION
Los trabajos de conservación a realizar sobre las instalaciones se clasifican en Operaciones Básicas Fijas y Otras Operaciones.
Por Operaciones Básicas Fijas se entenderán todos aquellos trabajos de la labor cotidiana administrativa, de accionamiento, vigilancia, conservación de las instalaciones, así como la reposición de material eléctrico, cambio de soportes deteriorados y lámparas fuera de servicio, no se contemplan, nuevas instalaciones masivas de lámparas ni trabajos extraordinarios.
Por Otras Operaciones se entenderán las concernientes a nuevas instalaciones masivas de lámparas, ejecución de nuevas instalaciones, reparación por daños vandálicos y otros imprevistos.
- MANTENIMIENTO GLOBAL Y REVISIONES PERIÓDICAS DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES
El contrato que se establezca en base a estas especificaciones tiene por objeto: la revisión y el mantenimiento global de la instalación eléctrica de la que están dotados los edificios municipales, con el objeto de conservarlas en perfecto estado de funcionamiento y conservación, y especialmente adaptadas al Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión aprobado por el Real Decreto 842/2002, de 2 Agosto.
Las instalaciones eléctricas de los edificios municipales objeto del servicio incluyen:
- Los equipos de medida y acometidas eléctricas hasta la caja general de protección, incluida esta.
- Los cuadros de mando y todos los elementos que forman parte de los mismos o participan en su funcionamiento desde la acometida de Compañía hasta las salidas de líneas de suministro eléctrico.
- Todas las líneas y cables que parten de los cuadros de mando así como los empalmes, conexiones y regletas que los acompañen.
- Los dispositivos eléctricos y electrónicos instalados en los cuadros de mando, destinados a proteger, controlar y regular las instalaciones, o modificar el suministro de corriente.
- Todos los receptores de alumbrado normal y de emergencia, incluidos equipos eléctricos auxiliares (arrancadores, condensadores, reactancias, pilas, etc) que participan en el encendido de las lámparas, así como todas las lámparas, tubos fluorescentes, etc.
- Los interruptores, conmutadores, tomas de corriente, timbres, pulsadores y todo tipo de mecanismos instalados tanto en superficie como empotrados.
- Las lámparas.
- Los puntos de luz exteriores y xx xxxxxxxx.
- Las tomas de tierra.
- Los soportes, y columnas (incluyendo sus portezuelas), así como los soportes murales.
Se consideran incluidas dentro del cómputo del mantenimiento global de las instalaciones de los edificios municipales, los trabajos necesarios para nuevas pequeñas instalaciones (bases de enchufe, puntos de luz, luminarias de emergencia, etc.) cuyo incremento en número, no supere el 5% del total de mecanismos existentes en dicho edificio.
- REPARACION DE AVERIAS.
El Contratista estará obligado a la localización y reparación de todas las averías de cualquier tipo que se produzcan en las instalaciones, independientemente de las causas de las mismas.
Los componentes o equipos de las instalaciones que sea necesario reponer, se sustituirán por otros iguales a los retirados, o por otros que satisfagan las exigencias de los normalizados por el Servicio, para las instalaciones objeto de este Pliego de Condiciones. En ningún caso se permitirá un deterioro en la calidad de las instalaciones primitivas.
No obstante, el Contratista consultará con el Servicio, en el caso de que los materiales que fuere preciso reemplazar, tuvieran una calidad inferior a la admitida, su utilización no alcance la economía mínima, sus elementos visibles no armonicen con las características de su entorno o su tiempo de servicio fuera superior a veinte años, y satisfagan las condiciones mínimas requeridas.
Serán por cuenta del Contratista todos los trabajos de apertura de zanjas y calles, incluida la reposición de pavimento a cuyo fin se le extenderá el correspondiente permiso de obras por el Servicio de Alumbrado.
El Contratista vendrá obligado a señalizar la vía pública de acuerdo con las Ordenanzas y Reglamento en vigor, o con las instrucciones que reciba, siendo de su exclusiva responsabilidad los daños y perjuicios que puedan derivarse por incumplimiento de esta obligación.
