CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO AUTOMOTOR SUJETO A CONDICIÓN - 0
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO AUTOMOTOR SUJETO A CONDICIÓN - 0
Entre los suscritos de una parte, EMPRESA DE TRANSPORTE INTEGRADO DE BOGOTÁ S.A.S (en adelante el “Comprador” y/o el “Proponente”), representada en este acto por Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx identificado como aparece al pie de su firma, en calidad de representante legal, y de la otra parte
0 identificado como aparece al pie de su firma;
en conjunto en adelante denominados (el “Vendedor1”) se ha celebrado este contrato de compraventa (en adelante el “Contrato”) que se rige por las cláusulas que aparecen a continuación, previas las siguientes
CONSIDERACIONES:
Que el Comprador ha manifestado su interés en participar como proponente, en la Licitación Pública No. TMSA-LP-004 DE 2009 que tiene por objeto “seleccionar las propuestas más favorables para la adjudicación de trece (13) contratos de concesión, cuyo objeto será la explotación preferencial y no exclusiva, de la prestación del servicio público de transporte de pasajeros dentro del esquema del SITP: 1) Usaquén, 2) Engativá, 3) Fontibón, 4) San Xxxxxxxxx, 5) Suba Oriental, 6) Suba Centro, 7) Calle 80, 8) Tintal – Zona Franca, 9) Xxxxxxx, 10) Bosa, 11) Perdomo, 12) Ciudad Bolívar Y 13) Usme.” (en adelante la “Licitación”).
Que el Comprador debe adquirir vehículos habilitados para prestar el servicio de transporte público colectivo en la ciudad de Bogotá, con el objeto de permitir la participación del Proponente, en la Licitación para su posterior operación y/o reposición y/o chatarrización dentro del Sistema Integrado de Transporte Público por parte del Proponente quien celebrará los correspondientes contratos de concesión (en adelante el “Contrato de Concesión”).
Que el Vendedor, como persona natural, es titular del derecho de dominio sobre el 100% del vehículo o vehículos habilitado(s) para prestar el servicio de transporte público colectivo en la ciudad de Bogotá.
Que el Vendedor ha manifestado su interés en vender, y el Comprador, ha manifestado su interés de adquirir determinados vehículos de servicio de transporte público de pasajeros sujeto únicamente a la condición de que el Proponente resulte adjudicatario de la zona para la cual acredite al Propietario (en adelante la “Condición”).
En consecuencia el Vendedor y el Comprador acuerdan:
PRIMERA. COMPRAVENTA. Sujeto a la Condición, el Vendedor vende al Comprador y éste compra al Vendedor, el pleno derecho de dominio y la posesión real y material que tiene y ejerce el Vendedor sobre: (1) un vehículo de transporte colectivo tipo 0, marca 0, color 0, placa 0, identificado con el número de motor 0, el número de chasís 0, la tarjeta de operación número 0, con capacidad para (0) pasajeros, matriculado en la ciudad de Bogotá, afiliado a la empresa 0. (en adelante el “Vehículo” o los “Vehículos”).
Parágrafo: El objeto de la venta incluye los derechos del cupo de servicio público de los Vehículos.
SEGUNDA. CONDICIÓN. El presente contrato de compraventa estará sujeto a la ocurrencia de la Condición, evento en el cual el Comprador y el Vendedor se obligan a lo siguiente:
a) Por parte del Vendedor, efectuar la transferencia y registro de la propiedad y la entrega material del Vehículo a favor del Comprador sin ninguna condición o salvedad diferente a la adjudicación del Contrato de Concesión;
b) Por parte del Comprador, el pago al Vendedor del valor del(los) Vehículo(os), de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones y en el presente Contrato.
Parágrafo: Se entenderá fallida la condición cuando no se le adjudique al Proponente ningún Contrato de Concesión, cumplidas todas las rondas de adjudicación establecidas en los pliegos de la Licitación, para las zonas en las que presentó propuesta. En este caso se entenderá resuelto este Contrato de pleno derecho.
TERCERA. PRECIO. El precio de venta, por el Vehículo al que se refiere la Cláusula Primera de este contrato, será por la suma de PESOS 00/100 CENTAVOS ($ 0,00 );
CUARTA. FORMA DE PAGO. El precio será pagado por el Comprador al Vendedor así:
La suma mencionada en la cláusula tercera se pagará hasta treinta (30) días calendario antes de la fecha de inicio de la Etapa Operativa del Sistema Integrado de Transporte Público, contra: (a) la entrega material del Vehículo por parte del Vendedor, a satisfacción del Comprador, y (b) el registro de la transferencia de la propiedad del Vehículo a favor del Comprador o de quien éste designe.
El pago del precio se efectuará mediante entrega de cheque o consignación en la cuenta bancaria que indique el Vendedor. En el caso en el que exista más de un Vendedor por Vehículo, el pago del precio se realizará de la misma forma a cada uno de los vendedores a prorrata del porcentaje de su propiedad en el respectivo Vehículo.
El precio será indexado con el valor del IPC.
QUINTA. TRASPASO. Antes de la fecha de pago, el Vendedor entregará al Comprador un formulario de traspaso por cada uno de los Vehículos, debidamente firmado(s) con diligencia de presentación personal ante Notario Público, con el propósito de que sean registrados por el Comprador ante la Oficina de Tránsito de Bogotá en caso de cumplimiento de la Condición y de la entrega efectiva de la totalidad de los Vehículos. En caso de no cumplirse la Condición o de no entregarse efectivamente cualquiera de los Vehículos por parte del Vendedor, el Vendedor, en caso de que ya se hubiera entregado el formulario, autoriza la destrucción del formulario por parte del Comprador o del tenedor del documento.
SEXTA. DECLARACIONES DEL VENDEDOR El Vendedor declara al Comprador libre y exento de cualquier tipo de responsabilidad civil, laboral, comercial, fiscal, administrativa, de policía o, en general, de cualquier naturaleza causada antes de la fecha de entrega de los Vehículos al Comprador o a la persona designada por éste. Por lo tanto, cualquier tipo de reclamo, acción, demanda o procedimiento derivado del uso, operación, almacenamiento o tránsito de los Vehículos, o su pérdida, antes de la fecha de su entrega material será responsabilidad exclusiva del Vendedor.
El Vendedor se obliga a entregar los Vehículos y el cupo libres de pleitos, embargos, reclamaciones, obligaciones, inmovilizaciones, sanciones, multas, procedimientos o acciones judiciales o administrativos de cualquier naturaleza que impidan su uso o eliminación por parte del Comprador. No obstante, en el evento que después de la firma del presente Contrato y efectuado el pago del anticipo del precio, le sean notificadas nuevas pignoraciones, embargos o reclamaciones a cualquiera de los Vehículos, el Vendedor autoriza desde ahora al Comprador para que cancele dichas limitaciones con el saldo que se le adeude a la fecha de la cancelación.
Parágrafo: En la fecha de suscripción de este Contrato, el Vendedor hace entrega al Comprador de: el Certificado Único de Propiedad sobre el Vehículo; una copia de la tarjeta de propiedad; una copia de la tarjeta de operación y; la proforma 6B xxx Xxxxxx de Condiciones debidamente suscrita.
SÉPTIMA. Gastos. Los gastos que se ocasionen con motivo de esta compraventa serán cubiertos así:
Los gastos de traspaso serán asumidos en partes iguales por el Comprador y el Vendedor.
El Comprador, en caso de ser necesario, pagará en nombre del Vendedor todas las obligaciones asociadas al Vehículo que deban cancelarse previo al traspaso, incluyendo, pero sin limitarse necesariamente, a multas y comparendos, impuestos del Vehículo y limitaciones a la propiedad, como prendas.
El Vendedor desde ya autoriza estos pagos y declara que, si bien puede recibir una suma menor como consecuencia de la compensación que realice el Comprador por los pagos efectuados en nombre del Vendedor, el precio de venta corresponde al establecido en la cláusula TERCERA de este Contrato.
La relación de los destinatarios de los pagos que se realicen en virtud de esta cláusula se anexaran, y harán parte integral de este Contrato.
OCTAVA. CLAUSULA PENAL. Las partes establecen como sanción pecuniaria a cargo de quien incumpla una cualquiera de las estipulaciones derivadas de este acto jurídico el equivalente al 20% del precio establecido en la cláusula tercera de este Contrato; cantidad de la cual será acreedora la otra, suma que podrá ser hecha efectiva sin necesidad de requerimientos privados o judiciales a los cuales renuncia una a favor de la otra.
NOVENA. CESION: Con la suscripción de este Contrato, el Vendedor acepta la cesión de la posición contractual que el Comprador efectué a favor de quien este designe, de manera que la transferencia de los Vehículos y la entrega material de los mismos se efectúe a favor del Comprador o a favor de quien éste designe.
DÉCIMA. OBLIGACIÓN DE SUSCRIBIR PROFORMAS EXIGIDAS POR TRANSMILENIO. El Vendedor se obliga a suscribir junto con este Contrato la proforma o las proformas que Transmilenio exija para efectos de acreditar su calidad como propietario y la disponibilidad de el Vehículo para la Licitación, de conformidad con los Pliegos, en particular, pero sin necesariamente limitarse a la Proforma 6 B “PROFORMA DE MODALIDAD DE VINCULACION DE LOS PROPIETARIOS PARTICIPANTES EN LA PROPUESTA”.
Por su parte, el Proponente se entenderá facultado para diligenciar y suscribir las proformas respectivas.
UNDÉCIMA. EXCLUSIVIDAD A FAVOR DEL COMPRADOR Y/O PROPONENTE. El Propietario se obliga a no asociarse, ni adquirir obligación alguna, ni aportar los Vehículos, ni suscribir contrato alguno con ninguna otra persona, natural o jurídica, ni ninguna asociación o entidad de cualquier naturaleza para participar directa o indirectamente en la Licitación, ni suscribir cualquier otro documento que sea necesario para participar en la Licitación o a las que se refiere este Contrato, con personas diferentes al Comprador y/o Proponente con el cual suscribe el presente Contrato.
En consecuencia, el Propietario garantiza que: (i) no ha adquirido obligación alguna ni ha prometido obligarse con ninguna otra persona o entidad, sea natural, jurídica, cooperativa, unión temporal, consorcio o cualquier otra forma asociativa, para participar directa o indirectamente en la Licitación ni como socio, ni accionista, ni asociado bajo ninguna modalidad directa o indirecta, ni bajo ningún acuerdo, ni como propietario de Vehículos de transporte público colectivo de pasajeros en la ciudad de Bogotá, ni en ninguna otra forma, ni para permitir a persona o entidad alguna distinta el Comprador y/o Proponente, utilizar su vehículo para participar en la Licitación; y (ii) reconoce los cuantiosos perjuicios que pudiera ocasionar al Comprador y/o Proponente en caso de que se presente a la Licitación con uno o varios proponentes distintos al Comprador y/o Proponente que suscribe este Contrato.
PARA CONSTANCIA DE LO ANTERIOR, las partes suscriben el presente contrato en dos (2) originales del mismo tenor, en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes xx xxxxx de 2010.
El Comprador
___________________
Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx
C.C. 79.366.860
Representante Legal
EL VENDEDOR
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Nombre: 0
C.C.: 0
Teléfono(s): 0
Dirección: 0
Móvil: 0
1 Si son varios los propietarios de un mismo Vehículo todos deberán suscribir el presente contrato.