CONTRATO Nº 012-2006 CMAC-HUANCAYO S.A DE LOCACION DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE EQUIPOS, POR LA ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° 0009-2006-CMAC-HUANCAYO S.A
CONTRATO Nº 012-2006 CMAC-HUANCAYO S.A DE LOCACION DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE EQUIPOS, POR LA ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° 0009-2006-CMAC-HUANCAYO S.A
Conste por el presente documento el Contrato de Locación de Servicios de Mantenimiento Preventivo de equipos que celebramos de una parte, LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE HUANCAYO S.A. con R.U.C. N° 20130200789, con domicilio en la Xxxxx Xxxx Xx 000-000 Xxxxxxxx, debidamente representada por sus Gerentes que suscriben al final del presente documento con poderes inscritos en los Registros Públicos de Huancayo en la Partida Registral N° 11003478, a quien en lo sucesivo se le denominara LA CAJA y de la otra parte, CENTRO NACIONAL DE SERVICIOS S.A.C., RUC. N° 20498848428, con domicilio en la Av. Republica de Panamá N° 3603 – Xxxx 00, representado por el Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXX con DNI N° 00000000 consorciado mediante contrato de fecha 03 xx xxxxx del 2006 con la empresa SILICON VALLEY S.A., RUC N° 20106751626, con domicilio legal en la Xx. Xxx Xxxxxx Xxx Xx 000 - Xxx Xxxxxx – Lima, representado por su Director Gerente el Xx. XXXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXXX con DNI N° 00000000, los mismos que determinan como representante legal del consorcio, al señor; XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXX con DNI N° 00000000, con domicilio legal del consorcio en la Xx. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 0000 – Xxxx 00. a quienes en adelante se les denominara EL CONSORCIO en los términos y condiciones siguientes:
ANTECEDENTES
PRIMERA.- LA CAJA, de conformidad con las leyes de la materia, procedió a convocar el Proceso de Selección de ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nro. ADS N° 0009-2006/CMAC HUANCAYO S.A., para la contratación de SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE COMPUTADORAS y IMPRESORAS DE LA CMAC-HUANCAYO S.A., cuyas condiciones, características, especificaciones técnicas y Cronograma aparecen de las Bases integradas, las mismas que conjuntamente con la oferta técnica y económica de EL CONSORCIO, forman parte integrante de éste contrato.
BASE LEGAL DEL CONTRATO:
Código Civil
Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General.
Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM -TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM –Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto
Ley N° 28652 Ley De Presupuesto Del Sector Público Para El Año Fiscal 2006
Ley Nº 28242.- Ley Complementaria a la Ley Nº 27143 - Ley de Promoción del Desarrollo Productivo Nacional
Directivas y acuerdos del Consejo superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE
Bases del proceso
OBJETO DEL CONTRATO
SEGUNDA.- Conforme aparece de las Bases Integradas, Oferta Técnica y Económica, EL CONSORCIO se obliga a prestar su servicio de mantenimiento preventivo de Computadoras, Impresoras de LA CMAC-HUANCAYO S.A bajo las condiciones y características expresamente definidas en las especificaciones técnicas y económicas de las Bases integradas, y LA CAJA se obliga a respetar las condiciones y plazos aceptados mediante el otorgamiento de la buena pro, bajo las siguientes características:
El trabajo de Mantenimiento deberá realizarse considerando los siguientes puntos a ser evaluados:
I.-Objetivos Generales.
Velar por el funcionamiento óptimo de las computadoras, impresoras, a través de los trabajos de mantenimiento preventivo; y de esta manera, prolongar el tiempo de vida útil de estos equipos.
II.-Objetivos Específicos.
Mantener en total operatividad los equipos de cómputo, impresión de la CMAC – Huancayo S.A.
Velar por el buen uso y conservación de los equipos de cómputo, impresión; buscando el mejor performance (desempeño), en cada uno de ellos.
Documentar y obtener información sobre fallas comunes, componentes con mayor desgaste y otros datos de utilidad para prevenir posibles dificultades que puedan surgir con los equipos.
Prever los trabajos de mantenimiento de equipos con la debida anticipación. Realizar el control respectivo y adecuado antes, durante y después de su ejecución.
III.-Consideraciones.
El seguimiento que debe existir sobre el desempeño de los equipos de cómputo, impresión, durante el desarrollo de las operaciones diarias en todas las áreas que las usan.
La necesidad de mantener los equipos en buen estado de conservación física (de hardware), a través de trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo.
IV.-Detalle del Servicio.
En el Módulo de Logística xxx XXXXXXX, EL CONSORCIO deberá ingresar los datos correspondientes a cada mantenimiento realizado, debe registrar todos los datos solicitados por el Sistema: Fecha, estado en que se encontraba el equipo, estado en que queda el equipo luego del mantenimiento, requerimiento o no de mantenimiento correctivo, observaciones y recomendaciones para el usuario, etc.
Todos los equipos de cómputo deberán ser desensamblados completamente (el case, el monitor, el teclado y el ratón); deberán verificarse cada uno de los componentes internos y externos para determinar su estado de funcionamiento. Se deberá prestar mayor atención en los sistemas de enfriamiento y ventilación. En el caso de los ratones, deberá verificarse el correcto arrastre vertical y horizontal; para los teclados el correcto funcionamiento del teclado numérico y las teclas más utilizadas; mientras se trabaje con los monitores se deberá tener cuidado de no alterar los controles internos de enfoque, color, brillo, etc. (para los de CRT).
Es muy importante además, que se haga una verificación minuciosa y personalizada del estado de las tarjetas de interfaz de red de cada computadora; este dato (el resultado de la verificación), deberá ser necesariamente ingresado al SILOG (Módulo de Logística xxx XXXXXXX).
Las impresoras, sean láser, de inyección de tinta o de matriz de puntos, deberán ser desensambladas hasta el punto en que se puedan limpiar y lubricar todas las partes que lo requieran. En el caso de las impresoras de puntos, deberá prestarse atención en el sistema de arrastre de cabezal, el cabezal, los sensores y flats. En todos casos deberá verificarse el desgaste natural de algunos componentes de forma tal que se pueda prevenir el reemplazo inmediato como parte del próximo mantenimiento correctivo (servicio que se convocará luego de culminado el preventivo).
V.-Horarios de Trabajo.
Es importante tener en cuenta que el horario de trabajo para la realización del servicio no debe interferir de ninguna manera con las labores diarias de los usuarios; deberá considerarse horarios nocturnos, horarios en que los usuarios están fuera de sus oficinas o fines de semana. Para el trabajo en días de semana y horas de Oficina, se deberá verificar la existencia de equipos de respaldo que reemplacen a aquellos a los que se realiza el mantenimiento. Para determinar sobre el inicio de los trabajos de mantenimiento, en la Oficina Principal se debe coordinar con Soporte Técnico; y en las Agencias u Oficinas desconcentradas con el personal encargo (puede ser el Administrador o personal encargado exclusivamente).
VI.-Resultados a Obtener.
Producto del cumplimiento del cronograma de mantenimiento preventivo presentado, de la revisión de los informes presentados; y el análisis correspondiente por el Área de Soporte Técnico, debemos obtener lo siguiente:
Datos sobre el mantenimiento realizado en cada equipo, registrado correctamente en el SILOG (módulo de logística xxx XXXXXXX).
Reporte de aquellos equipos que requieren un mantenimiento correctivo; deberá ser programado en el menor tiempo posible.
Reporte de Observaciones y Recomendaciones en cuanto al uso que se le están dando a nuestros equipos.
Análisis xx xxxxxx comunes ocasionadas por desgaste o avería de determinadas partes.
Mejor desempeño de los equipos, previsión de posibles fallas e incremento del tiempo de vida útil,
Y otros señalados en las bases, la propuesta técnica, que son parte integrante del presente contrato.
CONDICIONES DEL CONTRATO
TERCERA.- PLAZO.-EL CONSORCIO deberá permanecer como mínimo 07 días en la institución, teniendo como plazo final de las actividades solicitadas un plazo no mayor a 15 días. (06 horas diarias como mínimo en horario pre-establecido por la CMAC-HUANCAYO S.A.).
CUARTA.-CONTRAPRESTACIÓN.- El monto total del servicio se realizará conforme aparece en la oferta realizada y asciende a S/. 19,312.00 (DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS DOCE Y 26/100 NUEVOS SOLES), monto que incluye los impuestos xx xxx Que serán pagados de acuerdo al presente contrato previa presentación del recibo correspondiente.
Forma de pago:
El monto señalado líneas arriba corresponde a la prestación de los siguientes ítems:
Mantenimiento preventivo de Computadoras el monto total del servicio se realizará conforme aparece en la oferta realizada y asciende a S/. 9,722.48 (NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTIDOS Y 48/100 NUEVOS SOLES), monto que incluye los impuestos xx xxx Que serán pagados de acuerdo al presente contrato previa presentación del recibo correspondiente.
Mantenimiento preventivo de Impresoras el monto total del servicio se realizará conforme aparece en la oferta realizada y asciende a S/. 9,589.78 (NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 78/100 NUEVOS SOLES), monto que incluye los impuestos xx xxx Que serán pagados de acuerdo al presente contrato previa presentación del recibo correspondiente.
El pago del monto total se realizara, una vez cumplido el servicio objeto del presente contrato, en el plazo acordado entre las partes.
El Monto total del servicio incluye todos los gastos, derechos, tributos, seguros y cualquier otro concepto que conlleve la prestación del bien.
CONDICIONES ADICIONALES
QUINTA.- EL CONSORCIO no podrá transferir, parcial ni totalmente, la ejecución del servicio contratado, asumiendo la responsabilidad total sobre la ejecución del contrato.
SEXTA.- Este contrato se regula por las disposiciones del D.S. 083-2004 PCM, D.S. 084-2004 PCM.
SEPTIMA.- La conformidad del servicio es de responsabilidad del departamento del área de sistemas, sobre la base de las observaciones que el personal de la Oficina realice, quiénes deberán verificar el cumplimiento de las condiciones contractuales.
OCTAVA.- Si alguna de las partes falta al cumplimiento de sus obligaciones, la parte perjudicada deberá presentar sus observaciones o requerimientos mediante carta simple para que la otra parte las satisfaga en un plazo no mayor a 2 días, si vencido dicho plazo el incumplimiento continúa o no se ha levantado las observaciones a satisfacción de la otra, la parte perjudicada, mediante carta notarial, resolverá el contrato en forma total o parcial.
Si la parte perjudicada es LA CAJA, serán ejecutadas las garantías que EL CONSORCIO ha otorgado, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios que pueda exigir.
NOVENA.-La reincidencia de lo indicado en las cláusulas anteriores, en el mismo ítem de la prestación del servicio, ya sea del objeto del contrato terminado o de cualesquiera de sus obligaciones por causas imputables a EL CONSORCIO, faculta a LA CAJA, a resolver el contrato por incumplimiento en forma unilateral, comunicando este hecho al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, sin lugar a reclamo de EL CONSORCIO por daños y perjuicios.
DECIMA.- Las sanciones a aplicarse a EL CONSORCIO, sin perjuicio de la indemnización del daño ulterior no lo eximen de la responsabilidad civil y/o penal a que hubiese lugar.
DECIMA PRIMERA.- Este contrato se regula por las disposiciones del Código Civil vigente y otras aplicables del sistema Jurídico.
DEBER DE CONFIDENCIALIDAD
DECIMA SEGUNDA.-EL CONSORCIO se compromete a guardar absoluta reserva y confidencialidad de todas y cada una de las informaciones, documentos, trabajos u otros a los que tenga acceso y los que hayan sido proporcionados por LA CAJA, durante la ejecución del presente contrato y aún cuando haya concluido el mismo, a fin de proteger e impedir la posesión y el uso de dicha información por parte de otras personas u organizaciones. Asimismo al momento de la conclusión de la ejecución del presente contrato EL CONSORCIO se compromete a devolver a LA CAJA todo el material recibido.
Las obligaciones contenidas en esta cláusula seguirán vigentes durante el plazo de vigencia de este contrato y por un periodo de dos años después de concluido el mismo. Las partes convienen en que EL CONSORCIO se encuentra totalmente impedido de poner a disposición de algún tercero la información confidencial proporcionada por LA CAJA, a menos que sea con el objeto de cumplir el presente contrato y siempre que así lo autorice de modo expreso y por escrito LA CAJA. En consecuencia, EL CONSORCIO se compromete y obliga a tomar todas las medidas necesarias para asegurar que la confidencialidad dispuestas en estas cláusulas no sea violada por sus empleados, funcionarios o representantes, haciéndose absolutamente responsable de las consecuencias civiles y penales que puedan derivarse del incumplimiento de lo establecido en la presente cláusula.
En el supuesto improbable que EL CONSORCIO no obrara con el debido cuidado respecto a las obligaciones establecidas en esta Cláusula, o no remediase cualquier incumplimiento notificado por LA CAJA, esta última tendrá derecho a resolver el presente Contrato y EL CONSORCIO deberá devolver de inmediato toda la documentación, información o materiales entregados por LA CAJA, sin perjuicio de la responsabilidad civil, administrativa y penal que pudiera corresponderle.
DE LA RESOLUCION DEL CONTRATO
DECIMA TERCERA.- EL CONSORCIO no puede alterar, modificar ni sustituir las características de su propuesta al ejecutar el Contrato.
La Resolución del contrato operará de pleno derecho, si a la fecha acordada EL CONSORCIO no cumpliera con su obligación.
PENALIDADES
DECIMA CUARTA.- En caso de que EL CONSORCIO retrase el servicio materia del presente contrato LA CAJA aplicará las penalidades previstas en el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
DECIMA QUINTA.- Las sanciones a aplicarse a EL CONSORCIO, se ejecutarán sin perjuicio de la indemnización del daño ulterior, y de la responsabilidad civil y/o penal a que hubiese lugar.
DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
DECIMA SEXTA.- Por la presente cláusula, las partes acuerdan que cualquier controversia que surja de la ejecución del contrato, será resuelta mediante arbitraje en el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Huancayo, conforme a las disposiciones de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.
DECIMA SEPTIMA.- Las partes contratadas han señalado sus respectivos domicilios en la introducción de este documento y para los efectos del presente contrato renuncian expresamente a los fueros de sus domicilios sometiéndose a la jurisdicción de los jueces y tribunales de la ciudad de Huancayo.
En señal de conformidad y de que en la celebración del presente no ha mediado causal alguna de invalidez se suscribe a los 15 días del mes xx xxxx del año dos mil seis.
LA CAJA EL CONSORCIO