Transcurridas veinticuatro horas del parte de inspección que detecte una avería, deberán comunicarse al Servicio de Alumbrado las causas de la misma, debiendo
pasar cuarenta y ocho horas, como máximo, para su reparación. Si la avería afecta a más de tres puntos de luz, el plazo de reparación será de cuarenta y ocho horas desde la detención, y si la avería afecta a diez puntos, el plazo se reducirá a veinticuatro horas, y si supone un riesgo de accidente, el plazo se reducirá a doce horas.
Si la avería afectara a más de tres puntos de luz consecutivos, y con un tiempo de reparación previsto de más de tres noches, el Contratista estará obligado a realizar una instalación provisional que permita al menos una restitución del 50 % de la iluminación habitual.
En general las averías deberán ser reparadas en un plazo inferior a 24 horas, y las que afecten a los centros de mando de las instalaciones, de manera inmediata.
En el caso de que no sea factible cumplir estos plazos, el Contratista lo comunicará al Ayuntamiento y si éste estima válida la justificación, conjuntamente, se fijará un nuevo plazo.
Aparte de la reparación de las averías que entrañan deficiencias en el funcionamiento de las instalaciones, el Contratista vendrá obligado a realizar todos aquellos trabajos de adecuación y puesta a punto que sean necesarios, de acuerdo con las anomalías observadas en las inspecciones, y que durante esta no se hayan podido corregir.
Los trabajos correspondientes a la corrección de las anomalías serán programados dentro de los trabajos diarios, aunque lógicamente, algunos de ellos tendrán carácter eventual en relación con el momento de su ejecución.
La Contrata procederá a las acciones que le corresponda en derecho para su reclamación ante terceros por su actuación directa o indirecta sobre las averías producidas en las instalaciones por accidentes, actos vandálicos, etc., dando cuenta y recabando del Ayuntamiento cuanta información precise para que éste pueda intervenir en apoyo del Contratista o a los efectos que considere oportunos.
Los retranqueos y modificaciones, tanto provisionales como definitivos de elementos de alumbrado exterior a petición de terceros, siempre que sean autorizados por el Ayuntamiento, se ejecutarán con cargo directo a aquellos, debiendo ser visado el correspondiente cargo por los Servicios de Alumbrado Municipales.
Todas las averías se registrarán en la Base de Datos de Incidencias.
Existirá un servicio telefónico xx xxxxxxx a lo largo de las 24 horas del día que reciba los avisos y reclamaciones, dotado de grabador de llamadas que le permita grabar el informe sobre la anomalía denunciada y de sistema de comunicación para poner en conocimiento del/los equipos xx xxxxxxx la deficiencia.
- REPOSICION CASUAL DE LAMPARAS Y OTROS TRABAJOS.
El reemplazamiento de las lámparas cuando queden fuera de servicio de forma casual, se efectuará por el Contratista a sus expensas, en un plazo inferior a las 48 horas contadas a partir del momento en que se produce la baja.
Las sustituciones casuales deberán realizarse con lámparas nuevas. La reposición casual de las lámparas en fuentes ornamentales, cuando estas se encuentren situadas bajo el agua, se efectuarán también con lámparas nuevas y se realizará cuando los Servicios de Infraestructuras del Excmo. Ayuntamiento haya vaciado la taza de forma suficiente para realizar la operación. Antes de proceder al llenado de la taza deberá
obtenerse el visto bueno de la inspección municipal, que comprobará el correcto funcionamiento de todas las lámparas instaladas.
Las demás operaciones casuales que sea preciso realizar, serán objeto de programas de actuación a corto plazo, en función de la importancia de la anomalía observada, fundamentalmente en todas aquellas que pueden afectar a la seguridad de las personas o las cosas.
La realización de todos los trabajos que exijan las operaciones casuales, deberá ser efectuada sin que se encuentre conectada, total o parcialmente la red de distribución de energía, salvo autorización expresa del Servicio.
Con respecto a la señalización y balizamiento en todas las obras que se realicen, se actuará de acuerdo con la Normativa Municipal correspondiente.
- CONSERVACION PREVENTIVA.
Con el objeto de no derrochar energía y de mantener las instalaciones de alumbrado exterior dentro de un nivel adecuado a las necesidades del Servicio y seguridad ciudadana, será preciso realizar una serie de operaciones que permitirán reducir a un mínimo las operaciones no programadas,(otras operaciones), disminuyendo los costos de conservación, y los niveles cualitativos de las instalaciones.
