Instituto Mexicano de la Radio DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
Instituto Mexicano de la Radio
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZASSUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN |
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26, 26 Bis, 28 fracción I y 29 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y demás artículos y ordenamientos aplicables, se emite la siguiente:
CONVOCATORIA
PARA PARTICIPAR EN LA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No.04340002-001-10
PARA LA CONTRATACIÓN DEL PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO INTEGRAL DE PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA RADIO
PERIODO DE INSCRIPCIÓN DE PARTICIPACIÓN EN COMPRANET:
DEL 04 AL 25 DE ENERO DE 2010
JUNTA DE ACLARACIONES A LA CONVOCATORIA
9:00 HORAS
ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
1º DE FEBRERO DE 2010
9:00 HORAS
ACTO DE FALLO
00 XX XXXXXXX XX 0000
10:00 HORAS
FECHA MÁXIMA PARA FIRMA DEL CONTRATO
00 XX XXXXXXX XXX 0000
Í N D l C E
I |
Glosario de términos objeto de esta Convocatoria |
1 |
Información específica de la Convocatoria |
1.1 |
Descripción y cantidad |
1.2 |
Especificaciones de los servicios a contratar |
1.2.1 |
Riesgos a cubrir |
1.3 |
Periodo en el que se requiere el servicio |
1.4 |
Periodo de garantía |
1.5 |
Lugar de entrega de las pólizas |
1.6 |
Tiempo de entrega de las pólizas |
1.7 |
Procedimientos operativos |
1.8 |
Aspectos económicos |
1.8.1 |
Anticipo |
1.8.2 |
Moneda en que se cotizarán los servicios y condición de los precios |
1.8.3 |
Pagos |
1.8.4 |
Impuestos y derechos |
1.9 |
Ampliación en los servicios contratados |
2 |
Modificaciones a la presente Convocatoria de participación para la licitación |
3 |
Actos que se efectuarán durante el desarrollo de la licitación |
3.1 |
Junta de aclaraciones a la Convocatoria |
3.2 |
Acto de presentación y apertura de proposiciones |
3.3 |
Acto de fallo |
4 |
Instrucciones para presentar la documentación legal, administrativa y las proposiciones |
5. |
Presentación de las proposiciones |
5.1 |
Requisitos Legales-Administrativos que deberán entregar los licitantes en el acto de presentación y apertura de proposiciones |
5.1.1 |
Requisitos Legales-Administrativos |
5.1.2 |
Requisitos Técnicos |
5.1.3 |
Requisitos Económicos |
6 |
Criterios de evaluación y adjudicación |
6.1 |
Criterios de evaluación que se aplicarán a las proposiciones |
6.2 |
Criterios de adjudicación |
7 |
Descalificación de licitantes |
8 |
Lugar para recibir notificaciones |
8.1 |
Domicilio de la convocante |
8.2 |
Domicilio de los licitantes |
9 |
Firma del contrato |
10 |
Modificación al contrato |
11 |
Garantías |
11.1 |
Del cumplimiento del contrato |
12 |
Patentes, marcas y derechos de autor |
13 |
Declaración desierta, cancelación, suspensión de la Convocatoria y partidas desiertas |
13.1 |
Declaración desierta |
13.2 |
Cancelación de la Convocatoria |
13.3 |
Suspensión |
13.4 |
Partidas desiertas |
14 |
Penas convencionales |
15 |
Rescisión del contrato |
15.1 |
Terminación anticipada del contrato |
16 |
Sanciones |
16.1 |
Por la no formalización del contrato |
16.2 |
Por la rescisión del contrato |
17 |
Inconformidades |
18 |
Nulidad de los actos, convenios y Contratos |
19 |
Controversias |
Relación de anexos
Anexo No. |
Contenido |
1 |
Técnico |
2 |
Datos de acreditación de la Empresa |
3 |
Carta poder |
4 |
Carta del artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley |
5 |
Declaración de discapacidad |
6 |
Declaración de integridad |
7 |
Compromiso con la Transparencia |
8 |
Carta en la que será responsable sobre el uso de patentes, marcas y derechos de autor |
9 |
Carta que haga constar que ha prestado servicios en dependencias de la Administración Pública Federal |
10 |
Carta de cumplimiento con la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros |
11 |
Presentación de propuesta económica |
12 |
Cédula Resumen |
13 |
Tipo y modelo de contrato |
14 |
Formato de registro de MIPYMES |
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Encuesta de transparencia |
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Constancia de recepción de documentos |
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I. Glosario.
Para efectos de esta Convocatoria se entenderá por:
“Área solicitante”.- La que de acuerdo a sus necesidades requiera los bienes y/o servicios.
“Área técnica”.- La que establezca especificaciones y normas de carácter técnico.
“Convocatoria”.- La presente que contiene los conceptos y criterios que regirán el procedimiento y serán aplicados para la contratación del servicio del “Instituto”.
“Servicios”.- Los solicitados en el Anexo Técnico 1 de la presente Convocatoria.
“Convocante”.- La Dirección de Administración y Finanzas y/o la Subdirección de Administración y/o el Departamento de Suministros y Almacenes, quien es (son) la (s) facultada (s) para llevar a cabo procedimientos de licitación en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, a nombre del Instituto Mexicano de la Radio.
“DG”.- Dirección General.
“Dirección”.- La Dirección de Administración y Finanzas.
“DOF”.- Diario Oficial de la Federación.
“Identificación Oficial”.- Credencial de elector, pasaporte vigente (expedido por autoridades mexicanas), cédula profesional o cartilla de Servicio Militar Nacional.
“IMER” o “Instituto”.- Instituto Mexicano de la Radio.
“IMSS”.- Instituto Mexicano del Seguro Social
“ISSSTE”.- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
“Ley”.- Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
“Licitación”.- Licitación Pública Internacional 04340002-001-10.
“Licitante(s)”.- La(s) persona(s) física(s) o moral(es) que participa(n) en el presente procedimiento.
“MIPYME’S”.- Micro, pequeñas y medianas empresas, legalmente constituidas, con base en la estratificación establecida por la Secretaria de Economía de común acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, partiendo de la siguiente:
Estratificación |
||||
Tamaño |
Sector |
Rango de número de trabajadores |
Rango de monto de ventas anuales (mdp) |
Tope máximo combinado* |
Micro |
Todas |
Hasta 10 |
Hasta $4 |
4.6 |
Pequeña |
Comercio |
Desde 11 hasta 30 |
Desde $4.01 hasta $100 |
93 |
Industria y Servicios |
Desde 11 hasta 50 |
Desde $4.01 hasta $100 |
95 |
|
Mediana |
Comercio |
Desde 31 hasta 100 |
Desde $100.01 hasta $250 |
235 |
Servicios |
Desde 51 hasta 100 |
|||
Industria |
Desde 51 hasta 250 |
Desde $100.01 hasta $250 |
250 |
*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%.
Tercero. El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.
Ver Lineamientos de la SFP Oficio UNCP/309/TU/0427/2009 del 1 de julio de 2009.
“OIC”.- Órgano Interno de Control del Instituto Mexicano de la Radio.
“Contrato”.- Documento jurídico que establece derechos y obligaciones entre el “Instituto” y el proveedor y/o prestador de servicios.
“Precios fijos”.- Se entiende por precios fijos los que no están sujetos a ninguna variación y se mantienen así desde el momento de la presentación y apertura de las proposiciones hasta la entrega y facturación correspondiente de los bienes.
“Propuesta o Proposición”.- Oferta técnica y económica que presentan los “licitantes”.
“Precio conveniente”.- Es aquel que se encuentra por arriba o es superior al obtenido después de restar el 10%, al promedio resultante de los precios que se observen como preponderantes o prevalencientes en las proposiciones aceptadas técnicamente en la licitación, esto es, a los precios que se ubican dentro de un rango que permite constatar que existe consistencia entre ellos toda vez que la diferencia entre ellos es relativamente pequeña.
“Proposición conveniente”.- Aquélla que reúna las condiciones legales-administrativas, técnicas y económicas requeridas por la Convocante.
“Proveedor”.- La persona física o moral que tiene una relación contractual con el “Instituto” derivada del procedimiento.
“Reglamento”.- Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
“Subdirección”.- Subdirección de Administración.
“SFP”.- Secretaría de la Función Pública.
“Unidad Administrativa”.- Oficina gubernamental donde se integran diferentes secciones, departamentos, etc. de un organismo de gobierno.
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No.04340002-001-10
PARA LA CONTRATACIÓN DEL PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO INTEGRAL DE PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA RADIO
El Instituto Mexicano de la Radio, en lo sucesivo el “Instituto”, en cumplimiento a las disposiciones establecidas en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la “Ley”, en su “Reglamento” y demás ordenamientos aplicables, a través de la “Dirección”, y por conducto de la “Subdirección”, ubicada en Xxxxxxxxx Xx. 00, xxxxxxx Xxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, teléfono 0000-0000, extensión 1875 o 1871 y fax 1672, le invita a participar en el procedimiento de Licitación Pública Nacional No. 04340002-001-10 para la contratación del Programa de Aseguramiento Integral de Personas y Bienes Patrimoniales del Instituto Mexicano de la Radio .
C O N V O C A T O R I A
Con fundamento en el artículo 26 Bis fracción I, se informa a los licitantes que la presente licitación se llevará a cabo en forma PRESENCIAL y que no se recibirán propuestas a través de mensajería.
La adquisición de los servicios motivo de ésta licitación, abarcará únicamente el ejercicio fiscal 2010.
En ésta licitación no se elaboraran instrumentos jurídicos bajo la modalidad de “Contrato abierto”, en ninguna de las partidas.
Los interesados deberán revisar y registrar su participación en la presente licitación a través de Internet en la página de CompraNet (xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx), requisito indispensable para participar en este procedimiento de licitación. La presente convocatoria podrá ser revisada a partir de su publicación y hasta el día hábil previo a la junta de aclaraciones en el Departamento de Suministros y Almacenes ubicado en la planta baja del edificio administrativo del Instituto Mexicano de la Radio, con dirección Xxxxxxxxx Xx. 00, xxxxxxx Xxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx.
Asimismo, es importante indicar que ninguna de las condiciones contenidas en ésta convocatoria, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas, y no se utilizará la modalidad de ofertas subsecuentes de descuentos.
INFORMACIÓN ESPECÍFICA DE LA LICITACIÓN
Descripción y cantidad.
El “Instituto” requiere cubrir los riesgos personales a que están expuestos los servidores públicos, de acuerdo con las prestaciones denominadas como “seguros” y las otorgadas mediante un esquema integral de seguros y beneficios para los individuos. Con ello se pretende cubrir los riesgos personales y profesionales, contra el efecto económico adverso y sus posibles consecuencias, provocadas por un acontecimiento súbito, imprevisto, accidental y fortuito.
Asimismo, resulta necesario contratar el programa de aseguramiento integral para los bienes patrimoniales del “Instituto”, de acuerdo con las especificaciones y características señaladas en el anexo técnico de la presente convocatoria.
La adjudicación del programa de aseguramiento integral será por partida, tomando en consideración la solvencia técnica propuesta, el mejor precio ofertado y el cumplimiento de los requisitos legales requeridos
Especificaciones de los servicios a contratar.
Partidas I.- Seguro colectivo de gastos médicos mayores de servidores públicos.
II.- Seguro colectivo de vida o incapacidad total permanente.
III.- Póliza todo bien todo riesgo, primer riesgo.
IV. Vehículos
Los licitantes en forma obligatoria deberán presentar la especificación y características de detalle de los seguros que van a proporcionar, estableciendo el alcance de los servicios mediante la presentación de los textos de las pólizas y endosos solicitados para lo cual deberán requisitar su proposición con apego al Anexo 1 Técnico.
Solamente calificarán aquellas propuestas que cumplan con los requerimientos solicitados.
Se preferirán las propuestas que presenten niveles de calidad superiores a los mínimos establecidos, cuando éstas tengan mejores precios o iguales a los de otras propuestas que indiquen menores niveles de calidad.
Periodo en que se requiere el servicio.
El periodo de aseguramiento de la Partidas I y II se comprenderá de las 00:01 horas del 04 xx xxxxx del 2010, a las 24:00 horas del 31 de diciembre del 2010.
El periodo de aseguramiento de la Partidas III y IV se comprenderá de las 00:01 horas del 28 de febrero del 2010, a las 24:00 horas del 31 de diciembre del 2010.
1.4 Periodo de garantía
La aseguradora (s) adjudicada (s) garantizará (n) la calidad y alcance de los servicios durante toda la vigencia de las pólizas de seguro. Las acciones que de los contratos se deriven, prescribirán en dos años, contados a partir de la fecha del acontecimiento que les dio origen, de conformidad con el artículo 81 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.
1.5 Lugar de entrega de las pólizas
Las pólizas deberán ser entregadas en la “Subdirección” ubicada en Xxxxxxxxx Xx 00, Xxx. Xxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx X.X., en un horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
1.6 Tiempo de entrega de las pólizas
El licitante ganador deberá entregar las pólizas de seguro, a más tardar en los siguientes veinte días naturales a partir de la fecha de notificación del fallo. Asimismo, dentro de las siguientes veinticuatro horas de efectuado dicho fallo, se deberá proporcionar la carta cobertura, notificando a la brevedad posible los números de póliza correspondientes.
1.7 Procedimientos operativos
Deberá realizarse una descripción genérica de los procedimientos operativos para efectuar reclamaciones y obtener el pago de siniestros, indicando específicamente tiempos de respuesta, directorio de ajustadores para todos los xxxxx a nivel nacional, listado de médicos coordinadores para caso de gastos médicos mayores así como de las oficinas de servicio a clientes en toda la República Mexicana. No se tomarán en cuenta oficinas de venta.
Indicar la forma en que serán prestados los servicios, mencionando la oficina responsable, funcionarios y ejecutivos a cargo de la cuenta.
Aspectos Económicos
1.8.1 Anticipo
La Convocante no otorgará ningún tipo de anticipo.
Moneda en que se cotizarán los servicios y condición de los precios
Los precios ofertados deberán cotizarse en Moneda Nacional (Pesos Mexicanos), serán fijos hasta el total cumplimiento de las obligaciones contraídas a través de la celebración del contrato y, en su caso, las ampliaciones que sean necesarias.
Pagos
Los pagos que se generen con motivo de la adjudicación de la presente Licitación, se efectuarán de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas en la caja del Departamento de Tesorería, dentro de los 20 días naturales posteriores a la presentación de la factura, misma que deberá de contar con los requisitos establecidos por el artículo 29 “A” del Código Fiscal de la Federación, como se indica:
Domicilio fiscal.
Nombre, denominación o razón social y clave del Registro Federal de Contribuyentes.
Número de folio de quien expide.
Lugar y fecha de expedición.
Número de contrato.
Cantidad y descripción de el (los) bien (es) o servicio (s) que ampara.
Impuesto al Valor Agregado (IVA) desglosado.
Valor unitario consignado en número e importe total con letra.
Fecha de impresión y datos de identificación del impresor autorizado.
Fecha de caducidad con plazo máximo de dos años.
Sin tachaduras o enmendaduras.
La facturación para pago deberá ser aprobada en un plazo no mayor a tres días hábiles, en caso de que las facturas entregadas por el proveedor presenten errores o deficiencias, la “Subdirección”, dentro de los tres días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las anomalías que deberá corregir de acuerdo con el artículo 62 del “Reglamento”.
Los pagos respectivos se efectuarán en moneda nacional, por cheque o transferencia electrónica. En caso de que el licitante adjudicado requiera su pago vía transferencia bancaria, tendrá que anexar a su factura carta con su solicitud, agregando los datos para realizar dicha operación.
La(s) factura(s) deberán expedirse con los siguientes datos:
Instituto Mexicano de la Radio
IMR-830323-RH1
Mayorazgo No. 83
Col. Xoco
Delegación Xxxxxx Xxxxxx
00000, Xxxxxx, X.X.
El concepto de la factura deberá estar desglosado considerando los renglones que se especifican en el Anexo Técnico 1.
Los pagos se incorporarán al Programa de xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., y se dará de alta en el mismo la totalidad de cuentas por pagar del licitante ganador, para ello la factura aceptada se registrará en dicho programa a más tardar 09 días posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el portal xxx.xxxxx.xxx a efecto de que el contratista ganador pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero.
Nacional Financiera, S.N.C., cubrirá el pago de los servicios en Moneda Nacional de la siguiente manera:
Los pagos serán mensuales devengados y se efectuarán antes de los 20 (veinte) días naturales o en caso de que el vencimiento del vigésimo primer día sea inhábil, el pago se efectuará el día hábil inmediato posterior a éste, contados a partir de la entrega de la factura debidamente requisitada y recibidos los servicios a entera satisfacción de la dependencia o entidad.
1.1.1Impuestos y derechos
La Convocante pagará únicamente el monto del Impuesto al Valor Agregado de conformidad a lo establecido en la normatividad vigente y se desglosará por separado dentro de la propuesta económica de los licitantes. Cualquier otro impuesto que se genere con motivo de la adquisición de los servicios será por cuenta del Proveedor.
Incremento en los servicios contratados
De conformidad con el artículo 00 xx xx “Xxx”, xx Xxxxxxxxxx podrá acordar el incremento en los servicios solicitados mediante modificaciones a los contratos vigentes, por escrito (antes de la entrega de cualquier bien adicional), siempre y cuando el monto total de las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente en los mismos y los precios unitarios correspondientes a las cantidades adicionales sean iguales a los pactados inicialmente. Por lo que se refiere a las condiciones específicas de la contratación, las mismas se pactarán de común acuerdo entre el “Instituto” y la “Aseguradora”, quedando debidamente estipulado en el convenio modificatorio.
MODIFICACIONES A LA PRESENTE CONVOCATORIA
La presente Convocatoria para participar en la licitación pública nacional No.04340002-001-10 se podrá modificar hasta con siete días naturales de anticipación al acto de presentación y apertura de proposiciones, de acuerdo con lo señalado en el artículo 33 de la “Ley”.
Las modificaciones que en su caso se llegasen a realizar derivadas de la(s) junta(s) aclaratoria(s) de la convocatoria, no podrán consistir en la sustitución de los servicios originalmente convocados, adición de otros distintos rubros o en variación significativa de sus características; en el entendido que de existir cambios se harán del conocimiento de los licitantes a través de la copia del acta que de ese evento se formule. A los licitantes ahí presentes se les entregará copia simple de la misma.
Para aquellos licitantes que no asistieron al acto de la junta de aclaraciones, de acuerdo a lo señalado en el artículo 35 del “Reglamento”, se pondrán a su disposición las modificaciones que en su caso se llegasen a realizar mediante fotocopia del acta que se levante en su momento, en un lugar visible del edificio de la Dirección de Administración y Finanzas ubicado en Xxxxxxxxx Xx. 00, Xxx Xxxx, 00000, Xxxxxx D. F. al día siguiente de celebrada la junta de aclaraciones.
Cualquier situación no prevista en esta convocatoria podrá ser resuelta por la Convocante apegándose a la legislación y demás disposiciones administrativas aplicables. De cualquier manera la Convocante estará facultada para realizar las consultas que estime necesarias a la “SFP”, la Secretaria de Hacienda y Crédito Público o la Secretaria de Economía, con base en las atribuciones conferidas a éstas.
ACTOS QUE SE EFECTUARÁN DURANTE EL DESARROLLO DE LA LICITACIÓN
De conformidad con el artículo 39 quinto párrafo del “Reglamento”, a los actos y etapas de este procedimiento podrán asistir los licitantes descalificados o cuyas proposiciones hayan sido desechadas, así como los representantes de las Cámaras, Colegios o Asociaciones Profesionales u otras Organizaciones no Gubernamentales, bajo la condición de registrar anticipadamente su asistencia al evento y fungir única y exclusivamente como observadores, absteniéndose de intervenir de cualquier forma en los mismos. Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de la licitación en calidad de observadora, registrando previamente su participación.
Junta de aclaraciones de la Convocatoria
Con fundamento en los artículos 33 y 33 Bis de la “Ley” y 34 de su “Reglamento” y con el objeto de evitar errores en la interpretación del contenido de la presente Convocatoria y sus anexos, la Convocante celebrará la Junta de Aclaraciones en la Sala del Departamento de Suministros y Almacenes, ubicada en Xxxxxxxxx Xx. 00, Xxxxxxx Xxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, el 25 de enero de 2010 a las 09:00 hrs., sin perjuicio de que puedan celebrarse juntas de aclaraciones adicionales en caso de ser necesario cuyas fechas se fijarán al término de la primera.
El acto se desarrollará conforme a lo siguiente:
La junta de aclaraciones se llevará a cabo en idioma español. Las solicitudes de aclaración, podrán enviarse a través de CompraNet o entregarlas personalmente, y hasta veinticuatro horas antes de la fecha y hora de celebración de la junta de aclaraciones.
Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria, con fundamento en el artículo 33 Bis de la “Ley” deberán presentar un escrito simple, bajo protesta de decir verdad, conteniendo los datos mencionados en el artículo 36 del Reglamento de la “Ley” en el que expresen su interés en participar en la licitación, por si o en representación de un tercero.
Las preguntas que sobre el contenido de la convocatoria realicen los licitantes, deberán presentarse por escrito en papel preferentemente membretado, en español y firmadas por la persona que cuente con facultades expresas para ello, y/o en medio magnético en formato Microsoft Word, a partir del día de la publicación de la convocatoria y hasta 24 horas antes de la Junta de Aclaraciones, de las 09:00 a las 14:00 hrs. También podrán formularse en la “Subdirección” o a través del correo electrónico: xxxxx.xxx@xxxx.xxx.xx.
Las preguntas que sean recibidas posteriores al 25 de enero del 2010 a las 9:01 hrs., por resultar extemporáneas, no serán contestadas y se integrarán al expediente respectivo, salvo que la Convocante realice una nueva junta de aclaraciones dentro del plazo que establece la “Ley”, como se señala en el artículo 34 del “Reglamento”.
Acto de presentación y apertura de proposiciones.
Las Proposiciones Técnica y Económica deberán presentarse en un único sobre cerrado. La documentación distinta a la propuesta podrá entregarse a elección del licitante, dentro o fuera del sobre. La entrega se efectuará en la Sala de Juntas del Departamento de Suministros y Almacenes, ubicado en Xxxxxxxxx Xx. 00, xxxxxxx Xxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, el 1º de febrero de 2010 a las 09:00 hrs., conforme a lo dispuesto en los artículos 34 y 35 de la “Ley”.
El registro de los licitantes participantes iniciará 30 minutos antes de la hora del evento, en la Sala de Juntas del Departamento de Suministros y Almacenes, ubicado en Xxxxxxxxx Xx. 00, xxxxxxx Xxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx. Una vez iniciado el acto, no se recibirá ninguna propuesta y no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador al recinto, de conformidad con el artículo 39 del “Reglamento”.
El acto se desarrollará conforme a lo siguiente:
Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecido en la presente convocatoria, no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro de este procedimiento de licitación hasta su conclusión.
Ya registrados los licitantes presentes, entregarán en sobre cerrado sus proposiciones a quien presida el acto de presentación y apertura de proposiciones. El acto iniciará con la apertura de aquellas que fueron presentadas en el mismo acto, (uno por licitante), mismas que deberán estar conformadas por: Documentación legal y administrativa obligatoria, Proposición técnica y Proposición económica, registrando en el formato de recepción la integración documental de cada rubro solicitado. En caso que algún licitante omitiere la presentación de documentos en su proposición, o les faltare algún requisito, ésta no será desechada en el acto, los faltantes u omisiones se harán constar en el formato de recepción de los documentos que integran la proposición. Posteriormente, se dará lectura al importe total de cada una de las proposiciones recibidas, las cuales serán rubricadas por el licitante elegido por los licitantes participantes del acto y el servidor público facultado para presidir el acto, conforme a lo establecido en el artículo 35 fracción II de la “Ley” y 39 de su “Reglamento”.
Para finalizar, se levantará acta que servirá de constancia de la celebración de la Junta, en la que se hará constar la(s) propuesta(s) aceptada(s) para su evaluación técnica y económica. Dentro de la misma se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación. Dicha acta será firmada por los licitantes entregándole copia simple, la falta de firma de algún participante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de su notificación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 35 fracción III de la “Ley”.
En caso de que dos o más personas presenten conjuntamente propuestas en la licitación
En el caso de que dos o más personas presenten conjuntamente propuestas en la licitación, deberán designar a un representante común, quien firmará las propuestas; en este supuesto deberán delimitar y describir las partes objeto del contrato a que cada persona física o moral se obligará, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, de acuerdo a los términos establecidos en el artículo 34 de la “Ley” y 31 de su “Reglamento”.
En el caso de propuestas conjuntas, los asociados o sus representantes legales, podrán presentar en el interior o fuera del sobre de la propuesta técnica, el original del convenio privado mediante el cual, los proponentes sin necesidad de constituir una sociedad o una nueva persona moral, convienen en presentar la propuesta conjunta, siempre y cuando la asociación sea congruente con el criterio de adjudicación y en el cual establecen la parte de los bienes y/o servicios que cada persona se compromete a suministrar.
El convenio privado referido deberá contener, debidamente identificados a cada uno de los integrantes de la propuesta conjunta señalando en el caso de personas xxxxxxx la razón social oficial, domicilio y datos de las escrituras públicas con los que se acredite la existencia legal de las personas xxxxxxx, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación, siendo la omisión de este requisito, motivo de desechamiento de la propuesta.
El convenio privado deberá contener la designación de un representante común, el que mediante escritura publica deberá estar facultado para resolver y decidir todo lo relativo con la licitación y, en su caso, suscribir el contrato respectivo.
Estipulación expresa de cada uno de los firmantes, donde quedará obligado en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme.
En caso de que una proposición conjunta resulte ganadora de la licitación, previamente a la firma del contrato, el convenio privado señalado en el párrafo anterior, deberá ser ratificado ante Fedatario Público por los mismos proponentes y con el mismo alcance de la propuesta original.
El Instituto no firmará el contrato derivado de la propuesta conjunta correspondiente, en el caso de que al resultar seleccionada, se elimine o sustituya alguno de los integrantes de la proposición conjunta original.
Acto de fallo
Se dará a conocer en junta pública el 08 de febrero del 2010 a las 11:00 hrs., el cual se llevará a cabo en la Sala de Juntas del Departamento de Suministros y Almacenes, ubicado en Xxxxxxxxx Xx. 00, xxxxxxx Xxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx.
El acto se desarrollará conforme a lo siguiente:
Se dará lectura al(os) proveedor(es) que después del análisis resultaron adjudicado(s) por partida; posteriormente se darán a conocer, en caso de que así sea, las partidas declaradas desiertas y por último el listado de las empresas cuyas proposiciones fueron desechadas por no cumplir con los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
La emisión del fallo podrá diferirse, siempre y cuando no exceda de 20 días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 35, fracción III de la “Ley”, y se llevará a cabo en la Sala de Juntas señalada en el primer párrafo del presente numeral.
Para finalizar, se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de fallo en la que se informará el proveedor o los proveedores adjudicados. Dicha acta será firmada por los asistentes entregándoles copia simple, la falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de su notificación, conforme a lo señalado en el artículo 37 Bis de la “Ley”.
INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA OBLIGATORIA Y LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS
Dirigidas al Instituto Mexicano de la Radio.
No deberán contener emblemas institucionales.
Señalar el número de la licitación.
En papel preferentemente membretado de la empresa, sin tachaduras ni enmendaduras.
Bajo protesta de decir verdad, con firma autógrafa por la persona facultada para ello.
En idioma español.
No se recibirán proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica.
2.PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
La entrega de proposiciones se hará conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la “Ley”, en sobre único cerrado que contendrá las propuestas técnica y económica. La documentación distinta a las proposiciones podrá entregarse, a elección del licitante, dentro o fuera del sobre que la contenga.
5.1 Requisitos Legales-Administrativos, Técnicos y Económicos que deberán entregar los licitantes en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
Requisitos Legales-Administrativos
En el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, quien participe en esta licitación deberá entregar la siguiente documentación:
El acuse de registro que emite el Sistema de Compras Gubernamentales CompraNet, donde se observe que el registro fue realizado entre el 04 y el 25 de enero de 2010.
Los licitantes, conforme a lo dispuesto en el artículo 36 del “Reglamento”, deberán acreditar su personalidad por escrito, en original y bajo protesta de decir verdad, expresando que su representante legal cuenta con facultades suficientes para suscribir la Propuesta Técnica y Económica, para lo cual deberán entregar requisitado el formato incluido. (Anexo 2)
En caso de que el representante que asiste al acto de Apertura de Proposiciones no sea el representante legal firmante de los documentos que integran las proposiciones, deberá acreditar su personalidad presentando identificación oficial vigente de quien otorga el poder en original y copia y de quien lo recibe, en original y copia, así como carta poder simple firmada por el representante legal para participar en dicho acto y dos testigos, de los cuales se deberá incluir también la identificación oficial en original y copia. Las identificaciones originales se encontrarán dentro o fuera del sobre, ya que las mismas sólo se cotejarán con la copia simple que forme parte de su documentación legal. Dado el sistema de seguridad en las instalaciones de la Convocante, quienes asistan a los eventos deberán contar con dos identificaciones, una se entregará al acceder al “Instituto” y la otra para participar en la licitación (Anexo 3).
No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las proposiciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 36 último párrafo del “Reglamento”, pero sólo podrá participar dentro del desarrollo del acto con carácter de oyente. Lo establecido en este párrafo no es aplicable si la persona que firma y que presenta las proposiciones, es la misma.
Cabe hacer mención que la firma que aparezca en la identificación oficial vigente del licitante deberá ser la misma con la que firme el resto de sus documentos.
Carta en papel membretado del licitante firmada por el mismo o su representante o apoderado legal, en la que declare bajo protesta de decir verdad, que el licitante, representante y demás dependientes del licitante, no se encuentran en los supuestos de los artículos 50, 60 antepenúltimo párrafo de la “Ley”, así como que por su conducto, no participan en el procedimiento LPN No. 04340002-001-10, personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la “SFP”, (Anexo 4).
Carta en papel preferentemente membretado del licitante firmada por el mismo o su representante o apoderado legal, en la que declare bajo protesta de decir verdad, si se trata de persona con discapacidad o cuenta con personal con discapacidad en una proporción cuando menos del cinco por ciento de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses. Antigüedad que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del “IMSS”, en escrito libre o de acuerdo al formato (Anexo 5). Aún cuando el licitante no contara con personal con discapacidad, deberá señalarse en el formato y entregarlo debidamente requisitado.
De conformidad con lo estipulado en el artículo 30, fracción XI del “Reglamento”, si el licitante en caso de contar con personal con discapacidad desea recibir la preferencia señalada en el artículo 14 de la “Ley”, tendrá que presentar junto con su proposición, una manifestación donde indique que cuenta con dicho personal, en las proporciones marcadas por la misma “Ley”
Carta en papel preferentemente membretado del licitante en la que presente una declaración de Integridad, donde los licitantes manifiesten que por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la Convocante induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, conforme a lo dispuesto en el artículo 30, fracción VII del “Reglamento” (Anexo 6) .
Carta en papel preferentemente membretado del licitante en la que señale su adhesión al pacto de transparencia firmada por el mismo o su representante o apoderado legal, en la que declare bajo protesta de decir verdad, que se compromete al cumplimiento de dicho pacto (Anexo 7). Carta en papel preferentemente membretado del licitante bajo protesta de decir verdad, que su operación cumple con lo establecido en la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros (Anexo 10).
Formato de registro de MIPYMES debidamente requisitado y firmado por el Representante Legal de la empresa licitante (Anexo 14).
2.1.1 Requisitos Técnicos
Descripción clara de la(s) partida(s) en que participa, señalando el tipo de servicio, así como la vigencia del mismo y entregar la documentación solicitada en el Anexo Técnico 1.
