INDICE
CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE:
NUEVO SISTEMA. VENTAJAS Y AHORRO
Valladolid, 25 de febrero de 2016
1
FORMACIÓN DUAL: Contratos para la Formación y el Aprendizaje
INDICE
1. Qué es el contrato para la formación y el aprendizaje
Definición Características
Tablas beneficios económicos para empresas
2. Qué es el certificado de profesionalidad
Definición Ventajas
3. Cambio de sistema del contrato de formación y aprendizaje
Antes y ahora Normativa vigente
4. Procedimiento para la formalización del contrato de formación y aprendizaje.
Fases
Cómo afecta al asesor
FORMACIÓN DUAL: Contratos para la Formación y el Aprendizaje
1. CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE: Definición
¿Qué es un Contrato para la Formación y el Aprendizaje?
Es aquel que se realiza a personas que desean aprender un oficio y que tendrá por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.
FORMACIÓN DUAL
Ministerio de Educación
Formación Profesional
Ministerio de Empleo y
Seguridad Social
Contratos para la Formación
FORMACIÓN DUAL: Contratos para la Formación y el Aprendizaje
1. CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE: Características
OBLIGACIONES
Edad
Se realizará con menores de 30 años.
Duración
La que establezca el convenio colectivo, si no indicara nada se aplicará la norma general de 1 a 3 años.
Formación
No podrá ser inferior al 25% de la jornada laboral en el
primer año y del 15% durante el segundo y tercer año.
Actividad laboral
El tiempo de trabajo efectivo será máximo el 75% durante el primer año o al 85% durante el segundo y tercer año.
Actividad formativa
Deberá estar relacionada con el puesto de trabajo que ocupe. Será la mínima necesaria para la obtención de un Certificado de Profesionalidad o acreditación parcial acumulable o título de Formación Profesional.
Tipos de formación
VENTAJAS
Seguridad Social
Reducción de las cuotas del 100% para empresas cuya plantilla sea inferior a 250 personas, o del 75%, si la plantilla es igual o superior a 250 personas.
No existe limitación en cuanto al número de personas a contratar por la empresa en esta modalidad.
Retribución del trabajador
Se fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
Bonificación de la formación
Se bonificará en los seguros sociales.
Será de 5 €/hora por alumno . Crédito independiente y distinto al de la Fundación tripartita.
Transformación a indefinido
Tendrán una reducción en las cuotas de la Seguridad Social de: 1.500 €/año (para hombres) y 1.800 €/año (para mujeres) durante 3 años.
Simulador ahorro para empresas de menos de 250 trabajadores
1. CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE: Tabla beneficios
SALARIO BASE REFERENCIA EN CONTRATO NORMAL | 1.000,00 € | ||||
SALARIO BASE EN CONTRATO FORMATIVO PRIMER AÑO | 750,00 € | ||||
COSTE SEGURIDAD SOCIAL CONTRATO NORMAL | 39% | ||||
COSTE SEGURIDAD SOCIAL CONTRATO DE FORMACION | 97,98 € | ||||
SIMULACIÓN PARA NUEVOS CONTRATOS DE FORM Y APRENDIZAJE: | Análisis calculado para | 10 | Trabajadores | ||
CONTRATO NO FORMATIVO 1er AÑO | CONTRATO NO FORMATIVO 2º y 3º AÑO | CONTRATO FORMATIVO 1 er año | CONTRATO FORMATIVO 2 y 3 er año | ||
6 HORAS/DIA (75% JORNADA) | 6,8 HORAS/DIA (85% JORNADA) | CONTRATO FORMATIVO (75 % + 25%) | CONTRATO FORMATIVO ( 85 % + 15%) | ||
SALARIO TRABAJADOR | 750,00 € | 850,00 € | 750,00 € | 850,00 € | |
COSTE SEGURIDAD SOCIAL EMPRESA MENOS DE 250 TRABAJADORES | 292,50 € | 331,50 € | - € | - € | |