Las operaciones fundamentales a realizar serán las siguientes:
- Reposición de lámparas.
- Limpieza de luminarias.
- Pintura y numeración programada de soportes.
Los tipos y marcas de todos los elementos que se vayan a utilizar en estas operaciones deberán ser previamente aprobados por los Servicios Técnicos Municipales, por lo que el Contratista deberá ofrecer alternativas para el caso de que algún material fuera rechazado.
- REPOSICION DE LAMPARAS.
La reposición de lámparas se efectuará, de acuerdo con los programas de reposición que proponga el Contratista y sean aprobados por los Servicios Técnicos Municipales, los cuales se harán coincidir a fin de reducir costos con los programas de limpieza.
Previamente a la reposición de lámparas, se depositará en el Ayuntamiento una muestra con suficiente antelación a fin de que los Servicios Técnicos puedan realizar cuantas pruebas y ensayos estimen necesarios.
Cada vez que se realice un cambio masivo de lámparas en una calle, se efectuará una medición de la iluminancia a las cien horas de funcionamiento, con el fin de comprobar el resultado de la correspondiente reposición.
Asimismo, se considera que en la reposición, va incluida la limpieza completa de las luminarias correspondientes.
Se registrará la fecha de reposición de lámparas en la Base de Datos preparada a tal
efecto.
- LIMPIEZA DE LUMINARIAS.
La limpieza de luminarias se efectuará de forma programada, con una periodicidad trimestral, siempre de acuerdo con los programas y directrices que establezcan los Servicios Técnicos Municipales.
La limpieza de luminarias abarcará el interior y exterior de las mismas, con la metodología que el licitador defina en su oferta, el cual deberá garantizar que, tras la limpieza, podrá alcanzarse un rendimiento mínimo del 80 % inicial, lo que se comprobará efectuando una medición del nivel luminoso tras la ejecución de la correspondiente limpieza. Al mismo tiempo que se hacen estas limpiezas, se efectuará una inspección visual del sistema óptico y del estado de todos los componentes.
La limpieza de soportes se realizará por indicación del Servicio, y se efectuará desde el suelo hasta una altura de 3 metros.
- PINTURA PROGRAMADA DE SOPORTES.
La pintura de báculos, columnas y soportes, en general, se realizará de forma programada, de acuerdo con los programas que fijen los Servicios Técnicos Municipales.
Todos los soportes que se encuentren sin numerar deberán numerarse durante el primer semestre de la contrata, contando a partir de la fecha de adjudicación. En el futuro, la numeración de cada tipo de luz se renovará cuando se pinte el soporte, de acuerdo con la metodología que indique el Servicio.
Las operaciones de pintura programada se certificarán mensualmente. Los demás elementos metálicos de la instalación, armarios, etc., deberán conservar su pintura en perfecto estado, estando comprendido el precio de esta conservación en el de conservación general.
Se registrará en Base de Datos la fecha de realización de los programas de pintura de soportes.
ARTICULO 7. DAÑOS POR VANDALISMO
El Servicio decidirá sobre la realización de estas reparaciones, en función de las circunstancias que concurran.
El Contratista estará obligado a la entrega, en los almacenes municipales, u otros lugares que se le indiquen, todos los materiales no aprovechables que por cualquier motivo fueren retirados de las instalaciones, salvo por daño o rotura imputables al Contratista, ya que en este caso no serían abonables, y los restos quedarían en su poder.
Los trabajos que exijan las reposiciones por vandalismos serán certificados una vez
comprobada su correcta realización.
ARTICULO 8. DAÑOS POR ACCIDENTE Y OTROS.
Los daños, roturas, desapariciones y otras incidencias que sufra el material de las instalaciones por actos de fuerza mayor, catástrofes naturales, accidentes serán documentados por el contratista al Ayuntamiento, con indicación de los costes.
Las reparaciones que fuera necesario realizar como consecuencia de daños producidos a las instalaciones por terceros, serán de abono independiente del precio de Conservación, tras la aprobación por el Servicio de los Presupuesto de Reparación elaborados a la sazón.