Carta en papel preferentemente membretado del licitante bajo protesta de decir verdad, con firma autógrafa por persona facultada para ello, que será responsable en todo momento sobre el uso de patentes, marcas y derechos de autor que pudieran infringirse, eximiendo a la Convocante de cualquier responsabilidad al respecto (Anexo 8).
Acreditar por parte del licitante la prestación de sus servicios en alguna dependencia de la Administración Pública Federal (Anexo 9).
Carta en papel preferentemente membretado del licitante bajo protesta de decir verdad, que su operación cumple con lo establecido en la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros (Anexo 10).
2.1.2 Requisitos Económicos
La Propuesta Económica deberá contener descripción clara de los servicios a ofertar conforme a lo establecido en los Anexos 11 y 12.
Los requisitos económicos deberán observar lo siguiente:
Cotización en Moneda Nacional.
Desglose del Impuesto al Valor Agregado.
Importe total de la propuesta.
Indicación de que los precios serán fijos hasta la total extinción de las obligaciones derivadas del Instrumento Jurídico.
3.CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
Criterios de evaluación que se aplicarán a las proposiciones
Se analizarán las proposiciones recibidas en el acto de presentación y apertura, verificando que cumplan con las condiciones requeridas en esta convocatoria, anexos y en su caso, a las precisiones realizadas en la junta de aclaraciones.
Sólo serán evaluadas aquellas proposiciones que cumplan con los requisitos solicitados en la presente convocatoria de conformidad con el artículo 36 de la “Ley”.
Las proposiciones técnica y económica deberán ser congruentes de acuerdo con las características solicitadas en el Anexo 1 Técnico.
En la evaluación de las proposiciones se utilizará únicamente el mecanismo de “cumple” y “no cumple”.
Se determinarán solventes aquéllas proposiciones que cumplan con los requisitos establecidos en estas bases, sus anexos y en su caso, a las precisiones realizadas en la junta de aclaraciones.
Criterios de Adjudicación
En la evaluación de las proposiciones económicas cuando existan menos de dos proposiciones económicas, la Convocante verificará que el precio de los servicios no resulte menor al costo que implicaría la producción de los mismos, por lo que si en alguna propuesta resulta mayor el costo que el precio, se podrá desechar por estimarla insolvente, de conformidad con el articulo 41 del “Reglamento”.
Los servicios objeto de esta licitación en que por las particularidades xxx xxxxxxx se presuma que pueden ser ofertados a precios inferiores al costo, previa autorización del titular del área solicitante, se podrán verificar utilizando algunas de las metodologías descritas en los artículos 23 fracción II y 41 del “Reglamento”.
Se aplicará el margen de preferencia a los licitantes que sean o cuenten con personal con discapacidad en los términos previstos en el artículo 14 segundo párrafo de la “Ley”, debiendo manifestarlo por escrito mediante una carta dentro de su propuesta.
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará al licitante cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en las bases de licitación, las condiciones legales-administrativas, técnicas y económicas requeridas por la Convocante, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas, de conformidad con el articulo 36 Bis, fracción II de la “Ley”.
Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad del requerimiento solicitado por la Convocante, el Instrumento Jurídico se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo. Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que acredite que cuenta con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; antigüedad que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 14 de la “Ley”.
En caso de que ninguno de los licitantes acredite lo estipulado en el párrafo inmediato anterior, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador y posteriormente los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 44 del “Reglamento”
DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES
Se descalificará(n) al (los) licitante(s) en cualquiera de los actos de la licitación que incurra(n) en una o varias de las siguientes situaciones:
No cumplir con cualquiera de los requisitos especificados en la convocatoria de esta licitación o los que se deriven del acto de aclaración al contenido de ésta.
Si se comprueba que tienen acuerdo con otros licitantes, para elevar los precios de los servicios objeto de esta licitación.
El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la presente convocatoria de participación de esta licitación que afecten la solvencia de la propuesta.
Si se comprueba que servidores públicos forman parte de la sociedad del licitante, y/o en caso de personas físicas, si fueron servidores públicos y se encuentran inhabilitados para ejercer un cargo.
Si de la verificación a la documentación presentada, se comprueba que dicha información no es verídica, o entregó información falsa a la Convocante.
Si del análisis a los registros del “SFP”, se comprueba que algún participante ha incurrido en los supuestos del artículo 50 de la “Ley”.
Cuando se solicite “bajo protesta de decir verdad” y esta leyenda sea omitida en el documento correspondiente.
Si se presentan omisiones o errores en precios unitarios.
Si se presentan cotizaciones escalonadas.
Cualquier otra violación a las disposiciones de la “Ley” y de su “Reglamento”, así como demás disposiciones aplicables.
Las proposiciones que por cualquier motivo omitan o no cumplan con algún requisito solicitado en esta convocatoria serán desechadas derivado del análisis cualitativo de las proposiciones legales- administrativas, técnicas y/o económicas, o posterior a ésta, en el acto de fallo.
4.LUGAR PARA RECIBIR NOTIFICACIONES.
De los actos de Junta de Aclaraciones, Presentación y Apertura de Proposiciones, así como del Fallo correspondiente, se levantará un acta que será firmada por los participantes que hayan asistido, entregándose copia a cada uno de ellos para efectos de su notificación.
Domicilio de la Convocante
Las actas de las Juntas de Aclaraciones, Apertura de Proposiciones y Fallo de esta licitación, se pondrán al finalizar dichos actos a disposición de los licitantes que no hayan asistido (durante los cinco días hábiles siguientes a la fecha de la celebración de los mismos), siendo de su exclusiva responsabilidad acudir a enterarse de su contenido y obtener copia en el Departamento de Suministros y Almacenes, ubicado en Xxxxxxxxx Xx. 00, xxxxxxx Xxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal, de conformidad con lo que establece el artículo 35 del “Reglamento”.
4.1Domicilio de los licitantes.
El domicilio señalado en el Anexo 2 de cada uno de los licitantes, será considerado por la Convocante como el indicado para entregar otras notificaciones distintas a las señaladas en el numeral anterior.
FIRMA DEL CONTRATO.
La formalización del contrato deberá realizarse dentro de los 15 días naturales posteriores a la fecha del Fallo correspondiente, siendo la fecha limite el día 23 de febrero del 2010, conforme a lo señalado en el artículo 46 de la “Ley”; en el Departamento de Suministro y Almacenes del Instituto, ubicado en Xxxxxxxxx Xx. 00, Xxxxxxx Xxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, teléfono 0000-0000, ext. 1875, de lunes a viernes, de 10:00 a 15:00 horas, previa cita.
Para proceder a la elaboración del instrumento jurídico, del cual se adjunta borrador de conformidad al artículo 29 fracción XVI de la Ley (Anexo 13), el licitante ganador deberá proporcionar al Departamento de Suministros y Almacenes, a más tardar un día hábil posterior a la fecha del fallo, los documentos que se enlistan a continuación:
PERSONA MORAL |
PERSONA FÍSICA |
Cedula del Registro Federal de Contribuyentes.
|
Cedula del Registro Federal de Contribuyentes.
|
Acta Constitutiva de la Empresa con inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de comercio |
No aplica |
Identificación oficial vigente con fotografía del Representante Legal |
Identificación oficial vigente con fotografía |
Poder Notarial certificado ante federatario publico en el cual se otorgue al representante legal poder general para actos de administración o poder especial para suscribir pedidos, contratos o convenios o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de licitación o adjudicación en el Gobierno Federal con inscripción en el Registro Público de la Propiedad.
|
No aplica |
Comprobante de Domicilio con vigencia mínimo de 3 meses |
Comprobante de Domicilio con vigencia mínimo de 3 meses |
Carta en la que declare bajo protesta de decir verdad, que el proveedor adjudicado, representante y demás dependientes, no se encuentran en los supuestos 50, 60 antepenúltimo párrafo de la “Ley”, firmada por su Representante Legal. |
Carta en la que declare bajo protesta de decir verdad, que el proveedor adjudicado, no se encuentra en los supuestos de los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la “Ley”. |
En lo aplicable, deberá presentarse documento actualizado expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de acuerdo a la Regla I.2.1.17 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 29 xx Xxxxx de 2009, o la que la sustituya |
En lo aplicable, deberá presentarse documento actualizado expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de acuerdo a la Regla I.2.1.17 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 29 xx Xxxxx de 2009, o la que la sustituya |
Los documentos se deben presentar en original o copia certificada para su cotejo y copia simple para el archivo de los mismos.
Todos los documentos solicitados deberán estar vigentes, no presentar tachaduras ni enmendaduras.
Si el interesado no presenta la documentación antes señalada para la elaboración del contrato por causas imputables al mismo, dentro del plazo a que se refiere en párrafos anteriores, se le tendrá por no aceptado el contrato y el “Instituto”, de conformidad con el artículo 46 segundo párrafo de la “Ley” deberá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior al margen del 10% ( diez por ciento).
El licitante que resulte ganador y se le adjudique contrato mayor a $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 m.n.), sin incluir el IVA, deberá presentar documento actualizado expedido por el SAT, en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, de acuerdo a la Regla I.2.1.17 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 29 xx Xxxxx de 2009.
Asimismo, al realizar la consulta de opinión ante el SAT, preferentemente antes de los dos días hábiles posteriores a la fecha de emisión del fallo, deberá incluir el correo electrónico xxxxx.xxx@xxxx.xxx.xx, con el propósito de que el SAT envíe el acuse de respuesta que emitirá en atención a la solicitud de opinión.
Lo anterior, para dar estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
De conformidad con el artículo 46 de la “Ley”, con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones del contrato, por lo tanto el proveedor podrá iniciar la prestación de servicios, mediante la solicitud o requerimiento correspondiente. Los derechos y obligaciones que se deriven del contrato una vez adjudicado, no podrán cederse en forma parcial ni total, en favor de cualquier otra persona física o moral; asimismo, no podrán ser subcontratados los servicios motivo de esta licitación.
En el supuesto de que el proveedor adjudicado no se presente en forma directa o a través de su representante a firmar el contrato en el tiempo establecido por la “Ley” por causas que le sean imputables, será sancionado en los términos del artículo 60 de la “Ley”.
MODIFICACIÓN AL CONTRATO
El contrato que se derive de esta “licitación” sólo podrá modificarse estando vigente, conforme a lo establecido en el artículo 52 de la “Ley”, así como por el 59 y el 63 párrafo primero del “Reglamento”.
5.GARANTÍAS
La entrega de garantía de cumplimiento de contrato no aplica para la presente convocatoria.
6.PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR.
El licitante ganador asumirá la responsabilidad total en caso de que al presentar su oferta y su cumplimiento infrinja los derechos de propiedad industrial o violen derechos de autor.
7.DECLARACIÓN DESIERTA, CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN Y PARTIDAS DESIERTAS.
Declaración Desierta.
Con apego a lo dispuesto en el artículo 38 de la “Ley” y 47 de su “Reglamento” la licitación se declarará desierta:
Cuando no se presenten proposiciones en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
Cuando ninguna de las proposiciones presentadas por los licitantes reúnan los requisitos de la convocatoria para participar en la presente licitación.
Cuando los precios cotizados no fueren aceptables con relación al presupuesto disponible y/o a los precios que prevalecen en el mercado.
Cancelación
Con fundamento en el artículo 38 párrafo cuarto de la “Ley” la licitación se cancelará cuando:
Existan circunstancias debidamente justificadas que provoquen la extinción de la necesidad de el(los) bienes y/o servicios solicitado(s) y que de continuarse con el procedimiento de contratación, se pudiera ocasionar daños o perjuicios a la Convocante.
Por caso fortuito o fuerza mayor.
Suspensión.
De conformidad con el articulo 55 Bis y 70 de la “Ley”, el procedimiento de licitación podrá ser suspendido por escrito de la Convocante o en atención a alguna inconformidad, en el entendido que sólo podrá continuar por resolución de la “SFP”, siendo notificados por escrito los licitantes que no hayan sido descalificados o cuyas proposiciones no hayan sido desechadas.
Partidas desiertas.
En el caso de que una o varias partidas se declaren desiertas, la Convocante podrá proceder, sólo respecto a esas partidas, a celebrar un nuevo procedimiento de conformidad con el artículo 38 párrafo tercero de la “Ley”.
14. PENAS CONVENCIONALES
En estricto apego al artículo 53 de la “Ley” , la Convocante aplicará penas convencionales al licitante adjudicado, por el atraso en la entrega de los servicios por casusas imputables a éste, dando derecho al Instituto de aplicar una sanción cuya tasa será igual al resultado de multiplicar por 1.25 el costo de captación a plazo de pasivos denominados en Unidades de Inversión de las instituciones de banca múltiple del país, publicado por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, correspondiente a cada uno de los meses en que exista xxxx.
Los intereses moratorios se generarán por día, desde aquél en que se haga exigible legalmente la obligación principal y hasta el día inmediato anterior a aquél en que se efectúe el pago
Lo anterior en base al Artículo 135 Bis de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
15. RESCISIÓN DEL CONTRATO
En caso de que el incumplimiento de alguna de las obligaciones pactadas en el contrato, o en la convocatoria de participación de la presente licitación persista por parte del licitante adjudicado, la Convocante dará aviso por escrito al proveedor en cuestión de la (s) anomalía (s) suscitada (s). El licitante adjudicado tendrá la obligación de corregir la falta aducida, exponer lo que a su derecho convenga o aportar las pruebas que estime necesarias, en un término no mayor a cinco días hábiles, por lo que de no darse el caso, el instrumento jurídico y los derechos y obligaciones inherentes a él serán rescindidos.
El requerimiento de la rescisión contractual será a cargo del área solicitante, en coordinación con la Unidad Jurídica de la Convocante, notificado en todo momento por escrito al proveedor adjudicado.
La Convocante sin necesidad de un nuevo procedimiento, podrá adjudicar el Contrato al licitante que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja, siempre que la diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora no sea superior al 10% (diez por ciento), de acuerdo con el artículo 46 de la “Ley”.
Asimismo, será motivo de rescisión el no entregar la garantía de cumplimiento del contrato dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del mismo de conformidad con el artículo 48 de la “Ley”, así como el no presentar, en lo aplicable, el escrito a que hace referencia el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
15.1 Terminación Anticipada.
Se dará cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes y/o servicios, originalmente adquiridos y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasione algún daño o perjuicio a la Convocante, por lo que en su caso, se estará a lo dispuesto por el artículo 54 Bis de la “Ley”.
La terminación anticipada del contrato se sustentará mediante dictamen que precise las razones o las causas justificadas que den origen a la misma.
16. SANCIONES
16.1 Por la no formalización del contrato
En el caso de que el licitante ganador no firme el contrato, la Convocante hará del conocimiento de la “SFP”, tal circunstancia, a efecto de que esa autoridad determine en su caso las sanciones establecidas conforme a los artículos 59 y 60 de la “Ley”.
16.2 Por rescisión del Contrato
La “SFP” podrá sancionar en cualquier momento al(los) proveedor(es) ganador(es), de conformidad con los artículos 59 y 60 de la “Ley”, cuando se presenten alguno de los siguientes casos:
El proveedor no entregue el(los) bienes adjudicados en el(los) plazo(s) establecido(s) y las condiciones no sean las convenidas.
Cuando hubiese transcurrido el plazo de prórroga otorgado debidamente autorizado y proceda únicamente por el atraso por incumplimiento de las fechas de entrega de los bienes, de conformidad con el artículo 63 del “Reglamento”.
Independientemente de las sanciones señaladas anteriormente, en su caso, serán aplicadas las distintas sanciones que se estipulen en las disposiciones legales de la materia.
17. INCONFORMIDADES
Conforme al Título Sexto, artículos 65 y 66 de la “Ley”, los licitantes podrán inconformarse por escrito, ante la “SFP” y en el Sistema Compranet, por cualquier acto del procedimiento de contratación que a su juicio contravenga las disposiciones de la citada “Ley” y su “Xxxxxxxxxx”, xxxxxx xx xxx 0 (xxxx) días hábiles siguientes a que esto ocurra o el inconforme tenga conocimiento del acto impugnado.
Los escritos de inconformidades deberán acompañarse de la documentación que sustente su petición, en apego al artículo 66 de la citada “Ley”. Los mencionados documentos deberán presentarse en el domicilio de la Secretaria de la Función Pública: XXXXXXXXXXX XXX Xx.0000, XXX. XXXXXXXXX XXX, X.X. 00000, XXX. XXXXXX XXXXXXX, XXXXXX, X.X., TELEFONO DEL CONMUTADOR (0000) 0000-0000.
Transcurrido el tiempo señalado con anterioridad, precluye para los interesados el derecho a inconformarse, sin perjuicio de que el Órgano Interno de Control pueda actuar en cualquier tiempo en términos de “Ley”.
La manifestación de hechos falsos se sancionará conforme a lo dispuesto en el artículo 60 fracción IV de la mencionada “Ley” y los demás que resulten aplicables.
18. NULIDAD DE LOS ACTOS, CONVENIOS Y CONTRATOS.
Aquellos actos que se realicen entre la Convocante y los licitantes, en contravención a lo dispuesto por la “Ley”, su “Reglamento” y las demás disposiciones que de ella se deriven, serán nulos previa determinación de la autoridad competente.
19 CONTROVERSIAS
Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de la “Ley”, de su “Reglamento” o de los convenios o contratos que se deriven de los procedimientos de asignación, serán resueltas por los Tribunales Federales, conforme al artículo 15 de la “Ley”.
Resulta importante señalar que ninguna de las condiciones contenidas en la presente convocatoria de participación de la licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas, conforme al artículo 26, séptimo parrafo, de la “Ley”.
L.C. XXXXXX XXXXXX XXXXXX
DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
FECHA DE AUTORIZACIÓN DEL SUBCOMITÉ REVISOR
MÉXICO, D. F., A 00 XX XXXXXXXXX XXX 0000
Xxxxx 0 Técnico
Licitación Pública Nacional No. 0434001-001-10
PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO INTEGRAL DE LAS
PERSONAS Y DE LOS BIENES PATRIMONIALES
DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA RADIO
CONTENIDO DEL PROGRAMA
PARTIDA I.- SEGURO COLECTIVO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES DE SERVIDORES PÚBLICOS.
1.- CARACTERÍSTICAS.
2.- CONDICIONES Y COBERTURAS.
3.- ADMINISTRACIÓN.
4.- GARANTÍAS DE SERVICIO.
5.- POBLACIÓN.
PARTIDA II.- SEGURO COLECTIVO DE VIDA O INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE.
1.- CARACTERÍSTICAS.
2.- CONDICIONES Y COBERTURAS.
3. ADMINISTRACIÓN.
4- GARANTÍAS DE SERVICIO.
5.- POBLACIÓN
PARTIDA III.- PÓLIZA TODO BIEN-TODO RIESGO, PRIMER RIESGO
SECCION I INCENDIO DAÑOS A LA PROPIEDAD INMUEBLES Y CONTENIDOS.
SECCION II GASTOS EXTRAORDINARIOS
SECCION III RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL.
SECCION IV ROBO DE CONTENIDOS.
SECCION V DINERO Y VALORES.
SECCION VI CRISTALES Y ANUNCIOS LUMINOSOS.
SECCION VII EQUIPO ELECTRÓNICO.
SECCION VIII ROTURA DE MAQUINARIA.
SECCION ix PÓLIZA DE TRANSPORTES CARGA.
PARTIDA IV .- PÓLIZA DEL PARQUE VEHICULAR
1.- CAMIONES.
2.- AUTOMÓVILES.
PARTIDA i SEGURO COLECTIVO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES DE SERVIDORES PÚBLICOS.
TÉRMINOS Y CONDICIONES
ASEGURADO: instituto mexicano de la radio
a quien que en lo SUCESIVO se le denominara como “el asegurado”
ASEGURADOra: _________________________
a quien que en lo SUCESIVO se le denominara como “lA aseguradoRA”
VIGENCIA: El periodo de aseguramiento se comprenderá de las 00:01 horas del 01 de ENERO del 2010 a las 24:00 xxxxx xxx 00 xx xxxxxxxxx xxx 0000.
1.- CARACTERÍSTICAS.
2.- CONDICIONES Y COBERTURAS.
3.- ADMINISTRACIÓN.
4.- GARANTÍAS DE SERVICIO.
5.- POBLACIÓN.
1.- CARACTERÍSTICAS
GASTOS MÉDICOS MAYORES: ES UNA COBERTURA INTEGRADA DENTRO DEL MANUAL DE PERCEPCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA FEDERAL, CON COBERTURA PARA LOS MANDOS MEDIOS, SUPERIORES Y SUS DEPENDIENTES ECONÓMICOS.
LAS PRIMAS DE SEGUROS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS POR LA COBERTURA BÁSICA AUTORIZADA, HASTA NIVEL 36-M INCLUYENDO CÓNYUGE E HIJOS, SON PAGADAS POR “EL ASEGURADO”, EN FORMA DE PAGO MENSUAL.
LAS PRIMAS DE LOS INCREMENTOS VOLUNTARIOS (POTENCIACIÓN) DE SUMA ASEGURADA DE LOS TITULARES Y DEPENDIENTES ECONÓMICOS, SON CUBIERTAS POR LOS SERVIDORES PÚBLICOS, EN DESCUENTOS QUINCENALES Y COMO RETENEDOR “EL ASEGURADO”, EN PAGO MENSUAL SIN RECARGO POR PAGO FRACCIONADO.
LA PROPUESTA ECONÓMICA SE PRESENTARÁ POR RANGOS DE SUMA ASEGURADA SIN IMPORTAR EDAD Y SEXO DE ACUERDO CON LOS CUADROS DE PROPUESTA ECONÓMICA ANEXOS.
2.- CONDICIONES Y COBERTURAS
RESUMEN DE COBERTURAS Y CONDICIONES APLICABLES
CONDICIONES ESPECIALES:
COBERTURA EN TERRITORIO NACIONAL PARA TODA LA POBLACIÓN ASEGURADA Y COBERTURA DE EMERGENCIA EN EL EXTRANJERO.
PLAN GASTO USUAL Y ACOSTUMBRADO
SUMA ASEGURADA 111 SMGM A 1000 SMGM SEGÚN TABLA DE SUMA ASEGURADA Y
REINSTALACIÓN AUTOMÁTICA POR NUEVO PADECIMIENTO.
DEDUCIBLE 1.0 S.M.G.M.
COASEGURO 10%
PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DEDUCIBLE Y COASEGURO
|
DEDUCIBLE |
COASEGURO |
|
MÉDICO Y HOSPITAL DE RED. |
PROGRAMACIÓN DE CIRUGÍAS, REPORTE DESDE EL HOSPITAL Y REEMBOLSO |
SE ELIMINA |
SE ELIMINA |
MÉDICO FUERA DE RED Y HOSPITAL DE RED |
PROGRAMACIÓN DE CIRUGÍAS |
APLICA |
SE ELIMINA |
REPORTE DESDE EL HOSPITAL |
APLICA |
SE ELIMINA EN COSTO HOSPITAL |
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REEMBOLSO |
APLICA |
APLICA |
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MEDICO Y HOSPITAL FUERA DE RED |
REEMBOLSO |
APLICA |
APLICA |
EMERGENCIAS |
SE ELIMINA DEDUCIBLE Y COASEGURO AL ATENDERSE CON LOS MÉDICOS DEL ROL XX XXXXXXX EN HOSPITALES DE CONVENIO. EN CASO DE EMERGENCIA CON HOSPITAL DE RED Y MEDICO FUERA DE LA RED SE ELIMINA DEDUCIBLE Y COASEGURO CONDICIONADO A LA ACEPTACIÓN DEL TABULADOR DE LA ASEGURADORA. |
COBERTURAS ADICIONALES
MEMBRESÍA MÉDICA MÓVIL O EQUIVALENTE EN EL SERVICIO |
INCLUIDA |
|
INCLUIDA (PARA TITULARES , DEPENDIENTES Y ASCENDIENTES) |
|
SE ELIMINA DEDUCIBLE Y COASEGURO, SIEMPRE Y CUANDO LA ATENCIÓN MÉDICA SE EFECTÚE DENTRO DE LOS NOVENTA DÍAS POSTERIORES A LA OCURRENCIA DEL EVENTO Y LA RECLAMACIÓN |
PREEXISTENCIA |
INCLUIDA |
PAGO DE COMPLEMENTOS |
INCLUIDOS LOS GASTOS COMPLEMENTARIOS SE PAGARÁN HASTA EL REMANENTE DE SUMA ASEGURADA CONTRATADA CUANDO SE ORIGINÓ EL PRIMER GASTO, DENTRO DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO Y HASTA EL VENCIMIENTO DEL MISMO. |
RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD |
ACEPTACIÓN DE COBERTURAS ANTERIORES |
NARIZ Y SENOS PARANASALES |
CUBIERTOS SIN PERIODO DE ESPERA |
PARTO NORMAL Y CESÁREA |
HASTA 30 S.M.G.M. PARA PARTO, Y 45 S.M.G.M PARA CESÁREA SIN DEDUCIBLE NI COASEGURO; SIN PERIODO DE ESPERA PARA TITULARES, CÓNYUGES DE TITULARES Y CONCUBINAS, UTILIZANDO LA RED MEDICA, EN ALTAS APLICARA PERIODO DE ESPERA DE 10 MESES |
PADECIMIENTOS CONGÉNITOS |
PARA NIÑOS NACIDOS FUERA DE LA VIGENCIA – SE RECONOCERÁ ANTIGÜEDAD CON LÍMITE DEL 20% DE LA SUMA ASEGURADA 10 MESES DE PERIODO DE ESPERA. PARA NIÑOS NACIDOS DENTRO DE LA VIGENCIA – CUBIERTOS SIN RESTRICCIÓN NOTA: MÍNIMO DE 30 DÍAS NATURALES A PARTIR DEL ALUMBRAMIENTO DEL BEBÉ, PARA DARLO DE ALTA DENTRO DE LA PÓLIZA. |
APARATOS ORTOPÉDICOS |
CUBIERTOS POR ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD HASTA POR LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA |
REEMBOLSO EN COMPRA DE ANTEOJOS |
HASTA 5 S.M.G.M. SE CUBREN LOS GASTOS PARA LA COMPRA DE ANTEOJOS A CONSECUENCIA DE UNA ENFERMEDAD CLÍNICAMENTE JUSTIFICADA, SIN DEDUCIBLE NI COASEGURO. SE PAGARÁ LA REPOSICIÓN DE LOS ANTEOJOS PRESENTANDO EL INFORME MÉDICO OFTALMOLÓGICO O EL ESTUDIO DE OPTOMETRÍA CORRESPONDIENTE APLICARÁ PARA TITULARES, CONYUGE Y DEPENDIENTES ECONOMICOS, QUE SOLO SERÁ UNA SOLA VEZ DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, INDEPENDIENTEMENTE SI SON DE PRIMERA VEZ O ES REPOSICIÓN DE LOS LENTES (APLICA REEMBOLSO). |
TRATAMIENTOS OFTALMOLÓGICOS (MIOPÍA, PRESBIOPÍA, HIPERMETROPÍA, ASTIGMATISMO, ESTRABISMO) |
HASTA 10 S.M.G.M. PARA ASEGURADOS CON AL MENOS 5 DIOPTRÍAS POR PADECIMIENTO Y POR CADA OJO SIN DEDUCIBLE NI COASEGURO |
DESCUENTOS EN FARMACIAS Y LABORATORIOS |
INCLUIDOS |
COLAS DE SINIESTROS Y/O PAGOS COMPLEMENTARIOS |
AMPARADOS |
FORMULA DE DIVIDENDOS NO SUJETA A LA RENOVACIÓN DE LA PÓLIZA |
PARA ÉL CALCULO Y TRAMITE DEL PAGO DE LA BONIFICACIÓN SOBRE LA BASE DE LA SIGUIENTE FORMULA O AQUELLA QUE LA ASEGURADORA PROPONGA DE ACUERDO CON SUS NOTAS TÉCNICAS: B= 0.60 *(( P.N.P. * 0.75) – (S.O. * 1.10 )) DONDE: B = BONIFICACIÓN P.N.P. = PRIMA NETA PAGADA AL TERMINO DE LA ANUALIDADS.O. = IMPORTE DE RECLAMACIONES PAGADAS Y OCURRIDAS EN EL AÑO. |
POBLACIÓN ASEGURADA |
AL FINAL DE LA VIGENCIA LA ASEGURADORA DEBERÁ ENTREGAR LA RELACIÓN DE TODA LA POBLACIÓN ASEGURADA EN MEDIO MAGNÉTICO, CON TODOS LO DATOS QUE SE UTILIZAN PARA SU ASEGURAMIENTO. |
SUMA ASEGURADA:
NIVEL |
S.M.G.M. |
|
1 |
1.000 |
NO APLICA |
2 |
850 |
NO APLICA |
3 |
740 |
NO APLICA |
4 |
592 |
NO APLICA |
5 |
444 |
NO APLICA |
6 |
333 |
NO APLICA |
7 |
295 |
NO APLICA |
KB2 |
259 |
DIRECTOR GENERAL |
|
222 |
NO APLICA |
MA2 |
185 |
DIRECTOR DE ÁREA |
NA2 |
148 |
SUBDIRECTOR |
OB2 |
111 |
GERENTE |
OA1 |
111 |
JEFE DE DEPARTAMENTO/ SUBGERENTE |
*SMGM (SALARIO MÍNIMO GENERAL MENSUAL EN EL D.F.)
DEDUCIBLE: 1.0 SMGM
COASEGURO: 10%
TABLA DE HONORARIOS QUIRÚRGICOS DE 60 SMGM
NIVEL DE HOSPITALES: ALTO
“EL ASEGURADO” PAGARA LA PRIMA BÁSICA HASTA EL NIVEL KB2 QUE CORRESPONDEN A 259 S.M.G.M. Y DEL NIVEL 7 EN ADELANTE ESTÁN CONSIDERADOS COMO POTENCIACIÓN A ELECCIÓN DE CADA TRABAJADOR
COBERTURAS COMPLEMENTARIAS:
DEPORTES PELIGROSOS PRACTICADOS EN FORMA AMATEUR Y DE RECREO.
GASTOS POR DONADORES DE TRANSPLANTES HASTA 100 SMGM
CIRUGÍAS REFRACTIVAS Y QUERATOTOMIAS CON MÍNIMO 5 DE DIOPTRÍAS.
COBERTURA PARA CÓNYUGE E HIJOS SOLTEROS MENORES DE 25 AÑOS.
ELIMINACIÓN DE PERIODOS DE ESPERA.
AMBULANCIA TERRESTRE Y AÉREA.
PAGO DIRECTO EN HOSPITALES Y MÉDICOS DE RED CON PRESENTACIÓN DE TARJETA DE ASEGURADO.
CONSULTAS MÉDICAS TELEFÓNICAS SIN COSTO A NIVEL NACIONAL
CLÁUSULA DE PRELACIÓN
CLÁUSULA DE NO ADHESIÓN
EMISIÓN DE PÓLIZAS INDIVIDUALES PARA SEPARACIONES DE LA COLECTIVIDAD RESPETANDO ANTIGÜEDAD GENERADA EN PÓLIZAS ANTERIORES.
CLÁUSULA DE ERRORES U OMISIONES.
CLÁUSULA DE CONVERSIÓN DE SEGURO DE GRUPO COLECTIVO A SEGURO INDIVIDUAL.
DEFINICIONES APLICABLES PARA LA PARTIDA I
PÓLIZA DE GASTOS MÉDICOS MAYORES:
1.- DEFINICIONES:
ACCIDENTE: Un acontecimiento provocado por una causa externa, imprevista, fortuita y violenta que lesiona al Asegurado ocasionándole daño(s) corporal(es). No se considera accidente cualquier lesión corporal o daño provocado intencionalmente por el Asegurado.
