BASES DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL DE OCHOPEONES AL AMPARO DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA EN EL MARCO DEL PLAN DE DINAMIZACIÓN ECONÓMICA DE LOS MUNICIPIOS MINEROS 2016- 2020.
BASES DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL DE OCHOPEONES AL AMPARO DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA EN EL MARCO DEL PLAN DE DINAMIZACIÓN ECONÓMICA DE LOS MUNICIPIOS MINEROS 2016- 2020.
PRIMERA.- Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria es la contratación laboral temporal en lamodalidad de obra o servicio determinado de ochopeones para la realización de obras y servicios de interés general y social,en el marco del Plan de dinamización económica de los municipios mineros 2016-2020.
SEGUNDA.- Período, modalidad de contratación e importe.
2.1 La modalidad de contratación será contrato de obra o servicio determinado, regulado en el artículo 15.1. a) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
2.2 La duración del contrato de trabajo será de 180 días (6 meses), iniciándose el 2 de febrero y finalizando el 00 xx xxxxx 0000.
2.3 El importe consignado para la contratación deochopeonesde obras públicas a jornada completa será de 80.000,00 €
TERCERA.- Sistema de provisión.
El sistema de provisión será el “concurso-oposición” que se realizará en dos fases:
1. Realización de ejercicios que demuestren la posesión de habilidades y destrezas en el desempeño del puesto.
2. y valoración de los méritos presentados por los/as aspirantes de conformidad con lo señalado en las presentes bases.
CUARTA.- Preselección de candidatos.
Se enviará Oferta Pública de Empleo al Servicio Público de Empleo de Fabero para que ésta lleve a cabo la preselección de los candidatos.
Los candidatos preseleccionados por la Oficina de empleo podrán participar en el procedimiento de selección siempre que reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar desempleado, e inscrito como demandante de empleo no ocupados en el Servicio Público de Xxxxxx xx Xxxxxxxx y León, dentro de los colectivos prioritarios establecidos en la Resolución del presidente del servicio público de xxxxxx xx Xxxxxxxx y León, por la que se concede al Ayuntamiento de Vega de Espinareda, subvención en el marco del plan de dinamización económica de los municipios mineros 2016-2020.
b) Ser español; o nacional de alguno de los estados miembros de la Unión Europea; o cónyuge de español o de nacional de algún estado miembro de la UE no separado de derecho; o descendente de español o nacional de alguno de los estados miembros de la UE o de sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, y siempre que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes; o persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la UE y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores; así como extranjeros con residencia legal en España.
c) Tener cumplidos 18 años de edad.
d) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida o resulte incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban. En el caso de ser nacional de otro Estado, no encontrarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, el acceso al empleo público.
f) No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad de acuerdo con la legislación vigente. Dicho requisito se entenderá que debe de ir referido a la fecha de formalización del contrato, en su caso.
g) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto.
Todos los requisitos numerados, así como los méritos que se aleguen para la valoración en el concurso, se entenderán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias manteniéndose a fecha de formalización del contrato.
Las personas con minusvalías serán admitidas en condiciones de igualdad con los demás aspirantes, salvo que la restricción padecida les hiciese incumplir el requisito establecido en el apartado d). El Tribunal examinará y resolverá motivadamente tales peticiones pudiendo solicitar el oportuno informe de los organismos competentes.
QUINTA.- Documentación y Plazo para la presentación de solicitudes.
Las solicitudes se formalizarán en el modelo de instancia que se adjunta a estas bases y deberán presentarse en el registro General del Ayuntamiento hasta eldía22 deenero de 2018, en horario de 9,00 a 14,00 horas, adjuntando la siguiente documentación:
- Solicitud debidamente cumplimentada según modelo Xxxxx X.
- Fotocopia del D.N.I
- Declaración de no estar incurso/a en ninguna causa de incapacidad o incompatibilidad, ni padecer enfermedad o defecto físico/psíquico, que impida el desempeño del puesto de trabajo. Así mismo, declaración de no estar separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de las administraciones públicas, ni inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de las funciones públicas. (Anexo I).
- Fotocopia compulsada de los méritos a valorar.
- Certificado del ECYL en el que conste la condición de desempleado y el tiempo que lleva inscrito como desempleado.
En ningún caso se admitirán, ni se valorarán, los méritos no justificados debidamente (deberán aportarse documentos originales o fotocopias compulsadas de los méritos alegados), o presentados una vez finalizado el plazo de entrega de solicitudes.
SEXTA.- Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Vega de Espinareda y en su página web, la lista conrelación de admitidos/excluidos, con indicación del defecto motivador de la exclusión y el plazo de 3 días para la subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobara la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página webseñalando en ella, la fecha y hora de realización de la prueba práctica regulada en la base octava.
SEPTIMO.- Tribunal calificador.
7.1. - El tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:
Presidente: El Secretario-Interventor de la Corporación.
Vocales: Funcionario administrativo del Ayuntamiento.
Oficial de mantenimiento (personal laboral) del Ayuntamiento.
Secretario: Funcionarioauxiliar administrativo del Ayuntamiento.
7.2.- Los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, cuando en ellos concurra alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015. Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra en ellos alguna de estas circunstancias previstas en el artículo 24 de la citada Ley.
7.3.- El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de la mitad de sus integrantes, ya sean titulares o suplentes, siendo siempre necesario la concurrencia del presidente y Secretario.
Las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate, el Presidente.
OCTAVO.- Sistema de selección.
El sistema de selección constará de dos fases, y se realizará sobre un total de 10 puntos:
Primera Fase.- Prueba práctica (5 puntos) consistente en la realización de un ejercicio que demuestre la posesión de las habilidades y destrezas exigidas para el puesto de trabajo.
Segunda Fase.- Concurso (5 puntos). Se valorará únicamente la experiencia profesional:
Porcada mes de servicios remunerados prestados en empresas vinculadas al sector de la minería, 1 punto/mes. Hasta un máximo3 puntos.
Por cada mes de servicios remunerados prestados en la Administración Pública, realizando tareas con igual o superior categoría y relacionados directamente con trabajos similares al ofertado: 0,20 puntos/ mes. Hasta un máximo de 1 puntos.
Por cada mes de servicios remunerados prestados en empresas privadas y/o por cuenta propia, realizando tareas con igual o superior categoría y relacionados directamente con trabajos similares al ofertado: 0,10 puntos/ mes, hasta un máximo de 1 puntos.
No se valorarán los periodos inferiores al mes. Las formas de acreditación de méritos serán:
Informe de Vida Laboral (emitido por organismo oficial).
Contrato de trabajo o certificado en el que conste las tareas o funciones realizadas.
Certificado de Administración Pública de servicios prestados.
NOVENA.- Propuesta de contratación.
9.1 Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento las personas seleccionadas por orden de puntuación obtenida. Los ocho candidatos con mayor puntuación seránpropuestos por el Tribunal para su contratación, quedando como suplentes los que ocupen las posiciones posteriores, los cuales serán llamados para los casos de baja, enfermedad, ausencia u otros supuestos de vacancia temporal o definitiva de la plaza por parte del titular. En caso de que los titulares o suplentes rechacen formalmente el puesto de trabajo, se continuará el orden de prelación establecido en la lista para los sucesivos llamamientos.
9.2 En los supuestos en los que se obtuviese igual puntuación por algún candidato, los desempates se dirimirán atendiendo a quien haya obtenido mayor puntuación en la prueba práctica.
DÉCIMA.- Formalización de contrato.
En base a la propuesta realizada por el Tribunal calificador, mediante Resolución de Alcaldía se acordará la contratación de la persona seleccionada, formalizándose el correspondiente contrato laboral, previa presentación de los documentación necesaria por parte del trabajador.
UNDÉCIMA.- Recursos.
Las presentes bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del tribunal calificador, podrán ser impugnados por los interesados, en la forma establecida por la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas.
ANEXO I
MODELO DE SOLICITUD PARA TOMAR PARTE EN LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL DE OCHOPEONESAL AMPARO DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA EN EL MARCO DEL PLAN DE DINAMIZACIÓN ECONÓMICA DE LOS MUNICIPIOS MINEROS 2016-2020.
Apellidos: | |
Nombre: | NIF: |
Domicilio a efecto de notificaciones: | Tfno: |
Localidad: | Provincia: |
DECLARO:
1.- Que conoce y acepta las Bases de la presente convocatoria.
2.- Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en las referidas bases.
3.- Que no estoy incurso/a en ninguna causa de incapacidad o incompatibilidad, ni padezco enfermedad o defecto físico/psíquico que me impida el desempeño del puesto de trabajo.
4.- Así mismo, declaro que no estoy separado/a del servicio de ninguna Administración Pública por expediente disciplinario, ni inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.
En Xxxx de Xxxxxxxxxx a ……..de……………………………de 20…..
Fdo: ……………………………………………
SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE VEGA DE ESPINAREDA
REVERSO ANEXO I
Documentación que se adjunta:
Fotocopia del D.N.I
Certificado del ECYL en el que conste la condición de desempleado y el tiempo que lleva inscrito como desempleado.
Justificación de los méritos a valorar:
1. EXPERIENCIA PROFESIONAL:
Informe de Vida Laboral.
Contrato de trabajo o certificado en el que conste las tareas o funciones realizadas. Certificado de Administración Pública de servicios prestados.