CONVENIO MODIFICATORIO 40 /16
CONVENIO MODIFICATORIO 40 /16
CONVENIO MODIFICATORIO al contrato número 344/16 que celebran, entre el Gobierno del Estado de Jalisco, por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, representado en ese acto por el Licenciado Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas, a quien se denominó como LA SECRETARIA, y por el C. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx a quien se le denomino EL PROVEEDOR, quienes manifiestan su voluntad para suscribir el presente instrumento y lo sujetan al tenor de los siguientes antecedentes, declaraciones y cláusulas:
A N T E C E D E N T E S
PRIMERO.- Que con fecha 03 tres del mes de octubre del año 2016, el Gobierno del Estado de Jalisco y el C. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, celebraron el contrato número 344/16 en lo subsecuente EL CONTRATO el cual tiene como objeto la contratación del servicio de “Encuesta Institucional”, derivado de la solicitud de aprovisionamiento número 0101-00/2016, realizada por el CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PUBLICA por la cual se llevó a cabo la Invitación a por lo menos Tres Proveedores el cual será solventado con recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública (FASP).
SEGUNDA.- Con fecha 28 del mes de Octubre del año 2016, se recibió el oficio número FASP/E16/147/2016, firmado por la Doctora Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Secretaria Ejecutiva del Consejo Estatal de Seguridad Pública, mediante el cual solicita la modificación al contrato 344/16, para que se incluya en el contrato, la cláusula de confidencialidad y pena pecuniaria al evaluador externo, conforme lo estipulado en el artículo 9 de los Lineamientos Generales de Evaluación para el Ejercicio Fiscal 2016 del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y el Distrito Federal.
D E C L A R A C I O N E S:
I.- Las partes ratifican el contenido de las declaraciones plasmadas en EL CONTRATO prevaleciendo éstas, para todos los efectos legales correspondientes, quedando subsistentes las cláusulas, declaraciones y párrafos de EL CONTRATO, que no hayan sido modificadas mediante el presente instrumento.
III.- Ambas partes manifiestan que se reconocen recíprocamente el carácter con que comparecen, por lo cual sujetan el presente instrumento a las siguientes:
C L Á U S U L A S:
PRIMERA.- Se modifica el texto de la Cláusula DÉCIMA NOVENA para quedar de la siguiente manera:
“DÉCIMA NOVENA.- CONFIDENCIALIDAD.- EL PROVEEDOR reconoce expresamente que toda la información y documentación que le proporcione LA SECRETARIA, para cubrir su objetivo, que no sea de carácter público, será considerada como estrictamente confidencial, por lo que se obliga a no revelarla, a terceras personas ajenas a este contrato, así como a tomar las providencias necesarias para que las personas que llegaran a conocer y utilizar dicha información, no la divulguen. Esta obligación subsistirá mientras la información y documentación considerada estrictamente confidencial, no sea de carácter público. EL PROVEEDOR a través de su representante legal y de sus empleados serán responsables penalmente por el delito de revelación de secretos y de violación de la responsabilidad profesional, en términos de los artículos 210, 211, 211 bis 1, 211 bis 7, 228, y demás aplicables del Código Penal Federal. Asimismo EL PROVEEDOR por esta causa deberá responder por el pago de los daños y perjuicios correspondientes, más el pago de una penalización equivalente a 3 veces el monto del presente contrato.”
SEGUNDA.- Derivado de la anterior modificación se adiciona una clausula VIGÉSIMA con el siguiente texto:
“VIGÉSIMA.- DE LA COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para resolver todo aquello que no esté previamente estipulado en él, las partes acuerdan en regirse en primer término por lo dispuesto en LAS BASES y para lo no previsto en se sujetarán a la legislación aplicable en el Estado de Jalisco, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los Tribunales que se encuentran en la circunscripción
territorial del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, renunciando al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro les pudiera corresponder.”
Leído que fue el presente documento y enteradas las partes de su alcance y contenido legal, lo firman de común acuerdo en esta ciudad de Guadalajara, Jalisco, el día 28 veintiocho del mes de Octubre del año 2016 dos mil dieciséis.
LA SECRETARÍA | EL PROVEEDOR |
Licenciado Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx. Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. | C. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx |
TESTIGO | TESTIGO |
Licenciado Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Director de Adquisiciones de la Subsecretaría de Administración de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. | Licenciado Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Director de Instrumentos Jurídicos de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. |
CJI