ANTIGÜEDAD: Es el tiempo que el Asegurado ha estado cubierto en forma continua con esta Aseguradora y/o con otras con plazo máximo de 30 días en renovación. Se reconoce la antigüedad de cada Asegurado a partir de la fecha de alta a la colectividad asegurada de la cual esta póliza hace referencia, consignando ésta antigüedad como la fecha de inicio de vigencia de la primera póliza y/o certificado individual de Gastos Médicos Mayores, expedido al Asegurado por una Institución Mexicana de Seguros. El reconocimiento de antigüedad se otorga únicamente para reducir o eliminar el período de espera de aquellas coberturas sujetas a dicha condición.
ASEGURADO: La persona que se encuentra dado de alta en la póliza: titular y cónyuge hijos menores de 25 años de edad, que dependan económicamente del titular.
ASEGURADO TITULAR: Es la persona que tiene una relación Contractual con el Contratante y pertenece al grupo asegurado.
ASEGURADORA: Es la Institución de Seguros que otorga la Cobertura de Gastos Médicos Mayores.
AUXILIARES MECÁNICOS: Son aquellos aparatos, artefactos o equipos que facilitan el desplazamiento o movimiento que las personas que cursan una enfermedad o se encuentran en el periodo de recuperación de la salud (muletas, bastones, andaderas, camas, ortopédicas, trapecio, barras, barandales, grúa, ortopedia, xxxxxx xx xxxxxx, entre otros.)
MÉDICOS EN CONVENIO: Lista de médicos profesionistas independientes que tienen celebrado un convenio con la Aseguradora, para referenciarlos a los Asegurados que solicitan sus servicios y en el cual entre otros acuerdos, aceptan ajustarse a los tabuladores definidos de acuerdo al plan contratado.
COASEGURO: Porcentaje aplicado al total de gastos cubiertos derivados de un padecimiento, después de descontar el deducible. Dicho porcentaje quedará a cargo del Asegurado y será aplicado en cada gasto procedente.
CONTRATANTE: Persona física o moral responsable del pago de la prima de seguro a la Aseguradora.
DEDUCIBLE: Límite inicial mínimo a cargo del Asegurado por cada padecimiento. El seguro cubre los gastos procedentes a partir de esa suma y hasta los límites establecidos en la póliza. El monto del deducible aparece en la carátula de la póliza.
DEPENDIENTES ECONÓMICOS: El cónyuge o concubino (a) del asegurado titular y sus hijos menores de 25 años o incapacitados.
EMERGENCIA EN EL EXTRANJERO: Si durante la vigencia de la póliza y como resultado de un accidente o de una enfermedad cubierta sufrida en el extranjero, el Asegurado requiere de un tratamiento médico de emergencia.
EMERGENCIA MÉDICA: Cuando un padecimiento o accidente cubierto por la póliza, pone en peligro la vida o viabilidad de alguno de los órganos del Asegurado, por lo cual requiere atención médica inmediata e ingresa por el área de urgencias de un hospital o sanatorio, dentro de las 24 horas de ocurrido dicho padecimiento o accidente. Cuando de acuerdo con el criterio del médico tratante, el tratamiento de emergencia ya no es requerido, por estar estabilizada y controlada la condición patológica del paciente, pudiendo éste continuar su tratamiento en su domicilio o lugar de origen, en ese momento cesará la condición de emergencia.
ENDOSO: Documento que forma parte del Contrato, modificando y/o adicionando sus condiciones.
ENFERMEDAD O PADECIMIENTO: Es la alteración en la salud del Asegurado, diagnosticada por un medico profesionista independiente legalmente autorizado, ya sea en el funcionamiento de un órgano o parte del cuerpo y que provenga de alteraciones patológicas comprobables.
EXTRAPRIMA: Es la cantidad adicional que la parte contratante del seguro se obliga a pagar a la Aseguradora, por cubrir un riesgo agravado.
HONORARIOS MÉDICOS: Xxxx que obtiene el profesional médico legalmente reconocido, por los servicios que presta a los Asegurados.
HOSPITALIZACIÓN: Es la estancia continua en una clínica, hospital o sanatorio, comprobable y justificada para el padecimiento reclamado. El tiempo de estancia corre a partir del momento en que el Asegurado ingresa como paciente interno a la institución.
INICIO DE COBERTURA: Es la fecha a partir de la cual el Asegurado tiene derecho a los beneficios de este contrato de seguro.
Si la póliza se cancela o no se renueva en periodo menor a 30 días, el Asegurado perderá su antigüedad. Si el asegurado decide contratar nuevamente en el futuro su póliza de gastos médicos mayores con la Aseguradora, la nueva fecha de alta será considerada como inicio de cobertura.
ORTESIS O APARATOS ORTOPÉDICOS: Aditamento mecánico que sirve para suplir una función del sistema músculo esquelético (férulas, zapatos, ortopédicos, entre otros.)
PADECIMIENTOS PREEXISTENTES: Aquellos cuyos síntomas o signos se manifestaron antes del inicio de cobertura para cada Asegurado, o aquellos por los que se hayan efectuado gastos o realizado un diagnóstico que señale que dichos síntomas o signos tuvieron inicio en fecha anterior a la contratación del seguro para cada Asegurado, cualquiera que sea su causa y/o complicación.
Para tales efectos se entenderá como signo: a cada una de las manifestaciones de una enfermedad que se detecta objetivamente mediante una exploración médica.
PAGO DIRECTO: Es el pago que realiza directamente la Aseguradora al prestador de servicios independiente con el cual ha celebrado por la atención médica a los asegurados que presenten enfermedades o accidentes cubiertos por este Contrato.
PERIODO AL DESCUBIERTO: Es aquel intervalo de tiempo durante el cual quedan suspendidos los beneficios de este contrato. Se genera por la falta de pago xx xxxxxx o por no haber solicitado la renovación de la póliza.
PERIODO DE ESPERA: Tiempo ininterrumpido que debe transcurrir a partir de la fecha de contratación de cada Asegurado, a fin de que ciertas enfermedades puedan ser cubiertas por la póliza. Esta ultima definición queda invalida para este grupo.
PLAN: Conjunto de componentes de la póliza, incluyendo sus endosos, que indican al asegurado los beneficios a que tiene derecho.
PRIMA: La prima inicia en el momento de la celebración del Contrato. El monto de la prima es la suma de las primas correspondientes a cada uno de los Asegurados de acuerdo a su sexo, edad y cobertura del plan contratado, en la fecha de inicio de vigencia. Se aplicarán las tarifas que estén en vigor precisamente en esa fecha.
PRIMER GASTO: Es el gasto más antiguo que el Asegurado incurre para la atención de una enfermedad o accidente.
PROGRAMACIÓN DE CIRUGÍAS, TRATAMIENTOS Y SERVICIOS: Servicio solicitado por el Asegurado y otorgado por la Aseguradora el cual consiste en confirmar el pago directo al prestador de servicios independientes, antes de que ocurra la Intervención Quirúrgica, Tratamiento con Hospitalización o Cirugía Ambulatoria.
PRÓTESIS: Sustitución de una parte del esqueleto o de un órgano por una pieza o implante especial, que reproduce lo que ha de sustituir, También se denomina de este modo a la pieza o implante artificial introducido en el organismo.
PRÓTESIS AUDITIVA: Pieza o implante especial con la cual se mejora la audición.
RECLAMACIÓN O SOLICITUD DE SERVICIOS: Es el tramite que efectúa el asegurado ante la aseguradora, para obtener los beneficios de este contrato a consecuencia de una enfermedad o accidente. La aseguradora define si es o no procedente de acuerdo a las condiciones de la póliza.
REEMBOLSO: Es la restitución de gastos procedentes, erogados previamente por el asegurado a consecuencia de una enfermedad o accidente cubierto. La aseguradora reintegrara la suma que corresponda después de aplicar las condiciones contratadas al propio asegurado o a la persona que este decida.
REPORTE DESDE EL HOSPITAL: Servicio en el que la aseguradora puede ofrecer el pago directo a los prestadores de servicios independientes previa valoración y dictamen, notificando el resultado del mismo al asegurado durante su estancia hospitalaria.
SUMA ASEGURADA: Es el límite máximo de responsabilidad de la aseguradora, convenido para cada cobertura y aplicable por enfermedad o accidente ocurrido dentro de la vigencia de la póliza.
TABULADOR DE HONORARIOS MÉDICOS: Relación de procedimientos médicos y quirúrgicos, en el cual se especifica el monto máximo a pagar por la aseguradora para cada uno de estos.
URGENCIA MEDICA O EMERGENCIA MEDICA: Es una enfermedad o lesión imprevista, súbita y fortuita que pone en peligro la vida, un órgano o una función y exige atención medica inmediata.
VIGENCIA: Período de validez del Contrato. Sólo que se mencione expresamente otra duración, el Contrato será válido de las 00:01 horas del 01 de enero del 2010 a las 24:00 horas del 31 de diciembre del 2010.
Si a consecuencia directa de una enfermedad o accidente, el Asegurado incurriera en los gastos que a continuación se mencionan, la Aseguradora cubrirá el costo de los mismos de acuerdo a las condiciones y límites estipulados en este Contrato.
Lo anterior tendrá lugar siempre que los gastos hayan sido erogados dentro de la República Mexicana y el Asegurado se encuentre dentro del período de vigencia al momento de ocurrir la enfermedad o accidente y en el extranjero para los que cuenten con la cobertura. Estos se pagaran al tipo de cambio al momento de solicitar el reembolso.
PADECIMIENTO: Es una alteración en la salud del Asegurado, provocada por una causa anormal o externa, que amerite tratamiento médico o quirúrgico y señale un diagnóstico médico definitivo.
PERIODO XX XXXXXX: Lapso de 30 días naturales contados a partir de la fecha de inicio de vigencia de la póliza o recibo. Es el plazo máximo que tiene el Asegurado para pagar la totalidad de la prima, o bien la fracción previamente pactada.
PADECIMIENTOS PREEXISTENTES.- Aquellas enfermedades o accidentes por las cuales el paciente haya presentado signos y síntomas antes del inicio de la vigencia de la póliza o aquellos que hayan sido determinadas por un médico mediante el diagnóstico o tratamiento y que por su historia clínica o evolución natural del padecimiento un perito médico lo determine o mediante un arbitraje médico. Dicho padecimiento se cubrirá independientemente de que el primer gasto se origine antes del inicio de la póliza o durante la vigencia.Los padecimientos preexistentes se cubrirán únicamente dentro de la República Mexicana.
CONDICIONES:
(SEGÚN RESUMEN DE COBERTURAS Y CONDICIONES APLICABLES)
2.-Cobertura Básica
El objeto de esta Póliza es cubrir, proteger y resarcir al Asegurado de los gastos en que incurra, con motivo de la atención médica que reciba para el restablecimiento de su salud biológica de acuerdo a un diagnóstico médico definitivo, dentro de los límites y condiciones que a continuación se señalan.
Lo anterior, tendrá lugar siempre que el asegurado sea atendido dentro de la República Mexicana, o en su caso en el extranjero, el Asegurado se encuentre dentro del periodo de vigencia y la póliza se encuentre vigente al momento de ocurrir la enfermedad o accidente.
Gastos a cargo de la Aseguradora
Son aquellos que conforme a las condiciones de esta póliza, resulten procedentes de la atención médica, tales como:
Honorarios por consultas médicas, tratamiento médico y/o quirúrgico se pagarán de acuerdo a:
Los honorarios de los médicos que pertenezcan al convenio con la aseguradora, serán cubiertos con base en los montos económicos y políticas de aplicación de tabulador convenidos. En este caso el Asegurado no pagará diferencia alguna por este concepto. Para tal efecto deberá identificarse como Asegurado con el médico.
Los honorarios de los médicos que no pertenezcan al convenio con la aseguradora, serán cubiertos de acuerdo a los tabuladores establecidos de Gasto usual y acostumbrado.
Las consultas médicas post-operatorias en los siguientes 15 días naturales a la intervención, se incluirán dentro de los honorarios médicos por intervención quirúrgica.
Hospital, clínica o sanatorio, considerados dentro del convenio con la aseguradora, en el cual se lleve a cabo el tratamiento médico necesario para restablecer la salud del Asegurado. Comprenden el costo de un cuarto privado estándar, alimentos y paquete de admisión.
Sala de operaciones, recuperación y curaciones.
Equipo de anestesia, gases y medicamentos requeridos por el médico anestesiólogo.
Análisis de laboratorio, gabinete e imagenología que comprenden estudios desde la biometría hemática o estudios xx xxxxx X, electrocardiogramas, electroencefalogramas hasta la utilización de estudios de punta como la tomografía axial computarizada, la resonancia magnética o los estudios con isótopos radioactivos y cualquier otro estudio necesario que haya sido utilizado para el diagnóstico, tratamiento o seguimiento de una enfermedad o accidente amparada por esta póliza. Estos gastos serán cubiertos siempre y cuando exista un diagnóstico médico definitivo y la enfermedad o accidente esté cubierto por la póliza y que no sean de tipo experimental o en fase de investigación.
Costo de cama extra para un acompañante durante el tiempo que el Asegurado permanezca hospitalizado.
Medicamentos adquiridos dentro o fuera del hospital, clínica o sanatorio. Solamente se cubren las medicinas prescritas por los médicos tratantes y relacionadas con el padecimiento cubierto y autorizados por las autoridades sanitarias para su venta en territorio nacional. Para el reembolso, se deberá presentar la factura a nombre del Asegurado o del Asegurado titular de la póliza y las recetas correspondientes.
Honorarios de enfermeras independientes legalmente autorizadas para ejercer su profesión, siempre que sus servicios hayan sido prescritos por el médico tratante y hasta un periodo máximo de 30 días por enfermedad o accidente. El pago de honorarios estará sujeto a lo estipulado en el Tabulador de Honorarios Médicos que forma parte de la póliza y de acuerdo al gasto usual y acostumbrado
Transfusión de sangre, plasma, sueros y soluciones intravenosas indispensables para el tratamiento de una enfermedad y/o accidente cubierto.
Estancia del Asegurado en terapia intensiva, intermedia y unidad de cuidados coronarios.
Compra o renta de aparatos ortopédicos y prótesis que se requieran a causa de una enfermedad o accidente cubierto por esta póliza.
Ambulancia de traslado terrestre, dentro de la localidad donde se atienda el accidente o enfermedad y como consecuencia del siguiente evento:
Para traslados del hospital al domicilio y del domicilio al centro de atención, siempre y cuando sean médicamente necesarios y prescritos por el medico tratante.
Ambulancia aérea en caso de urgencia médica. La Aseguradora cubrirá el importe de los gastos erogados por la contratación de este servicio en territorio nacional, siempre y cuando éste se requiera como consecuencia de una urgencia médica de una enfermedad o accidente cubierto, de acuerdo a las condiciones de la póliza y cuando no se cuente con los recursos médicos ni hospitalarios para su atención en el lugar donde se presentó la urgencia y sea necesario médicamente por las condiciones del paciente.
Gastos médicos derivados de la práctica no profesional de cualquier deporte, incluyendo deportes peligrosos.
Tratamientos de radioterapia, inhaloterapia, fisioterapia y quimioterapia prescritos por el médico tratante.
Tratamientos médicos o quirúrgicos para corregir el estrabismo de los Asegurados nacidos dentro de la vigencia de la póliza.
Tratamientos médicos o quirúrgicos de carácter reconstructivo (no estético) que sean indispensables a consecuencia de una enfermedad o accidente cubierto por la póliza.
Servicios extrahospitalarios: programación de tratamientos que incluyen medicamentos especializados, rehabilitación física y pulmonar, alimentación parenteral, todo ello mediante la prescripción médica.
Tratamientos dentales, alveolares, gingivales o maxilofaciales, que sean indispensables a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza, debidamente sustentados con las radiografías que corroboren el daño sufrido por el accidente.
Circuncisión no profiláctica
Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) incluido sin periodo de espera.
Parto, cesárea y sus complicaciones: Cobertura de la Asegurada, mediante esta cobertura, la Aseguradora será responsable de cubrir los gastos médicos que erogue la Asegurada con motivo de la atención médica que reciba a consecuencia de parto , hasta por 30 SMGM o cesárea 45 SMGM, sin aplicar deducible ni coaseguro.
No hay límite de edad para las aseguradas. Es para toda la población asegurada.
*SMGM: Salario Mínimo General Mensual, vigente en el Distrito Federal.
En caso de complicaciones del embarazo, parto o puerperio, la Aseguradora sólo será responsable de pagar los gastos médicos en que incurra la Asegurada por la atención que reciba a consecuencia de las siguientes complicaciones:
Embarazo extrauterino
Enfermedad hipertensiva inducida por el embarazo
Mola hidatiforme (embarazo molar)
Sepsis puerperal (fiebre puerperal)
Placenta previa
Placenta acreta
Óbito Fetal
Preclampsia, eclampsia y toxicosos grávida
Cerclaje Cervical
Abortos y Legrados involuntarios
Cobertura del recién nacido, prematuro sano y no sano. Aquéllos menores que nazcan durante la vigencia de la póliza quedarán asegurados en la póliza desde su nacimiento sin necesidad de selección médica ni solicitud de ingreso, cubriéndoles padecimientos congénitos, prematuros y/o complicaciones que se presenten a partir de la fecha de su nacimiento.
Para tal fin, el Asegurado titular y/o Contratante deberá notificar por escrito a la Aseguradora el nacimiento.
Padecimientos congénitos para nacidos fuera de la vigencia de la póliza
Con esta cobertura, la Aseguradora cubrirá los gastos originados por los padecimientos congénitos que presenten los Asegurados nacidos fuera de la vigencia de la póliza.
Para el caso de emergencia en el extranjero.-
*Servicios de Hospital.- Cuarto y alimentos, medicamentos, unidades de cuidado intensivo, salas de operación y recuperación, sala de emergencia, servicios especiales de enfermería, análisis de laboratorios, rayos X, electroencefalogramas y electrocardiogramas.
*Servicios Médicos.- Visitas médicas, intervención quirúrgica, anestesia, servicios de primeros auxilios, análisis de laboratorios y rayos X.
*Otros Servicios.- Ambulancia terrestre, transfusiones, prescripciones médicas, oxígeno.
*Los gastos del hospital o sanatorio representados por el costo de la habitación y alimentos, que quedarán limitados al costo correspondiente a cuarto semiprivado.
Todos los gastos efectuados en el extranjero y cubiertos por esta póliza, serán reembolsados de acuerdo al tipo de cambio de venta, para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana, publicado por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, en la fecha en que se erogaron dichos gastos.
La suma asegurada de esta cobertura, será efectiva única y exclusivamente durante el período de vigencia de la póliza.”
Gastos No Cubiertos.
Acompañantes en el traslado y estancia del Asegurado como paciente en hospitales, ni los gastos que se deriven de gestiones administrativas por esta misma causa.
Gastos de peluquería, barbería y pedicurista.
Compra o renta de aparatos y/o servicios para la comodidad personal.
Tratamientos estéticos y de calvicie.
Tratamientos dietéticos por obesidad, anorexia y bulimia, así como sus complicaciones.
Complementos vitamínicos.
Curas de reposo, check-up’s, exámenes médicos o estudios de cualquier tipo que no estén directamente relacionados con el padecimiento que dio lugar a la reclamación.
Lentes de contacto externos o internos, prótesis auditivas y/o, implantes auditivos o auxiliares para mejorar la audición.
El gasto por la compra o renta de auxiliares mecánicos, aparatos ortopédicos u órtesis, médicamente no requeridos o no derivados de la reclamación, así como la compra de zapatos ortopédicos aunque sean médicamente necesarios.
Tratamientos dentales, alveolares, gingivales o maxilofaciales a excepción de lo causado por accidente.
Tratamientos de infertilidad, esterilidad, control natal, impotencia sexual, ni cualquiera de sus complicaciones, independientemente de sus causas y/o sus orígenes.
Tratamientos para corregir alteraciones del sueño, apnea del sueño y roncopatías, trastornos de la conducta, del aprendizaje, lenguaje o audición aún a consecuencia de enfermedades o accidentes cubiertos.
Tratamientos quiroprácticos o de acupuntura, proporcionados por personas sin cédula profesional que los acredite como médicos legalmente autorizados para realizar dichos tratamientos.
Tratamientos experimentales o de investigación.
Enfermedades y/o accidentes originados a consecuencia del alcoholismo, toxicomanías y/o drogadicción.
Accidentes que sufra el Asegurado a consecuencia inmediata de la disminución de sus capacidades físicas y/o mentales, por consumo de drogas sin prescripción médica.
Enfermedades y/o accidentes resultantes del intento de suicidio y/o mutilación voluntaria, aunque se hayan cometido en estado de enajenación mental.
Padecimientos resultantes de actos delictivos intencionales cometidos por el Asegurado, ni aquéllos derivados de riñas en que el Asegurado haya participado.
Padecimientos resultantes del servicio militar de cualquier clase, así como de la participación del Asegurado en actos xx xxxxxx, insurrección, revolución o rebelión.
Padecimientos resultantes de la práctica profesional de cualquier deporte.
Padecimientos resultantes de la participación del Asegurado en competencias, entrenamientos, pruebas o contiendas de seguridad, resistencia o velocidad.
Padecimientos resultantes de la práctica de Motonáutica y Automovilismo (Fórmula I, II, III, V, Serie Cart, Rally o cualquier otro deporte equivalente en riesgo) en cualquiera de sus modalidades, aún cuando se practiquen de manera ocasional, no profesional y profesional.
Lesiones que el Asegurado sufra cuando viaje en calidad de mecánico o miembro de la tripulación de cualquier tipo de aeronave, distinta a la de una línea aérea comercial.
Para el caso de emergencia en el extranjero.-
Todo tipo de gasto realizado por los acompañantes del Asegurado durante la internación de éste en sanatorios u hospitales.
*Servicios de enfermería fuera del hospital.
Coberturas Adicionales Especiales:
Preexistencia:
Desde el primer día de cobertura de esta póliza, quedarán cubiertos los padecimientos preexistentes.
Pagos Complementarios
Se pagarán hasta la Suma Asegurada contratada desde que se originó el primer gasto dentro de la vigencia.
3) Tratamiento quirúrgico para corregir la miopía y/o el astigmatismo
Se cubrirán los gastos en que incurra el asegurado a consecuencia de tratamientos oftalmológicos originados por miopía, presbiopía, hipermetropía y astigmatismo, cirugía correctiva por defectos de refracción de córnea, queratotomía radiada, queratomileusis, epiqueratofaquía y similares, siempre y cuando los síntomas o signos se manifiesten durante la vigencia de la cobertura para cada Asegurado y éste presente al menos 5 dioptrías en cada ojo.
4) Daño Psiquiátrico
Se cubren 14 consultas por padecimiento para tratamiento psiquiátrico, la cual opera de acuerdo con las condiciones que a continuación se indican:
Tendrá derecho a los beneficios de esta cobertura, el asegurado que a juicio de su médico tratante y contando con la confirmación del diagnóstico por parte de un médico psiquiatra asignado por la aseguradora, requiera tratamiento psiquiátrico a consecuencia de:
a) Enajenación mental, demencia, depresión psíquica o nerviosa, histeria, así como sus complicaciones, neurosis o psicosis. Estudios o tratamientos psicológicos, psiquiátricos o psíquicos independientemente de sus orígenes o consecuencias.
b) Xxxxx sufrido algún accidente cubierto por las condiciones de la póliza y que haya puesto en peligro la vida del asegurado o la viabilidad de alguno de sus órganos.
c) Como consecuencia de las siguientes enfermedades:
Cáncer (cualquier tipo en fase Terminal)
Accidente vascular cerebral (con hemiplejías)
Infarto del miocardio (discapacitante)
Insuficiencia renal (en hemodiálisis y programa de trasplante renal)
Intervención quirúrgica por enfermedad de las arterias coronarias (con secuelas discapacitantes)
Si mediante la presentación del acta del Ministerio Público, compruebe que ha sufrido cualquiera de los siguientes eventos:
Asalto
Secuestro
Violación
5) Xxxxxx como Accidente
Cubierto, con la presentación del Acta del Ministerio Público.
APLICACIÓN DE DEDUCIBLE Y COASEGURO
A) Con hospital y medico de la red se elimina deducible y coaseguro.
B) Con hospital y medico no de la red aplica deducible y coaseguro.
C) Con hospital no de la red y medico de la red aplica deducible y coaseguro.
D) En caso de conveniar el médico y/o el hospital del reclamante, se elimina coaseguro y deducible.
3.-Cláusulas Generales que aplican en esta Póliza:
1. Contrato
Mediante este Contrato, la Aseguradora se obliga en términos y condiciones del mismo, a pagar al Asegurado los gastos en que incurra con motivo de la atención médica requerida como consecuencia de una enfermedad o accidente cubierto. Para todos los efectos legales, formarán parte de este Contrato:
2. Modificaciones
Cualquier modificación al presente Contrato, será por escrito y previo acuerdo entre las partes. Estas modificaciones deberán constar por escrito y estar debidamente registradas ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (Artículo 19 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro). Por lo anterior, el asesor de seguros o cualquier otra persona que no esté expresamente autorizada por la Aseguradora, NO podrá hacer modificaciones ni concesiones.
Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaran con la oferta, el Asegurado podrá pedir su rectificación correspondiente, dentro de los 30 días posteriores a la recepción de la póliza. Una vez transcurrido este periodo, se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones (Artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro).
3. Notificaciones
Cualquier notificación relacionada con este Contrato deberá hacerse por escrito y en los domicilios señalados por las partes en este Contrato.
4. Cambio de Contratante
Si hay cambio de Contratante, la Aseguradora podrá rescindir el Contrato en los siguientes 30 días contados a partir de la fecha en que se le notificó dicho cambio y sus obligaciones terminarán precisamente al cumplirse 30 días después de la fecha de notificación que se haga de la rescisión al nuevo Contratante. La Aseguradora devolverá la parte proporcional de prima que corresponda al tiempo no transcurrido de la vigencia inicialmente contratada.
5. Movimientos de los Asegurados
El Contratante se obliga a reportar a la Aseguradora los movimientos de altas de Asegurados dentro de los 60 días siguientes en que se hayan realizado. El incumplimiento de esta obligación por parte del Contratante, traerá como consecuencia que la Aseguradora, en caso de siniestro, sólo cubra a los Asegurados de los que tenga conocimiento.
Cuando un Asegurado sea dado de baja, el Contratante deberá dar aviso por escrito de este hecho. La responsabilidad de la Aseguradora cesará desde el momento en que haya sido notificada de dicho movimiento. En caso de que el Contratante no haya dado aviso de inmediato, el seguro continuará en vigor para ese Asegurado y el Contratante cubrirá la prima correspondiente.
Si no existe una relación funcional entre el Asegurado titular y el Contratante, la Aseguradora tendrá pleno derecho en dar de baja al Asegurado y cobrar la prima correspondiente por el tiempo que estuvo asegurado, o en su defecto cobrar el importe total más gastos de administración de la enfermedad y/o accidente(s) cubierto(s) por la póliza en caso de haber siniestro.
6. Altas de Asegurados
Los hijos de Xxxxxxxxxx que nazcan dentro de la vigencia de la póliza, quedarán cubiertos desde su nacimiento, sin necesidad de pruebas médicas.
Se deberá dar aviso a más tardar en los 30 días siguientes a la fecha del nacimiento, en caso contrario, deberá presentar pruebas médicas.
Del mismo modo, si el Asegurado contrae nupcias dentro de la vigencia del Contrato, podrá formar parte del Grupo asegurado, siempre y cuando:
En caso de que el asegurado contraiga nupcias durante la vigencia de la póliza, deberá de solicitar por escrito
el ingreso de su cónyuge a esta póliza dentro de los 30 días naturales siguientes al matrimonio civil, dicho
Dependiente quedará asegurado desde la fecha del matrimonio civil.
En caso de no cumplirse alguno de los requisitos anteriores, su aceptación quedará sujeta a la aprobación por parte de la Aseguradora, previa presentación de la solicitud-cuestionario y anexo del cuestionario médico del nuevo Asegurado.
Como parte de la notificación por escrito a la Aseguradora, se requerirá documentación comprobatoria, tal como acta de nacimiento y/o acta de matrimonio.
En ambos casos, una vez aceptada la inclusión del nuevo Asegurado deberá efectuarse el pago de la prima correspondiente.
7. Bajas de Asegurados
La notificación para dar de baja a algún(os) Asegurado(s) de la póliza deberá ser por escrito y firmado por el Asegurado titular o Contratante al dejar de pertenecer al Grupo Asegurado.
La Aseguradora devolverá al Contratante la parte de la prima correspondiente al tiempo que falte para la terminación de la vigencia de la póliza.
8. Rehabilitación
Si el Contratante paga la prima correspondiente después de 30 días del inicio de vigencia de la primer fracción o del pago total de la prima correspondiente, la póliza quedará rehabilitada.
Si el Contratante paga la prima correspondiente después del inicio de vigencia de los recibos subsecuentes, la póliza quedará rehabilitada.
La rehabilitación contemplada en esta cláusula deberá constar en el recibo de pago emitido por la Aseguradora, o en cualquier otro documento emitido posteriormente, sólo para fines administrativos y sin perjuicio de sus efectos automáticos en beneficio de los Asegurados.
9. Cancelación anticipada de Contrato
Este Contrato será cancelado si el Asegurado titular y/o Contratante no paga la prima respectiva dentro del plazo de 30 días naturales contados a partir del inicio de vigencia de la póliza.
En caso de que alguno de los Asegurados que forman parte de la póliza, incurra en falsas e inexactas declaraciones u omisión, la Aseguradora podrá rescindir el Contrato en términos de lo previsto por el art. 47 de la Ley sobre el Contrato de Xxxxxx, devolviendo la prima devengada correspondiente.
10. Moneda
Todas las obligaciones de pago de este Contrato serán pagaderas en Moneda nacional.
Los gastos cubiertos que se originen en el extranjero, se reembolsarán de acuerdo al tipo de cambio, estipulado por el Banco de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación para la moneda y la fecha en que se eroguen dichos gastos.
11. Forma de pago
Cobertura de Titulares de acuerdo al nivel pago contado y para la cobertura de Dependientes y Potenciaciones, será pago según contratación de la póliza.
12. Plazo para el pago
Dentro de los 10 días hábiles de recibido y aceptada la factura correspondiente con todos los requisitos fiscales, dicho pago se hará por cada periodo.
13. Indemnización por xxxx
En caso de que la Aseguradora, no obstante haber recibido los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la reclamación que haya sido presentada, no cumpla con la obligación de pagar la indemnización, capital o renta en los términos del Artículo 71 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, quedará obligada a pagar al Asegurado, Beneficiario o tercero dañado, un interés moratorio, de conformidad con lo establecido en el apartado de sanciones de esta licitación.
14. Edad
Los límites de edad de aceptación para este Contrato son desde el nacimiento, sin límite y conforme al numeral 1 (Definiciones).
15. Ocupación
Si el Asegurado cambia a una ocupación que agrave el riesgo modificando las condiciones de su Contrato inicial, deberá avisar por escrito a la Aseguradora.
La aseguradora cubrirá la indemnización en los términos anteriores, pero no se responsabiliza de la contratación del servicio, ni de sus características o condiciones.
16. Residencia
Para efectos de este Contrato solamente estarán protegidos por este seguro los Asegurados que vivan permanentemente en la República Mexicana de lo contrario debe de reportarse en que país reside. El Contratante y/o Asegurado tienen la obligación de notificar a la Aseguradora el lugar de residencia de sus dependientes económicos cuando éstos no vivan en el mismo domicilio del titular.
La Aseguradora podrá solicitar la documentación que considere necesaria para corroborar la residencia o el tiempo de estancia en el extranjero al momento de la solicitud de servicios para atención fuera del territorio nacional.