Se elaborará un Informe complementario del mencionado registro, donde se desarrollen con exhaustividad las causas que lo han generado y los efectos que sobre las instalaciones ha producido, aportando los datos que fueren necesario para su corrección y en su caso, la aplicación de sanciones. Este Informe irá acompañado de la oportuna denuncia, donde se indicarán los datos del causante, en caso que en dicho momento fuera conocido, y demás información disponible.
ARTICULO 9: INSTALACIONES EN FIESTAS MUNICIPALES
Se define como instalaciones de Fiestas Municipales, la iluminación temporal prevista para decorar los barrios afectados por las fiestas que se realicen en el Municipio.
Como Fiestas de ámbito nacional se considerará la colocación con luminarias decorativas de las calles durante el periodo xx Xxxxxxx, con un mínimo de 40 luminarias navideñas, similares a las colocadas en estos últimos años.
En el apartado de Fiesta Municipales se incluyen las fiestas de La 1ª y 2ª Flor, Santiago y Santa Xxx, y las instalaciones que serán objeto de este contrato estarán formadas por todos los componentes eléctricos, mecánicos y de protección de la red de alumbrado de fiestas. Los trabajos correspondientes incluyen:
- Instalaciones de enlace, formadas por la caja general de protección, línea general de alimentación, derivación individual, fusibles de protección y cuadro de mando y protección principal.
- Instalación de redes de distribución interior (cableados aéreos y/o subterráneos, canalizaciones, soportes, etc.), desde el cuadro de mando y protección principal hasta cuadros secundarios.
- Instalaciones eléctricas interiores en carpas, chiringuitos y cualquier tipo de recintos relacionados con los actos y festejos.
- Decoraciones luminosas, formadas por lámparas tipo led, cableados, soportes, etc.
- Instalación, mantenimiento, desmontaje y almacenamiento de las decoraciones luminosas a instalar en las calles.
- En general, la instalación eléctrica desde el punto de conexión indicado por la compañía suministradora hasta las luminarias y tomas de corriente de las instalaciones interiores, decoraciones luminosas o hasta donde se determine.
- Servicio xx xxxxxxx compuesto por dos operarios durante la celebración de los actos más relevantes de las fiestas, a definir por el Ayuntamiento.
- Tramitación de la documentación ante los organismos competentes y Cía. Suministradora (El Ayuntamiento aportará las autorizaciones que sean necesarias para su tramitación).
- El Contratista tendrá que aportar la documentación técnica para la legalización de las instalaciones, según se describe en la ITC-BT-04 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y Decreto 161/2006, tal cual se indica a continuación:
- Documento Técnico de diseño (Memoria Técnica de Diseño). En el caso de que se requiera una Memoria Técnica de Diseño, tendrá que ser realizada por el Contratista al igual que si de acuerdo a la legislación vigente se requiriese Proyecto Técnico y Certificado de Dirección y Finalización de Obra.
- Certificado de Instalación: En todos los casos tendrá que ser realizado por el Contratista.
- Manual de Instrucciones de la Instalación: En todos los casos tendrá que ser realizado por el Contratista.
La instalación de la iluminación navideña corresponderá a las siguientes calles y lugares:
Xxxxx xxx Xxxxxx, La Podada, Vistalegre, Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, Tras Los Hórreos, La Xxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx, Plaza General Xxxxx, Xxxxxxx de la Xxxx xx Xxxx, Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx, Plaza la Blanca, Xxxxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Plaza Xxxxxxxx-La Xxxxxxxx, El Xxxxxx, Calles Nuevas, Calle Asturias, El Xxxxxx, Xxxxxxxx xxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxx, La Flor, Plaza Palmeral, Parque del Palmeral, Plaza Santiago, El Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Xxxx x Xxxxxx, Residencia de Ancianos, Parque de Abajo (San Xxxxxxx), Ayuntamiento, Iglesia, Casa de Cultura, Polideportivo.
ARTICULO 10. CONTROL DE ENCENDIDOS-APAGADOS Y ARRANQUES- PARADAS.
El Contratista será responsable del arranque o encendido y de la parada o apagado, de las instalaciones, siguiendo el horario, que tiene establecido o establezca el
Servicio, admitiéndose una tolerancia en la realización de esta operación de hasta 15 minutos de adelanto o retraso. Será responsabilidad del Contratista la realización de las operaciones de ajuste necesarias en los interruptores horarios con cuadrante astronómico o de otro tipo cualquiera.
ARTICULO 11. ADMINISTRACION DEL SERVICIO.
El Contratista será responsable de la administración del Servicio, limitándose el Ayuntamiento a disponer de la estructura técnica necesaria para la supervisión, establecimiento de planes, coordinación de trabajos, control de realizaciones, y todas aquellas verificaciones que sea necesario realizar para comprobar que el desempeño del servicio se realiza de acuerdo con las exigencias operativas contenidas en este Pliego.
Las misiones fundamentales de la administración del Contratista son las que se citan a continuación:
a) Recoger la información de las inspecciones preventivas realizadas, trabajos efectuados, controles realizados, causas de las anomalías reparadas, y en general, todos aquellos datos que sea necesario incorporar a las Bases de Datos empleadas en la Gestión del Alumbrado.
b) Recoger y ordenar las informaciones de terceros, relativas a anomalías detectadas en las instalaciones.
c) Mantener actualizadas las Bases de Datos y la Cartografía digital empleadas en la Gestión del Alumbrado.
d) Realizar la estadística por tipos de trabajos, reclamaciones, averías, características de las instalaciones, y en general todas aquellas que permitan establecer conclusiones válidas sobre el desarrollo del servicio, para de esta forma, adecuarlo a las necesidades reales de las instalaciones y los ciudadanos.
e) Mantener actualizado el inventario de las instalaciones en conservación.
f) Preparar los programas de acuerdo a los que se realicen las operaciones programadas.
g) Recibir del Servicio las órdenes para la realización de trabajos programados y extraordinarios, y traducirlos en órdenes internas para su realización.
h) Responder a cualquier encargo de índole profesional o empresarial relacionado con la aplicación de este Pliego.
ARTICULO 12. SERVICIO XX XXXXXXX.
El Contratista establecerá un servicio xx xxxxxxx permanente desde media hora antes del encendido hasta media hora después del apagado, el cual dispondrá del personal, equipo, medios técnicos y repuestos necesarios para resolver inmediatamente cualquier avería normal del servicio o tomar las medidas necesarias para evitar el posible peligro a los usuarios de la vía pública o deterioro de la instalación.
Igualmente, durante las veinticuatro horas del día, tendrá a disposición del servicio, un teléfono de atención permanente para la recepción de avisos referentes a averías u otros. Dentro de la hora siguiente a la recepción del aviso correspondiente, éste deberá ser transmitido a quien proceda, debiendo ser registrado en la Base de Datos
de Incidencias, junto con los detalles necesarios para su perfecta comprensión.
Por lo general, los trabajos se llevarán a cabo en días laborables y en horario diurno, considerándose días festivos los indicados en el calendario laboral correspondiente y siendo las fiestas locales las del Municipio. Sólo se realizarán trabajos en días no laborables o en horario nocturno en los casos que se requiera un servicio xx xxxxxxx, durante festejos y actos o en el caso de inspecciones nocturnas, o averías en cuadros generales, siendo su reparación ejecutada por el servicio xx xxxxxxx, sin coste para el Ayuntamiento.
Las operaciones rutinarias de mantenimiento se realizarán durante un mínimo de cinco días a la semana, a jornada completa, quedando en los festivos un servicio de emergencia, que se requerirá en casos de averías importantes (por ejemplo, por la desconexión del alumbrado público de una o varias calles). Se considerarán días festivos los que como tales sean declarados por el órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma, además de los domingos.
ARTICULO 13. MEDIOS MATERIALES GENERALES.
El Contratista estará obligado a contar con el equipo necesario para satisfacer las exigencias especificadas en el presente Pliego de Condiciones, tanto por lo que respecta a aparatos de medida, como a los demás elementos y herramientas que deba manejar su personal, y a los vehículos de que se le dote, así como de aquel que haya de adquirir como consecuencia de la dinámica funcional y operativa de la prestación del servicio y del crecimiento cuantitativo del número de instalaciones y otras exigencias que se vayan creando durante la vigencia del contrato.
El Servicio podrá comprobar y revisar el equipo cuando lo desee, sin interferir la prestación del servicio o influir negativamente en su coste, debiendo dar el Contratista todas las facilidades necesarias para que ello se pueda hacer con eficacia y rapidez.
