CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR
ANEXO 1a
CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR
(Xxxxxxxx xxxxxxx) (En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E
(Nombre de la persona representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa participante), por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocemos el Acuerdo General de Administración XIV/2019, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de siete de noviembre de dos mil diecinueve, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, arrendamiento, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras y prestación de servicios requeridos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y no nos encontramos en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 62, fracciones XV y XVI y 193, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y X, del instrum ento normativo antes referido.
Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.
ATENTAMENTE
Nombre de la empresa participante
Nombre y firma de la persona representante legal de la persona moral
CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR
(Personas físicas) (En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E
(Nombre de la persona física) por mi propio derecho, por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conozco Acuerdo General de Administración XIV/2019, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de siete de noviembre de dos mil diecinueve, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, arrendamiento, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras y prestación de servicios requeridos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y no me encuentro en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 62, fracciones XV y XVI y 193, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y X, del instrumento normativo antes referido.
Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.
ATENTAMENTE
Nombre y firma de la persona participante (Persona física)
ANEXO 1b
MANIFESTACIÓN DE DOMICILIO LEGAL
(Xxxxxxxx xxxxxxx) (En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E
(Nombre de la persona representante legal de la persona moral) actuando en nombre y representación de (nombre de la persona moral), por medio del presente escrito señalo como domicilio legal para recibir y oír las notificaciones relacionadas con el presente procedimiento de contratación número LPN/SCJN/DGRM/001/2024, mediante (especificar e incluir copia simple y original para cotejo de predial, agua o CFE), así como las relacionadas con la contratación que llegare a celebrar con los órganos del Poder Judicial de la Federación, el ubicado en xxxxx xxxxxx xxxxxxxx , xxxxxx xxxxxxxx , xxxxxxx , Xxxxxxxx x Xxxxxxxxx , xxxxxx xxxxxx , Xxxxxx .
Asimismo, manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que el comprobante de domicilio presentado y obtenido por medios electrónicos es fidedigno.
Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.
ATENTAMENTE
Nombre de la empresa participante
Nombre y firma de la persona representante legal de la persona moral
MANIFESTACIÓN DE DOMICILIO LEGAL
(Personas físicas) (En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E
(Nombre de la persona física), por mi propio derecho, por medio del presente escrito señalo como domicilio legal para recibir y oír las notificaciones relacionadas con el presente procedimiento de contratación número LPN/SCJN/DGRM/001/2024, mediante (especificar e incluir copia simple y original para cotejo de predial, agua o CFE), así como las relacionadas con la contratación que llegare a celebrar con los órganos del Poder Judicial de la Federación, el ubicado en calle número exterior , número interior , colonia , Alcaldía o Municipio , código postal , Ciudad
.
Asimismo, manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que el comprobante de domicilio presentado y obtenido por medios electrónicos es fidedigno.
Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.
ATENTAMENTE
Nombre y firma de la persona participante (Persona física)
ANEXO 1c
MANIFESTACIÓN DE VERSIÓN ELECTRÓNICA FIDEDIGNA
(Xxxxxxxx xxxxxxx) (En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
P R E S E N T E
(Nombre de la persona representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa participante). Manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que la cédula de identificación fiscal/ registro patronal, presentada y obtenida por medios electrónicos es fidedigna.
ATENTAMENTE
Nombre de la empresa participante
Nombre y firma de la persona representante legal de la persona moral
MANIFESTACIÓN DE VERSIÓN ELECTRÓNICA FIDEDIGNA
(Personas físicas) (En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
P R E S E N T E
(Nombre de la persona física), por mi propio derecho, por medio de la presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que la cédula de cédula de identificación fiscal/ registro patronal, presentada y obtenida por medios electrónicos es fidedigna.
ATENTAMENTE
Nombre y firma de la persona participante (Persona física)
ANEXO 1d
MANIFESTACIÓN DE CAPACIDAD PROFESIONAL Y/O TÉCNICA
(Personas físicas) (En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
P R E S E N T E
(Nombre de la persona física), por mi propio derecho, declaro bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que cuento con la infraestructura instalada, personal, material, equipo y demás requerimientos mínimos necesarios para la contratación del servicio Integral de Mantenimiento y Monitoreo para los Centros de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones
ATENTAMENTE
Nombre y firma de la persona participante (Persona física)
ANEXO 1e
FORMATO ORIENTATIVO DE CONTRATO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA
CONTRATO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA QUE CELEBRAN POR UN LADO [PERSONA A], A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO Y POR OTRA PARTE [PERSONA B] A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO , A QUIENES DE FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS “PARTES” AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
DECLARACIONES
I. DECLARA POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL, QUE: (DECLARACIÓN PARA PERSONAS XXXXXXX)
I.1. Que acredita la existencia de la persona moral denominada con el testimonio de la escritura pública Número. , de fecha , pasada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número de la ciudad de , el Licenciado , misma que fue inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de , bajo el folio .
I.2. Que el (la) Señor(a) , acredita su personalidad y facultades como representante legal de dicha sociedad, mediante el testimonio de la escritura pública Número. , de fecha , pasada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número de la ciudad de , el Licenciado , facultades que a la fecha no le han sido revocadas, y en este acto señala como domicilio del representante legal .
I.3. Cuenta con la clave de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes expedida a nombre de la empresa, por el Servicio de Administración Tributaria.
I.4. Para todo lo relacionado con el presente contrato señala como su domicilio el ubicado en
.
II. DECLARA , POR SU PROPIO DERECHO, QUE: (DECLARACIÓN PARA PERSONAS FÍSICAS)
II.1. Que acredita la existencia y nacionalidad mediante .
II.2. Cuenta con la clave de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes expedida a su nombre, por el Servicio de Administración Tributaria.
II.3. Para todo lo relacionado con el presente contrato señala como su domicilio el ubicado en adquisición de equipo diverso para la DGJTV.
III. DECLARAN LAS “PARTES” QUE:
III.1. Se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad jurídica con la que comparecen para la celebración del presente instrumento contractual, sin mediar vicio del consentimiento y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en las declaraciones antes indicadas de este instrumento contractual.
III.2. Es su voluntad suscribir el presente instrumento en términos del numeral 7 de las Bases de contratación de la Licitación Pública Nacional número LPN/SCJN/DGRM/001/2024, cuyo objeto es la contratación del servicio integral de mantenimiento y monitoreo para los centros de datos y cuartos de telecomunicaciones.
III.3. Conocen el alcance y contenido de este contrato, por lo que están de acuerdo en someterse a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
El objeto del presente Contrato es establecer las bases para que las “PARTES” se agrupen con el fin de presentar una propuesta conjunta para participar en la Licitación Pública Nacional número LPN/SCJN/DGRM/001/2024, cuyo objeto es la contratación del servicio integral de mantenimiento y monitoreo para los centros de datos y cuartos de telecomunicaciones.
SEGUNDA.- DOMICILIO COMÚN.
Las “PARTES” señalan como su domicilio común para oír y recibir notificaciones el ubicado en
.
TERCERA.- REPRESENTANTE COMÚN.
Las “PARTES” convienen que (nombre del representante común), será el Representante Común, otorgándole poder amplio, suficiente y necesario para que actúe ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en nombre y representación de las “PARTES” en todo lo relacionado con la proposición y todos y cada uno de los actos de la Licitación Pública Nacional número LPN/SCJN/DGRM/001/2024, cuyo objeto es la contratación del servicio integral de mantenimiento y monitoreo para los centros de datos y cuartos de telecomunicaciones.
CUARTA.- DISTRIBUCIÓN DE ACTIVIDADES.
En caso de resultar adjudicada la proposición conjunta de las “PARTES”, en la Licitación Pública Nacional número LPN/SCJN/DGRM/001/2024, cuyo objeto es la contratación del servicio integral de mantenimiento y monitoreo para los centros de datos y cuartos de telecomunicaciones. Se obligan a llevar las actividades que a continuación se señalan para dar cumplimiento al objeto del contrato que se derive de dicho procedimiento de contratación:
I. La [PERSONA A] se obliga a ejecutar las actividades derivadas del objeto de la contratación de la Licitación Pública Nacional número LPN/SCJN/DGRM/001/2024, siguientes:
a. [Indicar las actividades conforme al objeto del contrato]
b. [Indicar las actividades conforme al objeto del contrato]
c. [Indicar las actividades conforme al objeto del contrato]
d. [Indicar las actividades conforme al objeto del contrato]
II. La [PERSONA B] se obliga a ejecutar las actividades derivadas del objeto de la contratación de la Licitación Pública Nacional número LPN/SCJN/DGRM/001/2024, siguientes:
a. [Indicar las actividades conforme al objeto del contrato]
b. [Indicar las actividades conforme al objeto del contrato]
c. [Indicar las actividades conforme al objeto del contrato]
d. [Indicar las actividades conforme al objeto del contrato]
QUINTA.- OBLIGACIÓN SOLIDARIA.
Las “PARTES”, se obligan en forma conjunta y solidaria entre si y ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme producto de la Licitación Pública Nacional número LPN/SCJN/DGRM/001/2024, cuyo objeto es la contratación del servicio integral de mantenimiento y monitoreo para los centros de datos y cuartos de telecomunicaciones.
SEXTA.- EMISIÓN DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET.
De común acuerdo las “PARTES” convienen en que en caso de ser adjudicados en la Licitación Pública Nacional LPN LPN/SCJN/DGRM/001/2024, cuyo objeto es la contratación del servicio integral de mantenimiento y monitoreo para los centros de datos y cuartos de telecomunicaciones. [PERSONA A y/o B (en caso de ser conjunta señalar la forma de distribución)], será la persona que emitirá los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por la adquisición de los servicios y a quien la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberá realizar el pago correspondiente.
Las “PARTES” acuerdan que la empresa o persona física que actúe como Representante Xxxxx, será quien presente los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de todos y cada uno de los pagos derivados del contrato.
SÉPTIMA.- LEYES APLICABLES Y TRIBUNALES COMPETENTES. Para todo lo relacionado con la interpretación y ejecución con este instrumento son aplicables las Leyes correspondientes a su objeto y, en caso de controversia, serán competentes los tribunales de [Indicar entidad federativa], renunciando las partes expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles por virtud de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otro motivo.
Leído y entendido el alcance del presente contrato, las “Partes” lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de México, el [
] de [ ] de [ ].
FIRMAS
[PERSONA A] | [PERSONA B] |
Nombre y firma de la persona física o la persona representante legal de la persona moral | Nombre y firma de la persona física o la persona representante legal de la persona moral |
ANEXO 2a
PROPUESTA TÉCNICA
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a través de la Dirección General de Tecnologías de la Información (DGTI) requiere contratar los servicios especializados para realizar las actividades que permitan garantizar los niveles de disponibilidad y condiciones óptimas de operación de los sistemas y equipos que conforman la infraestructura de los Centros de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones, donde se encuentran los equipos de procesamiento, almacenamiento y de telecomunicaciones, los cuales albergan los sistemas informáticos, aplicaciones y portales web de este Alto Tribunal, mismos que deben tener las condiciones adecuadas de temperatura, energía eléctrica y de seguridad física.
• Garantizar la continuidad de las operaciones a través de la contratación del servicio de mantenimiento integral para la infraestructura de los Centros de Datos de la SCJN, que garantice que dicha infraestructura se encuentre en todo momento en óptimas condiciones de operación, coadyuvando en la disponibilidad de la información y aplicaciones sustantivas.
• Implementar la infraestructura física y tecnológica necesaria para realizar el monitoreo centralizado de los Centros de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones con la finalidad de contar con la capacidad de respuesta requerida, para realizar las acciones que mitiguen los riesgos de caídas en el servicio y el impacto correspondiente a los usuarios.
La infraestructura de los Centros de Datos está conformada por:
• 45 unidades de energía ininterrumpida (UPS).
• 42 unidades de aire acondicionado de precisión.
• 9 sistemas de detección y supresión de incendios.
Asimismo, se requiere que en 5 Centros de Datos se realice:
• Limpieza y descontaminación de la cámara plena baja, media y alta.
• Aplicación de pintura retardante al fuego.
• Nivelación de piso falso.
• Suministro, instalación, configuración y puesta en operación de:
o Sistemas biométricos para ingresos y lector de tarjeta para egresos.
o Sensores para medir temperatura ambiente y humedad relativa.
o Sensores para la detección de agua bajo el piso falso.
o Sensores de apertura de puerta.
o Plataforma de monitoreo de todas las aplicaciones previamente mencionadas.
• Integración a la plataforma de monitoreo de:
o Unidades de aire acondicionado de precisión de la xxxxx Xxxxxxx/Vertiv.
o Sistemas de energía ininterrumpida de la marca APC/Xxxxxxxxx e INDUSTRONIC
o Sistemas de detección y supresión de incendios de la marca Honeywell.
o Capacidad para integrar en una etapa posterior un sistema de videovigilancia.
La persona adjudicada deberá considerar el suministro, instalación, configuración y puesta en operación de las tarjetas controladoras, (equipo de cómputo para administración y monitoreo), servidor, cableado, chasis, baterías de respaldo, eliminadores de corriente, soportes, interfaces de integración, software, licencias, cableado de red y eléctrico necesario, tornillería, bastidores, velcro, pantallas, así como todo aquello que considere necesario, a fin de que al final de los trabajos de instalación y puesta en marcha, la solución sea completamente funcional. Los bienes suministrados (equipos y software asociado) serán propiedad de la SCJN.
La persona adjudicada contará con 120 días naturales contados a partir del 1º de julio de 2024 para el suministro, instalación y puesta en operación y será responsable de dar el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, así como soporte durante la vigencia del contrato, repartidos de la siguiente forma:
Descripción | Periodo |
Suministro de la infraestructura de monitoreo y seguridad de los Centros de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones. | Hasta 30 días naturales contados a partir del 1º de julio de 2024. |
Instalación, configuración y puesta en operación de la infraestructura de monitoreo y seguridad de los Centros de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones | Hasta 90 días naturales posteriores al Suministro de los equipos |
Servicio de mantenimiento y soporte a la infraestructura de monitoreo y seguridad de los Centros de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones. | Por un periodo de 10 bimestres iniciando al vencimiento de la garantía de un año (6 bimestres). |
En caso de que cualquiera de los plazos fenezca en día inhábil, la entrega se recorrerá al día hábil inmediato siguiente.
Al final del presente documento, se encuentra el listado de los sitios, así como la cantidad de equipamiento por sitio a instalar y a integrar.
Por la naturaleza de las instalaciones y del equipo a monitorear, la SCJN requiere que la solución ofertada sea una solución corporativa, con soporte directo del fabricante y en la modalidad llave en mano, que incluya el diseño, suministro, instalación,
configuración, puesta en operación y soporte. La solución propuesta debe ser una solución modular, con posibilidades de expansión, integración y escalabilidad.
A continuación, se describen las actividades y el equipo de monitoreo a suministrar en sus características mínimas, esto en dos partidas, sin omitir que ambas partidas deberán ser realizadas por solo una persona adjudicada.
Partida 1. Mantenimiento preventivo y correctivo a la infraestructura de Centro de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones
4.1 Unidades de energía ininterrumpida (UPS) |
4.1.1 Mantenimiento preventivo |
Mantenimiento preventivo a Unidades de Energía Ininterrumpida (UPS), así como sus Unidades de Distribución de Energía (PDU), tableros de distribución y electroductos, de conformidad con los incisos 10.1 “Listado de equipos y ubicaciones” y 7.1 “Calendario de actividades anual”, del presente documento. Durante la vigencia del contrato, se deberá realizar un servicio cada cuatro (4) meses, en los primeros 20 días hábiles del mes correspondiente, que incluya las siguientes actividades: a) Medición de voltaje y corriente a la entrada y salida del UPS, los cuales deben estar dentro de los parámetros establecidos por el fabricante que indiquen una correcta operación. b) Medición de voltaje y corriente a la entrada y salida del PDU o tablero de distribución. c) Evaluación completa del estado de las baterías mediante equipo fluke 430 o de la serie 500, o cualquier otro que permita determinar el estado de las baterías, bancos, voltajes en descarga y nominal. d) Revisión de módulos de potencia, baterías y cableado eléctrico interno. e) Verificación de alarmas. f) Apriete de terminales (incluidos los electroductos), reemplazo de interruptores termo magnéticos, zapatas, terminales, fusibles y todo aquello que garantice el adecuado funcionamiento del UPS. g) Limpieza externa e inspección visual de todos los componentes. Adicional a las actividades mencionadas, se deberá ejecutar una revisión mensual de los parámetros de operación de los sistemas instalados en los Centros de Datos, y en caso de ser necesario ejecutar su reconfiguración. Si durante o después de cualquier mantenimiento preventivo, existiera una falla, daño o mal funcionamiento en cualquier pieza o componente que se requiera para la correcta operación del sistema, ésta deberá ser reemplazada atendiendo los tiempos de respuesta establecidos en el numeral 9. “Niveles de Servicio”. Durante el primer mantenimiento preventivo, la persona adjudicada deberá realizar el análisis del estado de las baterías y presentar un calendario dentro de los primeros 90 días naturales de iniciado el contrato para su reemplazo, tomando en cuenta su año de fabricación, tiempo de vida útil y estado de operación actual. El reemplazo de las baterías deberá ser gradual, de manera tal que, al finalizar el contrato, todas las baterías de todos los equipos UPS hayan sido reemplazadas. |
4.1.2 Mantenimiento correctivo |
Mantenimiento correctivo a Unidades de Energía Ininterrumpida (UPS), así como sus Unidades de Distribución de Energía (PDU), tableros de distribución y electroductos, de conformidad con los incisos 10.1 “Listado de equipos y ubicaciones” y 7.1 “Calendario de actividades anual”, del presente documento. El servicio deberá incluir las siguientes actividades: a) El suministro, instalación y puesta en operación de las piezas, refacciones, materiales e insumos, nuevos o con iguales o superiores características a las ya instaladas y mano de obra, necesarios para que los UPS, PDU, tableros y electroductos funcionen de manera adecuada. Por mencionar algunos: tarjetas lógicas, de potencia, red, módulos de potencia, capacitores, filtros, interruptores, bobinas, transformadores, tornillos, fusibles, resistencias, cable, zapatas, terminales, display, indicadores, baterías, bancos de baterías b) En caso xx xxxxx de las baterías de los equipos Mitsubishi con capacidad superior a 50 kva, se debe de cambiar el banco de baterías completo. Para el caso xx xxxxx de los bancos de batería de los equipos modulares APC, únicamente se cambiarán las baterías del módulo donde se encuentre la batería dañada. c) Reconfiguración de equipos, software, hardware y firmware que presente daño o mal funcionamiento. |
4.2 Sistemas de Aire Acondicionado de Precisión y Confort |
4.2.1 Mantenimiento preventivo |
Mantenimiento preventivo a sistemas de Aire Acondicionado de Precisión y Confort, de conformidad con los incisos 10.1 “Listado de equipos y ubicaciones” y 7.1 “Calendario de actividades anual”, del presente documento. Durante la vigencia del contrato, se deberá realizar un servicio por sistema (condensadora y evaporadora) cada cuatro (4) meses, en los primeros 20 días hábiles del mes correspondiente, que incluya las siguientes actividades: a) Medición de voltajes y corrientes en interruptores, contactores, motores, turbinas, compresores y evaporadores. b) Revisión de presión en compresores, la cual debe ser la recomendada por el fabricante y se debe realizar las veces que sea necesario o que el área técnica lo solicite. c) Revisión de funcionalidad de contactores. d) Revisión de continuidad de fusibles. e) Revisión de válvulas. f) Cambio obligatorio de filtros. g) Engrasado de poleas y componentes mecánicos de fricción. h) Inspección física de todos los protectores adiabáticos, así como su reemplazo en caso de ser necesario (faltantes, rotos o en mal estado). i) Inspección de los niveles de gas, así como su recarga cuando los niveles estén fuera de los valores recomendados por el fabricante. j) Lavado de serpentín de la condensadora y charola de humidificación de la evaporadora. k) Inspección de lámparas de humidificación. l) Ajuste de mangueras y abrazaderas, así como apriete general de tuercas y tornillos de todo el equipo, y en su caso completarla con tornillos o sujetadores de iguales características a los instalados. m) Revisión de sensores de temperatura, humedad y líquidos. n) Revisión de la display LCD de control. o) Revisión de tarjetas electrónicas del Equipo. p) Limpieza de los desagües de cada equipo. Adicional a las actividades mencionadas se deberá ejecutar una revisión mensual a los sistemas instalados en los Centros de Datos, de sus parámetros de operación y en caso de ser necesario ejecutar su reconfiguración. Será obligatorio para la persona adjudicada el cambio de bandas en motores y turbinas cada 6 meses y pintar las tuberías que conectan a la condensadora con la evaporadora (a las que aplique), una vez al año, con pintura a base de agua (sin solventes) durante la vigencia del contrato. Si durante o después de cualquier mantenimiento preventivo, existiera una falla, daño o mal funcionamiento en cualquier pieza o componente que se requiera para la correcta operación, ésta deberá ser reemplazada atendiendo los tiempos de respuesta establecidos en el numeral 9. “Niveles de Servicio”. |
4.2.2 Mantenimiento correctivo |
Mantenimiento correctivo a sistemas de Aire Acondicionado de Precisión y Confort, de conformidad con los incisos 10.1 “Listado de equipos y ubicaciones” y 7.1 “Calendario de actividades anual”, del presente documento. El servicio deberá incluir las siguientes actividades: El suministro, instalación y puesta en operación de las piezas, refacciones, materiales e insumos nuevos o con iguales o superiores características a las ya instaladas y mano de obra necesarios para que las evaporadoras y condensadoras de los sistemas de aire acondicionado funcionen de manera adecuada. Por mencionar algunos: a) Tarjetas lógicas, de red, contactores, capacitores, filtros, interruptores, bobinas, bandas, transformadores, tornillos, fusibles, resistencias, cable, zapatas, terminales, display indicadores, gas refrigerante, tuberías, aisladores adiabáticos. b) Reconfiguración de equipos, software, hardware y firmware que presente daño o mal funcionamiento. |
4.3 Sistemas de Detección y Supresión de Incendios |
4.3.1 Mantenimiento Preventivo |
Mantenimiento preventivo a Sistemas de Detección y Supresión de Incendios de conformidad con los incisos 10.1 “Listado de equipos y ubicaciones” y 7.1 “Calendario de actividades anual”, del presente documento. Durante la vigencia del contrato se deberá realizar un servicio para cada sistema, cada seis (6) meses, en los primeros 20 días hábiles del mes correspondiente, que incluya las siguientes actividades: a) Configuración y validación de cada uno de los tableros, para que en caso de que se active la descarga del agente limpio por conato de incendio, los Sistemas de Aire Acondicionado, se apaguen. b) Limpieza interna y externa del tablero de control. c) Verificar, ajustar y reparar conexiones eléctricas, de red y de tuberías. d) Verificar el correcto funcionamiento del cargador de baterías del tablero de control, así como sus baterías. e) Limpieza de los detectores y boquillas de aspersión. f) Prueba completa de operación de todos los dispositivos (sirena, solenoides, luces estroboscópicas, así como estaciones de descarga y aborto, sin descarga de agente limpio y con el apagado de los aires acondicionados). g) Verificar que la presión de los cilindros del gas extintor sea la adecuada de acuerdo con lo establecido por el fabricante. h) Verificar la fijación y estado de las tuberías y aspersores. i) Verificar los señalamientos para la operación y funcionamiento del sistema. Se deberán pintar las tuberías de descarga del agente extintor una vez al año, durante la vigencia del contrato, en color rojo, con pintura a base de agua (sin solventes). Si durante o después de cualquier mantenimiento preventivo, existiera una falla, daño o mal funcionamiento en cualquier pieza o componente que se requiera para la correcta operación, esta deberá ser reemplazada atendiendo los tiempos de respuesta establecidos en el numeral 9. “Niveles de Servicio”. |
4.3.2 Mantenimiento Correctivo |
Mantenimiento correctivo a Sistemas de Detección y Supresión de Incendios, de conformidad con los incisos 10.1 “Listado de equipos y ubicaciones” y 7.1 “Calendario de actividades anual”, del presente documento. Dicho servicio deberá incluir las siguientes actividades: a) El suministro, instalación y puesta en operación de las piezas, refacciones, materiales e insumos nuevos o con iguales o superiores características a las ya instaladas y mano de obra, para que los tableros, detectores, sensores, aspersores y todos los componentes de los sistemas de detección y supresión de incendios funcionen de manera adecuada. Por mencionar algunos: 1. Tarjetas lógicas, de red, contactores, capacitores, filtros, interruptores, bobinas, tornillos, fusibles, resistencias, cable, zapatas, terminales, displays indicadores, tuberías. 2. Reconfiguración de equipos, software, hardware y firmware que presente daño o mal funcionamiento. b) Dentro de los alcances del servicio de mantenimiento no está considerada la recarga del agente extintor en caso de conato de incendio, por ello, si durante algún mantenimiento preventivo o correctivo accidentalmente se descarga dicho agente por causas imputables a los trabajos que realice la persona adjudicada, éste será el responsable de la recarga. Debido a que las normas ambientales no permiten el uso del agente FM-200, las recargas deberán realizarse con agente limpio tipo NOVEC 1230. Por lo anterior, la persona adjudicada deberá llevar a cabo las adecuaciones que se requieran, mismas que serán sin costo para la SCJN. |
4.4 Mantenimiento y limpieza a Centro de Datos |
Servicio de Mantenimiento y limpieza a Centro de Datos, cámara plena (baja, media y alta), muros, losa y piso, de conformidad con los incisos 10.1 “Listado de equipos y ubicaciones” y 7.1 “Calendario de actividades anual”, del presente documento. Durante la vigencia del contrato se deberá realizar un servicio cada cuatro (4) meses, en los primeros 20 días hábiles del mes correspondiente, que incluya las siguientes actividades: a) Limpieza profunda, empleando elementos que eviten la generación o dispersión de polvo (aspiradora con filtro) tanto en cámara baja, media y alta. (descontaminación). b) Limpieza del piso falso con detergente libre de solventes y antiestático. c) la persona adjudicada deberá incluir los postes, travesaños, gomas y piezas de piso falso necesarios para que todo el piso en conjunto quede instalado correctamente. d) Revisión y apriete de la malla de tierra del piso falso y falso plafón. e) Fijación de los postes, travesaños y soportes, así como el remplazo de los que estén rotos o falten. f) Fijación de racks en caso de no estar adecuadamente anclados. g) Reemplazo de las piezas de piso falso y plafón, que por deterioro se encuentran dañadas o inoperantes, una vez al año durante la duración del contrato. h) Realizar trabajos de xxxxxxx y resane de los pasos de tuberías y cables, así como las grietas que existan en la cámara plena baja, con la finalidad de minimizar las fugas de aire frio generado por los sistemas de aire acondicionado. Una vez al año durante la vigencia del contrato se deberá: a) Realizar el ajuste y nivelación de piso falso y plafón reticular. Esta nivelación debe hacerse con el equipo laser necesario. b) Aplicar pintura tipo vinílica de color blanco (muros y losa) y azul (piso) con tratamiento retardante al fuego por una hora. |
Partida 2. Monitoreo Centralizado.
Para esta partida será necesario suministrar los siguientes componentes, para ello se solicitan características mínimas de cada uno.
4.5 Sistemas biométricos para ingresos y lector de tarjeta para egresos. |
Para los sistemas biométricos de acceso: a) Certificación IP65, IK08. b) Web Server Incorporado. c) Almacenamiento básico de mínimo 3000 usuarios y que se pueda expandir. d) Compatibilidad con tarjetas Prox, iClass, MIFARE, MIFARE Plus, DESfire, NFC. e) Comunicación vía Ethernet, RS 485, USB y WiFi. f) La carcasa del producto, delantera y trasera deberán estar selladas y deberán ser impermeables al polvo y al agua. g) Alimentación de 12 a 24 V, h) Alimentación a través de Ethernet (XxX): compatible con conmutadores XxX +. i) Xxxxxxx In & Out (personalizable hasta 512 bits), OSDP, Relé de puerta, 3 GPI (incluida la supervisión de la puerta), 3 GPO. j) Capacidad de almacenamiento interno: 512MB Flash, 1GB RAM + Tarjeta microSD de 8GB - 5000 registros de usuario. k) Del tipo sigmalite+ lite. Para los lectores de tarjetas de proximidad de egreso se requiere: |
a) Admita múltiples estándares ISO: permite OmniClass 2.0 para leer la mayoría de las tarjetas inteligentes estándar ISO. b) MIFARE Classic. c) Alta seguridad: intercambio de datos cifrados disponible entre tarjeta y lector y entre lector y host reduce el riesgo de datos comprometidos y tarjetas duplicadas. d) Señal acústica incorporada. e) Control de LED de host (programable). f) Tornillos de montaje ocultos. g) Xxxxxx Xxxxxxx. h) Xxx HID Prox, EM4102 y AWID y OmniClass (solo modelos de tecnología múltiple). i) Del tipo OM40BHOND. |
4.6 Sensores para medir temperatura ambiental y humedad relativa. |
Características Mínimas: a) Módulo de pared con pantalla LCD. b) Rango de ajuste de temperatura de 13 grados Celsius a 29 grados. c) Precisión del sensor de temperatura +/- 0.2 °C hasta 25°C. d) Precisión del sensor de humedad +/- 3 %. e) Comunicador skykbus. |
4.7 Sensores para detección de agua bajo el piso falso. |
Características Mínimas: a) Alimentación de 11 a 27 VDC. b) Relevador de alarma tipo SPDT. c) Relevador xx xxxxx tipo SPDT. d) Led indicador xx xxxxx y alarma. e) Se incluye fuente de alimentación con gabinete. |
4.8 Cerradura magnética. |
Características Mínimas: a) Todas las cerraduras de los centros de cómputo y Cuartos de Telecomunicaciones deberán ser del tipo electroimán, sencilla, 1500 lbs (680 kg), con alimentación de 12V/24 volts, acabado en acero inoxidable satinado, colocado al interior del Centro de Datos y/o cuarto de telecomunicaciones. b) Con sensor de puerta. c) Listado uL. d) Suministro de las herramientas, materiales, insumos y mano de obra necesarios para que los dispositivos queden correctamente adheridos a las puertas. Debe considerar que las puertas ya existen. e) Del tipo ML8011-LC-US28. |
4.9 Sistema de control. |
Características Mínimas: a) Del tipo PRO3200 4 y PRO32002. b) Para dos y cuatro puertos. c) Que incluya gabinete y fuente de alimentación. d) Controlador para 4 puertas en arreglo lectora ingreso / lectora egreso. e) Conexión TCP/IP. f) Incluye tarjeta de comunicación. g) Incluye gabinete. |
h) Fuentes de alimentación. i) Baterías. |
4.10 Estación liberadora de emergencia. |
Características Mínimas: a) Del tipo SDC491. b) Liberación de emergencia por ruptura xx xxxxxx. c) Liberación de hombre atrapado. |
4.11 Plataforma de monitoreo. |
Características Mínimas: a) Plataforma de acceso hasta 5 conexiones a la vez. Del tipo WPS49. b) Sistemas integrados de acceso, video, intrusión a través de una interfaz. c) Gestión directa de la biometría utilizando el controlador / lector HON-FIN4000. d) Proporcione credenciales móviles a través de WIN-PAK mediante la integración con la plataforma Mobile Access® de HID. e) Con capacidad para coordinar eventos de intrusión, acceso o con acciones de video para validar accesos. f) Escalabilidad a medida que se requiera. g) Número ilimitado de titulares de tarjetas y usuarios del sistema de acuerdo con la licencia. h) Con capacidad para conectar cuando menos cinco NVR y cámaras. i) Interfaz web intuitiva para la gestión de acceso, con herramienta de ayuda integrada. j) Admita VMWare 6.5 para ayudar a aprovechar la infraestructura de TI existente y los activos del servidor. k) Funciones de informes del sistema personalizables y automatizadas con entrega por correo electrónico. l) Realice tareas comunes de control de acceso diario desde cualquier lugar a través de la interfaz web. m) La persona licitante debe indicar las capacidades de integración de dicha plataforma propuesta, los tipos de bases de datos externas soportadas, si existe disponibilidad de APIs y/o SDKs, así como una lista de los dispositivos con los que actualmente están integrados. La solución propuesta debe contemplar: a) Que los sistemas que actualmente se encuentran instalados y los que se van a suministrar al ser de diferentes fabricantes, por lo cual deberá realizar los trabajos necesarios para obtener la total integración y funcionalidad de la plataforma de monitoreo a suministrar. b) Que los sistemas de detección de incendios son los únicos sistemas que no cuentan con una tarjeta de red, por lo que debe considerar el suministro, instalación, configuración y puesta en operación de esta. c) Debe incluir el software y licencias necesarias para una completa y total operación de todos los sistemas solicitados. d) Que esta plataforma considera únicamente monitorear los Centros de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones señalados en el listado incluido al final del presente documento. e) Deben incluirse dos pantallas tipo videowall para contar con el monitoreo desplegado en el cuarto de monitoreo que se encuentra en el Centro de Datos del edificio SEDE, por lo menos de 60 pulgadas cada una. La funcionalidad esperada en conjunto del sistema es la siguiente: a) Monitoreo en tiempo real de los accesos, de manera tal que cuando el lector biométrico detecte una huella, una tarjeta o una clave, además de generar el registro de entrada, asi como contar con la posibilidad de que se integre con un sistema de videovigilancia para tomar el video de la persona que ingresa. De igual forma, a la salida, se debe generar un registro y mediante el video se documente si la persona que sale es la misma o egresa alguien más. b) Monitoreo en tiempo real de la forma en la que están operando los sistemas de la infraestructura de Centros de Datos (aires acondicionados, sistemas de energía ininterrumpida, sistemas de detección y supresión de incendios, sensores de apertura de puertas, temperatura, humedad relativa y de detección de líquidos bajo el piso falso), y que genere los mensajes de alertamiento (correo electrónico y/o SMS), de igual forma, en el tablero deberá mostrarse si existe alguna alarma, si es informativa o es de atención inmediata. |
c) Como parte del procedimiento de gestión solicitado, la plataforma podrá generar accesos a los equipos para realizar de manera local y/o remotas acciones como: cambio de configuración, apagado, encendido, auto test, apertura y/o cierre de puertas. d) Contar con la facilidad de integrar y tener un acceso directo a un sistema de videograbación para validar el personal que ingresa a cada sitio, así como las actividades que realizan. e) El sistema debe tener la capacidad de generar reportes ejecutivos, así como graficar las condiciones de operación, de manera que se pueda generar una bitácora o listado histórico de las personas que entran y salen, así como las condiciones generales de operación de toda la infraestructura. f) El sistema debe contar con capacidad para el uso varios usuarios a la vez con diferentes perfiles, algunos solo en modo de consulta y otros en modo de administrador. g) Capacidad para acceder a la plataforma vía remota, incluida por teléfono celular Android y IOS. Alcance de los servicios: a) La persona adjudicada debe generar un plan de trabajo para realizar rutinas regulares de mantenimiento (por lo menos cada 6 meses) de manera que garantice el óptimo funcionamiento de todos los sistemas, durante la vigencia del contrato. b) No está considerado que la persona adjudicada proporcione gente en sitio las 24 horas para realizar el monitoreo, aunque si debe contar con personal técnico para asistencia en alguna eventualidad, conforme a los niveles de servicio establecidos por la SCJN. c) Para la instalación y puesta en operación, se permitirá que el personal que realice los trabajos emplee trayectorias y tuberías ya existentes, sin embargo, para garantizar la correcta funcionalidad, el cableado eléctrico y de comunicaciones deberá ser nuevo. d) Debe incluir cambios físicos y reubicaciones, la configuración, movimientos, del equipo suministrado, de manera que se satisfagan las necesidades futuras de cada uno de los Centros de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones, durante la vigencia del contrato. e) Contemplar la integración a la plataforma de monitoreo de infraestructura adicional de Centro de Datos, sin costo adicional a la SCJN. f) Transferencia de conocimiento para al menos 3 personas del área técnica de la DGTI, la cual deberá incluir como mínimo: instalación, configuración y administración de la plataforma propuesta. |
4.12 Dispositivos necesarios para la integración. |
Características mínimas: Dispositivo con certificado BACnet 2010 a) Del tipo CPO400. b) Fuente de alimentación de 24 V CA / CC (desde un transformador externo). c) Tres interfaces RS485 separadas que consisten en terminales de tipo tornillo. d) Una interfaz RS485 adicional que consiste en inserción de terminales. e) Tres pares de LED que indican la transmisión y recepción (respectivamente) de datos a través de las tres interfaces RS485 de tipo tornillo. f) módulos que usan el conector xx xxxxxx XS816. g) LED de alarma, LED de alimentación. h) Dos conectores Ethernet y el estado correspondiente. i) Comunicación utilizando la comunicación del Panel Bus. j) Capacidad para protocolos, BACnet MS / TP, con al menos las siguientes interfaces RS485: 1. el bus de campo. 2. el Modbus. 3. el CP-IO. 4. interfaz RS485 4, base. k) Software de diagnóstico incorporado que facilita solución de problemas. l) RAM con la capacidad necesaria para su funcionamiento óptimo (incluidos los datos en línea y la hora del reloj en tiempo real). |
Controlador unitario de propósito general a) Programación libre. b) Ofrece la capacidad de conectarse via TCP IP o bien cuenta con puertos Bacnet MSTP. c) Cuenta con puertos programables para integrar sistemas via Bacnet, Modbus, Sylkbus. d) 16 entradas universales y salida de 4 relevadores. e) Cumple con FCC parte 15B. f) Tipo CP-SUP-1. Tarjeta de comunicación de tableros de incendio Notifer CLS, comunicación Bacnet IP del tipo HON-CGW-MBB. Sensor de refrigerante solo para uso en refrigerante R134 o R410. AG06 R410a. Plataforma central de monitoreo Supervisor: a) Plataforma de software utilizada en aplicaciones de clase servidor. Permite múltiples controladores, basados en IP, que serán conectados en red. Despliega información gráfica en tiempo real a estándar Clientes de navegador web y proporciona funciones a nivel de servidor. Estas funciones incluyen registro de datos centralizado / tendencias, archivado en bases de datos externas, alarmas, paneles, navegación del sistema, programación maestra, base de datos Gestión e integración con otras aplicaciones de software empresarial a través de una interfaz XML (estándar oBIX). La plataforma debe incluir un soporte por al menos tres años de actualizaciones en la versión de software impidiendo la obsolescencia. b) Envió de alarmas vía Email. c) Gráficos Personalizados y valor de variables en tiempo real. d) Por medio de los controladores de campo la plataforma puede integrar protocolos de uso común como Bacnet y Modbus, OPC, SNMP, LON, MBUS. e) Certificados de Cybersecurity. Donas de corriente para conocer el estatus de energía a) LED indicador de estado. b) Brida integral de montaje en riel DIN. c) Fácil cableado, no polaridad sensible. d) Acepta un cable de hasta 350 MCM (17.3 mm). e) Opera hasta 200 o 250 amperios continuos. f) Cumple con RoHS y IEEE. |
Al finalizar cada bimestre la persona adjudicada deberá desarrollar los entregables en formato PDF y sus archivos originales de creación (Project, Word, Excel y AutoCAD), en CD o memoria USB, de acuerdo con lo establecido en los servicios requeridos.
La SCJN se reserva el derecho de solicitar nuevos informes, entregables o similares, según lo requieran las necesidades del servicio. Cualquier entregable deberá ser recibido, validado, aceptado, fechado y firmado por el administrador del contrato, a través de la
“Constancia de Recepción de Servicios a Entera Conformidad”, por lo que no se aceptarán entregables que no cumplan con dichos
requisitos.
A continuación, se listan los entregables requeridos para este servicio:
Identificador | Nombre | Descripción del entregable | Tiempo de entrega |
CASP | Calendario Anual de Servicios Propuesto. | Documento generado en Microsoft Project en donde se indique claramente las fechas propuestas para los servicios de mantenimiento preventivo para cada uno de los equipos. | 10 días naturales siguientes a la notificación del fallo |
CE | Control de Eventos | Documento de trabajo acumulativo con el seguimiento de los eventos acontecidos en cada uno de los equipos, el formato a desarrollar se le entregará a la persona adjudicada. | Uno por semana |
RA | Reporte Actividades Bimestral | Reporte de actividades, de manera digital (CD o memoria USB) en formato PDF, con una carta de carátula, la cual deberá ser firmada por representante legal y/o el líder del proyecto. El reporte deberá contener: a. Copia de las órdenes de servicio de los mantenimientos preventivos y correctivos, así como la revisión de parámetros b. Listado de piezas, partes y refacciones empleadas, sustituidas o cambiadas durante el bimestre. c. Las posibles causas de la falla si es que fue correctivo el servicio, así como las acciones de mejora. d. Reporte fotográfico donde claramente se documente los trabajos realizados antes, durante y después de los mismos, el formato de reporte será entregado a la persona adjudicada. x. Xxxxx firmada por el representante legal y el líder de proyecto de la persona adjudicada, en donde claramente indique que todas las partes que se emplearon durante el bimestre que se reporta, son nuevas, de iguales o superiores características a las empleadas por el fabricante. f. Consumo eléctrico bimestral (voltaje, corriente) de toda la infraestructura de Centro de Datos y equipos activos, así como gráficas de estos consumos y la determinación xxx XxX, también graficado, esto para cada uno de los CD. g. Informe del reemplazo de banco de baterías de los UPS, a partir del segundo bimestre. | 8 días naturales posteriores al bimestre vencido |
CCB | Calendario de cambio de Baterías | Calendario con la programación para la sustitución de las baterías de los UPS. Entregable de única ocasión. | 90 días naturales posteriores al inicio del servicio. |
DU | Diagrama Unifilar | Diagrama unifilar de la instalación eléctrica de los 5 Centros de Datos (SEDE, 16 de Septiembre, 5 de Febrero, Sede Alterna de Ministros piso 1 y 6) que incluya toda la infraestructura contenida hasta el nivel | 150 días naturales posteriores al inicio del servicio. |
de PDU’s. Entregable de única ocasión. Tanto en formato de AutoCAD (electrónico) como impreso. | |||
FT | Fichas técnicas | Revisión y actualización de las fichas técnicas de cada uno de los sistemas que se encuentran listados en el presente anexo técnico, al inicio y fin del contrato. Las fichas actuales se le entregarán a la persona adjudicada. | 120 días naturales posteriores al inicio del servicio y 30 días naturales previos a la conclusión del contrato |
RF | Reporte Final | Reporte general donde se indique el estado de cada uno de los sistemas, indicando las piezas, partes o refacciones que se reemplazaron durante el contrato. Entregable de única ocasión. | 30 días naturales previos a la conclusión del contrato |
ACS | Acta de conclusión de servicios | Documento que establece el cumplimiento total de los derechos y obligaciones establecidos en el contrato y firmado por ambas partes. Entregable de única ocasión. | 10 días naturales posteriores a la conclusión del contrato |
Identificador | Nombre | Descripción del entregable | Tiempo de entrega |
PI | Plan de Implementación de la infraestructura de monitoreo y seguridad de los Centros de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones | Plan de implementación en Microsoft Project, donde se indique claramente las fechas propuestas y trabajos a realizar, de manera digital (CD o memoria USB) | 15 días naturales posteriores a la notificación del fallo |
REI | Reporte Ejecutivo de Implementación de la infraestructura de monitoreo y seguridad de los Centros de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones | a. Reporte ejecutivo, por escrito y de manera digital (CD o memoria USB) en formato PDF y en sus formatos originales de creación, el cual deberá contener: b. Fichas técnicas en español de los equipos instalados, cableado de red empleado, así como el cableado eléctrico, tubería y todos los materiales e insumos empleados. c. Volumetría de dichos materiales e insumos. d. Manuales de operación y configuración. Debe de incluirse un listado de los equipos, direccionamiento IP, así como contraseñas de administrador y de supervisión. e. Plano arquitectónico en CAD que indique el lugar físico donde quedaron instalados todos y cada uno de los equipos solicitados. f. Planos isométricos de la canalización de datos y eléctrica de cada uno de los equipos instalados. g. Memoria fotográfica donde claramente se documente los trabajos realizados antes, durante y después de los mismos. h. Carta firmada por el representante legal y el líder de proyecto de la persona adjudicada, en donde claramente indique que todos los equipos, materiales e insumos instalados son nuevos. | 15 días naturales siguientes a la finalización de los trabajos de implementación |
x. Xxxxx firmada por el representante legal de la persona adjudicada en donde indique claramente la garantía, la cual deberá estar desglosada en dos partes, una por los equipos, indicando claramente las condiciones que invalidan dicha garantía y; la segunda por la mano de obra. Dicha garantía no podrá ser menor a 12 meses. j. Pruebas de la correcta operación de cada uno de los dispositivos que conforma la plataforma de monitoreo. k. Plan de mantenimientos preventivos a la infraestructura de monitoreo y seguridad de los Centros de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones instalada, por lo menos cada 6 meses. l. Plan de transferencia de conocimiento para por lo menos 3 personas del área técnica de la DGTI, la cual deberá incluir como mínimo: instalación, configuración y administración de la plataforma propuesta. | |||
RB | Reporte Bimestral de la infraestructura de monitoreo y seguridad de los Centros de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones | Reporte de manera digital indicando el estado de cada uno de los equipos, si alguno de estos fue sustituido y el motivo de dicho cambio. El reporte deberá estar firmado por el líder de proyecto. | 5 días naturales posteriores a la finalización de cada bimestre |
En este apartado se detalla la documentación técnica que deberán entregar las personas licitantes para la presentación de propuestas. El no presentarla será motivo de una evaluación no favorable. En el supuesto de que la información presentada no sea clara o deje lugar a supuestos de interpretación, tampoco será tomada en cuenta para obtener una evaluación favorable.
1. Descripción técnica de los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura de Centro de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones en concordancia con lo requerido en el presente documento, incluyendo:
a. Metodología detallada para la rutina de mantenimiento preventivo de aires acondicionados, sistemas de energía ininterrumpida y sistemas de detección y supresión de incendios.
b. Propuesta de calendario de actividades
2. Ficha técnica en español de todos y cada uno de los componentes a suministrar e instalar para la solución de monitoreo centralizado en concordancia con lo requerido en el presente documento.
3. Copia simple de al menos tres contratos u órdenes de compra durante el periodo comprendido entre el primero de enero de 2018 y a la fecha del procedimiento, cuyo objeto incluya:
a. Mantenimiento de al menos 3 aires acondicionados de precisión de 10 TR o más y
b. Mantenimiento de al menos 3 sistemas de energía ininterrumpida modulares con capacidades superiores a 40 kva o más.
4. Únicamente deberán presentar las páginas donde indiquen objeto, vigencia y firmas. En el supuesto que la experiencia en los servicios solicitados no se cubra con un solo contrato, se tomará como válido la presentación de los contratos a nombre de la persona licitante en donde en su totalidad se cubra dicha experiencia solicitada. Toda la información presentada debe contener la referencia (nombre, teléfono y correo electrónico) del administrador de contrato u orden de compra, con la finalidad de validar la información contenida en caso de ser necesario.
5. Currículum vitae, donde acredite su experiencia y participación desde 2018 en servicios iguales o equivalentes, afines a los solicitados en el presente anexo, organigrama estructural de la organización (administrativo-técnico), que garantice la prestación
de los servicios solicitados; deberá incluir también datos generales actualizados de sus principales clientes indicando: giro de la persona licitante, nombre del responsable, puesto, dirección, teléfono y/o dirección de correo electrónico. La SCJN podrá verificar los datos proporcionados.
6. La persona licitante debe presentar una carta emitida y firmada por representante legal del mayorista, donde se indique que éste suministrará las refacciones nuevas a la persona licitante p, durante la vigencia del contrato, para la partida 1 Mantenimiento preventivo a infraestructura de Centro de Datos.
7. La persona licitante debe presentar una carta emitida y firmada por representante legal del fabricante, donde se indique que los equipos y plataforma suministrada para la partida 2 Monitoreo Centralizado son nuevos y versiones actuales, asi como proporcionar el soporte por los próximos 5 años.
8. Carta bajo protesta de decir verdad, firmada por el representante legal de la persona licitante, en donde claramente se indique que las partes, piezas y refacciones a emplear durante los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo y la implementación de la plataforma de monitoreo centralizado son nuevas y 100% compatibles a las instaladas en los equipos.
9. Matriz de escalación xx xxxxxx en la que establezca los responsables de atención, con teléfonos celulares, cargo, nivel de responsabilidad y tiempo comprometido de atención y solución.
10. Carta bajo protesta de decir verdad, firmada por el representante legal de la persona licitante, en la que se manifieste que cuenta con la capacidad técnica y de recursos humanos, así como con el equipamiento, instrumentos, refacciones, componentes y herramientas tanto de hardware como de software necesarios para proporcionar los servicios descritos en el presente documento.
11. Carta de la persona licitante firmada por el representante legal, que garantice la calidad de los servicios suministrados. Dicha carta debe contemplar los tiempos de respuesta requeridos a fin de cumplir con los niveles de servicio (SLA’s) establecidos durante la vigencia del contrato, así como el soporte en sitio.
12. En estricto apego a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos vigente, la persona licitante debe de especificar de manera clara a través de qué medios dispondrá de los residuos de manejo especial que generen estos servicios, entendiendo como residuos de manejo especial las baterías, grasas, aceites, solventes, gas refrigerante, etcétera, que sean desechados. Debe incluir copia simple del contrato vigente con la prestadora de servicios autorizada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), mediante la cual se dispondrán de estos residuos.
13. La persona licitante debe contar con un líder de proyecto o coordinador de servicios, que será el contacto entre la persona adjudicada y la DGTI, el cual, debe de cubrir el siguiente perfil, siendo necesario presentar en la propuesta técnica los siguientes documentos:
a) Ingeniera o Ingeniero titulado, en las áreas de ingeniería eléctrica o mecánica, electrónica o electromecánica o carrera afín. Se deberá incluir copia simple del título y/o cédula.
b) Currículum Vitae, donde se especifique la experiencia al frente de equipos de trabajo y los proyectos donde ha colaborado, así como los alcances de estos.
c) Copia simple de constancias de capacitación en estándares y diseño de Centro de Datos, así como diseño de instalaciones eléctricas industriales con base en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-2012 Instalaciones Eléctricas (utilización).
d) Una de las actividades requeridas para la persona coordinadora de servicios o líder de proyecto es revisar la calidad de los trabajos realizados en sitio, independientemente de coordinar a su personal para que estos servicios se den en tiempo y forma.
e) En caso de que la persona adjudicada requiera cambiar a la persona designada como coordinador de servicios o líder de proyecto, debe de notificarlo de manera previa por lo menos 15 días hábiles antes a quien administre el contrato, incluyendo la propuesta la nueva persona líder de proyecto, el cual, debe de cubrir los mismos requisitos ya establecidos.
14. La persona licitante debe contar con al menos 4 personas destinadas para proporcionar los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo objeto del presente Anexo Técnico, con los siguientes requisitos mínimos:
a) Nivel de estudios medio superior comprobable a través de la copia simple del certificado de estudios.
b) Currículum vitae donde se especifique un mínimo de 3 años de experiencia como técnico especialista en equipo de aire acondicionado de precisión y/o sistemas de energía ininterrumpida de cualquier marca.
c) Copia simple de las constancias de capacitación en mantenimiento a sistemas de aire acondicionados de precisión y/o sistemas de energía ininterrumpida UPS.
d) Copia simple de 3 certificados DC-3 (constancia de competencias o habilidades laborales) por persona, donde uno de ellos debe ser el de “trabajos en altura” establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-009-STPS-2011 (Condiciones de seguridad para realizar trabajos en altura), o Norma Oficial Mexicana más reciente aplicable.
15. Garantía de un año para cada uno de los equipos que conforman la infraestructura de monitoreo y seguridad de los Centros de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones, la plataforma de monitoreo centralizado y las instalaciones realizadas.
La persona adjudicada debe contar con una mesa de servicio con una disponibilidad de 24 x 7 los 365 días del año, que cumpla con las siguientes actividades:
a) Recibir, registrar y atender todas las solicitudes e incidentes notificados a su mesa de servicio, independientemente del medio por el cual se haya reportado (Web, correo electrónico o vía telefónica).
b) Asignar un número de reporte mediante el cual se dé seguimiento a la atención y solución de todos los incidentes y solicitudes reportados a la mesa de servicio hasta el cierre del reporte.
c) Proporcionar una cuenta de correo electrónico de soporte a la SCJN, donde su mesa de servicio reciba las alertas y notificaciones de los sistemas que conforman la infraestructura de Centro de Datos y estén habilitados para ese propósito, con el objeto de que, de manera proactiva se atiendan los incidentes detectados.
d) Xxxxxx al líder de proyecto para garantizar el cumplimiento de los tiempos de solución (SLA´s) estipulados en la tabla de niveles de servicio. (Descritos en el numeral 9. “Niveles de Servicio”).
a) Por ningún motivo se permitirá que el personal de la persona adjudicada labore dentro de las instalaciones de la SCJN sin supervisión por parte del personal técnico que designe el administrador del contrato.
b) La persona licitante debe contar con el suficiente personal capacitado, que xxxxx el perfil mencionado en los párrafos anteriores.
c) La persona adjudicada proporcionará todos los mecanismos e implementos de trabajo requeridos para que el personal a su cargo cuente con las medidas de seguridad necesarias y suficientes que garanticen su integridad física (casco con barbiquejo, botas, guantes, uniforme adecuado, faja, arnés, escaleras, andamios, herramientas y todo lo necesario según aplique o se requiera).
d) La persona adjudicada será el responsable de colocar los señalamientos removibles necesarios durante la ejecución de las actividades, que alerten al personal de la SCJN de las áreas en que se trabaja, con la finalidad de evitar accidentes.
e) El personal de la persona adjudicada debe portar el uniforme distintivo y mostrar un buen comportamiento durante la prestación de los servicios.
f) Todas las áreas donde se presten los servicios deben quedar completamente limpias al término de los trabajos.
g) La SCJN proporcionará a la persona adjudicada las siguientes facilidades:
1. Acceso al estacionamiento para carga y descarga por un periodo máximo de 1 hora, sujeto a disponibilidad y autorización de la SCJN.
2. Acceso a servicios sanitarios. Dentro de estos servicios no existen regaderas ni vestidores.
3. Energía eléctrica no regulada, disponible en áreas específicas del Centro de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones, por lo que se deberán considerar los insumos necesarios para tener acceso a éstas.
h) La sustitución de las piezas, partes y/o refacciones necesarias para el óptimo funcionamiento de cada uno de los sistemas se reemplazarán las veces que el fabricante de cada uno de los sistemas así lo estipule, o las veces que el sistema lo requiera, las cuales deben ser nuevas y 100% compatibles a las instaladas, de iguales o superiores características.
i) Los horarios para los mantenimientos preventivos serán definidos con la persona adjudicada, previa presentación y validación del calendario. Es importante considerar que estos servicios por necesidades propias de la SCJN podrían realizarse en horarios fuera de oficina o en fines de semana, las veces que fuere necesario.
j) Cualquier daño o desperfecto que se cometa a las instalaciones o al personal de la SCJN, imputable a los trabajos que realice la persona adjudicada o el personal a su cargo, deben ser atendidos, cubiertos, reparados o repuestos según sea el caso por uno de iguales o superiores características, por lo que debe contar con la póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra cualquier situación que incurra en este supuesto.
k) La SCJN podrá dar de baja en cualquier momento durante la vigencia del contrato, sistemas o equipos de la póliza de servicios de mantenimiento correctivo y preventivo, con el subsecuente ajuste en la facturación bimestral de los servicios contratados.
l) La plataforma de monitoreo centralizado debe quedar instalada en un tiempo no superior a 120 días naturales contados a partir del 1º de julio de 2024, en caso de tratarse de equipo de importación y que existan retrasos no imputables a la persona adjudicada, debe de notificarse con la mayor antelación posible al administrador del contrato.
Calendario de mantenimiento preventivo y correctivo.
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN/SCJN/DGRM/001/2024 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE MANTENIMIENTO Y MONITOREO PARA LOS CENTROS DE DATOS Y CUARTOS DE TELECOMUNICACIONES | ||||||||||||||
INGENIERÍA | ACTIVIDAD | ENE | FEB | MAR | ABR | MAY | JUN | JUL | AGS | SEP | OCT | NOV | DIC | |
UPS | Mantenimiento preventivo | X | X | X | ||||||||||
Cambio programado de baterías | De conformidad al levantamiento que realice la persona adjudicada | |||||||||||||
Revisión de parámetros (equipos en CD) | X | X | X | X | X | X | X | X | X | X | X | X | ||
A. ACOND. | Mantenimiento preventivo | X | X | X | ||||||||||
Reemplazo xx xxxxx | X | X | ||||||||||||
Reemplazo de filtros | X | X | X | |||||||||||
Pintura de tuberías | X | |||||||||||||
Revisión de parámetros (equipos en CD) | X | X | X | X | X | X | X | X | X | X | X | X | ||
S.D.S.I. | Mantenimiento preventivo | X | X | |||||||||||
Pintura tuberías | X | |||||||||||||
Pintura estructura | X | |||||||||||||
Revisión de parámetros | X | X | X | X | X | X | X | X | X | X | X | X | ||
Cam. Plena | Descontaminación | X | X | X | ||||||||||
Aplicación pintura retardante al fuego | X | |||||||||||||
Nivelación piso falso | X | |||||||||||||
Reemplazo piezas dañadas de piso | X | |||||||||||||
Las actividades mencionadas en la tabla anterior se realizarán por cada año durante la vigencia del contrato. 8. Lugar de ejecución de los trabajos La persona adjudicada debe entregar la totalidad de los equipos para su inventario de conformidad con los siguientes puntos: 1. Los equipos se entregarán en el Almacén General xx Xxxxxxxx para su registro en el inventario de la SCJN. El almacén general se ubica en xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx xxxxxx 0000 xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx, X.X. 09100, Ciudad de México. 2. Durante el proceso de alta de los equipos en el inventario de la SCJN, debe estar presente personal de la persona adjudicada para ayudar a desempacar y empacar el equipo, y verificar que se encuentra en buen estado, así como para colaborar en su correcta identificación y tomar nota del número de inventario asignado a cada equipo. GABP/LFCV/APR/MAEV/AHL/ECC LPN-ANEXOS-2024 |
3. Una vez que los equipos sean inventariados, la persona adjudicada será responsable de su traslado a cada uno de los inmuebles en donde se instalarán y pondrán en operación. Será su responsabilidad que los equipos lleguen en óptimas condiciones.
8.2 Lugares de entrega de los servicios
Nombre del Inmueble | Xxxxxxxxx | Xxxxxxx de atención de emergencias |
Edificio Sede | Xxxxx xx Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx xxxxxx 0, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000. Ciudad de México. | 24 x 7 los 365 días del año |
Edificio 16 de septiembre | Xxxxx 00 xx Xxxxxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxx, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. | |
Edificio Bolívar | Xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx 00 xx Xxxxxxxxxx, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. | |
Sede Alterna de Ministros | Xxxxxxx Xxxxxxxxxx xxxxxx 0000, XX, Xxxx 0 x 0, xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx, xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. | |
Justicia TV | Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xx Xxxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000. Ciudad de México. | |
Almacén General | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx xxxxxx 0000 xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, código postal 09100, Ciudad de México. | |
CENDI | Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx xxxxxx 000, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. | |
Edificio 5 de febrero | Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx xxxxxx 000 xxx. 5 de febrero, colonia Centro, alcaldía Cuauhtémoc, código postal 06080, Ciudad de México. |
9.1 Atención a fallas e incidentes
Se requiere que las fallas, incidentes, y/o demás solicitudes se atiendan y solucionen cumpliendo con los siguientes tiempos, incluido el Servicio de mantenimiento y soporte a la infraestructura de monitoreo y seguridad de los Centros de Datos:
Tiempo máximo para asistencia en sitio una vez | Tiempo para diagnóstico y solución temporal | Tiempo adicional para resolución definitiva del reporte | Tiempo máximo para resolución definitiva del reporte con reemplazo de partes | Para el caso específico del reemplazo de uno o dos compresores de |
generado el reporte | los sistemas de aire acondicionado | |||
3 horas | 3 horas adicionales a las tres primeras horas para asistencia en sitio | 2 horas adicionales a las 6 anteriores | 16 horas adicionales a las 8 anteriores por cambio de partes total 24 horas | 54 horas adicionales a las 24 anteriores por cambio de compresor(es) total, de 78 horas |
Para cumplir con los tiempos establecidos en la tabla anterior, la persona adjudicada debe tomar las medidas necesarias temporales para evitar la interrupción de la operación, en tanto se trabaja en la solución definitiva.
10.1 Listado de Equipos y Ubicaciones
10.1.1. Sistemas de Energía Ininterrumpida
Edificio | Infraestructura / Ubicación | No. | Marca | Modelo | Vida útil estimada a partir del 2024 (años) | No de serie / inventario |
Edificio Sede | Sistemas de Energía Ininterrumpida / Centro de Datos Puerta 2036 / Cuenta con Electroductos | 1 | UPS 1 APC 100 KVA | SYCF100KF | 4 | PD1348350110 |
2 | PDU 1 APC | PDPM100F6F-M | 4 | PI1336160029 | ||
3 | UPS 2 APC 100 KVA | SYCF100KF | 4 | PD1414350057 | ||
4 | PDU 2 APC | PDPM100F6F-M | 4 | PI1333160052 | ||
5 | UPS 3 APC 100 KVA | SYCF100KF | 4 | PD1409350117 | ||
6 | PDU 3 APC | PDPM100F6F-M | 4 | PI1336160026 | ||
7 | APC UPS DE 60 KVA | SYCF100KF | 7 | QD1641240233 | ||
Sistema de Energía Ininterrumpida / Cuarto UPS Justicia TV (Pasos Perdidos) | 8 | UPS 1 APC 40 KVA | SYCF40KF | 7 | QD1542140062 | |
9 | UPS 2 APC 40 KVA | SYCF40KF | 7 | PD1545150075 | ||
Sistema de Energía Ininterrumpida / IDF 5 | 10 | UPS APC | SU2200RMXL30 | 3 | QS0435223930 | |
Edificio 16 de Septiembre | Sistemas de Energía Ininterrumpida / Centro de Datos Piso 4 / Cuenta con Electroductos | 11 | UPS APC 100 KVA | SYCF100KVA | 4 | PD1336350060 |
12 | PDU APC | PDM100F6F-M | 4 | PI1339360062 | ||
13 | APC UPS DE 60 KVA | SYCF100KF | 7 | QD1641240225 | ||
14 | PDU APC | PDPM100F6F-M | 7 | QI1635140996 | ||
Sistema de Energía Ininterrumpida / IDF 6 | 15 | UPS APC | SURTA3000RMXL3U | 3 | QS1237131972 | |
16 | UPS APC | SURTA3000XL | 3 | QS1135132805 | ||
Sistema de Energía Ininterrumpida / IDF 3 | 17 | UPS APC | SURTA1500XL | 3 | JS0740006678 | |
18 | UPS APC | SUA3000XL | 3 | AS1144241034 |
Edificio | Infraestructura / Ubicación | No. | Marca | Modelo | Vida útil estimada a partir del 2024 (años) | No de serie / inventario |
Sistema de Energía Ininterrumpida / IDF Mezzanine | 19 | UPS APC | SURTA3000XL | 3 | QS1135132789 | |
Edificio Bolívar | Sistema de Energía Ininterrumpida / IDF Piso 4 | 20 | UPS APC | SURTA3000RMXL3U | 3 | QS1237131973 |
Sistema de Energía Ininterrumpida / IDF Piso 3 | 21 | UPS APC | SU3000RMXL3U | 3 | QS0446310333 | |
Sistema de Energía Ininterrumpida / IDF Pb | 22 | UPS APC | SURTA1500XL | 3 | JS0745012129 | |
Sistema de Energía Ininterrumpida / CCTV Pb | 23 | UPS APC | SURTA3000XL | 3 | QS1135132802 | |
24 | UPS APC | SURTA3000XL | 3 | QS1135132804 | ||
Justicia TV | Sistema de Energía Ininterrumpida / IDF Azotea | 25 | MITSUBISHI 10 KVA | UP1133A-A203SU-2 | 4 | 11-7M73858-05 |
Sistema de Energía Ininterrumpida / Subestación | 26 | MITSUBISHI 75 KVA | UP2033A-E753SU-2 | 4 | 12-7M73956-02 | |
Sistema de Energía Ininterrumpida / Subestación | 27 | MITSUBISHI 75 KVA | UP2033A-E753SU-2 | 4 | 12-7M73956-04 | |
Sistema de Energía Ininterrumpida / Subestación | 28 | MITSUBISHI 75 KVA | UP2033A-E753SU-3 | 4 | 12-7M73956-03 | |
Sistema de Energía Ininterrumpida / Subestación | 29 | MITSUBISHI 75 KVA | UP2033A-E753SU-4 | 4 | 12-7M73956-05 | |
Sistema de Energía Ininterrumpida / Estudio | 30 | MITSUBISHI 75 KVA | UP2033A-E753SU-5 | 4 | 12-7M73995-04 | |
CENDI | Sistema de Energía Ininterrumpida / Sótano | 31 | MITSUBISHI 100 KVA | UP9733A-0104SU-2 | 4 | 09-7M72971-02 |
Sede Alterna de Ministros | Sistema de Energía Ininterrumpida / Centro de Datos Piso 1 (Biblioteca) / Cuenta con Electroductos | 32 | UPS APC 50KVA | SYCF100KF | 4 | PD1409350116 |
Sistema de Energía Ininterrumpida / Pleno Pb | 33 | UPS APC 40KVA | SYCF100KF | 7 | QD1642140066 | |
PDU APC Pleno Pb | 34 | PDU APC | PD40F6FK1-M | 7 | LP16471A0002 |
Edificio | Infraestructura / Ubicación | No. | Marca | Modelo | Vida útil estimada a partir del 2024 (años) | No de serie / inventario |
Sistema de Energía Ininterrumpida / Centro de Datos Piso 6 | 35 | UPS APC 60KVA | SYCF100KF | 7 | QD1642140065 | |
PDU APC Centro de Datos Piso 6 | 36 | PDU APC | PDPM100F6F-M | 7 | QI1634240013 | |
Sistema de Energía Ininterrumpida / Cabina Pleno | 37 | UPS APC | SURTA1500XL | 3 | JS0745012110 | |
Sistema de Energía Ininterrumpida / CCTV Piso 6 | 38 | UPS APC | SURTA3000XL | 3 | QS1135132855 | |
39 | UPS APC | SURTA3000XL | 3 | QS1135132862 | ||
Almacén General | Sistema de Energía Ininterrumpida / CCTV Pb | 40 | APC UPS | SURTA3000XL | 3 | QS1135132867 |
41 | APC UPS | SURTA3000XL | 3 | QS1135132873 | ||
Sistema de Energía Ininterrumpida / Site Pb | 42 | APC UPS | SU1400RM2U | 3 | AS0211111053 | |
43 | APC UPS | SUA3000 | 3 | JS0445039943 | ||
Edificio 5 de Febrero | Sistema de Energía Ininterrumpida / Centro de Datos Piso 3 | 44 | II INDUSTRONIC | UPS-IND-1370 | 7 | 1370-111018001 |
45 | II INDUSTRONIC | UPS-IND-1370 | 7 | 1370-021018068 |
10.1.2. Sistemas de Aire Acondicionado de Precisión y Confort
Edificio
Edificio Sede
Infraestructura / ubicación
Sistema de Enfriamiento / Centro de Datos Pta. 2036
No.
1
2
3
4
Marca
Aire Acondicionado 1 XXXXXXX 20 TR
Aire Acondicionado 2 XXXXXXX 20 TR
Aire Acondicionado 3 XXXXXXX 20 TR
Aire Acondicionado 4 XXXXXXX 20 TR
Modelo
TCDV308-Y / DS070ADD0EI079A TCDV308-Y / DS070ADD0EI079A TCDV308-Y / DS070ADD0EI079A TCDV308-Y / DS070ADD0EI079A
Vida útil estimada a partir del 2024 (años)
3
3
3
3
No de serie / inventario
C14H4F2001 C14H4F2002 C14H4F1999 C14H4F1998
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN/SCJN/DGRM/001/2024 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE MANTENIMIENTO Y MONITOREO PARA LOS CENTROS DE DATOS Y CUARTOS DE TELECOMUNICACIONES | |||||||
Edificio | Infraestructura / ubicación | No. | Marca | Modelo | Vida útil estimada a partir del 2024 (años) | No de serie / inventario | |
Sistema de Enfriamiento / Azotea | 5 | Aire Acondicionado XXXXXXX MOCHILA 5 TR IDF 1 | ET0607LY0ATA533 | 3 | Y14GH50028 | ||
6 | Aire Acondicionado XXXXXXX MOCHILA 5 TR IDF 2 | ET0607LY0ATA533 | 3 | Y14GH50031 | |||
7 | Aire Acondicionado XXXXXXX MOCHILA 5 TR IDF 3 | ET0607LY0ATA533 | 3 | Y14GH50029 | |||
8 | Aire Acondicionado XXXXXXX MOCHILA 5 TR IDF 4 | ET0607LY0ATA533 | 3 | Y14GH50030 | |||
Sistema de Enfriamiento / IDF 5 | 9 | Aire Acondicionado DATAMATE 2 TR IDF 5 | DME037E-PH7 | 3 | Y14G305652 | ||
Sistema de Enfriamiento / Pb IDF 6 Estacionamiento | 10 | Aire Acondicionado DATAMATE 2 TR IDF 6 | DME037E-PH7 | 3 | Y14GG14126 | ||
Sistema de Enfriamiento 2 TR / Red Federal | 11 | Aire Acondicionado DATAMATE 2 TR | DME027E-PHN | 8 | Y19H30A103 | ||
Sistema de Enfriamiento / 3tr Cuarto Ups Pasos Perdidos JTV | 12 | Aire Acondicionado CARRIER 3 TR | 40CIC363A-E | 6 | B23170092 | ||
Edificio 16 de Septiembre | Sistema de Enfriamiento / Centro de Datos Piso 4 Servidores | 13 | Aire Acondicionado 1 XXXXXXX 15 TR | DS053ADD0EI601A | 3 | C14G8E0196 | |
14 | Aire Acondicionado 2 XXXXXXX 15 TR | DS053ADD0EI601A | 3 | C14G8E0195 | |||
Sistema de Enfriamiento / Centro de Datos Piso 4 Telco | 15 | Aire Acondicionado 1 XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | 3 | Y14G305650 | ||
16 | Aire Acondicionado 2 XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | 3 | Y14G305606 | |||
Sistema de Enfriamiento / IDF Mezanine | 17 | Aire Acondicionado XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | 3 | Y14G305607 | ||
GABP/LFCV/APR/MAEV/AHL/ECC LPN-ANEXOS-2024 |
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN/SCJN/DGRM/001/2024 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE MANTENIMIENTO Y MONITOREO PARA LOS CENTROS DE DATOS Y CUARTOS DE TELECOMUNICACIONES | |||||||
Edificio | Infraestructura / ubicación | No. | Marca | Modelo | Vida útil estimada a partir del 2024 (años) | No de serie / inventario | |
Sistema de Enfriamiento / IDF 3 | 18 | Aire Acondicionado XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | 3 | Y14G305621 | ||
Sistema de Enfriamiento / IDF 6 | 19 | Aire Acondicionado XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | 3 | Y14G305605 | ||
Sistema de Enfriamiento / Piso 4 Monitoreo | 20 | Aire Acondicionado TRANE 1 TR | 4TXK5524A1P00AA | 3 | 63229920702 | ||
Edificio Bolívar | Sistema de Enfriamiento / IDF 3 | 21 | Aire Acondicionado XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | 3 | Y14G305620 | |
Sistema de Enfriamiento / IDF 4 | 22 | Aire Acondicionado XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | 3 | Y14G305631 | ||
Justicia TV | Sistema de Enfriamiento / Mdf Piso 2 | 23 | XXXXXXX | DME027E-PH7 | 2 | Y13A303174 | |
24 | DATA AIRE | DCAU-0312-AO | 2 | 2014-1642-A | |||
Sistema de Enfriamiento / Subestación | 25 | DATA AIRE | DALA-1032-AC | 2 | 2014-1632-A | ||
Sistema de Enfriamiento / Master | 26 | DATA AIRE | DASA-0432-AO | 2 | 2014-1636-A | ||
27 | DATA AIRE | DASA-0432-AO | 2 | 2014-1637-A | |||
Sistema de Enfriamiento / Estudio | 28 | DATA AIRE | DAMA-2512-AO | 2 | 2014-1634-A | ||
Sistema de Enfriamiento / Ingesta | 29 | DATA AIRE | DAPA-0532-AO | 2 | 2014-1640-A | ||
Sistema de Enfriamiento / IDF Planta Baja | 30 | TRANE 1 TR | 4MXW5512A1000AA | 2 | 4A67330000712 | ||
Sistema de Enfriamiento / IDF Primer Piso | 31 | TRANE 1TR | 4MXW5512A1000AA | 2 | 4A6733000631 | ||
Sistema de Enfriamiento / Ingesta Azotea | 32 | TRANE 1TR | 4MXW5512A1000AA | 2 | S/N | ||
CENDI | Sistema de Enfriamiento / IDF Sótano | 33 | XXXXXXX 2 TR | DME027E-PH7 | 3 | 1037N203080 | |
34 | XXXXXXX 2 TR | DME027E-PHN | 8 | Y19B30A087 | |||
Sistema de Enfriamiento / IDF Pb | 35 | XXXXXXX | DME027E-PHN | 8 | Y19F30A013 | ||
GABP/LFCV/APR/MAEV/AHL/ECC LPN-ANEXOS-2024 |
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN/SCJN/DGRM/001/2024 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE MANTENIMIENTO Y MONITOREO PARA LOS CENTROS DE DATOS Y CUARTOS DE TELECOMUNICACIONES | ||||||||
Edificio | Infraestructura / ubicación | No. | Marca | Modelo | Vida útil estimada a partir del 2024 (años) | No de serie / inventario | ||
Sistema de Enfriamiento / IDF Piso 1 | 36 | XXXXXXX | DME027E-PHN | 8 | Y19F30A012 | |||
Sede Alterna de Ministros. | Sistema de Enfriamiento / Piso 1 Biblioteca | 37 | Aire Acondicionado XXXXXXX 10 TR | DS035ADD0EI601A | 3 | C14H8E0009 | ||
Sistema de Enfriamiento / Centro de Datos Piso 6 | 38 | Aire Acondicionado XXXXXXX 5 TR | MMD60ENDHEHN | 8 | Y19BB1A141 | |||
Almacén General | Sistema de Enfriamiento / IDF Pb | 39 | Aire Acondicionado XXXXXXX 2 TR | DME027E-PHN | 8 | Y19D30A066 | ||
5 De Febrero | Sistema de Enfriamiento 1 Centro de Datos | 40 | Aire Acondicionado XXXXXXX 10 TR | DS053ASD1EI666A | 8 | N18A8E0111 | ||
Sistema de Enfriamiento 2 Centro de Datos | 41 | Aire Acondicionado XXXXXXX 10 TR | DS053ASD1EI666A | 8 | N18A8E0109 | |||
Sistema de Enfriamiento 3 Centro de Datos. | 42 | Aire Acondicionado XXXXXXX 10 TR | DS053ASD1EI666A | 8 | N18A8E0110 | |||
10.1.3. Sistemas de Detección y Supresión de Incendios | ||||||||
Edificio | Infraestructura / ubicación | No. | Marca | Modelo | Observaciones | Vida útil estimada a partir del 2024 (años) | ||
Edificio Sede | Sistema de Detección y Supresión de Incendios / Centro de Datos Pta 2036 | 1 | NOTIFIRE | NFS-320 NOVEC 1230 | 4 tanques 2 de 114, 164 y 162 libras, 16 detectores, 9 sirenas 4 estaciones de descarga | 6 | ||
Edificio 16 de Septiembre | Sistema de Detección y Supresión de Incendios / Centro de Datos Piso 4 | 2 | NOTIFIRE | NFS-320 NOVEC 1230 | 3 tanques de 195, 75 y 188 libras, 16 detectores, 9 sirenas, 3 estaciones de descarga | 6 | ||
Justicia TV | Sistema de Detección y Supresión de Incendios / MDF Piso 2 | 3 | XXXX | SHP PRO FM-200 | 1 tanque de 49 libras, 4 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | 5 | ||
CENDI | Sistema de Detección y Supresión de Incendios / Sótano | 4 | NOTIFIRE | RP-2002 FM-200 | 1 tanque de 45 libras, 4 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | 6 | ||
Sistema de Detección y Supresión de Incendios / IDF Pb | 5 | NOTIFIRE | RP-2002 FM-200 | 1 tanque de 45 libras, 4 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | 6 | |||
GABP/LFCV/APR/MAEV/AHL/ECC LPN-ANEXOS-2024 |
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN/SCJN/DGRM/001/2024 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE MANTENIMIENTO Y MONITOREO PARA LOS CENTROS DE DATOS Y CUARTOS DE TELECOMUNICACIONES | |||||||
Edificio | Infraestructura / ubicación | No. | Marca | Modelo | Observaciones | Vida útil estimada a partir del 2024 (años) | |
Sistema de Detección y Supresión de Incendios / IDF Piso 1 | 6 | NOTIFIRE | RP-2002 FM-200 | 1 tanque de 45 libras, 4 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | 6 | ||
Sede Alterna de Ministros | Sistema de Detección y Supresión de Incendios / Centro de Datos Piso 6 | 7 | FIRELITE | MRP-2002 FM-200 | 1 tanque de 68 libras, 4 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | 5 | |
Sistema de Detección y Supresión de Incendios / Piso 1 Biblioteca | 8 | NOTIFIRE | RP-2002 NOVEC 1230 | 1 tanque de 50 libras, 4 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | 6 | ||
5 De Febrero | Sistema de Detección y Supresión de Incendios Centro de Datos 3er Piso | 9 | NOTIFIRE | NF-320 NOVEC 1230 | 1 tanque de 70 libras, 6 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | 8 | |
10.1.4. Limpieza y Descontaminación de la Cámara Plena Baja, Media y Alta 11. Anexo 11.1 Arquitectura de la plataforma de monitoreo centralizado. GABP/LFCV/APR/MAEV/AHL/ECC LPN-ANEXOS-2024 |
Edificio | Infraestructura / ubicación | No. | Marca | Altura |
Edificio Sede | Cámara plena baja, media y alta | 1 | XXXXX | 180 m2 por x 60 cm de alto (cámara plena) 5.15 metros de alto total |
Edificio 16 de Septiembre | Cámara plena baja, media y alta | 2 | XXXXX | 110 m2 x 30 cm (cámara plena) x 3.50 metros de alto total |
Sede alterna de Ministros | Cámara plena baja, media y alta. Piso 1 | 3 | XXXXX | 12 m2 x 30 cm (cámara plena) x 3.50 metros de alto total |
Cámara plena baja, media y alta. Piso 6 | 4 | XXXXX | 20 m2 x 15 cm (cámara plena) x 4 metros de alto total | |
Edificio 5 de Febrero | Cámara plena baja, media y alta | 5 | XXXXX | 2 x 60 cm (cámara plena) x 4.30 metros de alto total |
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GABP/LFCV/APR/MAEV/AHL/ECC
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN/SCJN/DGRM/001/2024
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE MANTENIMIENTO Y MONITOREO PARA LOS CENTROS DE DATOS Y CUARTOS DE TELECOMUNICACIONES
LPN-ANEXOS-2024
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<.. image(Diagrama Descripción generada automáticamente) removed ..>
EQUIPO POR SUMINISTRAR
Cerradura magnética Sensor de temperatura y hr Centro de Datos
Sensor de temperatura y hr ct
Sensores para detección de agua bajo el piso falso Biométrica de ingreso Centro de Datos Lectora de egreso Centro de Datos
Biométrica de ingreso ct Lectora de
egreso ct
Sensor apertura de puerta Centro de Datos Sensor liberación emergencia Centro de Datos
EDIFICIO SEDE
8
7
EDIFICIO ALTERNO
4
4
EDIFICIO BOLÍVAR
0
0
EDIFICIO 5 DE FEBRERO
6 | 3 | 3 | 6 | 3 | 3 | 1 | 1 | 26 |
16 | 12 | 0 | 8 | 0 | 0 | 4 | 4 | 44 |
6 | 3 | 3 | 5 | 3 | 3 | 0 | 0 | 23 |
4 | 2 | 0 | 3 | 0 | 0 | 1 | 1 | 11 |
7 | 4 | 0 | 1 | 0 | 0 | 1 | 1 | 14 |
7 | 4 | 0 | 1 | 0 | 0 | 1 | 1 | 14 |
6 | 3 | 3 | 5 | 3 | 3 | 0 | 0 | 23 |
6 | 3 | 3 | 5 | 3 | 3 | 0 | 0 | 23 |
1
1
JUSTICIA TV
0
0
CENDI
0
0
REVOLUCIÓN PRIMER PISO
0
0
REVOLUCIÓN SEXTO PISO
1
1
TOTAL
14
13
EQUIPOS PARA INTEGRAR AL MONITOREO
Unidad de aire acondicionado Xxxxxxx/Vertiv
UPS APC
Symmetra
UPS
Industronic
Sistema de detección y supresión de incendios
EDIFICIO SEDE
EDIFICIO ALTERNO
EDIFICIO BOLÍVA
R FEBRERO TV PISO SEXTO PISO | ||||||||
4 | 2 | 0 | 3 | 0 | 0 | 1 | 1 | 11 |
6 | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2 | 1 | 11 |
0 | 0 | 0 | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2 |
1 | 1 | 0 | 1 | 1 | 3 | 1 | 1 | 9 |
EDIFICIO 5 DE
JUSTICIA
CENDI
REVOLUCIÓN PB Y PRIMER
REVOLUCIÓN
TOTAL
NOTAS:
1.- LOS AIRES, UPS Y SISTEMAS DE DETECCIÓN Y SUPRESIÓN DE INCENDIO YA EXISTEN SON LOS EQUIPOS QUE SE DEBEN INTEGRAR AL MONITOREO; CONSIDERAR QUE LOS TABLEROS DE LOS SISTEMA DE DETECCIÓN Y SUPRESIÓN DE INCENDIOS NO CUENTAN CON TARJETA DE RED.
2.- CT=CUARTO DE TELECOMUNICACIONES
3.-LAS CANTIDADES DE EQUIPOS A SUMINISTRAR SON LAS MÍNIMAS. POR SITIO, INDEPENDIENTE DE LA SOLUCIÓN DE MONITOREO OFERTADA
ANEXO 2b
CUMPLIMIENTO DE NORMAS
(Xxxxxxxx xxxxxxx) (En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE
(Nombre del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa participante), por medio de la presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que mi representada cumple con las Normas Nacionales e Internacionales respecto del , conforme lo establece la Ley de Infraestructura de la Calidad y demás disposiciones aplicables, según se indica a continuación:
I. Normas Nacionales
II. Normas Internacionales
ATENTAMENTE
Nombre de la empresa participante
Nombre y firma de la persona representante legal de la persona moral
CUMPLIMIENTO DE NORMAS
(Personas físicas) (En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE
(Nombre de la persona física), por mi propio derecho, por medio de la presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que cumplo con las Normas Nacionales e Internacionales respecto del , conforme lo establece la Ley de Infraestructura de la Calidad y demás disposiciones aplicables, según se indica a continuación:
I. Normas Nacionales
II. Normas Internacionales
ATENTAMENTE
Nombre y firma de la persona participante (Persona física)
ANEXO 2c
CARTA MANIFIESTO PARA PARTICIPAR EN LA JUNTA DE ACLARACIONES
(En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE
De conformidad con el artículo 65, segundo párrafo, del Acuerdo General de Administración XIV/2019, así como el numeral 5.4 de las bases del procedimiento de contratación en cita, manifiesto bajo protesta de decir verdad el interés de (Nombre o Razón Social), con Registro Federal de Contribuyentes para participar en la junta de aclaraciones derivada de la Licitación Pública Nacional No. LPN/SCJN/DGRM/001/2024, la cual se efectuará vía electrónica a través de la plataforma de Microsoft Teams.
Asimismo, en mi carácter de representante legal, declaro que por parte de mi representada quien asistirá a la junta de aclaraciones electrónica, registrando para tal efecto el correo electrónico y teléfono del contacto que se señala, únicamente para efecto de conexión a la misma, será:
• Nombre de quien participará en la junta de aclaraciones:
• Correo electrónico
• Teléfono
Protesto lo necesario
[Nombre y firma de la persona física
o la persona representante legal de la persona moral]
Nota: Los participantes deberán adjuntar a la presente carta manifiesto, copia de la Identificación Oficial Vigente del que suscribe y de quien asistirá a la junta de aclaraciones.
ANEXO 3
FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA
(En papel membretado de la persona participante)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE
Consecutivo | Marca | Modelo | No. De Serie/ No inventario | Unidad de medida | Cantidad “A” | Precio Unitario “B” | Subtotal Antes de IVA “A” x “B” |
Subpartida 1.1 Sistemas de energía ininterrumpida | |||||||
1.1.1 | UPS 1 APC 100 KVA | SYCF100KF | PD1348350110 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.2 | PDU 1 APC | PDPM100F6F-M | PI1336160029 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.3 | UPS 2 APC 100 KVA | SYCF100KF | PD1414350057 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.4 | PDU 2 APC | PDPM100F6F-M | PI1333160052 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.5 | UPS 3 APC 100 KVA | SYCF100KF | PD1409350117 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.6 | PDU 3 APC | PDPM100F6F-M | PI1336160026 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.7 | APC UPS DE 60 KVA | SYCF100KF | QD1641240233 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.8 | UPS 1 APC 40 KVA | SYCF40KF | QD1542140062 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.9 | UPS 2 APC 40 KVA | SYCF40KF | PD1545150075 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.10 | UPS APC | SURTA3000XL | DGI-025753 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.11 | UPS APC | SURTA3000XL | QS1135132805 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.12 | UPS APC | SU2200RMXL30 | QS0435223930 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.13 | UPS APC 100 KVA | SYCF100KVA | PD1336350060 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.14 | PDU APC | PDM100F6F-M | PI1339360062 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.15 | APC UPS DE 60 KVA | SYCF100KF | QD1641240225 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.16 | PDU APC | PDPM100F6F-M | QI1635140996 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.17 | UPS APC | SURTA3000RMXL 3U | QS1237131972 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.18 | UPS APC | SURTA1500XL | JS0740006678 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.19 | UPS APC | SURTA3000XL | QS1135132789 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.20 | UPS APC | SURTA3000RMXL 3U | QS1237131973 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.21 | UPS APC | SU3000RMXL3U | QS0446310333 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.22 | UPS APC | SURTA1500XL | JS0745012129 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.23 | UPS APC | SURTA3000XL | QS1135132802 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.24 | UPS APC | SURTA3000XL | QS1135132804 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.25 | MITSUBISHI 10 KVA | UP1133A- A203SU-2 | 11-7M73858-05 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.26 | MITSUBISHI 75 KVA | UP2033A- E753SU-2 | 12-7M73956-02 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.27 | MITSUBISHI 75 KVA | UP2033A- E753SU-2 | 12-7M73956-04 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.28 | MITSUBISHI 75 KVA | UP2033A- E753SU-3 | 12-7M73956-03 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.29 | MITSUBISHI 75 KVA | UP2033A- E753SU-4 | 12-7M73956-05 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.30 | MITSUBISHI 75 KVA | UP2033A- E753SU-5 | 12-7M73995-04 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.31 | MITSUBISHI 100 KVA | UP9733A- 0104SU-2 | 09-7M72971-02 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.32 | UPS APC 50KVA | SYCF100KF | PD1409350116 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.33 | UPS APC 40KVA | SYCF100KF | QD1642140066 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.34 | PDU APC | PD40F6FK1-M | LP16471A0002 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.35 | UPS APC 60KVA | SYCF100KF | QD1642140065 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.36 | PDU APC | PDPM100F6F-M | QI1634240013 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
Consecutivo | Marca | Modelo | No. De Serie/ No inventario | Unidad de medida | Cantidad “A” | Precio Unitario “B” | Subtotal Antes de IVA “A” x “B” |
1.1.37 | UPS APC | SURTA1500XL | JS0745012110 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.38 | UPS APC | SURTA3000XL | QS1135132855 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.39 | UPS APC | SURTA3000XL | QS1135132862 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.40 | APC UPS | SURTA3000XL | QS1135132867 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.41 | APC UPS | SURTA3000XL | QS1135132873 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.42 | APC UPS | SU1400RM2U | AS0211111053 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.43 | APC UPS | SUA3000 | JS0445039943 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.44 | II INDUSTRONIC | UPS-IND-1370 | 1370-111018001 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.45 | II INDUSTRONIC | UPS-IND-1370 | 1370-021018068 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
Subpartida 1.2. Mantenimiento preventivo y correctivo a sistemas de aire acondicionado de precisión y confort | |||||||
1.2.1 | AIRE ACONDICIONADO 1 XXXXXXX 20 TR | TCDV308-Y / DS070ADD0EI079A | C14H4F2001 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.2 | AIRE ACONDICIONADO 2 XXXXXXX 20 TR | TCDV308-Y / DS070ADD0EI079A | C14H4F2002 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.3 | AIRE ACONDICIONADO 3 XXXXXXX 20 TR | TCDV308-Y / DS070ADD0EI079A | C14H4F1999 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.4 | AIRE ACONDICIONADO 4 XXXXXXX 20 TR | TCDV308-Y / DS070ADD0EI079A | C14H4F1998 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.5 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX MOCHILA 5 TR IDF 1 | ET0607LY0ATA533 | Y14GH50028 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.6 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX MOCHILA 5 TR IDF 2 | ET0607LY0ATA533 | Y14GH50031 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.7 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX MOCHILA 5 TR IDF 3 | ET0607LY0ATA533 | Y14GH50029 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.8 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX MOCHILA 5 TR IDF 4 | ET0607LY0ATA533 | Y14GH50030 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.9 | AIRE ACONDICIONADO DATAMATE 2 TR IDF 5 | DME037E-PH7 | Y14G305652 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.10 | AIRE ACONDICIONADO DATAMATE 2 TR IDF 6 | DME037E-PH7 | Y14GG14126 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.11 | AIRE ACONDICIONADO DATAMATE 2 TR | DME027E-PHN | Y19H30A103 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.12 | AIRE ACONDICIONADO CARRIER 3 TR | 40CIC363A-E | B23170092 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.13 | AIRE ACONDICIONADO 1 XXXXXXX 15 TR | DS053ADD0EI601A | C14G8E0196 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.14 | AIRE ACONDICIONADO 2 XXXXXXX 15 TR | DS053ADD0EI601A | C14G8E0195 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.15 | AIRE ACONDICIONADO 1 XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | Y14G305650 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.16 | AIRE ACONDICIONADO 2 XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | Y14G305606 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.17 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | Y14G305607 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.18 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | Y14G305621 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.19 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | Y14G305605 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.20 | AIRE ACONDICIONADO TRANE 1 TR | 4TXK5524A1P00AA | 63229920702 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.21 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | Y14G305620 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.22 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | Y14G305631 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.23 | XXXXXXX | DME027E-PH7 | Y13A303174 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.24 | DATA AIRE | DCAU-0312-AO | 2014-1642-A | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.25 | DATA AIRE | DALA-1032-AC | 2014-1632-A | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.26 | DATA AIRE | DASA-0432-AO | 2014-1636-A | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.27 | DATA AIRE | DASA-0432-AO | 2014-1637-A | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.28 | DATA AIRE | DAMA-2512-AO | 2014-1634-A | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
Consecutivo | Marca | Modelo | No. De Serie/ No inventario | Unidad de medida | Cantidad “A” | Precio Unitario “B” | Subtotal Antes de IVA “A” x “B” |
1.2.29 | DATA AIRE | DAPA-0532-AO | 2014-1640-A | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.30 | TRANE 1 TR | 4MXW5512A1000AA | 4A67330000712 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.31 | TRANE 1TR | 4MXW5512A1000AA | 4A6733000631 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.32 | TRANE 1TR | 4MXW5512A1000AA | S/N | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.33 | XXXXXXX | DME027E-PH7 | 1037N203080 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.34 | XXXXXXX | DME027E-PHN | Y19B30A087 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.35 | XXXXXXX | DME027E-PHN | Y19F30A013 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.36 | XXXXXXX | DME027E-PHN | Y19F30A012 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.37 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 10 TR | DS035ADD0EI601A | C14H8E0009 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.38 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 5 TR | MMD60ENDHEHN | Y19BB1A141 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.39 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 2 TR | DME027E-PHN | Y19D30A066 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.40 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 10 TR | DS053ASD1EI666A | N18A8E0111 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.41 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 10 TR | DS053ASD1EI666A | N18A8E0109 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.42 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 10 TR | DS053ASD1EI666A | MN18A8E0110 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
Subpartida 1.3 Mantenimiento preventivo y correctivo a Sistemas de Detección y Supresión de Incendios | |||||||
1.3.1 | NOTIFIRE | NFS-320 NOVEC 1230 | 4 tanques 2 de 114, 164 y 162 libras, 16 detectores, 9 sirenas 4 estaciones de descarga | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.3.2 | NOTIFIRE | NFS-320 NOVEC 1230 | 3 tanques de 195, 75 y 188 libras, 16 detectores, 9 sirenas, 3 estaciones de descarga | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.3.3 | XXXX | SHP PRO FM-200 | 1 tanque de 49 libras, 4 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.3.4 | NOTIFIRE | RP-2002 FM-200 | 1 tanque de 45 libras, 4 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.3.5 | NOTIFIRE | RP-2002 FM-200 | 1 tanque de 45 libras, 4 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.3.6 | NOTIFIRE | RP-2002 FM-200 | 1 tanque de 45 libras, 4 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.3.7 | FIRELITE | MRP-2002 FM-200 | 1 tanque de 68 libras, 4 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.3.8 | NOTIFIRE | RP-2002 NOVEC 1230 | 1 tanque de 50 libras, 4 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.3.9 | NOTIFIRE | NF-320 NOVEC 1230 | 1 tanque de 70 libras, 6 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
Subpartida 1.4. Limpieza y Descontaminación de la Cámara Plena Baja, Media y Alta | |||||||
1.4.1 | CÁMARA PLENA BAJA, MEDIA Y XXXX | XXXXX | 180 M2 POR X 60 CM DE ALTO (CÁMARA PLENA) 5.15 METROS DE ALTO TOTAL | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.4.2 | CÁMARA PLENA BAJA, MEDIA Y XXXX | XXXXX | 110 M2 X 30 CM (CÁMARA PLENA) X 3.50 METROS DE ALTO TOTAL | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.4.3 | CÁMARA PLENA BAJA, MEDIA Y ALTA. PISO 1 | XXXXX | 12 M2 X 30 CM (CÁMARA PLENA) X3.50 METROS DE ALTO TOTAL | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
Consecutivo | Marca | Modelo | No. De Serie/ No inventario | Unidad de medida | Cantidad “A” | Precio Unitario “B” | Subtotal Antes de IVA “A” x “B” |
1.4.4 | CÁMARA PLENA BAJA, MEDIA Y ALTA. PISO 6 | XXXXX | 20 M2 X 15 CM (CÁMARA PLENA) POR 4 METROS DE ALTO TOTAL | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.4.5 | CÁMARA PLENA BAJA, MEDIA Y XXXX | XXXXX | 73 M2 X 60 CM (CÁMARA PLENA) X 4.30 METROS DE ALTO TOTAL | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
PARTIDA 2 | |||||||
Cons . | Equipo/Sistema | Marca | Modelo | Unidad de Medida | Cantidad “A” | Precio Unitario “B” | Subtotal Antes IVA “A” X “B” |
2.1.1 | Sistemas biométricos para ingresos | Pieza | 37 | ||||
2.1.2 | Lector de tarjeta para egresos | Pieza | 37 | ||||
2.1.3 | Cerradura magnética. | Pieza | 26 | ||||
2.1.4 | Sensores de apertura de puerta | Pieza | 14 | ||||
2.1.5 | Estación liberadora de emergencia. | Pieza | 13 | ||||
2.1.6 | Sensores para medir temperatura ambiente y humedad relativa | Pieza | 67 | ||||
2.1.7 | Sensores para detección de agua bajo el piso falso. | Pieza | 11 | ||||
2.1.8 | Sistema de control | Sistema | 1 | ||||
2.1.9 | Plataforma de monitoreo centralizada | Sistema | 1 | ||||
2.1.10 | Instalación, configuración y puesta en operación de la infraestructura de monitoreo y seguridad de los centros de datos y cuartos de telecomunicaciones | Servicio | 1 | ||||
2.2.1 | Mantenimiento, preventivo, correctivo y soporte a la infraestructura de monitoreo y seguridad de los centros de datos y cuartos de telecomunicaciones | Servicio Bimestral | 10 | ||||
SUBTOTAL | $ | $ | |||||
I.V.A. | $ | $ | |||||
MONTO TOTAL | $ | $ |
Importe total global en letra: .
Incluir detalladamente en su propuesta, los conceptos del a) al g):
a) Vigencia del servicio:
Descripción | Periodo |
Servicio Integral de Mantenimiento para los Centros de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones en diversos edificios de la Ciudad de México | 18 bimestres (3 años) del 1° de julio de 2024 al 30 xx xxxxx de 2027. |
Suministro de la infraestructura de monitoreo y seguridad de los Centros de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones. | Hasta 30 días naturales contados a partir del 1° de julio de 2024. |
Instalación, configuración y puesta en operación de la infraestructura de monitoreo y seguridad de los Centros de Datos y cuartos de telecomunicaciones | Hasta 90 días naturales posteriores al Suministro de los equipos |
Servicio de mantenimiento y soporte a la infraestructura de monitoreo y seguridad de los Centros de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones. | Por un periodo de 10 bimestres iniciando al vencimiento de la garantía de un año (6 bimestres).r |
b) Lugar de prestación de los servicios:
Nombre del Inmueble | Xxxxxxxxx | Xxxxxxx de atención de emergencias |
Edificio Sede | Xxxxx xx Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx xxxxxx 0, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. | 24 x 7 los 365 días del año |
Edificio 16 de septiembre | Xxxxx 00 xx Xxxxxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxx, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. |
Nombre del Inmueble | Xxxxxxxxx | Xxxxxxx de atención de emergencias |
Edificio Bolívar | Xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx 00 xx Xxxxxxxxxx, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. | |
Sede Alterna de Ministros | Xxxxxxx Xxxxxxxxxx xxxxxx 0000, xxxxxx xxxx, xxxx 0 x 0, xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx, xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. | |
Justicia TV | Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xx Xxxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. | |
Almacén General | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx xxxxxx 0000, xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. | |
CENDI | Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx xxxxxx 000, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. | |
Edificio 5 de febrero | Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx xxxxxx 000 xxxxxxx 0 xx Xxxxxxx, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. |
c) Forma de pago:
Mediante transferencia bancaria, en moneda nacional a bimestre vencido devengado, previa validación técnica de que los servicios se hayan realizado en tiempo y forma, así como los entregables validados a entera satisfacción por parte del personal de la Dirección General de Tecnologías de la Información de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Una vez llevado a cabo lo anterior se podrá dar inicio al procedimiento administrativo correspondiente para el pago de la factura.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación realizará un pago único del 100%, por el suministro, instalación, configuración y puesta en operación de la infraestructura de monitoreo y seguridad de los centros de datos y cuartos de telecomunicaciones cuando éste se haya entregado e instalado en su totalidad a entera satisfacción de la Dirección General de Tecnologías de la Información, para lo cual emitirá una Acta de Entrega – Recepción.
En términos de los artículos 159 y 177 del Acuerdo General de Administración XIV/2019, en ningún caso procederán pagos por concepto de servicios no recibidos a entera satisfacción.
Los importes correspondientes a los ejercicios fiscales 2025, 2026 y 2027, estarán sujetos a que este Alto Tribunal cuente con los recursos presupuestales destinados para tales efectos, de conformidad con lo establecido en los artículos 39, fracciones II, del Acuerdo General de Administración XIV/2019 y 50, fracción IV, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, sin que la falta de éstos origine responsabilidad para la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
d) Vigencia de la propuesta: Las propuestas permanecerán vigentes por un plazo no menor de 90 días hábiles siguientes de la fecha de entrega de éstas.
e) Nombre y firma de la persona licitante o quien funja como su representante legal.
f) Los precios se mantendrán firmes hasta el cumplimiento total del contrato.
g) Los impuestos y derechos que se causen con motivo de la contratación serán pagados por la persona adjudicada, salvo los que por disposición legal deba cubrir la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Se deberá adjuntar como parte de su propuesta económica, las constancias solicitadas en el numeral 10.4 de las bases. Cuando se acuda al procedimiento en participación conjunta, todas las personas deberán presentar los documentos en los que consten la opinión positiva. La documentación presentada deberá considerar, en su caso, las modificaciones efectuadas en la junta de aclaraciones.
Razón Social R.F.C.
Domicilio Nombre y firma del participante o su representante o apoderado legal
Domicilio para firma del contrato respectivo: Señalar en su propuesta que, en caso de resultar adjudicado, el representante legal deberá presentarse a firmar el instrumento contractual respectivo, en la Dirección General de Recursos Materiales, con dirección en xxxxx Xxxxxxx 00, xxxxxx xxxx, xxxxxxx Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, previa cita.
ANEXO 4
MODELO DE CONTRATO ORDINARIO
*CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE MANTENIMIENTO Y MONITOREO PARA LOS CENTROS DE DATOS Y CUARTOS DE TELECOMUNICACIONES, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, EN LO SUCESIVO LA “SUPREMA CORTE", REPRESENTADA POR [ ], EN SU CARÁCTER DE [ ] Y, POR LA OTRA, [ ], [EN PARTICIPACIÓN CONJUNTA CON [ ], REPRESENTADA[S] EN ESTE ACTO POR [ ], Y POR [ ], SEÑALANDO AL [ ] COMO REPRESENTANTE COMÚN, EMPRESAS QUE EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ] EN LO SUCESIVO EL “PROVEEDOR”, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES IDENTIFICARÁ COMO “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. LA “SUPREMA CORTE” DECLARA POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE QUE:
I.1. Es uno de los órganos depositarios del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
I.2. Requiere contratar el servicio integral de mantenimiento y monitoreo para los centros de datos y cuartos de telecomunicaciones.
I.3. El Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, en su primera/segunda/tercera/cuarta/otra sesión [ ], celebrada el [ ], autorizó el fallo de la licitación pública nacional LPN/SCJN/DGRM/001/2024, adjudicando al “Prestador de Servicios” la presente contratación/la/s partida/s…, con fundamento en el/los artículo/s [ ], fracción/fracciones [ ], del Acuerdo General de Administración XIV/2019, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de siete de noviembre de dos mil diecinueve, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, arrendamiento, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras y prestación de servicios requeridos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en lo sucesivo “Acuerdo General de Administración XIV/2019”.
I.4 La suficiencia presupuestal se encuentra contemplada en el Programa Anual de Necesidades 2024 para cubrir las erogaciones provenientes del presente contrato y se encuentra disponible en la partida presupuestaria [ ], denominada [“ ”], de la Unidad Responsable [“ ”], del presupuesto autorizado para el ejercicio 2024.
El [ ], la [ ] autorizó la plurianualidad de la presente contratación.
En atención a lo dispuesto en los artículos 50 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 39, fracción II, último párrafo del “Acuerdacso General de Administración XIV/2019”, los pagos correspondientes a los ejercicios fiscales 2025, 2026 y 2027 quedarán sujetos a la disponibilidad de recursos presupuestales de los presupuestos de egresos que se autoricen a la “Suprema Corte”, sin que la falta de éste origine responsabilidad alguna para la “Suprema Corte”.
I.5. El/La [ ], en su carácter de [ ] de la “Suprema Corte”, está facultado/a para suscribir el presente contrato, según lo dispuesto en el artículo [ ,] fracción [ ] del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y el artículo [ ], del “Acuerdo General de Administración XIV/2019”.
I.6. Cuenta con la clave de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5 expedida a nombre de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el Servicio de Administración Tributaria.
I.7. Para todo lo relacionado con el presente contrato señala como su domicilio el ubicado en xxxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx, xxxxxx 0, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
II. EL “PRESTADOR DE SERVICIOS”/ LOS “PRESTADORES DE SERVICIOS”, POR CONDUCTO DE SU
APODERADO/A [ ], DECLARA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE:
[DENOMINACIÓN DE LA EMPRESA] (Empresa “A”)
II.1. Es una sociedad mercantil, legalmente constituida y registrada conforme las leyes mexicanas, en términos del testimonio notarial [ ] del [ ], pasado ante la fe del/de la licenciado/a [ ], Notario/a Público/a [ ] de/del/de la estado/ciudad; y está debidamente inscrita en el Registro [ ] ,en el folio mercantil [ ] del [ ].
II.2. El/La señor/a [ ], en su carácter de apoderado general/especial/administrador único de la empresa [ ], cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente contrato, en términos del [ ], otorgado mediante testimonio notarial [ ] del [ ], pasado ante la fe del/de la licenciado/a, Notario/a Público/a [ ] de/del/de la estado/ciudad; las cuales, a la fecha, no le han sido revocadas ni limitadas en forma alguna. Es una persona física que cuenta con la capacidad de ejercicio para actuar en el presente contrato.
II.3. Cuenta con la clave de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes [ ], expedida por el Servicio de Administración Tributaria, según cédula de identificación fiscal que exhibe.
II.4. Tiene como domicilio el ubicado en calle/avenida [ ], número [ ], colonia [ ], alcaldía [ ], código postal [ ], [ ]. [DENOMINACIÓN DE LA EMPRESA] (Empresa “B”)
II.5. Es una sociedad mercantil, legalmente constituida y registrada conforme las leyes mexicanas, en términos del testimonio notarial [ ] del [ ], pasado ante la fe del/de la licenciado/a [ ], Notario/a Público/a [ ] de/del/de la estado/ciudad; y está debidamente inscrita en el Registro [ ] ,en el folio mercantil [ ] del [ ].
II.6. El/La señor/a [ ], en su carácter de apoderado general/especial/administrador único de la empresa [ ], cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente contrato, en términos del poder otorgado mediante testimonio notarial [ ] del [ ], pasado ante la fe del/de la licenciado/a, Notario/a Público/a [ ] de/del/de la estado/ciudad; las cuales, a la fecha, no le han sido revocadas ni limitadas en forma alguna.
II.7. Cuenta con la clave de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes [ ], expedida por el Servicio de Administración Tributaria, según cédula de identificación fiscal que exhibe.
II.8. Tiene como domicilio para todo lo relacionado con el presente contrato el ubicado en calle/avenida [ ], número [ ], colonia [ ], alcaldía [ ], código postal [ ], [ ].
III. “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE COMÚN, MANIFIESTA QUE:
III.1. El [ ] de [ ] del año [ ] las empresas [ y ] celebraron un convenio de participación conjunta, cuyas obligaciones deberán cumplirse solidariamente en términos del mismo, por lo que la “Suprema Corte” reconoce el convenio para efectos del presente instrumento jurídico, documento que forma parte integrante del presente contrato como “Anexo Uno”.
III.2. Acepta que la presente relación contractual se regirá por las disposiciones del “Acuerdo General de Administración XIV/2019”.
III.3. A la fecha de la adjudicación de la presente contratación, no se encuentra en ninguno de los supuestos previstos en los artículos 62, fracciones XV y XVI y 193 del “Acuerdo General de Administración XIV/2019”.
III.4. Conoce perfectamente las especificaciones técnicas y de operación de los servicios, objeto del presente contrato, y cuenta con los recursos o elementos, humanos, técnicos, administrativos, económicos y financieros, así como con la experiencia y todos los requisitos xx xxx, necesarios para entregarlos a entera a entera satisfacción de la “Suprema Corte”.
III.5. Designa como domicilio común para todo lo relacionado con el presente contrato el ubicado en calle/avenida [ ], número [ ], colonia [ ], alcaldía [ ], código postal [ ], [ ].
Asimismo, manifiesta que comunicará a este Alto Tribunal, por medio de escrito original firmado por el representante en común cualquier cambio de domicilio que realice.
III.6. Para recibir los pagos en moneda nacional, derivados del presente contrato, señala la cuenta [ ], de la institución de banca múltiple [ ], plaza [ ], sucursal [ ], con CLABE interbancaria [ ].
La cuenta bancaria señalada en la presente declaración podrá sustituirse mediante escrito original firmado por el representante común del “Prestador de Servicios”.
IV. “LAS PARTES” DECLARAN RESPECTIVAMENTE POR CONDUCTO DE SUS REPRESENTANTES QUE:
IV.1. Se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad jurídica con la que comparecen para la celebración del presente instrumento contractual, sin mediar vicio del consentimiento y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en las declaraciones I.6 y III.5 de este instrumento contractual.
IV.2. Conocen el alcance y contenido de este contrato, por lo que están de acuerdo en someterse a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del presente contrato consiste en la prestación del servicio integral de mantenimiento y monitoreo para los centros de datos y cuartos de telecomunicaciones, que la “Suprema Corte” contrata, y el “Prestador de Servicios” presta, conforme lo siguiente:
Descripción general **
Consecutivo | Marca | Modelo | No. De Serie/ No inventario | Unidad de medida | Cantidad “A” | Precio Unitario “B” | Subtotal Antes de IVA “A” x “B” |
Subpartida 1.1 Sistemas de energía ininterrumpida | |||||||
1.1.1 | UPS 1 APC 100 KVA | SYCF100KF | PD1348350110 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.2 | PDU 1 APC | PDPM100F6F-M | PI1336160029 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.3 | UPS 2 APC 100 KVA | SYCF100KF | PD1414350057 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
Consecutivo | Marca | Modelo | No. De Serie/ No inventario | Unidad de medida | Cantidad “A” | Precio Unitario “B” | Subtotal Antes de IVA “A” x “B” |
1.1.4 | PDU 2 APC | PDPM100F6F-M | PI1333160052 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.5 | UPS 3 APC 100 KVA | SYCF100KF | PD1409350117 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.6 | PDU 3 APC | PDPM100F6F-M | PI1336160026 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.7 | APC UPS DE 60 KVA | SYCF100KF | QD1641240233 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.8 | UPS 1 APC 40 KVA | SYCF40KF | QD1542140062 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.9 | UPS 2 APC 40 KVA | SYCF40KF | PD1545150075 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.10 | UPS APC | SURTA3000XL | DGI-025753 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.11 | UPS APC | SURTA3000XL | QS1135132805 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.12 | UPS APC | SU2200RMXL30 | QS0435223930 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.13 | UPS APC 100 KVA | SYCF100KVA | PD1336350060 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.14 | PDU APC | PDM100F6F-M | PI1339360062 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.15 | APC UPS DE 60 KVA | SYCF100KF | QD1641240225 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.16 | PDU APC | PDPM100F6F-M | QI1635140996 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.17 | UPS APC | SURTA3000RMXL3U | QS1237131972 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.18 | UPS APC | SURTA1500XL | JS0740006678 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.19 | UPS APC | SURTA3000XL | QS1135132789 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.20 | UPS APC | SURTA3000RMXL3U | QS1237131973 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.21 | UPS APC | SU3000RMXL3U | QS0446310333 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.22 | UPS APC | SURTA1500XL | JS0745012129 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.23 | UPS APC | SURTA3000XL | QS1135132802 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.24 | UPS APC | SURTA3000XL | QS1135132804 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.25 | MITSUBISHI 10 KVA | UP1133A-A203SU-2 | 11-7M73858-05 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.26 | MITSUBISHI 75 KVA | UP2033A-E753SU-2 | 12-7M73956-02 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.27 | MITSUBISHI 75 KVA | UP2033A-E753SU-2 | 12-7M73956-04 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.28 | MITSUBISHI 75 KVA | UP2033A-E753SU-3 | 12-7M73956-03 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.29 | MITSUBISHI 75 KVA | UP2033A-E753SU-4 | 12-7M73956-05 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
Consecutivo | Marca | Modelo | No. De Serie/ No inventario | Unidad de medida | Cantidad “A” | Precio Unitario “B” | Subtotal Antes de IVA “A” x “B” |
1.1.30 | MITSUBISHI 75 KVA | UP2033A-E753SU-5 | 12-7M73995-04 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.31 | MITSUBISHI 100 KVA | UP9733A-0104SU-2 | 09-7M72971-02 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.32 | UPS APC 50KVA | SYCF100KF | PD1409350116 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.33 | UPS APC 40KVA | SYCF100KF | QD1642140066 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.34 | PDU APC | PD40F6FK1-M | LP16471A0002 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.35 | UPS APC 60KVA | SYCF100KF | QD1642140065 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.36 | PDU APC | PDPM100F6F-M | QI1634240013 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.37 | UPS APC | SURTA1500XL | JS0745012110 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.38 | UPS APC | SURTA3000XL | QS1135132855 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.39 | UPS APC | SURTA3000XL | QS1135132862 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.40 | APC UPS | SURTA3000XL | QS1135132867 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.41 | APC UPS | SURTA3000XL | QS1135132873 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.42 | APC UPS | SU1400RM2U | AS0211111053 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.43 | APC UPS | SUA3000 | JS0445039943 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.44 | II INDUSTRONIC | UPS-IND-1370 | 1370-111018001 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.1.45 | II INDUSTRONIC | UPS-IND-1370 | 1370-021018068 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
Subpartida 1.2. Mantenimiento preventivo y correctivo a sistemas de aire acondicionado de precisión y confort | |||||||
1.2.1 | AIRE ACONDICIONADO 1 XXXXXXX 20 TR | TCDV308-Y / DS070ADD0EI079A | C14H4F2001 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.2 | AIRE ACONDICIONADO 2 XXXXXXX 20 TR | TCDV308-Y / DS070ADD0EI079A | C14H4F2002 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.3 | AIRE ACONDICIONADO 3 XXXXXXX 20 TR | TCDV308-Y / DS070ADD0EI079A | C14H4F1999 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.4 | AIRE ACONDICIONADO 4 XXXXXXX 20 TR | TCDV308-Y / DS070ADD0EI079A | C14H4F1998 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.5 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX MOCHILA 5 TR IDF 1 | ET0607LY0ATA533 | Y14GH50028 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.6 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX MOCHILA 5 TR IDF 2 | ET0607LY0ATA533 | Y14GH50031 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
Consecutivo | Marca | Modelo | No. De Serie/ No inventario | Unidad de medida | Cantidad “A” | Precio Unitario “B” | Subtotal Antes de IVA “A” x “B” |
1.2.7 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX MOCHILA 5 TR IDF 3 | ET0607LY0ATA533 | Y14GH50029 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.8 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX MOCHILA 5 TR IDF 4 | ET0607LY0ATA533 | Y14GH50030 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.9 | AIRE ACONDICIONADO DATAMATE 2 TR IDF 5 | DME037E-PH7 | Y14G305652 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.10 | AIRE ACONDICIONADO DATAMATE 2 TR IDF 6 | DME037E-PH7 | Y14GG14126 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.11 | AIRE ACONDICIONADO DATAMATE 2 TR | DME027E-PHN | Y19H30A103 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.12 | AIRE ACONDICIONADO CARRIER 3 TR | 40CIC363A-E | B23170092 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.13 | AIRE ACONDICIONADO 1 XXXXXXX 15 TR | DS053ADD0EI601A | C14G8E0196 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.14 | AIRE ACONDICIONADO 2 XXXXXXX 15 TR | DS053ADD0EI601A | C14G8E0195 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.15 | AIRE ACONDICIONADO 1 XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | Y14G305650 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.16 | AIRE ACONDICIONADO 2 XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | Y14G305606 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.17 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | Y14G305607 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.18 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | Y14G305621 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.19 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | Y14G305605 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.20 | AIRE ACONDICIONADO TRANE 1 TR | 4TXK5524A1P00AA | 63229920702 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.21 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | Y14G305620 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.22 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 3 TR | DME037E-PH7 | Y14G305631 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.23 | XXXXXXX | DME027E-PH7 | Y13A303174 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.24 | DATA AIRE | DCAU-0312-AO | 2014-1642-A | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.25 | DATA AIRE | DALA-1032-AC | 2014-1632-A | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
Consecutivo | Marca | Modelo | No. De Serie/ No inventario | Unidad de medida | Cantidad “A” | Precio Unitario “B” | Subtotal Antes de IVA “A” x “B” |
1.2.26 | DATA AIRE | DASA-0432-AO | 2014-1636-A | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.27 | DATA AIRE | DASA-0432-AO | 2014-1637-A | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.28 | DATA AIRE | DAMA-2512-AO | 2014-1634-A | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.29 | DATA AIRE | DAPA-0532-AO | 2014-1640-A | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.30 | TRANE 1 TR | 4MXW 5512A1000AA | 4A67330000712 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.31 | TRANE 1TR | 4MXW 5512A1000AA | 4A6733000631 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.32 | TRANE 1TR | 4MXW 5512A1000AA | S/N | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.33 | XXXXXXX | DME027E-PH7 | 1037N203080 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.34 | XXXXXXX | DME027E-PHN | Y19B30A087 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.35 | XXXXXXX | DME027E-PHN | Y19F30A013 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.36 | XXXXXXX | DME027E-PHN | Y19F30A012 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.37 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 10 TR | DS035ADD0EI601A | C14H8E0009 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.38 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 5 TR | MMD60ENDHEHN | Y19BB1A141 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.39 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 2 TR | DME027E-PHN | Y19D30A066 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.40 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 10 TR | DS053ASD1EI666A | N18A8E0111 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.41 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 10 TR | DS053ASD1EI666A | N18A8E0109 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.2.42 | AIRE ACONDICIONADO XXXXXXX 10 TR | DS053ASD1EI666A | MN18A8E0110 | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
Subpartida 1.3 Mantenimiento preventivo y correctivo a Sistemas de Detección y Supresión de Incendios | |||||||
1.3.1 | NOTIFIRE | NFS-320 NOVEC 1230 | 4 tanques 2 de 114, 164 y 162 libras, 16 detectores, 9 sirenas 4 estaciones de descarga | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.3.2 | NOTIFIRE | NFS-320 NOVEC 1230 | 3 tanques de 195, 75 y 188 libras, 16 detectores, 9 sirenas, 3 estaciones de descarga | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.3.3 | XXXX | SHP PRO FM-200 | 1 tanque de 49 libras, 4 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
Consecutivo | Marca | Modelo | No. De Serie/ No inventario | Unidad de medida | Cantidad “A” | Precio Unitario “B” | Subtotal Antes de IVA “A” x “B” |
1.3.4 | NOTIFIRE | RP-2002 FM-200 | 1 tanque de 45 libras, 4 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.3.5 | NOTIFIRE | RP-2002 FM-200 | 1 tanque de 45 libras, 4 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.3.6 | NOTIFIRE | RP-2002 FM-200 | 1 tanque de 45 libras, 4 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.3.7 | FIRELITE | MRP-2002 FM-200 | 1 tanque de 68 libras, 4 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.3.8 | NOTIFIRE | RP-2002 NOVEC 1230 | 1 tanque de 50 libras, 4 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.3.9 | NOTIFIRE | NF-320 NOVEC 1230 | 1 tanque de 70 libras, 6 detectores, 1 sirena, 1 estación de descarga | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
Subpartida 1.4. Limpieza y Descontaminación de la Cámara Plena Baja, Media y Alta | |||||||
1.4.1 | CÁMARA PLENA BAJA, MEDIA Y XXXX | XXXXX | 180 M2 POR X 60 CM DE ALTO (CÁMARA PLENA) 5.15 METROS DE ALTO TOTAL | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.4.2 | CÁMARA PLENA BAJA, MEDIA Y XXXX | XXXXX | 110 M2 X 30 CM (CÁMARA PLENA) X 3.50 METROS DE ALTO TOTAL | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.4.3 | CÁMARA PLENA BAJA, MEDIA Y ALTA. PISO 1 | XXXXX | 12 M2 X 30 CM (CÁMARA PLENA) X3.50 METROS DE ALTO TOTAL | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.4.4 | CÁMARA PLENA BAJA, MEDIA Y ALTA. PISO 6 | XXXXX | 20 M2 X 15 CM (CÁMARA PLENA) POR 4 METROS DE ALTO TOTAL | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
1.4.5 | CÁMARA PLENA BAJA, MEDIA Y XXXX | XXXXX | 73 M2 X 60 CM (CÁMARA PLENA) X 4.30 METROS DE ALTO TOTAL | Servicio Bimestral | 18 | $ | $ |
PARTIDA 2 | |||||||
Cons. | Equipo/Sistema | Marca | Modelo | Unidad de Medida | Cantidad “A” | Precio Unitario “B” | Subtotal Antes IVA “A” X “B” |
2.1.1 | Sistemas biométricos para ingresos | Pieza | 37 | ||||
2.1.2 | Lector de tarjeta para egresos | Pieza | 37 |
Consecutivo | Marca | Modelo | No. De Serie/ No inventario | Unidad de medida | Cantidad “A” | Precio Unitario “B” | Subtotal Antes de IVA “A” x “B” |
2.1.3 | Cerradura magnética. | Pieza | 26 | ||||
2.1.4 | Sensores de apertura de puerta | Pieza | 14 | ||||
2.1.5 | Estación liberadora de emergencia. | Pieza | 13 | ||||
2.1.6 | Sensores para medir temperatura ambiente y humedad relativa | Pieza | 67 | ||||
2.1.7 | Sensores para detección de agua bajo el piso falso. | Pieza | 11 | ||||
2.1.8 | Sistema de control | Sistema | 1 | ||||
2.1.9 | Plataforma de monitoreo centralizada | Sistema | 1 | ||||
2.1.10 | Instalación, configuración y puesta en operación de la infraestructura de monitoreo y seguridad de los centros de datos y cuartos de telecomunicaciones | Servicio | 1 | ||||
2.2.1 | Mantenimiento, preventivo, correctivo y soporte a la infraestructura de monitoreo y seguridad de los centros de datos y cuartos de telecomunicaciones | Servicio Bimestral | 10 | ||||
SUBTOTAL | $ | $ | |||||
I.V.A. | $ | $ | |||||
MONTO TOTAL | $ | $ |
**Fuente de Información: Propuesta técnica económica presentada por el “Prestador de Servicios” el [ ].
Para la prestación del/de los servicio/s, objeto del presente contrato, el “Prestador de Servicios” debe cumplir con las normas nacionales e internacionales y demás disposiciones y ordenamientos que resulten aplicables.
Respecto de cualquier característica, término o condición no especificados en esta cláusula, serán aplicables los contenidos en la propuesta técnica-económica, presentada por el “Prestador de Servicios” el [ ], (y) en el “Requerimiento Técnico” anexo a las bases de la licitación pública nacional LPN/SCJN/DGRM/001/2024, (en su caso, agregar:) [y en el acta de la Junta de Aclaraciones de [ ],] ; documentos que forman parte integrante del presente contrato como “Anexo Dos”.
Para efectos del presente contrato, el “Prestador de Servicios” se compromete a prestar el/los servicio/s, objeto del presente contrato, y la “Suprema Corte” a efectuar su pago.
SEGUNDA. MONTO DEL CONTRATO.
El monto del presente contrato es por $[ ],[ ].[ ] ( pesos[ ]/100 moneda nacional), más el 16 por ciento del Impuesto al Valor Agregado, equivalente a $[ ],[ ].[ ] ( pesos[ ]/100 moneda nacional), resultando un monto total de $[ ],[ ].[ ] ( pesos [ ]/100 moneda nacional).
El monto pactado en la presente cláusula cubre el total del/de los servicio/s, objeto del presente instrumento contractual, por lo cual, la “Suprema Corte” no tiene obligación de cubrir monto adicional.
El “Prestador de Servicios” se obliga a respetar y mantener sin modificación los precios y condiciones de pago pactados en este contrato hasta su conclusión.
TERCERA. CONDICIÓN DE PRECIOS.
“Las Partes” convienen que los precios acordados en el presente contrato se mantendrán firmes hasta su total terminación.
CUARTA. FORMA DE PAGO.
La “Suprema Corte” pagará, al “Prestador de Servicios”, el monto indicado en la cláusula Segunda del presente instrumento contractual de la manera siguiente:
La “Suprema Corte” realizará un pago único del monto total correspondiente al suministro, instalación, configuración y puesta en operación de la infraestructura de monitoreo y seguridad de los Centros de Datos y cuartos de telecomunicaciones, cuando éste se haya entregado e instalado en su totalidad a entera satisfacción de la “Suprema Corte”, para lo cual el/la “Administrador/a” del contrato emitirá una Acta de Entrega – Recepción.
Los pagos del servicio se realizarán a bimestre vencido devengado, y se realizarán a la empresa [ ] (designada por el “Prestador de Servicios”] a los 15 días hábiles a partir del día hábil siguiente de la presentación del Comprobante Fiscal Digital generado por Internet (CFDI) correspondiente, acompañado de la documentación que en líneas posteriores se indica, en la [ ] de la “Suprema Corte”, ubicada en [ ], en el siguiente horario: [ ] de [ ] a [ ] horas. No se realizará el pago del/de los Comprobante/s Fiscal/es Digital/es generado/s por Internet que ampare/n los servicio/s que no se hayan recibido en su totalidad y a entera satisfacción de la “Suprema Corte”.
El “Prestador de Servicios” designa a la empresa [ ] como la emisora del Comprobante Fiscal Digital (CFDI) correspondiente, la cual debe entregar la siguiente documentación:
A la Dirección General de Recursos Materiales de la “Suprema Corte”:
X. Xxxxx membretada en la que se indiquen sus datos bancarios (original):
a. Cuenta
b. Clave bancaria estandarizada a 18 posiciones (CLABE)
c. Banco
d. Sucursal
e. Beneficiario
Al “Administrador del Contrato”:
II. Comprobante fiscal digital generado por Internet (CFDI) original a nombre de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con número de Registro Federal de Contribuyentes SCJ 950204 6P5, expedido por el Servicio de Administración Tributaria, que cumpla con los requisitos establecidos por la legislación fiscal vigente, con el Impuesto al Valor Agregado desglosado y con los datos señalados en las declaraciones I.5 y I.6 de este instrumento contractual.
III. Anexar las validaciones del Servicio de Administración Tributaria.
IV. Enviar los archivos “XML” a la dirección de correo electrónico [ ] del administrador del contrato, o a la que comunique por escrito la “Suprema Corte”.
V. Anexar constancia de situación fiscal actualizada.
Para la procedencia de los pagos, los servicios deberán haber sido recibidos a entera satisfacción de la “Suprema Corte”, con base en la validación técnica del/de la “Administrador/a” de este contrato, mediante el oficio emitido en ese sentido por éste. Asimismo, previo a emitir el primer pago se deberá haber recibido copia de la póliza de fianza de cumplimiento, validada por la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la “Suprema Corte”.
Los pagos que realice la “Suprema Corte” en favor del “Prestador de Servicios” solo podrán realizarse mediante transferencia electrónica en la cuenta bancaria señalada en la declaración III.6 de este instrumento contractual, la que podrá sustituirse mediante escrito original firmado por el/la apoderado/a general, especial, el/la administrador/a único/a, del “Prestador de Servicios”.
“Las Partes” convienen que la “Suprema Corte” podrá, en cualquier momento, retener los pagos que tenga pendientes de cubrir al “Prestador de Servicios”, en caso de que este último incumpla cualesquiera de las obligaciones pactadas en el presente instrumento contractual.
QUINTA. PLURIANUALIDAD.
Toda vez que la prestación de los servicios, objeto de este contrato, abarcará diversos ejercicios presupuestales, los pagos descritos en la cláusula Cuarta de este instrumento contractual estarán condicionados a que la “Suprema Corte” cuente con los recursos presupuestales destinados para tales efectos para e los años 2025, 2026 y 2027.
En tal virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 50, fracción IV, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y en el artículo 39, fracción II, inciso “d)”, del “Acuerdo General de Administración XIV/2019”, a continuación, se desglosan los recursos presupuestales correspondientes a cada ejercicio fiscal:
[ ]
Los montos podrán variar de acuerdo con la fecha real del inicio de los servicios objeto de este contrato.
SEXTA. VIGENCIA DEL CONTRATO (LUGAR Y DURACIÓN DE LOS SERVICIOS).
El presente instrumento contractual tendrá una vigencia conforme lo siguiente:
Lugar de prestación de los servicios:
Nombre del Inmueble | Xxxxxxxxx | Xxxxxxx de atención de emergencias |
Edificio Sede | Xxxxx xx Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx xxxxxx 0, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000. Ciudad de México. | 24 x 7 los 365 días del año |
Edificio 16 de septiembre | Xxxxx 00 xx Xxxxxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxx, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. | |
Edificio Bolívar | Xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx 00 xx Xxxxxxxxxx, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. | |
Sede Alterna de Ministros | Xxxxxxx Xxxxxxxxxx xxxxxx 0000, XX, Xxxx 0 x 0, xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx, xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. | |
Justicia TV | Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xx Xxxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000. Ciudad de México. | |
Almacén General | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx xxxxxx 0000 xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, código postal 09100, Ciudad de México. |
Nombre del Inmueble | Xxxxxxxxx | Xxxxxxx de atención de emergencias |
CENDI | Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx xxxxxx 000, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. | |
Edificio 5 de febrero | Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx xxxxxx 000 xxx. 5 de Febrero, colonia Centro, alcaldía Cuauhtémoc, código postal 06080, Ciudad de México. |
Duración de los servicios:
La vigencia del servicio tendrá una duración conforme a lo siguiente:
Descripción | Periodo |
Servicio Integral de Mantenimiento para los Centros de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones en diversos edificios de la Ciudad de México | 18 bimestres (3 años) del 1° de julio de 2024 al 30 xx xxxxx de 2027. |
Suministro de la infraestructura de monitoreo y seguridad de los Centros de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones. | Hasta 30 días naturales contados a partir del 1° de julio de 2024. |
Instalación, configuración y puesta en operación de la infraestructura de monitoreo y seguridad de los Centros de Datos y cuartos de telecomunicaciones | Hasta 90 días naturales posteriores al Suministro de los equipos |
Servicio de mantenimiento y soporte a la infraestructura de monitoreo y seguridad de los Centros de Datos y Cuartos de Telecomunicaciones. | Por un periodo de 10 bimestres iniciando al vencimiento de la garantía de un año (6 bimestres). |
En caso de que cualquiera de los plazos fenezca en día inhábil, la entrega se recorrerá al día hábil inmediato siguiente.
El plazo de entrega pactado en el presente contrato, únicamente podrá ser prorrogado por causas plenamente justificadas y por caso fortuito o fuerza mayor, previa presentación de la solicitud respectiva, antes del vencimiento del plazo de entrega, por parte del “Prestador de Servicios” y su aceptación por parte de la “Suprema Corte”.
En caso de que la prestación de los servicios, materia de este instrumento contractual, no sea posible por causas imputables a la “Suprema Corte”, esta se realizará en la fecha que por escrito le señale el/la “Administrador/a” del contrato al “Prestador de Servicios”.
SÉPTIMA. IMPUESTOS.
“Las Partes” convienen que cada una es exclusivamente responsable de dar cumplimiento, conforme la legislación aplicable, a sus respectivas obligaciones fiscales originadas con motivo de la celebración del presente contrato.
OCTAVA. PAGOS EN EXCESO.
Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el “Prestador de Servicios”, este deberá reintegrar las cantidades excedentes, más los intereses que se hayan generado, mismos que se calcularán conforme a una tasa que será igual a la establecida por el Código Fiscal de la Federación y la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente a la fecha de pago, para el supuesto de prórroga en el pago de créditos fiscales.
Los cargos se calcularán sobre las cantidades recibidas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales, desde la fecha en la que se recibió el excedente hasta que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la “Suprema Corte”.
NOVENA. PROCESO DE RECEPCIÓN DE LOS BIENES Y PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El proceso de recepción de los bienes y prestación del servicio, objeto del presente contrato, debe realizarse bajo la estricta responsabilidad del/de la “Administrador/a” de este contrato, de acuerdo con el procedimiento que este determine, en términos de lo pactado en el presente instrumento contractual y de conformidad con lo dispuesto por el “Acuerdo General de Administración XIV/2019” y en las bases de la licitación pública nacional LPN/SCJN/DGRM/001/2024.
DÉCIMA. ACCESO AL INTERIOR DE LOS INMUEBLES.
La “Suprema Corte” permitirá al “Prestador de Servicios” el acceso necesario a los lugares en donde deban prestarse los servicios, objeto de este contrato, así como en las ocasiones que la “Suprema Corte” lo solicite, reconociendo el “Prestador de Servicios” la existencia de los métodos de control y seguridad que tiene la “Suprema Corte”, y se compromete a acatarlos y respetarlos.
DÉCIMA PRIMERA. RESPONSABILIDAD CIVIL.
El “Prestador de Servicios” responderá por los daños que se causen a los bienes en posesión o en propiedad de la “Suprema Corte" con motivo de la entrega-recepción de los servicios objeto del presente contrato, o por defecto de estos, aun cuando no exista negligencia. La reparación del daño consistirá, a elección de la “Suprema Corte”, en el restablecimiento de la situación anterior, cuando ello sea posible, o en el pago de daños y perjuicios, con independencia de ejercer las acciones legales a que haya lugar.
DÉCIMA SEGUNDA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que el “Prestador de Servicios” asume con la celebración del presente contrato, así como para el pago de las penas estipuladas y posibles pagos en exceso con los intereses correspondientes, se obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada por el equivalente al 10 por ciento del importe neto del instrumento contractual, sin incluir los impuestos aplicables, esto es, por la cantidad de $[ ],[ ].[
] ( pesos 00/100 moneda nacional), y hasta 20 por ciento más en el supuesto de que por algún motivo deban incrementarse la cantidad de los servicios contratados, el monto o el plazo pactado.
La presente garantía deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que [ ] materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de la “Suprema Corte”. Dicha fianza sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de la “Suprema Corte”.
I. En la póliza de fianza que se expida por la institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda:
"- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue otorgada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fiadora hasta por la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( pesos 00/100 moneda nacional), y hasta un 20 por ciento más en el supuesto de que por algún motivo deban incrementarse la cantidad de los bienes adquiridos o servicios prestados, el monto o el plazo pactado, para garantizar, por parte de [ ], con domicilio en [ ], el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[
], celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y [ ], con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( pesos [ ]/100 moneda nacional), más el Impuesto al Valor Agregado.
“La afianzadora” expresamente declara que:
- La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración XIV/2019, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de siete de noviembre de dos mil diecinueve, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, arrendamiento, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras y prestación de servicios requeridos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación” y en el contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ], celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y [ ], con el objeto de garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de [ ], relativo a [ ], con un monto contratado por la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( pesos 00/100 moneda nacional), más el Impuesto al Valor Agregado.
- La fianza se otorga atendiendo a las cláusulas contenidas en el Contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ].
- La presente fianza tendrá vigencia durante toda la duración del Contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ]y la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, y sólo podrá ser cancelada con el consentimiento previo, expreso y por escrito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para la efectividad de la fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza requerida.
- La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aun cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- En caso de incumplimiento contractual de [ ], la Suprema Corte de Justicia de la Nación o la Tesorería de la Federación podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
- La presente fianza podrá ser liberada a [ ], siempre y cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato.
- La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal, así como el pago xx xxxxx convencionales a que se haga acreedor [ ], pagos en exceso y los intereses que correspondan por los mismos. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por un plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que, en su caso, llegare a suscribirse, o el que corresponda al plazo de atraso. De existir incremento en el monto o plazo de ejecución, la fianza cubrirá hasta un 20 por ciento adicional al originalmente pactado.
- Para la interpretación y cumplimiento de las cláusulas contenidas en el presente contrato de fianza, así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón del domicilio tenga o llegare a tener."
II. “Las Partes” convienen en que la fianza deberá ser presentada dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que se firme el contrato. En caso de que transcurrido el plazo señalado no se hubiere presentado la fianza en la forma y términos pactados, la “Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato.
El “Prestador de Servicios”, por medio de este instrumento, renuncia expresamente al derecho de compensación que pudiera hacer valer en contra de la “Suprema Corte”, dando con esta renuncia cumplimiento a lo que se establece en el último párrafo del artículo 289 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
“Las Partes” convienen que la presente garantía será exigible cuando el “Prestador de Servicios” incumpla cualquiera de las cláusulas previstas en el presente instrumento.
DÉCIMA TERCERA. PENA CONVENCIONAL.
Las penas convencionales serán determinadas por la “Suprema Corte”, en función del incumplimiento decretado, conforme lo siguiente:
Se aplicarán las penas convencionales por atraso en el cumplimiento de las fechas pactadas de entrega o con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir la persona adjudicada, respecto de los servicios prestados, mismas que de forma enunciativa se relacionan a continuación:
En caso de incumplimiento de las responsabilidades, obligaciones, entregables, actividades, plazos de la prestación del servicio materia del presente procedimiento, o bien, no se hayan recibido a entera satisfacción, la “Suprema Corte” podrá aplicar una pena convencional hasta por el 30 (treinta) por ciento del monto que corresponda al valor de los servicios (sin incluir el Impuesto al Valor Agregado) que no se hayan prestado, o bien, no se hayan recibido a entera satisfacción de la “Suprema Corte”.
En caso de que no se otorgue prórroga al “Prestador de Servicios” respecto al cumplimiento en los plazos establecidos en el contrato, se aplicará una pena convencional por atrasos que le sean imputables en la entrega de los servicios, equivalente al monto que resulte de aplicar el 1 (uno) por ciento por cada día natural a la cantidad que importen los servicios pendientes de prestar, y no podrán exceder del 30 (treinta) por ciento del monto total del contrato.
Sin perjuicio de las penas antes indicadas, se podrán aplicar penas convencionales, conforme a lo siguiente:
Concepto | Plazo de entrega | Penalización por Incumplimiento |
Entregables descritos en el numeral 5. “Entregables” del Anexo técnico | Conforme a los tiempos establecidos en el citado numeral | 1 (uno) por ciento del monto total de la factura bimestral por cada día natural de retraso. |
Suministro de la infraestructura de monitoreo y seguridad de los Centros de Datos y cuartos de telecomunicaciones. | Hasta 30 días naturales contados a partir del 1° de julio de 2024. | Se aplicará una pena convencional por atraso en la entrega de los bienes, equivalente al monto que resulte de aplicar el 1 (uno) por ciento diario a la cantidad que importen los bienes pendientes de entregar, pena que no podrá exceder el 30 por ciento del monto total del contrato. |
Instalación, configuración y puesta en operación de la infraestructura de monitoreo y seguridad de los Centros de Datos y cuartos de telecomunicaciones * | Hasta 90 días naturales posteriores al Suministro de los equipos | Se aplicará una pena equivalente al monto que resulte de aplicar el 1 (uno) por ciento diario a la cantidad que importen los servicios no prestados o los conceptos de trabajo no realizados, y no podrá exceder el 30 (treinta) por ciento del monto total del contrato. |
* En el caso de atrasos en la instalación, configuración y puesta en operación, aun y cuando se hubiere entregado el equipo a t iempo, se aplicará la pena correspondiente.
Por incumplimiento en los niveles de servicio se aplicará una vez transcurrido el tiempo máximo permitido, de acuerdo con los niveles de servicio establecidos en la tabla siguiente incluido el Servicio de mantenimiento y soporte a la infraestructura de monitoreo y seguridad de los Centros de Datos:
Tiempo máximo para asistencia en sitio una vez generado el reporte | Tiempo para diagnóstico y solución temporal | Tiempo adicional para resolución definitiva del reporte | Tiempo máximo para resolución definitiva del reporte con reemplazo de partes | Para el caso específico del reemplazo de uno o dos compresores de los sistemas de aire acondicionado | Pena convencional |
3 horas | 3 horas adicionales a las tres primeras horas para asistencia en sitio | 2 horas adicionales a las 6 anteriores | 16 horas adicionales a las 8 anteriores por cambio de partes total 24 horas | 54 horas adicionales a las 24 anteriores por cambio de compresor(es) total, de 78 horas | Por cada hora de retraso se aplicará el 1 (uno) por ciento, del monto bimestral de los sistemas y equipos afectados |
Para cumplir con los tiempos establecidos en la tabla anterior, el prestador de servicios deberá tomar las medidas necesarias temporales para evitar la interrupción de la operación, en tanto se trabaja en la solución definitiva.
De existir incumplimiento parcial, la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido.
Si las penas convencionales rebasan el porcentaje señalado anteriormente, se podrá iniciar el procedimiento de rescisión del contrato.
El “Prestador de Servicios”, responsable del incumplimiento, se hará acreedor a las penas convencionales previstas en los párrafos que anteceden, con independencia de que se hagan efectivas las garantías otorgadas.
Las penas podrán descontarse de los montos pendientes de cubrir por parte de la “Suprema Corte” al “Prestador de Servicios” o, de ser necesario, ingresando su monto a la Tesorería de este Alto Tribunal.
DÉCIMA CUARTA. PROPIEDAD INTELECTUAL.
El “Prestador de Servicios” asume totalmente la responsabilidad para el caso de que al prestar el/los servicio/s, objeto de este contrato descritos en la cláusula primera del presente contrato, infrinja derechos de propiedad intelectual, así como respecto a su origen lícito y por lo tanto libera a la “Suprema Corte” de cualquier responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal o de cualquier otra índole.
Los bienes entregados o servicios prestados total o parcialmente, especificaciones y en general toda documentación que se hubiese entregado al “Prestador de Servicios” o de la que hubiere tenido conocimiento con motivo de la prestación de/l el/los servicio/s o de su estancia al interior de la “Suprema Corte”, son propiedad de la misma, por lo que el “Prestador de Servicios” se obliga a proporcionar a la “Suprema Corte”, el material que le hubiesen proporcionado para la prestación de los servicios materia de este instrumento contractual.
Asimismo, todo material que llegue a realizar el “Prestador de Servicios” como producto de esta contratación, es propiedad de la “Suprema Corte”, bajo ninguna circunstancia podrá ser divulgada.
El material y/o información que sea entregado al “Prestador de Servicios”, con motivo del presente contrato, no podrá ser duplicado ni reproducido de forma total o parcial, salvo para la reproducción exclusiva del servicio solicitado. Ante cualquier uso indebido de material y/o información, o de los resultantes del proceso, la “Suprema Corte” podrá ejercer las acciones legales conducentes, por lo que el “Prestador de Servicios” es responsable en su totalidad de la violación que, en su caso, se haga de los derechos de propiedad intelectual.
DÉCIMA QUINTA. SUBCONTRATACIÓN.
La “Suprema Corte” manifiesta que no aceptará la subcontratación para el cumplimiento del objeto de la presente contratación.
Para los efectos de esta contratación, se entiende por subcontratación el acto mediante el cual el “Prestador de Servicios”
encomienda a otra persona física o jurídica, la ejecución parcial o total del objeto del contrato.
DÉCIMA SEXTA. INTRANSMISIBILIDAD DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO.
El “Prestador de Servicios” no podrá ceder, gravar, transferir o afectar bajo cualquier título, parcial o totalmente a favor de otra persona, física o moral, los derechos y obligaciones que deriven del presente contrato, con excepción de los derechos de cobro, con autorización previa y expresa de la “Suprema Corte”.
DÉCIMA SÉPTIMA. RESCISIÓN DEL CONTRATO.
“Las Partes” aceptan que la “Suprema Corte” podrá rescindir, de manera unilateral, el presente contrato sin que medie declaración judicial, en caso de que el “Prestador de Servicios” deje de cumplir cualesquiera de las obligaciones que asume en el presente contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación.
Antes de declarar la rescisión, la “Suprema Corte” notificará por escrito las causas de rescisión al “Prestador de Servicios” en el domicilio señalado en la declaración III.5 de este instrumento contractual, practicándose la diligencia de notificación con la persona que se encuentre, otorgándole un plazo de 5 (cinco) días hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga y anexe los documentos que estime convenientes y, vencido este plazo, con su respuesta o sin ella, el órgano competente de la “Suprema Corte” resolverá sobre la procedencia de la rescisión, lo que se comunicará al “Prestador de Servicios” en su domicilio señalado en la declaración III.5 del presente instrumento contractual con quien en el acto se encuentre.
Serán causas de rescisión del presente instrumento contractual las siguientes:
1. Si el “Prestador de Servicios” no exhibe la/s garantía/s en los términos y condiciones pactados en este contrato en el/los plazo/s establecido/s.
2. Si el “Prestador de Servicios” suspende la entrega de los bienes o prestación de los servicios objeto del presente contrato.
3. Si el “Prestador de Servicios” incurre en falsedad total o parcial respecto de la información proporcionada para la celebración del presente contrato.
4. En general, por el incumplimiento por parte del “Prestador de Servicios” a cualesquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato.
En los supuestos a que se refiere esta cláusula, “Las Partes” convienen que la “Suprema Corte” podrá descontarle al “Prestador de Servicios” del monto pendiente por pagar, la pena convencional decretada por la “Suprema Corte” a que se refiere la cláusula Décima Tercera del presente instrumento, considerando las causas que hayan motivado la rescisión, o bien, en caso de que ya no existan montos pendientes de pago, el “Prestador de Servicios” se compromete a ingresar el monto de la pena convencional a la Tesorería de la “Suprema Corte”; ello, independientemente de que haga efectiva la garantía de cumplimiento establecida en este contrato.
DÉCIMA OCTAVA. SUPUESTOS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, DIVERSOS A LA RESCISIÓN.
El presente contrato podrá darse por terminado, además de los supuestos de rescisión a que se refiere la cláusula Décima Séptima de este instrumento contractual, al cumplimentarse su objeto; o bien, de manera anticipada, cuando existan causas justificadas, en términos de lo previsto en los artículos 153, 154, 155 y 156 del “Acuerdo General de Administración XIV/2019”.
DÉCIMA NOVENA. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO.
“Las Partes” acuerdan que la “Suprema Corte” podrá, en cualquier momento, suspender temporalmente, en todo o en parte el objeto materia de este contrato, por causas justificadas, sin que ello implique su terminación definitiva y, por tanto, el presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez desaparecidas las causas que motivaron dicha suspensión. El procedimiento de suspensión se regirá por lo dispuesto en el artículo 150 del “Acuerdo General de Administración XIV/2019”.
VIGÉSIMA. MODIFICACIÓN AL CONTRATO.
“Las Partes” convienen que cualquier modificación al presente instrumento contractual procederá por mutuo acuerdo, previa aprobación del órgano competente de la “Suprema Corte” de conformidad con lo dispuesto en el artículo 148 del “Acuerdo General de Administración XIV/2019”.
VIGÉSIMA PRIMERA. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
La “Suprema Corte” designa a/al [la persona titular de la Dirección de Continuidad de Operaciones] adscrito a la Dirección General de [Tecnologías de la Información] de la “Suprema” Corte”, como “Administrador/a” del presente contrato, quien tendrá las facultades de administración del presente contrato y para supervisar su estricto cumplimiento; en consecuencia, deberá revisar e inspeccionar las actividades que desempeñe el “Proveedor”, así como girar por escrito o correo electrónico las instrucciones que considere oportunas, mismas que el " Proveedor" queda obligado a atender a la brevedad y a satisfacción de "La Suprema Corte"; asimismo, deberán verificar que los bienes, objeto de este contrato, cumplan con las especificaciones señaladas en el presente instrumento.
Asimismo, la [ ] de la “Suprema Corte” podrá sustituir al/a la “Administrador/a”, lo que informará por escrito al “Proveedor”.
VIGÉSIMA SEGUNDA. INEXISTENCIA DE LA RELACIÓN LABORAL.
Todas las personas que intervengan para la realización del objeto de este contrato, serán personal que labora para el “Prestador de Servicios”, por lo que de ninguna manera existirá relación laboral entre este y la “Suprema Corte”. Será responsabilidad del “Prestador de Servicios” cumplir con todas las obligaciones que a cargo de los patrones establecen las disposiciones que regulan SAR, INFONAVIT, IMSS y las contempladas en la Ley Federal del Trabajo; por tanto, responderá a todas las reclamaciones administrativas y juicios de cualquier orden que dicho personal presente en su contra o de la “Suprema Corte”, en relación con el objeto del presente contrato. El gasto que implique el cumplimiento de estas obligaciones correrá a cargo del “Prestador de Servicios”, que será el único responsable de las obligaciones adquiridas con sus trabajadores.
La “Suprema Corte” estará facultada para requerir al “Prestador de Servicios” los comprobantes de afiliación de su personal al IMSS, así como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT e IMSS.
En caso de el personal que labora para el “Prestador de Servicios”,, ya sea de manera individual o colectiva, ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación administrativa o juicio en contra de la “Suprema Corte”, el “Prestador de Servicios” deberá rembolsar la totalidad de los gastos que erogue la “Suprema Corte” con motivo de las demandas instauradas por concepto de traslado, viáticos, hospedaje, transportación, alimentos y demás inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna dicho personal, y deslindar a la “Suprema Corte” de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido.
“Las Partes” acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar podrá ser deducido por la “Suprema Corte” de los Comprobantes Fiscales Digitales generados por Internet (CFDI) que se encuentren pendientes de pago, independientemente de las acciones legales que se pudieran ejercer.
VIGÉSIMA TERCERA. CONFIDENCIALIDAD, FOMENTO A LA TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
“Las Partes” reconocen que la información contenida en el presente contrato y los entregables que se generen podrán ser susceptibles de clasificarse como reservada y/o confidencial, en términos de los artículos 106, 113 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como 98, 110 y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
El “Prestador de Servicios” se obliga a no realizar acciones que comprometan la seguridad de las instalaciones de la “Suprema Corte” o pongan en riesgo la integridad de su personal, así como abstenerse, conforme a las disposiciones aplicables, de dar a conocer por cualquier medio a quien no tenga derecho, documentos, registros, imágenes, constancias, estadísticas, reportes o cualquier otra información clasificada como reservada o confidencial de la que se tenga conocimiento en el ejercicio y con motivo de la entrega de los servicios.
Los bienes entregados o servicios prestados, total o parcialmente, especificaciones y en general la información que se encuentre en el lugar de su ejecución o que se hubiesen entregado al “Prestador de Servicios” para cumplir con el objeto del presente contrato, son propiedad de la “Suprema Corte”, por lo que el “Prestador de Servicios” se obliga a devolver a la “Suprema Corte” el material que se le hubiese proporcionado para la compraventa del bien equipos y aparatos de comunicación, telecomunicaciones y refacciones de video, objeto de este instrumento contractual, así como el material que llegue a realizar, obligándose a abstenerse de reproducirlos en medio electrónico o físico.
De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO), el “Prestador de Servicios” asume el carácter de encargado del tratamiento de datos personales que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato, así como los resultados obtenidos, por lo que no tendrá poder alguno de decisión sobre los datos personales.
En ese sentido, el “Prestador de Servicios” se obliga a lo siguiente:
a. Abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las autorizadas por la “Suprema Corte”;
b. Guardar confidencialidad y abstenerse de transferir los datos personales tratados, así como informar a la “Suprema Corte” cuando ocurra una vulneración a los mismos;
c. Eliminar y devolver los datos personales objeto de tratamiento una vez cumplido el presente contrato; y
d. No subcontratar servicios que conlleven el tratamiento de datos personales, en términos del artículo 61 de la LGPDPPSO.
VIGÉSIMA CUARTA. LEGISLACIÓN APLICABLE.
El acuerdo de voluntades previsto en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el “Acuerdo General de Administración XIV/2019”, y en lo no previsto en estos, por el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y la Ley Federal del Derecho de Autor en lo conducente.
VIGÉSIMA QUINTA. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
“Las Partes” manifiestan su conformidad en que el presente acuerdo de voluntades se pacta con fundamento en los artículos 1794 y 1796 del Código Civil Federal vigente, por lo que, el/los plazo/s pactado/s debe/n cumplirse en términos de lo establecido en la cláusula Quinta, con independencia de que, debido a los trámites y gestiones internas, el contrato se formalice (por escrito) en fecha posterior.
VIGÉSIMA SEXTA. PREVALENCIA DE BASES DE LA LICITACIÓN.
“Las Partes” aceptan que, en caso de que se actualice alguna discrepancia u omisión entre las bases de la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM/001/2024 y el presente contrato, prevalecerá lo estipulado en aquellas sobre el presente instrumento contractual.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. TRIBUNAL COMPETENTE.
Para la interpretación y cumplimiento de las cláusulas contenidas en el presente contrato, así como en caso de controversia, “Las Partes” se someten expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en el mismo, en términos de los dispuesto en el artículo 11, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que, en razón de su domicilio o vecindad, tengan o llegaren a tener.
VIGÉSIMA OCTAVA. ANEXOS.
Forma parte integrante del presente contrato los siguientes anexos:
“Anexo Uno” Convenio de participación conjunta suscrito por el “Prestador de Servicios”.
“Anexo Dos”. La propuesta técnica-económica presentada por el “Prestador de Servicios” el [ ], el “Requerimiento Técnico” anexo a las bases de la licitación pública nacional LPN/SCJN/DGRM/001/2024, (en su caso, agregar:) [y el acta de la Junta de Aclaraciones de [ ],]
Leído y entendido el alcance del presente contrato, “las Partes” lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de México, el [ ] de [ ] de [ ].
POR LA “SUPREMA CORTE” | POR EL “PRESTADOR DE SERVICIOS” | |
[ ] | [ ] REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA [ ] |
[ ] AVALA EL CONTENIDO ADMINISTRATIVO DEL CONTRATO | [ ] REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA [ ] |
[ ]
AVALA QUE LOS ALCANCES SON PRECISAMENTE LOS QUE DARÁN SATISFACCIÓN A SU
REQUERIMIENTO
[ ]
ADMINISTRADOR/A DEL CONTRATO
SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ]
ESTA FOJA FORMA PARTE DEL CONTRATO DE [ ] DE [ ], SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ], CELEBRADO POR LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y [ ], EN PARTICIPACIÓN CONJUNTA DE [ ].
“Anexo Uno”
Convenio de participación conjunta suscrito por el “Prestador de Servicios”
“Anexo Dos”
La propuesta técnica-económica presentada por el “Prestador de Servicios” el [ ], “Requerimiento Técnico” anexo a las bases
de la licitación pública nacional LPN/SCJN/DGRM/001/2024, (en su caso, agregar:) [y Acta de la
Junta de Aclaraciones de [ ],]
ESTA FOJA FORMA PARTE DEL CONTRATO DE [ ] DE [ ], SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ], CELEBRADO POR LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y [ ], EN PARTICIPACIÓN CONJUNTA DE [ ].
*El presente modelo de contrato está sujeto a las adecuaciones que se estimen necesarias derivadas del propio procedimiento y/o de la revisión por parte de la instancia competente de la SCJN.
La participación conjunta es solo una opción.
La información del cuadro plasmado en la cláusula primera está sujeta a los cambios que deriven del propio procedimiento y/o de la revisión por parte de la instancia competente de la SCJN.
ANEXO 5
FORMATO DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que el “Prestador de Servicios” asume con la celebración del presente contrato, así como para el pago de las penas estipuladas y posibles pagos en exceso con los intereses correspondientes, se obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada por el equivalente al 10 (diez) por ciento del monto total del mismo, sin incluir los impuestos aplicables, esto es, por la cantidad de $ ( pesos /100 moneda nacional), y hasta 20 (veinte) por ciento más, en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse la cantidad de los servicios contratados, el monto o el plazo del contrato.
La presente garantía deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que los bienes y servicios, materia del contrato de referencia, hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de la “Suprema Corte”. Dicha fianza solo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de la “Suprema Corte”.
I. En la póliza de fianza que se expida por institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda:
“Nombre de la afianzadora en ejercicio de la autorización que le fue otorgada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fiadora hasta por la cantidad de $ ( pesos /100 moneda nacional), y hasta un 20 (veinte) por ciento más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse la cantidad de los bienes y servicios contratados, el monto, o el plazo del contrato, para garantizar, por parte de , , con domicilio en calle
, número , colonia , Alcaldía , código postal , México, , el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número xxxxxxx, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de
la Nación y , con un monto contratado que asciende a la cantidad de $
( pesos /100 moneda nacional), más el Impuesto al Valor Agregado.
La afianzadora expresamente declara que:
- La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración XIV/2019, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de siete de noviembre de dos mil diecinueve, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, arrendamiento, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras y prestación de servicios requeridos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación” y en el contrato número xxxxxxxxx, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y , , con el objeto de garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de , , relativo a
, con un monto contratado por la cantidad de $ ( pesos 00/100 moneda nacional), más el Impuesto al Valor Agregado.
- La fianza se otorga atendiendo a las cláusulas contenidas en el contrato número xxxxxxxxxxx.
- La presente fianza tendrá vigencia en toda la duración del Contrato número XXXXXXXXXXXXXXx y, la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente; y solo podrá ser cancelada con el consentimiento previo, expreso y por escrito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para la efectividad de la fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza requerida.
- La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aun cuando exista subcontratación con autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
En caso de incumplimiento contractual de , la Suprema Corte de Justicia de la Nación o la Tesorería de la Federación podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
- La presente fianza podrá ser liberada a , siempre y cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato.
- La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal, así como el pago xx xxxxx convencionales a que se haga acreedor , , pagos en exceso y los intereses que correspondan por los mismos. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por un plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que, en su caso, llegare a suscribirse, o el que corresponda al plazo de atraso. De existir incremento en el monto o plazo de ejecución, la fianza cubrirá hasta un 20 (veinte) por ciento adicional al originalmente pactado.
- Para la interpretación y cumplimiento de las cláusulas contenidas en el presente contrato de fianza, así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que, en razón del domicilio que tenga o llegare a tener.”
ANEXO 6
FORMATO DE GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
La póliza de seguro de responsabilidad civil, deberá ser exhibida dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se firme el contrato respectivo, y ser expedida a favor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por institución legalmente autorizada DE MODO INDIVIDUAL, NO GRUPAL O CON PLURALIDAD DE SUJETOS, en la cual se ampare dos veces el monto total contratado (sin incluir el impuesto al valor agregado) que garantice los daños que puedan causarse a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y/o a terceros, en sus bienes o personas, en el entendido que cubrirá los riesgos durante todo el plazo de prestación de los mismos y hasta que los servicios materia del contrato sean recibidos en su totalidad, a entera satisfacción de la Suprema Corte, ya que de no hacerlo así, la Suprema Corte de Justicia de la Nación no erogará pago alguno hasta en tanto no haya sido dictaminada dicha póliza.
La póliza de seguro que la aseguradora correspondiente emita deberá contener como mínimo las siguientes especificaciones:
•Vigencia;
•Nombres de los contratantes;
•Que se expide a favor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación con domicilio el ubicado en xxxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx, xxxxxx 0, xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx;
•Domicilios de los contratantes y firma de la empresa aseguradora;
•La especificación del instrumento contractual del cual deriva la póliza;
•La designación de la cosa o de la persona asegurada;
•Las coberturas amparadas, que incluirán, además de las que por su naturaleza correspondan a los servicios materia del contrato, las relativas a la responsabilidad civil por embarque, daño o robo.
•La naturaleza de los riesgos garantizados;
•El momento a partir del cual se garantiza el riesgo y la vigencia de esta garantía, la cual deberá comprender toda la duración del contrato;
•El monto de la garantía y la cuota o prima del seguro en términos del artículo 20 de la Ley sobre el Contrato de Seguro y,
•La manifestación de que, en términos de la fracción VI, del artículo 27 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, garantiza el pago de la indemnización que el asegurado deba a un tercero a consecuencia de un hecho que cause un daño previsto en el contrato de seguro o a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por sí o a través de su personal o del que haya contratado o subcontratado.
Para efecto de la última especificación, el prestador de servicios deberá solicitar a la aseguradora inserte la siguiente leyenda: “(Nombre de la aseguradora) garantiza la responsabilidad civil de los empleados y trabajadores del asegurado frente a terceros”.
ASIMISMO, DEBERÁ ANEXAR LAS ESPECIFICACIONES PARTICULARES Y GENERALES, ya que, sin ellas, la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Alto Tribunal no podrá emitir la opinión legal que corresponde.
La “Suprema Corte” no erogará pago alguno en tanto no haya sido entregada y dictaminada dicha póliza.
ANEXO 7
FORMATO XX XXXXXX DE PREGUNTAS
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE
Número de Procedimiento: LPN/SCJN/DGRM/001/2024
Descripción: Contratación del servicio de Servicio integral de mantenimiento y monitoreo para los centros de datos y cuartos de telecomunicaciones
No. | Apartado, numeral de bases o anexo (Bastará con referirlo sin tener que transcribir éste) | Pregunta |
Razón Social
R.F.C.
Nombre y firma de la persona participante o su representante o apoderado legal