NARRACIÓN DE ANTECEDENTES
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CONTRATO DE LICENCIA DE USO DE INSTALACIONES
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NARRACIÓN DE ANTECEDENTES
R-1. Ley del Estado, Md. Código Xxx., Educ. § 7-108, exige que cada condado debe poner a disposición las instalaciones de sus colegios públicos para propósitos comunitarios, al recibir solicitudes por escrito. Estos propósitos incluyen propósitos como discursos en público, educativos, sociales, recreativos, religiosos y otros propósitos xx xxx. Con excepción de programas para cuidados diurnos, las instalaciones de los colegios pueden usarse únicamente cuando no interfieran con las sesiones de clases regulares u otras actividades de buena fe del colegio. Todas las sesiones deberán estar abiertas para el público.
R-2. En el Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, la Junta coordinadora de agencias para el uso comunitario de instalaciones públicas (Interagency Coordinating Board for Community Use of Public Facilities) regula el uso de las instalaciones de colegios públicos cuando sean utilizados para usos distintos que los usos del colegio. La Oficina de uso comunitario de instalaciones públicas (Office of Community Use of Public Facilities) (CUPF) administra e implementa las políticas, procedimientos e instrucciones de la Junta. Además de las instalaciones de colegios, CUPF también es responsable de la programación del uso de instalaciones públicas para fines comunitarios que hayan sido designados por el Jefe Administrativo (Chief Administrativa Officer).
R-3. Este contrato regula los términos y condiciones bajo los cuales CUPF pondrá a disposición de la comunidad el uso de instalaciones de colegios públicos y otras instalaciones públicas que hayan sido designadas por el Jefe Administrativo (Chief Administrativa Officer).
CONTRATO
Definiciones. A menos que el texto específico indique lo contrario, los términos que se definen en las regulaciones del uso comunitario de colegios y otras instalaciones públicas tienen el mismo significado en este contrato.
Licencia otorgada. El usuario tiene conocimiento que ha recibido una licencia para dedicarse a la actividad que se especifica en la solicitud, en la instalación que se especifica en la solicitud y por la vez o veces que se especifica en la solicitud.
Cuotas. El usuario debe pagar la cuota correspondiente como se establece más adelante en el programa actual de cuotas, incluyendo cualquier depósito de garantía, de forma completa, al entregase la solicitud. Se exige un depósito de garantía para los alquileres de auditorio y cocina. Se aceptan pagos con cheques, giros bancarios y pagos con tarjetas de crédito Master Card o Visa. El programa actual del uso comunitario de instalaciones públicas se encuentra disponible en todos los colegios públicos del Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, en línea en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxx/xxxx/xxxx/xxxx-xxxx/xxxx.xxx y en las oficinas de instalaciones públicas para uso comunitario en Rockville y Germantown.
Información correcta. El usuario certifica que toda la información que ha proporcionado o proporcionará a CUPF es verdadera y correcta y que CUPF puede confiar en la misma para iniciar cualquier acción relacionada con este contrato. Si el usuario proporciona cualquier información falsa o engañosa, CUPF puede rechazar la solicitud del usuario, terminar de manera inmediata la actividad, impedir al usuario que utilice instalaciones en un futuro y ejercer cualquier otro recurso pertinente.
Entrenamiento obligatorio para el usuario. El usuario puede iniciar la actividad hasta que haya cumplido con asistir a y completar satisfactoriamente una sesión obligatoria de entrenamiento de educación para el usuario, impartida por CUPF.
Limitaciones de uso.
Es obligación del usuario:
cumplir con todas las instrucciones y condiciones que le dé CUPF;
asegurarse que la actividad se adecua con el uso descrito en la solicitud de uso de la instalación;
proporcionar controles adecuados de seguridad, de tráfico y de multitudes para su actividad, en la forma como lo determine CUPF;
permanecer en la instalación durante la actividad y que la persona designada por el usuario lleve consigo la licencia durante la actividad;
supervisar adecuadamente la actividad;
obtener y pagar cualesquiera licencias y permisos que sean necesarios, incluyendo licencias y permisos que se requieran para la distribución de comida, para la venta de bienes y para el patrocinio de un evento público. El usuario está obligado al pago de los impuestos que sean aplicables, cuotas y otros costos similares; y
cumplir con todas las leyes, disposiciones, regulaciones y normas federales, estatales y locales que sean aplicables, incluyendo regulaciones y normas emitidas por la Junta coordinadora de agencias para el uso de instalaciones públicas para usos comunitarios (Interagency Coordinating Board for Community Use of Public Facilities) (ICB). Esto incluye el cumplimiento de todas las leyes federales, estatales y locales contra la discriminación, incluyéndose el Título VII del Acta de Derechos Civiles de 1964 y el Acta de Personas Americanas con Impedimentos de 1990. El usuario debe mantener el programa o actividad abiertos para el público como lo exige la ley estatal y no debe discriminar basándose en raza, color, credo, religión, ascendencia, origen de nacionalidad, edad, sexo, estado civil, impedimento u orientación sexual.
