Contract
Guadalajara, Jalisco a 01 uno de Enero del 2018 (dos mil dieciocho) CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES, que celebran por una parte el Ejecutivo del Gobierno del Estado de Jalisco, representado en este acto por el C. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX, en su carácter de Oficial Mayor de Gobierno, a quien en lo sucesivo y para los efectos del presente contrato se le denominará “EL PRESTATARIO”, y por la otra, el C. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL PRESTADOR”, instrumento que de común acuerdo las partes sujetan al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:
DECLARACIONES:
1. Declara: “EL PRESTATARIO”:
1.1. Acude a la celebración del presente contrato con fundamento en lo dispuesto por los numerales 36, 46, 50 fracciones XVIII, XXII de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 1,3,8, 11 fracción I, 12 fracción I, 13 fracción XXVIII, 14 fracciones XXX, XXXVIII, XLIX y LI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; 1 fracción IV, 6 fracción II y 8 fracción IV de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado; y 55 de la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Jalisco.
1.2. Quienes comparecen en su representación se encuentran debidamente facultados para suscribir el presente contrato y cuentan con las facultades legales necesarias para ello, las cuales bajo protesta de decir verdad, no les han sido modificadas, limitadas ni restringidas en forma alguna.
1.3. Que señala como domicilio legal las oficinas en donde se ubica la Secretaría General de Gobierno, en Xxxxxxx de Gobierno, ubicado en la calle Xxxxx Xxxxxx No. 31, entre las calles Xxxxx Xxxxxx y Xxxxxxx, Xxxx Centro de esta ciudad.
1.4. El presente contrato de Prestación de Servicios Profesionales, quedara sujeto a la partida presupuestal: 2-1111-02-000-00522-1-2-1-5-2-P-799-02-3331-00-15-510018-1-20- 150
2. Declara “EL PRESTADOR”:
2.1. Que tiene los conocimientos necesarios y suficientes para llevar acabo las acciones derivadas del presente contrato.
2.2. Que su Registro Federal de Contribuyentes es , mientras que su número de
CURP es , de lo cual se adjunta en copia fotostática a este contrato.
2.3. Señala como su domicilio convencional el ubicado en la finca marcada con el número
.
3. Declaran las partes que es su voluntad celebrar el presente Contrato de Prestación de Servicios Profesionales al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.- “EL PRESTADOR” se obliga con el “EL PRESTATARIO” a
realizar las actividades siguientes:
Evaluar y verificar las características técnicas del equipo tecnológico dentro de las soluciones informáticas aplicadas a las infraestructuras de los proyectos de los operadores del Sistema de Justicia Penal.
evaluar la implementación, puesta en marcha y operación efectiva de las soluciones informáticas que utilizan equipamiento tecnológico de captura, procesamiento, almacenamiento, monitoreo y comunicaciones en los proyectos de los operadores del Sistema de Justicia Penal.
Evaluar las soluciones informáticas de software y paquetería que conforma los proyectos de Tecnologías de la Información de Bases de Datos, Modelos de Gestión y Administración de Información.
Participar en la transferencia de conocimiento y capacitación sobre las soluciones informáticas y administración de bases de datos.
Dar soporte y mantenimiento preventivo al equipo de cómputo a los usuarios de los operadores del Sistema de Justicia Penal.
Dar seguimiento a los proyectos de implementación de equipamiento tecnológico xx Xxxxx de Oralidad, instalación, funcionamiento y operatividad.
Manifiesta “EL PRESTATARIO” que como consecuencia del presente contrato y de conformidad con el artículo 2 de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios, bajo ninguna circunstancia se considera a “EL PRESTADOR” como servidor público.
SEGUNDA.- La vigencia del presente contrato es del 01 DE ENERO DEL AÑO 2018 (concluyendo 334 días después de iniciado) al 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018.
El presente contrato no será prorrogado sino mediante Contrato Expreso.
TERCERA.- No existirá relación laboral entre “EL PRESTADOR y EL PRESTATARIO”, dado que el primero podrá contratarse con cualquier otra persona y atender otros asuntos sin que implique que únicamente labora para “EL PRESTATARIO”; por lo que la relación que de este contrato se deriva es de naturaleza estrictamente Civil.
CUARTA.- Son obligaciones de “EL PRESTADOR”:
I. Atender directamente el asunto objeto del presente contrato.
II. Diseñar y aplicar estrategias apegadas a derecho, para lograr los objetivos descritos en la cláusula primera de este contrato.
III. Rendir a “EL PRESTATARIO” los informes verbales y escritos que le sean requeridos de manera directa.
IV. Expedir de manera oportuna y debidamente requisitado, el recibo correspondiente para el pago de los honorarios y que el mismo reúna los requisitos fiscales ante la Secretaría de Finanzas del Estado.