17. Omisiones o inexactas declaraciones
Por ser la base para la apreciación del riesgo a contratar, es obligación del Asegurado o representante de éste, declarar por escrito en los formularios previamente elaborados por la Aseguradora, todos los hechos importantes que conozca o deba conocer al momento de la celebración del Contrato.
18. Suma asegurada
La Suma asegurada aplicará en forma independiente para cada cobertura contratada, así como padecimiento y/o accidente con sus secuelas y complicaciones.
19. Pago de indemnizaciones
Una vez recibidos todos los documentos, datos e informes que permitan a la Aseguradora dictaminar si procede una indemnización, la Aseguradora le pagará al Asegurado titular o a la persona designada por éste, en un plazo no mayor a 10 días naturales contados a partir de la fecha de recepción de documentos.
La Aseguradora no pagará gasto alguno a instituciones xx xxxxxxx, beneficencia o asistencia social que no exijan remuneración por sus servicios; ni a establecimientos que no expidan recibos con todos los requisitos fiscales.
La Aseguradora sólo pagará los honorarios de médicos y enfermeras independientes titulados y legalmente autorizados para el ejercicio de su profesión, siempre y cuando hayan participado activa y directamente en la curación o recuperación del Asegurado y se pueda corroborar en el expediente clínico con la nota y firma respectiva.
De igual manera, la Aseguradora sólo pagará los gastos de hospitalización en sanatorios, clínicas u hospitales debidamente autorizados por las autoridades correspondientes.
El cálculo de los honorarios para el equipo quirúrgico será de la siguiente manera:
Cirujano La cantidad que aparece en el tabulador más un 30% como máximo.
Anestesiólogo 35% de lo tabulado para el cirujano
Primer Ayudante 20% de lo tabulado para el cirujano
Segundo Ayudante La cantidad que aparece en el tabulador
Cuando en una misma sesión quirúrgica se practiquen al Asegurado dos o más operaciones en una misma región anatómica, la Aseguradora únicamente pagará el importe de la mayor, o una de ellas cuando las cantidades estipuladas sean iguales.
Si el cirujano efectúa otra intervención diferente a la principal en una región anatómica distinta en una misma sesión quirúrgica, los honorarios de la segunda intervención se pagarán al 50% de lo estipulado en la Tabla de Honorarios Médicos. Cualquier otra intervención adicional no quedará cubierta.
Si en una misma sesión quirúrgica se requiere de un cirujano de diferente especialidad, se sumará un 25% adicional a lo tabulado para la cirugía principal. El monto resultante se repartirá equitativamente entre ambos equipos quirúrgicos, a excepción de los honorarios médicos del anestesiólogo que serán cubiertos hasta un máximo del 32% de lo tabulado originalmente para la cirugía principal.
Si un cirujano de diferente especialidad realiza otra intervención quirúrgica diferente a la principal en una región anatómica distinta, los honorarios del segundo cirujano se pagarán al 100% de lo estipulado en la Tabla de Honorarios Médicos. Cualquier otra intervención no quedará cubierta.
Cuando sea necesaria la reconstrucción quirúrgica de varios elementos (neurorrafias, arteriorrafias, tenorrafias) en la misma sesión y por la misma incisión, se pagará el 50% del importe tabulado para la más elevada y el 25% del monto tabulado para las restantes.
Cuando en una misma intervención quirúrgica se traten 2 padecimientos, de los cuales uno esté cubierto y el otro no, se pagará la reclamación de la siguiente manera:
Honorarios médicos: de acuerdo a lo estipulado para el padecimiento cubierto, en la Tabla de Honorarios Médicos
Anestesiólogo, ayudante, etc.: de acuerdo a las políticas y porcentajes establecidos en la Tabla de Honorarios Médicos para padecimientos cubiertos
Hospital: se pagará el 60% de la factura total
Para intervenciones cardiovasculares, que requieran bomba extracorpórea, el cálculo de los honorarios para el equipo quirúrgico, se hará de la siguiente manera:
Xxxxxxxx La cantidad que aparece en el tabulador para este concepto más un 30%
Anestesiólogo 30% de lo tabulado para el cirujano
Ayudantía 30% de lo tabulado para el cirujano
Cardiólogo intensivista 14% de lo tabulado para el cirujano
Técnico de bomba extracorpórea 10% de lo tabulado para el cirujano
Instrumentista 4% de lo tabulado para el cirujano
En aquéllos procedimientos en que sea necesario practicar la misma cirugía en ambos lados del cuerpo, siempre y cuando no esté especificado en la Tabla de Honorarios Médicos que se trata de un procedimiento bilateral, se cubrirán los honorarios médicos calculando un 50% más sobre lo tabulado.
Los honorarios médicos de los procedimientos realizados por vía endoscópica serán calculados con un 10% más de lo tabulado para la vía convencional, siempre y cuando no se especifique en la Tabla de Honorarios Médicos que se trata de un procedimiento endoscópico.
20. Prescripción
Todas las acciones derivadas de este Contrato de seguro prescriben a los 2 años contados desde la fecha del acontecimiento que les dio origen (Artículo 81 de la Ley sobre el Contrato de Seguro), salvo las excepciones consignadas en el Artículo 82 de la misma Ley.
La prescripción se interrumpirá no sólo por las causas ordinarias, sino también por aquéllas a que se refiere la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros
21. Periodo de beneficio
Si la póliza se renueva anualmente y sin interrupción alguna, se continuarán pagando los gastos por cada enfermedad y/o accidente aplicando un periodo máximo de cobertura para estos pagos no mayor de las 24.00 horas del ultimo día del periodo contratado, conservando las condiciones del plan vigente en el momento del primer gasto o fecha de inicio de signos o síntomas por atención de la enfermedad y/o accidente.
Para poder acceder a este beneficio la póliza deberá ser renovada en el mismo plan o en un plan con mayores beneficios en lo que a deducible, coaseguro, suma asegurada, tabuladores y hospitales se refiere.
Si cambia a un plan menor se le pagarán con las condiciones de suma asegurada y tabulador menor y aplicará deducible y coaseguro del nuevo plan.
Dichos gastos se pagarán siempre y cuando se efectúen dentro de la vigencia de la póliza.
22. Otros seguros
Si al momento de la reclamación las coberturas otorgadas en esta póliza estuvieran amparadas total o parcialmente por otros seguros, en ésta u otras aseguradoras, el Asegurado no podrá recibir más del 100% de los gastos reales incurridos, sea por un seguro o por la suma de varios. Es obligación del Asegurado presentar a esta Aseguradora fotocopia de pagos, comprobantes y finiquito que le haya(n) expedido otra(s) aseguradora(s) con relación al evento del cual solicite la indemnización.
23. Competencia
En caso de controversia, el Asegurado y/o Beneficiario podrán hacer valer sus derechos en los términos previstos por la Ley de Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros en sus oficinas centrales o en sus delegaciones regionales. En caso de que la Comisión Nacional de Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros no sea designada árbitro conforme lo establece la citada Ley, podrá acudir a los tribunales competentes de la Jurisdicción a la que corresponda el domicilio de la Compañía.
ENFERMEDADES Y TRATAMIENTOS CUBIERTOS SIN PERIODO DE ESPERA
Se cubrirán los gastos de circuncisión, nariz, senos paranasales, amígdalas, adenoides, hernias de cualquier tipo (cuando sea en Columna Vertebral incluye extrusión y protusión), tumoraciones mamarias, padecimientos ano réctales, prostáticos, ginecológicos, várices, insuficiencia de piso perineal, padecimientos de la vesícula y vías biliares, cataratas, litiasis renal y en vías urinarias.
COBERTURA DE LA MADRE ASEGURADA
Si la madre Xxxxxxxxx tiene al menos 10 meses de cobertura continua en la póliza al momento de la operación cesárea o parto, se cubrirán los honorarios médicos y gastos de Hospitalización originados por ello, hasta el límite máximo de cobertura contratada. Para esposas de titulares se elimina el periodo de espera utilizando medico y hospital en convenio.
COBERTURA DEL RECIÉN NACIDO
Sólo si la madre Xxxxxxxxx tiene al menos 10 meses de cobertura continua en la póliza al momento del parto o cesárea o es esposa de titular, los hijos nacidos durante la vigencia de la misma, estarán cubiertos por padecimientos congénitos, nacimientos prematuros o complicaciones que se presenten en el nacimiento. Los gastos se cubrirán a partir del nacimiento del nuevo Asegurado.
Los hijos que nazcan dentro de la vigencia de la póliza, quedarán cubiertos desde su nacimiento, sin necesidad de pruebas médicas, solo si la madre Xxxxxxxxx tiene al menos 10 meses de cobertura continúa en la póliza al momento del nacimiento o es esposa de titular y se notifica a la Aseguradora en los siguientes 30 días.
EDAD
Los límites de edad de aceptación para este Contrato son desde el nacimiento, y sin límite para titulares y cónyuges. Los dependientes económicos (hijos) con altas quedarán cubiertos hasta los 25, siempre y cuando dependan económicamente del asegurado.
CLÁUSULA DE ERRORES U OMISIONES:
Queda entendido que cualquier error u omisión accidental en la descripción o información entregada para la cobertura, no perjudicará los intereses del asegurado, la intención de esta cláusula es la proteger en todo momento, por lo tanto el error será corregido al ser descubierto y en caso de que amerite se harán los ajustes de prima correspondientes, sin afectar el pago de siniestros.
3.- ADMINISTRACIÓN
ALTAS: Personal en servicio activo así como sus dependientes, que serán reportados a la aseguradora dentro de los 60 días a su ingreso.
BAJAS: Personal que deje de prestar sus servicios dentro de la entidad y serán reportados a la aseguradora dentro de los 60 días a que causen baja.
PARA LA COBERTURA BÁSICA AUTORIZADA: Será la Administración con ajuste semestral xx xxxxxx, sobre los movimientos de altas y bajas.
PARA POTENCIACIÓN: Dependientes se harán ajustes mensuales de movimientos y pagos mensuales xx xxxxxx sin recargos por pago fraccionado.
Los reportes podrán ser enviados mediante correo electrónico y confirmados por el Ejecutivo de Cuenta otorgando número de folio para la cobertura de altas nuevas.
4- GARANTÍAS DE SERVICIO
* ESTÁNDARES DE SERVICIO.
SERÁN PRESENTADOS EN PROPUESTA TÉCNICA
* ASIGNACIÓN DE PERSONAL
LA ASEGURADORA ADJUDICADA, DESIGNARÁ POR LO MENOS UN EJECUTIVO DE CUENTA. FACULTADO PARA LA SOLUCIÓN DE TRÁMITES Y RECLAMACIONES PRESENTADAS, CON ASISTENCIA DE POR LO MENOS 2 VECES A LA SEMANA, CON MEDIO DE COMUNICACIÓN DIRECTA (TELÉFONO CELULAR) Y DISPONIBILIDAD A CUALQUIER HORA DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO
*“EL ASEGURADO”, TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR EL CAMBIO DE MEDICO DICTAMINADOR QUE NO ESTE PROPORCIONANDO EL SERVICIO ÓPTIMO.
5- POBLACIÓN.
RELACIÓN DE PERSONAL A ASEGURAR PARA ESTAS PARTIDAS I Y II
Num Empl |
RFC O FECHA DE NACIMIENTO |
NOMBRE |
ASEGURADO |
SEXO |
NIVEL |
SUMA BÁSICA |
SUMA POTENCIADA |
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|
RELACIÓN DE TODO EL PERSONAL ASEGURADO, CON LOS DATOS SOLICITADOS EN EL DISCO MAGNÉTICO |
TITULAR, CÓNYUGE, HIJO Y POTENCIADOS |
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|
PRESENTAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA EL FORMATO DE CONSENTIMIENTO Y DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS.
NOTA: LOS ARCHIVOS DE SINIESTRALIDAD SE ENTREGARAN A LOS LICITANTES EN LA JUNTA DE ACLARACIONES
PARTIDA ii SEGURO COLECTIVO DE VIDA O INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE.
CONDICIONES ESPECIALES
ASEGURADO: instituto mexicano de la radio
a quien que en lo SUCESIVO se le denominara como “el asegurado”
ASEGURADOra: _________________________
a quien que en lo SUCESIVO se le denominara como “lA aseguradoRA”
VIGENCIA: El periodo de aseguramiento se comprenderá de las 00:01 horas del 01 de ENERO del 2010 a las 24:00 xxxxx xxx 00 xx xxxxxxxxx xxx 0000.
1.- CARACTERÍSTICAS.
2.- CONDICIONES Y COBERTURAS.
3. ADMINISTRACIÓN.
4- GARANTÍAS DE SERVICIO.
5.- POBLACIÓN
1.- CARACTERÍSTICAS:
COLECTIVIDAD ASEGURADA
EMPLEADOS QUE LABORAN EN “EL ASEGURADO”, PERSONAL DE BASE, CONFIANZA, MANDOS MEDIOS Y SUPERIORES DESDE EL INICIO DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO Y A PARTIR DE SU FECHA DE INGRESO PARA LOS NUEVOS INTEGRANTES.
PERSONAL JUBILADO O PENSIONADO POR PARTE DEL ISSSTE CUYA SUMA ASEGURADA SERÁ EL EQUIVALENTE A 18 MESES DE PENSIÓN.
2.- CONDICIONES Y COBERTURAS:
PARA EL SEGURO COLECTIVO DE VIDA E INVALIDEZ
AL ASEGURADO EN CASO DE INCAPACIDAD O INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE, O A LOS BENEFICIARIOS DESIGNADOS POR EL TRABAJADOR, CUANDO ÉSTE FALLECE, LA SUMA ASEGURADA ESTÁ EN FUNCIÓN DE LA ANTIGÜEDAD NETA DEL TRABAJADOR, CONFORME A LA SIGUIENTE TABLA:
SUMA ASEGURADA BÁSICA |
40 MSGM |
CONSIDERAR A TODA LA COLECTIVIDAD, EL INSTITUTO PAGA EL SEGURO |
SUMA ASEGURADA DE POTENCIACIÓN |
27.5 MSGM |
CONSIDERAR SOLO A LOS ASEGURADOS INDICADOS EN LA RELACIÓN DE PERSONAL, PARA QUE EN BASE AL COSTO DE LA POTENCIACIÓN DECIDAN POTENCIAR, CON CARGO A SU NOMINA EL SEGURO LO PAGA EL SERVIDOR PÚBLICO |
SUMA ASEGURADA DE POTENCIACIÓN HASTA |
108 MSGM |
COTIZAR PARA TODO EL PERSONAL, PARA QUE EN BASE AL COSTO DE LA POTENCIACIÓN DECIDAN POTENCIAR, CON CARGO A SU NOMINA |
COBERTURAS ADICIONALES: EN CASO DE MUERTE ACCIDENTAL LA COBERTURA ES DOBLE, Y EN CASO DE MUERTE ACCIDENTAL COLECTIVA, TRIPLE SEGÚN SE PRECISA EN ESTE ANEXO.
2.- CONDICIONES Y COBERTURAS.
SEGURO COLECTIVO DE VIDA, CON PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES.
RIESGOS CUBIERTOS
SE AMPARA EL RIESGO DE FALLECIMIENTO CON LOS BENEFICIOS DE MUERTE ACCIDENTAL, DE MUERTE ACCIDENTAL COLECTIVA Y POR ACCIDENTE O INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE DEL SERVIDOR PÚBLICO EN ACTIVO DE “EL ASEGURADO”, CUALQUIERA QUE SEA SU SEXO U OCUPACIÓN Y SIN NECESIDAD DE EXAMEN MEDICO A PARTIR DE LA FECHA DE INICIO DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA Y POSTERIORMENTE, DESDE EL DÍA DE SU INGRESO CONSIGNADO EN EL CONTRATO RESPECTIVO DE “EL ASEGURADO”.
SIN EDAD MÁXIMA DE ADMISIÓN
EL BENEFICIO ADICIONAL DE MUERTE ACCIDENTAL Y MUERTE ACCIDENTAL COLECTIVA SON SIN LÍMITE DE EDAD.
PERDIDAS ORGÁNICAS POR ACCIDENTE.
LA ASEGURADORA DE FORMA OPCIONAL PRESENTARA FORMULA DE DIVIDENDOS POR EXPERIENCIA SINIESTRAL. LA FORMULA ES ABIERTA DE ACUERDO CON SUS NOTAS TÉCNICAS. DONDE DIVIDENDO ES DEL __% (__ POR CIENTO) DE LA PRIMA TOTAL COBRADA Y DEVENGADA MENOS LOS SINIESTROS RECLAMADOS, MISMOS A LOS QUE SE TENDRÁ DERECHO AL FINAL DE LA VIGENCIA Y NO ESTARÁ SUJETO EL PAGO A LA RENOVACIÓN DE LA PÓLIZA.
COBERTURA POR DEPORTES PELIGROSOS EN PRÁCTICA AMATEUR Y USO DE MOTOS, MOTONETAS O SIMILARES.
SUICIDIO DESDE EL PRIMER DÍA.
LA TARIFA SE MANTENDRÁ INALTERADA DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO
ELIMINACIÓN DE CLÁUSULA DE DISPUTABILIDAD.
SEGURO COLECTIVO DE VIDA O INCAPACIDAD
TOTAL PERMANENTE.
CUADRO DE DESCRIPCIÓN RESUMIDA DE LAS COBERTURAS
CONDICIONES APLICABLES A LA PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA
CARACTERÍSTICAS DEL SEGURO
Asegurado |
INSTITUTO MEXICANO DE LA RADIO a quien que en lo sucesivo se le denominara como “el asegurado” |
Vigencia |
El periodo de aseguramiento se comprenderá de las 00:01 horas del 01 de enero del 2010 a las 24:00 horas del 31 de diciembre del 2010.
|
Plan de seguro |
Seguro Colectivo de Incapacidad Total y Permanente |
Colectividad asegurable |
Personal de base, de confianza, mandos medios y superiores en servicio activo que laboren en el Instituto Mexicano de la Radio y personal jubilado o pensionado por parte del ISSSTE cuya suma asegurada será el equivalente a 18 meses de pensión.
|
Número de asegurados |
_____ |
Forma de pago |
Mensual sin recargo por pago fraccionado |
COBERTURAS Y SUMA ASEGURADA
Coberturas |
Fallecimiento o invalidez total y permanente |
Suma asegurada individual |
Personal de base y confianza: 40 meses xx xxxxxxx tabular más la compensación garantizada en su caso. Personal de mandos medios: 40 meses xx xxxxxxx tabular más la compensación garantizada. Personal jubilado o pensionado por parte del ISSSTE cuya suma asegurada será el equivalente a 18 meses de pensión. La cobertura solo es por fallecimiento, No hay restricción de edad. |
Suma asegurada total |
$ __________________________ |
EDADES
Límites de edad |
Fallecimiento e invalidez total y permanente |
Edades de aceptación |
Sin límite |
Edades de cancelación |
Sin límite |
DATOS ADICIONALES DE LA COTIZACIÓN
Vigencia de la propuesta |
Noventa días naturales a partir de la fecha de la adjudicación. |
3. ADMINISTRACIÓN:
7.1REQUISITOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO.
SIN DISTINCIÓN DE SEXO Y EDAD
SIN EXAMEN MÉDICO
SIN REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD
LA INVALIDEZ Ó INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE LA DETERMINARÁ EL ISSSTE, EXPIDIENDO EL DICTAMEN CORRESPONDIENTE.
LOS SALARIOS ESTÁN AUTORIZADOS POR LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO A TRAVÉS DE LOS RESPECTIVOS TABULADORES XX XXXXXX.
INCLUIR EL TEXTO DE LAS CLÁUSULAS DE:
INTERÉS MORATORIO
PRESCRIPCIÓN
COMPETENCIA
CONTRATO DE NO-ADHESIÓN
PRELACIÓN
RECTIFICACIÓN DE LA PÓLIZA
REGISTRO DE LA NOTA TÉCNICA RESPECTIVA, ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS. ESTA DOCUMENTACIÓN LA PRESENTARA SOLO LA ASEGURADORA ADJUDICADA.
COBERTURA INMEDIATA. LA ASEGURADORA GARANTIZARÁ LA ATENCIÓN INMEDIATA DE SINIESTROS A PARTIR DEL INICIO DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA.
REPORTE TRIMESTRAL DE LA SINIESTRALIDAD, SEÑALANDO LA SITUACIÓN EN QUE SE ENCUENTRE CADA UNO, CON LOS SIGUIENTES DATOS: R.F.C., NOMBRE, COBERTURA AFECTADA, IMPORTE PAGADO, FECHA DEL SINIESTRO, SITUACIÓN DEL TRÁMITE, EN CASO DE QUE SE ENCUENTRE PENDIENTE, SEÑALAR LAS CAUSAS.
REGLA PARA CALCULAR EL SUELDO MENSUAL DEL ASEGURADO A PARTIR DEL TALÓN DE PAGO.
PRESENTAR, LA FORMULA DE DIVIDENDOS QUE ES ABIERTA Y NO ES MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN EL NO PRESENTARLA.
PARA EL PERSONAL DE BASE Y CONFIANZA:
CONCEPTO 01 DE TALÓN DE PAGO MÁS CONCEPTO 33 = SUELDO QUINCENAL MÁS COMPENSACIÓN GARANTIZADA (XXXXXX XXXXXXXXX INTEGRADO).
XXXXXX XXXXXXXXX DIVIDIDO ENTRE 15 = SUELDO DIARIO
SUELDO DIARIO MULTIPLICADO POR 360 = SUELDO ANUAL
SUELDO ANUAL DIVIDIDO ENTRE 12 = SUELDO MENSUAL
SEGÚN TABULADOR QUE INCLUYE COMPENSACIÓN GARANTIZADA
PARA EL PERSONAL DE MANDOS MEDIOS Y SUPERIORES
CONCEPTO 01 DE TALÓN DE PAGO MÁS CONCEPTO 33 = SUELDO QUINCENAL MÁS COMPENSACIÓN GARANTIZADA (XXXXXX XXXXXXXXX INTEGRADO).
XXXXXX XXXXXXXXX INTEGRADO DIVIDIDO ENTRE 15 = SUELDO DIARIO
SUELDO DIARIO MULTIPLICADO POR 360 = SUELDO ANUAL
SUELDO ANUAL DIVIDIDO ENTRE 12 = SUELDO MENSUAL INTEGRADO
SEGÚN TABULADOR QUE INCLUYE COMPENSACIÓN GARANTIZADA
7.2EXCLUSIONES
PERSONAL CONTRATADO POR HONORARIOS
EL RIESGO DE INVALIDEZ Ó INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE EXCLUYE EL DE FALLECIMIENTO Y VICEVERSA
7.3DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS
DENTRO DE LOS 10 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL FALLO DE LA LICITACIÓN, “EL ASEGURADO” PROPORCIONARÁ COPIA DE LOS CONSENTIMIENTOS EN EL QUE LOS EMPLEADOS DESIGNAN A SUS BENEFICIARIOS.
SI OCURRIERA UN SINIESTRO ANTES DE QUE EL TRABAJADOR HUBIERA ELABORADO SU DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS, LA SUMA ASEGURADA SE PAGARÁ DE ACUERDO A LA ÚLTIMA DESIGNACIÓN QUE HIZO CON ASEGURADORA ANTERIOR
CONDICIONES PARA EL PAGO DE INDEMNIZACIONES:
PAGO DEL SINIESTRO, MAXIMO EN SIETE DÍAS HÁBILES, UNA VEZ QUE SE PRESENTE LA DOCUMENTACIÓN
DOCUMENTOS PARA EL RIESGO DE FALLECIMIENTO:
DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS
SOLICITUD DE PAGO
TALÓN DE PAGO O ULTIMO RECIBO XX XXXXXX U HONORARIOS
BAJA DE “EL ASEGURADO”, DONDE SE CONSIGNE EL SUELDO MENSUAL
HOJA DE SERVICIOS
ACTA DE DEFUNCIÓN
IDENTIFICACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS DE CARÁCTER OFICIAL
DOCUMENTO OFICIAL PARA COMPROBAR EDAD DEL ASEGURADO
DOCUMENTOS PARA EL RIESGO DE INVALIDEZ Ó INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE.
DICTAMEN DEL ISSSTE
SOLICITUD DE PAGO
TALÓN DE PAGO
BAJA DE “EL ASEGURADO”, DONDE SE CONSIGNE EL SUELDO MENSUAL
HOJA DE SERVICIOS
IDENTIFICACIÓN DEL TRABAJADOR
7.4SEPARACIÓN DE LA COLECTIVIDAD
QUEDARÁ GARANTIZADO PARA EL EMPLEADO QUE CAUSE BAJA DEFINITIVA DE LA COLECTIVIDAD, POR CAUSA DISTINTA A LA JUBILACIÓN O PENSIÓN; LA CONTINUIDAD DE SU SEGURO SI ASÍ LO DESEA Y LO MANIFIESTA POR ESCRITO A LA ASEGURADORA, SIN NECESIDAD DE EXAMEN MÉDICO, EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 16 DEL REGLAMENTO DE SEGURO DE GRUPO; CON LA MISMA CUOTA QUE SE LE VENÍA APLICANDO DENTRO DE LA COLECTIVIDAD, HASTA EL FINAL DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO MEDIANTE PAGO DE CONTADO
EL PLAZO PARA PRESENTAR SU SOLICITUD SERÁ DE 60 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU BAJA.
7.5PRIMA
LA CUOTA SE FIJARÁ AL INICIO DEL AÑO Y SE MANTENDRÁ IGUAL DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO
7.6ALTAS Y BAJAS DE LA COLECTIVIDAD
SERÁ SUFICIENTE CON QUE EN EL REPORTE QUE “EL ASEGURADO” ENVÍE PARA EL PAGO XX XXXXXX, FIGURE EL NOMBRE DEL TRABAJADOR PARA QUE SE CONSIDERE MIEMBRO DE LA COLECTIVIDAD, ESTA INFORMACIÓN SE TRANSMITIRÁ VÍA ELECTRÓNICA A LA ASEGURADORA, EL MISMO DÍA QUE SE EFECTÚE EL PAGO. ASIMISMO EL PAGO POR MOVIMIENTOS DE ALTAS Y BAJAS SE REALIZARA DE FORMA MENSUAL.
7.7FORMA DE PAGO
“EL ASEGURADO” CUBRIRÁ PRIMAS CADA 30 DÍAS NATURALES, CONFORME AL CALENDARIO QUINCENAL DE PAGOS DENTRO DE LOS SIGUIENTES DIEZ DÍAS POSTERIORES A LA FECHA DE LA SEGUNDA QUINCENA DEL MES QUE ESTE EN CURSO, MISMO QUE SE LIQUIDARA A PARTIR DEL MES DE ADJUDICACIÓN, Y UNA VEZ QUE SE FORMALICE EL CONTRATO Y LA POTENCIACIÓN SERÁ CUBIERTA POR EL TRABAJADOR.
* ESTÁNDARES DE SERVICIO.
SERÁN PRESENTADOS EN PROPUESTA TÉCNICA
ASIGNACIÓN DE PERSONAL
SE DEBERÁ ASIGNAR POR LO MENOS A UN EJECUTIVO PARA LA ATENCIÓN Y SERVICIO DE LA CUENTA CON LOS CONOCIMIENTOS Y FACULTADES NECESARIAS PARA LA TOMA DE INDEMNIZACIÓN EN LA INDEMNIZACIÓN, EMISIÓN, PAGO DE INDEMNIZACIONES Y CUALQUIER ASUNTO REFERENTE CON LOS SEGUROS CONTRATADOS. EL CUAL DEBERÁ ESTAR DISPONIBLE LOS 365 DÍAS DEL AÑO LAS 24 HRS. DEL DÍA Y DEBERÁ PRESENTARSE AL MENOS 2 VECES A LA SEMANA EN EL ÁREA DE PERSONAL Y EN EL HORARIO DE “EL ASEGURADO” O A LAS ÁREAS DESIGNADAS PARA DAR SERVICIO DENTRO DE LAS INSTALACIONES DEL ASEGURADO ASÍ MISMO ENTREGAR LOS REPORTES MENSUALES DE COBRANZA.
5.- POBLACIÓN.
RELACIÓN DE PERSONAL A ASEGURAR PARA LA PARTIDA II
NUM. EMPL |
REGISTRO FEDERAL CAUSANTES |
NOMBRE |
EDAD |
|
|
RELACIÓN DE TODO EL PERSONAL ASEGURADO, CON LOS DATOS SOLICITADOS EN EL DISCO MAGNÉTICO |
|
NOTA: LOS ARCHIVOS DE SINIESTRALIDAD SE ENTREGARAN A LOS LICITANTES EN LA JUNTA DE ACLARACIONES
CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA:
PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA O INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE QUE EMITE _______________________ REPRESENTADA POR _____(NOMBRE Y CARGO),______ EN LO SUBSECUENTE DENOMINADA “LA ASEGURADORA”, PARA PROTEGER AL PERSONAL DE BASE, CONFIANZA, MANDOS MEDIOS Y SUPERIORES QUE LABORAN EN EL INSTITUTO MEXICANO DE LA RADIO ADELANTE IDENTIFICADA COMO “EL ASEGURADO”, DE ACUERDO CON LAS SIGUIENTES:
7.8CLÁUSULAS
PRIMERA OBJETO.
“LA ASEGURADORA” emite la presente póliza de seguro, con objeto de cubrir los riesgos de fallecimiento o incapacidad total y permanente de el personal de base, confianza, mandos medios y superiores de “EL ASEGURADO”, cualquiera que sea su sexo, edad u ocupación y sin necesidad de examen medico, a partir de la fecha de inicio de vigencia de esta póliza y, posteriormente, desde el día de ingreso consignado en el nombramiento respectivo.
Quedan excluidas de este seguro, las personas que presten sus servicios a “EL ASEGURADO” y que perciban sus emolumentos por honorarios; así como las personas que se separan del servicio con derecho a jubilación o pensión.
SEGUNDA SUMA ASEGURADA.
“LA ASEGURADORA” pagara por concepto de suma asegurada, con motivo del fallecimiento o incapacidad total y permanente del asegurado, dentro de la vigencia de esta póliza, el monto según la regla contratada por el “Asegurado” y su personal al momento de ocurrir el siniestro.
El pago del importe total de la mencionada suma asegurada, se llevara a cabo en una sola exhibición, directamente a los beneficiarios designados por el asegurado para el caso de su fallecimiento; tratándose de incapacidad total y permanente, al propio asegurado o a su representante legal, según corresponda.
Para efectos del beneficio adicional de incapacidad total y permanente, se conviene que el mismo operara en el caso de que el asegurado sufra la perdida de la vista, de las dos manos o de los dos pies o, de una mano o un pie conjuntamente con la vista de un ojo.
También se entiende por incapacidad total y permanente, la que inhabilite al asegurado para el desarrollo de su trabajo habitual, de una manera total y permanente, por accidente o enfermedad a que este expuesto en el ejercicio o con motivo de su trabajo o, por causas ajenas al desempeño de su cargo o empleo. En todo caso el dictamen correspondiente deberá ser emitido por Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Se conviene que se entenderá por perdida de:
-La vista, la perdida completa e irreparable de la función de la vista de ambos ojos.
-Una mano, su separación completa o anquilosamiento desde la articulación xxx xxxx o arriba de ella.
-Un pie, su separación completa o anquilosamiento desde la articulación del tobillo o arriba de ella.
-La vista de un ojo, la perdida completa e irreparable de la función de la vista de ese ojo.
Para efectos de esta póliza, se entenderá por invalidez total y permanente:
La incapacidad que sufra el asegurado de una manera total y permanente, por accidente o enfermedad a que este expuesto en el ejercicio o con motivo de su trabajo, que lo inhabilite para su desempeño; o,
La incapacidad total y permanente, que inhabilite al asegurado para el desarrollo de su trabajo, por causas ajenas al desempeño de su cargo o empleo.