La actividad no debe:
presentar un peligro inminente para la seguridad pública o para la paz y bienestar de la comunidad, del condado o del estado;
presentar un peligro o daño a la propiedad pública y privada;
constituir una molestia al público o crear un riesgo para el tráfico;
provocar o ser parte en un motín o quebrantamiento de la paz;
interferir con o afectar adversamente la función educativa del colegio; o
atraer a un grupo numeroso de menores que estén sin supervisión.
Colocación y distribución de rótulos y publicidad en colegios.
Un usuario no puede colocar de forma temporal o permanente rótulos, banderines, banderolas, etcétera, en las instalaciones x xxxxxx de las instalaciones, excepto en los siguientes casos:
Materiales asociados con actividades que sean patrocinadas por el colegio o la PTA del colegio; y
Actividades que se lleven a cabo en los colegios por la Junta de Supervisores de Elecciones (Board of Supervisors of Elections).
Un usuario únicamente puede poner rótulos de forma temporal en los campos de las instalaciones durante el horario de la actividad programada. A la terminación del uso de la instalación, el usuario debe remover inmediatamente los rótulos.
El usuario y la persona que actúe bajo la autoridad del usuario deben cumplir con todas las leyes aplicables para rótulos, incluyendo las leyes que regulan la colocación de rótulos sobre postes de utilidad pública, árboles, verjas o en derechos de paso municipales, del condado o del estado.
Dirección para correo. Un usuario no debe usar la dirección de una instalación como su dirección para recibir correo.
Patrocinio. Un usuario debe identificar claramente en todo su material de publicidad el nombre del usuario, el nombre de cualquier individuo o grupo que patrocine el uso, así como el propósito del uso. Un usuario no puede utilizar iniciales, abreviaciones o logotipos que no estén expresamente definidos en el material de publicidad. El propósito del uso debe estar establecido claramente y debe ajustarse al propósito identificado en la solicitud de uso. Todos los anuncios y publicidad deben incluir la siguiente declaración: Esta actividad no es patrocinada por, relacionada con, o cedida por los colegios públicos del Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx (Xxxxxxxxxx County Public Schools) o por el Gobierno del Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx (Xxxxxxxxxx County Government).
Obligaciones/restricciones de uso.
Lo siguiente es prohibido en todo momento en todas las instalaciones:
Uso o posesión de alcohol y otras sustancias tóxicas;
Apostar--bingo, loterías, etcétera, excepto cuando la ley estatal lo permita de conformidad con los respectivos permisos y licencias;
Fumar, fogatas, parrilladas, fuego al aire libre o material inflamable;
Armas/armas de fuego/municiones;
Celebraciones públicas o privadas (cumpleaños/celebraciones de aniversario/recepciones de boda y otras actividades similares);
Bailes, a menos que sean patrocinados por el colegio, departamentos de recreación pública o grupos de PTA;
Ruido excesivo;
Torneos de juegos de fútbol inglés para adultos al aire libre; y
Football, fútbol inglés, lacrós, hockey, criquet, softball y baseball en el interior de las instalaciones.
Los usuarios no pueden usar campos al aire libre cuando alguna de las siguientes condiciones exista:
CUPF ha cancelado el uso;
Ha caído media pulgada o más de porción de lluvia en el lapso de las 24 horas previas;
Hay agua en el campo;
La tierra esté congelada;
El césped y el lodo puedan ser sacados o colocados fuera de la grama;
Hay adhesiones o apelmazamientos de tierra en los zapatos;
Esté lloviendo constantemente;
Las áreas descubiertas estén con lodo; o
Hayan relámpagos.
Certificación relacionada con actividades que involucren a menores. Esta sección aplica únicamente para actividades que involucren a menores (menores de 18 años).
El usuario certifica que cualquier persona que tenga contacto con menores durante la actividad no ha sido condenada, o no ha declarado o asumido la actitud procesal de: (I) culpable, (2) "no oposición en juicio" o (3) nolo contendere: no admisión de culpabilidad, pero tampoco negación de culpabilidad en un proceso actual de un delito (haya o no habido un fallo de culpabilidad).