V. “EL PRESTADOR” se obliga a responder ante “EL PRESTATARIO” al pago de daños y perjuicios cuando exista negligencia, impericia o dolo de su parte o de las personas que de
él dependan, en el ejercicio del servicio contratado de conformidad con los numerales 25, 161 BIS, 162, 163 y 170 BIS del Código Penal para el Estado de Jalisco.
VI. “EL PRESTADOR” se obliga a la reserva y secreto de los datos a los que tenga acceso con motivo de su servicio, así como de los resultados que con su trabajo se obtengan; así mismo e independientemente de lo anterior, se obliga a guardar el secreto profesional.
VII. “EL PRESTADOR” no podrá difundir, usar o enajenar la información y/o el producto o el resultado de los trabajos desarrollados por este, ya que son propiedad exclusiva de “EL PRESTATARIO”.
VIII. PENA CONVENCIONAL.- Se impondrá como pena a “EL PRESTADOR” si incumple a “EL PRESTATARIO”, el pago de daños y perjuicios que será el 100% del valor total del contrato más intereses al tipo legal en caso xx xxxx y hasta que este liquide la totalidad de dicha cláusula.
QUINTA.- Son obligaciones de “EL PRESTATARIO”.
I. Hacer el pago correspondiente de los Honorarios a “EL PRESTADOR” los cuales serán pagados de la siguiente manera:
La cantidad total de $171,111.16 (Ciento setenta y un mil ciento once pesos 16/100 M.N.) más el Impuesto al Valor Agregado, por concepto de remuneración a las tareas realizadas, cantidad que será cubierta bajo las siguientes parcialidades: $15,555.56 (Quince mil quinientos cincuenta y cinco pesos 56/100 M.N.) de manera mensual, mediante entregas quincenales de $7,777.78 (Siete mil setecientos setenta y siete pesos 78/100 M.N.) más IVA cada una, reteniendo el porcentaje del Impuesto Sobre la Renta, para cuyo efecto “EL PRESTADOR” efectuará la entrega del recibo de honorarios en la Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría General de Gobierno que se encuentra ubicada en la xxxxx Xxxxxxxxx X. Xxxxxx Xx. 000, xxxx xxxxxx, X.X. 00000, debidamente requisitado con los siguientes datos:
A nombre de: Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas; Dirección: Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, Código Postal 44100, RFC SPC-130227-L99.
“EL PRESTADOR” se obliga a presentar a “EL PRESTATARIO” copias de las declaraciones fiscales presentadas con toda oportunidad en el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
II. Proporcionar a “EL PRESTADOR” la información, documentación y demás datos idóneos para la consecución de los objetivos que se encuentren directamente relacionados al referido caso.
SEXTA.- Todos los gastos que se generen por razón del contrato que se celebra, y durante su vigencia, tales como transportes, hospedajes, alimentos y cualquier otro relacionado con el objeto del mismo, correrán a cargo del “EL PRESTATARIO”.
SÉPTIMA.- El presente contrato quedará rescindido sin responsabilidad para “EL PRESTATARIO”
por las siguientes causas:
I. Cuando “EL PRESTADOR” no cumpla con cualquiera de las obligaciones y de igual manera con la cláusula PRIMERA consignadas en este contrato.
II. Todas aquellas causas que sobrevengan y que ocasionen la imposibilidad de que se realicen plenamente las obligaciones consignadas en el presente contrato y las señaladas en el Código Civil del Estado de Jalisco en vigor.
III. Si el desempeño del “EL PRESTADOR” no es satisfactorio en las funciones que le fueron encomendadas.
OCTAVA.- En todo lo no previsto en el presente instrumento, se estará a lo dispuesto en los artículos 2254 al 2274 y demás relativos y aplicables del Código Civil del Estado de Jalisco.
NOVENA.- Las partes manifiestan que en caso de duda o controversia en cuanto a la interpretación y cumplimiento de las obligaciones contraídas con motivo del presente contrato, lo resolverán de común acuerdo y si no se llegase al mismo, se someterán a la competencia de los Tribunales del l Primer Partido Judicial con Sede en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.
Leído que fue el presente contrato en presencia de las partes que en él intervinieron y apercibidos de su contenido y alcances legales, lo ratifican y lo firman en la ciudad de Guadalajara, Jalisco el día 01 uno de Enero del año 2018 (dos mil dieciocho).
EL PRESTATARIO
C. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX OFICIAL MAYOR DE GOBIERNO
EL PRESTADOR
C. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX. TESTIGOS
C. XXXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXX COORDINADOR “C” DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS | C. XXXX XXXXXXX XXXXX XXXX. COORDINADOR ESPECIALIZADO DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS |