Contract
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Contrato de Servicios de Representacion y de Uso de Imagen de Modelo Extranjero Radicado en Mexico.
Agencia inStyle – Modelos Extranjeros Radicados en Mexico – Servicios y de Representacion de Uso de Imagen - 2
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN Y DE USO DE IMAGEN DE MODELO EXTRANJERO RADICADO EN MEXICO.
QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA EMPRESA TOPVEL Y ASOCIADOS S. C. REPRESENTADA POR XXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXXXX, EN SU CALIDAD DE ADMINISTRADOR Y REPRESENTANTE GENERAL, CON BASE EN LAS FACULTADES QUE TIENE CONFERIDAS, EN LO SUCESIVO “LA AGENCIA” Y POR LA OTRA
, QUIEN LO SUSCRIBE, POR SU PROPIO DERECHO, EN LO SUCESIVO “EL/LA MODELO”, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DEFINICIONES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DEFINICIONES
Las partes convienen de común acuerdo que, para los efectos de este contrato, se hace necesario establecer y definir primeramente de una manera general, la naturaleza y alcance de las relaciones entre LA AGENCIA y EL/LA MODELO, con el objeto de facilitar la comprensión de este contrato, así como el contenido y alcances de las obligaciones que se derivan de dicho instrumento, y que son, los que a continuación se indican:
DEFINICION DEL CONTRATO: Es un Contrato de mandato oneroso, celebrado entre las partes contratantes, para efectos de llevar a cabo la representación artística e imagen, de artista o modelo, por cuyo efecto, LA AGENCIA se obliga a difundir, promover y colocar al modelo y/o artista, con Clientes de la Agencia y/o terceros interesados en los servicios desarrollados por estos, garantizando la prestación de los servicios, mediante la celebración de los contratos de prestación de servicios correspondientes, por ende, la naturaleza del contrato es meramente civil y no laboral, ya que entre la Agencia y el Representado, no existe ningún vínculo laboral.
OBJETO Y FINES DEL CONTRATO: El contrato tiene por finalidad, representar, promover y difundir la imagen e intereses del Modelo, ante clientes potenciales de sus servicios, como pueden ser los diversos medios de comunicación y de publicidad existentes en México, así como, clientes de la Agencia y/o terceros interesados, en los servicios de modelos y/o artistas, de acuerdo a las capacidades, cualidades, imagen y/o talento que estos poseen.
Para el mejor logro y consecución de los servicios de representación, el Representante, debe realizar los siguientes mandatos:
a) Mandato de Investigación: Búsqueda xx xxxxxxx y clientes potenciales que requieran los servicios del Modelo.
b) Mandato de Gestión y Representación: El cual comprende la facultad de difundir, promover, ofertar, negociar y contratar con terceros, los servicios del Modelo.
INSTYLE MODEL MANAGEMENT. Es el nombre o marca comercial de la empresa TOPVEL Y ASOCIADOS S.C., a la cual se le podrá denominar para efectos de este contrato, como LA AGENCIA.
TOPVEL Y ASOCIADOS S.C.. Es el nombre o denominación legal de inStyle Model Management, quien es la encargada de proporcionar los servicios de representación artística y de modelos, para cuyo efecto, promueve, busca y obtiene para sus representados, la colocación de estos ante terceros, mediante los mejores contratos y condiciones económicas existentes en el mercado mexicano de modelos, garantizando a unos y otros, la excelencia de los servicios, dado que se preocupa por buscar y promover modelos con altos perfiles, en cuanto a imagen, cualidades, talentos y capacidades.
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Para tal fin, TOPVEL Y ASOCIADOS S.C. o LA AGENCIA, está representada por su administrador y representante legal, quien es el encargado de firmar los contratos de Representación con EL/LA MODELO, y por consiguiente, es la persona encargada de coordinar los actos de representación, a efecto de que LA AGENCIA pueda difundir, promover y celebrar los Contratos de prestación de servicios de modelaje y actividades artísticas, con los particulares, con el fin de lograr la realización profesional y comercial del MODELO.
EL/LA MODELO. Es la persona física, extranjero que reuniendo los requisitos para ser considerado como Modelo, solicita los servicios se representación de LA AGENCIA, mediante la celebración del contrato de representación respectivo, con el fin de ser representado por ésta, ante clientes y/o terceros interesados en sus servicios, para cuyo efecto, EL/LA MODELO o Representado, se obliga a proporcionar de manera correcta y fidedigna todos los datos de tipo personal, así como los relacionados con su actividad y/o profesión, tales como: nombre, dirección, teléfono celular, peso, estatura, color de pelo, color de ojos, talla, medidas, estado de salud, hábitos y prácticas deportivas, los cuales son necesarios, para el correcto desempeño de los servicios de representación, los cuales se proporcionaran y se harán constar en la hoja “Anexo 1”.
SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN. Son los servicios de difusión, promoción y colocación que lleva a cabo LA AGENCIA en favor de sus representados, ante terceras personas y muy especialmente frente a sus clientes, por virtud de los cuales, LA AGENCIA se obliga a buscar, promover, difundir y explotar con fines comerciales, las cualidades, aptitudes, capacidades, imagen, y experiencia del artista y/o modelo, para lograr su colocación y contratación respectiva, con las empresas y medios especializados en la materia, en ejecución del Contrato de Representación respectivo, velando en todo momento por los intereses, el bienestar y la satisfacción de su representado, mediante la fórmula de obtener los mejores contratos y las mejores condiciones de trabajo, lo que conlleva, las mejores condiciones económicas para los Modelos, así como, de seguridad jurídica y fiscal.
CLIENTES. Son las terceras personas con quienes LA AGENCIA promueve al MODELO, para obtener y negociar los servicios de sus representados, en cualquiera de sus formas y modalidades, suscribiendo con ellos, los contratos más favorables a los interese del representado.
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE MODELAJE Y/O ACTIVIDADES ARTÍSTICAS. Es el Contrato o
acuerdo de voluntades, que celebran LA AGENCIA y el Tercero Interesado, que tiene por objeto, la prestación de los Servicios de Modelaje y/o actividades Artísticas, en cualquiera de sus formas y modalidades, mediante el cual, se pactan la forma y términos del servicio, duración de los mismos, los honorarios, comisiones y regalías, así como toda la especificidad de los servicios contratados, mediante las diversas definiciones, declaraciones y cláusulas que componen el contrato.
Expuesto lo anterior, las partes están de acuerdo en celebrar el presente contrato de Representación, para lo cual formulan las siguientes;
DECLARACIONES
LA AGENCIA manifiesta ser:
a) Una sociedad civil de nacionalidad mexicana, constituida conforme a las leyes del país, según escritura pública número 25,334, expedida con fecha 0 xx Xxxxx xxx 0000, xxxx xx xx xxx Xxxxxxx Público No. 224, del Distrito Federal, Lic. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, de esta ciudad capital, con domicilio legal en: Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X, Xxxx 0, Xxxxxxx 0, Xxxxxxx Xxxx Xxx, Delegación Xxxxxxxxxx, C. P. 06760.
b) Que es su administrador y representante legal, el Xx. Xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, el cual goza de las más amplias facultades y atribuciones legales, para celebrar a nombre de LA AGENCIA , los actos jurídicos necesarios para el cumplimiento de su objeto, incluido el Contrato de Representación Artística y Modelaje, así como los de Prestación de Servicios Artísticos y de Modelaje, en los términos de los poderes contenidos en la escritura pública 25,334, expedida con fecha 0 xx Xxxxx xxx 0000, xxxx xx xx xxx Xxxxxxx Público No. 224, del Distrito Federal, Lic. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, inscrito en el Registro Público de la Propiedad, de esta ciudad.
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c) Para los efectos de este contrato, se señala que La Empresa tiene por objeto, la prestación de todo tipo de servicios profesionales o técnicos, relacionados con la promoción de bienes o servicios mediante edecanes, promotores, modelos y actores; así como la prestación de todo tipo de servicios profesionales o técnicos de asesoría, consultoría, capacitación y representación de edecanes, promotores, modelos y actores, entre otros, derivado de lo cual, LA AGENCIA, cuenta con la capacidad y experiencia para brindar el servicio para el que se le contrata, en función del cual, puede obtener para su representado, ya sea de sus clientes o terceros, la colocación del modelo o artista, en actividades propias de su profesión, garantizando las mismas mediante la celebración de los contratos de trabajo respectivos, en cualquiera de sus formas, facetas y modalidades.
d) LA AGENCIA cuenta con la experiencia, los medios y los contactos necesarios para garantizar la prestación del servicio de Representación, para lo cual, pone a disposición del Modelo o Representado, toda su capacidad y habilidades para garantizar el éxito del servicio.
e) Atendiendo a su objeto social, LA AGENCIA también puede ser contratada, tanto por sus Clientes como por terceras personas, sean físicas x xxxxxxx, para coordinar, dirigir, organizar, y en general, para llevar a cabo toda clase de actividades relacionadas con eventos culturales, deportivos, musicales, campañas publicitarias de cualquier índole y demás actividades similares, incluidos la contratación de servicios de modelos y artistas, según sea el caso, por lo cual, podrá con motivo del citado contrato de Servicios de Representación, celebrar con el Modelo de manera directa, el contrato que se requiera para la prestación de sus servicios de modelaje e interpretación artística, de acuerdo con los términos y condiciones del contratante de los servicios.
2. El Modelo manifiesta:
A) Que es una persona física, mayor de edad, con fecha de de nacimiento y de nacionalidad , con domicilio en esta ciudad, ubicado en , y que cuenta con la capacidad legal para obligarse y contratar, en los términos de este instrumento.
B) Que tiene por actividad preponderante, la interpretación artística y/o el modelaje en todas sus formas, facetas y modalidades, la cual ha desarrollado durante los últimos años, mismos que ha prestado para diversas empresas, agencias de modelaje, agencias publicitarias y productoras, tanto en México como en el extranjero, y que, por tanto, cuenta con las cualidades, aptitud y experiencia necesaria para brindar dichos servicios.
C) Que es su voluntad celebrar el presente contrato con LA AGENCIA con la finalidad de que la misma sea quien lo/a represente de manera exclusiva, promoviendo, difundiendo o publicitando su imagen y servicios de modelaje, ante los clientes de LA AGENCIA y/o terceras personas, con la finalidad de llevar a cabo la prestación de sus servicios. Lo anterior, en consideración a las cualidades, experiencia y talento artístico adquiridos durante su carrera profesional, mismos que pone a disposición de LA AGENCIA, para que la promueva como mejor convenga a sus intereses.
D) A tal efecto, declara EL/LA MODELO que por virtud de este contrato de representación, queda obligado/a a proporcionar a LA AGENCIA los datos personales que esta le requiera como parte de sus talentos, así como realizar todas las actividades e instrucciones que le señale LA AGENCIA, y que se encuentren relacionadas con su actividad de modelo, incluidas aquellas relacionadas con campañas y eventos publicitarios, pautas publicitarias en general, comerciales, incluida la prestación de los servicios de modelaje e interpretación artística, según sea el caso, designando para tal efecto a LA AGENCIA como su representante exclusivo, para que, con tal carácter, promueva y publicite sus servicios de interpretación artística, y/o modelaje, así como su imagen personal y/o comercial, frente a quienes LA AGENCIA considere más conveniente y apropiado a sus intereses, de acuerdo con los términos y condiciones de este instrumento.
Estando ambas partes de acuerdo con lo anterior, convienen en suscribir el presente contrato, obligándose bajo las siguientes estipulaciones, y;
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CLÁUSULAS
DISPOSICIONES SOBRE LA REPRESENTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MODELAJE.
PRIMERA.- El/la suscrito/a , de Nacionalidad,
, mayor de edad y con capacidad para obligarse en los términos del presente instrumento, contando además con legal estancia en México, según se acredita con la correspondiente forma migratoria, expedida a su favor por el Instituto Nacional de Migración, y del cual entrega una copia para el expediente, en lo sucesivo él Modelo o Representado, de manera libre y voluntaria, designa a La empresa TOPVEL Y ASOCIADOS S. C., en lo sucesivo LA AGENCIA, como su representante EXCLUSIVO en México, para lo cual, suscribe en términos de este instrumento, un contrato de Prestación de Servicios de Representación, por virtud del cual, faculta a la AGENCIA para que lo representen ante terceras personas y muy especialmente frente a los Clientes de la misma AGENCIA, con el objeto de obtener los mejores contratos posibles, relacionados con su actividad de modelo, facultando de esta manera a LA AGENCIA, para negociar y contratar libremente el importe de las contraprestaciones correspondientes, con base en la experiencia de la empresa, en este tipo de negociaciones.
Por virtud del Contrato de Exclusividad, El Modelo confiere a LA AGENCIA, la facultad para para representarlo de manera exclusiva, por lo cual, el Modelo se obliga a prestar de manera exclusiva sus Servicios de Modelaje a los Clientes de LA AGENCIA, o al tercero que ésta le señale, atendiendo a las contrataciones y compromisos que LA AGENCIA asuma o contraiga, en el entendido de que el Modelo no podrá en ningún momento y durante la vigencia del presente instrumento, contratarse directamente con los Clientes de LA AGENCIA, Y/o con terceros, para prestar sus Servicios de Modelaje o cualesquiera otros servicios similares a los Servicios de Modelaje, sin que medie la aceptación o autorización expresa de LA AGENCIA.
SEGUNDA.- TOPVEL Y ASOCIADOS S. C., en lo sucesivo LA AGENCIA, por efectos de este Contrato de Representación exclusiva, acepta el mandato de representación conferido por
, en lo sucesivo EL/LA MODELO, a cuyo efecto, lo asume como un acto de representación independiente, sin que para ello exista un vínculo de subordinación jurídica, es decir, para ejecutarlo bajo su propio criterio y experiencia, por tanto, LA AGENCIA acepta el mandato de Representación conferido, con el objeto de difundir y promover la imagen y talentos del Modelo o Representado frente a terceros, a efecto de obtener en favor de éste, los contratos de trabajo que más convengan a sus intereses profesionales, sin que en ello exista un vínculo de subordinación jurídica,
Tales facultades de representación, incluyen las inherentes para pactar libremente los servicios y el importe de las contraprestaciones que correspondan al Modelo, por cualquier título o concepto, incluyendo de manera enunciativa y no limitativa, las siguientes: honorarios, regalías, comisiones, viáticos, entre otros, en base a la experiencia y contactos de la AGENCIA.
Asimismo y en ejecución del mandato, LA AGENCIA, podrá celebrar cualesquier contrato en nombre y representación del Modelo, así como facturar y recibir los importes relacionados con los servicios que llegare a prestar el modelo, los cuales se entregarán al representado, en los términos y plazos pactados, siempre que estos hubieren sido totalmente liquidados por el cliente.
Para los efectos legales ha lugar, se entiende que dicho servicio de representación, incluye entre otros, la promoción y difusión de las aptitudes y talentos del Modelo o Representado, así como el manejo y explotación comercial de su imagen.
De igual manera y en ejecución del mandato de servicios de representación, LA AGENCIA, podrá realizar todas las gestiones judiciales y extrajudiciales que resulten necesarias a fin de cobrar y obtener el pago de las remuneraciones, regalías, y demás contraprestaciones que se generen a favor de su representado, con motivo de la prestación de los Servicios de Modelaje y/o cualesquiera otros servicios similares, quedando por tanto, LA AGENCIA autorizada para recibir los pagos que con motivo de los servicios, se lleguen a generar.
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Para el ejercicio de las acciones legales conducentes en favor del MODELO, este deberá otorgar en favor de LA AGENCIA, las más amplias facultades y poderes, las cuales se deberán conferir de manera expresa, mediante carta poder que se acompañará a este contrato como “Anexo 2”.
TERCERA.- Para los efectos de este contrato, ambas partes convienen en que el servicio de representación, tendrán un costo equivalente al 20% (Veinte por Ciento), de cada uno de los montos o contratos que se obtengan o generen en favor de la modelo, incluidas comisiones, regalías y demás emolumentos que se originen por los trabajos contratados en el área de Model Management.
OBLIGACIONES DEL MODELO.
CUARTA.- Consecuente con lo anterior, EL/LA MODELO se obliga a cumplir con toda dedicación, aptitudes y talentos, los servicios y actividades que le señale LA AGENCIA, mismos que deberán ser prestados ante los terceros que contraten los servicios respectivos, los cuales se deberán realizar de manera personal, sin poderlos transferir a terceros, si no existe autorización expresa de LA AGENCIA, para lo cual, El Modelo o Representado, se compromete a cumplir cabalmente acatando las instrucciones, indicaciones y orientaciones que le sean designadas, respetando los compromisos adquiridos por LA AGENCIA, en materia de presentaciones, calendarios, horarios y cualquier otra actividad determinada por LA AGENCIA.
QUINTA.- Los servicios de modelaje que debe prestar EL/LA MODELO comprenden en forma enunciativa, más no limitativa, los siguientes: Pasarelas, comerciales de televisión, editoriales, internet, billboard, catálogos, videos, eventos musicales y deportivos, publicidad en general, incluyendo el uso y/o explotación de su fotografía e imagen, en cualesquiera medios de publicidad y/o de comunicación, así como todo tipo de interpretaciones artísticas, en lo sucesivo los "Servicios de Modelaje", obligándose EL/LA MODELO a asistir puntualmente a todos los castings, llamados y pruebas que le sean indicados por LA AGENCIA.
Abstenciones a cargo del modelo.
SEXTA.- Por efectos del contrato de exclusividad e imagen, el Modelo o Representado, se obliga a abstenerse de conceder a los Clientes de LA AGENCIA, o a cualesquiera terceros, autorización, permiso, licencia o derecho para el uso y/o explotación de su imagen y/o interpretación artística, a través de algún medio publicitario o de comunicación, bajo cualquier título o concepto, toda vez que la representación, manejo, negociación, cobro de tal uso y/o explotación, corresponde exclusivamente a LA AGENCIA, en los términos del presente instrumento.
Asimismo y por virtud de la exclusividad que EL/LA MODELO confiere a favor de LA AGENCIA, de acuerdo a los términos de este Contrato, este se obliga a no contratarse con alguna otra persona física o moral que realice actividades comerciales iguales o similares a las que realiza LA AGENCIA, dentro de las cuales se encuentran implícitas de manera enunciativa, las que realizan agencias de modelos, agencias de publicidad, agencias de edecanes, casas productoras, casas de casting, televisoras, entre otras.
Por consiguiente, el Modelo se obliga a no realizar ante las autoridades migratorias del país, ningún trámite relacionado a su cambio de empleador y/o ampliación de actividades, ya sea para realizar las mismas actividades autorizadas para con LA AGENCIA, o bien, para realizar actividades de cualquier otra naturaleza, salvo que cuente con la autorización previa y por escrito de LA AGENCIA.
En el caso de que EL/LA MODELO reciba alguna oferta de trabajo para prestar sus Servicios de Modelaje, ya sea de parte de un Cliente de LA AGENCIA, o bien, de parte de cualquier otro tercero interesado en sus servicios, EL/LA MODELO se obliga a abstenerse de negociar, aceptar y/o contratarse de manera directa o por medio de otro representante distinto a LA AGENCIA, obligándose en todo momento, a hacer del conocimiento de LA AGENCIA, cualquier oferta de contratación de sus Servicios de Modelaje, proporcionado toda la información y documentación relacionada con la misma.
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En el supuesto de que EL/LA MODELO incumpla parcial o totalmente con el pacto de exclusividad asumido bajo este Contrato frente a LA AGENCIA, éste se obliga a pagar por concepto xx xxxx convencional, la cantidad equivalente al 100% de las retribuciones y/o contraprestaciones que por cualquier concepto se encuentren pendientes de pago a favor del Modelo derivadas de los Servicios de Modelaje que éste haya prestado a Clientes de LA AGENCIA, y/o cualesquiera otro tercero, en el entendido de que el Modelo, desde este momento faculta y autoriza a LA AGENCIA, para que retenga y/o conserve cualesquiera pago y/o contraprestación que se encuentren pendientes de liquidar a su favor, por parte de LA AGENCIA, con el fin de cumplir con el pago de la pena convencional aquí pactada, sin necesidad de aviso o autorización ulterior alguna, y sin perjuicio de las acciones y medidas legales que LA AGENCIA pueda llevar a cabo por virtud de tal incumplimiento.
OBLIGACIONES DE LA AGENCIA.
SEPTIMA.- En ejecución de este instrumento, LA AGENCIA se compromete a fijar políticas de difusión y promoción de imagen, acordes a las características y cualidades del representado y tomar las decisiones relativas a su contratación, que más convengan y beneficien al representado, las cuales comprenden entre otros: Diseño y manejo de imagen artística del representado; Cotizaciones ofertas, negociaciones, precontratos, contratos, y todo aquello relacionado con presentaciones, eventos, participaciones y actividades, relacionadas con la explotación comercial de la imagen del representado.
Contraprestaciones.
OCTAVA.- Por virtud de los Servicios de Modelaje que llegue a prestar el Modelo, LA AGENCIA se obliga a pagar en favor de este, el importe de los honorarios que se hubieren convenido con los Clientes, de acuerdo con la naturaleza del servicio a prestarse y en atención al presupuesto ofertado por el propio cliente, el cual debe ser sometido a la consideración del Modelo antes de que éste preste sus Servicios de Modelaje, de los cuales deberán descontárselas cantidades relativas a impuestos y La comisión de LA AGENCIA , así como los gastos que sean a cargo de EL/LA MODELO, de acuerdo con lo que más adelante se establece.
Queda entendido entre las partes, que por el simple hecho de que el Modelo haya prestado sus Servicios de Modelaje, sin importar su naturaleza, se entenderá que éste aceptó de conformidad los términos y condiciones contractuales del servicio en cuestión.
Asimismo, queda entendido de que LA AGENCIA no estará obligada a cubrir el importe de la contraprestación que corresponda a favor del Modelo, hasta en tanto reciba de parte de los Clientes los pagos respectivos, por lo cual, LA AGENCIA no se compromete a realizar anticipos, ni pago alguno a favor del Modelo, sin que previamente haya recibido los pagos que correspondan por parte de los clientes.
Atentos a lo anterior, queda entendido entre las partes que el Modelo únicamente tendrá derecho a cobrar el pago de la contraprestación por los Servicios de Modelaje prestados, una vez que hayan concluido totalmente la prestación de los Servicios de Modelaje respectivos a entera satisfacción y conformidad del cliente interesado, por haberse dado cumplimiento a las obligaciones que fueron asumidas, derivadas de cada Contrato y cualquier otro instrumento en el que se hayan contraído obligaciones por parte de LA AGENCIA, y que esta última haya recibido el pago de la contraprestación respectiva, por parte del cliente.
Por consiguiente, las partes acuerdan que será únicamente LA AGENCIA la que emitirá a favor de los Clientes y/o cualesquiera otro tercero, con quienes se contrate la prestación de los Servicios de Modelaje o cualesquiera otros servicios y/o licencias de uso de imagen, la facturación de los servicios, mediante la expedición de la factura que reúna los requisitos fiscales respectivos, obligándose el Modelo a abstenerse de expedir directamente algún recibo o factura a favor de los Clientes de LA AGENCIA y/o terceros contratantes.
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Facultades de LA AGENCIA.
NOVENA.- Por virtud de este Contrato LA AGENCIA se encuentra facultada para autorizar el uso y/o explotación de la imagen del Modelo o de su interpretación artística, gozando de las más amplias facultades de representación, a fin de negociar con terceros y especialmente con los Clientes de LA AGENCIA, todo aquello relacionado con la contratación del Modelo, en los términos que más convenga a sus intereses, con el objeto de que pueda obtener de la prestación de sus servicios, los honorarios y remuneraciones más favorables xxx xxxxxxx.
Servicios de Representación Mínimos.
DECIMA.- Por virtud de este Contrato de representación, LA AGENCIA no queda obligada a encomendar al Modelo un mínimo o un máximo de Servicios de Modelaje, mensuales o periódicos, pues las actividades relacionadas con tales servicios quedan a expensas de las necesidades y requerimientos de los Clientes de LA AGENCIA, y de acuerdo al buen desempeño mostrado por el Modelo al prestar sus Servicios de Modelaje, así como el interés de su imagen por parte de los Clientes. No obstante lo anterior, LA AGENCIA procurará concretar los mayores llamados y las mayores contrataciones posibles del Modelo, a fin de proveerlo de trabajo y recursos constantes.
Aspectos Relacionados con la Imagen del Modelo.
DÉCIMA PRIMERA.- LA AGENCIA, como representante de EL/LA MODELO, se obliga a orientar y/o asesorar al Modelo respecto de su aspecto físico e imagen general, con el propósito de causar una mejor presencia del Modelo frente a los Clientes de LA AGENCIA y/o terceros, toda vez que la misma, es parte fundamental de su profesión, por tal motivo, el Modelo se obliga a cuidar ante todo su imagen, e informar previamente a LA AGENCIA sobre cualquier cambio que desee hacer a la misma, tales como operaciones, cortes y xxxxxx xx xxxxxxx, tatuajes, piercing, entre otros, obligándose el Modelo a abstenerse de realizar cualquier acto y/o actividad que pueda dañar tanto su imagen, como la de LA AGENCIA.
Lo anterior, en razón de que el presente Contrato se celebra en consideración a la buena salud y atributos físicos del MODELO, por lo que éste se compromete a mantener y cuidar su salud, su figura y su imagen.
Por lo tanto, EL/LA MODELO se obliga a no realizar durante la vigencia del presente contrato, actividades riesgosas que pongan en peligro su vida, su salud o sus atributos físicos. Dichas actividades peligrosas incluyen entre otras, actividades profesionales, deportivas y cualquier otra que por su naturaleza pueda ser riesgosa para EL/LA MODELO.
Promoción y Desarrollo Profesional del Modelo.
DÉCIMA SEGUNDA.- LA AGENCIA de acuerdo con su experiencia y profesionalismo, promocionará y fomentará la contratación del MODELO, buscando en todo momento su mejoramiento económico, sin menoscabo de buscar su desarrollo y crecimiento profesional.
Permanencia en el País.
DÉCIMA TERCERA.- Durante la vigencia del contrato, EL/LA MODELO se obliga frente a LA AGENCIA a realizar las actividades autorizadas por la autoridad migratoria y a respetar el plazo autorizado para permanecer en el territorio nacional.
Para los efectos legales ha lugar, se entiende que los trámites migratorios son responsabilidad personal del extranjero, quien por tal razón se encuentra obligado a gestionar ante las autoridades migratorias mexicanas, los trámites relacionados con su legal estancia. Lo anterior, a fin de que LA AGENCIA se encuentre en posibilidad de llevar a cabo la correcta representación del MODELO.
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No obstante, lo anterior, si el modelo conviene con LA AGENCIA que esta se encargue de la gestoría de dichos trámites, estos podrán ser ejecutados por la misma, en el entendido que el modelo pagara de sus recursos, los honorarios del abogado de LA AGENCIA, así como el costo de los derechos que el tramite origine, los cuales se harán del conocimiento previo del modelo, quien decidirá si está de acuerdo con los mismos.
De igual manera, el MODELO se obliga con LA AGENCIA a que una vez terminado el Contrato respectivo, cualquiera que sea la causa, saldrá del país a la mayor brevedad posible y antes del vencimiento del plazo respectivo, consignado en el documento migratorio, corriendo por cuenta exclusiva del Modelo, los gastos de transportación para salir del territorio nacional. Para efectos de lo anterior, LA AGENCIA, solicitará a la autoridad migratoria, la baja del Modelo, en su calidad de empleador autorizado del extranjero. De igual manera, solicitará la cancelación del documento migratorio correspondiente XX0 x XX0 de que sea titular el Modelo, mediante la presentación del aviso de baja y salida definitiva, ante el Instituto Nacional de Migración.
Por lo anterior, a la terminación del Contrato subsiste la obligación a cargo del Modelo extranjero de no realizar ningún trámite ante las autoridades migratorias correspondientes, relativo a su cambio de empleador y/o ampliación de estancia o de actividades, ya sea para realizar las mismas actividades autorizadas para con LA AGENCIA o bien, para actividades de cualquier otra naturaleza, salvo que cuente con la autorización previa y por escrito de LA AGENCIA.
Si por cualquier motivo, EL/LA MODELO presta los Servicios de Modelaje, sin contar con las autorizaciones correspondientes de parte de las autoridades mexicanas competentes, y como consecuencia de ello, las autoridades llegaren a fincar alguna responsabilidad a LA AGENCIA, y/o a los Clientes de LA AGENCIA o a cualquier otro tercero, el Modelo se obliga a resarcir en forma inmediata a todos los afectados, las cantidades que se llegaren a cubrir, por concepto de multas o infracciones, así como a ejecutar aquellos actos que sean necesarios para liberar de toda responsabilidad a LA AGENCIA, y/o a los Clientes de este, y/o a cualesquiera tercero afectado con tales actos, por lo cual, también se obliga a cubrir los honorarios de abogados, sanciones y demás gastos que se generen por tales hechos.
DÉCIMA CUARTA.- En los casos de que EL/LA MODELO incumpla con cualquiera de las obligaciones asumidas frente a LA AGENCIA, en los términos del presente Contrato se obliga a pagar a LA AGENCIA por concepto xx xxxx convencional, la cantidad equivalente al 100% de las retribuciones y/o contraprestaciones que por cualquier concepto se encuentren pendientes de pago a favor del MODELO derivadas de los Servicios de Modelaje que éste haya prestado a Clientes de LA AGENCIA, y/o a cualesquiera terceros, en el entendido de que el Modelo, desde este momento faculta y autoriza a LA AGENCIA, para que retenga y/o conserve cualesquiera pagos y/o contraprestaciones que estén pendientes de liquidar a su favor por parte de LA AGENCIA a fin de cumplir con el pago de la pena convencional aquí pactada, sin necesidad de aviso o autorización alguna, y sin perjuicio del pago de las multas que genere su incumplimiento y/o las medidas legales que LA AGENCIA, pueda llevar a cabo por virtud de tal incumplimiento.
Autorizaciones Gubernamentales.
DÉCIMA QUINTA.- En el caso de que LA AGENCIA hiciere contacto con el modelo en su país de origen y se haya convenido con este la prestación de sus servicios en México, LA AGENCIA se compromete a tramitar, obtener y mantener vigente, por todo el tiempo que dure la prestación de los servicios, la autorización de las autoridades migratorias mexicanas que resulten necesarias, para su ingreso y legal estancia en el país, a efecto de que sus servicios puedan prestarse legalmente en México.
DÉCIMA SEXTA.- Una vez que el modelo se encuentre en territorio nacional y perciba recursos derivados de sus actividades profesionales, resarcirá a la AGENCIA de los gastos que se hayan erogado por su viaje e ingreso al país, así como de aquellos inherentes a su estancia y alimentación. A tal fin, EL/LA MODELO autoriza a LA AGENCIA a descontar de sus emolumentos el 30% ó 40% de los mismos, según lo decida, a fin de ir liquidando el crédito correspondiente a su viaje al país.
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DÉCIMA SEPTIMA.- Es obligación del Modelo darse de alta y obtener de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, su respectivo registro federal de contribuyentes (RFC), en un plazo no mayor a un mes calendario, contado a partir de la firma del Contrato, a fin de cumplir oportunamente con las obligaciones fiscales y tributarias a su cargo.
Conflicto de Intereses.
DÉCIMA OCTAVA.- EL/LA MODELO se obliga a informar a mas tardar en un plazo de cinco días hábiles anteriores a la fecha programada para la prestación de los Servicios de Modelaje que le hayan sido asignados, en los términos del Contrato respectivo, y en su caso, aceptados por la Modelo, sobre cualquier conflicto de intereses que advierta o conozca, o bien, sobre la imposibilidad física o legal que tenga para prestar los Servicios de Modelaje requeridos, a fin de que LA AGENCIA, la pueda sustituir oportunamente en tal servicio.
Asimismo, para el caso de que EL/LA MODELO llegase a tener conocimiento sobre la existencia de cualquier otro impedimento, sin importar su naturaleza y/o algún conflicto para prestar los Servicios de Modelaje, ya sea que este haya sido conocido el mismo día del evento, u horas previas al mismo, sin tener la posibilidad de dar aviso a LA AGENCIA, el Modelo se obliga a abstenerse de prestar dicho servicio, a fin de no incurrir en responsabilidad. Ahora bien, en el evento de que EL/LA MODELO incumpla con la obligación de abstención, y preste los Servicios de Modelaje, a sabiendas de que existe algún impedimento y/o conflicto de intereses, el mismo se obliga a responder de los daños y perjuicios que llegue a ocasionar con su servicio, tanto a LA AGENCIA, como a los Clientes de LA AGENCIA o terceros que hayan contratado sus servicios, o bien, cualquier tercero que se vea afectado por dicha omisión.
Información Confidencial.
DÉCIMA NOVENA.- Considerando que LA AGENCIA, con motivo del presente Contrato, ha proporcionado y/o divulgado al modelo, información de diversa naturaleza, o bien que esta se divulgue en el futuro, y que se considere como “Información Confidencial”, misma que podrá consistir en toda aquella información que sea proporcionada por LA AGENCIA al Modelo, incluyendo toda la información escrita, oral, gráfica, visual o tangible por cualquiera de los sentidos del ser humano, o contenida en medios escritos, electrónicos o electromagnéticos, y que de manera enunciativa más no limitativa, incluye: castings, pruebas de vestuario, pruebas de maquillaje, pruebas xx xxxxxxx, proyectos publicitarios, ideas, propuestas, diseños, listados, datos o información sobre clientes, casas de castings, compañías productoras, propuestas de negocios, reportes, y cualquier otra información de cualquier índole, que haya sido proporcionada EL/LA MODELO, la misma se obliga a indemnizar a LA AGENCIA, de los daños y perjuicios ocasionados, con motivo de tal divulgación.
En todo caso EL/LA MODELO tiene la obligación de salvaguardar la confidencialidad de la información y utilizarla para los fines del contrato, por tanto, es obligación de este:
a) Xxxxxxxxxxxx la confidencialidad de la información que se le hubiese confiado.
b) Utilizar la Información Confidencial única y exclusivamente para los efectos del Contrato, excluyendo cualquier otro uso, aprovechamiento o destino parcial o total, ya sea directo o indirecto.
c) El abstenerse de utilizar la Información Confidencial, para un fin distinto al antes mencionado.
d) Abstenerse en lo absoluto de divulgar o revelar la Información Confidencial y cualquier otra información que le haya sido proporcionada por LA AGENCIA, a cualquier tercero, especialmente a modelos ajenos a LA AGENCIA.
e) Abstenerse de copiar o permitir a personas que copien o reproduzcan la Información Confidencial, propiedad de LA AGENCIA o de cualquier otro tercero que la hubiese proporcionado, en el entendido de que,
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para el caso de que el Modelo no conserve la confidencialidad de la referida información, será sujeto de las responsabilidades legales que correspondan.
f) En caso de que concluyan todas las actividades relacionadas con el Contrato, sin importar la causa, EL/LA MODELO, sin necesidad de aviso, recordatorio, declaración administrativa o judicial alguna, en tal sentido, se obliga a abstenerse en forma inmediata, de usar o explotar parte o la totalidad de la Información Confidencial de LA AGENCIA, obligándose a devolver a la misma, toda la Información Confidencial y materiales que tenga en su poder, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, obteniendo el acuse de recibo respectivo, debidamente firmado por persona autorizada.
Para el caso de que el MODELO incumpla con las obligaciones relativas a la Confidencialidad de la Información y/o uso de la misma, y que asume a su cargo, bajo la presente cláusula, procederá lo siguiente:
1) Para el Talento extranjero, La cancelación automática del contrato de Representación, del contrato de prestación de servicios de modelaje, así como del documento migratorio XX0 x XX0 de que sea titular el Modelo, esto último mediante la presentación del aviso de baja laboral definitiva, ante el Instituto Nacional de Migración, y
2) El Modelo estará obligado a pagar en favor de LA AGENCIA por concepto xx xxxx convencional, la cantidad equivalente al total de las retribuciones y/o contraprestaciones que por cualquier concepto se encuentren pendientes de pago a favor del Modelo, derivadas de los Servicios de Modelaje que éste haya prestado a Clientes de LA AGENCIA y/o cualesquier tercero, en el entendido de que el Modelo, desde este momento faculta y autoriza a LA AGENCIA para que retenga y/o conserve los pagos que haya recibido por los servicios del Modelo, a fin de cumplir con el pago de la pena convencional aquí pactada.
FALTAS Y SANCIONES DEL MODELO.
VIGESIMA.- Se consideran como faltas y entrañan por tanto una sanción hacia el modelo, las siguientes:
a) Cuando EL/LA MODELO sea sorprendido trabajando para alguna otra agencia de modelos, de edecanes, o similares, o directamente con clientes, castineras, productoras, fotógrafos etc. Sin conocimiento o autorización de LA AGENCIA, de la firma en delante de este contrato, será penalizado con la cantidad de
$10,000 (diez mil pesos M.N.).
b) Cuando EL/LA MODELO que sea visualizado en alguna pagina web de otra agencia de modelos, edecanes, Facebook, twitter, blogs o alguna red social, con fines especulativos o comerciales, sin permiso o autorización de LA AGENCIA, de la firma en delante de este contrato, será penalizado con la cantidad de $5,000 (cinco mil pesos M.N.). Si el registro a dichos medios es anterior a la vigencia de este contrato, se exhortara al Modelo a bajar su imagen de los mismos, sin causar ningún pago o multa.
c) EL/LA MODELO que no llegue algún llamado, cita, casting, convocatoria o evento programado, será penalizado con el pago del 50% del costo del evento presupuestado al modelo. Para evitar la imposición de esta sanción, EL/LA MODELO deberá avisar a LA AGENCIA al menos con 24 hrs de anticipación, en relación a su inasistencia al evento y siempre que medie para ello una causa grave o fuerza mayor.
d) Cuando el servicio sea cancelado por el cliente, el día mismo del servicio, por causas imputables al Modelo, debido a que éste haya hecho algún cambio a su imagen o a su aspecto físico, sin haber avisado previamente a LA AGENCIA o al Cliente, será penalizado con el pago del 50% del costo del evento.
e) Cuando el Modelo no notifique a la AGENCIA con al menos 30 días de anticipación, respecto de algún viaje, dentro del territorio nacional o fuera del país, que por lo mismo, le impida cumplir con compromisos ya contraídos, será sancionado con una multa equivalente al 50% del presupuesto asignado al Modelo.
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Lugar y Tiempo de Pago.
VIGESIMA PRIMERA.- Cualquier pago que deba efectuar LA AGENCIA en favor EL/LA MODELO, por virtud de este Contrato, el mismo se verificará durante días y horas hábiles en el domicilio de LA AGENCIA señalado en el presente Contrato, dentro de los plazos pactados para cada contrato en particular, (30, 60 o 90 días posteriores a la ejecución de los servicios), previa presentación y entrega del recibo o factura correspondiente expedida directamente por EL/LA MODELO en favor de LA AGENCIA, conteniendo todos los requisitos fiscales conforme a la legislación vigente en la materia. Por tanto, LA AGENCIA no se encontrará obligada a cubrir pago y/o contraprestación alguna a favor del Modelo, hasta en tanto, no sea presentado por éste el recibo o factura respectiva.
Gastos.
VIGESIMA SEGUNDA.- Todos los gastos que se generen con motivo del transporte y traslados, alojamiento, alimentos, manutención en general, así como la obtención para el talento extranjero, correrán a cargo del Modelo, de manera exclusiva.
Asimismo, todos aquellos gastos relativos a fotografías para el book del Modelo, composites y cambios de imagen, entre otros, y que se encuentren directamente vinculados con la imagen del MODELO.
En el caso de que LA AGENCIA asumiese cualesquiera de dichos gastos en favor del Modelo, a petición y ruego de este, el Modelo se obliga a reembolsarlos a LA AGENCIA, en cuanto se generen contraprestaciones a su favor, por lo que, el Modelo desde este momento faculta a LA AGENCIA para que retenga y descuente el importe de dichos gastos, de los pagos y/o contraprestaciones que en su caso LA AGENCIA deba cubrir a favor del Modelo, en los términos de este Instrumento.
DISPOSICIONES GENERALES. ANEXOS.
VIGESIMA TERCERA.- Los anexos de este contrato son parte integrante del mismo. Se consideran anexos los señalados como tales bajo este contrato, así como cualesquiera otros comunicados o documentos enviados entre las partes, con motivo del mismo, los cuales serán obligatorios para las partes.
Avisos y Domicilios.
VIGESIMA CUARTA.- Las partes señalan como sus domicilios para oír y recibir cualquier comunicación relacionada con este Contrato, así como para el pago y cumplimiento de las obligaciones asumidas a su cargo, los señalados más adelante, en el entendido de que, en caso de modificación a los mismos, deberá informarse a la otra parte, con quince días hábiles de anticipación, pues de lo contrario, los avisos y cumplimiento de obligaciones verificados en tales domicilios se tendrán por efectuados legalmente, sin necesidad de tramite judicial alguno.
Así, es domicilio de LA AGENCIA, el ubicada en: Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X, Xxxx 0, Xxxxxxx 0, Xxxxxxx Xxxx Xxx, Delegación Xxxxxxxxxx, C. P. 06760, en esta Ciudad;
Es domicilio de EL/LA MODELO, el ubicado en:
, en esta ciudad.
Causas de Rescisión.
VIGESIMA QUINTA.- En caso de incumplimiento de alguna de las partes a cualquiera de las obligaciones principales o accesorias a su cargo, en los términos de este Contrato, la parte perjudicada tendrá el derecho de optar o elegir, por el cumplimiento forzoso del mismo o su rescisión, sin necesidad de declaración judicial, en tal sentido, bastando para tales efectos, la simple comunicación escrita dirigida a su contraparte, o bien, la
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parte perjudicada podrá indistintamente proceder conforme a las disposiciones legales aplicables en la materia. Así pues, Serán causas de rescisión del Contrato, cuando se actualice uno o más de los siguientes supuestos:
a) Que EL/LA MODELO descuide y/o pierda su buena salud, descuide su apariencia e imagen y/o pierda o altere sus características físicas señaladas en el “Anexo 1” de éste Contrato, sin el previo consentimiento por escrito de LA AGENCIA.
b) Que EL/LA MODELO no preste los Servicios de Modelaje, conforme a las directrices, características e instrucciones que LA AGENCIA le indique de tiempo en tiempo.
c) Que EL/LA MODELO deje de presentarse ante clientes o terceros que contrataron sus servicios, por tres veces consecutivas o tres veces no consecutivas pero acumulables en un mismo mes, sin que exista causa justificada para ello y sin dar aviso a la AGENCIA.
d) Que EL/LA MODELO incumpla con la obligación de exclusividad que asume bajo éste Contrato, y preste Servicios de Modelaje, o servicios similares a favor de alguna otra agencia o tercero, o bien, porque autorice el uso de su imagen a un tercero, sin contar con la previa autorización por escrito de LA AGENCIA.
e) Que EL/LA MODELO contrate directamente la prestación de los Servicios de Modelaje con los Clientes de LA AGENCIA y no a través de ésta.
f) Porque EL/LA MODELO no renueve o mantenga vigentes las autorizaciones gubernamentales necesarias para acreditar su legal estancia en el país, así como para realizar las actividades relativas a los Servicios de Modelaje, que se encuentren comprendidas dentro de su documento migratorio, así como, cuando no informe dicha situación a LA AGENCIA.
g) Cuando EL/LA MODELO, en caso de ser extranjero, no permanezca en el país cuando menos el periodo establecido en la cláusula DECIMA TERCERA del Contrato.
h) Cuando EL/LA MODELO sea contratado por los Clientes de LA AGENCIA de manera directa, sin autorización de la misma, para prestar sus servicios de modelaje de manera periódica y continua.
i) Cuando EL/LA MODELO no obtenga de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, su registro federal de contribuyentes (RFC) dentro del plazo establecido en la cláusula DECIMA SEPTIMA del presente Contrato.
j) Cuando EL/LA MODELO emita recibos de honorarios y/o facturas por cualquier concepto a favor de terceras personas distintas de LA AGENCIA, salvo que cuente con la autorización de esta última.
k) En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones principales o accesorias derivadas del presente Contrato a cargo de las partes.
Cesión de Derechos.
VIGESIMA SEXTA.- Ninguna de las partes podrá ceder, transmitir o de alguna forma enajenar en todo o parte, los derechos y obligaciones contenidas en el presente Contrato, sin el previo consentimiento por escrito de la otra.
Definiciones y Declaraciones.
VIGESIMA SEPTIMA.- Las Definiciones y Declaraciones del presente Contrato, constituyen parte integrante del mismo, por lo que, en todo momento serán obligatorias y exigibles a las partes.
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Jurisdicción y Leyes aplicables.
VIGESIMA OCTAVA.- Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a las leyes y jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de México, renunciando a cualquier otro fuero que por cualquier motivo pudiese corresponderles.
Modificación Contractual.
VIGESIMA NOVENA.- En caso de que las partes consideren necesario o conveniente modificar cualquier término o condición contenida en el presente Contrato, podrán hacerlo siempre y cuando sea de mutuo acuerdo y por escrito, debidamente firmado por las partes.
Norma Particular.
TRIGESIMA.- Este instrumento y sus anexos constituyen el total y exclusivo acuerdo entre las partes respecto de la materia aquí contemplada, reemplazando y dejando sin efecto legal alguno a cualquier otra discusión o negociación sostenida en forma verbal o escrita con anterioridad a la celebración de este instrumento.
Naturaleza de la Relación Jurídica.
TRIGESIMA PRIMERA.- Queda entendido entre las partes, por ser esa su voluntad real, que la relación jurídica que las vincula por virtud de este Contrato, es de carácter exclusivamente civil, consistente en la prestación de servicios de representación artística, sin que exista relación obrero patronal alguna, por lo que, la misma no podrá interpretarse como un acuerdo o acto jurídico de cualquier naturaleza diversa a la expresamente establecida bajo este Contrato.
Por virtud de lo anterior, no existe obligación alguna a cargo de LA AGENCIA de pagar a favor del MODELO, lo relativo a un salario, y por lo mismo, la obligación de cubrir ante los organismos de seguridad social del país, el pago de aportaciones y cuotas obrero-patronales, por concepto de seguridad social o vivienda, ni tampoco el pago de prestaciones tales como: pago de vacaciones, primas vacacionales, aguinaldos o cualquier otra derivada de una relación laboral, por no existir ésta entre las partes.
Vigencia del Contrato.
TRIGESIMA SEGUNDA.- El presente contrato tendrá una vigencia mínima forzosa para las partes de SEIS (6) MESES, contado a partir de su firma, el cual podrá ser prorrogado automáticamente por períodos iguales, al no existir comunicación de su terminación definitiva.
En la inteligencia de que cualquiera de las partes podrá dar por terminado el Contrato en forma anticipada, mediante aviso por escrito notificado a la otra parte, con cuando menos treinta días naturales de anticipación a la fecha deseada, para que cesen sus efectos, sin necesidad de resolución o declaración judicial en tal sentido.
En el caso de que EL/LA MODELO, tenga un impedimento o causa justificada para continuar dando cumplimiento a las obligaciones contraídas en el presente contrato, deberá dar aviso por escrito a LA AGENCIA con un mes de anticipación a la fecha deseada, para que la misma valore y decida si acepta o no dar por terminado el Contrato. Lo anterior, a fin de que opere la terminación del Contrato a solicitud del MODELO, con el consentimiento expreso de LA AGENCIA, no obstante, lo anterior, se requiere que EL/LA MODELO rembolse y/o cubra a LA AGENCIA el total de las cantidades que existan a su cargo, por concepto de gastos de traslado, gastos de abogados, gastos de contadores, rentas, multas gubernamentales, y cualesquiera otros que, en su caso, se hayan generado a cargo del Modelo, sin importar su naturaleza.
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Enteradas las partes del contenido, alcances y obligaciones que se derivan del presente contrato, Las mismas lo firman por triplicado como muestra inequívoca de su aceptación, a los días, del mes de del año , en la Ciudad de México, quedando un ejemplar original en poder de cada una de ellas y otra en el expediente respectivo.
“LA AGENCIA”
TOPVEL Y ASOCIADOS S. C.
Representada por Xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx
"MODELO"
por su propio derecho. nombre completo
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“ANEXO 1”
CARACTERÍSTICAS FISICAS Y RAZGOS DEL MODELO.
DATOS | MUJER | HOMBRE |
Estatura: | ||
Peso: | ||
Color de ojos: | ||
Color xx xxxxxxx: | ||
Color xx xxxx: | ||
Busto: | ||
Cintura: | ||
Cadera: | ||
Pecho: | ||
Espalda: | ||
Talla: | ||
Calzado: | ||
Tatuajes: |
Observaciones:
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“ANEXO 2” CARTA PODER.
El suscrito
de nacionalidad ,
titular del documento número , con domicilio en
, por este instrumento xxxxxx y confiero a favor de un poder general para pleitos y cobranzas con todas las facultades generales y especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley, sin limitación alguna, y de conformidad con lo establecido en el primer párrafo del artículo 2554 del Código Civil para el Distrito Federal y sus concordantes de los Códigos Civiles de los Estados, en donde se ejercite el poder, con todas las facultades generales y las especiales a que se refiere el artículo 2587 del citado Código Civil para el Distrito Federal y sus concordantes, así como poder para actos de administración, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 2554 del Código Civil para el Distrito Federal y sus concordantes de los Códigos Civiles de los Estados, en donde se ejercite el poder, con todas las facultades generales y las especiales a que se refiere el artículo 2587 del citado Código Civil para el Distrito Federal y sus concordantes .
Las facultades conferidas a favor de los referidos mandatarios por virtud de este poder, son las que enunciativa mas no limitativamente se señalan a continuación:
a) La facultad de realizar todas las gestiones judiciales y extrajudiciales que resulten necesarias a efecto de cobrar y obtener el pago de regalías, y demás contraprestaciones que se hayan generado a mi favor con motivo de la prestación de servicios de modelaje y cualesquiera otros servicios similares que el suscrito haya prestado.
b) La facultad de ejercer toda clase de derechos y acciones ante cualesquiera personas físicas x xxxxxxx, autoridades administrativas, judiciales y Juntas de Conciliación y Arbitraje; someterse a cualquier jurisdicción; presentar y desistirse del Juicio xx Xxxxxx; articular y absolver posiciones, reconocer el contenido y firma de documentos, transigir, comprometer en árbitros y constituirse en coadyuvante del Ministerio Publico; presentar denuncias, acusaciones o querellas penales como parte ofendida, otorgar el perdón y para firmar los documentos necesarios para el ejercicio de este mandato.
c) Para iniciar, defender, proseguir o abandonar toda clase de juicios y acciones relacionados con los intereses del suscrito, ante toda clase de tribunales para presentar demandas y denuncias; para someter controversias a arbitraje para iniciar todos los procedimientos y recursos establecidos por las leyes generales estatales o municipales, incluyendo procedimientos de carácter laboral, a nombre y en representación del suscrito, para dirigir y gestionar toda clase de asuntos contenciosos, administrativos, penales, civiles o extrajudiciales, en los que la sociedad sea parte demandada o actora, o como tercero llamado a juicio.
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d) La facultad para gestionar, tramitar y realizar pagos de toda clase, por concepto de derechos gubernamentales, aprovechamientos, así como para suscribir y autorizar cualesquiera documentos y recibos relacionados con los mismos, y en general, la presentación de toda clase de escritos y la celebración de toda clase de actos jurídicos necesarios para los efectos y propósitos anteriormente señalados, así como sustituir en todo o parte de las facultades conferidas mediante este poder, mismo que desde este momento se ratifica por el poderdante.
Las facultades antes precisadas quedan ratificadas desde este momento así como todos los actos ejecutados por los referidos apoderados en nombre y representación del poderdante.
Dado en la Ciudad de México a los días del mes de del año .
OTORGANTE
(NOMBRE COMPLETO Y FIRMA DEL MODELO)
ACEPTO EL PODER CONFERIDO XXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXXXX
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