COSTE TOTAL EMPRESA - DE 250 TRABAJADORES | 1.042,50 € | 1.181,50 € | 750,00 € | 850,00 € | |
PRIMER AÑO | |||||
AHORRO ANUAL SEGUROS SOCIALES POR TRABAJADOR | 3.510,00 € | TOTAL AHORRO S. Sociales - Nº empleados | 10 | 35.100,00 € | |
BONIFICACION POR FORMACION POR TRABAJADOR | 2.580,00 € | BONIFICACION FORMACIÓN Nº empleados | 10 | 25.800,00 € | |
TOTAL BENEFICIO ANUAL POR TRABAJADOR | 6.090,00 € | TOTAL BENEFICIO 1er AÑO | 60.900,00 € | ||
SEGUNDO AÑO | |||||
AHORRO ANUAL SEGUROS SOCIALES POR TRABAJADOR | 3.978,00 € | TOTAL AHORRO S. Sociales - Nº empleados | 10 | 39.780,00 € | |
BONIFICACION POR FORMACION POR TRABAJADOR | 1.560,00 € | BONIFICACION FORMACIÓN Nº empleados | 10 | 15.600,00 € | |
TOTAL BENEFICIO ANUAL POR TRABAJADOR | 5.538,00 € | TOTAL BENEFICIO 2º AÑO | 55.380,00 € | ||
TERCER AÑO | |||||
AHORRO ANUAL SEGUROS SOCIALES POR TRABAJADOR | 3.978,00 € | TOTAL AHORRO S. Sociales - Nº empleados | 10 | 39.780,00 € | |
BONIFICACION POR FORMACION POR TRABAJADOR | 1.560,00 € | BONIFICACION FORMACIÓN Nº empleados | 10 | 15.600,00 € | |
TOTAL BENEFICIO ANUAL POR TRABAJADOR | 5.538,00 € | TOTAL BENEFICIO 3er AÑO | 55.380,00 € | ||
TOTAL AHORRO 3 AÑOS EN SEGUROS SOCIALES | 114.660,00 € | ||||
TOTAL BONIFICACIÓN FORMACIÓN 3 AÑOS | 57.000,00 € | ||||
BENEFICIO TOTAL 3 AÑOS | 171.660,00 € | ||||
TOTAL BENEFICIO POR TRANFORMACIÓN A INDEFINIDO ESTIMANDO 3 PERSONAS: | 4.950,00 € | €/Año, ascendiendo a un total en 3 años de | 154.850,00 € |
Simulador ahorro para empresas de más de 250 trabajadores
PRIMER AÑO | ||||
AHORRO ANUAL SEGUROS SOCIALES POR TRABAJADOR | 3.216,06 € | TOTAL AHORRO S. Sociales - Nº empleados | 350 | 1.125.621,00 € |
BONIFICACION POR FORMACION POR TRABAJADOR | 2.580,00 € | BONIFICACION FORMACIÓN Nº empleados | 350 | 903.000,00 € |
TOTAL BENEFICIO ANUAL POR TRABAJADOR | 5.796,06 € | TOTAL BENEFICIO 1er AÑO | 2.028.621,00 € | |
SEGUNDO AÑO | ||||
AHORRO ANUAL SEGUROS SOCIALES POR TRABAJADOR | 3.684,06 € | TOTAL AHORRO S. Sociales - Nº empleados | 350 | 1.289.421,00 € |
BONIFICACION POR FORMACION POR TRABAJADOR | 1.560,00 € | BONIFICACION FORMACIÓN Nº empleados | 350 | 546.000,00 € |
TOTAL BENEFICIO ANUAL POR TRABAJADOR | 5.244,06 € | TOTAL BENEFICIO 2º AÑO | 1.835.421,00 € | |
TOTAL BENEFICIO POR TRANFORMACIÓN A INDEFINIDO ESTIMANDO 30 PERSONAS: | 49.500,00 € | €/Año, ascendiendo a un total en 3 años de | 148.500,00 € |
1. CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE: Tabla beneficios
SALARIO BASE REFERENCIA EN CONTRATO NORMAL | 1.000,00 | |||
SALARIO BASE EN CONTRATO FORMATIVO PRIMER AÑO | 750,00 € | |||
COSTE SEGURIDAD SOCIAL CONTRATO NORMAL | 39% | |||
COSTE SEGURIDAD SOCIAL CONTRATO DE FORMACION | 97,98 € | |||
SIMULACIÓN PARA NUEVOS CONTRATOS DE FORM Y APRENDIZAJE: | Análisis calculado para | 350 | Trabajadores |
CONTRATO NO FORMATIVO 1er AÑO | CONTRATO NO FORMATIVO 2º y 3º AÑO | CONTRATO FORMATIVO 1 er año | CONTRATO FORMATIVO 2 y 3 er año | |
6 HORAS/DIA (75% JORNADA) | 6,8 HORAS/DIA (85% JORNADA) | CONTRATO FORMATIVO (75 % + 25%) | CONTRATO FORMATIVO ( 85 % + 15%) | |
SALARIO TRABAJADOR | 750,00 € | 850,00 € | 750,00 € | 850,00 € |
COSTE SEGURIDAD SOCIAL EMPRESA MAS DE 250 TRABAJADORES | 292,50 € | 331,50 € | 24,50 € | 24,50 € |
COSTE TOTAL EMPRESA + DE 250 TRABAJADORES | 1.042,50 € | 1.181,50 € | 774,50 € | 874,50 € |
TERCER AÑO | ||||
AHORRO ANUAL SEGUROS SOCIALES POR TRABAJADOR | 3.684,06 € | TOTAL AHORRO S. Sociales - Nº empleados | 350 | 1.289.421,00 € |