La cobertura de incapacidad total y permanente no comprende la que derive de lesiones que se hubiere provocado intencionalmente el asegurado, ni la que resulte de lesiones sufridas por el uso o estando bajo los efectos de alguna droga, enervante, estimulante o similares no prescritos por un medico.
Se pacta expresamente que la cobertura de incapacidad total y permanente, no comprende la que derive de lesiones que se hubiere provocado intencionalmente el asegurado, ni la que resulte de lesiones sufridas por el uso o estando bajo los efectos de alguna droga, enervante, estimulante o similares no prescritos por un medico.
En todo caso, el dictamen de incapacidad total y permanente deberá ser expedido por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, haciéndose constar expresamente que “LA ASEGURADORA” se reserva al derecho de revisar cualquier dictamen en términos de los acuerdos adoptados con dicho Instituto, así como la facultad de practicar, a su xxxxx, de examen medico al asegurado, que permita determinar si la incapacidad le impide o no el desempeño de su trabajo habitual o de cualquier otro compatible con sus conocimientos, aptitudes y posición social, a fin de resolver sobre la posible procedencia de solicitud de pago de la correspondiente suma asegurada.
A efecto de “LA ASEGURADORA” resuelve sobre la solicitud de pago de siniestro, el asegurado o su beneficiario, según corresponda, deberá entregarle constancia de baja del servicio del asegurado, expedida por “EL ASEGURADO”.
TERCERA PRIMA.
El importe de la fracción mensual de la prima a pagar por cada asegurado, será la cantidad equivalente al (SEGÚN CONDICIONES DE LA OFERTA) xxx xxxxxxx tabular mensual si se trata del personal de base y confianza o, (SEGÚN CONDICIONES DE LA OFERTA) xxx xxxxxxx tabular mensual mas la compensación garantizada en el caso del personal de mandos medios y superiores que será cubierto por “EL ASEGURADO”.
CUARTA SALARIO.
El salario que servirá de base para determinar el importe de la prima y el de la suma asegurada a que se hace referencia en esta póliza, será el que autorice la Secretaria de Hacienda y Crédito a través de los respectivos tabuladores xx xxxxxxx que “EL ASEGURADO” comunique por escrito a “LA ASEGURADORA”.
QUINTA OBLIGACIONES DE “EL ASEGURADO”.
“EL ASEGURADO” se obliga principalmente a:
Recabar debidamente requisitados, los conocimientos de los asegurados y su designación de beneficiarios, vigilando que se exprese el nombre del asegurado, su fecha de nacimiento y su Registro Federal de Contribuyentes.
Informar a “LA ASEGURADORA” los movimientos de salarios y las modificaciones al número de las plazas totales.
El consentimiento para ser asegurado y designación de beneficiarios a que se hace referencia en el inciso a) de esta cláusula, será enviado por “EL ASEGURADO” a “LA ASEGURADORA” dentro de los quince días naturales siguientes al mismo en que el personal firme el nombramiento.
SEXTA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS
Siempre que no exista restricción legal en contrario, cualquier miembro de la colectividad asegurada podrá hacer designación de beneficiarios, mediante notificación por escrito que deberá entregar a “LA ASEGURADORA”. En el supuesto de que la notificación de que se trata, no se reciba oportunamente y se pague el importe del seguro al último beneficiario de que la “INSTITUCIÓN” haya tenido conocimiento, será sin responsabilidad alguna para esta.
En cualquier momento los asegurados pueden renunciar al derecho que tienen de cambiar de beneficiario, haciendo su designación con carácter de irrevocable. Para que dicha renuncia surta sus efectos, deberá hacerse constar forzosamente en el certificado respectivo, debiendo comunicarla el asegurado por escrito al beneficiario y a “LA ASEGURADORA”, enviando a esta el certificado para su anotación.
Cuando no exista beneficiario designado o si solo se hubiere nombrado uno y este fallece antes o al mismo tiempo que el asegurado y no exista designación de otro beneficiario, el importe del seguro se pagara a la sucesión del asegurado, salvo pacto en contrario o que hubiere renunciado al derecho de revocar la designación de beneficiarios.
Cuando existan varios beneficiarios, la parte del que fallezca antes o al mismo tiempo que el asegurado, acrecentara por partes iguales de los demás, salvo estipulación en contrario.
SÉPTIMA BAJA DEL SERVICIO
Al separarse el asegurado del servicio activo a favor de “EL ASEGURADO” automáticamente causara baja de este seguro, independientemente de la causa de la separación.
OCTAVA SEPARACIÓN DE LA COLECTIVIDAD.
En caso de separación definitiva de la colectividad asegurada, la persona de que se trate, sin examen medico y por una sola vez, podrá continuar protegida pasando a formar parte de la cartera de seguro de vida individual de “LA ASEGURADORA”, con excepción del seguro temporal y sin incluir beneficio adicional alguno, siempre que su edad esta comprendida dentro de los límites de admisión establecidos por la misma. Para ejercer este derecho, la persona separada de la colectividad deberá presentar su solicitud a “LA ASEGURADORA”, dentro de los sesenta días naturales siguientes a su separación.
En virtud de que el seguro a que se refiere esta póliza tiene un costo mas reducido, por la forma de operación, el cambio de plan traerá aparejado un aumento en el monto de la prima, que le será comunicado por escrito al solicitante por “LA ASEGURADORA” y se fijara de acuerdo a la tarifa aplicable, en razón de su edad, sexo y ocupación.
NOVENA PAGO DE SUMA ASEGURADA.
Al ocurrir el fallecimiento del asegurado, “LA ASEGURADORA” pagara al o a los beneficiarios designados el monto de la suma asegurada que corresponda, dentro de los siete días hábiles siguientes a aquel en que se le acredite la ocurrencia del siniestro. Para tal efecto, el o los beneficiarios deberán entregarle la documentación siguiente:
Solicitud de pago del o de los beneficiarios
Copia certificada del acta de defunción del asegurado;
Comprobante del último pago xxx xxxxxxx del asegurado.
Constancia de baja del servicio activo del asegurado, donde se consigne el sueldo mensual, expedida por “EL ASEGURADO”; Y,
Identificación oficial vigente con fotografía y firma del o de los beneficiarios.
Hoja de servicios.
Para el pago de la suma asegurada por incapacidad total y permanente del asegurado, se deberá entregar a “LA ASEGURADORA” la documentación siguiente:
Solicitud de pago;
Constancia del dictamen de incapacidad total y permanente, expedida por Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Comprobante del ultimo pago xx xxxxxxx que hubiere percibido el asegurado;
Constancia de baja del servicio activo del asegurado, donde se consigne el sueldo mensual, expedida por “EL ASEGURADO”;
Identificación oficial vigente con fotografía y firma del asegurado; y,
Hoja de Servicios.
En caso de ser necesario, “LA ASEGURADORA” podrá solicitar los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la reclamación que le haya sido presentada.
DÉCIMA COMPLEMENTO DE PROTECCIÓN.
“LA ASEGURADORA”, acepta que las personas protegidas por este seguro, podrán efectuar aportaciones colectivas adicionales de prima con cargo a su salario a través del sistema de nomina de “EL ASEGURADO”, que se aplicaran al incremento de la suma asegurada de las coberturas de fallecimiento o incapacidad total y permanente a que se hace mérito en esta póliza o a la contratación de otros beneficios adicionales, en los términos que al afecto se convengan.
DÉCIMA PRIMERA RÉGIMEN FISCAL
El régimen fiscal de esta póliza estar sujeta a la legislación fiscal vigente en la fecha en que se efectúe el pago al asegurado o a sus beneficiarios cuando ocurra el riesgo amparado en la póliza.
DÉCIMA SEGUNDA INTERÉS MORATORIO
En el caso de que la Institución, no obstante haber recibido los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la reclamación que le haya sido presentada, no cumpla con la obligación de pagar la cantidad procedente de los términos del articulo 71 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, estará obligada a pagar una indemnización por xxxx de conformidad con lo dispuesto en él articulo 135 bis de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Xxxxxxx.
DÉCIMA TERCERA PRESCRIPCIÓN.
Todas las acciones que se deriven de esta póliza de seguro prescribirán en dos años, contados en los términos del articulo 81 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, desde la fecha del acontecimiento que les dio origen, salvo los casos de excepción consignados en él articulo 82 de la misma Ley.
El plazo de que trata el párrafo anterior no correrá en caso de omisión, falsas o inexactas declaraciones sobre el riesgo corrido, sino desde el día en que la institución haya tenido conocimiento de el y, si se trata de la realización del siniestro, desde el día en que haya llegado a conocimiento de los interesados, quienes deberán demostrar que hasta entonces ignoraban dicha realización. Tratándose de terceros beneficiarios se necesitara, además, que estos tengan conocimiento del derecho constituido a su favor.
La prescripción se interrumpirá no solo por las causas ordinarias, sino también por aquellas a que se refiere La Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.
DÉCIMA QUINTA RECTIFICACIÓN DE LA PÓLIZA.
En cumplimiento de las disposiciones del articulo 26 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, se transcribe el Articulo 25 del propio ordenamiento, que textualmente dice: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta (30) que sigan al día en que se reciba la póliza. Transcurrido este plazo se consideraran aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones.
DÉCIMA SEXTA VIGENCIA.
La presente póliza inicia sus efectos a partir de las 00:01 horas del 01 de enero de 2010 a las 24:00 HRS. del 31 de diciembre de 2010, siendo susceptible de ampliarse previo acuerdo por escrito entre “EL ASEGURADO” y “LA ASEGURADORA”.
CLÁUSULAS ADICIONALES
PRIMERA NO ADHESIÓN.
Los términos y condiciones establecidos en esta póliza fueron acordados y fijados libremente entre el asegurado y la compañía por lo que este no es un contrato de adhesión y por lo tanto, no se ubica en el supuesto previsto en el articulo 36B de La Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; En esa virtud, se estará a lo dispuesto por él articulo 36D de la citada Ley.
Se otorga en el presente proceso, cláusula NO ADHESIÓN, se hace constar expresamente que esta póliza resulta de las negociaciones efectuadas entre “EL ASEGURADO” y “LA ASEGURADORA” y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 36, 36-A, 36.B y 36-D de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
SEGUNDA CONSENTIMIENTO PARA SER ASEGURADO Y DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS.
Atendiendo al propósito de hacer llegar de manera inmediata los beneficios del seguro a que se alude en la presente póliza y a que esta establece nuestras bases de aseguramiento para el contratante y asegurados del seguro de vida concertado de acuerdo a la relación laboral de las personas al servicio de el “CONTRATANTE”, la ultima designación de beneficiarios que obre en su poder, hecha por tales asegurados para efectos de su póliza anterior, tendrá plena validez para los beneficios derivados de la presente póliza, en caso de fallecimiento de los asegurados protegidos mediante la misma, siempre que no exista aún designación en el formato de “LA ASEGURADORA” elaborado para esta póliza.
8.CLÁUSULA DE PRELACIÓN
Se otorga en el presente proceso, cláusula de prelación en el entendido que las condiciones particulares solicitadas por el convocante, tendrán prelación sobre las condiciones generales de nuestra póliza en lo que pudieran oponerse.
PARTIDA iii PÓLIZA TODO BIEN-TODO RIESGO, PRIMER RIESGO
TÉRMINOS Y CONDICIONES
ASEGURADO: instituto mexicano de la radio
a quien que en lo SUCESIVO se le denominara como “el asegurado”
ASEGURADOra: _________________________
a quien que en lo SUCESIVO se le denominara como “lA aseguradoRA”
VIGENCIA: El periodo de aseguramiento se comprenderá de las 00:01 horas del 28 de febrero a las 24:00 horas DEL 31 de diciembre del 2010.
INTERÉS ASEGURABLE DAÑOS MATERIALES A BIENES PROPIEDAD DEl instituto mexicano de la radio BIENES DE TERCEROS QUE TENGA BAJO SU RESPONSABILIDAD, CONSIGNACIÓN, COMODATO, ARRENDAMIENTO O TENGA INTERÉS ASEGURABLE, EN TODA LA REPúBLICA MEXICANA.
SECCIONES DEL SEGURO:
I |
INCENDIO DAÑOS A LA PROPIEDAD INMUEBLES Y CONTENIDOS. |
II |
GASTOS EXTRAORDINARIOS |
III |
RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL. |
IV |
ROBO DE CONTENIDOS. |
V |
DINERO Y VALORES. |
VI |
CRISTALES Y ANUNCIOS LUMINOSOS. |
VII |
EQUIPO ELECTRÓNICO. |
VIII |
ROTURA DE MAQUINARIA. |
iX |
PÓLIZA DE TRANSPORTES CARGA. |
COBERTURA BÁSICA: ESTA PÓLIZA CUBRE TODO BIEN A TODO RIESGO incluido terremoto y erupcion volcanica (T.E.V.) y fenomenos hidrometeorologicos (f.H.) DE PERDIDA O DAÑO A BIENES PROPIEDAD DEL ASEGURADO O PROPIEDAD DE TERCEROS QUE TENGA BAJO SU RESPONSABILIDAD EN EL TERRITORIO NACIONAL, QUE SIGNIFIQUEN UN INTERÉS ASEGURABLE O POR LOS QUE SEA RESPONSABLE, BAJO LOS TÉRMINOS QUE MAS ADELANTE SE ESPECIFICAN EN CADA UNA DE LAS SECCIONES DE ESTE SEGURO.
SECCIÓN I. INCENDIO
DAÑOS A LA PROPIEDAD INMUEBLES Y CONTENIDOS
UBICACIONES:
EDIFICIOS, CONSTRUCCIONES principales y accesorias E INSTALACIONES EN CUALQUIER PARTE DE LA REPúBLICA MEXICANA.
BIENES CUBIERTOS:
EDIFICIOS TODA PROPIEDAD DE “EL ASEGURADO”, PERMANENTES Y/O TEMPORALES O DE TERCEROS QUE ESTÉN BAJO SU RESPONSABILIDAD Y DONDE TENGA UN INTERÉS ASEGURABLE INCLUYENDO BARDAS, BANQUETAS, JARDINERÍA Y CAMINOS INTERNOS, ASÍ COMO INSTALACIONES ESPECIALES, bienes a la intemperie, antenas transmisoras, receptoras, repetidoras, INSTALACIONES DE PROTECCIONES CONTRA INCENDIO E INSTALACIONES DE TRANSMISIÓN.
CONTENIDOS: TODOS LOS CONTENIDOS EN GENERAL, SIN ESTAR LIMITADO A:
MOBILIARIO Y EQUIPO EN GENERAL. MAQUINARIA, EQUIPO ELÉCTRICO, HERRAMIENTAS, REFACCIONES, ACCESORIOS Y EQUIPO MECÁNICO EN GRAL., ABASTECIMIENTOS Y OTROS CONTENIDOS, MERCANCÍAS EN BODEGA, MEJORAS Y ADAPTACIONES, MANUSCRITOS, ESCRITURAS Y PLANOS, BIENES EN SÓTANOS, BIENES A LA INTEMPERIE, MAQUINAS DE AIRE ACONDICIONADO, ANTENAS Y CONTENIDOS UBICADOS EN CUARTOS DE MAQUINAS.
DE MANERA ENUNCIATIVA EL TIPO DE BIENES EN SÓTANOS Y/O A LA INTEMPERIE PODRÁN SER MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINAS, ARCHIVOS Y PAPELERÍA Y EN LO CORRESPONDIENTE .A BIENES A LA INTEMPERIE.
SE INCLUYEN, OBRAS DE ARTE, COMO MURALES, PINTURAS Y ARTÍCULOS DE DIFÍCIL O IMPOSIBLE REPOSICIÓN, QUEDANDO AMPARADAS EN LA SUMA ASEGURADA ESTABLECIDA Y EN CASO DE SINIESTRO, SE CUBRIRÁ EL MONTO DE RESTAURACIÓN
BIENES NO CUBIERTOS:
- TERRENOS Y,
- LOS INDICADOS EN LAS CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA
RIESGOS CUBIERTOS
TODO RIESGO DE PERDIDA Y/O DAÑO MATERIAL CAUSADO DIRECTAMENTE POR CUALQUIER RIESGO DE INCENDIO, SIEMPRE QUE ESTOS SEAN SÚBITOS E IMPREVISTOS Y QUE NO SE MENCIONEN EN LOS RIESGOS EXCLUIDOS, CUBRIENDO LOS RIESGOS AMPARADOS, TANTO EN LAS CONDICIONES GENERALES, ASÍ COMO LAS DE CONVENIO EXPRESO, SE INCLUYE DESBORDAMIENTO XX XXXX, ESTEROS Y LAGOS, HUNDIMIENTO Y/O ROTURA DE DRENAJES, INUNDACIÓN Y DAÑOS POR AGUAS
RIESGOS NO CUBIERTOS
FERMENTACIÓN O VICIO PROPIO, ROBO DE BIENES DURANTE SINIESTRO, DAÑOS CAUSADOS A MAQUINAS POR CORRIENTES NORMALES O SOBRECORRIENTES TERRORISMO Y SABOTAJE Y DEMÁS INDICADOS EN LAS CONDICIONES GENERALES.
VALORES TOTALES $ 317`868,680.00 M.N.
EDIFICIOS $ 118’948,680.00 M.N.
CONTENIDOS $ 18’920,000.00 M.N.
LÍMITES MÁXIMOS DE RESPONSABILIDAD
COBERTURA AUTOMÁTICA PARA INCISOS
NUEVOS Y NO CONOCIDOS $ 10’000,000.00 M.N.
INCISOS CONOCIDOS $ 10’000,000.00 m.n.
REMOCIÓN DE ESCOMBROS 10% DEL LÍMITE A PRIMER RIESGO
ADAPTACIONES Y MEJORAS 10% DEL LÍMITE A PRIMER RIESGO
GASTOS FIJOS Y SALARIOS POR TERREMOTO $ 12’000,000.00
Y/O ERUPCIÓN VOLCÁNICA, periodo de indemnizacion 3 MESES.
SUBLIMITE PARA BIENES A LA INTEMPERIE 2% VALOR DE CONTENIDO DE CADA UBICACIÓN
EL LÍMITE A PRIMER RIESGO PARA EDIFICIOS Y CONTENIDOS, POR EVENTO, ES DE $ 95’000,000.00
LOS INMUEBLES PROPIEDAD DE “EL ASEGURADO” SON ESTRUCTURAS de construcion maciza, Y TODOS CUENTAN CON SISTEMAS DE HIDRANTES, EXTINTORES, RONDINES Y SERVICIOS DE VIGILANCIA.
LAS COBERTURAS DE INCISOS NUEVOS Y NO CONOCIDOS, REMOCIÓN DE ESCOMBROS Y GASTOS EXTRAORDINARIOS Y ADAPTACIONES Y MEJORAS OPERAN COMO ADICIONALES DEL LÍMITE MÁXIMO PARA DAÑO FÍSICO.
DEDUCIBLES
TERREMOTO: SEGÚN ZONA SÍSMICA
RIESGOS HIDROMETEOROLÓGICOS: CONFORME A ENDOSO XX XXXXXXX.
OTRAS PÉRDIDAS: 1% SOBRE VALOR DE REPOSICIÓN DEL EDIFICIO O CONTENIDOS AFECTADOS CON MÁXIMO DE 750 DSMGVDF.
GASTOS FIJOS Y SALARIOS POR TERREMOTO: 7 DÍAS DE ESPERA
Y/O ERUPCIÓN VOLCÁNICA.
COASEGUROS:
TERREMOTO Y/O ERUPCIÓN VOLCÁNICA: SEGÚN ZONA SÍSMICA
RIESGOS HIDROMETEOROLÓGICOS: CONFORME A ENDOSO XX XXXXXXX
CONDICIONES DEL SEGURO:
PRIMER RIESGO ABSOLUTO
ERRORES Y OMISIONES
RENUNCIA DE INVENTARIOS AL 10%
NO SUBROGACIÓN
INFLACIÓN 10%
REINSTALACIÓN AUTOMÁTICA DE SUMA ASEGURADA AL 100% SIN COBRO DE PRIMA.
VALOR DE REPOSICIÓN
VALOR INDEMNIZABLE: EN CASO DE PÉRDIDA O DAÑO OCURRIDO A CUALQUIERA DE LOS BIENES CUBIERTOS EN LA PRESENTE SECCIÓN, “LA ASEGURADORA” INDEMNIZARA A “EL ASEGURADO” EL COSTO POR CONCEPTO DE LA REPARACIÓN O REPOSICIÓN EN EL MOMENTO Y LUGAR DEL SINIESTRO, CON MATERIALES DE CLASE Y CALIDAD SIMILARES SIN NINGUNA DEDUCCIÓN POR CONCEPTO DE DEPRECIACIÓN.
EN CASO DE PÉRDIDA INDEMNIZABLE, ESTA OPERA A PRIMER RIESGO ABSOLUTO, POR LO QUE LA COMPAÑÍA SE COMPROMETE A INDEMNIZAR LOS DAÑOS AMPARADOS, HASTA EL MONTO DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA, SIN EXCEDER DEL:
VALOR REAL PARA MAQUINARIA Y HERRAMIENTAS, MOBILIARIO, ARTÍCULOS Y EQUIPOS ELECTRÓNICOS DE OFICINA PROPIOS, NECESARIOS AL GIRO DEL NEGOCIO ASEGURADO.
VALOR DE REPOSICIÓN EN CASO DE DAÑOS MATERIALES A BIENES INMUEBLES
COBERTURA AUTOMÁTICA PARA INCISOS NUEVOS O NO CONOCIDOS CON AVISO DE HASTA 60 DÍAS.
PERMISOS
INTERESES MORATORIOS
INCLUYENDO LOS RIESGOS Y BIENES QUE SE PUEDEN CUBRIR BAJO CONVENIO EXPRESO EN SUS CONDICIONES GENERALES.
AUTORIZACIÓN PARA REPONER, RECONSTRUIR O REPARAR
50 METROS
VENTA DE SALVAMENTOS
ERRORES EN AVALÚOS AL 20%
LIBROS Y REGISTROS.
SECCIÓN II.- GASTOS EXTRAORDINARIOS
OBJETO DE LA COBERTURA.
AMPARA EL IMPORTE DE LOS GASTOS EXTRAORDINARIOS NECESARIOS EN QUE INCURRA “EL ASEGURADO” CON EL FIN DE CONTINUAR EN CASO DE SINIESTRO, CON SUS OPERACIONES NORMALES, EN CASO DE HABER SIDO DAÑADOS O DESTRUIDOS LOS EDIFICIOS Y/O LOS CONTENIDOS ASEGURADOS PARA LA REALIZACIÓN DE ALGUNO DE LOS RIESGOS AMPARADOS EN LA PÓLIZA DE TODO BIEN TODO RIESGO A PRIMER RIESGO.
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD 10% DEL LIMITE A PRIMER RIESGO.
SECCIÓN III.- RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL
OBJETO DE LA COBERTURA. LA COMPAÑÍA SE OBLIGA A PAGAR LOS DAÑOS, ASÍ COMO LOS PERJUICIOS Y DAÑO MORAL CONSECUENCIAL QUE EL ASEGURADO, SUS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS, SU PERSONAL DE SEGURIDAD E INTENDENCIA, AúNQUE ESTOS ÚLTIMOS SEAN SERVICIOS SUBROGADOS CAUSEN A TERCEROS DERIVADO DE SUS ACTIVIDADES Y POR LOS QUE ESTE DEBA DE RESPONDER CONFORME A LA LEGISLACIÓN APLICABLE EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD CIVIL VIGENTE EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, POR HECHOS U OMISIONES NO DOLOSOS OCURRIDOS DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA Y QUE CAUSEN LA MUERTE O EL MENOSCABO DE LA SALUD DE DICHOS TERCEROS O EL DETERIORO O LA DESTRUCCIÓN DE LOS BIENES PROPIEDAD DE LOS MISMOS, SEGÚN LAS CLÁUSULAS Y ESPECIFICACIONES PACTADAS EN EL CONTRATO DE SEGURO LAS RESPONSABILIDADES POR DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS A BIENES PROPIEDAD DE TERCEROS QUE ESTÉN EN PODER DEL ASEGURADO, POR ARRENDAMIENTO, COMODATO O POR DISPOSICIÓN DE AUTORIDAD Y LOS OCASIONADOS POR LAS ACTIVIDADES NORMALES DEL ASEGURADO EN ESTOS BIENES, ASÍ COMO LA RESPONSABILIDAD POR BIENES BAJO CUSTODIA.
ESTA COBERTURA INCLUIRÁ AL PERSONAL DE “EL ASEGURADO” CUANDO ESTE TOME PARTE EN EVENTOS FESTIVOS Y/O CONMEMORATIVOS, ORGANIZADOS O NO POR LA ENTIDAD, CONSIDERÁNDOSE COMO TERCEROS.
RIESGOS CUBIERTOS:
ACTIVIDADES E INMUEBLES
ARRENDATARIO
DAÑOS Y PERJUICIOS
DAÑO MORAL
COSTAS Y GASTOS
GASTOS DE DEFENSA 50%, INCLUIDO EN SUMA ASEGURADA.
ESTACIONAMIENTO DAÑOS MATERIALES, ROBO TOTAL Y CRISTALES
CAJONES: 31
SE CUENTA CON VIGILANCIA Y CONTROL DE ENTRADAS Y SALIDAS Y NO CUENTA CON SERVICIO DE ACOMODADORES.
ELEVADORES Y ESCALERAS
EXTENSIÓN DE R.C. PARA AUTOMÓVILES Y CAMIONES POR $ 1,000,000.00 EN EXCESO DE PÓLIZAS PRIMARIAS.
DAÑOS POR LOS MONTACARGAS Y MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA
RESPONSABILIDAD CIVIL ASUMIDA
BIENES BAJO CUSTODIA.
RIESGOS NO CUBIERTOS:
RESPONSABILIDADES PROFESIONALES
RESPONSABILIDADES DERIVADAS DEL USO, PROPIEDAD O POSESIÓN DE EMBARCACIONES, AERONAVES Y VEHÍCULOS TERRESTRES DE MOTOR PERO SI QUEDAN CUBIERTOS CUANDO LOS VEHÍCULOS TERRESTRES DE MOTOR ESTÉN DESTINADOS A SU EMPLEO EXCLUSIVO DENTRO DE LAS INSTALACIONES DE “EL ASEGURADO” Y NO REQUIERAN DE PLACA PARA SU EMPLEO EN LUGARES PÚBLICOS.
SUMA ASEGURADA:
PARA TODAS Y CADA UNA DE LAS UBICACIONES: $ 20’000.000.00 L.U.C.
R.C. ESTACIONAMIENTO : AMPARADO
LIMITE POR VEHÍCULO $ 500,000.00.
(LOS VEHÍCULOS DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS SE CONSIDERARAN COMO TERCEROS).
EL LÍMITE ASEGURADO OPERA POR EVENTO
DEDUCIBLES:
10 % SOBRE CADA RECLAMACIÓN CON MÍNIMO 50 DSMVGDF
r.c. ESTACIONAMIENTO:
DAÑOS MATERIALES: 5%
ROBO TOTAL: 10%
CRISTALES: 20 % SOBRE EL VALOR DEL CRISTAL .
LOS DEDUCIBLES APLICARÁN SOBRE EL VALOR COMERCIAL DE LA UNIDAD
CONDICIONES ESPECIALES:
INTERESES MORATORIOS
NO SUBROGACIÓN
SECCIÓN IV.- ROBO CONTENIDOS
BIENES CUBIERTOS: MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA PROPIO Y/O DE TERCEROS Y/O DE EMPLEADOS, BAJO SU CUSTODIA O A CARGO DE "EL ASEGURADO”, UTILES Y ACCESORIOS Y DEMAS EQUIPO Y CONTENIDOS PROPIOS A LAS ACTIVIDADES DEL ASEGURADO.
RIESGOS CUBIERTOS:
ROBO CON VIOLENCIA Y/O ASALTO
HURTO (ROBO SIN VIOLENCIA) EN OFICINAS EXCLUSIVAMENTE
DAÑOS MATERIALES QUE SUFRAN LOS BIENES CON MOTIVO DE LA PERPETRACIÓN DE CUALQUIER PERSONA (S), HACIENDO USO DE VIOLENCIA Y/O ASALTO O INTENTO DE ROBO Y/O ASALTO, DEL INTERIOR AL EXTERIOR Y VICEVERSA.
SUMA ASEGURADA:
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD: $ 400,000.00 L.U.C. PARA TODA Y
CADA UBICACIÓN
RIESGOS NO CUBIERTOS:
ROBO EN EL QUE INTERVENGAN EMPLEADOS DEL ASEGURADO.
TERRORISMO Y SABOTAJE
DEDUCIBLES:
10% SOBRE PÉRDIDA CON MÍNIMO DE 40 DSMGVDF.
XXXXX: 25% DE PARTICIPACIÓN EN LA PERDIDA.
CONDICIONES ESPECIALES:
SEGURO A PRIMER RIESGO
INFLACIÓN AL 10%
REINSTALACIÓN AUTOMÁTICA DE SUMA ASEGURADA AL 100% SIN COBRO DE PRIMA.
ERRORES U OMISIONES
VALOR DE REPOSICIÓN Y/O VALOR DE COMPRA
INTERESES MORATORIOS
SECCIÓN V.- DINERO Y VALORES:
BIENES CUBIERTOS:
DINERO EN EFECTIVO O METÁLICO, BILLETES DE BANCO, DOCUMENTOS NEGOCIABLES Y NO NEGOCIABLES, VALORES, PAGOS ESPECIALES, VALES PARA DESPENSA, GASOLINA Y CAJA CHICA, FONDOS FIJOS Y ROTATORIOS, COBRANZA Y GRATIFICACIONES EN PODER DE EMPLEADOS Y PAGADORES.
RIESGOS CUBIERTOS:
DENTRO Y FUERA DEL LOCAL, COMO L.U.C. PARA TODAS Y CADA UNA DE LAS UBICACIONES:
ROBO CON VIOLENCIA
ROBO POR ASALTO
INCENDIO Y/O EXPLOSIÓN
ROBO CON VIOLENCIA Y/O ASALTO
DAÑOS MATERIALES (A BIENES MUEBLES O INMUEBLES QUE PUDIERAN OCASIONARSE EN UN EVENTO DE ROBO Y/O ASALTO).
INCAPACIDAD FÍSICA DE LA PERSONA PORTADORA
ACCIDENTE DEL VEHÍCULO PORTADOR
SUMA ASEGURADA:
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD: $ 1,542,000.00 M.N. L.U.C.
PARA TODA Y CADA UBICACIÓN,
DENTRO Y FUERA DE OFICINAS.
DESGLOSE:
FONDO FIJO: $ 50,000.00 M.N. L.U.C.
NOMINA (DOS DIAS AL MES): $ 52,000.00 M.N. L.U.C.
AGUINALDO (DOS DÍAS DICIEMBRE): $ 60,000.00 X.X. X.X.X.
XXXXX XX XXXXXXXX (0 XXXX XX XXX): $ 30,000.00 M.N. L.U.C.
VALES DE DESPENSA (2 DÍAS MES): $ 150,000.00 M.N. L.U.C.
VALES DE DESPENSA (2 DÍAS DICIEMBRE): $ 1´200,000.00 M.N. L.U.C.
RIESGOS NO CUBIERTOS:
FRAUDE
DESAPARICIÓN MISTERIOSA
TERRORISMO Y SABOTAJE
DEDUCIBLES: 10% SOBRE PÉRDIDA CON MÍNIMO DE 40 DSMGVDF.
CONDICIONES ESPECIALES:
SEGURO A PRIMER RIESGO
REINSTALACIÓN AUTOMÁTICA DE SUMA ASEGURADA AL 100% SIN COBRO DE PRIMA.
ERRORES U OMISIONES
INTERESES MORATORIOS
SECCIÓN VI.- CRISTALES Y ANUNCIOS LUMINOSOS
BIENES CUBIERTOS: CRISTALES DE CUALQUIER TIPO CON ESPESOR MÍNIMO DE 4 MM., CRISTALES DE MOBILIARIO, LUNAS FIJAS, ESPEJOS, VITRINAS, SOBRE MESAS DE TODO TIPO, CRISTALES BISELADOS, VITRALES Y DOMOS; INCLUYENDO AQUELLOS CRISTALES QUE TENGAN DECORADOS TALES COMO REALCES Y ANÁLOGOS, PLATEADOS, DORADOS, TEÑIDOS, GRABADOS, CON PELÍCULA PROTECTORA CORTES E INSTALACIÓN, RÓTULOS O SUS XXXXXX.
RIESGOS CUBIERTOS:
PERDIDAS O DAÑOS MATERIALES DE LOS CRISTALES CAUSADOS POR ROTURA ACCIDENTAL SÚBITA E IMPREVISTA O POR ACTOS VANDÁLICOS.
REMOCIÓN DEL CRISTAL
DECORADO DEL XXXXXXX X XXXXXXXXX ASEGURADOS
DAÑOS COMO CONSECUENCIA DE LAS REPARACIONES, ALTERACIONES, MEJORAS Y/O PINTURA DEL INMUEBLE Y/O DEL CRISTAL ASEGURADO.
RIESGOS NO CUBIERTOS:
DAÑOS POR RASPADURAS
TERRORISMO Y SABOTAJE.
SUMA ASEGURADA:
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD:
PARA TODAS LAS UBICACIONES: $ 100,000.00 M.N. L.U.C.
DEDUCIBLE: 5% SOBRE LA PÉRDIDA CON MÍNIMO DE 5 DSMGVDF.
CONDICIONES ESPECIALES:
SEGURO A PRIMER RIESGO
VALOR DE REPOSICIÓN
REINSTALACIÓN AUTOMÁTICA DE SUMA ASEGURADA AL 100% SIN COBRO DE PRIMA.
ERRORES U OMISIONES
INTERESES MORATORIOS
SECCIÓN VII.- EQUIPO ELECTRÓNICO - PÓLIZA BLANKEt.
BIENES CUBIERTOS:
TODO EL EQUIPO ELECTRÓNICO, SISTEMAS DE COMPUTO PARA EL PROCESAMIENTO DE DATOS, EQUIPOS ÓPTICOS Y DIGITALES DE PRODUCCIÓN DE AUDIO Y VIDEO, FILMACIÓN FOTOGRAFÍA Y SONIDO Y EN GENERAL EQUIPOS DE COMUNICACIONES Y TELECOMUNICACIONES YA SEAN PROPIEDAD DEL ASEGURADO O ALQUILADOS O BAJO CONTROL de “el ASEGURADO” O BAJO CONTROL DE TERCEROS, incluyendo equipos propiedad de empleados, EN LA REPúBLICA MEXICANA; O TENGA BAJO SU CUSTODIA Y RESPONSABILIDAD INCLUYENDO EN FORMA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA: EQUIPOS DE TELEFONÍA, RADIOCOMUNICACIÓN, MÓVIL Y/O PORTÁTIL, DE LOS QUE SEA RESPONSABLE TOTAL O PARCIALMENTE Y SE ENCUENTRAN OPERANDO O EN REVISIÓN O MANTENIMIENTO Y/O EN TRASLADO DENTRO DE LOS LÍMITES DE LA REPÚBLICA MEXICANA. DE LOS QUE SEA RESPONSABLE TOTAL O PARCIALMENTE Y SE ENCUENTRAN OPERANDO.
DE EFECTUARSE ALGÚN EVENTO EXTRAORDINARIO SE CUBRIRÁN EQUIPOS DE COMPUTACIÓN, DE SONIDO Y DE RADIOCOMUNICACIÓN INSTALADOS EN CUALQUIER PARTE DE LA REPúBLICA, FUERA DE LOS PREDIOS DEL ASEGURADO:
CON UN LÍMITE DE $ 2’500,000.00 .
PORTADORES EXTERNOS DE DATOS Y/O PROGRAMAS Y/O SISTEMAS DE INFORMACIÓN, ASÍ COMO EL SOFTWARE, UTILIZADOS EN CUALESQUIER SISTEMA DE COMPUTO O COMUNICACIÓN O DE CONTROL Y OPERACIÓN.
INCREMENTO EN EL COSTO DE OPERACIÓN EN EL CASO DE DAÑOS A LOS EQUIPOS AMPARADOS EN ESTA PÓLIZA.
RIESGOS CUBIERTOS:
TODO RIESGO DE PERDIDA O DAÑO FÍSICO CUBIERTO EN EL RAMO DE EQUIPO ELECTRÓNICO, SÚBITO Y/O IMPREVISTO, CAUSADOS DIRECTAMENTE A LOS BIENES ASEGURADOS BAJO ESTA SECCIÓN, ROBO CON Y SIN VIOLENCIA, ASALTO Y HURTO INCLUYENDO TERREMOTO Y/O ERUPCIÓN VOLCÁNICA Y RIESGOS HIDROMETEOROLÓGICOS, EXTENSIÓN DE CUBIERTA Y FALLA O INTERRUPCIÓN EN EL SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA.
RIESGOS NO CUBIERTOS:
FALLAS O DEFECTOS PREEXISTENTES
PERDIDA O DAÑO A CONSECUENCIA DEL FUNCIONAMIENTO CONTINUO
GASTOS EROGADOS POR MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS
DEFECTOS ESTÉTICOS, TALES COMO RASPADURAS
TERRORISMO Y SABOTAJE
SUMA ASEGURADA:
VALORES TOTALES: $ 125’775,000.00 M.N.
SUBLÍMITE ROBO SIN VIOLENCIA $ 300,000.00 M.N.
PORTADORES EXTERNOS DE DATOS $ 200,000.00 M.N.
EQUIPO MÓVIL Y/O PORTÁTIL $ 5’000,000.00 M.N.
COBERTURA AUTOMÁTICA $ 500,000.00 M.N.
INCREMENTO EN EL COSTO DE OPERACIÓN $ 200,000.00 M.N.
nOTA:
EN LA UBICACIÓN DE MAYORAZGO N° 83 SE LOCALIZA EL 70% APROX. DE EQUIPOS. Y LA EDAD DE LOS EQUIPOS ES DE HASTA 4 AÑOS.
DEDUCIBLES:
TERREMOTO Y ERUPCIÓN VOLCÁNICA: SEGÚN ZONA SISMICA SOBRE EL VALOR DE REPOSICIÓN DEL EQUIPO DAÑADO
COBERTURA BÁSICA: 1% SOBRE SOBRE EL VALOR DE REPOSICIÓN DEL EQUIPO AFECTADO.
EQUIPO MÓVIL: DEDUCIBLE DE LA COBERTURA AFECTADA
PORTADORES EXTERNOS DE DATOS: 2% SOBRE EL VALOR DEL PORTADOR
ROBO SIN VIOLENCIA: 25% SOBRE LA PERDIDA
INCREMENTO EN EL COSTO DE OPERACIÓN: 3 DÍAS DE ESPERA
HUELGAS Y VANDALISMO 1% SOBRE EL VALOR DE REPOSICIÓN DEL EQUIPO AFECTADO
HURACÁN Y GRANIZO, DE ACUERDO AL ENDOSO DE FHM AUTORIZADOS POR LA AMIS.
INUNDACIÓN DE ACUERDO AL ENDOSO DE FHM AUTORIZADOS POR LA AMIS.
LOS LÍMITES PARA EQUIPO MÓVIL Y/O PORTÁTIL Y PORTADORES EXTERNOS DE DATOS ESTÁN INTEGRADOS EN EL VALOR TOTAL
COASEGURO:
TERREMOTO Y ERUPCIÓN VOLCÁNICA SEGÚN ZONA SÍSMICA
INUNDACIÓN según ENDOSO F.H.
DEDUCIBLE PARA ESTA MISMA COBERTURA DEL 2% SOBRE EL VALOR DE REPOSICIÓN DEL EQUIPO AFECTADO.
CONDICIONES DEL SEGURO:
SEGURO A PRIMER RIESGO
ENDOSO DE INFLACIÓN AL 10%
ERRORES U OMISIONES
REINSTALACIÓN AUTOMÁTICA DE SUMA ASEGURADA AL 100% SIN COBRO DE PRIMA
RENUNCIA DE INVENTARIOS HASTA EL 10%
INTERESES MORATORIOS
NO SUBROGACIÓN
VENTA DE SALVAMENTOS
ENDOSO DE VALOR DE REPOSICIÓN
LAS INDEMNIZACIONES PARA ESTA SECCIÓN SIN MENOSCABO DE LO ESTABLECIDO Y SOLICITADO EN LA CLÁUSULA DE VALOR DE REPOSICIÓN, APLICARAN COMO SIGUE:
VALOR DE REPOSICIÓN PARA PÉRDIDAS PARCIALES. VALOR DE REPOSICIÓN PARA PERDIDAS TOTALES EN EQUIPOS CON UNA EDAD MENOR O IGUAL A 4 AÑOS. RESTO DE EQUIPOS INDEMNIZACIÓN A VALOR REAL.
VALOR INDEMNIZABLE: EN CASO DE PÉRDIDA O DAÑO OCURRIDO A CUALQUIERA DE LOS BIENES CUBIERTOS EN LA PRESENTE SECCIÓN, “LA ASEGURADORA” INDEMNIZARA A “EL ASEGURADO” EL COSTO POR CONCEPTO DE LA REPARACIÓN O REPOSICIÓN EN EL MOMENTO Y LUGAR DEL SINIESTRO, CON MATERIALES DE CLASE Y CALIDAD SIMILARES SIN NINGUNA DEDUCCIÓN POR CONCEPTO DE DEPRECIACIÓN.
EN CASO DE PÉRDIDA INDEMNIZABLE, ESTA OPERA A PRIMER RIESGO, POR LO QUE LA COMPAÑÍA SE COMPROMETE A INDEMNIZAR LOS DAÑOS AMPARADOS, HASTA EL MONTO DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA, SIN EXCEDER DEL:
VALOR REAL PARA MAQUINARIA Y HERRAMIENTAS, MOBILIARIO, ARTÍCULOS Y EQUIPOS ELECTRÓNICOS DE OFICINA PROPIOS, NECESARIOS AL GIRO DEL NEGOCIO ASEGURADO.
VALOR DE REPOSICIÓN EN CASO DE DAÑOS MATERIALES A BIENES INMUEBLES
SECCIÓN VIII.- ROTURA DE MAQUINARIA – POLIZA BLANKEt:
BIENES CUBIERTOS: TODO TIPO DE MAQUINARIA TALES COMO, PERO NO LIMITATIVAS A:
SUBESTACIONES, TABLEROS DE CONTROL, BOMBAS, COMPRESORES, ELEVADORES, MOTORES, PLANTAS DE EMERGENCIA, AIRE ACONDICIONADO Y EN GENERAL TODA LA MAQUINARIA PROPIA A LA ACTIVIDAD DE “el ASEGURADO” O DE TERCEROS QUE ESTE BAJO SU RESPONSABILIDAD Y USO Y/O CUSTODIA.
RIESGOS CUBIERTOS: TODO RIESGO DE PÉRDIDA O DAÑO FÍSICO CUBIERTO EN EL RAMO DE ROTURA DE MAQUINARIA, SÚBITO Y/O IMPREVISTO, CAUSADOS DIRECTAMENTE A LOS BIENES ASEGURADOS BAJO ESTA SECCIÓN.
RIESGOS NO CUBIERTOS:
ACTOS INTENCIONADOS O CULPA GRAVE DEL ASEGURADO O SUS REPRESENTANTES.
DEFECTOS PREEXISTENTES
CONTAMINACIÓN RADIOACTIVA
FENÓMENOS NATURALES
ACTIVIDADES U OPERACIONES XX XXXXXX
DESGASTE O DETERIORO PAULATINO, COMO CONSECUENCIA DEL USO
TERRORISMO Y SABOTAJE
SUMAS ASEGURADAS:
VALOR TOTAL $ 33´000,000.00 M.N.
LOS VALORES TOTALES SON EQUIVALENTES AL VALOR DE REPOSICIÓN AL 100%.
SUBLÍMITE POR EQUIPO $ 2’500,000.00 M.N.
NOTA:
EN LA UBICACIÓN DE MAYORAZGO N° 83 SE LOCALIZA EL 70% APROX. DE EQUIPOS. Y LA EDAD DE LOS EQUIPOS ES DE HASTA 4 AÑOS.
DEDUCIBLE:
1% DEL VALOR DE REPOSICIÓN DEL EQUIPO DAÑADO.
CONDICIONES DEL SEGURO:
SEGURO A PRIMER RIESGO
ERRORES U OMISIONES
DAÑOS A OTRAS PROPIEDADES POR FUERZA CENTRIFUGA
EXPLOSIÓN DE CARTERS (MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA)
REINSTALACIÓN AUTOMÁTICA DE SUMA ASEGURADA AL 100% SIN COBRO DE PRIMA.
RENUNCIA DE INVENTARIOS HASTA EL 10%
ENDOSO DE INFLACIÓN AL 10%
INTERESES MORATORIOS
VALOR DE REPOSICIÓN
NO SUBROGACIÓN
LAS INDEMNIZACIONES PARA ESTA SECCIÓN SIN MENOSCABO DE LO ESTABLECIDO Y SOLICITADO EN LA CLÁUSULA DE VALOR DE REPOSICIÓN, APLICARAN COMO SIGUE:
VALOR DE REPOSICIÓN PARA PÉRDIDAS PARCIALES. VALOR DE REPOSICIÓN PARA PERDIDAS TOTALES EN EQUIPOS CON UNA EDAD MENOR O IGUAL A 4 AÑOS. RESTO DE EQUIPOS INDEMNIZACIÓN A VALOR REAL.
VALOR INDEMNIZABLE: EN CASO DE PÉRDIDA O DAÑO OCURRIDO A CUALQUIERA DE LOS BIENES CUBIERTOS EN LA PRESENTE SECCIÓN, “LA ASEGURADORA” INDEMNIZARA A “EL ASEGURADO” EL COSTO POR CONCEPTO DE LA REPARACIÓN O REPOSICIÓN EN EL MOMENTO Y LUGAR DEL SINIESTRO, CON MATERIALES DE CLASE Y CALIDAD SIMILARES SIN NINGUNA DEDUCCIÓN POR CONCEPTO DE DEPRECIACIÓN.
EN CASO DE PÉRDIDA INDEMNIZABLE, ESTA OPERA A PRIMER RIESGO, POR LO QUE LA COMPAÑÍA SE COMPROMETE A INDEMNIZAR LOS DAÑOS AMPARADOS, HASTA EL MONTO DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA, SIN EXCEDER DEL:
VALOR REAL PARA MAQUINARIA Y HERRAMIENTAS, MOBILIARIO, ARTÍCULOS Y EQUIPOS ELECTRÓNICOS DE OFICINA PROPIOS, NECESARIOS AL GIRO DEL NEGOCIO ASEGURADO.
VALOR DE REPOSICIÓN EN CASO DE DAÑOS MATERIALES A BIENES INMUEBLES
SECCIÓN IX.- PÓLIZA DE TRANSPORTES
TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA PÓLIZA DE TRANSPORTES
BIENES AMPARADOS:
ESTE SEGURO CUBRIRÁ TODOS Y CADA UNO DE LOS EMBARQUES DE:
SE INDICAN DE MANERA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA: MAQUINARIA, PARTES, EQUIPO FOTOGRÁFICO, ELECTRÓNICO, MECÁNICO, DE VIDEO, AUDIO, ACCESORIOS, EQUIPO ELECTRÓNICO, MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA, MERCANCÍAS DE TODAS CLASES Y EN GENERAL TODA CLASE DE BIENES PROPIOS AL GIRO Y ACTIVIDAD DEL ASEGURADO, POR LOS CUALES “el asegurado” TENGA UN INTERÉS ASEGURABLE, DONDE “el asegurado” LOS HUBIERE SOLICITADO PARA LA PRESENTE DESDE Y HASTA CUALQUIER PARTE DENTRO DE LOS LÍMITES DE LA REPÚBLICA MEXICANA Y VICEVERSA.
LÍMITES GEOGRÁFICOS Y VIGENCIA DEL SEGURO. EL PRESENTE SEGURO ES UNA PÓLIZA ANUAL SIN DECLARACIONES, LOS BIENES ASEGURADOS QUEDAN AMPARADOS DENTRO DE LA REPúBLICA MEXICANA.
ESTE SEGURO ENTRARA EN VIGOR DESDE EL MOMENTO EN QUE LOS BIENES SALGAN DE LA BODEGA DEL PROVEEDOR U OFICINA DEL REMITENTE Y/O CUALQUIERA DE LAS INSTALACIONES DEL ASEGURADO , DURANTE EL CURSO ORDINARIO DE SU TRANSITO, ENTRE CUALQUIERA DE LAS UBICACIONES DE “el asegurado”, HASTA SU ARRIBO AL LUGAR DE ENTREGA O DE LAS BODEGAS U OFICINAS DEL DESTINATARIO O EN LUGARES DE ORIGEN Y DESTINO MOSTRADOS EN LA PÓLIZA, DENTRO DE LA REPúBLICA MEXICANA Y/O VICEVERSA.
LOS EMBARQUES QUE REALIZA “el asegurado” SE EFECTÚAN EN LA REPúBLICA MEXICANA, SIN EMBARGO NO SE LIMITA A QUE EN ALGUNA OCASIÓN SE CONSIDERE ALGÚN VIAJE FUERA DE LA REPúBLICA MEXICANA SITUACIÓN QUE SERÁ HECHA DEL CONOCIMIENTO DE “LA ASEGURADORA”.
SE ACLARA QUE PARA ESTA PÓLIZA ANUAL SIN DECLARACIONES, SE PRESENTARÁ LA PRIMA ANUAL CORRESPONDIENTE.
DE REQUERIRSE TRANSPORTE FUERA DEL TERRITORIO NACIONAL, “el asegurado” SOLICITARÁ DE MANERA PREVIA LA COTIZACIÓN CORRESPONDIENTE.
MEDIOS DE TRANSPORTES: SE CUBRIRÁN LOS BIENES ASEGURADOS MIENTRAS SE ENCUENTREN EN TRANSITO POR CUALQUIER MEDIO DE TRANSPORTE, YA SEA DEL SERVICIO PÚBLICO FEDERAL Y/O PROPIO Y/O DE TERCEROS, Y/O DE EMPLEADOS, Y/O SERVICIOS DE PAQUETERÍA Y MENSAJERÍA, TERRESTRES, AÉREOS Y CONEXIONES.
RIESGOS CUBIERTOS: CUBRE CONTRA TODO RIESGO DE PERDIDA O DAÑO, BAJO LA QUE SEAN TRANSPORTADOS LOS BIENES ASEGURADOS, ASÍ COMO SU ESTADÍA EN TERMINALES O PUNTOS INTERMEDIOS.
TODO RIESGO DURANTE EL TRANSPORTE; CON LOS RIESGOS DESCRITOS A CONTINUACIÓN ROBO DE BULTO POR ENTERO, ROBO, ROBO PARCIAL, MOJADURA Y OXIDACIÓN, CONTACTO CON OTRAS CARGAS, ROTURAS Y RAJADURAS, FALTANTE POR ROTURA DE ENVASES, DERRAME, ECHAZON, O BARREDURA, TODO RIESGO, COLISIÓN DE LA CARGA CONSIGO MISMA O CON CUALQUIER OTRO CUERPO, DAÑOS A LA CARGA SIN QUE EXISTA COLISIÓN DEL MEDIO DE TRANSPORTE EMPLEADO Y COMBINACIÓN DEL TRANSPORTE, BODEGA A BODEGA PARA EMBARQUES TERRESTRES O AÉREOS, ESTADÍAS HASTA DE 60 DÍAS, HUELGAS O ALBOROTOS POPULARES, DEVOLUCIONES Y COMPRAS QUE REALICE LA INSTITUCION.
LÍMITES DE RESPONSABILIDAD:
LÍMITE MÁXIMO POR EMBARQUE: $ 1’000,000.00 COMO LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD POR EMBARQUE, INCLUYE EL VALOR FACTURA, MAS GASTOS ADICIONALES, MAS IMPUESTOS, MAS DERECHOS Y MAS COSTOS DE FLETES
(DE OCURRIR ALGÚN EVENTO QUE SUPERE ESTA CANTIDAD, SERÁ AVISADO PREVIAMENTE, APLICÁNDOSE LA MISMA CUOTA DE LA PÓLIZA)
ESTIMADO DE EMBARQUES ANUALES: $ 3’000,000.00
DEDUCIBLE: ROBO: 10% SOBRE EL VALOR TOTAL DEL EMBARQUE
DEMAS RIESGO: 3% SOBRE EL VALOR TOTAL DEL EMBARQUE.
RIESGOS NO CUBIERTOS:
FALTA DE CONTENIDO EN LOS BULTOS QUE NO SUFREN DAÑO APARENTE, ROBO EN EL QUE INTERVINIERA DIRECTA O INDIRECTAMENTE UN ENVIADO, EMPLEADO O DEPENDIENTE DEL ASEGURADO (S) Y LA PARTICIPACIÓN DEL ASEGURADO (S) EN CADA PÉRDIDA (DEDUCIBLE).
TERRORISMO Y SABOTAJE.
CONDICIONES ESPECIALES:
DESEMPAQUE DIFERIDO A 90 DÍAS.
EL EMBALAJE ES CONFORME PARA EL ENVÍO DE LOS BIENES DE ACUERDO CON LA ESPECIFICACIÓN DEL FABRICANTE.
ERRORES Y OMISIONES
PÓLIZA TODO BIEN-TODO RIESGO, PRIMER RIESGO
NOTAS:
ALGUNOS BIENES PUEDEN CARECER DE FACTURA Y EN SU CASO SE DEMOSTRARÁ SU PRE EXISTENCIA Y/O PROPIEDAD MEDIANTE FORMATOS DE RESGUARDO O INVENTARIO DONDE APAREZCA EL BIEN REFERIDO O BIEN MEDIANTE ACTA DE CESIÓN DE DERECHOS FIRMADO POR FUNCIONARIO FACULTADO.
Competencia.- En caso de controversia, el Asegurado y/o Beneficiario podrán hacer valer sus derechos en los términos previstos por la Ley de Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros en sus oficinas centrales o en sus delegaciones regionales. En caso de que la Comisión Nacional de Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros no sea designada árbitro conforme lo establece la citada Ley, podrá acudir a los tribunales competentes de la Jurisdicción a la que corresponda el domicilio de la Compañía.
EN UN ESCRITO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, MANIFESTAR EL COMPROMISO DE QUE LA COMPAÑÍA GANADORA AL DÍA SIGUIENTE DEL FALLO DEBERÁ OTORGAR UNA CARTA COBERTURA, QUE PROPORCIONE LA SEGURIDAD DE TENER EL PROGRAMA INTEGRAL DE ASEGURAMIENTO DEBIDAMENTE CUBIERTO.
EN UN ESCRITO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, MANIFESTAR EL COMPROMISO DE EMITIR ESTADOS DE CUENTA SOBRE LOS DIFERENTES XXXXX CONTRATADOS, REFERENTES A ALTAS, BAJAS Y COBRANZAS, DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, CUANDO ASÍ LO REQUIERA el imer
EN UN ESCRITO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, MANIFESTAR EL COMPROMISO DE EMITIR TRIMESTRALMENTE UN INFORME DE SINIESTRALIDAD EN TODOS LOS XXXXX E INCLUSO BAJO UN SISTEMA COMPATIBLE A LOS QUE UTILICE el imer (EN DISCO PARA PC), CON LA PERIODICIDAD Y CONTENIDO INDICADO EN LAS BASES Y PÓLIZAS.
ESCRITO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, MANIFESTANDO EL COMPROMISO DE REALIZAR REUNIONES DE TRABAJO QUE EN FORMA ESPECIAL SEAN REQUERIDAS POR el imer EN LAS QUE, PARTICIPARÁ CUANDO SEA NECESARIO EL ASESOR EXTERNO DE SEGUROS, PARA ASUNTOS RELACIONADOS CON LOS CONTRATOS DE SEGUROS, SU MANTENIMIENTO Y ATENCIÓN.
COMO COMPLEMENTO A LAS CONDICIONES ESPECIALES DEL ANEXO TECNICO, ACOMPAÑAR LAS CONDICIONES GENERALES APLICABLES A CADA RAMO Y/O PÓLIZA.
FENÓMENOS HIDROMETEOROLÓGICOS (ENDOSO XX XXXXXXX).
CLÁUSULA de prelación.
CLÁUSULA de no adhesión.
ANEXO 2
FORMATO DE ACREDITACIÓN
Para La Licitación Pública Nacional
No. 04340002-001-10
(Nombre) manifiesto bajo protesta de decir la verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente licitación a nombre y representación de (nombre de la persona física o moral).
No. de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Registro Federal de Contribuyentes: |
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Domicilio: |
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Calle Número |
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Colonia: |
Delegación ó Municipio: |
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Código Postal: |
Entidad federativa: |
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Teléfonos: |
Fax: |
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Correo electrónico: |
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No. y fecha de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: |
Fecha: |
|
Fecha y datos del Registro de Comercio: |
||
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: |
||
|
||
Relación de accionistas: |
||
Apellido paterno Apellido materno Nombre (s) |
||
|
||
|
||
|
||
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Descripción del objeto social (actual): |
||
Reformas al acta constitutiva: |
||
|
Nombre del apoderado o representante: |
|
Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades: |
|
No. y fecha de la escritura pública: |
|
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se otorgó: |
|
(Lugar y fecha)
Protesto lo Necesario
(Nombre y firma)
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado.
ANEXO 3
Para La Licitación Pública Nacional
No. 04340002-001-10
Carta poder
Xxxxxx, X. X., x xx xxx 0000.
Instituto Mexicano de la Radio
Presente
(Nombre de quien otorga el poder) bajo protesta de decir verdad, en mi carácter de (el que ostenta quien otorga el poder) de la empresa denominada (nombre de la persona moral) según consta en el testimonio notarial del (fecha) otorgado ante el notario público número __________ de (cuidad en que se otorgó) y que se encuentra registrado bajo el número ___________ del registro público de comercio de (ciudad en que se efectuó el registro) ; por este conducto autorizo a (nombre de quien recibe el poder) para que a nombre de mi representada se encargue de las siguientes gestiones:
entregar y recibir documentación;
participar en los actos de apertura de proposiciones y fallo; y
hacer las aclaraciones que se deriven de dichos actos.
_____________________ ________________________
Nombre, domicilio y firma Nombre, domicilio y firma
de quien otorga el poder de quien recibe el poder
T E S T I G O S
_____________________ ________________________
Nombre, domicilio y firma Nombre, domicilio y firma
Nota: El presente anexo debe venir acompañado de original y copia de las identificaciones de las personas que firman.
ANEXO 4
Para La Licitación Pública nacional
No. 04340002-001-10
CARTA DEL ARTÍCULOS 50 Y 60 ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO
DE LA LEY Y 8, FRACCIÓN XX DE LA LFRASP
México, D.F., a de del 2010.
Instituto Mexicano de la Radio
Presente
C.___________________________________ apoderado legal de la empresa _____________________________________ según se acredita en el testimonio notarial No. _______________ de fecha ________________________ otorgado ante la xx xxx xxxxxxx público no. ______________________ de la ciudad de __________________ y que se encuentra inscrito en el folio mercantil No. _____________ en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de ______________________________________, manifiesto bajo protesta de decir verdad que ni el suscrito, ni ninguno de los socios integrantes de la empresa que represento, se encuentra en los supuestos de los artículos 31, fracción XXIV, 50 Y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 8 fracción XX de la LFRASP..
Así mismo manifiesto bajo protesta de decir verdad que por mi conducto, como persona ( física o moral ) no me encuentro inhabilitado, con el propósito de evadir los efectos de la inhabilitación, tomando en consideración los supuestos siguientes:
Personas xxxxxxx en cuyo capital social participen personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas en términos del primer párrafo de esta fracción;
Personas xxxxxxx que en su capital social participen personas xxxxxxx en cuyo capital social, a su vez, participen personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas en términos del primer párrafo de esta fracción, y
Personas físicas que participen en el capital social de personas xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas.
La participación social deberá tomarse en cuenta al momento de la infracción que hubiere motivado la inhabilitación
La falsedad en la manifestación a la que se refiere esta fracción, será sancionada en los términos de la “Ley”.
En caso de omisión en la entrega del escrito a que se refiere esta fracción, o si de la información y documentación con que cuente la Secretaria de la Función Publica se desprende que las personas físicas x xxxxxxx pretenden evadir los efectos de la inhabilitación, las dependencias y entidades se abstendrán de firmar los contratos correspondientes; conforme a lo dispuesto en el Artículo 31 Fracción XXIV de la “Ley”.
En el entendido, de que de no manifestarme con veracidad, acepto que ello sea causa de las sanciones correspondientes.
A T E N T A M E N T E
______________________
NOMBRE, CARGO Y FIRMA
DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO 5
Para La Licitación Pública nacional
No. 04340002-001-10
Declaración de discapacidad
México, D.F., a de del 2010.
Instituto Mexicano de la Radio
Presente
¿CUENTA CON PERSONAS CON DISCAPACIDAD? : NO SI
(Marque con una “X” su elección, si eligió NO, únicamente deberá poner nombre, firmar y cargo en la parte inferior del presente anexo, si eligió SI siga las instrucciones que se detallan a continuación).
INSTRUCCIONES: Favor de describir los datos que se le solicitan a continuación:
Persona Física
Nombre
__________________________________________________________________________
RFC____________________________________________________________con domicilio en: ______________________________________________________________________
Bajo protesta de decir verdad:
Declaro que tengo una discapacidad y tengo más de seis meses registrado en el régimen obligatorio del IMSS.
Persona Moral
En mi carácter de (representante legal, apoderado especial o general) de la empresa (nombre o razón social)
Bajo protesta de decir verdad:
Declaro que mi representada cuenta en su plantilla de personal con un mínimo del 5% de empleados con discapacidad, con una antigüedad mayor de seis meses en el régimen obligatorio del IMSS, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.
A T E N T A M E N T E
______________________
NOMBRE, CARGO Y FIRMA
DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO 6
Para La Licitación Pública nacional
No. 04340002-001-10
carta de integridad
Xxxxxx, X. X., x xx xxx 0000.
Instituto Mexicano de la Radio
Presente
C.__________________________representante legal de licitante ____________________________, quien participa en el procedimiento de licitación manifiesto que por mí o por interpósita persona, nos abstendremos de adoptar conductas, en la que los servidores públicos, de este Instituto induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
A T E N T A M E N T E
______________________
NOMBRE, CARGO Y FIRMA
DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO 7
Para La Licitación Pública nacional
No. 04340002-001-10
Compromiso con la Transparencia
Bajo protesta de decir verdad, que el pacto de integridad para fortalecer la transparencia en el proceso relativo a la Licitación Pública Internacional No. para la __________________________ que acuerdan suscribir el “Instituto”, representado en este acto por (1)______________________(ver nota a pie)_________________en su carácter de (2)____________________(ver nota a pie)___________________, a quien en lo sucesivo se le denominara El ”“Instituto””, y (3)_________________________________________ representada por (4)__________________________________________________ En su carácter de (5)________________________________ a quien en lo sucesivo se le denominara “La Empresa” al tenor de las siguientes consideraciones y compromisos.
9.CONSIDERACIONES
El Gobierno Federal se ha comprometido a impulsar acciones para que su actuación obedezca a una estrategia de ética y transparencia.
II. Que es de su interes contar con el apoyo, participación, vigilancia y compromiso de todos los integrantes de la sociedad.
III Que la falta de transparencia es una situación que daña a todos, se puede constituir en fuente de conductas irregulares
IV. Es objeto de este instrumento mantener el compromiso de las partes en no tratar de influir en el proceso de contratación mediante conductas irregulares.
Se requiere la participación de los partes involucradas, para fomentar la transparencia en el proceso de contratación.
Este pacto representa un compromiso moral, el cual se deriva de la buena voluntad de las partes.
Dentro de este marco los firmantes asumen los siguientes:
10.COMPROMISOS
Vigilar que los empleados que intervengan en el proceso de contratación cumplan con los compromisos aquí pactados.
Aceptar la responsabilidad de su actividad para con la sociedad y el Gobierno Federal.
Elaborar su propuesta a efecto de coadyuvar en la eficiente y eficaz utilización de los recursos públicos destinados a la contratación.
Conocer y aceptar las condiciones para las cuales esta capacitado y considerar en su propuesta los elementos necesarios para en su caso, la fabricación de los bienes con calidad, eficacia y eficiencia.
Actuar siempre con lealtad y mantener confidencialidad sobre la información que haya obtenido en el proceso de contratación.
Desempeñar con honestidad las actividades que conforman el proceso de contratación y en su caso, la realización de las acciones que de el se deriven.
Actuar con integridad profesional cuidando que no se perjudiquen intereses de la sociedad o la nación.
Manifestar de que por si mismo o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas para que los servidores públicos de la entidad “Convocante”, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorguen condiciones mas ventajosas, con relación a los demás participantes, y evitar arreglos compensatorios o contribuciones destinadas a influenciar o asegurar la contratación para si o para terceros.
Omitir actitudes y realización de actos que puedan dañar la reputación de las instituciones gubernamentales o de terceros.
Del “Instituto”
Exhortar a los servidores públicos, que por razón de su actividad intervengan en el proceso de contratación, cumplan con los compromisos aquí pactados y difundir el presente pacto entre su personal, así como terceros que trabajen para el “Instituto”, que por razones de sus actividades intervengan durante el proceso de contratación.
Desarrollar sus actividades en el proceso de contratación dentro de un código de ética y conducta.
Evitar arreglos compensatorios o contribuciones destinadas a favorecer la contratación.
Rechazar cualquier tipo de compensación que pudiera predisponerle a otorgar ventajas en el proceso de contratación.
Actuar con honestidad y transparencia durante el proceso de contratación.
Actuar en todo momento con imparcialidad en beneficio del “Instituto” y sin perjuicio del licitante.
Llevar a cabo sus actividades con integridad profesional, sin perjudicar los intereses de la sociedad y la nación.
El presente pacto de integridad se firma de común acuerdo en México, D.F. a ____ de ___________ de __________.
Por el “Instituto” |
Por la Empresa |
NOTAS:
Nombre del servidor público designado para llevar a cabo el proceso de contratación. (este dato será llenado en la presentación de proposiciones).
Cargo del servidor público designado para llevar a cabo el proceso de contratación (este dato será llenado en la presentación de proposiciones).
Nombre de la empresa.
Nombre del representante legal de la empresa.
Cargo del representante legal de la empresa.
ANEXO 8
Para La Licitación Pública nacional
No. 04340002-001-10
Carta de sobre el uso de patentes, marcas y derechos de autor
México, D.F., a de del 2010.
Instituto Mexicano de la Radio
Presente
Por este conducto, deseo manifestar a ustedes, bajo protesta de decir verdad, que seré responsable en todo momento sobre el uso de patentes, marcas y derechos de autor que pudieran infringirse, eximiendo a la Convocante de cualquier responsabilidad al respecto.
A T E N T A M E N T E
______________________
NOMBRE, CARGO Y FIRMA
DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO 9
Para La Licitación Pública nacional
No. 04340002-001-10
Carta donde se haga constar que se han prestado los servicios a dependencias de la adminsitración pública federal
México, D.F., a de del 2010.
Por este conducto informo que mi representada ha prestado sus servicios en alguna dependencia (s) de la Administración Pública Federal, como se hace constar en los documentos anexos (adjuntar información que acredite el dicho).
A T E N T A M E N T E
______________________
NOMBRE, CARGO Y FIRMA
DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO 10
Para La Licitación Pública nacional
No. 04340002-001-10
carta de cumplimiento con las normas oficiales
México, D.F., a de del 2010.
Instituto Mexicano de la Radio
Presente
Carta en papel membretado del licitante firmada por el mismo o su representante o apoderado legal, en la que declare bajo protesta de decir verdad, en la que manifieste que los bienes ofertados cumplen con las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas o a falta de estas las Normas Internacional correspondientes.
A T E N T A M E N T E
______________________
NOMBRE, CARGO Y FIRMA
DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO 11
Para La Licitación Pública nacional
No. 04340002-001-10
PROPUESTA ECONÓMICA
México, D.F., a de del 2010.
Instituto Mexicano de la Radio
Presente
Por mi propio derecho, en mi carácter de (indicar puesto) de la empresa (nombre o razón social) manifiesto a usted lo siguiente:
A) Que oportunamente registre a la empresa que represento en el Sistema CompraNet para participar en la Licitación Pública Nacional no. 04340002-010-09, y que habiendo tomado debida nota de la información y contenido de la Convocatoria a que se sujetara el mismo y de acuerdo con las cuales tendrá lugar el suministro de (se anotara el nombre de los bienes)
B) Que conozco y acato las disposiciones legales para la prestación de servicios que rigen estas operaciones en los órganos descentralizados del Gobierno Federal Mexicano.
C) Que las condiciones de mi oferta son las siguientes:
C.1) Los precios serán firmes hasta el abastecimiento total de los servicios adjudicados.
Partida |
Descripción del Servicio |
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Importe |
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Descuento opcional |
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Subtotal |
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IVA. |
$ |
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Total |
$ |
(ANOTAR EN LETRA EL IMPORTE TOTAL EN MONEDA NACIONAL) ________________
C.2) Que mi oferta es ________________
C.3) Que las condiciones de pago son las establecidas en las bases de la presente licitación.
D) Que la vigencia de mi oferta es de 60 días naturales a partir de la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones.
Hago constar que la información contenida en la Convocatoria para participar en la licitación emplazada por el Instituto Mexicano de la Radio, han sido revisadas por el personal técnico y jurídico de esta empresa y estamos de acuerdo en que rijan las operaciones comerciales ante el Instituto y mi representado.
A T E N T A M E N T E
______________________
NOMBRE, CARGO Y FIRMA
DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO 12
Para La Licitación Pública nacional
No. 04340002-001-10
México, D.F., a de del 2010.
Instituto Mexicano de la Radio
Presente
CÉDULA RESUMEN
Nombre de la persona física o moral:
Nombre y cargo del apoderado:
Registro Federal de Contribuyentes:
Importe total de la cotización: _______________________________________________
( En pesos sin I.V.A.)
Vigencia de la cotización: 60 días naturales a partir del acto de presentación y apertura de ofertas.
Total de la partida cotizadas: ___________________________________________________
( Cantidad de la Partida )
Plazo de entrega de los bienes: De conformidad a lo establecido en la Convocatoria de la presente licitación.
Lugar donde se entregaran los bienes: De conformidad a lo establecido en la Convocatoria de la presente licitación.
Condiciones de pago: De conformidad a lo establecido en la Convocatoria de la presente licitación.
Declaro bajo protesta de decir verdad haber leído la Convocatoria de participación para la presente licitación y acepto las condiciones establecidas en ésta.
______________________
NOMBRE, CARGO Y FIRMA
DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO 13
Para La Licitación Pública Internacional
No. 04340002-010-09
Formato DEL CONTRATO de seguro
D E C L A R A C I O N E S
X. Xxx XXXX que:
I.1 Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio en términos de lo establecido en los artículos 3°, fracción I, y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, creado por Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 xx xxxxx de 1983, reformado y adicionado por Decreto publicado en el mismo medio oficial el 11 de enero de 1994, y cuyo objeto consiste en prestar el servicio de radiodifusión actividad de interés público sin fines de lucro, así como apoyar a la Secretaría de Educación Pública en la operación de las estaciones radiodifusoras pertenecientes al Ejecutivo Federal.
I.2 Su Representante Legal, la L.C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, está debidamente facultada para celebrar este Contrato, en términos de la Escritura Pública No. 237,716, de fecha 05 de septiembre del 2007, otorgada por el Xxx. Xxxxxxx X. Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 00 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx.
1.3 Para el cumplimiento de los programas a su cargo, requiere de una empresa que pueda proporcionar al IMER el servicio en materia de seguros, descrito en este contrato.
1.4 La adjudicación del presente Contrato se realizó bajo el Procedimiento de Licitación Pública Nacional No. 04340002-001-10, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 28 fracción I de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
1.5 Tiene autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público presupuesto para cubrir el compromiso derivado de este Contrato, bajo las Partidas Presupuestales ____ “________________”, en términos de la solicitud de servicio con número de folio ___, autorizadas por el Departamento de Ejercicio y Control Presupuestal del IMER.
1.6 Señala para efectos de este instrumento como domicilio el ubicado en calle Mayorazgo No. 83, Colonia Xoco, Delegación Xxxxxx Xxxxxx, C. P. 03330 en México Distrito Federal.
II. De la ASEGURADORA, que:
II.1 Es una ________, constituida conforme a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y con la Ley de Sociedades Mercantiles, en términos de la Escritura Pública No. ___ de fecha __ de __________ de ________, otorgada por el Notario Público del Distrito Federal, Lic._____________, e inscrita en el Registro Público de Comercio con el Número _______ , el __ de _____ de _____.
II.2 Tiene como objeto social, actuar como __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________, para llevar a cabo el aseguramiento integral del personal del IMER.
II.3 Su Representante Legal, el ___________________, cuenta con facultades legales suficientes para suscribir este Contrato, en términos de la Escritura Pública No. ______ de fecha __ de ____________ del _________, otorgada ante la fe del Lic. ___________________, Notario Público No. ___ del Distrito Federal, y manifiesta que dichas facultades no le han sido revocadas o modificadas en forma alguna.
II.4 No se encuentran, y ninguno de sus socios, accionistas y funcionarios, en alguno de los supuestos que establece el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de Sector Público, por lo que se encuentra debidamente facultado para celebrar este Contrato.
II.5 Conoce el contenido y alcance legal de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.
II.6 Está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con la clave __________y, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, manifiesta que ha presentado al IMER el escrito mediante el cual manifiesta bajo protesta de decir verdad que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales que en la citada regla se señalan.
II.7 Su domicilio para los efectos del presente Contrato es el ubicado en __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO
En virtud del presente Contrato, la ASEGURADORA se obliga a otorgar al IMER una póliza de seguro colectivo de vida o incapacidad total permanente que cubrirá el programa de aseguramiento integral del personal del IMER, conforme a la Licitación Pública a que se refiere la declaración 1.4 y de acuerdo con las especificaciones de la Propuesta Técnica de la ASEGURADORA, que debidamente firmada por las PARTES forma parte integrante este instrumento; y que dado el volumen de la misma, se encuentra para consulta de las PARTES en el Departamento de Suministros y Almacenes del IMER.
SEGUNDA.- DESCRIPCION DEL SERVICIO
De conformidad con la cláusula anterior, la ASEGURADORA se obliga a otorgar al IMER la siguiente póliza, misma que, a continuación se describe:
PARTIDA ASIGNADA |
DESCRIPCIÓN DE LAS POLIZAS |
1 |
SEGURO COLECTIVO DE VIDA O INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE 1. CARACTERÍSTICAS 2. CONDICIONES Y COBERTURAS 3. ADMINISTRACIÓN 4. GARANTÍAS DE SERVICIO 5. POBLACIÓN
|
TERCERA.- IMPORTE TOTAL Y PRECIOS UNITARIOS DE LOS SERVICIOS.
El importe total a ejercer por los servicios de Póliza de Seguro Colectivo de Gastos Médicos Mayores, que requiere el IMER es de $_________ M. N. (___________________________/100 MONEDA NACIONAL), más el Impuesto al Valor Agregado.
Los precios unitarios estipulados en esta cláusula serán firmes y no estarán sujetos a cambios durante la vigencia del presente Contrato de conformidad con la Propuesta Económica presentada por la ASEGURADORA, la cual se incorpora a este Contrato, y forma parte integrante del mismo, como Anexo 1.
El precio ofertado es fijo y se refiere a que las cuotas o tarifas unitarias se mantendrán inalterables hasta el vencimiento de la póliza y ésta servirá de base para el cobro o devolución de los movimientos asegurados.
CUARTA.- PLAZO, CONDICIONES Y LUGAR DE PAGO.
El IMER pagará a la ASEGURADORA, la cantidad estipulada en la cláusula anterior, en mensualidades vencidas a los 15 (quince) días hábiles posteriores a la entrega de las facturas correspondientes, siempre y cuando cumplan con los requisitos fiscales vigentes aplicables dentro de la República Mexicana, en las cuales deberá constar el visto bueno del área solicitante, así como de la Subdirección de Administración del IMER.
Los pagos se efectuarán de lunes a viernes de las 9:00 a las 14:00 horas en la caja del Departamento de Tesorería, ubicada en la Xxxxx xx Xxxxxxxxx Xx. 00 Xxxxxxx Xxxx, X. X. 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
Se podrán adelantar pagos con respecto a la fecha pactada originalmente, por lo que el IMER aplicará un 1% (uno por ciento) de descuento sobre el importe total a pagar sin incluir el I. V. A. por cada día natural de adelanto solicitado. Su ejercicio será optativo para la ASEGURADORA.
QUINTA.- VIGENCIA.
La ASEGURADORA se responsabiliza del aseguramiento integral de personas descrito en la Cláusula Primera y en la Propuesta Técnica del presente instrumento, a partir de las 00:01 Horas del día 1 de enero del 2010 a las 24:00 horas del día 31 de diciembre del 2010.
La ASEGURADORA garantizará la calidad y alcance de los servicios, durante toda la vigencia de las pólizas de seguro. Las acciones, que del contrato se deriven, prescribirán en dos años, contados a partir de la fecha del acontecimiento que les dio origen, de conformidad con el artículo 81 de la Ley del Contrato de Seguro.
SEXTA.- DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS.
Para el debido cumplimiento de este Contrato, la ASEGURADORA se obliga a cubrir los riesgos que se encuentran descritos en la Cláusula Primera, así como en las Bases de Licitación Pública Nacional No. 04340002-001-10 y en la Propuesta Técnica de la ASEGURADORA.
La ASEGURADORA se obliga a cubrir el seguro colectivo del seguro colectivo de vida o incapacidad total y permanente, que se generen en los rubros que de forma enunciativa más no limitativa se encuentran descritos en la Licitación Pública Nacional No. 04340002-001-10, y en la Propuesta Técnica de la ASEGURADORA.
La ASEGURADORA, se compromete a presentar el listado de los médicos coordinadores y a proporcionar los procedimientos operativos necesarios para atender las reclamaciones del IMER.
Asimismo, la ASEGURADORA presentará el organigrama del área que atenderá al IMER señalando el ejecutivo que dará atención al IMER y los tiempos de respuesta contenidos en las condiciones generales.
SÉPTIMA.- LUGAR DE ENTREGA DE LAS PÓLIZAS.
Las pólizas deberán ser entregadas en la Subdirección de Administración, ubicada en Xxxxxxxxx Xx. 00 Xxxxxxx Xxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, C. P. 03330.
OCTAVA.- TIEMPO DE ENTREGA DE LAS PÓLIZAS.
La ASEGURADORA deberá entregar al IMER las pólizas, a más tardar el día __ de ____ del 2010, junto con la carta cobertura, notificando el __ de ______ del 2010, los números de póliza correspondientes.
NOVENA.-MODIFICACIONES A LAS PÓLIZAS.
El IMER notificará por escrito a la ASEGURADORA las altas y bajas del personal asegurado.
DÉCIMA.- COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS.
La coordinación y supervisión de los servicios de aseguramiento integral de personas, objeto del presente Contrato, estará a cargo de la Subdirección de Administración del IMER.
DÉCIMA PRIMERA.- GARANTÍA DEL SERVICIO.
La ASEGURADORA se obliga a garantizar la calidad y alcance de los servicios, durante la vigencia del presente Contrato y de las pólizas de seguro.
Las acciones que de los contratos se deriven, prescribirán a los 2 (dos) años, contados a partir de la fecha del acontecimiento que les dio origen, de conformidad con el artículo 81 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.
DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO.
Durante la vigencia del presente Contrato el IMER podrá acordar el incremento en la cantidad total de los servicios contratados, mediante modificaciones por escrito a los contratos vigentes, con las que se deberá de contar antes de la prestación de cualquier servicio adicional, siempre que el monto total de las modificaciones no rebasen en conjunto el 20 (veinte) por ciento de los conceptos establecidos originalmente en los mismos; siempre y cuando los precios unitarios correspondientes a las cantidades adicionales sean iguales a los pactados inicialmente.
DÉCIMA TERCERA.- PENA CONVENCIONAL.
Si la ASEGURADORA no cumple con las obligaciones asumidas en el presente Contrato de Seguro, al hacerse exigibles legalmente, deberá pagar al IMER una indemnización por xxxx en moneda nacional al valor que las Unidades de Inversión tengan al a fecha en que se efectúe el mismo, además la ASEGURADORA pagará un interés moratorio, cuya tasa será igual al resultado de multiplicar por 1.25 el costo de captación a plazo de pasivos denominados en Unidades de Inversión de las instituciones de banca múltiple del país, publicado por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, correspondiente a cada uno de los meses en que exista xxxx. Los intereses moratorios se generarán por día desde aquel en que se haga exigible legalmente la obligación principal y hasta el día inmediato anterior a aquél en que se efectúe el pago.
DÉCIMA CUARTA.- OBLIGACIONES FISCALES.
Todas las obligaciones fiscales que se causen con motivo del presente Contrato estarán a cargo de la ASEGURADORA, excepción hecha al Impuesto al Valor Agregado, mismo que será cubierto por el IMER.
DÉCIMA QUINTA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA.
El IMER podrá rescindir administrativamente el presente Contrato sin necesidad de declaración judicial previa por incumplimiento de la ASEGURADORA a cualquiera de las obligaciones consignadas a su cargo.
Anterior a que opere la rescisión, la parte que la invoque comunicará, por escrito, a la otra la causa que la origina, para que en un plazo de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y, en su caso, corrija la causa. Una vez corregida la causa de incumplimiento lo hará del conocimiento de la otra parte quien evaluará continuar con el Contrato o no, lo cual lo hará del conocimiento de la parte que incumplió dentro del plazo de los 15 (quince) días hábiles posteriores a aquél en que este manifieste lo que a su derecho convenga, transcurrido dicho plazo, la parte que no incumpla determinará si procede o no a rescindir el Contrato, lo cual si procede la rescisión, operará a partir de la fecha del escrito de procedencia de la rescisión. Dicha determinación deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada a la ASEGURADORA.
Cuando se rescinda el contrato se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar el IMER por concepto de los servicios prestados hasta el momento de la rescisión.
La rescisión del contrato no afectará las situaciones jurídicas que se hubiesen derivado y que se encuentren en proceso de cumplimiento.
DÉCIMA SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.
El IMER podrá dar por terminado anticipadamente el presente Contrato cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los Servicios y de continuar con el cumplimiento de este instrumento se ocasione algún daño o perjuicio al IMER, debiendo notificar a la ASEGURADORA con 10 (diez) días naturales de anticipación a la fecha de terminación.
DÉCIMA SÉPTIMA.- RELACIONES LABORALES.
La ASEGURADORA como empresario y patrón del personal que llegare a ocupar con motivo de los servicios contemplados en este Contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social.
En los términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, la ASEGURADORA se obliga a contar con los elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de la relación con sus trabajadores.
Ambas partes reconocen expresamente que las únicas relaciones jurídicas entre la ASEGURADORA y el IMER, son las derivadas del presente Contrato, razón por la cual el IMER es ajeno, en lo absoluto, a las relaciones entre la ASEGURADORA y el personal asignado por ésta para la prestación del servicio contratado y, por ende, la ASEGURADORA asume expresamente a obligación derivada de las relaciones laborales con dicho personal, obligándose a cubrir todas y cada una de las obligaciones que resulten a su cargo, de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley Federal del Trabajo, INFONAVIT, Instituto Mexicano del Seguro Social, Leyes impositivas y demás ordenamientos y disposiciones conexas al presente Contrato.
La ASEGURADORA será la única responsable como patrón en el desempeño de su personal y, consecuentemente, el operador no tendrá ninguna responsabilidad de carácter laboral, fiscal, riesgo profesional o de cualquier índole.
La ASEGURADORA asume toda la responsabilidad y en todo momento sobre su personal exclusivo por lo que se entiende que no hay relación laboral alguna entre el personal del IMER y la ASEGURADORA, personalmente ni con los empleados que utilizare. Por lo tanto, la ASEGURADORA se obliga a indemnizar y sacar en paz y a salvo al IMER de cualquier reclamación o juicio laboral o seguridad social presentado por las autoridades competentes o por los trabajadores de la ASEGURADORA en contra del IMER. Con este fin, la ASEGURADORA, cuyos empleados hayan demandado o hayan sido la causa de la demanda asumirá la defensa del caso como patrón único y hará lo necesario para demostrar que no existe una relación laboral de dichos trabajadores con el IMER. Todos los gastos y costas en que realice el IMER por demandas laborales presentadas por los trabajadores de la ASEGURADORA incluyendo las costas y honorarios legales, así como los daños y perjuicios que se lleguen a causar, serán pagados al 100% (cien por ciento) por la ASEGURADORA cuyos empleados hayan demandado o hayan sido la causa de la demanda.
DÉCIMA OCTAVA.- CESIÓN DE DERECHOS.
La ASEGURADORA no podrá ceder, total o parcialmente, los derechos a su favor o las obligaciones a su cargo derivadas del presente Contrato, salvo los derechos de cobro, en cuyo caso la ASEGURADORA deberá contar con la autorización previa del IMER por escrito.
DÉCIMA NOVENA.- COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES.
Las comunicaciones relativas al cumplimiento de este Contrato, deberán ser por escrito e ir dirigidas, en el caso del IMER, a la Dirección de Administración y Finanzas ubicada en el domicilio señalado en la Declaración I.6, y en el caso de la ASEGURADORA, el precisado en la Declaración II.7.
VIGÉSIMA.- LEGISLACIÓN.
En todo lo relativo a lo no previsto en este Contrato, las partes convienen sujetarse a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, así como a las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de este Instituto, en la Ley Sobre el Contrato de Seguro y a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y de manera supletoria el Código de Comercio, el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, a los Lineamientos Relativos a la Contratación de Seguros Sobre Bienes Patrimoniales y de Personas, que realicen las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, las Bases de Licitación Pública Nacional No. 04340002-001-10, y demás disposiciones legales aplicables vigentes en la República Mexicana.
VIGÉSIMA PRIMERA.- JURISDICCIÓN.
En caso de controversia derivada de la interpretación o cumplimiento de este Contrato, las partes convienen someterse a la Jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en el Distrito Federal, renunciando al fuero que pudiese corresponderles por razón de su domicilio o por cualquier otra causa.
LEÍDO QUE FUE ESTE DOCUMENTO, ENTERADAS LAS PARTES DEL CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS QUE LO INTEGRAN Y RATIFICAN EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES Y LO FIRMAN DE CONFORMIDAD POR CUADRUPLICADO, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, EL ____ DE ______ DEL DOS MIL DIEZ.
INSTITUTO MEXICANO DE LA RADIO
______________________________________________ _________________________________
L.C. XXXXXX XXXXXX XXXXXX
Directora de Administración y Finanzas Representante Legal
AREA RESPONSABLE
__________________________________________
L.C. XXXXX XXXXX XXX XXXX
Subdirectora de Administración
Las firmas que anteceden corresponden al Contrato de Prestación de Servicios de Aseguramiento Integral de Personas No. XXX/10, que celebran el Instituto Mexicano de la Radio, representado por la L.C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx ____________ representado por _________________, en su carácter de Representante Legal, el __ de _______ del 2010, el cual consta de __ (_________) hojas útiles por un solo lado, incluyendo el anexo.
CONTRATO DE GASTOS MEDICOS MAYORES
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE ASEGURAMIENTO INTEGRAL DE PERSONAS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO MEXICANO DE LA RADIO, REPRESENTADO POR LA L.C. XXXXXX XXXXXX XXXXXX, EN LO SUCESIVO EL IMER Y POR LA OTRA, _____________., REPRESENTADO POR _____________, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA ASEGURADORA, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
X. Xxx XXXX que:
I.1 Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio en términos de lo establecido en los artículos 3°, fracción I, y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, creado por Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 xx xxxxx de 1983, reformado y adicionado por Decreto publicado en el mismo medio oficial el 11 de enero de 1994, y cuyo objeto consiste en prestar el servicio de radiodifusión actividad de interés público sin fines de lucro, así como apoyar a la Secretaría de Educación Pública en la operación de las estaciones radiodifusoras pertenecientes al Ejecutivo Federal.
I.2 Su Representante Legal, la L.C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, está debidamente facultada para celebrar este Contrato, en términos de la Escritura Pública No. 237,716, de fecha 05 de septiembre del 2007, otorgada por el Xxx. Xxxxxxx X. Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 00 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx.
1.3 Para el cumplimiento de los programas a su cargo, requiere de una empresa que pueda proporcionar al IMER el servicio en materia de seguros, descrito en este contrato.
1.4 La adjudicación del presente Contrato se realizó bajo el Procedimiento de Licitación Pública Nacional No. 04340002-001-10, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 28 fracción I de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
1.5 Tiene autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público presupuesto para cubrir el compromiso derivado de este Contrato, bajo las Partidas Presupuestales ____ “________________”, en términos de la solicitud de servicio con número de folio ___, autorizadas por el Departamento de Ejercicio y Control Presupuestal del IMER.
1.6 Señala para efectos de este instrumento como domicilio el ubicado en calle Mayorazgo No. 83, Colonia Xoco, Delegación Xxxxxx Xxxxxx, C. P. 03330 en México Distrito Federal.
II. De la ASEGURADORA, que:
II.1 Es una ________, constituida conforme a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y con la Ley de Sociedades Mercantiles, en términos de la Escritura Pública No. ___ de fecha __ de __________ de ________, otorgada por el Notario Público del Distrito Federal, Lic._____________, e inscrita en el Registro Público de Comercio con el Número _______ , el __ de _____ de _____.
II.2 Tiene como objeto social, actuar como __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________, para llevar a cabo el aseguramiento integral del personal del IMER.
II.3 Su Representante Legal, el ___________________, cuenta con facultades legales suficientes para suscribir este Contrato, en términos de la Escritura Pública No. ______ de fecha __ de ____________ del _________, otorgada ante la fe del Lic. ___________________, Notario Público No. ___ del Distrito Federal, y manifiesta que dichas facultades no le han sido revocadas o modificadas en forma alguna.
II.4 No se encuentran, y ninguno de sus socios, accionistas y funcionarios, en alguno de los supuestos que establece el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de Sector Público, por lo que se encuentra debidamente facultado para celebrar este Contrato.
II.5 Conoce el contenido y alcance legal de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.
II.6 Está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con la clave __________y, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, manifiesta que ha presentado al IMER el escrito mediante el cual manifiesta bajo protesta de decir verdad que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales que en la citada regla se señalan.
II.7 Su domicilio para los efectos del presente Contrato es el ubicado en __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO
En virtud del presente Contrato, la ASEGURADORA se obliga a otorgar al IMER una póliza de seguro colectivo de gastos médicos mayores que cubrirá el programa de aseguramiento integral del personal del IMER, conforme a la Licitación Pública a que se refiere la declaración 1.4 y de acuerdo con las especificaciones de la Propuesta Técnica de la ASEGURADORA, que debidamente firmada por las PARTES forma parte integrante este instrumento; y que dado el volumen de la misma, se encuentra para consulta de las PARTES en el Departamento de Suministros y Almacenes del IMER.
SEGUNDA.- DESCRIPCION DEL SERVICIO
De conformidad con la cláusula anterior, la ASEGURADORA se obliga a otorgar al IMER la siguiente póliza, misma que, a continuación se describe:
PARTIDA ASIGNADA |
DESCRIPCIÓN DE LAS POLIZAS |
1 |
SEGURO COLECTIVO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES DE SERVIDORES PÚBLICOS 1. CARACTERÍSTICAS 2. CONDICIONES Y COBERTURAS 3. ADMINISTRACIÓN 4. GARANTÍAS DE SERVICIO 5. POBLACIÓN
|
TERCERA.- IMPORTE TOTAL Y PRECIOS UNITARIOS DE LOS SERVICIOS.
El importe total a ejercer por los servicios de Póliza de Seguro Colectivo de Gastos Médicos Mayores, que requiere el IMER es de $_________ M. N. (___________________________/100 MONEDA NACIONAL), más el Impuesto al Valor Agregado.
Los precios unitarios estipulados en esta cláusula serán firmes y no estarán sujetos a cambios durante la vigencia del presente Contrato de conformidad con la Propuesta Económica presentada por la ASEGURADORA, la cual se incorpora a este Contrato, y forma parte integrante del mismo, como Anexo 1.
El precio ofertado es fijo y se refiere a que las cuotas o tarifas unitarias se mantendrán inalterables hasta el vencimiento de la póliza y ésta servirá de base para el cobro o devolución de los movimientos asegurados.
CUARTA.- PLAZO, CONDICIONES Y LUGAR DE PAGO.
El IMER pagará a la ASEGURADORA, la cantidad estipulada en la cláusula anterior, en mensualidades vencidas a los 15 (quince) días hábiles posteriores a la entrega de las facturas correspondientes, siempre y cuando cumplan con los requisitos fiscales vigentes aplicables dentro de la República Mexicana, en las cuales deberá constar el visto bueno del área solicitante, así como de la Subdirección de Administración del IMER.
Los pagos se efectuarán de lunes a viernes de las 9:00 a las 14:00 horas en la caja del Departamento de Tesorería, ubicada en la Xxxxx xx Xxxxxxxxx Xx. 00 Xxxxxxx Xxxx, X. X. 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
Se podrán adelantar pagos con respecto a la fecha pactada originalmente, por lo que el IMER aplicará un 1% (uno por ciento) de descuento sobre el importe total a pagar sin incluir el I. V. A. por cada día natural de adelanto solicitado. Su ejercicio será optativo para la ASEGURADORA.
QUINTA.- VIGENCIA.
La ASEGURADORA se responsabiliza del aseguramiento integral de personas descrito en la Cláusula Primera y en la Propuesta Técnica del presente instrumento, a partir de las 00:01 Horas del día 1 de enero del 2010 a las 24:00 horas del día 31 de diciembre del 2010.
La ASEGURADORA garantizará la calidad y alcance de los servicios, durante toda la vigencia de las pólizas de seguro. Las acciones, que del contrato se deriven, prescribirán en dos años, contados a partir de la fecha del acontecimiento que les dio origen, de conformidad con el artículo 81 de la Ley del Contrato de Seguro.
SEXTA.- DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS.
Para el debido cumplimiento de este Contrato, la ASEGURADORA se obliga a cubrir los riesgos que se encuentran descritos en la Cláusula Primera, así como en las Bases de Licitación Pública Nacional No. 04340002-001-10 y en la Propuesta Técnica de la ASEGURADORA.
La ASEGURADORA se obliga a cubrir el seguro colectivo de gastos médicos mayores, que se generen en los rubros que de forma enunciativa más no limitativa se encuentran descritos en la Licitación Pública Nacional No. 04340002-001-10, y en la Propuesta Técnica de la ASEGURADORA.
La ASEGURADORA, se compromete a presentar el listado de los médicos coordinadores y a proporcionar los procedimientos operativos necesarios para atender las reclamaciones del IMER.
Asimismo, la ASEGURADORA presentará el organigrama del área que atenderá al IMER señalando el ejecutivo que dará atención al IMER y los tiempos de respuesta contenidos en las condiciones generales.
SÉPTIMA.- LUGAR DE ENTREGA DE LAS PÓLIZAS.
Las pólizas deberán ser entregadas en la Subdirección de Administración, ubicada en Xxxxxxxxx Xx. 00 Xxxxxxx Xxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, C. P. 03330.
OCTAVA.- TIEMPO DE ENTREGA DE LAS PÓLIZAS.
La ASEGURADORA deberá entregar al IMER las pólizas, a más tardar el día __ de ____ del 2010, junto con la carta cobertura, notificando el __ de ______ del 2010, los números de póliza correspondientes.
NOVENA.-MODIFICACIONES A LAS PÓLIZAS.
El IMER notificará por escrito a la ASEGURADORA las altas y bajas del personal asegurado.
DÉCIMA.- COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS.
La coordinación y supervisión de los servicios de aseguramiento integral de personas, objeto del presente Contrato, estará a cargo de la Subdirección de Administración del IMER.
DÉCIMA PRIMERA.- GARANTÍA DEL SERVICIO.
La ASEGURADORA se obliga a garantizar la calidad y alcance de los servicios, durante la vigencia del presente Contrato y de las pólizas de seguro.
Las acciones que de los contratos se deriven, prescribirán a los 2 (dos) años, contados a partir de la fecha del acontecimiento que les dio origen, de conformidad con el artículo 81 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.
DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO.
Durante la vigencia del presente Contrato el IMER podrá acordar el incremento en la cantidad total de los servicios contratados, mediante modificaciones por escrito a los contratos vigentes, con las que se deberá de contar antes de la prestación de cualquier servicio adicional, siempre que el monto total de las modificaciones no rebasen en conjunto el 20 (veinte) por ciento de los conceptos establecidos originalmente en los mismos; siempre y cuando los precios unitarios correspondientes a las cantidades adicionales sean iguales a los pactados inicialmente.
DÉCIMA TERCERA.- PENA CONVENCIONAL.
Si la ASEGURADORA no cumple con las obligaciones asumidas en el presente Contrato de Seguro, al hacerse exigibles legalmente, deberá pagar al IMER una indemnización por xxxx en moneda nacional al valor que las Unidades de Inversión tengan al a fecha en que se efectúe el mismo, además la ASEGURADORA pagará un interés moratorio, cuya tasa será igual al resultado de multiplicar por 1.25 el costo de captación a plazo de pasivos denominados en Unidades de Inversión de las instituciones de banca múltiple del país, publicado por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, correspondiente a cada uno de los meses en que exista xxxx. Los intereses moratorios se generarán por día desde aquel en que se haga exigible legalmente la obligación principal y hasta el día inmediato anterior a aquél en que se efectúe el pago.
DÉCIMA CUARTA.- OBLIGACIONES FISCALES.
Todas las obligaciones fiscales que se causen con motivo del presente Contrato estarán a cargo de la ASEGURADORA, excepción hecha al Impuesto al Valor Agregado, mismo que será cubierto por el IMER.
DÉCIMA QUINTA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA.
El IMER podrá rescindir administrativamente el presente Contrato sin necesidad de declaración judicial previa por incumplimiento de la ASEGURADORA a cualquiera de las obligaciones consignadas a su cargo.
Anterior a que opere la rescisión, la parte que la invoque comunicará, por escrito, a la otra la causa que la origina, para que en un plazo de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y, en su caso, corrija la causa. Una vez corregida la causa de incumplimiento lo hará del conocimiento de la otra parte quien evaluará continuar con el Contrato o no, lo cual lo hará del conocimiento de la parte que incumplió dentro del plazo de los 15 (quince) días hábiles posteriores a aquél en que este manifieste lo que a su derecho convenga, transcurrido dicho plazo, la parte que no incumpla determinará si procede o no a rescindir el Contrato, lo cual si procede la rescisión, operará a partir de la fecha del escrito de procedencia de la rescisión. Dicha determinación deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada a la ASEGURADORA.
Cuando se rescinda el contrato se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar el IMER por concepto de los servicios prestados hasta el momento de la rescisión.
La rescisión del contrato no afectará las situaciones jurídicas que se hubiesen derivado y que se encuentren en proceso de cumplimiento.
DÉCIMA SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.
El IMER podrá dar por terminado anticipadamente el presente Contrato cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los Servicios y de continuar con el cumplimiento de este instrumento se ocasione algún daño o perjuicio al IMER, debiendo notificar a la ASEGURADORA con 10 (diez) días naturales de anticipación a la fecha de terminación.
DÉCIMA SÉPTIMA.- RELACIONES LABORALES.
La ASEGURADORA como empresario y patrón del personal que llegare a ocupar con motivo de los servicios contemplados en este Contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social.
En los términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, la ASEGURADORA se obliga a contar con los elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de la relación con sus trabajadores.
Ambas partes reconocen expresamente que las únicas relaciones jurídicas entre la ASEGURADORA y el IMER, son las derivadas del presente Contrato, razón por la cual el IMER es ajeno, en lo absoluto, a las relaciones entre la ASEGURADORA y el personal asignado por ésta para la prestación del servicio contratado y, por ende, la ASEGURADORA asume expresamente a obligación derivada de las relaciones laborales con dicho personal, obligándose a cubrir todas y cada una de las obligaciones que resulten a su cargo, de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley Federal del Trabajo, INFONAVIT, Instituto Mexicano del Seguro Social, Leyes impositivas y demás ordenamientos y disposiciones conexas al presente Contrato.
La ASEGURADORA será la única responsable como patrón en el desempeño de su personal y, consecuentemente, el operador no tendrá ninguna responsabilidad de carácter laboral, fiscal, riesgo profesional o de cualquier índole.
La ASEGURADORA asume toda la responsabilidad y en todo momento sobre su personal exclusivo por lo que se entiende que no hay relación laboral alguna entre el personal del IMER y la ASEGURADORA, personalmente ni con los empleados que utilizare. Por lo tanto, la ASEGURADORA se obliga a indemnizar y sacar en paz y a salvo al IMER de cualquier reclamación o juicio laboral o seguridad social presentado por las autoridades competentes o por los trabajadores de la ASEGURADORA en contra del IMER. Con este fin, la ASEGURADORA, cuyos empleados hayan demandado o hayan sido la causa de la demanda asumirá la defensa del caso como patrón único y hará lo necesario para demostrar que no existe una relación laboral de dichos trabajadores con el IMER. Todos los gastos y costas en que realice el IMER por demandas laborales presentadas por los trabajadores de la ASEGURADORA incluyendo las costas y honorarios legales, así como los daños y perjuicios que se lleguen a causar, serán pagados al 100% (cien por ciento) por la ASEGURADORA cuyos empleados hayan demandado o hayan sido la causa de la demanda.
DÉCIMA OCTAVA.- CESIÓN DE DERECHOS.
La ASEGURADORA no podrá ceder, total o parcialmente, los derechos a su favor o las obligaciones a su cargo derivadas del presente Contrato, salvo los derechos de cobro, en cuyo caso la ASEGURADORA deberá contar con la autorización previa del IMER por escrito.
DÉCIMA NOVENA.- COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES.
Las comunicaciones relativas al cumplimiento de este Contrato, deberán ser por escrito e ir dirigidas, en el caso del IMER, a la Dirección de Administración y Finanzas ubicada en el domicilio señalado en la Declaración I.6, y en el caso de la ASEGURADORA, el precisado en la Declaración II.7.
VIGÉSIMA.- LEGISLACIÓN.
En todo lo relativo a lo no previsto en este Contrato, las partes convienen sujetarse a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, así como a las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de este Instituto, en la Ley Sobre el Contrato de Seguro y a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y de manera supletoria el Código de Comercio, el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, a los Lineamientos Relativos a la Contratación de Seguros Sobre Bienes Patrimoniales y de Personas, que realicen las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, las Bases de Licitación Pública Nacional No. 04340002-001-09, y demás disposiciones legales aplicables vigentes en la República Mexicana.
VIGÉSIMA PRIMERA.- JURISDICCIÓN.
En caso de controversia derivada de la interpretación o cumplimiento de este Contrato, las partes convienen someterse a la Jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en el Distrito Federal, renunciando al fuero que pudiese corresponderles por razón de su domicilio o por cualquier otra causa.
LEÍDO QUE FUE ESTE DOCUMENTO, ENTERADAS LAS PARTES DEL CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS QUE LO INTEGRAN Y RATIFICAN EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES Y LO FIRMAN DE CONFORMIDAD POR CUADRUPLICADO, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, EL ____ DE ______ DEL DOS MIL DIEZ.
INSTITUTO MEXICANO DE LA RADIO
_________________________________
L.C. XXXXXX XXXXXX XXXXXX
Directora de Administración y Finanzas Representante Legal
AREA RESPONSABLE
__________________________________________
LIC. XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXX
Jefe del Departamento de Recursos Humanos
Las firmas que anteceden corresponden al Contrato de Prestación de Servicios de Aseguramiento Integral de Personas No. XXX/10, que celebran el Instituto Mexicano de la Radio, representado por la L.C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx ____________ representado por _________________, en su carácter de Representante Legal, el __ de _______ del 2010, el cual consta de __ (_________) hojas útiles por un solo lado, incluyendo el anexo.
CONTRATO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS EN MATERIA DE SEGUROS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO MEXICANO DE LA RADIO, REPRESENTADO POR LA L.C. XXXXXX XXXXXX XXXXXX, EN LO SUCESIVO EL IMER Y POR LA OTRA, ____________, REPRESENTADO POR___________________, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA ASEGURADORA, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
X. Xxx XXXX que:
I.1 Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio en términos de lo establecido en los artículos 3°, fracción I, y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, creado por Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 xx xxxxx de 1983, reformado y adicionado por Decreto publicado en el mismo medio oficial el 11 de enero de 1994, y cuyo objeto consiste en operar de manera integrada las diversas entidades relacionadas con la actividad radiofónica perteneciente al Poder Ejecutivo Federal.
I.2 Su Representante Legal, la L.C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, está debidamente facultada para celebrar este Contrato, en términos de la Escritura Pública No. 237,716, de fecha 05 de septiembre del 2007, otorgada por el Xxx. Xxxxxxx X. Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 00 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx.
1.3 Para el cumplimiento de los programas a su cargo, requiere de una empresa que pueda proporcionar al IMER el servicio en materia de seguros, descrito en este contrato.
1.4 La adjudicación del presente Contrato se realizó bajo el Procedimiento de Licitación Pública Nacional 04340002-001-10, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 28 fracción I de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
1.5 Tiene autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público presupuesto para cubrir el compromiso derivado de este Contrato, bajo la Partida Presupuestal ____ “___________________”, en términos de la solicitud de servicio con número de folio ___, autorizada por el Departamento de Ejercicio y Control Presupuestal del IMER.
1.6 Señala para efectos de este instrumento como domicilio el ubicado en calle Mayorazgo No. 83, Colonia Xoco, Delegación Xxxxxx Xxxxxx, C. P. 03330 en México Distrito Federal.
II. De la ASEGURADORA, que:
II.1 Es una Sociedad Anónima de Capital Variable, constituida conforme a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y con la Ley de Sociedades Mercantiles, en términos de la Escritura Pública No. ____, de fecha __ de ______ de ___, otorgada por el Notario Público No. ___ del Distrito Federal, ______________, e inscrita en el Registro Público de Comercio con el Número ____, el __ de _____ de _______; en la Escritura Pública No. ___________ de fecha __ de ______ de _____, otorgada por el Notario Público No. ___ del _______________, Lic. ______________.
II.2 Tiene como objeto social, entre otros, ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________, para llevar a cabo el aseguramiento de los bienes, patrimoniales del IMER.
II.3 Su Representante Legal, el ___________________, cuenta con facultades legales suficientes para suscribir este Contrato, en términos de la Escritura Pública No. ______ de fecha __ de ____________ del _________, otorgada ante la fe del Lic. ___________________, Notario Público No. ___ del Distrito Federal, y manifiesta que dichas facultades no le han sido revocadas o modificadas en forma alguna
II.4 No se encuentran, y ninguno de sus socios, accionistas y funcionarios, en alguno de los supuestos que establece el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de Sector Público, por lo que se encuentra debidamente facultado para celebrar este Contrato.
II.5 Conoce el contenido y alcance legal de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.
II.6 Tiene asignado por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Registro Federal de Contribuyentes número ______________ y, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, manifiesta que ha presentado al IMER el escrito mediante el cual manifiesta bajo protesta de decir verdad que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales que en la citada regla se señalan.
II.7 Su domicilio para los efectos del presente Contrato es: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO
En virtud del presente Contrato, la ASEGURADORA se obliga a otorgar al IMER una póliza de daños denominada “todo bien- todo riesgo-primer riesgo” y otra para “parque vehicular” que cubrirán el programa de aseguramiento integral de los bienes patrimoniales del IMER conforme a la Licitación Pública a que se refiere la declaración 1.4 y de acuerdo con las especificaciones de la Propuesta Técnica de la ASEGURADORA, que debidamente firmada por las PARTES forma parte integrante este instrumento; y que dado el volumen de la misma, se encuentra para consulta de las PARTES en el Departamento de Suministros y Almacenes del IMER.
SEGUNDA.- DESCRIPCION DEL SERVICIO
De conformidad con la cláusula anterior, la ASEGURADORA se obliga a otorgar al IMER las siguientes pólizas, mismas que, a continuación se describen:
PARTIDA ASIGNADA |
DESCRIPCIÓN DE LAS POLIZAS |
x |
POLIZA TODO BIEN-TODO RIESGO, PRIMER RIESGO SECCIONES DEL SEGURO I INCENDIO DAÑOS II GASTOS EXTRAORDINARIOS III RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL IV ROBO DE CONTENIDOS V DINERO Y VALORES VI CRISTALES Y ANUNCIOS LUMINOSOS VII EQUIPO ELECTRONICO VIII ROTURA DE MAQUINARIA IX POLIZA DE TRANSPORTES DE CARGA |
x |
POLIZA DEL PARQUE VEHICULAR
I CAMIONES II AUTOMÓVILES |
TERCERA.- IMPORTE TOTAL Y PRECIOS UNITARIOS DE LOS SERVICIOS.
El importe total a ejercer por los servicios de Póliza Múltiple Integral, así como los derechos de emisión de la misma, que requiere el IMER es de $__________M. N. (______________________/100 MONEDA NACIONAL), más el Impuesto al Valor Agregado. El importe total a ejercer por los servicios de Póliza del Parque Vehicular, así como los derechos de emisión de la misma, que requiere el IMER es de $__________M. N. (______________________/100 MONEDA NACIONAL), más el Impuesto al Valor Agregado
Los precios unitarios y el importe total, estipulados en esta cláusula serán firmes y no estarán sujetos a cambios durante la vigencia del presente contrato de conformidad con la Propuesta Económica presentada por la ASEGURADORA, la cual se incorpora a este Contrato, y forma parte integrante del mismo, como Anexo 1.
El precio ofertado es fijo y se refiere a que las cuotas o tarifas unitarias se mantendrán inalterables hasta el vencimiento de la póliza y ésta servirá de base para el cobro o devolución de los movimientos asegurados.
CUARTA.- PLAZO, CONDICIONES Y LUGAR DE PAGO.
El IMER pagará a la ASEGURADORA, la cantidad estipulada en la cláusula anterior, en una sola exhibición a los 15 (quince) días hábiles posteriores a la entrega de las facturas correspondientes que cumplan con los requisitos fiscales vigentes aplicables dentro de la República Mexicana, en las cuales deberá constar el visto bueno del área solicitante, así como de la Subdirección de Administración del IMER.
Los pagos se efectuarán de lunes a viernes de las 9:00 a las 14:00 horas en la caja del Departamento de Tesorería, ubicada en la Xxxxx xx Xxxxxxxxx Xx. 00 Xxxxxxx Xxxx, X. X. 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
Se podrán adelantar pagos con respecto a la fecha pactada originalmente, por lo que el IMER aplicará un 1% (uno por ciento) de descuento sobre el importe total a pagar sin incluir el I. V. A. por cada día natural de adelanto solicitado. Su ejercicio será optativo para la ASEGURADORA.
QUINTA.- VIGENCIA.
La ASEGURADORA se responsabiliza del aseguramiento de los bienes descritos en la Cláusula Primera y en la Propuesta Técnica del presente instrumento, a partir de las 00:01 Horas del día 1 de enero del 2010 a las 24:00 horas del día 31 de diciembre del 2010.
La ASEGURADORA garantizará la calidad y alcance de los servicios, durante toda la vigencia de las pólizas de seguro. Las acciones, que del contrato se deriven, prescribirán en dos años, contados a partir de la fecha del acontecimiento que les dio origen, de conformidad con el artículo 81 de la Ley del Contrato de Seguro.
SEXTA.- DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS.
Para el debido cumplimiento de este contrato, la ASEGURADORA se obliga a cubrir los riesgos que se encuentran descritos en la Cláusula Primera, así como en las Bases de Licitación Pública Nacional No. 04340002-001-10 y en la Propuesta Técnica de la ASEGURADORA.
La ASEGURADORA se obliga a cubrir los daños que se generen en los rubros que de forma enunciativa más no limitativa se encuentran descritos en la Licitación Pública Nacional No. 04340002-001-10, y en la Propuesta Técnica de la ASEGURADORA.
La ASEGURADORA, se compromete a presentar el listado de los médicos coordinadores y a proporcionar los procedimientos operativos necesarios para atender las reclamaciones del IMER.
Asimismo, la ASEGURADORA presentará el organigrama del área que atenderá al IMER señalando el ejecutivo que dará atención al IMER y los tiempos de respuesta contenidos en las condiciones generales.
SÉPTIMA.- LUGAR DE ENTREGA DE LAS PÓLIZAS.
Las pólizas deberán ser entregadas en la Subdirección de Administración, ubicada en Xxxxxxxxx Xx. 00 Xxxxxxx Xxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, C. P. 03330.
OCTAVA.- TIEMPO DE ENTREGA DE LAS PÓLIZAS.
La ASEGURADORA deberá entregar al IMER las pólizas, a más tardar el día __ de ____ del 2010, junto con la carta cobertura, notificando el __ de ______ del 2010, los números de póliza correspondientes.
NOVENA.-MODIFICACIONES A LAS PÓLIZAS.
El IMER notificará por escrito a la ASEGURADORA las altas y bajas de los bienes asegurados.
DÉCIMA.- COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS.
La coordinación y supervisión de los servicios de aseguramiento de los bienes, objeto del presente contrato, estará a cargo de la Subdirección de Administración del IMER.
DÉCIMA PRIMERA.- GARANTÍA DEL SERVICIO.
La ASEGURADORA se obliga a garantizar la calidad y alcance de los servicios, durante la vigencia del presente contrato y de las pólizas de seguro, por lo que se obliga a responder por las deficiencias que se susciten en la prestación de los servicios, comprometiéndose a prestar estos de forma inmediata, corriendo por su cuenta todos los gastos que se generen con motivo de la deficiencia en la prestación de los mismos.
Las acciones que de los contratos se deriven, prescribirán a los 2 (dos) años, contados a partir de la fecha del acontecimiento que les dio origen, de conformidad con el artículo 81 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.
DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO.
Durante la vigencia del presente contrato el IMER podrá acordar el incremento en la cantidad total de los servicios contratados, mediante modificaciones por escrito a los contratos vigentes, con las que se deberá de contar antes de la prestación de cualquier servicio adicional, siempre que el monto total de las modificaciones no rebasen en conjunto el 20 (veinte) por ciento de los conceptos establecidos originalmente en los mismos; siempre y cuando los precios unitarios correspondientes a las cantidades adicionales sean iguales a los pactados inicialmente.
DÉCIMA TERCERA.- PENA CONVENCIONAL.
Si la ASEGURADORA no cumple con las obligaciones asumidas en el presente Contrato de Seguro, al hacerse exigibles legalmente, deberá pagar al IMER una indemnización por xxxx en moneda nacional al valor que las Unidades de Inversión tengan al a fecha en que se efectúe el mismo, además la ASEGURADORA pagará un interés moratorio, cuya tasa será igual al resultado de multiplicar por 1.25 el costo de captación a plazo de pasivos denominados en Unidades de Inversión de las instituciones de banca múltiple del país, publicado por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, correspondiente a cada uno de los meses en que exista xxxx. Los intereses moratorios se generarán por día desde aquel en que se haga exigible legalmente la obligación principal y hasta el día inmediato anterior a aquél en que se efectúe el pago.
DÉCIMA CUARTA.- OBLIGACIONES FISCALES.
Todas las obligaciones fiscales que se causen con motivo del presente Contrato estarán a cargo de la ASEGURADORA, excepción hecha al Impuesto al Valor Agregado, mismo que será cubierto por el IMER.
DÉCIMA QUINTA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA.
El IMER podrá rescindir administrativamente el presente Contrato sin necesidad de declaración judicial previa por incumplimiento de la ASEGURADORA a cualquiera de las obligaciones consignadas a su cargo.
Anterior a que opere la rescisión, la parte que la invoque comunicará, por escrito, a la otra la causa que la origina, para que en un plazo de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y, en su caso, corrija la causa. Una vez corregida la causa de incumplimiento lo hará del conocimiento de la otra parte quien evaluará continuar con el Contrato o no, lo cual lo hará del conocimiento de la parte que incumplió dentro del plazo de los 15 (quince) días hábiles posteriores a aquél en que este manifieste lo que a su derecho convenga, transcurrido dicho plazo, la parte que no incumpla determinará si procede o no a rescindir el Contrato, lo cual si procede la rescisión, operará a partir de la fecha del escrito de procedencia de la rescisión.
La rescisión del contrato no afectará las situaciones jurídicas que se hubiesen derivado y que se encuentren en proceso de cumplimiento.
DÉCIMA SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.
El IMER podrá dar por terminado anticipadamente el presente Contrato cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los Servicios y de continuar con el cumplimiento de este instrumento se ocasione algún daño o perjuicio al IMER, debiendo notificar a la ASEGURADORA con 10 (diez) días naturales de anticipación a la fecha de terminación.
DÉCIMA SÉPTIMA.- DAÑOS Y PERJUICIOS
La ASEGURADORA responderá de los daños y perjuicios que con motivo de su incumplimiento le pudiera ocasionar al IMER.
DÉCIMA OCTAVA.- RELACIONES LABORALES.
La ASEGURADORA como empresario y patrón del personal que llegare a ocupar con motivo de los servicios contemplados en este Contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social.
En los términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, la ASEGURADORA se obliga a contar con los elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de la relación con sus trabajadores.
Ambas partes reconocen expresamente que las únicas relaciones jurídicas entre la ASEGURADORA y el IMER, son las derivadas del presente Contrato, razón por la cual el IMER es ajeno, en lo absoluto, a las relaciones entre la ASEGURADORA y el personal asignado por ésta para la prestación del servicio contratado y, por ende, la ASEGURADORA asume expresamente a obligación derivada de las relaciones laborales con dicho personal, obligándose a cubrir todas y cada una de las obligaciones que resulten a su cargo, de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley Federal del Trabajo, INFONAVIT, Instituto Mexicano del Seguro Social, Leyes impositivas y demás ordenamientos y disposiciones conexas al presente Contrato.
La ASEGURADORA será la única responsable como patrón en el desempeño de su personal y, consecuentemente, el operador no tendrá ninguna responsabilidad de carácter laboral, fiscal, riesgo profesional o de cualquier índole.
La ASEGURADORA asume toda la responsabilidad y en todo momento sobre su personal exclusivo por lo que se entiende que no hay relación laboral alguna entre el personal del IMER y la ASEGURADORA, personalmente ni con los empleados que utilizare. Por lo tanto, la ASEGURADORA se obliga a indemnizar y sacar en paz y a salvo al IMER de cualquier reclamación o juicio laboral o seguridad social presentado por las autoridades competentes o por los trabajadores de la ASEGURADORA en contra del IMER. Con este fin, la ASEGURADORA, cuyos empleados hayan demandado o hayan sido la causa de la demanda asumirá la defensa del caso como patrón único y hará lo necesario para demostrar que no existe una relación laboral de dichos trabajadores con el IMER. Todos los gastos y costas en que realice el IMER por demandas laborales presentadas por los trabajadores de la ASEGURADORA incluyendo las costas y honorarios legales, así como los daños y perjuicios que se lleguen a causar, serán pagados al 100% (cien por ciento) por la ASEGURADORA cuyos empleados hayan demandado o hayan sido la causa de la demanda.
DÉCIMA NOVENA.- CESIÓN DE DERECHOS.
La ASEGURADORA no podrá ceder, total o parcialmente, los derechos a su favor o las obligaciones a su cargo derivadas del presente Contrato, salvo los derechos de cobro, en cuyo caso la ASEGURADORA deberá contar con la autorización previa del IMER por escrito.
VIGÉSIMA.- COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES.
Las comunicaciones relativas al cumplimiento de este Contrato, deberán ser por escrito e ir dirigidas, en el caso del IMER, a la Dirección de Administración y Finanzas ubicada en el domicilio señalado en la Declaración I.6, y en el caso de la ASEGURADORA, el precisado en la Declaración II.7.
VIGÉSIMA PRIMERA.- LEGISLACIÓN.
En todo lo relativo a lo no previsto en este Contrato, las partes convienen sujetarse a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, así como a las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de este Instituto, a los Lineamientos Relativos a la Contratación de Seguros Sobre Bienes Patrimoniales y de Personas, que realicen las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, las Bases de Licitación Pública Nacional No. 04340002-001-10, y demás disposiciones legales aplicables vigentes en la República Mexicana.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- JURISDICCIÓN.
En caso de controversia derivada de la interpretación o cumplimiento de este Contrato, las partes convienen someterse a la Jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en el Distrito Federal, renunciando al fuero que pudiese corresponderles por razón de su domicilio o por cualquier otra causa.
LEÍDO QUE FUE ESTE DOCUMENTO, ENTERADAS LAS PARTES DEL CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS QUE LO INTEGRAN Y RATIFICAN EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES Y LO FIRMAN DE CONFORMIDAD POR CUADRUPLICADO, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, EL ____ DE _______ DEL DOS MIL DIEZ.
INSTITUTO MEXICANO DE LA RADIO
______________________________________________
L.C. XXXXXX XXXXXX XXXXXX
Directora de Administración y Finanzas Representante Legal
AREA RESPONSABLE TESTIGO
__________________________________________ ________________________________
Las firmas que anteceden corresponden al Contrato de Prestación de Servicios en Materia de Seguros No. 00_/10, que celebran el Instituto Mexicano de la Radio, representado por la L.C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx y _____________________., representada por ___________________________, en su carácter de Representante Legal, el __ de ________ del 2010, el cual consta de ___ (______) hojas útiles por un solo lado, incluyendo el anexo.
Para La Licitación Pública Nacional
No. 04340002-001-10
FORMATO DE REGISTRO DE MIPYMES
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NOMBRE DE LA EMPRESA
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R.F.C
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NOMBRE DEL CONTACTO
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TELEFONO DE CONTACTO
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CORREO ELECTRONICO
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Tamaño |
Sector |
Rango de número de trabajadores |
Rango de monto de ventas anuales (mdp) |
Tope máximo combinado* |
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A T E N T A M E N T E
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NOMBRE, CARGO Y FIRMA
DEL REPRESENTANTE LEGAL
Para La Licitación Pública Nacional
No. 04340002-001-10
ENCUESTA DE TRANSPARENCIA
FECHA:
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE:
TIPO DE PROCEDIMIENTO: (licitación pública nacional o internacional; ó Invitación a cuando menos tres personas nacional ó internacional)
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NUMERO DEL PROCEDIMIENTO:
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PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO Ó ADQUISICIÓN DE: (Nombre del procedimiento)
|
¿DESEA CONTESTAR LA SIGUIENTE ENCUESTA? : SI NO
(Marque con una “X” su elección, si eligió SI siga las instrucciones que se detallan a continuación).
INSTRUCCIONES: FAVOR DE CALIFICAR LOS SUPUESTOS PLANTEADOS EN ESTA ENCUESTA CON UNA “X”, SEGÚN CONSIDERE.
CALIFICACIÓN
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Evento |
Totalmente de acuerdo |
En general de acuerdo |
En general en desacuerdo |
Totalmente en desacuerdo |
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Junta de Aclaraciones. |
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Supuestos |
El contenido de la convocatoria es claro para la adquisición de bienes o contratación de servicios que se pretende realizar. |
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Las preguntas técnicas efectuadas en el evento, se contestaron con claridad por el área requirente de los bienes o servicios. |
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Presentación y apertura de proposiciones |
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Supuestos |
El evento se desarrolló con oportunidad, en razón de la cantidad de documentación que presentaron los “licitantes”. |
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Fallo técnico y económico |
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Supuestos |
En el fallo se especificaron los motivos y el fundamento que sustenta la determinación de los “proveedor”es adjudicados y los que no resultaron adjudicados. |
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Evento |
Totalmente de acuerdo |
En general de acuerdo |
En general en desacuerdo |
Totalmente en desacuerdo |
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Generales |
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El acceso al inmueble fue expedito. |
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Todos los eventos dieron inicio en el tiempo establecido. |
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Supuestos |
El trato que me dieron los servidores públicos de la institución durante la licitación, fue respetuosa y amable. |
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Volvería a participar en otra licitación que emita la institución. |
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El desarrollo de la licitación se apego a la normatividad aplicable. |
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¿CONSIDERA USTED QUE EL PROCEDIMIENTO EN QUE PARTICIPÓ FUE TRANSPARENTE?
SI NO
EN CASO DE HABER CONTESTADO QUE NO, POR FAVOR INDICAR BREVEMENTE LAS RAZONES:
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SI USTED DESEA AGREGAR ALGÚN COMENTARIO RESPECTO A LA LICITACIÓN, FAVOR DE ANOTARLO EN EL SIGUIENTE ESPACIO:
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1.- Favor de entregar o enviar la presente encuesta a más tardar dentro de los dos días hábiles siguientes de la emisión del fallo, en alguna de las siguientes opciones:
En la “Subdirección”, ubicada en Xxxxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxxx, código postal 03330, Delegación Xxxxxx Xxxxxx, México, Distrito Federal, de lunes a viernes días hábiles, en un horario de 10:00 a 15:00 horas.
Entregar al finalizar el acto de fallo al que preside.
Enviarlo al correo electrónico, con la dirección xxxxxx.xxxxx@xxxx.xxx.xx
Para La Licitación Pública Nacional
No. 04340002-001-10
CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS
PUNTO |
REQUISITO |
DOCUMENTO |
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RECIBIDO |
CUMPLE |
NO CUMPLE |
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1 |
Copia del acuse del registro a la licitación en el CompraNet |
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2 |
Propuesta técnica, relación de partidas cotizadas (Anexo Técnico 1) |
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3 |
Formato de acreditación (Anexo 2) |
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3 |
Identificación oficial vigente |
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4 |
Carta poder simple (Anexo 3) |
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5 |
Carta del artículo 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (Anexo 4) |
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6 |
Carta de declaración de discapacidad (Anexo 5) |
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7 |
Carta de integridad (Anexo 6) |
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8 |
Carta de compromiso con la transparencia (Anexo 7) |
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9 |
Carta de marca, patentes y derechos de autor (Anexo 8) |
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10 |
Carta de garantía de los bienes (Anexo 9) |
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11 |
Carta de cumplimiento de normas oficiales (Anexo 10) |
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12 |
Propuesta económica (Anexo 11) |
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13 |
Cédula Resumen (Anexo 12) |
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14 |
Registro de MIPYMES (Anexo14) |
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OBSERVACIONES:
FECHA: |
_____________________________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA. |
Nota: La documentación legal y administrativa original sólo será para cotejo de las copias entregadas (en tamaño carta) y se devolverán al término del acto de presentación y apertura de proposiciones.
Subdirección de Administración |
3 |
DAF/SA |