Expresamente se señalan:
- Tenazas voltiamperimétricas, con medidas 0-000 X x 00-000 X.
- Xxxxxxxxxx registrador, escala 0-500 V.
- Vatímetro trifásico, 50 Kw y 400 V.
- Fasímetro trifásico con alcance 0.5< cos fi <=1 380/220 V y 10/100 A.
- Luxómetro convencional, campos 0-15,30,60,150.etc.
- Luxómetro registrador, sobre vehículo ligero.
- Medidores de aislamiento, alcance 2-100 megaohmios.
- Telurómetros, con alcance de 0 a 5.000 ohmios.
- Comprobador universal de protecciones, en baja tensión, continuidad, resistencia de tierras y suelos, aislamientos, rigidez dieléctrica, corriente y tensión de defecto, etc.
-Equipo portátil registrador-analizador de redes eléctricas.
- Equipo localizador de averías, en cables subterráneos, con capacidad de detección de pérdidas hasta 1,5 Megaohmios, localización del trazado, profundidad del cable y punto de avería.
- Extintores, para todos los camiones y furgonetas que se utilicen en el servicio.
- Martillo rompedor pesado, para demolición de pavimentos, 380/220 V. Los vehículos ligeros contarán con grupos monofásicos de 220 V y 3 KVA.
- Herramientas manuales, escaleras, etc., serán adecuadas al trabajo a realizar y con protecciones para los trabajos en tensión.
- Equipos emisores-receptores, para comunicaciones.
ARTICULO 14. MEDIOS DE TRANSPORTE Y ELEVACION.
El Contratista dispondrá de los vehículos necesarios y de características tales que le permitan realizar las prestaciones exigidas por el contrato con la máxima rapidez posible y con el mínimo de molestias a vecinos y usuarios de las vías públicas.
La dotación mínima de vehículos será la que se describe a continuación:
- 1 camión-cesta dotado de elementos de elementos de elevación y desplazamiento hidráulico capaz de efectuar trabajos a 14 m de alcance mínimo.
- 1 turismo furgoneta ligero para transporte de personal y equipos.
ARTICULO 15. OFICINAS, LOCALES Y ALMACENES.
El Contratista se compromete a mantener una oficina en Asturias próxima al Municipio de Grado ( se entiende como tal que se encuentre a una distancia máxima de 50 km o un recorrido en vehículo no superior a la hora ).
La empresa Contratista se compromete a tener disponible en la oficina citada toda la documentación relativa a los trabajos en curso y dar cuenta de la marcha de los mismos en el momento que el Ayuntamiento de Grado así lo requiera.
ARTICULO 16. ASISTENCIA TECNICA EN ACTOS DEPORTIVOS Y CULTURALES.
Básicamente consistirá en prestar un servicio de montaje y desmontaje, así como guardería, del evento correspondiente, que se realizará con el equipo humano asignado al mantenimiento del alumbrado, es decir, no supondrá costo alguno para el Ayuntamiento la prestación de esta mano de obra.
o Actuaciones en la vía pública, en cuanto a actos culturales se refiere, realizando las acometidas eléctricas a escenarios, cuadros de alimentación, sonido, etc., así como su mantenimiento durante la duración del mismo.
o Actuaciones en edificios Municipales, que por la potencia que se demande, o por la instalación requerida, no puedan ser gestionadas directamente por el propio Ayuntamiento.
o Modificaciones en el alumbrado exterior, en cuanto a desmontajes, abatimientos, apagados y encendidos, etc. que sean precisos con motivo de la Semana Santa, Navidad, Cabalgata xx Xxxxx u otros eventos, etc.
ARTICULO 17. CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATO
1. Medios Humanos.
La empresa adjudicataria estará obligada a:
Adjuntar la relación nominal y titulación del equipo que intervendrá en las instalaciones.
Disponer de un Director Técnico de Mantenimiento, que debe poseer la titulación de Ingeniero Industrial o Ingeniero Técnico Industrial que actuará como responsable del servicio frente a los responsables de la Administración titular de las instalaciones, cuyo nombramiento deberá ser comunicado y aceptado por éste. Los trabajos, entre otros, a desarrollar por dicho Director Técnico, serán los siguientes:
• Será el encargado de la relación con los responsables de la Administración titular de las instalaciones, emitiendo además informes trimestrales que recojan todas las incidencias habidas en las instalaciones, así como la situación de las mismas, los trabajos necesarios a realizar, etc.