BONIFICACION POR FORMACION POR TRABAJADOR | 1.560,00 € | BONIFICACION FORMACIÓN Nº empleados | 350 | 546.000,00 € |
TOTAL BENEFICIO ANUAL POR TRABAJADOR | 5.244,06 € | TOTAL BENEFICIO 3er AÑO | 1.835.421,00 € | |
TOTAL AHORRO 3 AÑOS EN SEGUROS SOCIALES | 3.704.463,00 € | |||
TOTAL BONIFICACIÓN FORMACIÓN 3 AÑOS | 1.995.000,00 € | |||
BENEFICIO TOTAL 3 AÑOS | 5.699.463,00 € |
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2. CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD: Definición
¿Qué son las Certificaciones Profesionales?
▪ El certificado de profesionalidad es el instrumento de acreditación oficial de las cualificaciones profesionales. Acredita la capacitación para el desarrollo de una actividad laboral con significación para el empleo y asegura la formación necesaria para su adquisición.
▪ Un certificado de profesionalidad configura un perfil profesional entendido como conjunto de competencias profesionales identificable en el sistema productivo, y reconocido y valorado en el mercado laboral.
¿Qué validez y reconocimiento tiene un certificado de profesionalidad?
▪ Los certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y reconocimiento de competencias a nivel europeo.
Certificados de Profesionalidad: modalidad en TELEFORMACIÓN
▪ Según la normativa Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, se podrá impartir formación en certificados de profesionalidad en una modalidad online, mediante una plataforma que cumpla todos los requisitos y que ofrezca los contenidos regulados por cada uno de los Reales Decretos que desarrollan los certificados.
▪ Nueva modalidad de formación oficial que facilita y mejora la competitividad de las empresas mejorando su efectividad y consiguiendo trabajadores cualificados.
2. CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD: Ventajas
VENTAJAS PARA LAS EMPRESAS
Mejora de la cualificación:
✓Trabajadores con certificación profesional: empleados con mayores competencias, más habilidades y conocimientos más amplios para el desempeño de su trabajo.
Mayor eficiencia en la plantilla:
✓Empleados más productivos.
✓Acreditación de las competencias de tus trabajadores.
✓Mayor motivación de tus empleados, ofreciendo una carrera profesional y fidelizando su compromiso.
VENTAJAS PARA EL TRABAJADOR/A
Obtención de una titulación oficial
✓Se eleva su nivel de cualificación.
✓Se hacen reconocibles y visibles sus competencias en el mercado laboral.
✓Pueden convalidar módulos formativos de Formación Profesional, compatibles y válidos en todo el territorio nacional.
✓Pueden convalidar materias si deseasen realizar estudios de mayor nivel.
FORMACIÓN DUAL: Contratos para la Formación y el Aprendizaje
FORMACIÓN DUAL: Contratos para la Formación y el Aprendizaje
3.CAMBIO DE SISTEMA DEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y
APRENDIZAJE: ANTES VS AHORA
Nueva situación a partir de enero 2016
A partir de enero del 2016, según la Orden ESS/1249/2015, de 19 xx xxxxx, por la que se amplía el plazo previsto en la disposición transitoria octava de la Ley 3/2012, de 6 de julio, la formación asociada a los contratos para la formación y el aprendizaje será únicamente la necesaria para la obtención de un título de formación profesional de grado medio o superior o de un certificado de profesionalidad o, en su caso, certificación académica o acreditación parcial acumulable.
Antes del 1 de enero 2016
->Contrato de formación y aprendizaje.
->Anexo II : Formación a distancia.