El usuario certifica que cualquier persona que tenga contacto con menores durante la actividad no ha sido condenada, o no ha declarado o asumido la actitud procesal de: (I) culpable, (2) "no oposición en juicio" o (3) nolo contendere: no admisión de culpabilidad, pero tampoco negación de culpabilidad en un proceso actual de un delito de una falta que haya involucrado mala conducta sexual (haya o no habido un fallo de culpabilidad).
Restauración de la propiedad. El usuario debe restaurar la instalación a su condición original después de haberse completado su uso y debe prevenir su desgaste o deterioro.
Inspección e investigación. El usuario debe permitir que CUPF inspeccione la instalación en cualquier momento para asegurar el cumplimiento de este contrato. El usuario debe cooperar con la inspección. CUPF puede examinar los registros del usuario para determinar y verificar el cumplimiento de este contrato y para resolver o decidir cualquier reclamo o disputa derivada de la ejecución de este contrato. El usuario debe cooperar con cualquier investigación hecha por CUPF.
Terminación/modificación.
CUPF puede denegar el uso solicitado; puede unilateralmente terminar o modificar este contrato y puede impedir (temporal o permanentemente) que el usuario use en un futuro una o más instalaciones, lo que se hará por medio de un aviso por escrito al usuario, por cualquiera de las siguientes razones:
el usuario o cualquier persona que actúe bajo la autoridad del usuario haya hecho mal uso, haya dañado, o haya destruido bienes en una instalación o haya incumplido con dejar la instalación limpia como estaba antes de la actividad;
el usuario o cualquier persona que actúe bajo la autoridad del usuario haya proporcionado información falsa o engañosa a CUPF, incluyendo información falsa o engañosa acerca del usuario o del uso propuesto;
CUPF haya fijado daños en contra del usuario o en contra de cualquier persona que actúe bajo la autoridad del usuario;
CUPF considere que el uso no es apropiado para la instalación; que el uso no es consistente con el tamaño, ubicación y con los servicios disponibles en la instalación o que el uso no es consistente con los estándares de salud y seguridad públicas y de bienestar; o
el usuario o cualquier persona que actúe bajo la autoridad del usuario no haya cumplido o no haya completado en su totalidad el contrato o contratos previos, incluyendo el incumplimiento de pago por virtud de cheques rechazados o incumplimiento en hacer los pagos en la forma programada.
La terminación estará vigente después xx xxxx (10) días calendario de que el aviso haya sido emitido, a menos que un plazo diferente se de en el aviso. Ni el Condado ni la Junta de Educación son responsables por las pérdidas que el usuario pueda tener como consecuencia de la terminación o modificación bajo esta sección, así como tampoco por reembolsos o cualquier cuota que el usuario haya pagado a CUPF por el uso de la instalación.
Cierre por emergencias/política de nieve.
Las actividades para uso comunitario serán canceladas automáticamente de lunes a viernes cuando los colegios cierren más temprano o por el día completo.
En fines de semana y días de feriado, CUPF tomará las decisiones de cancelación tan pronto como sea posible.
Los cierres serán anunciados en la radio local y en las estaciones de televisión. Ni el Condado ni la Junta de Educación son responsables por las pérdidas que el usuario tenga como resultado de las cancelaciones por emergencia o por nieve, así como tampoco por pagos hechos a CUPF por el uso de la instalación.
Reembolsos/cancelaciones. CUPF reembolsará las cuotas pagadas por el usuario a CUPF para obtener la licencia de uso de acuerdo con su política de cancelación, pero únicamente lo hará si el usuario completa una solicitud de cancelación/ajuste y la entrega a CUPF dentro del tiempo establecido. El usuario debe pagar a CUPF la cuota de cancelación que se establece más adelante en el programa de cuotas para cada instalación. En caso de cancelación por la Comunidad de uso de instalaciones públicas debido a inclemencias del tiempo u otra emergencia, CUPF reintegrará el monto total a la cuenta del usuario. CUPF no es responsable por costos de publicidad, comida o cualquier otro costo relacionado con una actividad, cuando las instalaciones se cierren debido a inclemencias del tiempo u otra emergencia.
Accidentes o daños.
Para los propósitos de esta sección, el Condado y la Junta de Educación incluyen a sus juntas, agencias, agentes, funcionarios y empleados.
Aviso de accidentes y daños. El usuario debe dar al Condado (y a la Junta de Educación en el caso de la instalación de un colegio) pronto aviso por escrito de cualesquiera accidentes o lesiones en la instalación o de daños a la instalación.
Obligaciones por accidentes o daños. El usuario está obligado a pagar por cualquier pérdida, lesión personal, muerte o por cualquier otro daño (incluyendo los incidentales y emergentes) que se originen del ejercicio por el usuario de los derechos del presente contrato o del ejercicio de los derechos del contrato por la persona que actúe en su nombre y el usuario está obligado a pagar por cualquier pérdida, lesión personal, muerte o por cualquier otro daño (incluyendo los incidentales y emergentes) que se originen por el incumplimiento de este contrato por parte del usuario. El Condado (la Junta de Educación en el caso de una instalación de un colegio) determinará la cantidad en dólares del daño ocasionado a los bienes de la instalación y cobrará dicha cantidad al usuario. El usuario debe rembolsar al Condado (la Junta de Educación en el caso de una instalación de un colegio) por cualquier daño hecho en la instalación, dentro de los 30 días calendario siguientes al aviso dado por el Condado.
Intereses. CUPF impondrá un interés del 12 % anual sobre todas las cantidades con vencimiento de pago de más de 30 días calendario.
Indemnización. El usuario acepta indemnizar, defender y eximir de responsabilidad al Condado y a la Junta de Educación (y al arrendatario del lugar del uso cuando éste ocurra en un colegio cerrado) por cualquier pérdida, lesión, obligación, daño, reclamo, gravamen, costos o gastos, incluyendo honorarios y costos razonables de abogados que se originen del ejercicio de los derechos del presente contrato por el usuario o del ejercicio de los derechos del contrato por la persona que actúe en nombre del usuario y el usuario acepta indemnizar, defender y eximir de responsabilidad al Condado y a la Junta de Educación (y al arrendatario del lugar del uso cuando éste ocurra en un colegio cerrado) por cualquier pérdida, lesión, obligación, daño, reclamo, gravamen, costos o gastos, incluyendo honorarios y costos razonables de abogados que se originen por el incumplimiento de este contrato por el usuario. Este acuerdo de indemnizar y eximir de responsabilidad seguirá vigente aún después del vencimiento y terminación de este contrato. El Condado (la Junta de Educación en el caso de la instalación de un colegio) debe dar el aviso pronto y dentro del plazo otorgado al usuario de cualquier reclamo o demanda. El usuario no necesitará indemnizar, defender o eximir de responsabilidad al Condado o a la Junta de Educación por cualquier pérdida, costo, daño, reclamo o cualquier otro gasto derivado de la exclusiva negligencia o mala conducta intencional del Condado o de la Junta de Educación. Para los propósitos de esta sección, el Condado y la Junta de Educación incluyen a sus juntas, agencias, agentes, funcionarios y empleados.
Seguro. Todos los usuarios comerciales o de empresas de carácter privado y cualquier usuario que proponga una actividad identificada en el "programa de actividades que requieren seguro" que se adjunta, deben mantener un seguro con una compañía de seguros que posea licencia para operar en Maryland, por una cantidad suficiente para indemnizar, defender y eximir de responsabilidad al Condado y a la Junta de Educación, según lo que se requiere en el párrafo anterior.
El usuario debe mantener una póliza de seguro de responsabilidad comercial general con límites de por lo menos US$300,000 para cada acontecimiento y un monto agregado de US$300,000.
La póliza debe incluir al Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx (Xxxxxxxxxx County) como un asegurado adicional y también a la Junta de Educación (Board of Education) si la actividad se lleva a cabo en una instalación de un colegio.
El usuario debe entregar a CUPF una copia del certificado del seguro dentro de los 10 días calendario siguientes a la entrega de la solicitud completa.
El certificado de seguro debe mostrar un aviso de por lo menos cuarenta y cinco días al Condado (y a la Junta de Educación en el caso en que la actividad se lleve a cabo en una instalación de un colegio) para cancelación o modificación.
Nada de lo estipulado en este contrato puede interpretarse para crear ningún derecho en favor de terceros.
Liberación. El usuario libera al Condado y a la Junta de Educación de cualesquiera reclamos o demandas de cualquier tipo que el usuario o la persona que actúe en su nombre ha tenido, reclame que ha tenido o que pudiera tener como consecuencia del ejercicio de los derechos del presente contrato y libera al Condado y a la Junta de Educación de cualquier reclamo y demanda que pueda derivarse por incumplimiento de este contrato. Ni la Junta de Educación ni el Contado aceptan responsabilidad de ningún equipo dejado por el usuario en el colegio o en las instalaciones del Condado. La liberación no incluye ningún reclamo que derive de la mala conducta intencional del Condado o de la Junta de Educación. Para los propósitos de esta sección, el Condado y la Junta de Educación incluyen a sus juntas, agencias, agentes, funcionarios y empleados.
Otras regulaciones importantes.
Modificación y renuncias. Excepto cuando así se exprese lo contrario, cualquier modificación de este contrato debe constar por escrito y ser firmada por las partes. La parte que desee renunciar a cualquier derecho otorgado en este contrato debe hacerlo expresamente por escrito. Una renuncia no debe ser interpretada extensivamente, con el objeto de que no se interprete la renuncia de cualquier otro derecho del contrato o de la renuncia de cualquier otro rubro para el cual dicho derecho pueda ser aplicado.
Divisibilidad. Siempre que sea posible, cada regulación de este contrato debe ser interpretada de tal manera que sea válida según la ley aplicable. Pero si cualquier regulación de este contrato pueda considerarse inválida, esta regulación debe ser divisible y las regulaciones restantes, por el contrario, deben mantener su plena vigencia y efectos legales.
Contrato completo. Este contrato constituye el contrato completo entre las partes. Todos los términos y condiciones contenidos en cualquier otro documento escrito que se hayan suscrito previamente por las partes y todos los arreglos anteriores y entendimientos entre las partes son reemplazados por este contrato. Ningún acuerdo, declaración, o promesa acerca del contenido de este contrato es vinculante o válido, a menos que se encuentren contenidos en este contrato.
Ley aplicable. Este acuerdo debe ser regulado, interpretado y ejecutado de acuerdo con las leyes del Estado de Maryland, sin importar sus conflictos con principios xx xxxxx. Para los propósitos de un litigio que involucre este contrato, la jurisdicción y competencia exclusiva debe ser en la Corte del Circuito del Contado xx Xxxxxxxxxx, Maryland o en la Corte del Distrito de Maryland para el Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx.
Encabezados e interpretación. Los encabezados descriptivos se insertan únicamente por conveniencia y no afectan el significado de ninguna regulación. Cuando el contexto lo requiera, el singular debe ser interpretado como plural y los pronombres neutros deben ser interpretados como pronombres masculino y femenino y viceversa. Este acuerdo debe ser interpretado de acuerdo con un significado equitativo y cualquier norma que cause ambigüedad de interpretación debe ser resuelta en contra de la parte que elaboró la minuta del contrato y no debe aplicar dicha norma para la interpretación de este contrato.
No agencia. Este contrato no convierte a ninguna de las partes, sus funcionarios, empleados o agentes, en un funcionario, empleado o agente de la otra parte.
No sociedad; terceros. Este contrato no crea ningún tipo de sociedad, empresa de riesgo colectivo o ningún otro acuerdo entre las partes. Este contrato no crea un beneficio para alguna persona que no sea parte y ningún tercero tiene derechos o derecho de acción por virtud de este contrato.
Garantía de autoridad. Las personas que ejecuten este contrato dan garantía de que ellos están autorizados por la parte respectiva a quien representan para firmar el presente contrato.
Fecha que entra en vigencia. Este contrato entra en vigencia en el momento de ser firmado por las partes.
Transferencia. El usuario no debe transferir este contrato por cesión, subarrendamiento o cualquier otro sin el consentimiento expreso de CUPF.
Plazos como condición esencial del cumplimiento del contrato. Los plazos son una condición esencial para el cumplimiento de todas las obligaciones del contrato y que aplica para todas las partes del contrato.
Incorporación de documentos y narración de antecedentes. La narración de antecedentes y los documentos de prueba son incorporados como referencia y son parte de este contrato.
He leído, entendido y aprobado todas regulaciones de este contrato. Yo declaro que toda la información proporcionada es verdadera y completa y autorizo a CUPF para verificar esta información. Entiendo que si doy una falsa declaración en la solicitud, CUPF puede rechazar dicha solicitud, terminar inmediatamente el uso, e impedirme a mí y al usuario el uso de las instalaciones de colegios o del Condado en un futuro. Por lo tanto, se entiende y acuerda que cualquier otra persona que esté programando espacio en nombre del usuario identificado a continuación acuerda someterse a los términos y condiciones de este contrato.
La persona que firma este contrato en nombre del usuario debe presentar identificación.
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Fecha Firma
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Nombre escrito con letras de molde
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Nombre de la organización/grupo
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Cargo (si el usuario es persona jurídica)
Revisado 1/05
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