• Será responsable del buen funcionamiento de las instalaciones a mantener.
• Planificará y controlará todas las prestaciones contractuales, reflejándose los resultados en los libros de mantenimiento o en los informes oportunos cuando sea necesario.
• Tomará todo tipo de decisiones y disposiciones para la consecución de la prestación contratada, siempre en sintonía con los responsables técnicos de la Administración titular de las instalaciones.
La Administración titular de las instalaciones no tendrá relación jurídica, ni laboral, ni de otra índole con el personal de la empresa adjudicataria, ni durante el plazo de vigencia del contrato, ni al término del mismo.
El adjudicatario no podrá alegar la falta de personal como justificación de la suspensión o retraso de los servicios contratados debiendo en todo momento disponer del necesario para su ejecución, sin repercusión alguna sobre el costo del contrato.
Así mismo, el personal encargado de realizar labores de mantenimiento deberá estar cualificado en trabajos de baja tensión, según los procedimientos propios de la empresa y tener formación y capacitación para manejo de PEMP.
El personal encargado de realizar las labores de mantenimiento deberá tener la cualificación requerida por la reglamentación vigente (REEIA, REBT, etc.), en particular en lo que se refiere a carnés profesionales, y experiencia acreditada en el mantenimiento y reparación, entre otras, de las instalaciones objeto de este contrato.
2. Seguro.
El adjudicatario suscribirá una póliza de responsabilidad civil de daños a terceros (personas o cosas) para cubrir posibles accidentes que pudieran producirse afectando a su personal así como a terceras persona.
3. Prevención y Seguridad en el Trabajo.
Será de exclusiva competencia y riesgo del Adjudicatario, todo lo referente a accidentes de trabajo, normas de seguridad en el mismo, de previsión y seguridad social, y de cuantas disposiciones sean de aplicación a los trabajos objeto de este contrato.
Asimismo estará obligado a poner a disposición de la Administración titular de las instalaciones, cuanta documentación sea necesaria para justificar las exigencias anteriores, incluyendo el correspondiente
ARTICULO 18. PRESUPUESTO TOTAL ANUAL DE OPERACIONES BÁSICAS DE MANTENIMIENTO
A la cantidad de 41.140 EUROS, habrá que añadir: 13% Gastos Generales: 5.348,20 EUROS.
6% Beneficio Industrial: 2.468,40 EUROS.
TOTAL PRESUPUESTO DE LICITACIÓN NETO: 48.956,60 EUROS.
A esta cantidad que constituye el Presupuesto de Licitación Neto, habrá que añadirle un 21% de IVA, por tanto el Presupuesto Total asciende a:
PRESUPUESTO TOTAL: 59.237,49 EUROS.
ANEXO : LUGAR EN QUE SE ENCUENTRAN UBICADAS ACTUALMENTE LAS LUMINARIAS, CON INDICACION DEL NUMERO TOTAL. LA ACTUALIZACION DEL CENSO SE CONCRETA COMO UNA OBLIGACION ESPECIFICA DEL ADJUDICATARIO.