->Anexo I: Certificado de profesionalidad presencial o formación profesional presencial.
-> No se necesita centro presencial.
Después del 1 de enero 2016
->Contrato de formación y aprendizaje.
->Anexo I: Certificado de profesionalidad presencial/teleformación o Formación Profesional presencial/teleformación.
->Documento autorización actividad formativa.
-> Se necesita centro presencial acreditado para realizar tutorías presenciales y exámenes.
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3.CAMBIO DE SISTEMA DEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y
APRENDIZAJE: Normativa
NORMATIVA REGULADORA DE CONTRATOS DE FORMACIÓN Y CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD:
• Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto de los Trabajadores. – vigente hasta el 13 de noviembre de 2015.
• Real Decreto 488/1998, de 27 xx xxxxx, por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contrato formativo. (BOE 9-04-1998)
• Orden de 14 de julio de 1998 por la que se regulan aspectos formativos del contrato para la formación. (BOE 28/07/1998)
• Resolución de 4 de febrero de 2005, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se actualizan los módulos económicos para el cálculo de los costes financiables de la formación teórica del contrato para la formación. (BOE 24/02/2005)
• Real Decreto 34/2008, de 18 de enero de 2008, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se regulan los certificados de profesionalidad. (BOE 31/01/2008)
Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. (BOE 25/08/2009)
• Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma xxx xxxxxxx laboral. (BOE 7/7/2012)
• Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual. (BOE 9/11/2012)
• Real Decreto - Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento de la creación de empleo. (BOE 23/02/2013)
• Real Decreto - Ley 1/2013, de 25 de enero, por el que se prorroga el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo y se adoptan otras medidas urgentes para el empleo y la protección social de las personas desempleadas. (BOE 26/01/2013)
FORMACIÓN DUAL: Contratos para la Formación y el Aprendizaje
3.CAMBIO DE SISTEMA DEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y
APRENDIZAJE: Normativa (II)
• Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación. (BOE 31/12/2010)
• Real Decreto 189/2013, de 15 xx xxxxx, por el que se modifica el R.D. 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación. (BOE 21/03/2015)
• Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados
de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación. (BOE 17/10/2013)
• Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre, por la que se regulan los aspectos formativos del contrato para la formación y el aprendizaje, en desarrollo del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual. (BOE 11/01/2014)
• Resolución de 26 xx xxxx de 2014, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se regula la acreditación e inscripción de centros y entidades de formación que imparte, en la modalidad de teleformación, formación profesional para el empleo en el ámbito de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal. (BOE 16/06/2014)
• Orden ESS/41/2015, de 12 de enero, por la que se modifica la Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre, por la que se regulan los aspectos formativos del contrato para la formación y el aprendizaje en desarrollo del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual y la Orden TAS/718/2008, de 7 xx xxxxx, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 xx xxxxx, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación. (BOE 24/01/2015)
• Real Decreto-ley 4/2015, de 22 xx xxxxx, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral. (BOE 23/03/2015)
• Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral. (BOE 10/09/2015)
4. PROCEDIMIENTO CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE: Fases
FASE 1
1
Detección necesidad de contratación mediante esta
modalidad. Identificación del puesto de trabajo a cubrir y
requisitos trabajador.
→Diseño y planificación acción formativa + Solicitud de
2 autorización de la Acción Formativa a través de la
aplicación informática xxx XXXX. 30 días antes del inicio del
FASE 2
contrato.
→Realización prueba acceso.
3 →Confirmación de la autorización de la Acción Formativa
→Comunicación del contrato al SEPE a través de Contrat@ y/o
Oficina de Empleo. Iniciada la actividad laboral, la empresa tiene
10 días para la comunicación del contrato.
→Envío Anexo I y documento que autoriza la actividad formativa a una Oficina de Empleo.
FORMACIÓN DUAL: Contratos para la Formación y el Aprendizaje
FORMACIÓN DUAL: Contratos para la Formación y el Aprendizaje
4. PROCEDIMIENTO CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y APRENDIZAJE: Fases
FASE 3 y 4
4 →Inicio del contrato
→Inicio de la acción formativa: Comunicación al trabajador del inicio de la acción con la entrega de sus claves. IMPARTICIÓN
→Seguimiento del contrato y de la acción formativa: centros, alumnos, formación, tutores, calidad, etc. Duración mínima acción
5 formativa 25 % jornada laboral.
FASE 5
→Realización de exámenes presenciales.
6 Finalización del contrato y la formación
7 Comunicación al XXXX de la finalización
FASE 6
Facilitación a los alumnos de la documentación y
8 las instrucciones necesarias para la obtención de sus acreditaciones
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4. PROCEDIMIENTO CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y APRENDIZAJE: Cómo afecta al asesor (I) - Bonificaciones
ANTES (formación a distancia)
. Bonificación de la formación de 215€ fijos.
. Se bonificaba 12 meses.
. En los meses que la formación no sea completa, se bonificará la parte proporcional de días de formación según jornada y días de trabajo.
. No se bonificaba la tutorización desde la
empresa.
AHORA (formación en certificados de profesionalidad)
. Bonificación de la formación. Será el 25% de las horas trabajo anual según el convenio colectivo.
. Se bonifican 11 meses ( no se incluye el mes de vacaciones).
. En los meses que la formación no sea completa, se bonificará la parte proporcional de días de formación según jornada y días de trabajo.
. Las horas de tutorización desde la empresa se bonifican a 1,5€/hora, un máximo de 40 horas al mes.
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4. PROCEDIMIENTO CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y APRENDIZAJE: Cómo afecta al asesor (II) - Trámite de bonificaciones
Para realizar esta bonificación es necesario que en tu programa de nóminas xxxxxxx:
▪ Modelo de contrato 421, casilla Bon./Red.
▪El tipo de colectivo: Jóvenes 16-30 años en empresas de menos de 250 trabajadores (que tienen derecho al 100% de la bonificación), o 16-30 años en empresas de más de 250 trabajadores (75% de bonificación en estos casos).
▪Añadir el importe de la formación (en la casilla que corresponde a la modalidad: presencial o teleformación), y el número de horas de formación. Para obtener estos datos, es importante la fecha de inicio del contrato.
▪ Añadir las horas de tutorización del tutor empresa para que se pueda efectuar la bonificación.
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4. PROCEDIMIENTO CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y APRENDIZAJE: Cómo afecta al asesor (III) - Requisitos de actividad formativa asociada al contrato
ANTES (formación a distancia)
. El trabajador tenía asociado CNO de ocupación con especialidad formativa asociada.
. No era necesario tener un centro presencial
acreditado.
. No era necesario planificar la formación.
. No era necesario realizar el examen en un
centro presencial acreditado ni homologado.
AHORA (formación en certificados de profesionalidad)
. El trabajador tendrá asociado un CNO que le relaciona con una formación estipulada por RD y por el XXXX. Cada CNO tiene asociado un certificado de profesionalidad y no podrá realizar otra formación.
. Comunicar un centro acreditado presencialmente en la provincia o CCAA donde se realiza el trabajo en el certificado de profesionalidad que asociamos al contrato.
. Planificación de la formación. Cada contrato y Anexo I deberá llevar asociada una planificación de la formación que va a realizar el trabajador a lo largo de su contrato, donde se especificarán las fechas de la formación en teleformación, tutorías presenciales y exámenes.
. Será obligatorio realizar el examen de fin de cada
Módulo Formativo en el centro presencial .
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4. PROCEDIMIENTO CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y APRENDIZAJE: Cómo afecta al asesor (IIII) Formalización del contrato
ANTES (formación a distancia)
. No se solicita la autorización de actividad formativa asociada al contrato.
. Documentación para la formalización del contrato:
−Contrato
−Anexo II
. Registro de contrato y anexo II en web Contrat@ y/o oficina de empleo.
AHORA (formación en certificados de profesionalidad)
. Es necesaria la autorización de actividad formativa asociada al contrato. Tiene que solicitarla la empresa o centro de formación al Servicio Público de Empleo correspondiente a través del aplicativo xxx XXXX. Tienen 30 días para enviarnos el documento de autorización.
. Documentación para la formalización del contrato:
−Contrato
−Anexo I
−Documento de autorización de actividad formativa.
. Registro de contrato. No existe la posibilidad aún de registrar el Anexo I por Contrat@, por lo que se deberá registrar presencialmente en la
oficina de empleo. 17
FORMACIÓN DUAL: Contratos para la Formación y el Aprendizaje
FO&CO: líderes en España
13 certificados de
profesionalidad acreditados
✓COML0110: Actividades Auxiliares xx Xxxxxxx
✓COMT0211: Actividades Auxiliares de Comercio
✓COMV0108: Actividades de Venta
✓COMT0411: Gestión Comercial de Ventas
✓SSCS0108: Atención Sociosanitaria a personas en el domicilio
✓SSCS0208: Atención Sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales
✓ADGG0308: Actividades Administrativas en la relación con el cliente
✓SSCM0108: Limpieza de superficies y mobiliario en edificios y locales
✓HOTR0108: Operaciones básicas de cocina
✓HOTR0608: Servicios de Restaurante
✓SSCE0110: Docencia de la Formación Profesional para el Empleo
✓HOTR0208: Operaciones básicas de restaurante y bar
✓HOTA0108: Operaciones básicas de pisos en alojamientos
En trámite de acreditación
✓ADGG0408: Operaciones auxiliares de servicios administrativos y generales
Política de crecimiento: en 6 meses 27 certificados
✓HOTR0308: Operaciones básicas de catering
✓HOTR0508: Servicios de bar y cafetería
✓ADGG0308: Actividades de Gestión Administrativa
✓ADGG0508: Operaciones de grabación y tratamiento de datos y documentos
✓ADGD0208: Gestión Integrada de Recursos Humanos
✓COMP0108: Implantación y animación de espacios comerciales.
✓ADGD0108: Gestión contable y gestión administrativa para auditoría
✓INAD0108: Operaciones auxiliares de elaboración en la industria alimentaria.
✓AGAO0208: Instalación y mantenimiento xx xxxxxxxx y zonas verdes
✓COML0209: Organización del transporte y la distribución
✓HOTA0208: Gestión de pisos y limpieza en alojamientos
✓HOTA0308: Recepción en alojamientos
✓INAD0108 Carnicería y elaboración de productos cárnicos 18
FORMACIÓN DUAL: Contratos para la Formación y el Aprendizaje
FO&CO: líderes en España
Cubrimos todas las ocupaciones laborales: ejemplo de la Familia Profesional Comercio y Marketing
COMT0211: ACTIVIDADES AUXILIARES DE COMERCIO (NIVEL 1) | |
REPARTIDORES A DOMICILIO, A PIE | 94331026 |
EMBALADORES-EMPAQUETADORES-ETIQUETADORES, A MANO | 97001010 |
REPONEDORES DE HIPERMERCADO | 98201011 |
COMV0108: ACTIVIDADES DE VENTA (NIVEL 2) | |
CAJEROS DE COMERCIO | 55001018 |
DEPENDIENTE DE ARTÍCULOS DE DEPORTE, CAZA Y PESCA | 52201013 |
DEPENDIENTES DE ARTÍCULOS DE REGALO | 52201046 |
DEPENDIENTES XX XXXXXXX Y ARTÍCULOS XX XXXX | 52201057 |
DEPENDIENTES DE COMERCIO, EN GENERAL | 52201079 |
DEPENDIENTES DE ELECTRODOMÉSTICOS | 52201091 |
DEPENDIENTES DE GRANDES SUPERFICIES | 52201143 |
DEPENDIENTES DE JUGUETERÍA | 52201176 |
DEPENDIENTES DE MUEBLES Y ARTÍCULOS DE DECORACIÓN | 52201213 |
DEPENDIENTES DE PELETERÍA | 52201240 |
DEPENDIENTES DE PERFUMERÍA Y DROGUERÍA | 52201251 |
DEPENDIENTES DE ROPA DE HOGAR | 52201325 |
DEPENDIENTES DE TEJIDOS Y PRENDAS DE VESTIR | 52201334 |
COMT0411: GESTIÓN COMERCIAL DE VENTAS (NIVEL 3) | |
VENDEDORES TÉCNICOS, EN GENERAL | 26401047 |
AGENTES COMERCIALES | 35101019 |
DELEGADOS COMERCIALES, EN GENERAL | 35101028 |
REPRESENTANTES DE COMERCIO, EN GENERAL | 35101037 |
ENCARGADOS XX XXXXXX | 5210103149 |
VENDEDORES NO CLASIFICADOS BAJO OTROS EPÍGRAFES | 54991013 |
FORMACIÓN DUAL: Contratos para la Formación y el Aprendizaje
FO&CO: líderes en España
✓Más de 500 centros acreditados en toda España.
✓Tutores acreditados para todas nuestras ocupaciones.
✓Acuerdos con grandes empresas para la gestión de la formación.
✓Acuerdos de colaboración con las empresas de formación a distancia
más importantes a nivel nacional.
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Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, 0
Valladolid 983 370 400
xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx – xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
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