PARROQUIA | PUEBLO | LUMINARIAS |
AMBAS | AMBAS | |
XXXXX | ||
XXXXXXXX | XXXXXXXX | |
XXXXXXXXX | ||
BORONDES | ||
FUEJO | ||
CASAS DEL XXXXX | ||
XXXXX | ||
XXXXX | ||
XXXX | XXXXXXXX | |
XXXX , EL MEDIO | CIBIS -XXXXXX | |
XXXXXX | ||
XXXXXX | EL LADO Y LA XXXXXXX | |
LA XXXXXXX | ||
CABRUÑANA | CABRUÑANA | |
LOS XXXXXX | ||
XXXXXXXXX | BUSTIELLO, CAMPO DEL CURA, LA MATIEGA Y EL XXXXXXX | |
CAMPO DEL CURA | ||
LA MATIEGA | ||
PICAROSO | ||
EL XXXXXXX | ||
COALLA | LA ASNIELLA | |
BASELGAS | ||
XXXXXX | ||
XXXXXX | ||
LAS XXXXXX | ||
PANICERA | ||
PUMARIN Y XXXXXX | ||
EL FRESNO | XXXXXX | |
LA CARIDAD |
LAS NOVALES | ||
EL BONDEYO | ||
LA CABORNA , LOS XXXXXX Y LOS MACETES | ||
LOS MACETES | ||
GRADO | XXXXX XX XXXXX | |
LLAVAYOS | ||
LA PORTIELLA | ||
SANTA XXXXX XX XXXXX | XXXXXXX | |
CIMA DE GRADO | ||
CORROS | ||
XXXXX | ||
LA XXXXX | ||
FOZANTE | ||
EL REQUEXU | ||
LA PIEDRA | ||
CASTAÑOS | ||
LA XXXXXXXXXX | ||
GURULLES | LA CABORNA Y SOBREPEÑA | |
CAMPAMOJADA | ||
LA XXXXXX | ||
XXXXXXX Y LA XXXXXX | ||
SAN XXXXXX | ||
SAN XXXXXX XXXXXX | ||
SOMINES | ||
LA XXXXXX | ||
XXXX PERIDIELLO | ||
LA MATA | ALCUBIELLA Y LA MATA | |
LA CAY | ||
XXXXX XXX XXXXX | ||
LAS CORRADAS | ||
XXXXX | ||
ENTRE LA IGLESIA | ||
LAS XXXXXXXX | ||
LLANTRALES | ||
PRIOTO | ||
EL XXXXX | ||
RIVIELLAS | ||
PICALGALLO | ||
EL XXXXXXXX | ||
EL XXXXXX | ||
XXXXXXXX | XXXX | |
XXXXXXXX | ||
XXXX XX XXXX |
SESTIELLO | ||
XXXXXX | XXXXXX | |
EL CALIENTE | ||
XXXXXX | ||
EL XXXXX | ||
XXXXXX | ||
XXXXXX | ||
LA TOBA | ||
EL CABAÑIN | ||
HISPANES | ||
EL TORNO | ||
XXXXXXXXXX | ||
RAÑECES | LA XXXXX | |
LOS XXXXXX | ||
XXXXX | ||
PANIZAL | ||
RAÑECES | ||
TEMIA | ||
RESTIELLO | RESTIELLO | |
LA XXXX | ||
VILLAHIZOY , LA XXXX | ||
XXXXXXX | XXXXXXX | |
XXX XXXXX | ||
XXXXXXXXX | ||
XXXXXXXXXXX | ||
XXXXXXX | XX XXXXX , XXXXXXX X XX XXXXXXX | |
SAMA DE GRADO | SAMA | |
DORO Y LA MATA | ||
LA XXXX | ||
XXXXXXX | ||
PEDREDO | ||
TRASMURIA | ||
SANTIANES | BARZANA | |
LLAMAS | ||
EL LLANON | ||
MOMALO | ||
SAN XXXXXX | ||
XXXXXXXXX | ||
XXXXXX | ||
VILLALDÍN | ||
LA XXXX DE VILLALDIN | ||
SORRIBAS | LAS CORUJAS | |
SORRIBAS | ||
XXXXXXX | XXXXXXX |
VIGAÑA | XXXXXX | |
XXXXXXXXXX | XXXXXXXXXX | |
SANTA XXXXX DE VILLANDÁS | LA CABAÑA | |
LA FUEJA | ||
LOS LODOS | ||
XXXXXXX | ||
ROZALLANA | ||
SANTA XXXXX | ||
SEAZA | ||
VILLANDÁS | ||
VIO DEL PEDROUCO | ||
VIO DEL PICO | ||
VILLAPAÑADA | ACEBEDO | |
LA BARRACA | ||
LA LINAR | ||
ROZADAS | ||
SAN XXXX | ||
LAS VILLAS | XXXXXX | |
LAS VILLAS | ||
XXXXX XXXXXXX XXX XXXXX | SAN XXXXXXX XXX XXXXX | |
OTROS NÚCLEOS | ||
Total | ||
OTROS NÚCLEOS | ||
EL RETIRO | ||
EL GORRION | ||
TOTAL | 5000 |
Grado, a 02 de octubre de 2014
LA ENCARGADA GENERAL DE OBRAS XXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX